Derecho economico
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Catedra: PROGRAMA DE DERECHO ECONOMICO, FINANCIERO, Y
CORPORATIVO, CONTEMPORANEO.-DR. HILLAR. (2012)
BOLILLA I
PARTE GENERAL INTRODUCTORIA
I.- DERECHO, ECONOMICO NACIONAL: finanzas, política económica,
y ciencias de la administración. Análisis económico del derecho.
1. LAS CIENCIAS ECONÓMICAS, EL DERECHO, Y LA
EVOLUCIÓN DEL ESTADO.
Las grandes etapas, a partir del siglo XIX; los fenómenos económicos, y
sociales: los marcos constitucionales, y las encíclicas. La crisis mundial de
2008, y sus consecuencias; El riesgo país.-
Las repercusiones en la Republica Argentina, y las medidas de política
económica, el control de cambios, el comercio internacional, la intervención
del estado, las juntas reguladoras, y sus evoluciones. Dirigismo,
intervencionismo, y planeamiento; sus formas, y caracteres, experiencias en la
Republica Argentina. -
II. EL DERECHO INTERNACIONAL ECONÓMICO: CIADI, OMPI,
OMC, Y MERCOSUR. a) La clausula de la nación más favorecida. b) El
IOSCO, el comité de Basilea, el G-20.-
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BOLILLA II.
DERECHO ECONÓMICO , FINANCIERO, Y CORPORATIVO.
1. DERECHO ECONÓMICO: derecho de la empresa, derecho de la economía,
y las finanzas. Concepto amplio, o estricto.-Los factores de la producción, y
sus regímenes legales.
El derecho económico, como expresión jurídica, de la política económica,
adoptada por el estado: las regulaciones de la actividad económica
(producción, importación, comercialización, precios, racionamiento,
abastecimiento; políticas monetarias, de divisas y del crédito; privilegios, y
contratos de trabajo)
El desplazamiento de las ramas del derecho privado, hacia el derecho publico;
la penalización de la actividad económica, y financiera.
2. EL DERECHO FINANCIERO, Y CORPORATIVO, O DE LA
EMPRESA: a) La empresa. Concepto. Sentido económico del concepto. Los
elementos jurídicos de la empresa. b) Las funciones del gobierno
corporativo, y financiero. c) Las cinco funciones de las finanzas
corporativas, en la empresa.-
3. LOS ESTADOS CONTABLES, Y FINANCIEROS. a) El flujo de
fondos, valor del dinero en el tiempo. b) Las NIIF, y las normas contables en
Argentina. c) Los estados contables. d) Los ratios financieros.-
4. LAS ACCIONES DE CLASE, Y EL DERECHO CORPORATIVO;
las relaciones empresariales, y los derechos del consumidor. El defensor del
pueblo: leyes 24.284 y 24.379.-
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I.DERECHO ECONOMICO, Y FINANCIERO PÚBLICO:
BOLILLA III.
1. DERECHO ADMINISTRATIVO, Y CONSTITUCIONAL
ECONOMICO:
PODER DE POLICÍA, PODER ECONÓMICO, Y PODER
TRIBUTARIO, EN LA APLICACIÓN DE LA POLÍTICA
ECONÓMICA;
Ámbitos nacional, provincial, y municipal, las entidades autárquicas, y los
entes interjurisdicionales; los principios constitucionales.
Los convenios de coparticipación impositivos, y el convenio multilateral, en la
aplicación de regímenes tributarios; constitucionalidad.
Pacto federal: decreto 14/94. La legislación de emergencia, y la reforma del
estado.
