Derecho de la Inversion Extranjera
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Economy & Finance
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UNIVERSIDAD AUTONOMA DE NUEVO LEONFACULTAD DE DERECHO
LUIS VARGAS
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CLASES DE INVERSION EXTRANJERA
DIRECTA. INDIRECTA.
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INVERSION EXTRANERA
DIRECTA:
Consiste en el desplazamiento de capital realizado por personas fisicas o juiridicas para emprender negocios a largo plazo en un estado diferente de aquel en donde se generan los recursos.
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INVERSION EXTRANERA
• INDIRECTA:
• Se refiere a los emprestitos, oficiales o privados, que obtienen del exterior las personas fisicas o juridicas mexicanas, con el proposito de satisfacer sus necesidades financieras.
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CRITICAS A LA INVERSION EXTRANJERAA favor: Aporta capitales para el desarrollo del
pais. Agiliza y dinamiza la economia nacional Genera impuestos Fomenta fuentes de mano de obra Ayuda a que se especialicen los
trabajadores Aporta tecnologias modernas.
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En contra: Monopolizacion debido a la superioridad
financiera y tecnica. Desplazamiento de empresas locales,
dificultando la creacion de industrias nuevas.
Transfiere al extranjero sus ganancias. Obedece al animo de lucro sin
satisfacer las necesidades sociales del pais.
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PROTECCION INTERNACIONAL A LA INVERSION EXTRANJERAPROTECCION DE RIESGOS NO
COMERCIALES:1- Inconvertibilidad de la moneda.
Como la restriccion cambiaria que puede impedir el envio de ganancias al exterior.
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2.Expropiacion furtiva (creeping expropiation)
Descripcion de las medidas tendientes a obstaculizar la inversion extranjera.
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Ejemplos: Expropiacion, Limitacion a la
residencia de los extranjeros, impuestos discriminatorios, control de precios, subsidios gubernamentales, restriccion a las importaciones o exportaciones, etc.
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3.Riesgos belicos. Por los danos que pueden ocasionarse a la inversion en casos de disturbios en el pais receptor.
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FORMAS PARA LA PROTECCION DE RIESGOSExisten tres maneras:UNILATERALMENTEBILATERALMENTEMULTILATERALMENTE
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UNILATERALMENTE Elaboracion de proteccion a
particulares.
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BILATERALMENTE Celebracion de tratados BIT cuyo
objetivo es brindar proteccion a las inversiones de los particulares de un Estado hacia otro, donde emprenden sus negocios.
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Ejemplo: Acuerdo ejecutivo llamado “
executive agreement” celebrado por USA para fomentar la inversion, que puso en practica la Overseas Private Investment Corporation (OPIC).
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MULTILATERALMENTE Realizacion de convenios abiertos a
la adhesion de cualquier pais, para proteger y alentar la inversion extranjera.
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Ejemplo: Centro Internacional de Arreglo de
diferencias relativas a inversiones (CIADI).
Multilateral Investment Guarantee Agency (MIGA).
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AREAS REGULADAS EN LOS TRATADOS COMPROMISO DE ADMISION ESTANDARES GENERALES TRANSFERENCIA DE FONDOS MEDIDAS EXPROPIATORIAS SOLUCION DE CONTROVERSIAS
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COMPROMISO DE ADMISION Facil y amplia para la inversion
extranjera.
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ESTANDARES GENERALES. Entre estos encontramos los
siguientes; la nacion mas favorecida, trato nacional y el del nivel minimo de trato.
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TRANSFERENCIA DE FONDOS Facilitacion y establecimiento de
mecanismos tendientes a traspasar las utilidades obtenidas de un pais a otro.
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MEDIDAS EXPROPIATORIAS Establecimiento de condiciones para
llevarlas a cabo y asi evitar los tratos discriminatorios a extranjeros, senalando reglas de pago para una pronta, adecuada y efectiva indemnizacion. (formula hull)
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SOLUCION DE CONTROVERSIAS Clausulas contenidas en los tratados
principalmente de sometimiento al arbitraje.
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INVERSION EXTRANJERA EN MEXICO Principios constitucionales
relacionados con la inversion directa :
A) Rectoria del Estado y Planeacion democratica (art 25 y 26)
B) Libertad de trabajo (art 5) C) Libre competencia (art 28)
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D) Aprovechamiento de los bienes del dominio publico directo de la Nacion y prestacion de servicios publicos. (art 27 y 28)
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A) Rectoria del Estado y Planeacion democratica (art 25 y 26)
El Estado debe llevar el liderazgo del desarrollo nacional, fortalecer la soberania nacional, fomentar el crecimiento economico y la justa distribucion del ingreso….
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Concurrencia del sector publico y privado en el desarrollo economico; la ley debe proteger la actividad economica de los particulares y proveera las condiciones para que el sector privado coadyuve al desarrollo economico de la nacion.
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Sistema de planeacion democratica para el desarrollo nacional, esta debe imprimir solidez, dinamismo, permanencia y equidad.
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B) Libertad de trabajo (art 5) Toda persona (nacional o extranjero
puede dedicarse a la profesion, industria, trabajo o comercio que le acomode siempre que sea licito.
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C) Libre competencia (art 28) En Mexico quedan prohibidos los
monopolios, los estancos la exencion de impuestos y las prohibiciones a titulo de proteccion a la industria.
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D) Aprovechamiento de los bienes del dominio publico directo de la Nacion y prestacion de servicios publicos. (art 27 y 28)
Los bienes de dominio directo de la nacion son inalienables e imprescriptibles, y para su aprovechamiento, explotacion o la prestacion de algun servicio deben de seguirse algunos lineamientos.
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Areas consideradas estrategicas (no concesionables) El art. 27 constitucional senala que respecto al petroleo, la electricidad, la energia nuclear y los carburos de hidrogeno solidos, liquidos o gaseosos no se otorgaran concesiones.
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Por su parte el art 28 menciona que actividades no seran consideradas como monopolios; correo, telegrafo, radiotelegrafia, petroleo y demas hidrocarburos, petroquimica basica etc…
![Page 33: Derecho de la Inversion Extranjera](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062308/559245ba1a28ab06368b467f/html5/thumbnails/33.jpg)
Areas consideradas como prioritarias (consesionables con limitaciones,art 28).
Las comunicaciones via satellite y los ferrocarriles son ejemplos de estas.
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El Estado ejercera en ellas su rectoria para proteger la seguridad y la soberania de la nacion y al otorgar concesiones o permisos, mantendra el dominio de las mismas de acuerdo con las leyes de la materia, para lo cual el estado contara con los organismos y empresas que requiera para su manejo.
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Bienes concesionables y prestacion de servicios publicos (arts.27 y 28).
El art 27 nos senala que el uso y aprovechamiento de recursos de dominio directo de la nacion no considerados como estrategicos o prioritarios puede realizarse por particulares mediante concesiones otorgadas por
![Page 36: Derecho de la Inversion Extranjera](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062308/559245ba1a28ab06368b467f/html5/thumbnails/36.jpg)
El ejecutivo federal, de acuerdo con las reglas y condiciones qu establezcan las leyes.
![Page 37: Derecho de la Inversion Extranjera](https://reader035.fdocuments.mx/reader035/viewer/2022062308/559245ba1a28ab06368b467f/html5/thumbnails/37.jpg)
Por otra parte el art 28 nos indica que el Estado, con sujecion a las leyes y tomando en cuenta el interes general, puede concesionar la prestacion de servicios publicos y la explotacion, uso y aprovechamiento de bienes de dominio directo de la nacion no considerados estrategicos o prioritarios.