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Departamento de Cundinamarca Municipio de Tenjo
Secretaria de Infraestructura
ESTUDIO PREVIO
CONSTRUCCIÓN CENTRO CULTURAL
“HONESTIDAD, CAMBIO Y RESULTADOS PARA LA PROSPERIDAD”
Calle 3 No. 3 – 86 ● Código Postal: 250201 ● Teléfonos: 864 6471- 864 6804 ● Fax: 864 6103 [email protected] ● www.tenjo-cundinamarca.gov.co
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Capítulo I. INFORMACIÓN GENERAL
1. DEPENDENCIA SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA
2. FECHA DE ELABORACIÓN (dd/mm/aaaa)
10 DE ABRIL DE 2015
3. NOMBRE DEL FUNCIONARIO QUE ELABORA
CARLOS JULIAN REYES VILLAMIZAR
4. CARGO DEL FUNCIONARIO
SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA
5.IDENTIFICACIÓN DEL FUNCIONARIO
C.C. 3.228.546 DE BOGOTÁ
6. NOMBRE DEL SECTOR DE INVERSIÓN
CULTURA
7. NOMBRE DEL PROGRAMA DE INVERSIÓN
ARTE CULTUTURA Y DESARROLLO PARA LA PROSPERIDAD (14)
8. NOMBRE DEL SUBPROGRAMA DE INVERSIÓN
INFRAESTRUCTURA CULTURAL
9. NOMBRE DEL PROYECTO DE INVERSIÓN
CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE TENJO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
10. No. DE REGISTRO EN EL BPIM
1201011105 2310514442276 1202082001
11. TIPO DE CONTRATACION
OBRA PÚBLICA
12. MODALIDAD DE CONTRATACIÓN
LICITACIÓN PÚBLICA
Capítulo II: Descripción técnica
1. DESCRIPCIÓN DE LA
NECESIDAD:
Se procede a realizar el presente estudio previo en acatamiento a lo señalado en el artículo 20 del Decreto 1510 de 2013 que desarrolla lo previsto en el numeral 12º del artículo 25 de la Ley 80 de 1993, como justificación de la necesidad de realizar la contratación de obra pública para la “CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE TENJO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA”. Que La Constitución Política, entendida como norma suprema y fundamental de la que se desprende toda la normatividad jurídica aplicable en el territorio nacional, ha
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establecido como fin esencial del estado “servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes”. Que en ese sentido los Municipios, tal y como lo establece la Ley 136 de 1994, deben concretizar tal precepto constitucional a través de la adopción de planes y programas que garanticen además del mandato superior, el bienestar general y el mejoramiento continuo de la calidad de vida de la población en su respectivo territorio. La recién citada Ley así como el conjunto de la legislación nacional imponen a los entes territoriales obligaciones específicas a efectos de prestar adecuadamente los servicios públicos a ellos encomendados, lograr las finalidades propias del estado social de derecho, y en fin servir a la comunidad. Que mediante el acuerdo No. 010 de 2012 se aprobó el plan de desarrollo Municipal “Honestidad, Cambio y Resultados para la Prosperidad”, en el cual el pilar número 2 “La Competitividad” es definida por el documento CONPES 3439 de 2006, “(…) como el grado en el que un país puede producir bienes y servicios capaces de competir exitosamente en mercados globalizados y a la vez mejorar las condiciones de ingreso y calidad de vida de su población. La competitividad es el resultado de la interacción de múltiples factores relacionados con las condiciones que enfrenta la actividad empresarial y que condicionan su desempeño, tales como infraestructura, recursos humanos, ciencia y tecnología, instituciones, entorno macroeconómico, y productividad (…)” Para dirigir y lograr el aumento de la productividad y mejoramiento de la competitividad en armonía con la Ley de Ciencia, Tecnología e Innovación y la Política Nacional de Productividad y Competitividad. Y que este contemplado en la Agenda 14 Desde el Plan de Desarrollo, “Honestidad, cambio y resultados para la Prosperidad” el alcance de la Agenda Cultural busca facilitar, promover, estimular, conservar y difundir las diferentes actividades y manifestaciones culturales, a través de acciones de dirección, coordinación, planificación y ejecución, orientadas a fomentar el ejercicio de derechos, el acceso a oportunidades y el mejoramiento del bienestar de las personas. Coherente con el programa: ARTE, CULTURA Y PATRIMONIO PARA LA PROSPERIDAD. Que con las proyecciones que ha realizado La Casa de la Cultura para los próximos años se busca beneficiar a un porcentaje más alto de la población tenjana con las actividades culturales que se realizaran en el Municipio y tendrán un escenario propicio para centralizar dichas actividades, contando con espacios los adecuados; estas proyecciones muestran incremento en la vinculación de personas a los grupos de formación, teniendo las siguientes metas, que serán afianzadas mediante la construcción del Centro Cultural; partiendo de que en el año 2014 se tienen 1550 personas beneficiadas.
A corto plazo, lograr para diciembre de 2015 que 1754 personas asistan a procesos de formación artística y de creación cultural.
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A mediano plazo, para el año 2020 tener el doble de asistencia que en el año 2014, es decir, contar con 3100 personas beneficiadas con los programas de formación. Tomando este año como punto de inflexión en el crecimiento de asistencia a los grupos de formación, puesto que es allí cuando se ha captado la mayoría de la población interesada en pertenecer a alguno de estos grupos, sin embargo, a partir del año 2020 se proyecta tener un crecimiento más suave equivalente al crecimiento vegetativo que muestra la población tenjana de acuerdo con las estadísticas del DANE (Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas), equivalente al 0,6% anual.
A largo plazo, se proyecta tener en el año 2035 una participación total de 3392 personas beneficiadas con los programas de formación cultural, contando con un escenario de características propicias para atender las necesidades del municipio.
Que con la construcción del Centro Cultural se generará un gran impacto en la divulgación, aceptación y conocimiento de la cultura en Tenjo, generando crecimiento en la vinculación de niños y jóvenes tenjanos. Que de acuerdo con los datos estadísticos que se tienen y las proyecciones planteadas, se establece que se reducirá notablemente la población no atendida por las actividades culturales de Tenjo, promovidas por la Casa de la Cultura, puesto que en el año 2014 se tuvieron 4399 personas entre 5 y 20 años sin participar en los grupos de formación culturales, mientras que en 2035 se espera que esta cifra se reduzca a 2066. Las proyecciones y estadísticas mencionadas anteriormente se observan en la siguiente gráfica, en donde también se muestra la proyección del DANE para la población de 5 a 20 años, quienes son los mayores asistentes a las formaciones culturales de Tenjo.
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Es de notar que en las proyecciones del DANE se muestra una disminución en la población de 5 a 20 años, con una tasa de decrecimiento del 0,33% anual en promedio, sin embargo, con la construcción del Centro Cultural se busca incrementar el aprovechamiento de estos espacios por parte de la población de dichas edades. Que la administración municipal en su actual periodo (2012-2015) y con el fin de darle continuidad a la tradición cultural, ha cumplido con el cronograma de eventos y formaciones en el municipio, a pesar de no contar con espacio adecuado y de tener que realizar estos en el espacio público, teniendo un incremento significativo en la asistencia a los diferentes grupos de formación que son coordinados por La Casa de la Cultura, como se muestra en el siguiente cuadro, en donde se observa un incremento de 1754 personas, equivalente al 295% al año 2014 con relación al año anterior (2011) del inicio de esta administración.
Año Cantidad de Personas Beneficiadas
2011 594
2012 1084
2013 1579
2014 2348
Que de acuerdo a todo lo anterior y teniendo en cuenta que actualmente en el Municipio de Tenjo se desarrollan varias actividades de carácter cultural, lúdico y formación en diferentes áreas, las cuales son coordinadas, organizadas y promovidas por La Casa de la Cultura, mediante diferentes escuelas de formación que cubren una población de 1550 personas mensuales, quienes toman sus clases o realizan
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ensayos en espacios que no cuentan con las condiciones óptimas para cada una de las formaciones, puesto que en algunas ocasiones son muy reducidos y es necesario dividir los grupos o en otras son demasiado grandes, teniendo desaprovechamiento de áreas. Dependiendo de la disciplina de cada formación y de la participación, se requieren espacios de diferentes áreas, es por ello que para satisfacer esta necesidad de espacios acordes y el incremento en personas vinculadas, se planteó el proyecto de construcción del Centro Cultural, que en su diseño se dispusieron las áreas independientes específicas, teniendo aulas aptas para prácticas individuales y grupales, con el fin de tener mayor aprovechamiento tanto del espacio como mejorar los resultados de cada uno de los programas.
Aunado a lo anterior se pretende realizar la construcción del escenario, el cual se constituye en un componente esencial de la sociedad y como tal, es un proceso de mejoramiento de la calidad de vida de las personas, pues se establece en un espacio para la convivencia, el sano esparcimiento, el conocimiento, la educación, y en uno de los principales medios para el ejercicio del derecho a la información, herramienta imprescindible para la competitividad y la sostenibilidad; herramienta que permite al Estado generar, cumplir y hacer cumplir políticas públicas orientadas a la creación y desarrollo de Centros Culturales, que se constituyan en un factor decisivo para satisfacer las necesidades de formación, creación, producción y difusión, aspectos esenciales para el desarrollo.
Que adicionalmente, con la construcción del Centro Cultural se busca cumplir con la Agenda de INFRAESTRUCTURA CULTURAL, de la Alcaldía de Tenjo, la cual contempla los siguientes objetivos específicos, que aplican directamente a la construcción de dicho centro:
Propiciar el fortalecimiento de la formación y capacitación artística y la creación cultural en el Municipio, así como de las escuelas de artes, cultura y música.
Lograr que los niños y niñas desde muy pequeños disfruten y ejerzan sus derechos culturales, mediante la realización de jornadas de sensibilización.
Lograr que los programas de formación cultural que desarrolle la Alcaldía, además de ser diversos, serán diferenciales, para que se adecuen a las necesidades de cada grupo población y que se desarrollen en todo el municipio.
Fomentar el arte y la cultura a través de procesos de creación, circulación e investigación y establecer estímulos a los creadores y gestores culturales.
Apoyar la construcción, mejoramiento y dotación de la infraestructura cultural y dotar a las bibliotecas y ludotecas con servicios, libros y materiales interactivos adecuados.
Impulsar acciones para reconocer, preservar, promover, proteger, salvaguardar y divulgar el patrimonio material e inmaterial del Municipio, con
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el fin de fortalecer la identidad cultural, mejorar los niveles de convivencia social y evitar la proliferación de modelos culturales falsos.
Desarrollar programas de identidad y sentido de pertenencia, para rescatar lo autóctono, impulsar las festividades populares y tradicionales; rescatar y respaldar la cultura de las tradiciones.
Promover la sostenibilidad en el servicio de la biblioteca y desarrollar programas de lectura y escritura.
Abrir nuevos programas de formación que le permitan a los ciudadanos de Tenjo, tener más opciones de crecimiento y conocimiento en otras áreas como: fotografía y medios audiovisuales, cine y arte.
Crear nuevos espacios de esparcimiento cultural, mediante la proyección de películas de cine arte, tertulias y debates.