2. LA NOCIÓN, DE ORDEN PÚBLICO ECONÓMICO;
4
3. SERVICIOS PÚBLICOS, Y EMPRESAS: a) El control del poder
económico privado; la participación, e influencia, del estado, en la actividad
económica: medios indirectos, y medios directos; el estado como prestatario
de servicios; las empresas públicas; sociedades de estado: ENARSA, ARSAT,
AEROLINEAS ARGENTINAS.-
Sociedades con capitales, de participación estatal; empresas mixtas, YPF;
empresas de origen privado, administradas por el estado;
b) La desinversión, en los medios audiovisuales.-
4. LA CREACIÓN, DE ÓRGANOS ADMINISTRATIVOS, DE
CONTROL, Y JUZGAMIENTO; competencia administrativa, y control
jurisdiccional; diversidad de competencias;
El fuero federal, y contencioso administrativo y tributario; el fuero en lo penal
económico.
Tribunal Fiscal de la Nación.
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BOLILLA IV.
CONTROLES, Y ESTÍMULOS. HABEAS DATA :
1. CONTROLES Y ESTÍMULOS, A LA ACTIVIDAD ECONÓMICA:
objetivos y fines, de la legislación: motivaciones, premios, y sanciones.
Promoción industrial, y minera.-
El marco constitucional. El art. 75 inc.18 de la C.N. 1994: cuestiones
jurisprudenciales. Las leyes de privilegios, condiciones, y requisitos; las leyes
de regularización tributaria, y moratoria. Los regímenes de diferimiento, de
impuestos. Leyes excepcionales, o de emergencia, N° 23.696, 23.697, y
25.561. La analogía, en la ley de coparticipación federal.-
Derechos y garantías de los administrados; las leyes que establecen, el secreto
de las informaciones suministradas a los organismos administrativos.
Diferenciación de los efectos jurídicos, entre secreto, e información
confidencial. Los agentes económicos, beneficiarios de exenciones,
desgravaciones, y subsidios fiscales: deberes y responsabilidades civiles, y
penales.-
2. HABEAS DATA, bancos de datos, facultades, recursos reglados, y
facultades de superintendencia; los diversos recursos, y acciones de amparo.
El Veraz.-
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BOLILLA V.
LAS FUENTES, DEL DERECHO ECONOMICO:
1. LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, Y LOS TRATADOS
INTERNACIONALES. La ley, los textos ordenados, la costumbre.
Las reglamentaciones, y las normas complementarias, las leyes-convenio, y
los convenios interjurisdiccionales; las resoluciones ministeriales.-
Las resoluciones interministeriales; las administrativas de funcionarios
facultados, y de órganos colegiados; resoluciones administrativas conjuntas;
los dictámenes jurídicos obligatorios, y previos, a la adopción de decisiones, y
los conformados, por la autoridad superior; dictámenes vinculatorios, y no
vinculatorios.-
Los dictámenes de la Procuración del tesoro, y su obligatoriedad para todos
los servicios jurídicos, del estado.-
Las reglamentaciones internas, y las circulares administrativas; el acto
administrativo, que causa estado y atribuye, o reconoce derechos u
obligaciones; el caso especial de la consulta. -
2. LOS ALCANCES, Y EFECTOS, PARA LA ADMINISTRACIÓN, Y
PARA LOS ADMINISTRADOS. Los decretos de necesidad, y urgencia;
limitaciones (C.N. 1994).Las relaciones contractuales, entre partes privadas, y
con el estado; Contratos atípicos, contratos electrónicos, contratos
administrativos, y de obra pública (ley 13.064).-
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BOLILLA VI.
REGIMEN DE ENTIDADES FINANCIERAS, Y DE CAMBIOS
1. EL RÉGIMEN DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS.
Estructura y contenido, de la ley de entidades financieras (ley 21.526);
autoridad de aplicación; entidades comprendidas; deberes jurídicos, controles,
fiscalización, sumarios, sanciones, y recursos.-
Las fuentes: Carta orgánica del Banco Central de la Republica Argentina; las
circulares del Banco Central, caracteres, forma de modificación, vigencia;
integración de la ley, y de sus normas en blanco; materias de su competencia,
leyes 24.144, y 24.145.-
2. ESTRUCTURA Y CONTENIDO, DE LAS LEYES 19.359, 20.184,
22.338, 24.144, 23.928, SOBRE RÉGIMEN CAMBIARIO. Sus fuentes.
