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DECLARACIÓN ANUAL DE ISR 2015
PERSONAS MORALES
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
DECLARACIÓN ANUAL DE PERSONAS MORALES
ÉPOCA DE PAGO
IMPUESTO PLAZO FUNDAMENTO LEGAL
ISR Del 1º. de enero al 31 de marzo LISR 76-V
FORMATOS A UTILIZAR.FORMATOS A UTILIZAR.
FORMATO CONCEPTO
18 Declaración del ejercicio personas morales
19 Declaración del ejercicio personas morales consolidación
19-A Declaración del ejercicio personas morales consolidación ISR diferido
21 Declaración del ejercicio personas morales con fines no lucrativos
23 Régimen Opcional para grupos de sociedades. Integradoras.
24 Régimen de Coordinados.
25 Régimen Actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y de pesca
Para la declaración del ejercicio 2015 se deberá utilizar el formato electrónico correspondiente, que está disponible en la página de Internet del SAT y que deberá ser enviado por esa misma vía.
FORMA DE PRESENTACIÓN (RMF 2016)FORMA DE PRESENTACIÓN (RMF 2016)
Sección 2.8.5. Presentación de declaraciones de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio vía Internet de personas físicas y morales
Procedimiento para presentar declaraciones de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de impuestos y derechos mediante transferencia electrónica de fondos
2.8.5.1. Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo y 31, primer párrafo del CFF y 41 de su Reglamento, así como 39, 42, 44, 45, 52 y 56 de la LISH, las personas físicas y morales presentarán los pagos provisionales, definitivos y del ejercicio del ISR, IVA, IEPS o IAEEH, entero de retenciones, así como la presentación de declaraciones de pago de los derechos por la utilidad compartida, de extracción de hidrocarburos o de exploración de hidrocarburos, por medio del Portal del SAT, de conformidad con el procedimiento siguiente:
I. Ingresarán al “Servicio de Declaraciones”. Para tal efecto, el contribuyente deberá propor-cionar su Contraseña o FIEL generadas a través de los desarrollos electrónicos del SAT.
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II. Seleccionarán el periodo a declarar y el tipo de declaración, pudiendo optar por llenar los da-tos solicitados en el programa directamente en línea o hacerlo fuera de línea.
III. El programa automáticamente mostrará las obligaciones registradas en el RFC del contribu-yente correspondientes al periodo seleccionado, así como el listado completo de obligaciones fiscales. En los casos en que el contribuyente deba presentar declaraciones derivadas de obligaciones no registradas, el programa le mostrará un mensaje para que presente el aviso al RFC que corresponda en los términos de los capítulos 2.4. y 2.5., previamente al envío de su declaración.
Cuando el programa muestre obligaciones fiscales distintas a las manifestadas por el contri-buyente ante el RFC, se deberá realizar la aclaración respectiva por Internet o acudir ante cualquier módulo de servicios tributarios de la ADSC para efectuarla debiendo, entre tanto, cumplir con las obligaciones fiscales a que se encuentre sujeto.
IV. Para el llenado de la declaración se capturarán los datos habilitados por el programa citado. El sistema, a elección del contribuyente, podrá realizar en forma automática los cálculos arit-méticos o, en su caso, se podrán capturar los datos de forma manual.
En el caso de declaraciones complementarias o de corrección fiscal que correspondan a pa-gos provisionales, definitivos y del ejercicio, presentados de conformidad con este capítu-lo, el programa desplegará los datos de la declaración anterior que se complementa o co-rrige.
V. Concluida la captura, se enviará la declaración a través del Portal del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual contendrá, entre otros, el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano.
Cuando exista cantidad a pagar, por cualquiera de las obligaciones fiscales manifestadas, el acuse de recibo electrónico, incluirá el importe total a pagar y la línea de captura a través de la cual se efectuará el pago, así como la fecha de vigencia de la línea de captura.
VI. El importe total a pagar señalado en la fracción anterior, deberá cubrirse por transferencia electrónica de fondos mediante pago con línea de captura vía Internet, en la página de Inter-net de las instituciones de crédito autorizadas a que se refiere el Anexo 4, rubro D.
Las instituciones de crédito autorizadas enviarán a los contribuyentes, por la misma vía, el “Recibo Bancario de Pago de Contribuciones Federales” generado por éstas.
Se considera que los contribuyentes han cumplido con la obligación de presentar los pagos provisionales, definitivos y del ejercicio, en los términos de las disposiciones fiscales, cuando hayan presentado la información a que se refiere la fracción V de esta regla en el Portal del SAT por los impuestos declarados y hayan efectuado el pago de conformidad con la fracción VI anterior, en los casos en los que exista cantidad a pagar por cualquiera de los impuestos citados. Cuando no exista cantidad a pagar, se considera cumplida la obligación citada cuando haya cumplido con lo dispuesto en las fracciones I, II, III, IV y V primer párrafo de esta regla.
Los contribuyentes que deban presentar declaraciones complementarias, deberán hacerlo en los términos del presente capítulo, sin que puedan cambiar de opción.
2.8.5.3. Para los efectos del artículo 31 del CFF, cuando los contribuyentes no efectúen el pago por la línea de captura a que se refiere la regla 2.8.5.1., fracción V, segundo párrafo, dentro del plazo de vigencia contenido en el propio acuse de recibo, estarán a lo siguiente:
I. Ingresarán al “Servicio de Declaraciones”, contenido en el Portal del SAT. Para tal efecto, el contribuyente deberá proporcionar su Contraseña o FIEL generadas a través de los desarro-llos electrónicos del SAT.
II. Seleccionarán el mismo periodo a declarar que el señalado en la declaración cuyo importe total a pagar no fue cubierto, debiendo elegir el tipo de declaración “complementaria”, así como la opción “modificación de obligación”.
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El programa automáticamente mostrará los datos capturados en la declaración que se com-plementa.
III. Se capturarán los datos correspondientes a la actualización y a los recargos, calculados en los términos de los artículos 17-A y 21 del CFF.
IV. Concluida la captura por el contribuyente, se enviará la declaración a través del Portal del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual contendrá, además de la información proporcionada por el contribuyente, el importe total a pagar, la nueva línea de captura corres-pondiente y la fecha de vigencia de ésta.
V. Las personas morales, efectuarán el pago del importe total a pagar de conformidad con la re-gla 2.8.5.1., fracción VI, tratándose de personas físicas, el pago se efectuará en los términos de la regla 2.9.1., fracción II.
2.8.5.4. Para los efectos del artículo 31 del CFF, cuando los contribuyentes modifiquen datos manifestados en alguna declaración presentada relacionados con la “Determinación de Impuesto” o “Determinación de Pago”, estarán a lo siguiente:
I. Ingresarán al “Servicio de Declaraciones” del Portal del SAT. Para tal efecto, el contribuyente deberá proporcionar su Contraseña o FIEL generadas a través de los desarrollos electrónicos del SAT.
II. Seleccionarán el mismo periodo a declarar que el señalado en la declaración que se vaya a modificar en algún o algunos conceptos en la sección “Determinación de impuesto”, debiendo elegir declaración complementaria, opción “Modificación de Obligaciones”.El programa automáticamente mostrará los datos capturados en la declaración que se com-plementa.