Tener una biblioteca municipal que tenga acceso a internet y todas las facilidades para consultas de todo tipo.
Adquirir una nueva dotación de medios audiovisuales y de equipamiento para la biblioteca municipal.
Mejorar el servicio de la biblioteca para promover la lectura, implementar salas de consulta virtual y ampliar el acceso a los servicios de bibliotecarios (Incluye la dotación y el mantenimiento de la biblioteca).
Contar con escenario adecuado para brindarle al municipio de Tenjo, las instalaciones óptimas para todo tipo de eventos.
Actualmente se tiene que 908 usuarios de la biblioteca, se espera para el año 2035 contar con 1931 personas utilicen los servicios de la biblioteca pública en Tenjo.
Con la construcción del Centro Cultural en Tenjo se promoverán los procesos de formación artística y creación cultural, así como la apropiación del patrimonio cultural, incentivos en los procesos de lectura y escritura y se contribuirá al desarrollo integral de las personas mediante la protección y garantía de derechos culturales con enfoque diferencial y territorial”, teniendo los siguientes programas:
Escuela de Formación Artística y Cultura. Música para la Convivencia Infraestructura cultural Lectura y bibliotecas Fomento al arte y la cultura Protección de patrimonio inmueble Identidad cultural
Adicionalmente, con este tipo de edificaciones y escenarios se busca garantizar el uso y apropiación de los espacios y equipamientos construidos generando sentido de pertenencia en la comunidad en general y posibilitando que estos sean utilizados efectivamente, y permitan estilos de vida saludable y recreación de referentes
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culturales y sociales en la comunidad. Así mismo, se pretende generar, a través de actividades en estos espacios, un modo de vida en comunidad del disfrute, el esparcimiento y la lúdica, que permitan una apropiación de lo público y lo ciudadano a través del arte, la literatura, el cine y demás actividades culturales, ambientales, deportivas y recreativas. Se propende por la obtención de espacios dignos con alta calidad espacial, reducción de impactos ambientales y una mayor responsabilidad en la gestión. Se desarrollará el programa a través del diseño y construcción de equipamientos públicos para el bienestar de toda la comunidad tenjana.
El Centro Cultural es un lugar en el que la administración quiere brindar a la comunidad un espacio generador de ideas e intercambios permanentes a través de la formación, creación, promoción y difusión de manifestaciones culturales, artísticas, educativas y deportivas, fomentando el desarrollo del conocimiento, la formación, la inclusión social y la promoción de las artes, música y la lectura.
Es un escenario que permitirá la participación de la comunidad en actividades culturales y artísticas, que tiene como fin la promoción de la cultura entre los habitantes de Tenjo. Pretende ser un punto de encuentro de la comunidad, donde se generen espacios para la conservación y promoción de las tradiciones y el desarrollo de actividades culturales con inclusión del núcleo familiar.
Finalmente, el propósito de construir el Centro Cultural, es lograr desde éste espacio, un modelo de Centro Cultural para Tenjo, que contribuya a mejorar la calidad de vida de la comunidad, a través de facilitar la integración de la comunidad tenjana y contribuyendo a través de un doble propósito: facilitar la integración de personas y recuperar el valor de la cultura como motor de la vida social, donde se jerarquice el ejercicio de la participación y el acceso a la cultura como derecho, y que le permita al Estado Colombiano y a la sociedad en general, generar un espacio de encuentro y de libre acceso, para que los niños, niñas, adolescentes, adultos, adulto mayor y personas diversamente hábiles de Tenjo, puedan acceder a espacios alternos en los que tengan oportunidad de conjugar, educación, esparcimiento y actividades culturales como alternativa para mejorar la calidad de vida de los tenjanos.
2. DESCRIPCIÓN DEL OBJETO A CONTRATAR. (ESPECIFICACIONES TÉCNICAS):
La administración municipal adelanta el proyecto para la CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE TENJO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA, obra que contempla en la construcción de las aulas de formación cultural y artística, auditorio, cafetería y biblioteca. En detalle, para esta contratación se efectuará la construcción del Centro Cultural, que comprende la construcción de la biblioteca (sala de lectura, consulta digital, sala de internet, zona infantil, sala de trabajo individual, oficina administración y cuarto técnico), aulas de música, sala de danza, baños, cuarto de aseo, taller de manualidades, taller de artes, depósitos, cuarto de servicio, cafetería, auditorio (escenario, camerinos, baños, dos bodegas de
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equipos, cuarto de primeros auxilios), lobby de acceso, cuarto de proyección, accesos, zonas exteriores, vías vehiculares y peatonales, parqueaderos, urbanismo,
plantas ornamentales, zonas verdes y parque infantil.
De manera general todo el proyecto del Centro Cultural contará con las siguientes grandes áreas:
1. AUDITORIO Escenario para actividades artísticas tales como conciertos, tertulias, montajes escénicos, presentaciones teatrales, toda vez que el municipio de Tenjo a través sus administraciones ha venido posicionándose en los primero lugares del departamento como ejemplo motivador de desarrollo para la diversidad cultural e integración intermunicipal y departamental. El cual en sus diseños contempla las necesidades de la población vulnerable y en general, representadas en el cumplimiento de la norma de accesibilidad al medio físico para personas diversamente hábiles, cuenta también con una zona de camerino, zona de baños, cuarto de primeros auxilios, bodegas de equipos y materiales, depósito y un espacio para servicios complementarios, con un área total de 745 m2 Aproximadamente según diseños.
Es un escenario que de acuerdo a las características pudo adaptarse para danzas, teatro, conciertos, conferencias, que para la actividad cultural que se viene generando en el municipio y su categoría, Tenjo debe contar con un espacio adecuado para mostrar los procesos de las Escuelas de Formación de Arte y Música que actualmente tiene una cobertura de 1.054 estudiantes habitantes del municipio de Tenjo.
2. BIBLIOTECA PÚBLICA MUNICIPAL
La Biblioteca Pública Municipal será un espacio con tecnología de acuerdo a la necesidad de la comunidad. Se quiere un espacio activo y dinámico, el cual debe anticiparse al lector ocupándose de conocer sus necesidades de información a fin de satisfacerlas, a la vez de atraerlo por múltiples medios para que se informe, se cultive intelectualmente y se distraiga.
La Biblioteca Pública es un espacio de servicio a la comunidad, que debe asegurar el acceso gratuito a la información, la cual debe ser amplia, actualizada y representativa de la suma de pensamientos e ideas del hombre y la expresión de su imaginación creativa. De tal manera, que la comunidad que acceda, independiente de su nivel de escolaridad y social, pueda situarse en su entorno histórico, socio-económico, político y cultural.
La Biblioteca Municipal pretende con un espacio adecuado, orientar sus servicios de manera que permita: satisfacer las necesidades de información de los usuarios,
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facilitar el aprendizaje permanente de todos los miembros de la comunidad, estimular la diversión sana y el uso constructivo del tiempo libre, respaldar actividades educativas y culturales, apoyar los programas de educación escolar y extra escolar, atender especialmente la creciente población estudiantil de nivel básico y especializado, entre otros muchos servicios.
Éste espacio de contar con una dotación de materiales bibliográficos necesarios en cantidad y calidad, procesar técnicamente las colecciones, contar con servicios organizados de tal manera que puedan atender adecuadamente los requerimientos de todos los sectores de la comunidad, ofrecer a los niños y niñas colecciones especiales y áreas físicas, que les permitan trabajar libremente.
Se debe contar con un espacio, mobiliario y equipos necesarios que garanticen condiciones ambientales atrayentes y cómodas para los usuarios y que posibiliten y faciliten el uso flexible del espacio, así como el fácil acceso, ubicada central para toda la comunidad
Es un espacio de acuerdo a la necesidad de la comunidad tenjana, que cuente con una sala de consulta con acceso a internet, propicio para para el desarrollo de actividad netamente intelectuales.
La construcción de la Biblioteca Municipal, el auditorio y las aulas múltiples, contaran con un área total construida aproximada de 3.800 m2, en donde se podrán desarrollar las siguientes actividades:
Promoción de lectura Talleres artísticos, pedagógicos, literarios y lúdicos Foros Salas para personas en situación de discapacidad Programación musical y de cine Exposiciones permanentes Presentaciones artísticas Eventos culturales Espacios para reuniones empresariales Centro Integrado de Servicios - C.I.S.
3. PLAZOLETA PARA EVENTOS
La Plazoleta para eventos es un escenario de convocatoria masiva y construcción abierta. Considerado un espacio al aire libre, para realizar presentaciones culturales incluyentes, de acceso gratuito para la comunidad tenjana, propicio para promover y fortalecer las expresiones artísticas de niños, jóvenes y adultos que lo necesitan, con acceso para adulto mayor y personas diversamente hábiles.
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Estos escenarios son indispensables para fortalecer los procesos socio-culturales. La construcción del Centro Cultural y que es objeto de esta contratación, consta de lo siguiente:
1. Cimentación completa de toda la edificación. 2. Estructura de concreto de toda la edificación. 3. Estructura metálica y cubierta. 4. Muros, pañetes, estucos, enchapes y acabados. 5. Pisos acabados. 6. Red hidrosanitaria interna y exterior completa, incluye dos lagos artificiales. 7. Red de aguas lluvias. 8. Red contra incendios completa. 9. Red eléctrica completa. 10. Red voz, datos y tv completa. 11. Zonas duras exteriores al Centro Cultural, Completas. 12. Zonas verdes del Centro Cultural. 13. Urbanismo del Centro Cultual. 14. Vías peatonales y vehiculares. 15. Parqueaderos. 16. Porterías. 17. Parque infantil. 18. Plazoleta de eventos.
Las actividades necesarias para la ejecución de esta obra, contemplan las actividades preliminares de localización y replanteo (lo cual debe estar georreferenciado con placas del IGAC), cimentaciones con su sistema de fundación y sistema estructural definido por los Estudios y Diseños, construcción de muros, red hidrosanitaria, red de aguas lluvia, red eléctrica, redes de datos, voz y tv, red contra incendios, fachadas y cubiertas, así como los elementos arquitectónicos planteados en el proyecto, los espacios establecidos en el diseño cumplen con los requerimientos de las estándares para edificaciones de atención especial a la comunidad. La construcción del Centro Cultural del Municipio de Tenjo, en el departamento de Cundinamarca, será construido de acuerdo a los diseños y especificaciones entregadas al contratista y acatando las especificaciones técnicas descritas en el Anexo: Especificaciones Técnicas. Adicionalmente se deberán tener en cuenta todas las especificaciones técnicas que se tengas para cada una de las áreas constructivas: NSR10, RETIE, RETILAP, RAS 2000, INVIAS, NTC, ICONTEC, ASTM - American Society for Testing and Materiales (cuando no exista norma NTC para algunos materiales), Guía de Diseño de
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Accesibilidad Universal y otras que la interventoría considere aplicable.
3. ACUERDOS COMERCIALES QUE COBIJAN EL PROCESO DE SELECCIÓN
N.A.
4. AUTORIZACIONES, PERMISOS Y LICENCIAS REQUERIDAS PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Municipales
Licencia de construcción Nº 054 del 9 de abril de 2015 por medio de la cual se expide licencia de construcción en la modalidad de obra nueva para el centro cultural del municipio de Tenjo.