Sociedades de ahorro para fines determinados. La ley 25.561.-
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II. DERECHO ECONOMICO, Y FINANCIERO PRIVADO:
BOLILLA VII.
LOS REGIMENES DE PRODUCCION, COMERCIALIZACION , E
INVERSION. (I)
1. COMERCIALIZACIÓN: Contratos de distribución comercial, operación
logística, franquicia, y de agencia. Compraventa internacional. Las garantías a
primer demanda. Joint ventures, consorcios, y alianzas estratégicas.
INCOTERMS. Zonas francas. Indicaciones geográficas, o denominaciones
de origen.-
2. PROCEDIMIENTOS, Y RECURSOS: legislación de agio, y
abastecimiento (ley 20.680, y dec. 722/99), veda al consumo de carne (ley
22.520; res.m.e.68/82 y 150/82). Identificación de mercaderías, (leyes 11.275
y 19982) ley 20.202, vinos, carnes (ley 21.740), granos, marcas (22.362), y
concurrencia desleal (art.159 C.P.).-
3. LEALTAD COMERCIAL (ley 22.802). Publicidad engañosa. Ley de
monopolio (leyes 12.906, y 21.845). Abuso de la posición dominante, e
insider trading.
4. LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA, (leyes 22.262, 25.156).
5. LOS REGÍMENES INDUSTRIALES PROTEGIDOS; Rembolsos a los
exportadores, y draw - back. El régimen de la industria automotriz; su
evolución. Financiamiento del comercio exterior. Retenciones.-
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BOLILLA VIII
LOS REGIMENES DE PRODUCCION, COMERCIALIZACION , E
INVERSION. (II)
REGIMEN JURIDICO, DE PRODUCTOS, Y SERVICIOS.
RESPONSABILIDAD POR PRODUCTOS, Y POR RIESGO DE
EMPRESA.
I. REGIMEN JURIDICO DE LA INVERSION.
1. EL RÉGIMEN DE LAS INVERSIONES EXTRANJERAS;
La ley 21.382. D.L. 1853. Ley 19.892, modificada por leyes 22.802 y 26.422,
lealtad comercial. El régimen de importación, y transferencia de tecnología;
leyes 21.617, y 22.426.Ley de Inversiones mineras (leyes 24.196, y 25.161).
La legislación antidumping (ley 21.838).Dominio nacional de tierras rurales.-
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II. REGIMEN JURIDICO DE PRODUCTOS, Y SERVICIOS:
1. PRODUCTOS FARMACÉUTICOS, (leyes 16.463, 17.565,26.567, y
decreto 815/82).
2. ALIMENTOS, Y AGRO: a) Policía de productos alimentarios, y
agroalimentarios. Comercio del agro, control del Ex ONCCA; Pool de
siembras, Feed Lot; La industria de la pesca. b) El código alimentario (ley
18.824).-
3. LA PRENSA, Y LA LEY DE MEDIOS AUDIOVISUALES, (ley
26.522).-
4. LA INDUSTRIA AUTOMOTRIZ, (ley 26.393). -
5. LA INDUSTRIA DEL ACERO, CONSTRUCCION, Y LA MINERIA.-
6. LA BANCA DE INVERSION, COMERCIAL, Y LA BANCA
HIPOTECARIA (Ley 24.855).-
7. LAS CONSULTORAS EN AUDITORIA, Y FINANZAS
CORPORATIVAS. LA INDUSTRIA DEL SOFTWARE.-
III. LA RESPONSABILIDAD CIVIL, POR PRODUCTOS, Y POR
RIESGO DE EMPRESA .-
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BOLILLA IX.
DERECHO CORPORATIVO. (I)
I. EL CONTENIDO DEL DERECHO CORPORATIVO. a) Teoría de la
agencia. La responsabilidad social empresaria, y el buen gobierno
corporativo. b) Control: Auditoría, Ley Sarbanes Oxley. c) Índices bursátiles
de buen gobierno. d) Value at risk.-
1. REGIMEN JURIDICO DE PYMES, Y EMPRESAS FAMILIARES:
a) El concepto de Pyme, y Mini Pyme. Financiaciones especiales.
