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  • 7/25/2019 Derecho Ensayo (1)

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    Universidad de GuayaquilFacultad de Ciencias Administrativas

    Ing. Tributacin y Finanzas

    Asignatura:Derech

    Dcente:Ing. !ercedes Aguilar

    Curs: "#$%

    Traba& Investigativ'ecurss (atrimniales) Tributaris)

    De Cr*dit y +misin !netaria.

    (r:Cervantes !aridue,a -avier

    A, ectiv /01% 2 /013

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    Intrduccin

    El estudio de los recursos en este orden, despus de los gastos, no

    significa que en el proceso de la actividad financiera la determinacinde los gastos sea previa a la de los recursos ni que sta dependa de

    aqulla. Por el contrario, las dos son interdependientes: el proceso de

    determinacin de ambos es muy complejo y se desarrolla a travs de

    cotejos mltiples de utilidades y sacrificios; o sea, utilidades y de sus

    utilidades segn el mtodo de comparaciones marginales de acuerdo

    con las escalas de prioridades de gastos y recursos. as utilidades

    positivas y negativas de los gastos y de los recursos, respectivamente,

    son apreciadas no en cantidades e!presadas en sumas de dinero sinoa travs de avances y postergaciones, segn los nmeros ordinales, o

    a veces mediante el empleo de cuantificacin relativa con los

    conceptos de mayor, igual o menor.

    a creacin de los recursos racionales e irracionales, segn la

    conocida clasificacin de "ri#iotti , depende esencialmente de una

    premisa no demostrada que condiciona el principio de que la

    capacidad contributiva es el fundamento del impuesto, con el

    agregado: siempre que se la tenga como $ndice de la %participacin delcontribuyente en los beneficios generales y especiales que el Estado

    brinda a los &abitantes del pa$s con su actuacin.

    'aso contrario, no estar$amos en presencia de un impuesto sino de

    otro recurso racional o irracional, que podr$a llegar a ser una e!accin

    segn el autor citado.

    Por otra parte, los recursos pueden distinguirse por connotaciones de

    diferente naturale#a: econmicas, pol$ticas,jur$dicas y tcnicas, locualcontribuye ( la complejidad del problema de la clasificacin de los

    recursos.

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    Cntenid

    'ecurss 4atrimniales

    )on estos recursos obtenidos por el Estado aprovec&ando la

    econom$a de su patrimonio.

    Econmicamente, todos los recursos originarios o patrimoniales cuyas

    fuentes &emos ejemplificado, son precios. En muc&os casos se

    advierte tambin la connotacin jur$dica de pertenecer su rgimen al

    (mbito del derec&o privado. Pero esto no ocurre siempre. En efecto,como ya dijimos, &ay reparticiones estatales o entidades

    descentrali#adas que prestan determinados servicios al pblico, por lo

    que perciben precios, aunque estn sometidas a un rgimen

    netamente de derec&o pblico.

    (ueden citarse en ests recurss:

    el producto de tierras de propiedad del Estado a travs de su

    e!plotacin directa o por arrendamiento o aparcer$a, el resultado de la venta de tierras pblicas tanto rurales como

    urbanas o suburbanas;

    el producto de bosques o florestas tanto naturales como

    artificiales, por e!plotacin directa o por concesin a particulares;

    el producto de empresas del Estado o de sus entidades

    aut(rquicas, en la miner$a, la industria y el comercio, incluyendo

    empresas de transporte mar$timo, terrestre o areo, de carga y

    de pasajeros, de entidades bancarias o financieras;

    de las empresas de seguros y reaseguros,

    de capitali#acin y a&orro;

    las e!plotaciones de juegos de a#ar *casinos, loter$as, quinielas,

    apuestas en &ipdromos y similares+;

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    el producto de la e!plotacin del patrimonio art$stico y tur$stico

    *entradas en museos, templos e iglesias, monumentos y ruinas

    &istricas, visitas de castillos, palacios y jardines; entradas para

    el acceso a lugares de particular belle#a natural, como parques

    nacionales, cascadas, volcanes, grutas, etc. 'onstituyen tambin recursos originarios o patrimoniales los

    frutos de la participacin estatal en empresas mi!tas de capital

    privado y estatal y en sociedades de capital con mayor$a privada.

    'ecurss tributarisos recursos tributarios son aquellos que el Estado obtiene

    mediante el ejercicio de su poder de imperio o sea por las leyes

    que crean obligaciones a cargo de los obligados tributarios

    personas f$sicas capaces del derec&o e incapaces segn los

    alcances de la norma tributaria y las entidades jur$dicas del

    derec&o y todo otro sujeto que posea condiciones de imposicin,

    en la forma que lo estable#can las leyes fiscales de fondo.'aracter$stica comn de los recursos tributarios en su

    obligatoriedad por imperio de la ley, siendo sta fuente de las

    obligaciones tributarias dentro del marco de las facultades y de

    los l$mites que estable#can las constituciones modernas.Es un &ec&o aparentemente paradjico, pero de profunda

    importancia filosfica que, mientras en las estructuras pol$ticas

    de las monarqu$as absolutas que se remontan al sistema feudal,

    predominan las finan#as patrimoniales y al lado de ellas toda

    suerte de recursos por actos de liberalidad en favor de la corana,

    en el Estado moderno constitucional y, especialmente, en la

    econom$a liberal fundada en los principios de la propiedad

    privada y de la iniciativa individual, prevalecen los recursos

    tributarios, frutos del poder de imperio del Estado. )e puede

    sinteti#ar este contraste con el esquema:

    a+ Estado absoluto recursos patrimoniales y ofrendas al poder

    pblico.