Departamentales N/A.
Nacionales N.A
Internacionales N.A
Otros
5. OBJETO DEL CONTRATO:
CONSTRUCCIÓN DEL CENTRO CULTURAL EN EL MUNICIPIO DE TENJO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO:
EI plazo para la ejecución del servicio contratado será de seis (06) meses, contados a partir de la firma del acta de inicio, previendo que de acuerdo con las condiciones de avance requeridas se deberá trabajar en doble turno con cuadrillas diferentes en horarios de 6:00a.m. a 2:00 p.m. para el primer turno y de 2:00 pm. a 10:00 pm para el segundo turno, adicionalmente se deben conformar varios frentes de trabajo independientes para agilizar y cumplir con el plazo contractual.
7. LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO: MUNICIPIO DE TENJO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA
8. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA:
De conformidad con lo señalado en la ley 80 de 1993 artículo 5, el contratista deberá cumplir con las siguientes obligaciones que señalan la entidad y las propias de la naturaleza del contrato a adelantar:
1. Cumplir el objeto del contrato, ejecutar y entregar las obras contratadas en el plazo estipulado, conforme a los criterios de calidad exigible, los diseños, los planos y las especificaciones de construcción aprobados por EL MUNICIPIO, con sujeción a los precios unitarios estipulados y dentro del plazo establecido.
2. El Contratista debe ejecutar totalmente las actividades asignadas para el Centro Cultural, cumpliendo con todos los estándares de calidad y buenas
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prácticas ingenieriles de cada uno de los ítems, que se indican en el presupuesto.
3. Adoptar las medidas ambientales, sanitarias, forestales, ecológicas e industriales necesarias para evitar poner en peligro a las personas, a las cosas o al medio ambiente, durante la ejecución de la obras.
4. Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, de conformidad con lo establecido en el inciso segundo del artículo 41 de Ley 80 de 1993 – adicionado mediante el artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, la afiliación y el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, respecto del personal vinculado a la ejecución de la obra.
5. Responder civil y penalmente tanto por el cumplimiento de las obligaciones
derivadas del presente contrato, como por los hechos u omisiones que le
fueren imputables y que causen daño o perjuicio a la entidad de acuerdo con
la Ley 80 de 1993.
6. Realizar la obra de acuerdo con las cantidades emanadas en el presupuesto
oficial del proceso licitatorio cumpliendo con las especificaciones técnicas,
las Normas Técnicas Generales, las normas de Ensayos de Materiales las
cuales enmarcan los procedimientos, parámetros, la selección objetiva de
criterios, la calidad y en general todas las definiciones de tipo técnico en las
diferentes etapas del contrato que permitan y describan como debe hacer el
contratista para cumplir con el Alcance del proyecto de acuerdo con los
lineamientos que requiere la entidad determinados en los estudios y diseños
y demás especificaciones establecidas por la Secretaria de Infraestructura,
especialmente las relacionas con el manejo de espacio público y medio
ambiente, licencias ambientales en caso de requerirse.
7. Cumplir con todas las normas vigentes en cuanto manejo ambiental se
refiere, como lo es el manejo de escombros de acuerdo a normatividad de la
autoridad ambiental respectiva, realizando las disposiciones finales en
escombreras acreditadas y que cuenten con la normatividad ambiental
vigente.
8. En los predios colindantes a la obra se deberán elaborar las actas de
vecindad de inicio previo al inicio de las obras y las actas de cierre una vez
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se terminen, dejando registro fotográfico y una descripción detallada del
estado en que se encuentran los predios.
9. Efectuar la localización, replanteo y materialización de las áreas que ocuparán las actividades y obras del proyecto, de acuerdo a los planos de construcción y/o a las indicaciones dadas por el supervisor del contrato; todas las labores de topografía deberán estar georreferenciadas con las coordenadas del Instituto Geográfico Agustín Codazzi – IGAC, para lo cual al terminar el proyecto, el Contratista deberá entregar junto con las planos As Built, las certificaciones de las placas IGAC, que emplearon para hacer el amarre topográfico.
10. Revisar y ajustar si es necesario los estudios y diseños entregados por la
entidad requeridos para la buena ejecución del contrato. Las observaciones que se generen a los Estudios y Diseños deberán ser presentadas a la Interventoría con el fin de ser analizados y evaluados para aprobación.
11. El Contratista será responsable por la estabilidad de las obras, en todo caso deberá informar y solicitar aval tanto de interventor como del supervisor del Municipio respecto de cualquier cambio que deba ejecutarse en pro de la obra respecto de los Estudios y Diseños entregados por el Municipio.
12. Realizar pruebas de calidad a los materiales y las pruebas de caracterización
para cada uno que se utilice durante el transcurso de la obra; deberá entregar copia de los resultados de laboratorio a la interventoría, quien corroborará su cumplimiento de acuerdo a las normas vigentes.
13. Asumir los costos de los estudios y ensayos de laboratorio, de las muestras
de material que se van a llevar y los instalados para verificar sus
características, resistencia y calidad. El laboratorio que realice los ensayos
deberá cumplir con todos los estándares de calibración y calidad y deberá
estar certificado para estas labores, estas certificaciones deberán ser
entregadas a la interventoría.
14. Durante el tiempo de construcción del Centro Cultural de Tenjo el contratista
deberá contar con un equipo de laboratorio básico para la toma y
elaboración de ensayos de laboratorio en obra: tales como densidades,
proctor modificado, cilindros de concreto, asentamiento, granulometrías y
humedades principalmente. Los equipos empleados deberán contar con los
certificados de calibración vigentes, para lo cual se deberá entregar a la
interventoría una copia. Los demás ensayos de laboratorio que se requieran,
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deberán ser efectuados en el laboratorio que el contratista considere, en
concordancia con los numerales anteriores de este aparte.
15. Presentar a la interventoría, los resultados de los ensayos de laboratorio
requeridos para la ejecución como: CBR, granulometría, desgaste de los
materiales granulares, toma de densidades de campo, certificados de
calidad de los materiales, diseño de mezcla de concretos y demás ensayos
de laboratorio requeridos por las normas correspondientes y solicitados por
la Interventoría.
16. El acero que suministre e instale el Contratista deberá tener el
correspondiente certificado de calidad y su instalación debe ser autorizada previa de la Interventoría.
17. Todos los pisos que se utilicen en el proyecto deberán contar con su certificado de calidad en donde se constate el cumplimiento de la resolución 0180 de 2013 por la cual se expide el reglamento técnico para etiquetado de baldosas cerámicas, que se importen o se fabriquen nacionalmente para su comercialización o uso en Colombia, las normas técnicas de fabricación NTC 919 de 2000, la norma internacional ISO13006 y demás normas aplicables a los materiales y procedimientos a tener en cuenta para pisos; la certificación o constancia que garantice el cumplimiento de estos requisitos debe ser entregado a la interventoría para aprobación, previo a la instalación de los pisos.
18. Utilizar materiales que cumplan las especificaciones técnicas del proyecto y
normatividad vigente, asegurando que sean de buena calidad.
19. Los materiales de cantera que use el Contratista y le sean autorizados por la
supervisión de obra deberán ser de una fuente aprobada y certificada por la CAR o la entidad competente. El contratista deberá entregar a la interventoría las licencias ambientales y registro minero para el funcionamiento de dicha cantera.
20. Realizar la obra de acuerdo con las cantidades y especificaciones técnicas
determinadas en los estudios y diseños y las demás especificaciones o
indicaciones establecidas por la interventoría.
21. Si se requiere, debe realizar el traslado de los postes de teléfono,
alumbrado, tensión y tramitar y obtener los permisos pertinentes ante las empresas y entidades encargadas de estos servicios.
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22. Tener en cuenta las recomendaciones e instrucciones impartidas por el
interventor contratado por el Municipio para el desarrollo del proyecto.
23. Mantener en obra el personal propuesto en la oferta, que incluye entre otros:
Director de Obra, Ingeniero Residente, Arquitecto de Acabados, Especialista
en Geotecnia, Especialista en Estructuras, Especialista Hidrosanitario,
Especialista Eléctrico, Especialista Ambiental, Especialista en Urbanismo y
Profesional de Seguridad Industrial y Salud Ocupacional, con el fin de poder
tener en obra el personal idóneo para atender todas las necesidades de
todas las áreas constructivas, adicionalmente deberá contar con una
comisión topográfica, personal de manejo de tráfico (cuando se requiera) y
otros requeridos para la ejecución de los trabajos de manera eficiente y
oportuna. En todo caso, el contratista deberá garantizar el tiempo de
dedicación de los profesionales o técnicos requeridos para cumplir con el
objeto contractual.
24. Mantener en la obra el personal propuesto y mencionado en el numeral
anterior, en caso que requiera remplazar a alguno de ellos, deberá hacerlo
formalmente con aprobación del interventor y será por profesionales que
cumplan y/o mejoren las condiciones del perfil y experiencia de los pliegos
de condiciones. La solicitud de sustitución deberá contener las justificaciones
correspondientes y estar acompañada de los soportes que acrediten el
cumplimiento de las calidades profesionales o técnicas y la experiencia
general y especifica del nuevo personal, que deberá cumplir con el perfil y
características del profesional exigido en el pliego de condiciones y con el
cual se realizó la evaluación de la propuesta y se asignó puntaje la
adjudicación del contrato.
25. Presentar el plan de manejo de tránsito específico para la vía que se tiene
frente a la obra, especialmente para la entrada salida de vehículos con
materiales, garantizando la circulación de los peatones, el plan de manejo
ambiental y seguridad industrial. Este plan de manejo de tránsito se deberá
entregar a la interventoría para la aprobación del municipio y poderlo poner
en operación tan pronto como sea aprobado.
26. Adelantar todas las gestiones necesarias ante las autoridades respectivas,
para la obtención de los permisos requeridos en la ejecución de obra,
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diferentes a los previamente obtenidos por el Municipio, tales como: cruce de
vías, cierre temporal de vías, accesos a cada área, ingreso del personal,
horarios de trabajo, excavaciones o cualquier intervención del espacio
público, suministro provisional de servicios públicos para construcción la
construcción del Centro Cultural, entre otros.
27. Entregar en un término no mayor a tres (3) días de la suscripción del
contrato al interventor para su revisión y aprobación de los documentos
relacionados a continuación: a.) relación de equipo, b.) análisis de precios
unitarios, c.) programa de obra con un plazo de ejecución no mayor a seis
(06) meses, implementando doble jornada de trabajo (cumpliendo con lo
estipulado en el Código Sustantivo del Trabajo de Colombia), d.) programa
de inversiones, e.) flujo de caja, f.) instalaciones provisionales y otros
exigidos en el pliego de condiciones de acuerdo al manual de interventoría
vigente.
28. Implementar durante todo el tiempo de ejecución de la obra, doble jornada
laboral, para poder cumplir con el plazo contractual, teniendo en cuenta el
estricto cumplimiento de lo contemplado en el Código Sustantivo del Trabajo;
si se ejecutan trabajos en la jornada nocturna se debe garantizar la
iluminación adecuada para poder realizar las actividades sin inconvenientes.