Sociedades de garantía recíproca. b) La empresa familiar. Características.
Aspectos económicos, familiares, y legales. El Protocolo familiar. Incidencia
del derecho de sociedades, y de familia; aportes del proyecto de nuevo código
civil. c) Solución de controversias, de la empresa familiar.-
2. PLAN DE NEGOCIOS, DE LA EMPRESA FAMILIAR.-
3. RÉGIMEN FINANCIERO DE LA VIVIENDA, Y DE LA
CONSTRUCCIÓN: El fideicomiso en la construcción. REIT. Leasing. Lease
back. Refinanciación hipotecaria (ley 25.798). Régimen financiero del
desarrollo inmobiliario.-
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4. EL FINANCIAMIENTO DE LA EMPRESA. a) Financiamiento de
proyectos de inversión, VAN y TIR, (Project finance). b) Financiamiento
de la empresa. Emisión de acciones, y bonos. c) Titulación de activos. d)
Prestamos sindicados, ADR´s. Due diligence.-
5. APALANCAMIENTO FINANCIERO, a) Leveraged buy out. Ingeniería
financiera. b) Sindicación de acciones. Valuación de acciones, y bonos;
análisis técnico, y fundamental. c) Oferta pública inicial, control corporativo,
y adquisición hostil. Emisión de capital maduro. d) Valoración de empresas,
y de inversiones, e) Análisis de riesgo.-
6. PRESUPUESTO, ESTRUCTURA DE CAPITAL, Y POLITICA DE
DIVIDENDOS.-
7. ESTRATEGIA CORPORATIVA, Y CREACION DE VALOR, CON
DECISIONES FINANCIERAS.-
8. ADMINISTRACION DEL FINANCIAMIENTO: I) A corto plazo: A)
Análisis de solvencia, y de rentabilidad. B) Estudio del Activo corriente:
a) Bienes de cambio, e inventarios. b) Cuentas por cobrar; C) Pasivo
corriente; D) Patrimonio neto, II) A largo plazo.-
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BOLILLA X.
DERECHO CORPORATIVO (II)
AGENTES, Y MERCADOS. ARBITRAJE.COMERCIO DE
SERVICIOS.
1. AGENTES ECONOMICOS:
Agentes registrados, y corredores de bolsa. Agencias de cambio, turismo, y
seguros. Calificadoras de riesgo. Auditores. Gerentes del área de finanzas.
Servicios financieros (C.R.M.).-
2. MERCADOS ORGANIZADOS:
a) Bolsas de valores, MAE, Rofex. Bolsa de cereales. b) Cámara de la
construcción, propiedad horizontal, y desarrolladores inmobiliarios. c)
Mercado del dinero, y Forex. d) Tribunal del mercado financiero, y cambio.
Tribunal de la competencia. e) Registros: importadores, exportadores,
proveedores de estado, constructores de obras publicas, consultorías.
Importación de productos alimenticios, ley 18.284; decreto 2.126/71. Código
aduanero, y res. Aduana 1.425/83..-
3. NUEVA LEY DE MERCADO DE CAPITALES, (ley 26.831), C.N.V.-
4. EL ARBITRAJE, Y LA MEDIACIÓN, en los mercados organizados, e
internacionales. El CIADI.-
5. EL COMERCIO DE SERVICIOS: Acuerdo GATS.-
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BOLILLA XI.
ASPECTOS CONTEMPORANEOS, DEL DERECHO ECONOMICO,
FINANCIERO, Y CORPORATIVO. (I)
1. LAS FINANZAS INTERNACIONALES: Administración de carteras.-
2. OPERACIONES FINANCIERAS CONTEMPORÁNEAS; Venture
capital, mesas de dinero. Club de bancos. Futuros, opciones, y Swaps.
Transferencia electrónica. Restricciones a la compra del dólar. Operaciones
crediticias extra-bancarias: fondos comunes de inversión, y fondos mutuos.
