Denuncia en los certificados energéticos y el idae responde

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Denuncia en los certificados energéticos y el IDAE responde La denuncia en los certificados energéticos. Cómo actuar ante el proceso de certificación energética . Desde la entrada en vigor de la Normativa en certificación energética (Ley 235/2013 “Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios) que ya llevamos en aplicación más de dos meses. A priori, han aparecido diversos casos de “fraudulencia” aparentemente bien reconocidos tanto ante el consumidor como por parte de algún Técnico Certificador sin que desde la Administración se pronuncie. Quería expresar y que tuvierais conocimiento de la respuesta que nos ofrece el IDAE ante una posible negligencia por parte de algún Técnico Certificador y que posibles vías de denuncia en los certificados energéticos nos ofrecen. En este caso nos centramos ante una serie de eventos que están sorprendiendo en el ámbito de la certificación energética cuando se ofrece que el certificado energético es redactado por el Técnico Competente y la toma de datos por el cliente/propietario que pasa a ser reconocido como Técnico Ayudante que es quien plasma y obtiene la información y características del inmueble, es decir: Técnico Competente = Técnico con Titulación Universitaria habilitado según la Ley 235/2013. Técnico Ayudante = Pasa a ser el Cliente/Propietario del piso. Llegados a este punto, realizamos una consulta concreta al IDAE sobre un caso real, indicando que:

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Denuncia en los certificados energéticos y el IDAE responde

La denuncia en los certificados energéticos. Cómo actuar ante el proceso de certificación energética .

Desde la entrada en vigor de la Normativa en certificación energética (Ley 235/2013 “Procedimiento Básico para la Certificación de la Eficiencia Energética de los Edificios” ) que ya llevamos en aplicación más de dos meses. A priori, han aparecido diversos casos de “fraudulencia” aparentemente bien reconocidos tanto ante el consumidor como por parte de algún Técnico Certificador sin que desde la Administración se pronuncie.

Quería expresar y que tuvierais conocimiento de la respuesta que nos ofrece el IDAE ante una posible negligencia por parte de algún Técnico Certificador y que posibles vías de denuncia en los certificados energéticos nos ofrecen.

En este caso nos centramos ante una serie de eventos que están sorprendiendo en el ámbito de la certificación energética cuando se ofrece que el certificado energético es redactado por el Técnico Competente y la toma de datos por el cliente/propietario que pasa a ser reconocido como Técnico Ayudante que es quien plasma y obtiene la información y características del inmueble, es decir:

Técnico Competente = Técnico con Titulación Universitaria habilitado según la Ley 235/2013.

Técnico Ayudante = Pasa a ser el Cliente/Propietario del piso.

Llegados a este punto, realizamos una consulta concreta al IDAE sobre un caso real, indicando que:

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“Atendiendo a las indicaciones presentadas en la oferta, se puede observar que el cliente pasa a ser Técnico Ayudante. Atendiendo al Real Decreto 235/2013 En el Artículo 1. Punto 3. Apartado q) …Se identifica al Técnico Ayudante, y cito textualmente:

q) Técnico ayudante del proceso de certificación energética de edificios: técnico que esté en posesión de un título de formación profesional, entre cuyas competencias se encuentran la colaboración como ayudante del técnico competente en el proceso de certificación energética de edificios.

Reconocemos que el Técnico Ayudante mínimo deberá de tener en su poder un “Título de formación profesional” viendo que el tema de las competencias se definirán en un futuro.

En la oferta no se especifica que el “cliente” mínimo deberá de tener un Título de formación profesional para actuar como Técnico Ayudante. La presente oferta puede ser engañosa para el cliente. Me gustaría que me informaran de los medios actuales o vías Administrativas para poder actuar, si lo considero oportuno.

Ante la certificación energética y sus posibles infracciones…¿Dónde puedo acudir a denunciar alguna posible infracción en certificación? Tanto de publicidad engañosa como de una mala práctica en el deber profesional por parte de un Técnico Certificador.”

Respuesta del IDAE ante la posible denuncia en materia de certificación energética:

“Muy Sres. Nuestros,

Ante todo gracias por utilizar este servicio.

Respecto a la cuestión planteada, le comunicamos lo siguiente:

Le invitamos a que se ponga en contacto con los organismos competentes en materia de certificación energética de su CC.AA. que son los encargados de aplicar dicha legislación, para hacerles llegar dicha información:

Organismos de actuación y competencia por cada Comunidad Autónoma…AQUÍ.

Así mismo, le invitamos a que se ponga en contacto con alguna de las entidades de Defensa de los Consumidores.

En espera de que la respuesta le sea útil, reciba un atento saludo.”

Sin comentarios por mi parte, sigo con el proceso. En este caso ya no puedo demostrarlo vía email, es decir, llame directamente al organismo en materia de certificación energética de la Comunidad Autónoma oportuna atendiendo a que es verano.

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La respuesta que me comunicaron más o menos es:

“Desde nuestro departamento aún no hemos formalizado ni generado un comité que se destine a tal acto. Estamos a la espera que se publique la Normativa que regule o confirme las sanciones indicadas en la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana, pero podrá mientras tanto formalizar un escrito a la delegación territorial correspondiente para que estudien su caso”.

Aquí es cuando digo y espero que me perdonen “Somos un país de pandereta”. ¿Qué opináis?

…………………………………………………… Síguenos en Google+. Autor: Pau Seguí.