Cuando se requiera el empleo de maquinaría en las dos jornadas, se deberá
contar con dos operarios calificados.
29. Para la doble jornada que hacer referencia el numeral anterior, se deberá
trabajar en doble turno con cuadrillas diferentes en horarios de 6:00 a.m. a
2:00 p.m. para el primer turno y de 2:00 pm. a 10:00 pm para el segundo
turno, adicionalmente se crearan varios frentes de trabajo independientes,
teniendo en cuenta la programación de hitos de pago que se encuentra
anexo, con el fin de que las actividades que se vayan adelantando y
terminando corresponda con la programación para pago y se puedan
generar las actas de cobro correspondientes.
30. Una vez se haya culminado la construcción de la cimentación de la obra y
durante todo el tiempo restante de ejecución del contrato, el Contratista
deberá contar con por lo menos cuatro (4) frentes de trabajo independientes,
en cada uno de ellos con una persona a cargo (maestro de obra o inspector
de obra), ayudantes, herramienta y maquinaria necesaria, esto teniendo en
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cuenta la programación de obra y la programación de pago, con el fin de
adelantar paralelamente la obra y cumplir con el plazo establecido para el
contrato. El personal profesional deberá cumplir con el tiempo de dedicación
que se establece en el pliego de condiciones.
31. Ejecutar la obra de acuerdo con la programación elaborada y aprobada por
la interventoría, cumpliendo con el doble turno de trabajo, estando en
concordancia con la programación de pago propuesto por el Municipio y que
se anexa.
32. Presentar a la interventoría, el flujo de inversión mensual de la obra, para
aprobación.
33. Presentar a la interventoría la metodología a seguir para la ejecución del
contrato, indicando frentes de trabajo y actividades, teniendo en cuenta la
implementación de las dos jornadas laborales.
34. Obtener los permisos necesarios ante las entidades competentes para
realizar los trabajos nocturnos, cumpliendo con todos los requerimientos
necesarios.
35. Los operadores de la maquinaria requerida en la obra deberán contar con la
certificación de capacitación como operador y/o tener mínimo 5 años de
experiencia específica acreditada como operador de la respectiva máquina.
36. Cumplir con el cronograma de hitos planteado por el municipio para la
ejecución de actividades y pago de las mismas, el cual se anexa.
37. Instalar las vallas informativas, en un plazo no mayor a quince (15) días a
partir del acta de inicio y/o orden de inicio del contrato de acuerdo a las
directrices del Municipio.
38. Mantener a todo el personal vinculado a la obra, debidamente identificado y
uniformado mediante el uso de los Elementos de Protección Personal y
demás elementos de seguridad industrial con distintivos que establezca el
Contratista y la imagen institucional del municipio de Tenjo de acuerdo con el
modelo oficial.
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39. Garantizar el cumplimiento de las normas vigentes sobre seguridad industrial
para la ejecución del contrato, en especial en relación con los elementos de
seguridad industrial necesarios para la totalidad del personal que interviene
en las actividades de obra; manipulación de equipos, herramientas,
combustibles y todos los elementos que se utilicen para el cumplimiento del
objeto contractual; dotación de calzado y vestido de labor y documento de
identificación para todo el personal utilizado en la ejecución de objeto
contractual.
40. Garantizar que la maquinaria requerida este en óptimas condiciones
mecánicas y eléctricas en todo momento en los frentes de obra, presentando
su respectiva hoja de funcionamiento y mantenimientos.
41. Realizar la constitución de la garantía única en la cual deberá incluir al
municipio como asegurado y como beneficiario, con las vigencias
establecidas en el contrato y en los tiempos exigidos.
42. Junto con la Interventoría se deberá llevar una bitácora de obra, en el que se
registren todos los acontecimientos ocurridos y decisiones adoptadas en la
ejecución de los trabajos, así como de las órdenes de interventoría y del
supervisor, de los conceptos de los especialistas en caso de ser necesarios,
de la visita de funcionarios que tengan que ver con el proyecto, etc., de
manera que se logre la comprensión general de la obra y el desarrollo de las
actividades, de acuerdo con la programación detallada de la obra. Este
registro debe encontrarse debidamente foliada y firmada por el director de
obra, el residente de obra, el director de la interventoría, el residente de
interventoría, especialistas o quien corresponda de acuerdo a la observación
consignada; al cual tendrán acceso, cuando así lo requieran, los delegados
del municipio.
43. Entregar informe técnico mensual de obra, que debe contener lo solicitado
en las especificaciones técnicas con sus respectivos anexos y soportes.
44. Presentar informe final, el cual deberá ser aprobado tanto por el interventor
como por el supervisor que contenga un resumen de actividades y
desarrollo de la obra junto con la documentación técnica, como la bitácora
de obra, planos record (As Built) de obra aprobados por la interventoría,
certificaciones de calibración de equipos, resultados de laboratorio, registro
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fotográfico, acreditación de pago de aportes parafiscales relativos al Sistema
de Seguridad Social Integral, así como los propios al Servicio Nacional de
Aprendizaje - SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las
Cajas de Compensación Familiar, cuando corresponda, Póliza de estabilidad
de la obra y actualización de las demás pólizas que lo requieran y paz y
salvo, por todo concepto, de los proveedores y subcontratistas; deberá
contener toda la información requerida contractualmente y la que disponga la
interventoría.
45. Velar porque el Municipio se mantenga indemne de cualquier reclamación de
terceras personas, subcontratista y proveedores y demás servicios que de forma indirecta se hayan requeridas para la ejecución del contrato.
46. La mano de obra no calificada vinculada y necesaria para la ejecución del
contrato, por lo menos el 40% debe ser del municipio de Tenjo, en el plazo
pactado y garantizar a cada uno de ellos la entrega de los elementos de
seguridad industrial necesarios durante la duración de la obra.
47. Cuando se ejecuten actividades o labores a más de 1,5 metros de altura o
profundidad, el Contratista debe garantizar que el personal empleado para
dichas actividades cuenten con la certificación del curso de trabajo en
alturas, así como emplear todos los equipos necesarios para garantizar
actividades seguras.
48. Pagar al personal vinculado salarios, prestaciones sociales y demás
emolumentos establecidos en el código sustantivo del trabajo. Así mismo el
pago de indemnizaciones que se generen de todo el personal que ocupe en
la ejecución de la obra y garantizar que la celebración y ejecución de los
subcontratos necesarios no darán lugar al surgimiento de ningún tipo de
vínculo laboral entre el personal subcontratado y el municipio.
49. Acreditar para cada pago que deba realizar, la vinculación y pago de los
aportes al sistema de seguridad social integral de los empleados y/o
trabajadores vinculados a la ejecución de la obra.
50. Construir y/o disponer de un campamento para el desarrollo de la obra.
51. Obtener la prestación de los servicios públicos provisionales para la
ejecución de la obra y mantener su provisión durante el tiempo necesario y
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entregar a paz y salvo por el pago de todos los servicios necesarios y las
adecuaciones de las redes requeridas para la obtención de los servicios.
52. Mantener señalizado y con los aislamientos requeridos los sitios de trabajo
de acuerdo a la normatividad vigente. Se debe tener especial cuidado con la
correcta señalización de excavaciones profundas o condiciones del terreno
que generen condiciones inseguras. Es responsabilidad del Contratista la
correcta y eficaz señalización de toda la obra, durante todo el tiempo de
ejecución.
53. Indemnizar y/o asumir todo daño que se cause a terceros o al personal
contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del
desarrollo del mismo.
54. Responder por toda clase de reclamaciones, demandas o procesos iniciados
por el personal vinculado o los subcontratistas.
55. Retirar al final de la obra los materiales sobrantes y entregar las áreas
intervenidas en perfecto estado de limpieza y aseo.
56. Mantener la seguridad de la obra hasta la entrega a satisfacción de ésta al
Municipio.
57. Realizar las reparaciones que sean necesarias como consecuencia de los
defectos de calidad y estabilidad durante la vigencia del amparo de
estabilidad.
58. Asumir los gastos que se derivan de la realización de las actividades que
deben ser demolidas o remplazadas por defectos de calidad durante la
ejecución de la obra.
59. Ampliar las vigencias de las garantías otorgadas dentro de los plazos que se
fijen en el contrato cuando se dé lugar a otro si modificatorio de las
condiciones iníciales del contrato tales como suspensión y/o reiniciación y/o
ampliaciones en tiempo y/o adición en valor.
60. Asistir a los comités de obra, visitas de obra o recorridos de supervisión de
acuerdo a la programación realizada con la interventoría o el Municipio.
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61. Llevar un registro fotográfico del antes, durante del proyecto y el estado al
momento de entrega a la secretaria con visto bueno de la interventoría.
62. Asumir los riesgos asignados en el pliego de condiciones.
63. Entregar toda la información que la interventoría requiera para el
cumplimiento de sus actividades.
64. Asumir el pago de los gastos necesarios para la legalización del contrato y
constituir las garantías establecidas en el mismo.
65. Cumplir con las normatividad vigente a nivel nacional y municipal para la
movilización de maquinaria y equipo pesado impuesta en este tipo de obras
por la entidad competente. Los costos que se incurran por estas
movilizaciones serán por cuenta del Contratista.
66. Garantizar que sus subcontratistas y proveedores de materiales y servicio
cuentan con todas las licencias y permisos exigidos según la normatividad
vigente.
67. Dar respuesta a los requerimientos relacionados con la ejecución del
contrato que por parte de la interventoría, el Municipio o la comunidad se
originen dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de los
mismos.
68. Reparar las vías de acceso a los lugares de obra concernientes al presente
contrato de obra, cuando se deterioren como consecuencia de la ejecución
de las obras contratadas.
69. El Contratista deberá elaborar y presentar a la Interventoría un informe del
estado de las vías que empleará para sus operaciones de obra, previo al
inicio de actividades; debe incluir registro fotográfico
70. Efectuar las reparaciones necesarias a las áreas intervenidas como
consecuencia de los defectos de estabilidad y a las áreas contiguas que
presenten deterioro, incluso dentro del término de la garantía de estabilidad
de la obra.
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71. El Contratista deberá guardar confidencialidad a cerca de los temas propios
de la obra, con relación a los diseños, documentos, decisiones, temas
tratados en reuniones y demás información propia de la obra, por lo cual no
podrá sustraer, ni publicar totalmente ni parcialmente información, sin
autorización previa del Municipio.
72. Durante todo el desarrollo del contrato de obra el contratista deberá tener un
excelente control sobre toda la normatividad ambiental, que exige la ley y las
entidades competentes.
73. Las obras correspondientes a estructura, urbanismo e instalación de redes
hidrosanitarias, aguas lluvias y eléctricas, deberán trabajarse
simultáneamente, teniendo en cuenta que se realizarán en espacios
independientes.
9. OBLIGACIONES DEL
MUNICIPIO:
1. Exigir el cumplimiento del contrato en todas sus partes. 2. Realizar la supervisión del contrato. 3. Realizar la contratación de la interventoría. 4. Formular por escrito las observaciones que sean pertinentes para la correcta
ejecución del contrato. 5. Entregar la información requerida por el contratista para la ejecución del
objeto del contrato. 6. Las demás que garanticen la ejecución y cumplimiento del objeto contratado.
