Derecho Administrativo

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“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD” ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE Nº 01 1. Realice un cuadro conceptual sobre las fuentes del derecho administrativo El derecho administrativo y sus fuentes El ordenamiento jurídico es igual al derecho, el cual lo podemos clasificar por materias o disciplinas, así tendríamos derecho público y privado. Derecho Privado: la parte del derecho encargada de regular las relaciones entre personas (derecho civil, mercantil, laboral) Derecho Público: regula las relaciones entre particulares y administraciones o el funcionamientos de dichas administraciones (penal, procesales, constitucionales, administrativos…) El derecho administrativo que es el que a nosotros nos importa, se establece como disciplina del derecho público, regula la organización y el funcionamiento y sus relaciones con los particulares o administrativos. Por fuentes del derecho administrativo entenderemos el conjunto de normas que integran dicha disciplina. El estudio de las fuentes en derecho administrativo exige explicar dos principios adicionales a los de jerarquía y competencia: “Primacía del derecho escrito” que implica que las fuentes subsidiarias (costumbre y principio general del derecho tendrán una aplicación secundaria) “Principio de conservación del rango del órgano del que emana la norma” este principio tendrá aplicación en los reglamentos para ordenarlos jerárquicamente de acuerdo al rango del órgano que los elabora Las funciones del derecho administrativo son desde el punto de vista jerárquico:

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AO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIMIENTODE NUESTRA DIVERSIDAD