III. Se capturarán los datos correctos de las secciones “Determinación de Impuesto” o “Determi-nación de Pago”.
IV. Concluida la captura por el contribuyente, se enviará la declaración a través del Portal del SAT. El citado órgano desconcentrado enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual contendrá, en su caso, el importe total a pagar, la nueva línea de captura correspondiente y la fecha de vigencia de ésta.
V. Se efectuará el pago del importe total a pagar de conformidad con la regla 2.8.5.1., fracción VI.
2.8.6.4. Los contribuyentes a que se refiere la regla 2.8.5.1., que hubieren presentado declaraciones de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio y deban presentar declaraciones complementarias de pagos provisionales, definitivos y del ejercicio de periodos anteriores a la fecha de incorporación al “Servicio de Declaraciones , deberán de efectuarlo a través de dicho servicio, seleccionando la opción “complementaria esquema anterior”.
2.8.6.5. Para los efectos de la presentación de declaraciones del ejercicio con el tipo de declaración complementaria y las opciones “Modificación de Declaración”, “Dejar sin efecto Declaración” y “Declaración no presentada”, en la aplicación electrónica DeclaraSAT o Declaración Anual para Personas Morales, según sea el caso, se estará a lo siguiente:
I. La declaración complementaria de “Modificación de Declaración” deberá presentarse para modificar la información de una declaración previamente presentada o para incorporar regímenes u obligaciones.
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II. En el caso de la declaración complementaria “Dejar sin efecto Declaración” se utilizará para eliminar en su totalidad una declaración o declaraciones previamente presentadas.
III. Respecto a la declaración complementaria de “Declaración no presentada”, únicamente podrá presentarse, cuando el contribuyente previamente haya dejado sin efecto la o las declaraciones presentadas con anterioridad.
CARACTERÍSTICAS DEL FORMULARIO 18CARACTERÍSTICAS DEL FORMULARIO 18“Régimen General”“Régimen General”
Contiene los anexos siguientes:
Anexos:
DATOS ADICIONALES
ESTADO DE RESULTADOS
BALANCE GENERAL
INVERSIONES
COSTO DE VENTAS
CONCILIACIÓN CONTABLE FISCAL
DATOS DE DEDUCCIONES
CIFRAS AL CIERRE
PTU
DIVIDENDOS O UTILIDADES DISTRIBUIDAS
DETERMINACIÓN DEL ISR
DETERMINACIÓN DEL PAGO DE ISR
GUIA PARA EL LLENADO DE LOS ANEXOS GUIA PARA EL LLENADO DE LOS ANEXOS DEL FORMULARIO 18DEL FORMULARIO 18
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Anexo “PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES EN LAS UTILIDADES”
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
PTU generada durante el ejercicio al que corresponda esta declaración.
LISR 9LFT 120
La base es la utilidad fiscal sin disminuir la PTU pagada en el ejercicio y sin disminuir las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores.
Se deben disminuir de los ingresos acumulables las cantidades no deducibles por pagos que a su vez son ingresos exentos para los trabajadores.
PTU no cobrada en el ejercicio anterior. LFT 122 Se refiere a la PTU no cobrada en 2014
Anexo “CIFRAS AL CIERRE DEL EJERCICIO”
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores pendientes de amortizar actualizadas.
LISR 57
Se anota la suma de las pérdidas ocurridas hasta el 31 de Diciembre 2014 actualizadas al cierre del ejercicio en que ocurrieron o a la última actualización si ya se hubieran aplicado.
Saldo promedio anual de los créditos.
LISR 44LISR 45
Son aquellos considerados como tal para efectos del ISR. Anotar monto.
Saldo promedio anual de las deudas.
LISR 44LISR 46
Son aquellas consideradas como tal para efectos del ISR. Anotar monto.
Coeficiente de utilidad por aplicar en el ejercicio siguiente.
LISR 14RLISR 9
Determinado con base en 2015 o en los 5 ejercicios inmediatos anteriores de 12 meses (excepto segundo ejercicio fiscal) Se calcula y anota al diezmilésimo.
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Porcentaje de participación consolidable.
LISR (2013) 66 LISR (2013) 76
Aplica para empresas controladas y se anota el porcentaje en que participan en la consolidación.
ISR causado en exceso del IMPAC en los 3 ejercicios anteriores, pendientes de aplicar.
LIMPAC 9-2o Pfo.
(Ley abrogada)
Este campo no se llena, debido a que la ley del IMPAC fue abrogada (quedó sin efectos a partir del 1° de enero del 2008).
Saldo actualizado de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta.
LISR 77
Recordar que a partir de 2014 se deben separar las cuentas con los saldos a diciembre 2013 y el de la UFÍN a partir de 2014.
Anotar el saldo de la cuenta al 31 de diciembre 2013, actualizado a diciembre 2015
Saldo actualizado de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta. (Generado a partir de 2014)
Fracción XXXDT 2014 LISR
Recordar que a partir de 2014 se deben separar las cuentas con los saldos a diciembre 2013 y el de la UFÍN a partir de 2014.
Anotar el saldo de la cuenta a partir de 2014 y hasta el 31 de diciembre 2015.
Saldo actualizado de la Cuenta de Utilidad Fiscal Reinvertida.
LISR Tr 2002-2-XLV
Se anotará la cantidad actualizada que se tenga al cierre del ejercicio de la cuenta de CUFINRE por la que se optó por diferir el ISR de los ejercicios 1999 (3%), 2000 y 2001 (5%).
Cabe destacar que para poder utilizar el saldo de la cuenta de CUFIN se deberá agotar primero el saldo de la CUFINRE.
Saldo actualizado de la Cuenta de Capital de Aportación.
LISR 78 Anotar el saldo actualizado de la cuenta al 31 de Diciembre 2014.
En caso de ser controlada indique el RFC de la controladora.
Anotar dato requerido.
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Anexo “ DIVIDENDOS O UTILIDADES DISTRIBUIDOS”
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
Provenientes de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta (CUFIN).
77 LISRAnotar los dividendos distribuidos que disminuyeron el saldo de esta cuenta y que por tanto ya no pagaron ISR.
Provenientes de la Cuenta de Utilidad Fiscal Neta Reinvertida (CUFINRE).
2°, Fracción XLV DT 2002, 2-XLV
LISR
Anotar los dividendos distribuidos que disminuyeron el saldo de esta cuenta y que pagaron la diferencia del impuesto diferido en 1999, 2000 ó 2001.
No provenientes de la CUFIN ni CUFINRE en efectivo. 10 LISR
Anotar los dividendos distribuidos en efectivo, por los que se pagó ISR, antes de aplicarles el factor de piramidación correspondiente.
No provenientes de la CUFIN ni CUFINRE en acciones. 10 LISR
Anotar los dividendos distribuidos en acciones y los reinvertidos dentro de los 30 días siguientes a su distribución.
Monto del Impuesto pagado que no proviene de la CUFIN ni CUFINRE.
10 LISRAnotar el monto pagado de ISR conforme al artículo 10 de la LISR
Monto del Impuesto pagado de las utilidades provenientes de la CUFINRE.
Fracción XLV DT 2002,LISR
Anotar el monto pagado de ISR conforme a la Fracción XLV, del artículo 2° de las Disposiciones Transitorias 2002 de la LISR.