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    b+ Estado constitucional recursos coercitivos.

    El segundo esquema indicado se e!plica por el principio pol$tico-

    institucional, segn el cual el poder coercitivo que se reconoce a&ora

    al Estado, slo puede ejercerse con los l$mites y las garant$as de la

    'onstitucin. a ley, que es producto de la voluntad general, es la

    nica fuente de las obligaciones tributarias y en su creacin concurren

    los representantes de los ciudadanos, quienes consienten las

    invasiones del fisco en la econom$a privada, sujetas a los principios de

    la 'onstitucin.

    Este breve p(rrafo nos permite llegar a la conclusin que los recursos

    tributarios nacen del poder del Estado, pero les acompaan desde el

    propio nacimiento las limitaciones que la 'onstitucin crea al ejerciciode dic&o poder y las garant$as que ella establece para todos los

    &abitantes del pa$s.

    'ecurs de cr*dit

    Es la capacidad que tiene el estado para obtener, otorgar o garanti#ar

    recursos financieros a travs de operaciones de endeudamiento. El

    crdito pblico tiene como propsitos principales: controlar

    selectivamente para objetivos prioritarios, administrar adecuadamentela deuda contratada, prever la evolucin del endeudamiento,

    lineamientos de pol$tica de deuda. El sistema de 'rdito Pblico

    comprende el conjunto de principios, normas, organismos, recursos y

    procedimientos administrativos que intervienen en las operaciones que

    reali#a el Estado, con el objeto de captar medios de financiamiento

    que implican endeudamiento o modificacin de la estructura de sus

    pasivos. El creciente volumen y complejidad de las operaciones

    financieras en el marco de una econom$a mundial globali#ada, en la

    que el crdito pblico como fuente de financiamiento para las

    inversiones de los Estados ocupa un lugar preponderante, e!igen a

    stos contar con modernas tcnicas e instrumental para la toma de

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    /ecisiones, para lo cual debe ponerse nfasis en la estructuracin de

    un registro nico y confiable de la deuda pblica. Este registro deber(

    permitir la proyeccin de los servicios de la deuda, y el an(lisis de su

    impacto en la econom$a y en la evolucin de los indicadores

    macroeconmicos, como as$ tambin la reali#acin de un adecuado

    control de la gestin de los desembolsos y pagos reali#ados.

    5b&etivs del cr*dit 46blic

    0ptimi#ar el aprovec&amiento de los recursos disponibles en los

    mercados de capitales.

    1ejorar la capacidad y el poder de negociacin del conjunto del

    sector pblico.

    ograr un manejo eficiente y sistem(tico de los pasivos pblicos.

    2egistrar de manera sistem(tica y confiable las operaciones de

    crdito pblico, en forma integrada con el resto de los sistemas

    de la administracin financiera.

    3tender en tiempo y forma los servicios de la deuda pblica.

    'ontrolar y fiscali#ar el correcto uso de los recursos provenientes

    de operaciones de crdito pblico.

    +ta4as del 4rces de cr*dit 46blic

    El proceso de crdito pblico se instrumenta a travs de una serie de

    etapas que tienen especificidad y caracter$sticas propias que son

    imprescindibles normar. /ic&as etapas son las siguientes:

    3utori#acin,

    4egociacin o Emisin,

    'ontratacin o 'olocacin,

    3dministracin y 'ontrol

    'ecurs de emisin mnetaria

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    El manejo de la banca central y el derec&o a emitir que corresponde al

    Estado tambin es una forma de obtener ingresos. )u significacin es

    indudable si se tiene en cuenta que, mediante la moneda, el Estado

    regula y controla el intercambio de bienes y servicios y las

    transacciones pblicas y privadas en general.

    Cnclusin

    a mayor parte de los ingreses con los cuales los pa$ses no

    colectivistas cubren sus erogaciones provienen de las detracciones

    coactivas de rique#a denominadas tributos. /esde el punto de vista de

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    las finan#as pblicas, los tributos son prestaciones obligatorias,

    e!igidos por el Estado en virtud de su imperio, para atender sus

    necesidades y reali#ar sus fines pol$ticos, econmicos y sociales.

    a tributacin queda sujeta a reglas de derec&o, segn lo establecido

    por la 'onstitucin y las leyes dictadas en su consecuencia.

    5al subordinacin tiene su e!plicacin en la finalidad esencial de la

    tributacin: el bienestar general. os recursos tributarios deben

    responder a un requisito esencial: se admiten como detracciones de

    parte de la rique#a de los particulares siempre que ello sea con el

    esencial y e!cluyente objetivo final de promover el bienestar general

    de la comunidad. a ciencia de la &acienda &a anali#ado cuales son

    los principios aplicables para distribuir la carga tributaria entre loscomponentes de la comunidad: as$, por ejemplo: 'ontraprestacin,

    beneficio, indemni#acin, entre otros.

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