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N 011. Realice un cuadro conceptual sobre las fuentes del derecho administrativoEl derecho administrativo y sus fuentesEl ordenamiento jurdico es igual al derecho, el cual lo podemos clasificar por materias o disciplinas, as tendramos derecho pblico y privado.1. Derecho Privado: la parte del derecho encargada de regular las relaciones entre personas (derecho civil, mercantil, laboral)1. Derecho Pblico: regula las relaciones entre particulares y administraciones o el funcionamientos de dichas administraciones (penal, procesales, constitucionales, administrativos)El derecho administrativo que es el que a nosotros nos importa, se establece como disciplina del derecho pblico, regula la organizacin y el funcionamiento y sus relaciones con los particulares o administrativos.Por fuentes del derecho administrativo entenderemos el conjunto de normas que integran dicha disciplina. El estudio de las fuentes en derecho administrativo exige explicar dos principios adicionales a los de jerarqua y competencia: Primaca del derecho escrito que implica que las fuentes subsidiarias (costumbre y principio general del derecho tendrn una aplicacin secundaria)Principio de conservacin del rango del rgano del que emana la norma este principio tendr aplicacin en los reglamentos para ordenarlos jerrquicamente de acuerdo al rango del rgano que los elaboraLas funciones del derecho administrativo son desde el punto de vista jerrquico:Constitucin; derecho internacional; la ley (disposiciones del poder ejecutivo con rango de ley -decretos leyes, decretos legislativos-); reglamentos (RD del presidente, RD del Congreso de Ministros, rdenes Ministeriales).En defecto de norma escrita, es decir, cuando no haya nada de lo anterior, se aplicar subsidiariamente la costumbre y los principios generales del derecho.Igualmente existen muchos otros artculos que establecen este carcter vinculante del precedente. La motivacin es una breve referencia de hechos y fundamentos de derecho de los que se separan del criterio seguido en actuaciones precedentes.Por ltimo debemos hacer referencia a los principios generales del derecho administrativo. stos son valores, ideales, conceptos que guan a la administracin. Lo cierto es que no encontramos los principios generales del derecho de forma aislada, sino que estn recogidos en otras normas superiores (leyes) y en este caso asumen la fuerza de la norma que los recoge. Son ejemplos: la buena fe, la equidad, ponerse de parte de los dems desfavorecidos, proporcionalidad2. Mediante un esquema establezca las diferencias entre centralizacin, descentralizacin y desconcertaran.CentralizacinExiste el rgimen de centralizacin administrativa cuando los rganos se agrupan colocndose unos respecto a otros en una situacin de dependencia tal que entre todos ellos existe un vnculo que, partiendo del rgano situado en el ms alto grado de ese orden, los vaya ligando hasta el rgano de nfima categora, a travs de diversos grados en los que existen ciertas facultades.La relacin jurdica que liga a los diversos rganos colocados en la situacin que se acaba de describir, constituye lo que se denomina relacin de jerarqua.Mediante dicha relacin se explica como se mantiene la unidad del poder administrativo, a pesar de la diversidad de los rganos que lo forman.La relacin de jerarqua consiste en una relacin de dependencia que implica ciertos poderes de los rganos superiores sobre los inferiores, en cada grado de la jerarqua, hasta el Presidente de la Repblica, que es el jefe jerrquico superior de la administracin pblica federal.DescentralizacinGabino Fraga define la descentralizacin en los trminos siguientes: "Al lado del rgimen de centralizacin existe otra forma de organizacin administrativa: la descentralizacin, la cual consiste en confiar la realizacin de algunas actividades administrativas a rganos que guardan con la administracin central una relacin que no es la de jerarqua" y concluye: "el nico carcter que se puede sealar como fundamental del rgimen de descentralizacin es el de que los funcionarios y empleados que lo integran gozan de una autonoma orgnica y no estn sujetos a los poderes jerrquicos.As aparece, una diferencia fundamental entre la descentralizacin y la centralizacin administrativas, ya que en esta ltima todos los rganos que la integran estn ligados por la relacin jerrquica que implica una serie de poderes superiores respecto de los actos y de los titulares de los rganos inferiores.La descentralizacin administrativa se distingue de la descentralizacin poltica que se opera en el rgimen federal, porque mientras que la primera se realiza exclusivamente en el mbito del Poder Ejecutivo, la segunda implica una independencia de los poderes estatales frente a los poderes federales.Adems, en tanto que la descentralizacin administrativa es creada por el poder central, en la descentralizacin federal los estados miembros son los que crean al Estado federal, participan en la formacin de la voluntad de ste y su competencia no es derivada, como es la de los rganos administrativos descentralizados, sino que, por el contrario es originaria en el sentido que las facultades son atribuidas expresamente al Estado federal se entienden reservadas a los Estados miembros.DesconcentracinLa centralizacin y la desconcentracin responden a la misma nocin de organizacin administrativa centralizada. La desconcentracin est dentro del cuadro de la centralizacin, que slo se distingue por la forma perifrica en que desarrolla sus funciones.Los rganos desconcentrados son parte de la centralizacin administrativa cuyas atribuciones o competencia la ejercen en forma regional, fuera del centro geogrfico en que tiene su sede el poder central supremo. Luego pueden desconcentrarse las administraciones federal, estatal y municipal. La administracin del Distrito Federal tiene como principales rganos desconcentrados as las delegaciones polticas.Es entonces, la desconcentracin, la forma jurdico-administrativa en que la administracin centralizada con organismos o dependencias propias, presta servicios o desarrolla acciones en distintas regiones del territorio del pas. Su objeto es doble: acercar la prestacin de servicios en el lugar o domicilio del usuario, con economa para ste, y descongestionar al poder central.Aquel principio jurdico de organizacin administrativa en virtud del cual se confiere con carcter exclusivo una determinada competencia a uno de los rganos encuadrados dentro de la jerarqua administrativa, pero sin ocupar la cspide de la misma.

3. Defina con sus propias palabras al acto administrativo.

Cuando la Administracin Pblica se tiene que expedir en relacin a un tema determinado, que abarque a un sujeto en particular, o bien a toda la poblacin, o a un sector de la misma, emite el llamado acto administrativo.

Este es el decreto por el cual se exterioriza la voluntad del Estado, por el cual "habla" la Administracin Pblica.