Anexo “ INVERSIONES”
Notas aplicables a todo el anexo.
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Anotar la deducción actualizada y el importe de las adquisiciones efectuadas durante el ejercicio, sean deducibles o no para efectos fiscales.
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
Construcciones (general).
LISR 34-I b)
Deducción normal
5%
Inversiones en Inmuebles considerados Históricos
LISR 34-I a)
Maquinaria y Equipo. LISR 35 Ver de acuerdo a la actividad de que se trate, tanto para deducción normal como para la inmediata.
Mobiliario y Equipo de Oficina.
LISR 34-III Deducción: 10% anual y no aplica deducción inmediata.
Equipo de Cómputo LISR 34-VII Deducción: 30% anual
Equipo de transporte automóviles.
LISR 34 -VILISR 36- II
Deducción: 25% anual, existe límite de $ 130,000 Automóvil: Vehículo terrestre para el transporte de hasta 10 pasajeros incluido el conductor. (Artículo 3-A RISR) No se consideran incluidas las motocicletas ya sean de 2 a 4 ruedas.
Equipo de transporte otros. LISR 34-VI
Ejemplos: 25% anualAutobuses, camiones de carga, tractocamiones, montacargas, remolques y en general equipos de transporte distintos a automóviles. Aplica deducción inmediata fuera del área metropolitana.
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Deducción Normal 10%
LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Otras inversiones en Activos Fijos. LISR 34
Anotar el importe de la suma de la deducción normal o inmediata de activos fijos distintos a los ya mencionados en esta tabla, como pueden ser: Maquinas registradoras, ferrocarriles, aviones, comunicaciones, etc.
Gastos, cargos diferidos y erogaciones en periodos preoperativos.
LISR 33
Deducciones:
5% para cargos diferidos10% para erogaciones realizadas en periodos preoperativos.15% para gastos diferidos en general.Recordar que en el ejercicio en que se concrete el beneficio de éstas inversiones, excepto cargos diferidos, se deducirá el importe total de la misma.
Maquinaria y Equipo para la generación de energía (Fuentes renovables).
LISR 34-XIII Deducción: 100% anual de acuerdo a los meses completos de utilización del ejercicio de que se trate.
Terrenos (Costo de adquisición). LISR 191
Deducible 100% histórico en el ejercicio de su adquisición.Existe obligación de acumular el 3% anual del monto actualizado del terreno.
La opción se ejerce por todos los terrenos del contribuyente por un periodo mínimo de 5 años.
Adaptación a instalaciones para personas con capacidades diferentes.
LISR 34-XII Deducción: 100% anual de acuerdo a los meses completos de utilización del ejercicio de que se trate.
Total Cálculo automático del sistema.
Anexo “ESTADO DE RESULTADOS”
INFORMACIÓN SOLICITADA
Ventas y/o servicios nacionales (partes relacionadas).
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Ventas y/o servicios nacionales (total) Ventas y/o servicios nacionales (Partes No Relacionadas).
Ventas y/o servicios extranjeros (total)
Ventas y/o Servicios extranjeros (Partes Relacionadas).
Ventas y/o servicios extranjeros (Partes No Relacionadas).
Devoluciones, descuentos, y bonificaciones sobre ventas nacionales (total)
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre Ventas nacionales (Partes Relacionadas).
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas nacionales (partes no relacionadas).
Devoluciones, descuentos, y bonificaciones sobre ventas al extranjero (total)
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas al extranjero (partes relacionadas)
Devoluciones, descuentos y bonificaciones sobre ventas al extranjero (partes no relacionadas)
Ingresos netos (partes relacionadas)
Ingresos netos (partes no relacionadas)Ingresos netos (total)
Compras netas nacionales (total)
Inventario inicial (total)
Compras netas nacionales (partes relacionadas)
Compras netas nacionales (partes no relacionadas)
Compras netas de importación (total)
Compras netas de importación (partes relacionadas)
Compras netas de importación (partes no relacionadas)
Costos de la mercancía (total) Inventario final (total)
Mano de obra (total)Mano de obra (partes relacionadas)
Mano de obra (partes no relacionadas)
Maquilas (total)Maquilas (partes relacionadas)
Maquilas (partes no relacionadas)
Gastos indirectos de fabricación (partes relacionadas)
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Gastos indirectos de fabricación (total) Gastos indirectos de fabricación (partes no relacionadas)
Costo de venta y/o servicios (total)Utilidad bruta (total)Perdida bruta (total)
Gastos de operación (total)Gastos de operación (partes relacionadas)
Gastos de operación (partes no relacionadas)
Utilidad de operación (total)Pérdida de la operación (total)
Intereses devengados a favor nacionales (total)
Intereses devengados a favor nacionales (partes relacionadas)
Intereses devengados a favor nacionales (partes relacionadas)
Intereses devengados a favor del extranjero (total)
Intereses devengados a favor del extranjero (partes relacionadas)
Intereses devengados a favor del extranjero (partes no relacionadas)
Intereses moratorios a favor nacionales (total)
Intereses moratorios a favor nacionales (partes relacionadas)
Intereses moratorios a favor nacionales (partes no relacionadas)
Intereses moratorios a favor del extranjero (total)
Intereses moratorios a favor del extranjero (partes relacionadas)Intereses moratorios a favor del extranjero (partes no relacionadas)
Ganancia cambiaria (total) Ganancia cambiaria (partes relacionadas)
Ganancia cambiaria (partes no relacionadas)
Intereses devengados a cargo nacionales (total)
Intereses devengados a cargo nacionales (partes relacionadas)Intereses devengados a cargo nacionales (partes no relacionadas)
Intereses devengados a cargo del extranjero (total)
Intereses devengados a cargo del extranjero (partes relacionadas)Intereses devengados a cargo del extranjero (partes no relacionadas)
Intereses moratorios a cargo nacionales (partes relacionadas)
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Intereses moratorios a cargo nacionales (total)
Intereses moratorios a cargo nacionales (partes no relacionadas)
Intereses moratorios a cargo del extranjero (total)
Intereses moratorios a cargo del extranjero (partes relacionadas)Intereses moratorios a cargo del extranjero (partes no relacionadas)
Pérdida cambiaria (total)Pérdida cambiaria (partes relacionadas)Pérdida cambiaria (partes no relacionadas)
Resultados por posición monetaria favorable (total)
Resultado de posición monetaria favorable (partes relacionadas)Resultado de posición monetaria favorable (partes no relacionas)
Resultado por posición monetaria desfavorable (total)
Resultado por posición monetario desfavorable (partes relacionadas)Resultado por posición monetaria desfavorable (partes no relacionadas)
Otras operaciones financieras nacionales (total)
Otras operaciones financieras nacionales (partes relacionadas)Otras operaciones financieras nacionales (partes no relacionadas)
Otras operaciones financieras extranjeras (total)
Otras operaciones financieras extranjeras (partes relacionadas)Otras operaciones financieras extranjeras (partes no relacionadas)
Otras operaciones financieras (total)
Resultado integral de financiamiento (total)
Otros gastos (total)Otros gastos nacionales (total)
Otros gastos extranjeros (total)
Otros productos Otros productos nacionales Otros productos extranjeros
Utilidad antes de impuestos Ingresos por partidas discontinuas y extraordinarias
Gastos por partidas discontinuas y extraordinarias
Perdida antes de impuestos
Utilidad neta ISR
PTU
Utilidad en participación Subsidiaria
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Pérdida en participación subsidiaria
Efectos de reexpresión Favorables excepto resultado por posición monetaria
Efectos de reexpresión desfavorables excepto resultado por posición monetaria
Utilidad neta Perdida neta
Se deberán anotar los datos con base en el estado de resultados contable.