Hedge funds. Mercados de instrumentos financieros, subasta holandesa, y
americana. Ahorro previo para fines determinados (contratos anómalos).-
3. DERECHO PENAL ECONÓMICO:1) Delitos informáticos; violación al
derecho de autor, y a las patentes. 2) Factores desestabilizadores de la
economía: tráfico clandestino o contrabando, tráfico de armas, tráfico de
drogas, negociaciones incompatibles. Economía subterránea. Convención
contra la corrupción. Ilícitos tributarios. Lavado de dinero.3) La
responsabilidad penal de las personas jurídicas.-
4. COMERCIO ELECTRÓNICO. a) Marketing digital. Internet. Nombres
de dominio, Redes sociales. b) ICANN. OMPI, y ODRS. c) Convenio
APDIC.-
5. DERECHO DE AUTOR, MARCAS, Y PATENTES: Patentes sobre
productos financieros, y registro del software; ley de patentes, y modelos de
utilidad.
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BOLILLA XII
ASPECTOS CONTEMPORANEOS, DEL DERECHO ECONOMICO,
FINANCIERO, Y CORPORATIVO. (II)
1. DERECHO AL DESARROLLO SOSTENIBLE: a) Bienes jurídicamente
protegidos. Desarrollo sostenible; b) Mercados financieros sobre
commodities, y desarrollo sostenible. c) Los paraísos fiscales.-
2. RESPONSABILIDAD POR RIESGO, POR ACTIVIDADES
PELIGROSAS .a) Recursos naturales, riesgo, y finanzas. Mercados
financieros, y seguros, en riesgos de energía, gas. b) Biocombustibles, ley
26.093, c) Responsabilidad por actividades peligrosas.-
3. DERECHO SOBRE LA PROPIEDAD: La interferencia gubernamental
en los contratos privados, (alquileres, plan BONEX. impuestos retroactivos,
etc.).La pesificación, prohibición de indexar, el esfuerzo compartido.-
4. LA EXPROPIACIÓN, Y EL CIADI. Tratados bilaterales de protección a
la inversión. La expropiación de recursos naturales y CIADI.-
5. REGÍMENES DE EMERGENCIA ECONOMICA, DEL ESTADO:
La emergencia administrativa, financiera, y económica.
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II. TESINA
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I. ESTRATEGIA METODOLÓGICA.
Se desarrollará la asignatura con una modalidad teórico-práctica, un total de
12 bolillas.
En las clases teóricas se propondrá la información específica con la finalidad
de constituir en el alumno un conocimiento sistémico utilizable en su
desempeño como profesional.
En los trabajos prácticos y en el proyecto final se propondrá la síntesis de
varios objetivos simultáneamente, a saber: análisis de materiales, casos de
referencia y construcción de reflexiones teóricas personales.
Atento al régimen de enseñanza vigente en la UNC, la promoción de la
asignatura, sin examen, requiere:
1. Asistencia no menor al 75% de las clases dictadas.
2. 100% de trabajos prácticos y proyecto final entregados en término y
aprobados.
3. Promedio general no menor a siete (7).
La condición de alumno regular con derecho a examen final requiere:
1. Asistencia no menor al 75% de las clases dictadas.
2. 100% de trabajos prácticos y proyecto final entregados en término y
aprobados.
3. Promedio general no menor de (4).
17
II. BIBLIOGRAFIA : I. Parte General.
Robert Cooter, y Thomas Ulen (2002), Derecho y economía (Fondo de
Cultura Económica, 2da edición).
Jorge Witker, “Curso de Derecho Económico”. I.I.J. UNAM. 1996.
Richard A. Posner, (2007). Economic Analysis of Law (Aspen, 7th edition).
Alfredo Bullard González, (2006). El análisis económico, de las instituciones
legales. (Lima: Palestra Editores, 2da edición).
Alejandro Hillar, Ingeniería Financiera, Comercio Exterior, Inversión
Extranjera. ED. Lerner.
