Derecho Economico Clase No15 Mercado Del Transporte Publico. Caso Transantiago Revisado
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El Mercado del Transporte Público
de Pasajeros. El Caso del
Transantiago
Anexo 1
Introducción (1)
¿Por qué es interesante estudiar experiencia regulatoria del transporte
público, en general, y del Transantiago en particular? Diversidad de
experiencias (técnicas) regulatorias.
Introducción (2)
Algunas características de mercado del transporte:
Opera sobre bienes públicos
Tiene componentes de red. Externalidades de red negativas
En el extremo, sustitutos no son óptimos
Fuertemente afectado por externalidades positivas y negativas
Podríamos incluso catalogarlo de insumo esencial para el desarrollo de
actividades económicas
Presenta asimetrías informacionales relevantes, sea bajo provisión pública o
privada (especialmente en este último caso).
Conclusión: se trata de mercado que presenta fallas y cuya solución
regulatoria no es evidente. Caso típico: resolver trade-off entre
maximización de frecuencias y menores precios vs. congestión.
Etapas o Técnicas Regulatorias Utilizadas (1)
Hasta año 1975. Actividad altamente regulada (rutas, características
técnicas y número de buses en circulación, frecuencias y tarifas). Se
requería además autorización previa para operar por transportistas.
Problemas de esta regulación ex ante.
Desde 1975-1990. Modelo de competencia absoluta con ausencia de
regulación ex ante. Política de liberalización y desregulación de la actividad.
Se derogan regulaciones antes señaladas -recorridos se flexibilizan- a
excepción de autorización previa de autoridad para operar. Sin embargo,
en 1988 se elimina incluso la exigencia de autorización.
Efectos: Incremento oferta (cobertura) y disminución de tiempos de espera.
Curiosamente, tarifas no se redujeron (¿razón?).
Externalidades negativas e incentivos contrapuestos a seguridad (carreras).
Etapas o Técnicas Regulatorias Utilizadas (2)
Desde 1990-2003 (2006): A Ley 18.696 se introdujo artículo 3°. A partir de
inc. 1° e inc. 2°, 3 características: (i) se mantiene provisión privada; (ii) El
Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) obtuvo
competencias regulatorias generales relativas a la forma en que debían
operar servicios (normas técnicas de vehículos, nivel de emisión de
contaminantes y condiciones de operación del servicio); y, (iii) MTT obtuvo
facultades para, en ciertos casos, entregar en concesión el uso de las vías
públicas mediante un procedimiento de licitación pública y posterior
suscripción de contratos de concesión (hipótesis: congestión de vías,
deterioro del medioambiente o de las condiciones de seguridad de las
personas o vehículos).
Criterio de adjudicación. Mixto.
Etapas o Técnicas Regulatorias Utilizadas (3)
Texto original de artículo 3°, tras reforma año 90’:
“El transporte nacional de pasajeros remunerado, público o privado, individual o colectivo, por
calles o caminos, se efectuará libremente, sin perjuicio que el Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones establezca las condiciones y dicte la normativa dentro de la que funcionarán
dichos servicios, en cuanto a cumplimiento obligatorio de normas técnicas y de emisión de
contaminantes de los vehículos, así como en lo relativo a condiciones de operación de los
servicios de transporte remunerado de pasajeros y de utilización de las vías.
El Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 118
de la Ley N° 18.290, podrá, en los casos de congestión de las vías, de deterioro del medio
ambiente y/o de las condiciones de seguridad de las personas o vehículos producto de la
circulación vehicular, disponer el uso de las vías para determinados tipos de vehículos y/o
servicios, mediante procedimientos de licitación pública, para el funcionamiento del mercado de
transporte de pasajeros.
Las bases de estas licitaciones deberán contemplar, entre los factores que serán evaluados,
criterios económicos y ambientales previamente determinados, según las diversas alternativas y
modalidades de transporte. Entre dichos criterios se considerarán especialmente, debidamente
ponderados para la resolución de las mencionadas licitaciones, los factores ambientales relativos
a ruido, gases contaminantes, orden en la circulación de vehículos y valoración urbana (…)”
Se efectuaron 3 licitaciones (1991, 1994, 1998).