Conceptos importantes por comentar:
1.- Reexpresar los estados financieros.
Conforme lo indican las Normas de Información Financiera que si bien es un requisito que aún y cuando no lo obligan las leyes fiscales, las reglas financieras y de negocio sí. Por lo tanto, debemos determinar lo siguiente:
El Resultado por posición Monetaria.
Actualizar el inventario al cierre del ejercicio desde la fecha en que se adquirió y hasta la fecha del citado cierre.
Hacer lo mismo con el activo fijo.
Las cuentas del Capital Contable también deberán actualizarse todas. Partidas como Resultados de ejercicios anteriores, deberán actualizarse dividiendo el INPC del mes de cierre entre un INPC promedio de cada uno de los ejercicios de donde provienen dichas utilidades o en su caso, las Pérdidas.
En el Estado de resultados se deben actualizar todos los ingresos y gastos de cada mes del ejercicio a la fecha de cierre incluyendo partidas que se habían actualizado en su mes como son, el costo de ventas, la depreciación del mes y el REPOMO del mes.
Con la Reexpresión evitaremos en su caso, salvedades en el dictamen por negación de opinión, lo cual resta imagen a nuestra información revelada ante terceros, pero sobre todo, la administración tendrá elemento de análisis para poder tomar decisiones en su negocio.
Recordar que en un entorno no Inflacionario no se reconocen los efectos de la inflación.
Se estará en un entorno de este tipo, cuando la inflación anual promedio delos últimos tres años sea menor al 26% y se esté en un ambiente controlado.
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Determinación del Entorno Económico para 2015
De conformidad con los párrafos 3 y 74 de la NIF B-10, se determinará la inflaciónacumulada de los tres ejercicios anteriores calculándola desde el primero de enerode 2013 hasta el 31 de diciembre de 2015.
INPC de diciembre de 2015 118.5320 6.29%INPC de diciembre de 2013 111.5080
Determinación del Método de reexpresión para el 2015.
Si tomamos el resultado obtenido, podemos confirmar que las empresas enMéxico para el año 2015, se encuentran en un entorno económico “NOINFLACIONARIO” y por lo tanto el método de reexpresión a aplicar de conformidadcon el párrafo 69 de la norma es el de “NO RECONOCIMIENTODE LOS EFECTOSDE LA INFLACIÓN”.
2.- Aplicación de otras normas.
En estos últimos ejercicios han tomado relevancia el cumplimiento de ciertas normas como son la NIF D-3 (Beneficios a los empleados) y la NIF D-4 (Impuestos a la utilidad).
En muchas empresas, esta tarea queda a cargo de despachos o asesores externos, por lo que debemos programar las fechas compromiso en que deberán realizar estos trabajos y sobre todo debemos cuidar que no sea la misma persona o despacho el que realiza este trabajo, ya que por control interno y aseguramiento de la calidad de la información, se recomienda que el que revise el trabajo se una persona distinta de quien lo elaboró.
Lo más recomendable es que la misma administración de la compañía se capacite en estos temas y ellos mismos lo realicen.
3.- Activos y pasivos en moneda extranjera.
Como lo indican las NIF’s C-1 (Efectivo) y el C-9 (Pasivo), si tenemos activos o pasivos en moneda extranjera, debemos valuarlos a su cotización aplicable a la fecha de los Estados Financieros, reconociendo en los resultados del ejercicio los efectos de dicha valuación.
4.- Operaciones y saldos entre empresas relacionadas.
En las cuentas por cobrar y por pagar debemos abrir en nuestro catálogo un número especial para registrar en ellas, los saldos por cobrar o por pagar a compañías relacionadas.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
En el Estado de Resultados, también debemos tener identificados en cuentas especiales los ingresos, costos y gastos que provengan de operaciones con compañías relacionadas.
Se sugiere que cada mes tanto los saldos en el Balance General como los movimientos en dicho periodo, en el Estado de Resultados, sean conciliados.
Cualquier diferencia entre nuestros registros y los registros de la compañía relacionada, debe ser aclarada de inmediato.
5.- Ingresos y gastos por partidas discontinuas y extraordinarias.- normas aplicables y su contenido:
NIF B-3 “ESTADO DE RESULTADOS”
Con base en la NIF A-5, los ingresos, costos y gastos pueden ser de ordinarios y no ordinarios:
Ordinarios- son los relacionados con el giro de la entidad, es decir, los que se derivan de las actividades primarias que representan la principal fuente de ingresos para la entidad.
No ordinarios- son los que se derivan de las actividades que no representan la principal fuente de ingresos para la entidad.
NIF B-3
Partidas no ordinarias: son las que derivan de las actividades que no representan la principal fuente de ingresos para la entidad. Generalmente, estas partidas son infrecuentes; algunos ejemplos son, una cancelación de una concesión, una expropiación y el exceso del valor razonable de los activos netos adquiridos sobre su costo de adquisición.
NIF B-3, transitorios
Las antes partidas especiales, mencionadas en algunas NIF particulares, deben de formar parte del rubro de otros ingresos y gastos, ya que se considera que son operaciones incidentales, inherentes a las actividades primarias. Las antes denominadas partidas extraordinarias, mencionadas en algunas NIF particulares, deben de formar parte de las partidas no ordinarias.
C-15 deterioro en el valor de los activos de larga duración y su disposición.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Discontinuación de una operación
La discontinuación de una operación es el proceso (decisión, desarrollo y terminación) de interrupción definitiva de una actividad significativa de la entidad (por ejemplo, la no fabricación de un producto o prestación de un servicio, de una línea de productos o de servicios, la disposición de segmentos, sucursales o subsidiarias, unidades generadoras de efectivo, etc.) que conduce a la venta, abandono, intercambio o devolución a los acciones de activos de larga duración destinados originalmente para su uso, en adición a otros activos y pasivos relacionados con la operación.
Para determinar si una actividad es significativa deben considerarse todas las circunstancias cualitativas y cuantitativas que rodean a la actividad en discontinuación. La discontinuación de una actividad significativa debe distinguirse de otras circunstancias en a evolución de la entidad, tales como: cambios de localidad de las líneas de producción o mercadeo y cambios en las líneas de un producto o servicio, ocasionado por el desarrollo tecnológico.
Las ventas, costos y gastos en el desarrollo y terminación de la discontinuación de una operación, deben reconocerse en los resultados del periodo en que ocurren las transacciones correspondientes.
6.- Utilidades o pérdidas en subsidiarias por método de participación.
NIF C-7 Inversiones en asociadas y otras inversiones permanentes.
a) Empresa asociada
Es una compañía en la cual la tenedora tiene influencia significativa en su administración pero sin llegar a tener control de la misma.
f) Influencia significativa
Es el poder para participar en decidir las políticas de operación y financieras de la empresa en la cual se tiene la inversión, pero sin tener el poder de gobierno sobre dichas políticas.