10. PLAZO DE LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO:
De conformidad con el artículo 60 de la Ley 80 de 1993 y el artículo 11 de la Ley 1150 de 2007, la liquidación del contrato se hará de mutuo acuerdo dentro del término fijado en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, o dentro del que acuerden las partes para el efecto. De no existir tal término, la liquidación se realizará dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la expiración del término previsto para la ejecución del contrato o a la expedición del acto administrativo que ordene la terminación, o a la fecha del acuerdo que la disponga. Si el contratista no se presenta a la liquidación previa notificación o convocatoria que le haga la entidad, o las partes no lleguen a un acuerdo sobre su contenido, la entidad tendrá la facultad de liquidar en forma unilateral dentro de los dos (2) meses siguientes, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 141 del Código de Procedimiento Administrativo. Si vencido el plazo anteriormente establecido no se ha realizado la liquidación, la misma podrá ser realizada en cualquier tiempo dentro de los dos años siguientes al vencimiento del término a que se refieren los incisos anteriores, de mutuo acuerdo o unilateralmente, sin perjuicio de lo previsto en el Numeral V, literal J del Artículo 164 del Código de Procedimiento Administrativo.
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11. FUNDAMENTOS
JURÍDICOS DE LA MODALIDAD DE SELECCIÓN:
El Artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 ha establecido que “(…) la escogencia del contratista se efectuará con arreglo a las modalidades de selección de licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos y contratación directa, con base en las siguientes reglas: LICITACIÓN PÚBLICA: La escogencia del contratista se efectuará por regla general a través de licitación pública, con las excepciones que se señalan en los numerales 2,3 y 4 del presente artículo (…)”; es decir cuando por el tipo de bien o servicio a contratar no se pueda hacer a través de selección abreviada, concurso de méritos o contratación directa. Teniendo en cuenta el objeto a contratar, el procedimiento de selección del contratista se deberá hacer a través de licitación pública, dado que en términos estrictos no se trata de contratar bienes de características técnicas uniformes (selección abreviada) o consultoría (concurso de méritos) ni tampoco se trata de bienes destinados para la defensa y la seguridad nacional. Por lo anterior, teniendo en cuenta el objeto contratar, su cuantía y lo establecido en el numeral 1° del artículo 2° de la Ley 1150 de 2007, Decreto 1510 de 2013 el proceso de selección para la adjudicación del contrato será la Licitación Pública.
12 .SUPERVISION
NOMBRE DEL FUNCIONARIO
CARLOS JULIAN REYES VILLAMIZAR
CARGO SECRETARIO DE INFRAESTRUCTURA
CEDULA 3.228.546 DE BOGOTA
13. INTERVENTORÍA:
En virtud del presente proceso será contratada la interventoría técnica de conformidad con lo establecido en el Artículo 83 de la Ley 1474 de 2011, con el fin de proteger la moralidad administrativa, prevenir la ocurrencia de actos de corrupción y de tutelar la transparencia de la actividad contractual, ya que las entidades públicas están obligadas a vigilar permanentemente la correcta ejecución del objeto contratado a través de un supervisor o un interventor. La interventoría consistirá de acuerdo con lo estipulado en la ley vigente respecto al seguimiento técnico que sobre el cumplimiento del contrato realice una persona natural o jurídica contratada para tal fin por el municipio La Supervisión administrativa, financiera y legal será realizada por El Municipio de Tenjo.
Capítulo III: Descripción financiera
1. ANÁLISIS QUE SOPORTA EL VALOR ESTIMADO DEL
CONTRATO:
El valor estimado para la presente contratación fue establecida de acuerdo a los Estudios y Diseños contratados por el Municipio para esta obra, en donde se incluyó el presupuesto calculado con base a los precios del Instituto de Infraestructura y Concesiones de Cundinamarca “ICCU” de la Gobernación de Cundinamarca
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establecidos para el año 2014, del presupuesto presentado por el contratista que elaboro diseño y construdata. Anexo 02: Pesupuesto oficial de Obra
2. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO, INCLUYENDO FUENTE
Y RECURSOS:
El valor estimado del contrato es DIECIOCHO MIL NOVECIENTOS SESENTA MILLONES DE PESOS MONEDA CORRIENTE. ($18.960.000.000,oo), de conformidad con lo señalado en el numeral anterior.
RUBRO 231051442276
NOMBRE Construir el complejo cultural y artístico (por fases según
disponibilidad presupuestal)
CÓDIGO DE FUENTE 121220
NOMBRE DE FUENTE VA Cesión de predios
VALOR TOTAL: $18.960.000.000,oo
3. FORMA DE PAGO Y
REQUISITOS:
El Municipio pagará al Contratista el valor por el cual le sea aceptada la oferta por el sistema de precios unitarios, sin formula de reajuste y mediante el pago de actas parciales por avance de obra, de acuerdo a lo ejecutado, aprobado y recibido por la interventoría., teniendo en cuenta los siguientes hitos de pago, de manera que para cada uno de los hitos se pagará hasta un 90% del ítem y el 10% restante cuando se termine totalmente el hito y sea recibido a satisfacción, máximo en las fechas establecidas en el cuadro de programación de pagos que se adjunta.
CENTRO CULTURAL
1 Cimentación
2 Estructura
3 Redes eléctricas, hidrosanitarias y aguas lluvias exteriores
4 Cubierta
5Mamposteria, instalaciones eléctricas, datos, voz, tv,
sanitarias y agua potable
5,1 Biblioteca
5,2 Aulas laterales música y danza
5,3 Auditorio
5,4 Aulas laterales artes y manualidades
5,5 Cafetería
6 Acabados
6,1 Biblioteca
6,2 Aulas laterales música y danza
6,3 Auditorio
6,4 Aulas laterales artes y manualidades
6,5 Cafetería
7 Vías y parqueaderos
8 Urbanismo
No. HITO
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Los pagos se efectuarán de acuerdo al avance de obra, cumpliendo con las fechas establecidas para los hitos conforme al cuadro anterior y los cuales están sujetos y deben estar acordes a la programación de obra que deberá elaborar y presentar el Contratista; dejando claro que si el hito se culmina antes de lo programado, se pagará la totalidad de éste en dicha fecha una vez cumpla los requisitos para pago. De igual manera es importante tener claro que este orden de hitos es estrictamente para efectos del pago y en ningún momento condiciona la organización de la obra, toda vez que se deberán tener cuadrillas simultaneas trabajando en varios frentes de obra, que en algunas ocasiones corresponderán a más de uno de los hitos mencionados en este aparte. Se recomienda al Contratista que elaboré su programa de obra, teniendo en cuenta esta programación de hitos de pago, con el fin de que pueda distribuir los recursos conforme al orden en que se realizaran los pagos. Para poder cumplir con el plazo contractual establecido para la construcción del Centro Cultural, la terminación de los hitos y cobro de los mismos no podrá exceder los tiempos indicados en el cuadro de programación de hitos que se anexa. Estos pagos se reflejarán en actas parciales, hasta completar el noventa por ciento (90%) del valor total del contrato, dejando un pago final por no menos de diez por ciento (10%) del valor total del contrato, que se pagará una vez se reciba la obra a satisfacción. En todo caso para la realización de los pagos se requiere: 1.) La expedición del acta de obra ejecutada a satisfacción emitida por el interventor y suscrita por este, el supervisor y el contratista, con la respectiva pre-acta de obra donde sustente las cantidades ejecutadas para el hito terminado, 2.) La presentación de factura o cuanta de cobro, 3.) La presentación del informe de obra ejecutada presentado por el contratista, relacionando el personal vinculado 4.) La certificación de pago de aportes de parafiscales y acreditación de pagos al sistema integral de seguridad social del contratista y del personal vinculado, por el representante legal y el revisor fiscal del mismo, 5.) Informe de Interventoría técnica y de supervisión y certificación del cumplimiento a cabalidad de las actividades desarrolladas, 6.) Resultados de los ensayos de laboratorio, PARAGRAFO PRIMERO: Para el pago final el contratista debe allegar además de los anterior: bitácora de obra, planos record, manuales de funcionamiento, garantías, paz y salvos y demás documentos generados durante la ejecución de la obra.
Capítulo IV: Bases para la Evaluación de Propuestas
1. JUSTIFICACIÓN DE LOS FACTORES DE SELECCIÓN
De conformidad con el literal a) del Artículo 26 del Decreto 1510 de 2013 (…) El ofrecimiento más favorable para la entidad será el que se realice el contratista de acuerdo a la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en los puntajes y fórmulas establecidos en el pliego de condiciones, que será la que obtenga mayor puntaje.
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2. REQUISITOS HABILITANTES
De acuerdo al artículo 5to, numeral 1 de la ley 1150 de 2007, los siguientes factores serán objeto de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes para la participación en el proceso de selección y no otorgaran puntaje alguno a los proponentes. La verificación será CUMPLE / NO CUMPLE.
3. CAPACIDAD JURÍDICA
Carta de presentación de la propuesta.
Fotocopia de la cedula de ciudadanía.
Copia de la tarjeta profesional y certificación de vigencia de matrícula (para personas naturales, avalista de la oferta).
Certificado de existencia y representación legal.
Certificado de inscripción, clasificación y calificación en el registro único de proponentes, actualizado en el año 2015.
Garantía de seriedad de la propuesta.
Certificación de cumplimiento de obligaciones con los sistemas generales de seguridad social integral y aportes parafiscales.
Registro único tributario (RUT).
Verificación del certificado de antecedentes disciplinarios expedida por la Procuraduría General de la Nación.
Verificación de antecedentes fiscales expedido por la Contraloría General de la República.
Copia de la Libreta Militar (Varones menores de 50 años).
Documento consorcial para propuestas conjuntas. 4. CAPACIDAD FINANCIERA
Para que la propuesta sea admitida, se deben cumplir los siguientes requisitos: -Indicadores Financieros, los cuales serán verificados en la información certificada que sobre capacidad financiera obra en el Certificado de Inscripción, calificación y clasificación en el Registro Único de Proponentes, vigente y en firme que contenga las cifras de los estados financieros del año 2014: Patrimonio: Se evaluará de la siguiente manera: Superior al P.O. Capital de Trabajo: Se evaluará de la siguiente manera: Cálculo del Indicador: CT = AC –PC Donde: CT= Capital de trabajo AC= Activo corriente PC= Pasivo corriente
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PO= Presupuesto Oficial CT ≥ 80% del PO Nivel de endeudamiento: Cálculo del Índice: NE = PT / AT Donde: NE = Nivel de Endeudamiento PT = Pasivo Total AT = Activo Total NE ≤ 40% Condición: Si NE ≤ 40% la propuesta se calificará HABILITADA. Si N E > 40%; la propuesta se calificará NO HABILITADA. Índice de liquidez: Se evaluará de la siguiente manera: Cálculo del Índice: IL = AC / PC Donde: IL=Índice de liquidez AC=Activo corriente PC=Pasivo corriente IL ≥ 6.0 Condición: Si IL ≥ 6.0; la propuesta se calificará HABILITADO. Si IL ≤ 6.0; la propuesta se calificará NO HABILITADA.