Héctor Cuadra, "Reflexiones sobre el Derecho Económico", en estudios de
derecho económico. Vol. I. Ed. UNAM, México 1977.
Héctor Cuadra. “Las vicisitudes del Derecho Económico, en México, a partir
de 1917", en estudios de derecho económico Vol. II. Ed. UNAM. México,
1977.
Héctor Cuadra. "Aspectos Jurídicos del Nuevo Orden Económico
Internacional", en estudios de derecho económico Vol. III. Ed. UNAM,
México, 1979.
Miriam Smayevsky, Viggiola. Derecho Económico I, Editorial La ley, Buenos
Aires, 2005.
Julio Olivera, Derecho Económico. Concepto, y problemas fundamentales.
Ed. Arayu 1956.
Jorge M. Galeana Méndez, "Introducción al Derecho Económico", editorial
Trillas.
18
Mario Saúl Schujman, Derecho Económico, y social. Globalización.
Constitucionalismo substancial, y derechos humanos, o lex mercatoria. U.N.R
Colección Académica.
David Enríquez, “Derecho internacional económico, apuntes para una crítica
contemporánea”, A.M.D.I. Vol. VI.
Hugo Rangel Cuoto, , Derecho económico, México, Porrúa, 1980, Revista de
la Facultad de Derecho en México, tomo XXIV, julio-diciembre, 1974, núm.
95-96; tomo XXV, enero-junio,1975, núm. 97-98; tomo XXXI, enero-abril,
1981.
Graham, Smart, Megginson, Finanzas Corporativas, Ed. Cengage learning.
Sergio Salomón Zarkin Cortes, Derecho Corporativo, editorial Porrúa,
México, segunda edición México 2005.
Miguel Martin Mato, Mercado de capitales, una perspectiva global. ED.
Cengage learning.
Gómez Leo, Tratado teórico practico de derecho comercial. Ed. La ley.-
López Tilly, “Financiamiento de la empresa”, Ed. Astrea.-
José Manuel Porto, Fuentes de financiación. ED. Busyatti.-
“Empresas de Familia. Aspectos Societarios, de familia, y sucesiones,
concursales, y tributarios. Protocolo de familia”, dirigida por Gabriela
Calcaterra, y Adriana Krasnow, editada por La Ley, Buenos Aires, 2010.
Favier Dubois (h), E.M. (Director) “Negociación, mediación, y arbitraje, en la
empresa familiar”, Editorial Ad Hoc, Buenos Aires, 2012.
Guillermo Dumrauf, Finanzas corporativas, ED. Alfaomega.-
Carlos M. Negri, Instituciones de derecho privado, y de derecho
económico. ED. Macchi.
Daniels John (et al), Negocios internacionales: Ambientes y operaciones,
Pearson 2007.
19
II. Parte Penal.
Ventura González: “Nociones generales, sobre Derecho Penal Económico”
Ediciones Jurídicas Cuyo, 1998.
Esteban Righi: “Los delitos económicos”, (Ad-Hoc, 2000)
Enrique R. Aftalión: “Tratado de Derecho Penal Especial”, T° I, La Ley,
1969.
Bacigalupo S., ‘La responsabilidad penal de las personas jurídicas’,
Barcelona, 1998.-
De la Rúa, ‘Los delitos económicos’, Doctrina Penal, año 3, N° 9, Bs. As.
1980.-
Spolansky; N. ‘Culpabilidad, la responsabilidad solidaria de las sociedades
anónimas, y la de sus directivos en el régimen cambiario (el caso del Banco de
Santander). Bs. As. L.L. t. 1977.
Tiedemann: ‘Aspectos penales, y criminológicos de las actividades de las
empresas transnacionales’ Estudios penales y criminológicos, VI, Universidad
de Santiago de Compostela, 1983.
Tiedemann: ‘Delitos contra el orden económico’ La reforma penal,
Universidad de Madrid, 1982.
Tiedemann: ‘Lecciones de derecho penal económico’, Barcelona, 1998.
