DECRETO 0134 DE 2020 ( ENERO 31 ) - normograma.info...18 Gaceta Oficial Nº4670 DECRETO 0134 DE 2020...

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18 Gaceta Oficial Nº4670 DECRETO 0134 DE 2020 ( ENERO 31 ) Por medio del cual se hace una delegación en la Alianza Medellín–Antioquia EPS S.A.S. – Savia Salud EPS EL ALCALDE DE MEDELLÍN En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Nacional, la Ley 136 de 1994, el artículo 52 del Decreto Municipal 883 de 2015 modificado por el Acuerdo Municipal 01 de 2016, artículo 42 de los Estatutos de la Entidad y CONSIDERANDO QUE El Municipio de Medellín, como ente territorial, de acuerdo con las previsiones del artículo 313 y 315 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 489 de 1998, ha creado diferentes entidades descentralizadas por servicios, para coadyuvar el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales a su cargo y contribuir con los fines del Estado. La Alianza Medellín- Antioquia EPS SAS “Savia Salud EPS” es una sociedad de economía mixta, cuyos miembros de Junta Directiva conforme a lo dispuesto en el artículo 271 del Decreto 883 de 2015, serán elegidos o designados en la forma prevista en el acto de constitución y sus estatutos. El artículo 42 de los Estatutos señala, que la Junta Directiva estará integrada por siete miembros (7) principales y siete (7) suplentes, dentro de los cuáles al Alcalde le corresponde designar dos (2) miembros y sus respectivos suplentes, respecto de los cuales se hace necesario realizar la respectiva designación. En consecuencia, el Alcalde de Medellín, DECRETA ARTÍCULO 1°. DESIGNAR los dos miembros integrantes de la Junta Directiva de la Alianza Medellín–Antioquia EPS S.A.S., SAVIA SALUD EPS y sus respectivos suplentes, de conformidad con los estatutos de la entidad, así: a. El (la) Secretario(a) de Hacienda con suplencia del (la) Subsecretario(a) de Tesorería de la Secretaria de Hacienda. b. El (la) Secretario(a) de General con suplencia del (la) Subsecretario(a) de Defensa y Protección de lo Público de la Secretaria General. ARTÍCULO 2°. Remitir copia del presente Decreto a la Alianza Medellín–Antioquia EPS S.A.S., SAVIA SALUD EPS, para su conocimiento y fines pertinentes. ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de su expedición y deroga el artículo 6° del Decreto 035 de 10 de Enero de 2020. PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE DANIEL QUINTERO CALLE Alcalde de Medellín MARÍA CAMILA VILLAMIZAR ASSAF Secretaria Privada

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Gaceta Oficial Nº4670

DECRETO 0134 DE 2020( ENERO 31 )

Por medio del cual se hace una delegación en la Alianza Medellín–Antioquia EPS S.A.S. – Savia Salud EPS

EL ALCALDE DE MEDELLÍN

En uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente las conferidas por los artículos 209 y 211 de la Constitución Nacional, la Ley 136 de 1994, el artículo 52 del Decreto Municipal 883 de 2015 modificado por el Acuerdo Municipal 01 de 2016, artículo 42 de los Estatutos de la Entidad y

CONSIDERANDO QUE

El Municipio de Medellín, como ente territorial, de acuerdo con las previsiones del artículo 313 y 315 de la Constitución Política, en concordancia con la Ley 489 de 1998, ha creado diferentes entidades descentralizadas por servicios, para coadyuvar el cumplimiento de las funciones constitucionales y legales a su cargo y contribuir con los fines del Estado.

La Alianza Medellín- Antioquia EPS SAS “Savia Salud EPS” es una sociedad de economía mixta, cuyos miembros de Junta Directiva conforme a lo dispuesto en el artículo 271 del Decreto 883 de 2015, serán elegidos o designados en la forma prevista en el acto de constitución y sus estatutos.

El artículo 42 de los Estatutos señala, que la Junta Directiva estará integrada por siete miembros (7) principales y siete (7) suplentes, dentro de los cuáles al Alcalde le corresponde designar dos (2) miembros y sus respectivos suplentes,

respecto de los cuales se hace necesario realizar la respectiva designación.

En consecuencia, el Alcalde de Medellín,

DECRETA

ARTÍCULO 1°. DESIGNAR los dos miembros integrantes de la Junta Directiva de la Alianza Medellín–Antioquia EPS S.A.S., SAVIA SALUD EPS y sus respectivos suplentes, de conformidad con los estatutos de la entidad, así:

a. El (la) Secretario(a) de Hacienda con suplencia del (la) Subsecretario(a) de Tesorería de la Secretaria de Hacienda.

b. El (la) Secretario(a) de General con suplencia del (la) Subsecretario(a) de Defensa y Protección de lo Público de la Secretaria General.

ARTÍCULO 2°. Remitir copia del presente Decreto a la Alianza Medellín–Antioquia EPS S.A.S., SAVIA SALUD EPS, para su conocimiento y fines pertinentes.

ARTÍCULO 3°. El presente decreto rige a partir de su expedición y deroga el artículo 6° del Decreto 035 de 10 de Enero de 2020.

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE

DANIEL QUINTERO CALLE

Alcalde de Medellín

MARÍA CAMILA VILLAMIZAR ASSAF

Secretaria Privada