DEL BUEN SERVICIO Al CIUDA[?ANO P...
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Dirección: Jr. Apurímac Nº 460 - Pucallpa - Ucayali - Perú • Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 - Lima Telef. (01) 433·2516 - http://www.regionucayali.gob.pe/
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Oue, las normas referidas al CAP Provisional que deben aplicar las Entidades Públicas se encuentran establecidas en los Anexos N' 4, 4A, 48, 4( y 40 de la Directiva citada y sólo se puede aprobar en tanto la Entidad Pública no haya aprobado el CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral I del Anexo N' 4 de dicha Directiva;
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Oue, · de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva: Nº 002-20 J 5-SERVfR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la Entidad, sobre la b~se de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, Fuya finalidad es viabilizar ta operación de las Entidades Públicas durante el periodo transición d~f sector público al Régimen del Servicio Civil, en la Ley N' 30057; j
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Que, en el marco de la rector/a del Sistema Administrati~o de Gestión de Recursos Humanos y de fa implementación de la Ley Nº 30057,mediante Resolµción de Presidencia Ejecutiva N° 304- 2015-SERVfR-PE, modificada mediante Resolución de Pre~idencia Ejecutiva N' 057-2016-SERVfR- PE, se ha emitido la Directiva N' 002-2015-SER\!IR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobaciónl del Cuadro de Puestos de la Entidad -
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CPE", que incluye los lineamientos para la aprobaclóri de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional; '
POR CUANTO: 1 1 1 i
El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, dk conformidad con lo previsto en los artículos ! 91 ° y ! 92° de la Constitución Po/itica del Estado! modificado por fa Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV sobr4 Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de ia Descentralízación, Ley Nº 27867, Ley Orránica de Gobiernos Region;;iles, sus modificatorias y demás normas complementarias;
1 CONSIDERANDO: 1
Oue, de conformidad con la Constitución Política del Estqdo, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constituci_qn~I~ Capítulo XIV del Título .IV sobre Descentr~lización, Ley N° 2786 7, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modificatorias; se les reconoce a los Gobiernos Regionales, autonomía política, económica y administrativa en los asuatos de su competencia;
. ,: . . ¡ ¡¡-~ _Que, el artículo 3º _de la Ley N' 27867, Ley Orgánica de 'Gobiernos Regionales, señala que los .s VºJ B o g:;;obiernos Regionales tienen competencia en el ámb\to de sus respectivas jurisdicciones, \' , zonrorme a ley;
<',::;, " • . • i ,..r,.r' p,.r.•<'""" Oue, el Consejo Regional tiene las atribuciones de norma] la organización interna del Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales, en concordanoa con el inciso a) del artículo I s· de la ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que faculta aprobar, modificar o derogar normas que regulen o reglamenten los asuntos y materia de competencia y funciones del Gobierno Regional, en concordancia con el arttculó 38° de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en fa organización y administración del Gobierno Regional;
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ORDENANZA REGIONAL Nº P 16-2017-GRLJ-CR
Puca/lpa, once de setiembre de 20 17
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Dirección: Jr. Apurímac Nº 460 - Pucallpa - Ucayali - Perú ·\;,elef. (061) 577243 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 - Lima Telef. (01) 433-2516 - http:rwww.region~cayali.gob.pe/
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Que, de conformidad con las facultades conferidas s= la Constitución Política del Estado, Artículos 9° y 10° de la Ley Orgánica de Gobierr;ios Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, y el Reglamento Interno del Consejo Reg¡onal, en Sesión Ordinaria de fecha once de setiembre de dos mil diecisiete, el cual consta en Acta, aprobaron por unanimidad la
i siguiente:
Que, con INFORME LEGAL N' 024-2017-GRU-SCR/WGJ\lt de fecha 07 de setiembre de 2017, emitido por el Abog. Wilmer Guevara Martínez - AboQado IV del Consejo Regional, opina se apruebe mediante Ordenanza Regional, el Cuadro ptjra Asignación de Personal Provisional (CAP-PJ de la Sede Central-del Gobie(i,o.Regional de Uc~yali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Utay211iy e/ Archivo Regional; ¡ .