Ledesma, Julio C. ‘Derecho Penal Industrial’, De Palma, 1987
20
III. CONCEPTO:
El estudio del derecho económico, y financiero contemporáneo, con
un doble abordaje, público, y corporativo, o empresarial, dentro de las
reglas de la globalización económica y social, es vital para el Abogado, o
profesional en ciencias económicas, de hoy en día.-
La disciplina derecho económico, estudia, como se regula en el mundo
globalizado, la operatoria económica, y financiera corporativa, por el estado,
o las empresas, sean individuales, o personas jurídicas, mediante
mecanismos de autorregulación, o para sociales, la obtención del
financiamiento, por parte de las empresas, para hacer frente a necesidades,
frente a recursos insuficientes, para satisfacer todas las necesidades
económicas, financieras, o de mercado, de los seres humanos, y de las
empresas, o aspectos vinculados a la globalización económica.
También se estudia como surge, la regulación por acuerdos
interestatales, que dan origen al derecho internacional económico; y el
régimen jurídico propio de las empresas, productos, o servicios, o sea el
derecho corporativo, o también llamado derecho de la empresa, los
agentes, y mercados, poniendo énfasis en el buen gobierno corporativo, la
responsabilidad social empresaria, y en la teoría de la agencia, donde los
accionistas, son el objeto de la gerencia financiera.-
21
Bienes Económicos: Aquellos que son escasos, y por ende hay que otorgarles
un valor en dinero.
Bienes Supuestamente Libres: Aquellos de libre acceso, (Océano, aire, etc.)
Necesidades: Sensación humana de carencia de algo, unida al deseo de
satisfacerlo. Las necesidades se clasifican según de quien surgen:
Naturales (Comer)
Del individuo:
Sociales, definidas éstas últimas como las que surgen de manera individual.
Pero como consecuencia de vivir en sociedad.
Colectivas, aquellas que parten del individuo pero por ser comunes a todos.
Ellos pasan a ser de la sociedad (Transporte, etc.)
De la sociedad:
Públicas, aquellas que surgen de la misma sociedad, (Seguridad).
Se entiende entonces por economía, la Ciencia que estudia la asignación más
conveniente de los recursos escasos, para la obtención de un conjunto
ordenado de objetivos, y el derecho económico, el que estudia la regulación de
los actos económicos más importantes de la sociedad.
De acuerdo a este concepto, el derecho económico, o financiero, no
estudia un área o campo de la actividad humana, sino aspectos de este,
relacionados con el gobierno de las empresas.
El aspecto de toda actividad humana, económica o financiera, o de las
empresas, en el intento de satisfacer las necesidades materiales, o financieras,
las llevan a la necesidad de elegir estrategias de mercado, en un mundo
globalizado (Dentro de las mismas necesidades, no todos elegirán lo mismo),
22
implica conocer las reglas, para el uso eficiente de los recursos, y la toma
acertada de decisiones.
El derecho económico, también llamado, normativa de los actos
económicos, y financieros, más importantes, es aquél conjunto de medidas,
que implanta la autoridad económica, tendiente a alcanzar ciertos objetivos, o
a modificar ciertas situaciones, a través del manejo de variables, que se
denominan "instrumentos", tales como "política monetaria", (alza o baja, de
tasas de interés); "política fiscal", (gasto público social); "política arancelaria",
(alza o baja de tasas arancelarias), o formas de regulación del mercado
financiero, por el estado, o las empresas, a través de mecanismos de
financiamiento, o convenios para societarios, el conocimiento de estos
mercados, su regulación, y estas operatorias, son vitales para el profesional de
derecho o de ciencias económicas, de hoy en día.
Como valor agregado, se desarrollara lo que hacen las empresas, en
la vida real, son casos tomados de los libros citados en la bibliografía, de
Graham, Smart, Megginson, de Guillermo Dumrauf, o las enseñanzas del
IADEF (INSTITUTO ARGENTINO DE EMPRESAS FAMILIARES), en
materia de empresas familiares, institución que ha colaborado, en la
elaboración del programa.-
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