Razón Cobertura de Intereses: utilidad operacional dividida por los gastos de intereses.
Cálculo del Índice: RCI = UO / GI
Donde: RCI= Razón de cobertura de intereses. UO= Utilidad operacional. GI= Gastos de intereses.
Condición: Si RCI >40; la propuesta se calificará HABILITADO.
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Si RCI ≤ 40; la propuesta se calificará NO HABILITADA.
Rentabilidad del Activo ≥ 0.14: utilidad operacional dividida por el activo total.
Cálculo del índice: RA = UO / AT
Donde: RA= Rentabilidad del Activo. UO= Utilidad operacional. AT= Activo Total.
Rentabilidad del PATRIMONIO ≥ 0.14: RA= UO/P
Donde: RP= Rentabilidad del patrimonio. UO= Utilidad operacional. AT= Patrimonio. Si el Proponente es un consorcio o unión temporal debe cumplir su capacidad financiera de acuerdo con los siguientes criterios:
1. Para los indicadores que provienen de la división de cuentas de los estados financieros, se deberá realizar la ponderación de los componentes de los indicadores, es decir, cada uno de los integrantes del oferente aporta al valor total de cada componente del indicador de acuerdo con su participación en la figura del oferente plural (unión temporal o consorcio).
La siguiente es la fórmula aplicable para los indicadores que son índices:
Donde n es el número de integrantes del oferente plural (unión temporal o
consorcio).
2. Para los indicadores que son valores absolutos, como el capital de trabajo se aplicará la siguiente fórmula:
Donde n es el número de integrantes del oferente plural (unión temporal o
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consorcio). Cuando el proponente no cumpla con los requisitos financieros establecidos, la propuesta será evaluada como NO HABILITADA para seguir siendo evaluada.
5. CONDICIONES DE EXPERIENCIA
EXPERIENCIA GENERAL: El proponente deberá acreditar la ejecución de máximo tres (3) contratos de obra civil en los últimos cinco (05) años contados a partir del acta de liquidación o terminación del contrato y la fecha de cierre del presente proceso, cuya sumatoria en valor sea igual o mayor a cinco veces (05) el presupuesto oficial expresado en salarios mínimos mensuales y cuyo objeto hayan sido la construcción de escenarios de tipo institucional y/o deportivo y/o recreativo. Los valores del contrato acreditado se tomaran con base en el salario mínimo del año en que fue terminado. Los contratos que se acrediten para experiencia general deberán estar codificados en el Clasificador de Bienes y Servicios de Naciones Unidas (UNSPSC) con el tercer nivel, como se indica a continuación: 951219 951223 Para acreditar la experiencia se debe allegar: Certificación otorgada por la entidad contratante o copia del acta de liquidación o cantidades ejecutadas, siempre y cuando contengan la siguiente información:
• Nombre de la entidad contratante.
• Número y objeto del contrato.
• Valor ejecutado.
• Fecha de inicio, terminación y liquidación del contrato.
• La certificación será válida siempre y cuando se encuentre debidamente suscrita por el funcionario competente para expedirla.
Dicha certificación debe ser suscrita por el ordenador del gasto de la entidad (en caso de entidades públicas), su representante legal, o funcionario competente. No se aceptan certificaciones suscritas por interventores ni supervisores de contratos, así como de interventores o supervisores externos. En el caso de propuestas presentadas mediante consorcio, para cumplir con la exigencia de Experiencia General, se realizará la suma del 100% de los contratos acreditados de cada uno de sus integrantes de la estructura plural.
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En el caso de propuestas presentadas mediante unión temporal, para cumplir con la exigencia de Experiencia General, se realizará la suma de los contratos acreditados de cada uno de sus integrantes, teniendo en cuenta el porcentaje de participación de los integrantes de la estructura plural. Si el proponente no acredita la experiencia solicitada será evaluado, como NO CUMPLE. EXPERIENCIA ESPECÍFICA: El proponente deberá acreditar la ejecución de dos (2) contratos de obra de construcción de dos (2) escenarios de tipo cultural y/o lúdico y/o deportivo, cuya sumatoria en valor sea igual o mayor cuatro (04) veces el presupuesto oficial expresado en salarios mínimos mensuales; los valores del contrato acreditado se tomaran con base en el salario mínimo del año en que fue terminado. Uno de los contratos acreditados para la experiencia específica, deberá incluir dentro de las actividades ejecutadas, obras de cimentación, mediante pilotaje de más de 15 metros de profundidad y por un valor de dicha cimentación, superior al 20% del valor total del presupuesto oficial. Para acreditar la experiencia se debe allegar: Certificación otorgada por la entidad contratante o copia del acta de liquidación o cantidades ejecutadas, siempre y cuando contengan la siguiente información:
• Nombre de la entidad contratante.
• Número y objeto del contrato.
• Valor ejecutado.
• Fecha de inicio, terminación y liquidación del contrato.
• La certificación será válida siempre y cuando se encuentre debidamente suscrita por el funcionario competente para expedirla.
Dicha certificación debe ser suscrita por el ordenador del gasto de la entidad (en caso de entidades públicas), su representante legal, o funcionario competente. No se aceptan certificaciones suscritas por interventores ni supervisores de contratos, así como de interventores o supervisores externos, donde se especifique, profundidad y valor de la cimentación realizada En el caso de propuestas presentadas mediante consorcio, para cumplir con la exigencia de Experiencia General, se realizará la suma del 100% de los contratos acreditados de cada uno de sus integrantes de la estructura plural. En el caso de propuestas presentadas mediante unión temporal, para cumplir con la exigencia de Experiencia General, se realizará la suma de los contratos acreditados
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de cada uno de sus integrantes, teniendo en cuenta el porcentaje de participación de los integrantes de la estructura plural. Si el proponente no acredita la experiencia solicitada será evaluado, como NO CUMPLE.
6. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN Y PERSONAL DE
APOYO.
PERSONAL PROFESIONAL MINIMO: El proponente deberá acreditar con la presentación de la propuesta, que pondrá a disposición de la ejecución de la obra, como mínimo los siguientes profesionales: Director de Obra: Ingeniero Civil y/o Arquitecto con Especialización o Maestría en Gerencia de proyectos o Gerencia Financiera. Con experiencia profesional general mínima de diez (10) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional (vigente) y experiencia especifica mínima de tres (3) años como Director de Obras de construcciones de edificaciones, en donde haya participado como mínimo en dos (2) obras cuyo objeto sea la construcción de edificaciones de tipo institucional, deportivo y/o recreacional y/o cultural y/o lúdico, comprobables con sus respectivas certificaciones con un 50% de dedicación en obra. La dedicación del director de obra será del 100%. Residentes de Obra: Ingeniero Civil y/o Arquitecto. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional (vigente) y experiencia especifica mínima de dos (2) años como residente de obras de construcción de edificaciones, en donde haya participado como mínimo en tres (3) obras cuyo objeto sea la construcción de edificaciones de tipo cultural y/o lúdico, comprobable con su respectiva certificación con un 100% de dedicación en obra. Se requieren dos (2) ingenieros residentes, uno para cada turno de trabajo. La dedicación de los residentes de obra será del 100%. Arquitecto Residente de Acabados: Arquitecto. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años contados a partir de la fecha de expedición de la matrícula profesional (vigente) y experiencia especifica mínima de dos (2) años como residente de acabados y/o especialista en acabados y/o arquitecto de acabado de construcciones de tipo institucional, en donde haya participado como mínimo en una (1) obra cuyo objeto sea la construcción de edificaciones de tipo cultural y/o lúdico, comprobable con su respectiva certificación
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con un 100% de dedicación en obra. La dedicación del Arquitecto de Acabados será del 100% durante la etapa de acabados. Especialista en Estructuras: Ingeniero Civil, con especialización o maestría en estructuras. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios como diseñador estructural y/o asesor estructural y/o especialista estructural en tres (3) contratos de orden institucional y adicional un (1) contrato que involucre la construcción de edificación de tipo cultural, con una dedicación de mínimo 40%. La dedicación del especialista en estructuras será del 40%. Especialista en Geotecnia: Ingeniero Civil con especialización o maestría en Geotecnia. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios como asesor geotécnico y/o especialista en geotecnia en tres (3) contratos donde su objeto haya sido la construcción de edificaciones institucionales de mínimo dos niveles y 3500m2 cada uno, con una dedicación de mínima 30%. La dedicación del especialista en geotecnia será del 30%. Especialista Hidrosanitario: Ingeniero Civil o Ingeniero Sanitario con especialización o maestría en recursos hidráulicos. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de tres (3) certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios como diseñador hidrosanitario y/o asesor hidrosanitario y/o especialista hidrosanitario en contratos donde su objeto haya sido la construcción de obras de edificaciones institucionales, con una dedicación de mínimo 30%. La dedicación del especialista hidrosanitario será del 40%. Especialista Eléctrico: Ingeniero Eléctrico o Electricista con especialización o maestría en redes o instalaciones eléctricas
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Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de tres (3) certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios como diseñador eléctrico y/o asesor eléctrico y/o especialista eléctrico en contratos donde su objeto haya sido la construcción de edificaciones institucionales, con una dedicación de mínimo 30%. La dedicación del especialista eléctrico será del 40%. Especialista Ambiental: Ingeniero Ambiental o Ingeniero Civil con Especialización o Maestría en Medio Ambiente. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de tres (3) certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios como ingeniero ambiental y/o asesor ambiental y/o especialista ambiental en contratos donde su objeto haya sido la construcción de obras de edificaciones institucionales, con una dedicación de mínimo 40%. La dedicación del especialista ambiental será del 40%. Especialista en Urbanismo: Arquitecto o ingeniero civil con especialización o maestría en Planeación Urbana o Urbanismo. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios como diseñador y/o asesor urbanístico y/o especialista en urbanismo, en tres (3) contratos de orden institucional cuya área sea mayor a 3500 m2 cada uno, con una dedicación de mínimo 40%. La dedicación del especialista en urbanismo será del 40%. Profesional en Seguridad Industrial y Salud Ocupacional: Ingeniero Industrial con especialización en SISO o Profesional o Tecnólogo en Salud Ocupacional. Con experiencia profesional general mínima de cinco (5) años. Deberá acreditar mediante la presentación de tres (3) certificaciones expedidas por la entidad pública o privada contratante donde conste que prestó sus servicios en el área de salud ocupacional en contratos donde el objeto haya sido la construcción de edificaciones institucionales, con una dedicación de 100%. La dedicación del profesional en seguridad industrial y salud ocupacional será del 100%.
