DEFINICIÓN4
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CUENTA 40 : TRIBUTOS,CONTRAPRESTACIONES Y APORTES AL SISTEMA DE PENSIONES Y SALUD POR PAGAR
1. DEFINICIÓN
La Cuenta 40 Tributos, contraprestaciones y aportes al sistema de pensiones y de salud por pagar, agrupa las subcuentas que representan obligaciones por impuestos, contribuciones y otros tributos, a cargo de la empresa, por cuenta propia o como agente retenedor, así como los aportes a los sistemas de pensiones. También incluye el impuesto a las transacciones financieras que la empresa liquida.
2. NOMENCLATURA
La cuenta en análisis está compuesta por las subcuentas, divisionarias y subdivisionarias siguientes:
401 Gobierno Central4011 Impuesto general a las ventas40111 IGV – Cuenta propia40112 IGV – Servicios prestados por no domiciliados40113 IGV – Régimen de percepciones40114 IGV – Régimen de retenciones4012 Impuesto selectivo al consumo4015 Derechos aduaneros40151 Derechos arancelarios40152 Derechos aduaneros por ventas4017 Impuesto a la renta40171 Renta de tercera categoría40172 Renta de cuarta categoría40173 Renta de quinta categoría40174 Renta de no domiciliados40175 Otras retenciones4018 Otros impuestos y contraprestaciones40181 Impuesto a las transacciones financieras40182 Impuesto a los juegos de casino y tragamonedas40183 Tasas por la prestación de servicios públicos40184 Regalías40185 Impuesto a los dividendos40186 Impuesto Temporal a los Activos Netos40189 Otros impuestos402 Certificados tributarios403 Instituciones públicas4031 ESSALUD4032 ONP4033 Contribución al SENATI4034 Contribución al SENCICO4039 Otras instituciones
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405 Gobiernos regionales406 Gobiernos locales4061 Impuestos40611 Impuesto al Patrimonio Vehicular40612 Impuesto a las apuestas40613 Impuesto a los juegos40614 Impuesto de alcabala40615 Impuesto predial40616 Impuesto a los espectáculos públicos no deportivos4062 Contribuciones4063 Tasas40631 Licencia de apertura de establecimientos40632 Transporte público40633 Estacionamiento de vehículos40634 Servicios públicos o arbitrios40635 Servicios administrativos o derechos407 Administradoras de fondos de pensiones408 Empresas prestadoras de servicios de salud4081 Cuenta propia4082 Cuenta de terceros409 Otros costos administrativos e intereses
3. SUBCUENTASEl contenido de cada una de las subcuentas que conforman esta cuenta, es el siguiente: • Subcuenta 401 Gobierno Central.Incluye los tributos que representan ingresos del Gobierno Central, tanto por la empresa en su calidad de contribuyente como en su calidad de agente retenedor. • Subcuenta 402 Certificados tributarios.Contiene los documentos recibidos por reintegro de tributos. Esta subcuenta es de naturaleza deudora. • Subcuenta 403 Instituciones públicas.Incluye las obligaciones por contribuciones de la empresa en diferentes instituciones públicas, tales como las de seguridad social. Estas obligaciones se originan en los descuentos efectuados a los trabajadores y las aportaciones de la empresa. • Subcuenta 405 Gobiernos regionales.Contemplado para la acumulación de obligaciones por tributos para los gobiernos regionales en el futuro. Por el momento, la ley no los ha establecido. • Subcuenta 406 Gobiernos locales.Comprende el importe de tributos por concepto de licencias, arbitrios y otros impuestos municipales. • Subcuenta 407 Administradoras de fondos de pensiones.
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Acumula las obligaciones por descuentos realizados a los trabajadores por aportes al Sistema privado de pensiones y al sistema público de pensiones (ONP). • Subcuenta 408 Empresas prestadoras de servicios de salud.Incluye las obligaciones con las Empresas Prestadoras de Salud (EPS). • Subcuenta 409 Otros costos administrativos e intereses. Incluye obligaciones por sanciones administrativas, tributarias y no tributarias, otros costos legales relacionados con deuda tributaria y otros con los niveles de gobierno en su capacidad sancionadora, e intereses moratorios y de fraccionamiento. 4. A TENER EN CUENTA• Reconocimiento y mediciónLos tributos y aportes a los sistemas de pensiones y de salud se reconocen a su valor nominal menos los pagos efectuados. Su valor nominal corresponde al monto calculado cuando es de cuenta propia, o retenido cuando es por cuenta de terceros, en las fechas de las transacciones. • Presentación en los Estados FinancierosPara efectos de presentación de los tributos de saldo deudor, se debe considerar el plazo en que razonablemente se espera sean aplicados, a efectos de determinar su clasificación como corriente o no corriente, pues su presentación corresponde al activo del balance general (Estado de SituaciónFinanciera). Los pagos a cuenta del Impuesto a la Renta por cuenta propia se muestran en el activo.