Debe contener fecha y firma; Aclarar a quienes abarca; Es revisable judicialmente (por los procedimientos de la ley 19549); Debe ser emitido por escrito.

4. Qu entiende por conservacin del acto administrativo?Cuando el vicio del acto administrativo por el incumplimiento a sus actos de validez, no sea trascendente, prevalece la conservacin del acto, procedindose a su enmienda por la propia autoridad emisora. En este entender los actos administrativos afectados por vicios no trascendentes; segn la ley de procedimientos administrativos; los siguientes: El Acto cuyo contenido sea impreciso o incongruente con las cuestiones producidas en la motivacin. El Acto emitido con una motivacin insuficiente o parcial. El Acto emitido con infraccin al las formalidades no esenciales del procedimiento, considerando aquellos cuya realizacin correcta no hubiera impedido o cambiado el sentido de la decisin final en aspectos importantes, o cuyo incumplimiento ni afectare el debido proceso del administrado.

Cuando se concluya indubitablemente de cualquier otro modo en el acto administrativo hubiese tenido el mismo contenido, de no haberse producido el vicio.Aquellos emitidos con emisin de documentacin no esencial que pueda influenciar en el acto administrativo.

5. Cules con los elementos del acto administrativo? Hable de cada uno de ellosEl sujeto. El acto administrativo es el rgano que, en representacin del Estado formula la declaracin de voluntad: Dicho rgano cuenta con una competencia, la cual constituye el conjunto de facultades del mismo, aqu que concluyamos que la competencia corresponde al rgano, no a la persona titular de la funcin.Voluntad. Todo acto administrativo se forma con una conducta voluntaria realizada dentro de normas legales por el titular que otorga la dignidad de alguna forma, por ello, es el elemento del mismo la declaracin de la voluntad.Objeto. Es la materia o contenido sobre el cual se decide, certifica, valora u opina. Es el contenido del acto. Consiste en la resolucin, en las medidas concretas que dispone el acto.Motivacin. Existe confusin entre motivacin y causa. la motivacin responde al porque justificativo. La causa responde al por qu? la motivacin aparece cuando en el acto existe la posibilidad de la discrecionalidad por parte del funcionario pblico. Si un acto es discrecional debe motivarse. Si un acto es totalmente reglado no sera necesaria la motivacin.Para aclarar las diferencias conceptuales que aparecen cuando se intenta desentraar los conceptos de causa y motivacin del acto administrativo, es dable refrescar un importante antecedente jurisprudencial:Mrito u oportunidad. Al mrito se le ha considerado como elemento del acto administrativo, entendido como la adecuacin necesaria de medios para lograr los fines pblicos especficos que el acto administrativo de que se trate tiende a lograr.Tambin se entiende por mrito, la conveniencia y oportunidad del mismo; es decir su adaptacin a la obtencin del fin especfico que con la emanacin del acto se pretende obtener.Forma. Es la materializacin del acto administrativo, del acto administrativo, el modo de expresin de la declaracin ya formada. Por la forma del acto administrativo se convierte en fsico y objetivo. Es su visibilidad. Asegura su prueba y permite conocer su contenido. La forma equivale a la formacin externa del acto.6. Mediante un esquema especifique cuales son las funciones administrativas. Desarrolle cada una de ellas.Un gerente de xito es capaz de desempear cuatro funciones administrativas bsicas: plantacin, organizacin, direccin y control. Planeacin: La plantacin implica determinar las metas de la organizacin y los medios para alcanzarlas. Los planes hacen planes para tres razones: 1) para establecer el curso general que se seguir la organizacin en el futuro (para incrementar las utilidades, expandir la participacin de mercado y hacer frente a su responsabilidad social); 2) para identificar y comprometer los recursos que la organizacin necesita para alcanzar sus metas. 3) para decidir cuales tareas se deben de desempear para llegar a esas metas.Organizacin:

Una vez que los gerentes han preparado sus planes, deben partir de esas ideas ms o menos abstractas para hacerlas realidad.