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Que, mediante Dictamen N° O 16-2017-GRU-CR-.CPPyAT( de fecha 07 de setiembre de 20 J 7 la Comisión de Planeamiento, Presupuesto ,;," Acorxncionajnrento Territorial del Consejo Regional, dictamina aprobar la Ordenanza Regional, que apruebaj el Cuadro para Asignación de Personar Provisional (CAP-P) de la Sede Central del Gobierno Regipnal de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo ~egíonali en un total de 454 cargos; de los cuales 196 cargos se encuentran debidamente presupuestadas y 258 cargos se encuentran previstas sil"! presupuesto; ! \
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. oue. mediante Informe Nº O 19-20 17-GRU-ORA-OGP, ra (l)ficina. de Gestión de ras Personas, en
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su calidad de órgano responsable de la elaboración deJ¡CAP Provisional, solicita y sustenta la aprobación del nuevo Cuadro para Asignación de Persohal Provisional de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juap, Autoridad Regional Ambientar de
/JóÑ.AL°"o'?', Ucayali y el Archivo Regional, .s~stentándose en el supuesto contemplado en el numeral 1. 1 y :·'!) , ve} 1 .5 del Anexo Nº 4 de la Directiva· N'. .. Q_0~-2015-SERVlR-GdSRH;
lll( 9--9.• ~\\.~-·· ',l(.(.·~1•-,.J., 1 \~:i., -~~·..,- . .?··-·]) Oue, mediante Oficio Nº .640-20 ! ?-SERVIR/PE, el Preside7te Ejecutivo de la Autoridad Nacional i. 6 \~t::f del Servicio Civil, remite el Informe Técnico Nº 109-20i17-SERVIR/GDSRH, que constituye la
-~·~P.~ft};r opinión técnica previa de la Autoridad Nacional del Serv/cio Civil, conforme a lo establecido en et numeral 4. J del Anexo N' 4 de la citada Oirectiva; j' De conrorrmoao conlo prescrito en el Artículo 35º, incis c) de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases
. .. 1 de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su
"~ "DrganlzaclÚi -Interna y presupuesto institucional. Del mismo modo es atribución del Consejo or.iafaprobarº:los documentos ele gestión, Reglamen~o de Organización y Funciones (ROF),
. 1 ual de Orga_ni~ación y Funciones (MOFJ y el quadro para Asignación de Personal
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ísíonal, en concordancía con el Artículo 38º .. ~e la Le){ Orgánica de Gobiernos Regionales; la Rt Ley·.Nº 30057, Ley.del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N' 040-
2014;-PCM; y la Directiva N' 002-20 J 5-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de adminJstración. de puestos, elaboración y aprobación dbl Cuadro de Puestos de la Entidad -
: . " . ! CPE", é\erobada mediante Resolución de Presid.~nc¡a Ejecutiva N' 304-20 J 5-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-20 J 6-SERVIR-PE;
1 ; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el ~uadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Sede Central del Gobi~rno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo Regional, a fin de contar con un documento de gestión actualizado; ' '- \::t)(.' .: ·.· .. i .
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Dirección: Jr. Apurírnac Nº 460 - Pucallpa - Ucayali - Perú - Telef. (061) 577243 / Av. Arequipa Nº 810. Oficina 901 - Lima Telef. (01) 433·2516 • http://www.regionucayali.gob.pe/
JOBIERNQ REGION\l\t.DE UCt~I ~ .,..-~¿·¿~~>-·~: ~-;
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Mé'.!nuel Gamblrit Rupay GOBERNADOR REGIONAL
Dada en la central del Gobierno Regional de Ucayali a los dos dlas del mes de octubre de dos mil diecisiete.
Mando se publique y cumpla.
POR TANTO:
Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional ríe Ucayali para su promulgación. En Pucallpa, a los once días del mes de setiembre de dos mil diecisiete.
ARTÍCULO SEGUNDO: DEROGAR, la Ordenanza Regional: Nº O l 9-2014-GRU-CR, de fecha 21 de agosto de 2014.
ARTÍCULO TERCERO. - ENCARGAR a la Gerencia Regionál de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, la implementación de la pr~sente Ordenanza Regional.
ARTÍCVLO CUf,RTO. - DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del acta.
ARTÍCULO, QUINTO: ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucáyali la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Oficial "El Peruano", y en el diario encargado de las publicaciones judiciales en I~ capital de la Región y a la Oficina de Tecnologlas de Ia.tnforrnaclón para su difusión y publicación a través del portal electrónico del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe) y de Servicios al Ciudadano y Empresas ( PSCE) www:serviciosalciudadano.gob.pe. en cumplimiento a lo establecido en la Ley N° 2909 J y St,J·Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 004-2008-PCM. . .
·.t ..... :· t , •• presupuesto.
ARTÍCl,.JLO PRIMERO. - APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Sede Central del Gobierno Regional de Ucayali, Aldea Infantil San Juan, Autoridad Regional Ambiental de Ucayali y el Archivo Regional, en un total de 454 cargos; de los cuales 196 cargos se encuentran debidamente presupuestadas y 258 cargos se encuentran previstas sin
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