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VERIFICACIÓN DEL EQUIPO DE TRABAJO Para efectos de la verificación de los requisitos del equipo de trabajo, el proponente deberá presentar, junto con su oferta, la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos. En caso de que se requiera reemplazar cualquiera de las personas ofrecidas deberá hacerlo por otros con igual o mejor perfil del requerido en este pliego, presentando a la interventoría toda la documentación completa del nuevo profesional, para aprobación. La valoración de la documentación aportada para efectos de demostrar las condiciones requeridas de experiencia y para el equipo de trabajo básico y adicional requerido se sujetará a las siguientes reglas especiales: Se podrá presentar un documento mediante el cual se precise la hoja de vida, se relacione la experiencia y se refieran los demás aspectos exigidos respecto del proponente y del equipo de trabajo. Para la acreditación de la experiencia y la formación académica deberán presentar copia de la matrícula o tarjeta profesional, certificación de vigencia de la matrícula y certificaciones de los contratos ejecutados debidamente firmadas por el contratante que contenga como mínimo la siguiente información:
• Nombre del contratante • Objeto del contrato • Área de la obra (cuando sea necesario). • Cargo desempeñado y/o labores cumplidas • Fechas de inicio y terminación del contrato • Firma de la persona o funcionario competente
Las certificaciones de experiencia en idioma diferente al castellano deberán acompañarse de la traducción oficial correspondiente. La experiencia general de los profesionales cuando se solicite, sólo podrá ser contabilizada a partir de la fecha de expedición de la tarjeta, matrícula o certificación profesional. Para el caso de los profesionales cuya tarjeta o matricula profesional no indique la fecha de su expedición, deberán aportar el documento expedido por el ente correspondiente en donde se indique la fecha de expedición de la misma. Los estudios de educación superior (pregrado y postgrado), así como los estudios técnicos se acreditarán mediante fotocopia de los diplomas respectivos o certificados
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de obtención del título correspondiente. Se debe anexar la carta de compromiso del personal ofrecido donde conste la voluntad y disponibilidad para participar en el proyecto objeto de la presente Licitación Pública, en los tiempos y dedicaciones indicadas. DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a dicho idioma. Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados o apostillados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia, en especial en los artículos 65 y 259 del Código de Procedimiento Civil, artículo 480 del Código de Comercio y en la Resolución 2201 del 22 de julio de 1997 proferida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia. Consularización De conformidad con lo previsto por el artículo 480 del Código de Comercio, “los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país, y la firma de tales funcionarios lo será a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el régimen de los poderes.” Tratándose de sociedades, expresa además el citado artículo del Código de Comercio que “al autenticar los documentos a que se refiere este artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país. (C.P.C. artículo 65)”. Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes. Apostille Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de Consularización señalado en este numeral, siempre que provenga de uno de los países signatarios de la Convención de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso solo será exigible la apostille, trámite que consiste en el certificado mediante el cual se avala la autenticidad de la firma y el título a que han actuado la persona firmante del documento y que se surte ante la autoridad competente en el país de origen.
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Lo documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma Español proveniente de países signatarios de la Convención de La Haya, deberán ser presentados acompañados de una traducción a este idioma, la cual podrá ser oficial en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil o efectuada por traductor o intérprete no oficial pero cumpliendo el trámite del Apostille. Los documentos otorgados en el exterior que no estén en idioma español y que provengan de países NO signatarios de la Convención de La Haya deberán presentarse acompañados de una traducción oficial a este idioma, en los términos del artículo 260 del Código de Procedimiento Civil. Nota: En el evento en que los documentos otorgados en el exterior que no cumplan con lo señalado en el presente numeral, no serán tenidos en cuenta. Convalidación de títulos En ejercicio de lo señalado en el Artículo 26 de la Constitución Política de Colombia, los proponentes que presenten dentro de su equipo de trabajo personas que hayan cursado carreras profesionales o postgrados en el exterior, deberán presentar los títulos debidamente convalidados de acuerdo con lo establecido en la Resolución 4457 de 2005. De conformidad con lo establecido en el Artículo 7 de la Ley 842 de 2003, quienes hayan obtenido el título académico de Ingeniero en cualquiera de sus ramas, otorgado por Instituciones de Educación Superior que funcionen en países con los cuales Colombia no haya celebrado tratados o convenios sobre reciprocidad de títulos; deberán acreditar la convalidación del título académico ante las autoridades competentes, conforme con las normas vigentes sobre la materia. No obstante lo anterior, para los títulos académicos de postgrado de los profesionales matriculados, obtenidos en el exterior, solo será necesario la correspondiente Consularización o apostille de acuerdo con las normas que rigen la materia.
7. FACTORES DE ESCOGENCIA Y CALIFICACIÓN
CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y PROCEDIMIENTOS DE SELECCIÓN La Alcaldía Municipal establece los criterios de evaluación sobre la base de 1000 Puntos que se aplicarán así:
CRITERIOS DE EVALUACION PUNTOS
A. PONDERACION ECONOMICA 400 PUNTOS
B. PONDERACION FACTOR DE CALIDAD 200 PUNTOS
C. PROGRAMACIÓN DE OBRA 300 PUNTOS
D. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL 100 PUNTOS
CALIFICACION TOTAL 1000 PUNTOS
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El puntaje mínimo para que una oferta sea considerable como elegible será mínimo de setecientos (700) puntos, según los criterios antes señalados. Para el (los) proponente(s) que haya(n) cumplido con la verificación de cumplimiento, el MUNICIPIO procederá a la asignación de puntaje, en primer lugar verificará que el precio de su oferta no sea superior al 100% del Presupuesto Oficial, en caso que no se cumpla con esta condición la propuesta será rechazada. El valor de la propuesta una vez hecha la corrección aritmética será el utilizado para la comparación con los correspondientes a otras propuestas. El oferente debe ajustar al peso los precios ofertados, en caso contrario El Oferente debe aproximar los precios así: cuando la fracción decimal del peso sea igual o superior a cinco lo aproximará por exceso al peso y cuando la fracción decimal del peso sea inferior a cinco lo aproximará por defecto al peso. En caso que el valor corregido sea distinto al que se indicó en la propuesta económica, se entenderá que dicho proponente acepta que el valor corregido será el que se incorpore en el contrato. Cumplido lo anterior se procederá a calificar la propuesta.
A. PONDERCIÓN ECONÓMICA (400 PUNTOS) En la diligencia de cierre, los oferentes o sus delegados designarán, entre ellos mismos, una persona para que escoja mediante sorteo por balotas la fórmula de calificación que se aplicará de entre las opciones que se describen a continuación: OPCIÓN UNO:
1. MEDIA GEOMÉTRICA (200 PUNTOS). Se calculará la media geométrica del valor total de las propuestas habilitadas y de los ítems representativos, así. El valor de la media geométrica se calculará así: (n+1) _________________ G = √ (PO*1*2*3*4*….Xn) DONDE: G= Media geométrica del valor total de las propuestas hábiles. n= Número de propuestas hábiles. Po= Presupuesto Oficial
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A la oferta elegible que se acerque más a la media geométrica se le asignará el mayor puntaje para este criterio, es decir 200 puntos. Para la valoración de las demás ofertas se aplicarán las siguientes fórmulas:
Para la valoración de las demás ofertas que estén por encima de la media geométrica se aplicará la siguiente fórmula:
Puntaje = 200 {1 – (Pi – G) }
G
Para la valoración de las demás ofertas que estén por debajo de la media geométrica se aplicará la siguiente fórmula:
Puntaje = 200 {1 – (G – Pi) } Pi Se establecerá el orden de elegibilidad de los proponentes, ordenando las propuestas según el puntaje total obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente y así sucesivamente.
2. ÍTEMS REPRESENTATIVOS (200 PUNTOS)
Se tomará los siguientes Ítem representativos:
ÍTEM DESCRIPCIÓN PUNTAJE
4.11 SUMINISTRO,TRANSPORTE, FABRICACIÓN, ENSAMBLAJE Y MONTAJE DE ACERO A-36
100
2.13 PILOTE PRE EXCAVADO D=50 CM 50
4.22 ACERO FIGURADO 60000 PSI 50
La media geométrica se calculará con el valor del ítem representativo del presupuesto oficial y el valor de los ítems representativos de las ofertas hábiles. El máximo puntaje se dará a la oferta cuyo valor en primera instancia sea igual al valor de la media geométrica, o en segunda instancia, a la oferta cuyo valor esté más cerca de la media geométrica.
Para determinar la media geométrica se aplicará la siguiente fórmula:
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Calle 3 No. 3 – 86 ● Código Postal: 250201 ● Teléfonos: 864 6471- 864 6804 ● Fax: 864 6103 [email protected] ● www.tenjo-cundinamarca.gov.co
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G= (n+m) √ (PO* 1* 2 * 3* 4 *.... Xn)
Donde: G = Media geométrica Po = Valor del ítem representativo del presupuesto Oficial. m = número de veces que se incluye el Po. Una vez por cada tres propuestas HABILITADAS. P (1...n) = Valor del Índice Representativo de las propuestas hábiles. n = Número de propuestas hábiles. A las demás ofertas se les asignará un puntaje directamente proporcional a su diferencia con el ítem representativo que obtuvo el máximo puntaje, de conformidad con las siguientes fórmulas: Para propuestas con valores por debajo de la media geométrica:
Puntaje = Pmax {1 - Pi – G } G Para propuestas con valores por encima de la media geométrica:
Puntaje = Pmax {1 - G – Pi } Pi
Donde: Pi = Valor propuesto del ítem representativo por el oferente “X”. PMAX = Puntaje máximo del factor a calificar G = Media geométrica
El puntaje de los factores, asignado a cada uno de los Proponentes se aproximará, por exceso o por defecto, a la segunda cifra decimal, de tal manera que si la tercera cifra decimal es inferior a cinco (5) la segunda cifra decimal permanecerá idéntica, pero, si la tercera cifra decimal es igual o superior a cinco (5), la segunda cifra decimal se aproximará a la unidad inmediatamente superior.
OPCIÓN DOS:
1. MEDIA ARITMETICA (200 PUNTOS).
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Se calculará la media aritmética del valor total de las propuestas habilitadas. La siguiente fórmula:
MA = Po + ∑ Xi (n+1)
Donde: MA: Media Aritmética Xi: Valor de las propuestas habilitadas. n: Número de propuestas habilitadas. A la oferta elegible que se acerque más a la media aritmética se le asignará el mayor puntaje, es decir 200 puntos. Para la valoración de las demás ofertas se aplicarán las siguientes fórmulas: Para la valoración de las demás ofertas que estén por encima de la media aritmética se aplicará la siguiente fórmula:
Puntaje = 200 {1 – (Pi – Ma) } Ma
Para la valoración de las demás ofertas que estén por encima de la media aritmética se aplicará la siguiente fórmula:
Puntaje = 200 {1 – (Ma – Pi) } Pi
Pi = Valor de la propuesta a evaluar. MA = Media Aritmética Se establecerá el orden de elegibilidad de los proponentes, ordenando las propuestas según el puntaje total obtenido por las mismas, de mayor a menor y se asignará el primer puesto en el orden de elegibilidad al mayor puntaje, el segundo al siguiente y así sucesivamente.
2. ITEMS REPRESENTATIVOS (200 PUNTOS): Se otorgara el puntaje aplicando la misma fórmula para cada uno de los ítems establecidos.
B. PONDERACIÓN FACTOR DE CALIDAD: MAXIMO 200 PUNTOS Se asignará un máximo de doscientos (200) puntos que acrediten experiencia adicional del personal profesional solicitado de acuerdo a los parámetros establecidos a continuación: Director de Obra: Ingeniero Civil y/o Arquitecto con Especialización o Maestría en
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Gerencia de proyectos o Gerencia Financiera, con la siguiente experiencia adicional a acreditada para la habilitación.