Se considera que a menos que se demuestre lo contrario existe influencia significativa cuando una empresa posee directa o indirectamente, a través de subsidiarias o asociadas, más de 10% de las acciones ordinarias en circulación con derecho a voto de la compañía emisora.
Método de participación
El método de participación consiste en:
Ajustar el valor de la inversión en la asociada derivado del reconocimiento inicial según los párrafos 13 a 16, por los siguientes conceptos generados con posterioridad al reconocimiento inicial:
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106
109
26
105
3
3, 7
LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
a) Utilidades o pérdidas integrales de la asociada; yb) Distribución de utilidades o reembolso de capital por la asociada.
Anexo “DATOS INFORMATIVOS DEL COSTO DE VENTAS FISCAL”
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
DATOS DEL INVENTARIO BASE.
Indique el método para determinar el valor del inventario base.
DT 2005-3-VLISR
Anotar INVENTARIO INICIAL, cuando no se haya ejercido la opción en 2005 de acumular el inventario ó ACUMULACIÓN DE INVENTARIOS cuando si se ejerció.
DATOS INFORMATIVOS.
Monto del inventario inicial.
Anotar el importe de los inventarios al 1 de Enero 2015 de materias primas, productos semiterminados y terminados ó de mercancías según sea el caso. (Solo aplica para quienes no optaron por la acumulación del inventario).
Monto de la materia prima consumida, mano de obra y los gastos indirectos deducibles.
Solo aplica para quienes hayan ejercido la opción de acumular los inventarios y se anota el importe del estado de costo de producción y ventas que corresponda al ejercicio 2015.
OPCIÓN DE ACUMULACIÓN DE INVENTARIOS.
DT 2005-3-V LISR
Si no se ejerció esta opción aparecerá sombreada esta sección
Indiqué el método de valuación del inventario base.
41 LISR
Anotar cualquiera de los siguientes, el utilizado:
1.- Peps2.- Promedio3.- Identificado4.- Detallista
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Inventario base al 31 de Diciembre 2004.
Anotar el monto de dicho inventario y debe coincidir con el anotado en la declaración anual 2005.
Corresponde a las existencias al 31 de Diciembre 2004 valuadas conforme al método PEPS ó el que se hubiera utilizado en contabilidad (según opción), disminuido, en su caso con el importe de los inventarios obsoletos o de lento movimiento y con las mercancías importadas temporalmente o que se hayan mantenido en el extranjero a dicha fecha.
Saldo pendiente por deducir al 1 de Enero de 2005.
TR 2005-3-IV Y V-a). LISR
Anotar el importe pendiente de deducir actualizado de los inventarios menores entre los finales de 1986 ó 1988, en su caso.
Pérdidas fiscales pendientes de disminuir al 31 de Diciembre de 2004.
TR 2005-3-IV Y V-b). LISR
Incluye las ocurridas en el ejercicio 2004 y las de ejercicios anteriores, actualizadas al 31 de diciembre 2004.
Diferencia de la comparación de inventarios de importación.
TR 2005-3-IV Y V-c).
LISR
Anotar únicamente cuando el costo promedio de los inventarios de importación de los últimos 4 meses de 2004 hayan sido mayores a los correspondientes a los mismos meses de 2003.
En la ley no se establece la determinación del costo promedio, la RM permitía opcionalmente determinarlo valuando las existencias de Dic 2004 y las de Diciembre 2003 a la última compra de 2004. Diferencia que aplicará cuando el importe del inventario a Diciembre 2004 sea mayor que el de Diciembre 2003.
Valor del inventario acumulable del ejercicio que declara.
Cálculo automático de la diferencia entre el inventario base y los tres conceptos anteriores.
Porcentaje de acumulación.
Anotar el que corresponda de acuerdo al índice promedio de rotación de inventarios de 2002 a 2004, o el que corresponda, y según tabla de la fracción V de las disposiciones transitorias para 2005.
Inventario acumulable. Cálculo automático
Inventario reducido.Anotar el importe por el que la acumulación de inventarios se disminuye respecto del inventario base origen del cálculo, dado que el sistema efectúa el cálculo automáticamente del monto acumulable.
Inventario Cálculo automático de la multiplicación del
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
acumulable del ejercicio.
inventario acumulable total por el porcentaje de acumulación correspondiente.
Si no se llena el recuadro siguiente este dato pasa automáticamente a la conciliación contable fiscal como ingreso fiscal no contable.
Si se llena el cuadro siguiente toda la información para determinar el inventario acumulable aparecerá en gris y se borra automáticamente pasando en este caso el importe anotado en el referido cuadro siguiente, a la conciliación contable fiscal como ingreso fiscal no contable.
Costo de lo vendido pendiente de deducir de mercancías enajenadas a plazo.
LISR (2013) 45-E
Anotar información solicitada recordando que éstos contribuyentes deducirán este costo hasta que acumulen los ingresos correspondientes a las enajenaciones a plazo de que se trate.
SISTEMAS Y BASES DE VALUACIÓN.
Indique la opción para determinar el costo de lo vendido.
39 LISR
Anotar cualquiera de las siguientes:
1.- Costeo absorbente2.- Costeo directo ( DESAPARECIÓ EN 2014)
Indique la base de costos utilizada.
Anotar cualquiera de las siguientes:
1.- Históricos2.- Predeterminados.
MÉTODOS DE VALUACIÓN.
Indique el método de valuación utilizado. 41
Anotar cualquiera de los siguientes, el utilizado:
1.- Peps.2.- Promedio.3.- Identificado.4.- Detallista.
COSTO SUPERIOR AL PRECIO DE MERCADO O AL DE REPOSICIÓN.
LISR 42
Costo superior al precio de mercado o de reposición.
Anotar solo cuando se esté en el supuesto, el importe del costo de esa producción o producciones en el ejercicio.
Tipo de precio considerado.
Anotar cualquiera de los siguientes, el utilizado:
1.- De reposición2.- De realización ó3.- Neto de realización.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Anexo “CONCILIACIÓN ENTRE EL RESULTADO CONTABLE Y EL FISCAL”
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
UTILIDAD O PÉRDIDA NETA.
Esta cantidad automáticamente la determina el sistema.
Efectos de reexpresión. B-10
Anotar la diferencia que existe únicamente en el estado de resultados por los efectos de la actualización de las cifras en la reexpresión de información financiera.
Queda inhabilitado este campo.
Resultado por posición monetaria. B-10
Es el resultado de los activos monetarios que durante una época inflacionaria ven disminuido su poder adquisitivo, y en el caso de los pasivos monetarios un efecto favorable.
Al quedar inhabilitado el campo Efectos de reexpresión, automáticamente inhabilita el resultado que arrojaba éste campo.
Utilidad o pérdida neta histórica. Esta cantidad automáticamente la determina el
sistema.
INGRESOS FISCALES NO CONTABLES.Ajuste anual por inflación acumulable.
LISR 18-XLISR 44
Anotar, en su caso, cuando el promedio de las deudas sea mayor que el de los créditos.
Anticipos de clientes.
