Demanda Habeas Corpus

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SUMILLA: Demanda SEÑOR JUEZ ESPECFIALISTA PENAL DE TURNO. CARMEN ELENA SALAS HURTADO identificada con DNI 87625231 con domicilio real Avenida. Cuba 506 en Lince en representación de mi hijo FERNANDO MEZA SALAS con DNI 23678158, con Domicilio Procesal en Jirón Azángaro N° 1225 oficina 203 Lima, ante usted respetuosamente manifiesto lo siguiente: PETITORIO : Que recurro a su despacho a fin de interponer DEMANDA DE HABEAS CORPUS a favor de mi hijo FERNANDO MEZA SALAS, quien a sido detenido arbitrariamente por orden del Coronel JUAN MANUEL VASQUEZ SOLO en el Cuartel BARBONES LIMA, SOLICITANDO QUE SE ORDENE SU INMEDIATA LIBERTAD, basados en los fundamentos de Hecho y Derecho que paso a formular. III. DERECHO CONSTITUCIONAL VIOLADO. Es el derecho previsto en el artículo 25, inciso 8 del Código Procesal Constitucional que indica “Procede el hábeas corpus ante la acción u omisión que amenace o vulnere los siguientes derechos que, enunciativamente, conforman la libertad individual: (…) 8) El derecho a decidir voluntariamente prestar el servicio militar, conforme a la ley de la materia.” IV. FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA 1. El demandante actúa en representación del joven FERNANDO MEZA SALAS quien es mi hijo.

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SUMILLA: Demanda

SEOR JUEZ ESPECFIALISTA PENAL DE TURNO.

CARMEN ELENA SALAS HURTADO identificada con DNI 87625231 con domicilio real Avenida. Cuba 506 en Lince en representacin de mi hijo FERNANDO MEZA SALAS con DNI 23678158, con Domicilio Procesal en Jirn Azngaro N 1225 oficina 203 Lima, ante usted respetuosamente manifiesto lo siguiente:PETITORIO:Que recurro a su despacho a fin de interponer DEMANDA DE HABEAS CORPUS a favor de mi hijo FERNANDO MEZA SALAS, quien a sido detenido arbitrariamente por orden del Coronel JUAN MANUEL VASQUEZ SOLO en el Cuartel BARBONES LIMA, SOLICITANDO QUE SE ORDENE SU INMEDIATA LIBERTAD, basados en los fundamentos de Hecho y Derecho que paso a formular.III. DERECHO CONSTITUCIONAL VIOLADO.Es el derecho previsto en el artculo 25, inciso 8 del Cdigo Procesal Constitucional que indica Procede el hbeas corpus ante la accin u omisin que amenace o vulnere los siguientes derechos que, enunciativamente, conforman la libertad individual: () 8) El derecho a decidir voluntariamente prestar el servicio militar, conforme a la ley de la materia.IV. FUNDAMENTOS DE LA DEMANDA1. El demandante acta en representacin del joven FERNANDO MEZA SALAS quien es mi hijo.2. Mi hijo cuenta con 17 aos de edad como se verifica de la copia de su documento nacional de identidad que adjunto.

3. A la fecha mi hijo se encuentra recluido en calidad de soldado del Cuartel General terrestre BARBONES a cargo del CoronelJUAN MANUEL VASQUEZ SOTO.4. Con fecha viernes 03 de agosto de los corrientes mi hijo sali a las ocho de la noche a sus clases de derecho comercial en la facultad de derecho de la Universidad Nacional de mayor de san marcos.5. Habiendo culminado sus clases a horas 10 de la noche el mismo se diriga a tomar su movilidad de regreso a casa cuando fue intervenido por una camioneta del referido cuartel, confundindole con otros muchachos de mal vivir que se encontraban en el mismo lugar que mi hijo, fue llevado al cuartel.6. Estando a que alguien le presto su celular mi hijo se ha comunicado con mi persona indicando su paradero, por lo que inmediatamente recurr al Cuartel entrevistndome con el Coronel JUAN MANUEL VASQUEZ SOTO quien me indic que no poda entregarme a mi hijo porque es un mal ejemplo para la sociedad y que en el cuartel aprendera buenas maneras.7. De esta manera, ante la negativa reiterada y terca de este funcionario es que recurro a su despacho para que interponga sus oficios y restablezca la libertad de trnsito de mi hijo.V. FUNDAMENTOS DE DERECHO.Sustento la presente demanda en el artculo 6 de la Ley del Servicio Militar - Ley 29248 que indica Prohbase el reclutamiento forzoso como procedimiento de captacin de personas con la finalidad de incorporarlas al Servicio Militar. II.- DETENCIN ARBITRARIA.-de conformidad al (ART.2 inc. 24 lit. F) de la constitucin poltica del Per, el numeral 7 del artculo 25 del cdigo procesal constitucional, que se refiere que nadie puede ser detenido sin mandato escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de fragante delito. El detenido debe ser puesto a disposicin del juzgado correspondiente, dentro de las 24 horas o en el trmino de la distancia.

Art.2.- toda persona tiene derecho:INCS. 24. A la libertad y a la seguridad personal. En consecuencias:f. nadie puede ser detenido sino por mandamiento escrito y motivado del juez o por las autoridades policiales en caso de flagrante delito. El detenido debe ser puesto a disposicin del juzgado correspondiente, dentro de las veinticuatro horas o en el trmino de la distancia. Estos plazos no se aplican a los casos de terrorismo, espionaje y trfico y licito de drogas. En tales casos, las autoridades policiales pueden efectuar la detencin preventivo de los presuntos implicados por un trmino no mayor de quince das naturales. Deben dar cuenta al Ministerio pblico y el juez, quien puede asumir jurisdiccin antes de vencido el trmite.

ART.25 del cdigo procesal constitucional.DERECHOS PROTEGIDOS: Procede el habeas corpus ante la accin u omisin que Amenace o vulnere los siguientes derechos que, enunciativamente, conforman la libertad individual:Inciso 7 .El derecho a no ser detenido sino por mandato escrito y motivado del juez, o por las autoridades policiales en caso de fragante delito; o si ha sido detenido, a ser puesto dentro de las 24 horas o en el trmino de la distancia, a disposicin del juzgado que corresponda, de acuerdo con el acpite F del inciso 24 de la constitucin del art. 2 de la constitucin sin perjuicio de las excepciones que l se consignan.

VI. MONTO DEL PETITORIODebido a la naturaleza de la pretensin no es cuantificable en dinero.VII. VA PROCEDIMENTALLa va especial prevista en el Cdigo procesal constitucional.VIII. MEDIOS PROBATORIOS.1. Copia del DNI de mi hijo con lo que acredito que cuenta con 17 aos de edad.2. Copia de documento que acredita que mi hijo est en el tercio superior de su facultad, con un promedio elevado.3. Copia del horario de mi hijo con lo que acredito que el da viernes tena clases de 8 a 10 de la noche.IX. ANEXOS.1-A Copia del DNI de mi hijo.1-B Copia de documento que acredita que mi hijo est en el tercio superior de su facultad.1-C Copia del horario de mi hijo.1-D Copia de mi DNI.

POR LO EXPUESTO:A UD. pido admitir a trmite la presente demanda.

Arequipa, 04 de agosto de 2012.

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