EXPERIENCIA Y FORMACIÓN ACADÉMICA PUNTAJE Experiencia específica similar a la de los criterios habilitantes
mínima de Veinte (20) años con magister en Gerencia de
Proyectos o Gerencia Financiera y afines; la experiencia será
contada a partir de la expedición de la matricula profesional.
100
Experiencia específica similar a la de los criterios habilitantes
mínima de diez (10) años como especialista en Gerencia de
Proyectos o Gerencia Financiera; y afines; la experiencia será
contada a partir de la expedición de la matricula profesional.
75
Experiencia específica similar a la de los criterios habilitantes
mínima de cinco (5) años como especialista en Gerencia de
Proyectos o Gerencia Financiera; y afines; la experiencia será
contada a partir de la expedición de la matricula profesional.
50
Residente de Obra 1: Ingeniero Civil y/o Arquitecto, con la siguiente experiencia adicional a acreditada para la habilitación.
EXPERIENCIA Y FORMACION ACADEMICA PUNTAJE Cuando el profesional cuente con una experiencia específica
adicional y similar a la de los criterios habilitantes de Diez
(10) años y especialista en Estructuras, Geotecnia o
Recursos Hidráulicos o magister; la experiencia será contada
a partir de la expedición de la matricula profesional.
50
Cuando el profesional cuente con una experiencia específica
adicional y similar a la de los criterios habilitantes de cinco
(5) años y especialista en Estructuras, Geotecnia o Recursos
Hidráulicos; la experiencia será contada a partir de la
expedición de la matricula profesional.
30
Cuando el profesional cuente con una experiencia específica
adicional y similar a la de los criterios habilitantes de cinco
(5) años como ingeniero civil y/o Arquitecto, la experiencia
será contada a partir de la expedici6n de la matricula
profesional.
10
Residente de Obra 2: Ingeniero Civil y/o Arquitecto, con la siguiente experiencia adicional a acreditada para la habilitación.
EXPERIENCIA Y FORMACION ACADEMICA PUNTAJE Cuando el profesional cuente con una experiencia específica
adicional y similar a la de los criterios habilitantes de Diez
(10) años y especialista en Estructuras, Geotecnia o
Recursos Hidráulicos o magister; la experiencia será contada
50
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a partir de la expedición de la matricula profesional. Cuando el profesional cuente con una experiencia específica
adicional y similar a la de los criterios habilitantes de cinco
(5) años y especialista en Estructuras, Geotecnia o Recursos
Hidráulicos; la experiencia será contada a partir de la
expedición de la matricula profesional.
30
Cuando el profesional cuente con una experiencia específica
adicional y similar a la de los criterios habilitantes de cinco
(5) años como ingeniero civil y/o Arquitecto, la experiencia
será contada a partir de la expedici6n de la matricula
profesional.
10
C. PROGRAMACION DE OBRA (300 PUNTOS)
Esta programación corresponde al Programa de Ejecución de las Obras: DIAGRAMA DE GANNT CON SU RED PERT. Para efectos de la asignación de puntaje, el programa de ejecución tendrá una asignación máxima de 300 puntos, que serán otorgados al Proponente que presente el programa de ejecución de forma completa y con el lleno de los requisitos de que trata este literal. Al Proponente que presente el programa de ejecución incompleto o sin el lleno de la totalidad de los requisitos de que trata este numeral se le otorgarán 100 puntos. Al Proponente que no presente el programa de ejecución (Gantt o Red Pert) se le asignarán 0 puntos. El Proponente deberá presentar con su propuesta un Programa General de los trabajos a realizar en forma de diagrama Gantt (gráfico de barras) con su red Pert, contemplando el trabajo en horas diurnas, nocturnas, feriados y dominicales, teniendo en cuenta la doble jornada que se debe implementar para el cumplimiento del plazo del proyecto, con el fin de que la construcción no se vea interrumpida en ningún momento y dicha obra sea realizada en el menor tiempo, causando la menor molestia posible a los vecinos del sector. Dicho Programa de Ejecución debe además contener todas las actividades de cada uno de los capítulos, indicando claramente los tiempos e inversiones para la ejecución de las obras, así como el plazo total necesario para su terminación definitiva, que debe estar acorde con la programación de pagos que se referencia en el numeral 3 de este Estudio Previo, con el fin de tener hitos terminados en las fechas indicadas. Este programa será el programa definitivo de ejecución de la obra en caso de que el
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Proponente resulte adjudicatario de la construcción del Centro Cultural de Tenjo. Para la elaboración del Programa de Ejecución, el Proponente deberá utilizar software para programación de proyectos como Microsoft Project. Los requisitos mínimos que debe cumplir el Programa de Ejecución, son los siguientes:
a) El Programa de Ejecución debe ser acorde con las necesidades del proyecto, el Cuadro de Rendimientos y Cálculo de Duración de Actividades, los cuales se deben anexar. Esto en concordancia con la programación de pago que propuesto por la entidad.
b) El plazo del Programa de Ejecución debe ser hasta máximo 30 de noviembre de 2015.
c) El Programa de Ejecución debe ser estructurado por actividades o tareas. No se aceptan programas por capítulos. Se deben incluir todos los ítems del Cuadro de Cantidades.
d) Tanto el diagrama Gantt como el Pert deberán señalar claramente una Ruta Crítica conformada por actividades que posean holgura total cero y que tengan un único inicio y un único fin.
e) Anexar programación financiera en semanas. Adicionalmente, el Programa de Ejecución deberá cumplir con los siguientes requisitos de presentación:
f) El diagrama Pert deberá contener la siguiente información: Identificación y nombre de la actividad, duración, tiempos tempranos y tardíos (de iniciación y terminación). Se debe elaborar en días de proyecto (día 1, día 2, etc.), dado que el Programa de Ejecución formará parte integral del contrato y no se permitirán modificaciones al inicio de su ejecución. El diagrama debe tener un único inicio y un único fin, el cálculo del tiempo se hará en días enteros; se deben precisar las convenciones usadas. Se debe hacer la impresión en 1/2” de pliego o mayor, para una mejor comprensión.
g) El diagrama de barras o de Gantt deberá contener la siguiente información: identificación y nombre de la actividad, duración, tiempos tempranos y tardíos (de iniciación y terminación), holgura total y actividades predecesoras (o antecesores) entre actividades. Se debe elaborar en días de proyecto (día 1, día 2, etc.) dado que el Programa de Ejecución formará parte integral del contrato y no se permitirán modificaciones al inicio de su ejecución. El diagrama debe tener un único inicio y un único fin, el cálculo del tiempo se
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hará en días enteros; se deben precisar las convenciones usadas, se debe hacer la impresión en ½” de pliego o mayor para una mejor comprensión.
D. APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL HASTA 100 PUNTOS El proponente debe manifestar en el FORMATO No. 1, si los servicios que oferta cumplen con las condiciones establecidas en el parágrafo del artículo 2º de la Ley 816 de 2003, correspondiente a la industria Nacional. Para este aspecto, al proponente se le asignarán máximo cien (100) puntos de acuerdo con lo indicado en la siguiente tabla, según la procedencia de los servicios ofrecidos:
ORIGEN PUNTAJE
Bienes y Servicios nacionales 100
Bienes y Servicios extranjeros 50
Mixtos con igual o más del 50% nacional
80
Mixtos con menos del 50% nacional 60
CUMPLIMIENTO DE CONTRATOS ANTERIORES Si se presentan MULTAS Y/O SANCIONES registradas en los últimos cinco años se procederá a descontar 5 PUNTOS. Para el caso de Consorcios o Uniones Temporales el descuento de puntaje por multas o sanciones se realizará analizando cada integrante, de tal forma que basta para descontar puntos con el hecho de que uno o varios hubieren sido sancionados.
68. SOPORTES DE LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS
Teniendo en cuenta la naturaleza del contrato a celebrar se establecen los siguientes riesgos:
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ESTUDIO PREVIO
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“HONESTIDAD, CAMBIO Y RESULTADOS PARA LA PROSPERIDAD”
Calle 3 No. 3 – 86 ● Código Postal: 250201 ● Teléfonos: 864 6471- 864 6804 ● Fax: 864 6103 [email protected] ● www.tenjo-cundinamarca.gov.co
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CONSTRUCCIÓN CENTRO CULTURAL
“HONESTIDAD, CAMBIO Y RESULTADOS PARA LA PROSPERIDAD”
Calle 3 No. 3 – 86 ● Código Postal: 250201 ● Teléfonos: 864 6471- 864 6804 ● Fax: 864 6103 [email protected] ● www.tenjo-cundinamarca.gov.co
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9. ANÁLISIS QUE SUSTENTAN LA EXIGENCIA DE GARANTÍAS, ASÍ COMO DE COBERTURA DE LAS OBLIGACIONES SURGIDAS CON OCASIÓN DEL PROCESO DE SELECCIÓN Y EL CONTRATO A CELEBRAR:
De conformidad con lo previsto en el Título III del Decreto 1510 de 2013, para garantizar el cumplimiento general de las obligaciones derivadas del contrato, El CONTRATISTA podrá otorgar como mecanismo de cobertura del riesgo dentro de los CINCO (5) DÍAS siguientes a la suscripción del presente contrato cualquiera de las garantías previstas en el artículo 111 del Decreto 1510 de 2013. La garantía de cumplimiento de las obligaciones deberá ser otorgada amparando como beneficiario y ejecutor al Municipio de Tenjo y, cubrirá los perjuicios derivados del incumplimiento de las obligaciones legales o contractuales del contratista, Así:
COBERTURA EXIGIBLE SI NO CUANTIA VIGENCIA
Garantía de la seriedad de la propuesta
X Diez (10%) por ciento del valor total del contrato.
Tres (3) meses contados a partir del cierre del proceso
Cumplimiento general del contrato
X Diez (10%) por ciento del valor total del contrato.
Por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses mas
Calidad del servicio X Quince (15%) por ciento del valor total del contrato.
Por el plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses mas
Calidad del servicio para contratos de interventoría
X Quince (15%) por ciento del valor del contrato.
Por el plazo de la garantía de estabilidad del contrato principal de acuerdo con el artículo 85 de la Ley 1474 de 2011
Calidad de los bienes y equipos suministrados
X Quince (15%) por ciento del valor total del contrato.
Por el plazo de ejecución del contrato y un (1) año mas
Estabilidad de Obra X quince (15%) por ciento del valor total del contrato.
Por el plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más a partir de la entrega de la obra
Buen manejo y correcta inversión del anticipo
X Ciento (100%) por ciento del valor del anticipo.
Duración del contrato y cuatro (4) meses más.
Salarios, prestaciones e indemnizaciones
X Diez (10%) por ciento del valor total del contrato.
Duración del contrato y tres (3) años mas
Responsabilidad Civil Extracontractual
X Cinco (5) % del valor del contrato.
Duración del contrato
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16. Firmas autorizada:
_____________________________________ ________________________________ ING. CARLOS JULIAN REYES VILLAMIZAR DR. JORGE IVÁN PINZÓN RAMOS Secretario de Infraestructura Jefe Oficina Jurídica
Elaboró y digitalizó: Ing.MAOC