Anotar el importe de los no facturados en 2015 y que contablemente no se consideran ingresos.
Correlación: Ingresos contables no fiscales“Anticipos de clientes de ejercicios anteriores”
Se anota lo acumulado fiscalmente en 2014 y facturado en 2015.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Intereses moratorios efectivamente cobrados.
LISR 18-IX
Anotar los cobrados en 2015 aún y cuando se hayan devengado en ejercicios anteriores.
Correlación: Ingresos contables no fiscales
“Intereses moratorios devengados a favor”
Se anota lo devengado en 2015 aún y cuando se hayan cobrado ó no, ya que si se cobraron ya se acumularon fiscalmente y si no, se acumularán fiscalmente al cobro.
Ganancia en la enajenación de acciones o por reembolsos de capital.
LISR 18-IV
Se anota la ganancia fiscal.
Correlación: Ingresos contables no fiscales
“Utilidad contable en enajenación de acciones”
Se anota la utilidad contable.
Ganancia en la enajenación de terrenos y activo fijo.
LISR 18-IV
Se anota la ganancia derivada de la enajenación de activos fijos y terrenos, títulos valor, acciones, partes sociales o certificados de aportación patrimonial emitidos por sociedades nacionales de crédito, así como la ganancia realizada que derive de la fusión o escisión de sociedades y la proveniente de reducción de capital o de liquidación de sociedades mercantiles residentes en el extranjero, en las que el contribuyente sea socio o accionista.
Inventario acumulable del ejercicio.
Ver anexo
El sistema pasa este dato del anexo “G” y será el inventario que se acumulará en el ejercicio al haber ejercido la opción de acumular el inventario en 2005.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Otros ingresos fiscales no contables. LISR 18
Se anotan, por ejemplo, aquellos que provengan de construcciones, instalaciones o mejoras permanentes en bienes inmuebles, que de conformidad con los contratos por los que se otorgó su uso o goce queden a beneficio del propietario, así como por ejemplo los pagos que se perciban por recuperación de un crédito deducido por incobrable, o la cantidad que se recupere por seguros, fianzas o responsabilidades a cargo de terceros, tratándose de pérdidas de bienes del contribuyente.
DEDUCCIONES CONTABLES NO FISCALES.
Costo de ventas contable.
Se anota automáticamente el valor determinado en el anexo del Estado de Resultados.
Depreciación y amortización contable.
Anotar el dato de la contabilidad y cotejar con papeles de trabajo.
Correlación Deducciones fiscales no contables“Deducción de inversiones”
El sistema pasa este dato del anexo “D” y corresponde a la deducción fiscal.
Gastos que no reúnen requisitos fiscales. LISR 27-III
Anotar los gastos que por no contar con documentación que reúna requisitos fiscales, son considerados no deducibles y no aquellos que correspondan a partidas no deducibles del artículo 28 de la LISR.
ISR y PTU. Anotar los datos provenientes del estado de resultados.
Pérdida contable en enajenación de acciones.
LISR 28-XVIIRISR 54 RISR 58
Anotar el dato de contabilidad.
Correlación Deducciones fiscales no contables“Pérdida fiscal en enajenación de acciones”
Anotar la fiscal, que cumpliendo los requisitos de ley y reglamento se puede deducir.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Pérdida contable en enajenación de activo fijo.
LISR 28-XI
Anotar el dato de contabilidad.
Correlación Deducciones fiscales no contables“Pérdida fiscal en enajenación de terrenos y activo fijo”
Anotar la fiscal, que cumpliendo los requisitos de ley se puede deducir.
Pérdida en participación subsidiaria.
El sistema pasa este dato automáticamente del estado de resultados.
Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no.
LISR 27-XIII LISR 25-VII
Anotar intereses normales no deducibles por exceder del valor de mercado contables y los moratorios devengados pagados o no ya que si son pagados se deducen fiscalmente y si no lo son serán deducibles hasta que se paguen.
Correlación Deducciones fiscales no contables“Intereses moratorios efectivamente pagados”
Anotar los intereses moratorios pagados en 2014, aún y cuando se hayan devengado en ejercicios anteriores.
Otras deducciones contables no fiscales.
Primas de seguros y fianzas pagadas en ejercicios anteriores, actualización de pagos provisionales y del ejercicio, no deducibles del artículo 28 LISR, entre otras.
DEDUCCIONES FISCALES NO CONTABLES.
Ajuste anual por inflación deducible.
LISR 25-VIIILISR 44
Anotar, en su caso, cuando el promedio de los créditos sea mayor que el de las deudas.
Adquisiciones netas de mercancías, materias primas, productos semiterminados o terminados.
Aplicable para ejercicios anteriores a 2005 y se anotan las adquisiciones referidas disminuidas con las devoluciones, descuentos y bonificaciones efectuadas sobre las mismas.
Costo de lo vendido fiscal. LISR 39 a 43 Correlación deducciones contables no fiscales
“Costo de ventas contable”
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Mano de obra directa.Aplicable para ejercicios anteriores a 2005 y se anota del estado de costo de producción y ventas solo la mano de obra directa ya que la indirecta se anota en los gastos indirectos de fabricación.
Maquilas. Aplicable a ejercicios anteriores a 2005 y se anota del estado de costo de producción y ventas.
Gastos indirectos de fabricación.
Aplicable a ejercicios anteriores a 2005 y se anota del estado de costo de producción y ventas incluyendo materiales indirectos y mano de obra indirecta.
Deducción de inversiones. LISR 31 a 38
Correlación deducciones contables no fiscales
“Depreciación y amortización contable”
El sistema pasa este dato del anexo “D” y corresponde a la deducción fiscal.
Estímulo fiscal de las personas con discapacidad y/o adultos mayores.
Decreto DOF26-Dic-2013
LIF 2015 Artículo 16
Consiste en deducir de los ingresos acumulables, por el ejercicio fiscal correspondiente, un monto adicional equivalente al 25% del salario efectivamente pagado a las personas señaladas. Se deberá considerar la totalidad del salario que sirva de base para calcular, en el ejercicio que corresponda, las retenciones del trabajador de que se trate, en los términos del artículo 113 de la LISR.
Pérdida fiscal en enajenación de acciones.
Correlación deducciones contables no fiscales“Pérdida contable en enajenación de acciones”
Pérdida fiscal en enajenación de terrenos y activo fijo.
Correlación deducciones contables no fiscales“Pérdida contable en enajenación de activo fijo”
Intereses moratorios efectivamente pagados.
Correlación deducciones contables no fiscales“Intereses devengados que exceden del valor de mercado y moratorios pagados o no”
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Otras deducciones fiscales no contables.
Ejemplos: Primas de seguro pagadas por anticipado aún no devengadas al cierre del ejercicio, deducción fiscal por créditos incobrables, Pérdida fiscal por caso fortuito o fuerza mayor, Estimulo fiscal por deducción de terrenos, entre otros.
INGRESOS CONTABLES NO FISCALES.
Intereses moratórios devengados a favor cobrados o no.
Correlación Ingresos fiscales no contables
“Intereses moratorios efectivamente cobrados”
Anticipos de clientes de ejercicios anteriores.
Correlación Ingresos fiscales no contables
“Anticipos de clientes”Saldos a favor de impuestos y su actualización.