Etapas o Técnicas Regulatorias Utilizadas (4)
Efectos tras licitaciones:
Se redujo número de buses
Aumentó ocupación promedio sin disminuir frecuencia
Se redujo tarifa
Sin embargo, se mantuvieron externalidades negativas e incentivos contrapuestos a
seguridad de usuarios. Fallas no resueltas.
En ese contexto, año 2000, en el marco de Programa Bicentenario, se
comienza a diseñar Plan Transantiago.
Dicho plan descansó fundamentalmente en inc. 2° artículo 3° Ley 18.696,
además de otras disposiciones generales (v.gr., artículo 1° bis Reglamento
de Transportes, DS 212).
El Transantiago (1) Ejes del Sistema:
Concesión de vías para prestación de servicios de transporte en (i) unidades troncales; y, (ii)
unidades alimentadoras. Ambas bajo supuesto de exclusividad dentro de cada unidad.
Integración con red Metro.
Integración acceso y administración del sistema por la vía de recaudación de tarifa a través
de un medio tecnológico común (Tarjeta BIP!).
Plataforma tecnológica para gestión de flota integrada de buses de concesionarios.
Luego, se licitaron 3 servicios complementarios en base a estos ejes: Servicio de transporte de pasajeros (uso de vías).
Administración financiera y asistencia operacional del sistema.
Información y atención a usuarios.
En base a lo anterior, se ejecutaron los siguientes contratos: Concesión unidades troncales y alimentadoras
MTT con Administrador Financiero Transantiago (AFT), para administración y operación
tecnológica de gestión de flota (se cumplen ambas funciones por misma entidad). AFT es
una SAG de propiedad de algunos bancos, CMR Falabella y Sonda.
Mandatos mercantiles entre concesionarios y AFT.
Entre MTT y operador para prestación de servicios de atención e información a usuarios.
Licitaciones de obra pública para construcción de infraestructura vial (v.gr., estaciones
intermodales).
El Transantiago (2) Conclusión general: Transantiago es un plan de transporte público establecido y
diseñado por el Estado a partir de competencias muy generales que Ley entrega a
MTT para racionalizar el uso de las vías, a través del uso de un sistema de
concesiones para determinados tipos de servicios.
Además, descansa sobre contratos regulatorios (regulación se contiene en Bases de
Licitación y Contratos de Concesión) cuyos derechos y obligaciones son
interdependientes en relación a los mismos contratos regulatorios de otros agentes,
por lo que cualquier circunstancia puede impactar económicamente más allá de la
esfera de cada contrato. Efecto de externalidades.
En todo caso, Transantiago validado por Contraloría y Corte Suprema.
Al advertirse problemas de diseño, MTT modificó –normalmente de mutuo acuerdo
con concesionarios- aspectos relevantes de cada contrato regulatorio.
Otra modificaciones relevantes, Ley 20.378 sobre subsidio permanente: Panel de Expertos para fijar tarifas. Impacto en AFT
Futuras licitaciones deberán obligatoriamente hacerse sobre la base de estudios técnicos emanados de
entidades de reconocido prestigio
Subsidio nacional
Ley 20.504 sobre Régimen Jurídico de Transporte Concesionado Se define contrato como destinado a interés público – reglas sobre continuidad de servicio
Agrega potestades públicas en materias sanciones, caducidad, terminación anticipada, quiebra
Exigencias contabilidad regulatoria
El Transantiago (3). Conclusiones ¿Qué nos puede enseñar esta experiencia regulatoria?:
Conclusión particular: ¿es una buena idea tener a un regulador administrando un
conjunto de contratos regulatorios, que fijan sus potestades, que son asimétricos
entre sí, sin legislación sectorial sustantiva?
¿Cuál es la principal dificultad para el Estado al momento de utilizar la técnica de
licitaciones para el otorgamiento de concesiones (licencias) para el uso de
bienes?
Siguiendo las distintas etapas y técnicas regulatorias que han sido utilizadas en
los planes de transporte público ¿existe una solución única o pura?