La organizacin se refiere al proceso de decidir donde se tomaran las decisiones quien ocupara cual puesto y desempeara que tareas y quien depender de quien en la empresa. Con una organizacin efectiva los gerentes estn en mejor posicin para coordinar los recursos humanos, los materiales y los de informacin. La organizacin implica la creacin de una estructura con departamentos y descripciones de puestos.

Direccin o liderazgo: Adems de preparar planes, disear una estructura y contratar al personal alguien se debe de encargar de dirigir a la organizacin. Esta direccin implica motivar a terceros con la intencin que desempeen las tareas necesarias para alcanzar las metas de la organizacin. Sin embargo no solo se dirige cuando se ha concluido con la planeacin y la organizacin, sino que la direccin es un elemento crucial de esas funciones. Control:

El control es el proceso que utiliza una persona, un grupo o una organizacin para monitorear el desempeo de forma permanente y aplicar acciones correctivas.

7. Escoja dos conceptos de contratos administrativos para luego comentarlos.

CONTRATOS POR LOCACIONCONTRATOS DE CAS

8. Qu diferencia encuentra entre contrato administrativo y contrato civil?Una de las partes del contrato administrativo intervinientes ha de ser, no necesariamente del Poder Central del Estado, sino una persona jurdica pblica perteneciente a la Administracin Pblica o que el contrato tenga como fin un servicio pblico o contribuya a un servicio pblico.

En cambio, el contrato civil se basa en la presencia SUBJETIVA de uno de los contratantes intervinientes, sosteniendo que el rgimen jurdico resulta una consecuencia de las prerrogativas que posee la administracin como sujeto.

Dicho de otra manera:

Un contrato civil es el resultado de un proceso volitivo, en el cual la motivacin de las manifestaciones de voluntad, desde el punto de vista jurdico, es esencialmente irrelevante. La decisin entonces es por completo SUBJETIVA. En cambio, un contrato administrativo se sustenta en un procedimiento cognitivo el denominado proceso de seleccin en el cual las razones por las cuales se decide contratar con una persona determinada, sea natural o jurdica, son de particular importancia. La decisin tomada se basa en criterios OBJETIVOS, los mismos que son susceptibles de control, sea administrativo, sea jurisdiccional, a travs de un eventual proceso contencioso administrativo.

ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE N 021. Realice un cuadro en el que diferenciar el servicio pblico del sector pblico, y al servicio pblico del la funcin pblica.En general, los funcionarios pblicos son empleados de los departamentos del gobierno y los empleados del sector pblico pueden ser ms ampliamente gubernamental empleados relacionados - por ejemplo, los maestros Quango personal, etc. Algunos empleados del sector pblico pueden trabajar por contrato de trabajo parte financiado en nombre de la administracin pblica.

2. Comente de los artculos 39, 40, 41 y 42 de la constitucin poltica del Per.

3. Qu finalidad tiene la carrera administrativa?

La carrera administrativa conforma un sistema de administracin de personal cuyo objeto es garantizar la eficiencia de la administracin pblica y ofrecer estabilidad e igualdad de oportunidades para el ascenso y el acceso al servicio pblico.

4. Realice un esquema sobre las caractersticas de la funcin publica Contrato de trabajo con el estado. Adhesin de la persona a las condiciones de trabajo fijada por la ley.

5. Explique los lmites del poder de polica. Razonabilidad Intimidad Legalidad6. Cules son los caracteres bsicos del rgimen jurdico del dominio pblico? Habl cada uno de ellos. Principios-todos los bienes del dominio pblico tiene el mismo rgimen jurdico esencial. Hipoteca los bienes del dominio no pueden ser agravados con hipoteca, por implica una posible enajenacin.

7. Realice un cuadro conceptual sobre los elementos de la exportacin.