Anotar el importe del estado de resultados.
Utilidad contable en enajenación de activo fijo.
Correlación Ingresos fiscales no contables
“Ganancia en la enajenación de terrenos y activo fijo”
Utilidad contable en enajenación de acciones.
Correlación Ingresos fiscales no contables
“Ganancia en la enajenación de acciones o por reembolso de capital”
Utilidad de participación subsidiaria.
El sistema pasa este dato automáticamente del estado de resultados.
Otros ingresos contables no fiscales
Ejemplos: Recuperación de seguros y fianzas del ejercicio, ingresos por accesión, entre otros.
UTILIDAD O PÉRDIDA FISCAL ANTES DE PTU.
Anexo “DATOS DE ALGUNAS DEDUCCIONES AUTORIZADAS”
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
Sueldos y salarios.Anotar considerando todas las erogaciones por la prestación de servicios personales subordinados y cotejar su importe con lo reportado en el “DIM”
Honorarios pagados a personas físicas.
Anotar el importe y cotejar pagos y retenciones con el “DIM”.
Regalías y asistencia técnica.
Anotar el importe y cerciorarse, en caso de pagos al extranjero, de las retenciones correspondientes. Incluye pago a personas físicas y morales.
Donativos otorgados.Anotar importe y cerciorarse de la autorización de las donatarias y presentar información de pagos en el “DIM”.
Uso o goce temporal de bienes pagados a personas físicas.
Anotar importe incluyendo arrendamiento de bienes muebles e inmuebles, en su caso, cotejar con retenciones en el “DIM”.
Fletes y acarreos pagados a personas físicas.
Anotar el importe y cotejar pagos y retenciones con el “DIM”.
Contribuciones pagadas, excepto ISR, IVA e IEPS.
Ejemplos: Predial, Nominas, Suministro de agua, tenencias, entre otros.
Seguros y fianzas. Anotar el importe deducible por estos conceptos.
Pérdida por créditos incobrables. Anotar el importe deducible por estos conceptos.
Viáticos y gastos de viaje.
Anotar importe verificando requisitos de deducibilidad.
Combustibles y lubricantes. Anotar el importe deducible por estos conceptos
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Crédito al salario no disminuido de contribuciones.
Aplicable, en su caso, para el ejercicio 2003.
Impuesto sustitutivo del crédito al salario efectivamente pagado.
Aplicable, en su caso, para el ejercicio 2003.
Aportaciones SAR, INFONAVIT y jubilaciones por vejez
Anotar el importe deducible de las aportaciones a los seguros de retiro, cesantía y vejez y al INFONAVIT.
Aportaciones para fondos de pensiones y jubilaciones.
Anotar el importe deducible de conformidad con el artículo 33 de la ley del ISR, en su caso.
Cuotas al IMSS. Anotar el importe deducible de las demás ramas de aseguramiento. (no incluir RCV).
Consumo en restaurantes LISR-28-XX Anotar el importe deducible por este concepto
(8.5% para 2014).
Pérdida por operaciones financieras derivadas.
LISR 20 Anotar el importe deducible por este concepto
Deducción por concepto de ayuda alimentaria para los trabajadores.
Anotar el importe de esta deducción
Monto total de los pagos que sean ingresos exentos para el trabajador
28- XXX LISRSe anota el total de erogaciones pagadas al trabajador que fueron consideradas exentas del pago de ISR.
Monto deducible al 47% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador)
28- XXX LISRSe anota el 47% del total de erogaciones pagadas al trabajador que fueron consideradas exentas del pago de ISR.
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28
LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Monto deducible al 53% (pagos que son ingresos exentos para el trabajador)
28- XXX LISR
Se anota el 53% del total de erogaciones pagadas al trabajador que fueron consideradas exentas del pago de ISR. (Siempre y cuando las prestaciones exentas no hubieren sido disminuidas en 2015 respecto de 2014)
Anexo ESTADO DE POSICION FINANCIERA (BALANCE)
Anotar la información solicitada con base en el Balance General al cierre de 2015; en algunos casos es necesario reclasificar para efectos de su presentación en este anexo y no necesariamente como se muestra en nuestros estados financieros.
INFORMACIÓN SOLICITADA
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR NACIONALES (TOTAL)
Efectivo en caja y depósito en instituciones de crédito nacionales
Efectivo en caja y depósitos en instituciones de crédito del extranjeroInversiones en valores con instituciones nacionales (excepto acciones) Inversiones en valores con instituciones extranjeras (excepto acciones)Cuentas y documentos por cobrar nacionales (partes relacionadas)
Cuentas y documentos por cobrar nacionales (partes no relacionadas)
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR COBRAR DEL EXTRANJERO (TOTAL)
Cuentas y documentos por cobrar del extranjero (partes relacionadas)
Cuentas y documentos por cobrar del extranjero (partes no relacionadas)
INVERSIONES EN ACCIONES (TOTAL)
Contribuciones a favorInventariosOtros activos circulantesInversiones en acciones nacionales
Inversiones en acciones del extranjero
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
SUMA DE ACTIVOS
Terrenos Construcciones Construcciones en proceso Maquinaria y equipo Mobiliario y equipo de oficina Equipo de computo Equipo de transporte Otros activos fijos Depreciación acumulada Cargos y gastos diferidosAmortización acumulada
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR NACIONALES (TOTAL)
Cuentas y documentos por pagar nacionales (partes relacionadas)Cuentas y documentos por pagar nacionales (partes no relacionadas)
CUENTAS Y DOCUMENTOS POR PAGAR DEL EXTRANJERO (TOTAL)
Cuenta y documentos por pagar del extranjero (partes relacionadas)
Cuenta y documentos por pagar del extranjero (partes no relacionadas)
SUMA PASIVO
Contribuciones por pagar
Anticipos de clientes partes relacionadas
Anticipo de clientes partes no relacionadas
Aportaciones para futuros aumentos de capital
Otros pasivos
SUMA CAPITAL CONTABLE
Capital social proveniente de aportaciones
Capital social proveniente de capitalización
Reservas
Otras cuentas de capital
Aportaciones para futuros aumentos de capital
Utilidades acumuladas
Utilidad del ejercicio
Pérdidas acumuladas
Pérdidas del ejercicio
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Exceso en la actualización del capital
Insuficiencia en la actualización del capital
Actualización del capital contable
SUMA PASIVO MÁS CAPITAL CONTABLE
Es muy importante que en su caso, se registren los pasivos de ISR y PTU, así como los saldos a cargo o a favor correspondientes al ejercicio que se declara.
Anexo “DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA”
INFORMACIÓN SOLICITADA
LEGALIDAD OBSERVACIONES
Total de ingresos acumulables.
Este dato lo pasa el sistema automáticamente y considera el inventario acumulable aún y cuando conforme a las disposiciones fiscales no es un ingreso acumulable sino que se adiciona a la utilidad fiscal.
Total de deducciones autorizadas y deducción inmediata de inversiones.
Este dato se anota manualmente (no lo pasa el sistema) y corresponde al importe deducible y deducido en 2015 según papeles de trabajo.
Utilidad o pérdida fiscal antes de PTU.
Este dato es calculado automáticamente por el sistema.
PTU pagada en el ejercicio.
Anotar el importe efectivamente pagado en 2015 correspondiente a la utilidad de 2014
Utilidad fiscal del ejercicio.
Este dato es calculado automáticamente por el sistema y es excluyente del siguiente.
Pérdida fiscal del ejercicio.
Este dato es calculado automáticamente por el sistema y es excluyente del anterior.
Pérdidas fiscales de ejercicios anteriores que se aplican en el ejercicio.
Anotar el total o, en su caso, la parte de las pérdidas actualizadas ocurridas hasta 2014 actualizadas al último mes de la primera mitad del ejercicio 2015.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Deducción adicional del fomento al primer empleo
Anotar el importe correspondiente.
Resultado fiscal. El sistema sugiere la operación aritmética pero se anota el dato manualmente.
Impuesto sobre la renta del ejercicio. Anotar el 30% del resultado fiscal, en su caso.
Reducción para maquiladoras. Decreto DOF
30-10-2003
Crédito fiscal por deducción inmediata para maquiladoras.
Decreto DOF 30-10-2003
Anotar monto del crédito fiscal por deducción inmediata.
Otras reducciones de ISR LISR 74. Aplicable para personas morales sector primario
Impuesto causado en el ejercicio.
Anotar la diferencia entre el ISR del ejercicio y la reducción, que en su caso aplique para el sector primario.
Estímulo por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico, realizados en el ejercicio.
LISR-219(Derogado)
Reglas DOF 1° sep 2008
Anotar el 30% de las inversiones y gastos en estos conceptos en el ejercicio o el remanente por aplicar de ejercicios anteriores, en su caso.
Estimulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional
LISR 226
Anotar el monto del estimulo del ejercicio (100% del monto que aporte a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional, que no exceda del 10% del ISR del ejercicio anterior)
Estimulo a proyectos de inversión en la producción teatral nacional
LISR 189
Anotar el monto del estimulo del ejercicio (100% del monto que aporte a proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional, que no exceda del 10% del ISR del ejercicio anterior)
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Otros estímulos. LIF 2015-XVI
Ejemplos: IEPS por adquisición de diesel para consumo final del sector primario que utilicen para sus actividades, así como para los contribuyentes que lo adquieran para uso automotriz en vehículos de transporte público y privado de personas o de carga, cuotas de peaje en carreteras para transportistas, IEPS por diesel marino especial para embarcaciones de la marina mercante, estímulo a quienes dictaminen sus estados financieros por contador público autorizado, entre otros.
Total de Estímulos Cálculo automático del sistema
Pagos provisionales efectuados entregados a la controladora.
LISR (2013) 76 Anotar el monto de los pagos provisionales que correspondan a la participación consolidable, entregados a la controladora.
Pagos provisionales efectuados enterados a la federación.
LISR 14Anotar el monto de los pagos provisionales efectuados, a cuenta del impuesto, correspondientes al ejercicio.
Impuesto retenido al contribuyente.
LISR 14-III Anotar la información solicitada, ejemplo: retenciones del sistema financiero.
Impuesto acreditable pagado en el extranjero.
LISR 5
Anotar la información solicitada de acuerdo a las constancias expedidas por el retenedor, recordar que los ingresos que deriven de las retenciones son acumulables incluyendo la retención misma.
Impuesto acreditable por dividendos o utilidades distribuidos.
LISR 10
Aplica cuando se distribuyan dividendos y como consecuencia de ello se haya pagado ISR, el importe pagado se anota en este recuadro y si no se pudiera acreditar en su totalidad se podrá efectuar hasta en los dos ejercicios inmediatos siguientes.
Crédito fiscal IETU por deducciones mayores a los ingresos.
LIETU11-pfo-3°
Anuales hasta 2013
Anotar el monto del crédito fiscal= (Deducciones – ingresos) x 17.5%.El monto del crédito fiscal que se acredite en esta declaración ya no se podrá acreditar contra el IETU. (No aplica para 2013 LIF 2013)
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33
LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
Impuesto correspondiente a la consolidación fiscal a cargo.
LISR (2013) 76
Anotar el monto del impuesto, que resulte de disminuir los pagos provisionales efectuados durante el ejercicio, que corresponda a la participación consolidable.
Impuesto correspondiente a la consolidación fiscal entregado (en exceso)
Otras cantidades a cargo
Otras cantidades a favor
Diferencia a cargo. Cálculo automático del sistema excluyente del siguiente.
Diferencia a favor. Cálculo automático del sistema excluyente del anterior.
ISR a favor del ejercicio. Cálculo automático del sistema.
DATOS INFORMATIVOS DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Total del estímulo por proyectos en investigación y desarrollo tecnológico de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio
Anotar el remanente pendiente de aplicar de ejercicios anteriores.
Total del estímulo por proyectos de inversión en la producción cinematográfica nacional de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio
226 LISR (2013) Anotar el importe aplicado en el ejercicio.
Total del estímulo a proyectos de inversión en la producción
226-Bis LISR (2013) Anotar el importe aplicado en el ejercicio
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34
LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
teatral nacional de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicioDeducción adicional del fomento al primer empleo no aplicada
229 LISR (2013) Anotar el remanente no aplicado en el ejercicio
Monto aplicado del estímulo fiscal de chatarrización
Ver decreto del 30 de octubre 2003.
DATOS INFORMATIVOS DEL ESTIMULO FISCAL RELACIONADOS CON EL IMPUESTO SOBRE TENENCIA O USO DE VEHÍCULOS
Número de vehículos nuevos enajenados a personas físicas por la que se optó por pagar el ISTUV
Anotar dato requerido.
Monto total del ISTUV pagado por vehículos enajenados a personas físicas
Anotar monto pagado
Total del estímulo fiscal ISTUV aplicable a vehículos nuevos enajenados a personas físicas, de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio
Anotar remanente de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio.
Monto del estímulo fiscal ISTUV acreditado contra el ISR en pagos provisionales
Anotar monto
Remanente del estímulo fiscal ISTUV acreditado contra el ISR en pagos provisionales
Anotar remanente
Total del estímulo fiscal ISTUV aplicable
Anotar remanente de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio.
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LLENADO DE LA DECLARACIÓN ANUAL DEL ISR 2015
a vehículos nuevos adquiridos por personas morales, de ejercicios anteriores aplicado en el ejercicio
RECOMENDACIONES RELACIONADAS CON EL ORDEN PARA EL LLENADO:
Primer paso Llenar anexo “estado de resultados”
Segundo paso Llenar anexo “estado de posición financiera (Balance)”.
Tercer paso Llenar anexo “inversiones”.
Cuarto Paso Llenar anexo “datos informativos del costo de venta fiscal”
Quinto paso Llenar anexo “conciliación entre el resultado contable y el fiscal”
Sexto paso Llenar anexo “determinación del Impuesto Sobre la Renta”
Séptimo paso Llenar anexo “datos de algunas deducciones autorizadas”.
Octavo paso Llenar anexo ”Participación de los trabajadores en las utilidades”
Noveno paso Llenar anexo “cifras al cierre del ejercicio”.
Décimo paso Llenar anexo “dividendos o utilidades distribuidos”.
Décimo primer paso Validar la declaración y verificar, en su caso, errores.
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