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S u m a r i o Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958 Viernes 7 de septiembre de 2012 Número 209 de la provincia de Sevilla JUNTA DE ANDALUCÍA: Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo: Delegación Provincial de Sevilla: Instalación eléctrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente: Delegación Provincial de Sevilla: Vías Pecuarias.—Expediente 1110/12 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3 ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA: Juzgados de lo Social: Guadalajara.—Número 1: autos 62/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4 Juzgados de Instrucción: Sevilla.—Número 3: autos 219/11; número 7: autos 23/12; número 17: autos 90/12, 104/12 y 103/12 . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 Juzgados de Primera Instancia: Sevilla.—Número 1: autos 407/12; número 11: autos 962/11; número 16: autos 473/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6 AYUNTAMIENTOS: Sevilla: Nombramientos y ceses de personal. . . . . . . . . . . . . . . 7 Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8 Alcalá de Guadaíra: Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . 9 Almadén de la Plata: Modificación de cargos de la Corporación . 9 Arahal: Innovación urbanística . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10 Aznalcázar: Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Bollullos de la Mitación: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11 Fuentes de Andalucía: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . 11 El Garrobo: Reglamento municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Herrera: Anuncio de licitación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19 Lora del Río: Plan parcial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20 Mairena del Aljarafe: Innovación urbanística . . . . . . . . . . . . . . 21 Convenios urbanísticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21 Los Palacios y Villafranca: Anuncios de licitación . . . . . . . . . . 21 Pedrera: Proyectos de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 Salteras: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22 San Juan de Aznalfarache: Delegación de funciones . . . . . . . . 22

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S u m a r i o

Publicación diaria, excepto festivos Depósito Legal SE–1–1958

Viernes 7 de septiembre de 2012 Número 209

de la provincia de Sevilla

JUNTA DE ANDALUCÍA:— Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo:

Delegación Provincial de Sevilla:Instalación eléctrica . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

— Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente:Delegación Provincial de Sevilla:Vías Pecuarias.—Expediente 1110/12. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA:— Juzgados de lo Social:

Guadalajara.—Número 1: autos 62/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 4— Juzgados de Instrucción:

Sevilla.—Número 3: autos 219/11; número 7: autos 23/12;número 17: autos 90/12, 104/12 y 103/12 . . . . . . . . . . . . . . . . . 5

— Juzgados de Primera Instancia:Sevilla.—Número 1: autos 407/12; número 11: autos 962/11;número 16: autos 473/11 . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 6

AYUNTAMIENTOS:— Sevilla: Nombramientos y ceses de personal. . . . . . . . . . . . . . . 7

Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8— Alcalá de Guadaíra: Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . 9— Almadén de la Plata: Modificación de cargos de la Corporación . 9— Arahal: Innovación urbanística . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10— Aznalcázar: Proyecto de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11— Bollullos de la Mitación: Notificaciones . . . . . . . . . . . . . . . . . . 11— Fuentes de Andalucía: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . 11— El Garrobo: Reglamento municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19— Herrera: Anuncio de licitación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 19— Lora del Río: Plan parcial . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 20— Mairena del Aljarafe: Innovación urbanística . . . . . . . . . . . . . . 21

Convenios urbanísticos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 21— Los Palacios y Villafranca: Anuncios de licitación . . . . . . . . . . 21— Pedrera: Proyectos de actuación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22— Salteras: Ordenanza municipal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 22— San Juan de Aznalfarache: Delegación de funciones . . . . . . . . 22

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— Valencina de la Concepción: Delegación de funciones . . . . . . . 22Expedientes de baja de oficio en el Padrón municipal dehabitantes. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 23

ANUNCIOS PARTICULARES:— Comunidad de Regantes de la zona regable Genil-Cabra:

Convocatoria de junta general extraordinaria . . . . . . . . . . . . . 24

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JUNTA DE ANDALUCÍA———

Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo

———Delegación Provincial de Sevilla

Instalación eléctrica

Visto el expediente incoado en esta Delegación Provincialpor «Explotaciones Casa Quemada», S.A., en solicitud deautorización administrativa, así como de aprobación del pro-yecto de ejecución, de la instalación eléctrica de distribuciónde energía eléctrica, en el término municipal de Sanlúcar laMayor, con línea aérea de 2,45 km y línea subterránea de0,040 km de longitud, que tiene su origen en «Endesa» y finalen C.T. proyectado, tensión de servicio 15/20 KV, conductorestipo LA-110 y RHZ1 y centro de transformación de 400 KVA,relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubicados en la finca«Casa Quemada», polígono 45, parcela 2, con finalidad demejoras suministro eléctrico, presupuesto 51.375,25 euros +93.541,20 euros, referencia RAT 24013 y expediente 266754,así como de la transmisión de la misma a una empresa distri-buidora de energía eléctrica.

Cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en laSección I del Capítulo II, y el Capítulo III del Título VII delR.D. 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan lasactividades de transporte, distribución, comercialización,suministro y procedimientos de autorización de instalacionesde energía eléctrica; las modificaciones al Decreto 59/2005,por el Decreto 9/2011, de 18 de enero, por el que se modificandiversas normas reguladoras de procedimientos administrati-vos de Industria y Energía, en su disposición adicional pri-mera, y de acuerdo con la resolución de 23 de febrero de 2005,de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por laque se delegan determinadas competencias en materia de ins-talaciones eléctricas en las Delegaciones Provinciales de lacitada Consejería, y dado que la competencia para resolvereste expediente la tiene otorgada esta Consejería en virtud delas siguientes disposiciones: Decreto del Presidente 3/2012, de5 de mayo, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración deConsejerías. Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que seregula la estructura orgánica de la Consejería de Economía,Innovación, Ciencia y Empleo. Disposición transitoria cuarta,del Decreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula laestructura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación,Ciencia y Empleo, relativa a la Administración periférica.Orden de 24 de junio de 2010, por la que se delegan compe-tencias en órganos directivos de la Consejería, de conformidadcon lo previsto en la disposición transitoria segunda delDecreto 149/2012, de 5 de junio, por el que se regula la estruc-tura orgánica de la Consejería de Economía, Innovación, Cien-cia y Empleo.

Vistos los preceptos legales citados y demás de generalaplicación, el Servicio de Industria, Energía y Minas de estaDelegación Provincial, propone :

Conceder la autorización administrativa a la instalacióneléctrica citada, y la aprobación a su proyecto de ejecución, asícomo la transmisión de la misma a la empresa distribuidora deenergía eléctrica de la zona, con las condiciones especialessiguientes:

1. Esta instalación no podrá entrar en servicio mientras nocuente la peticionaria de la misma, con la correspon-diente autorización de explotación, que será emitidapor esta Delegación Provincial, previo cumplimiento delos trámites que se señalan en el artículo 132.º del R.D.1955/2000, y artículo 20 del R.D. 223/2008, de 15 defebrero.

2. En lo referente a la transmisión de la instalación a unaempresa distribuidora, se establece un plazo de seismeses para la citada transmisión, debiendo presentar elcorrespondiente convenio o contrato con la empresadistribuidora. Transcurrido el período de seis meses sinla presentación del citado documento, se producirá lacaducidad de la presente autorización en lo que a ellose refiere.

3. Esta autorización se otorga a reserva de las demáslicencias o autorizaciones necesarias de otros organis-mos, como la del Excmo. Ayuntamiento de Sanlúcar laMayor, y solo tendrá validez en el ejercicio de las com-petencias atribuidas a esta Delegación.

4. La presente aprobación de proyecto de ejecución habi-lita al titular a la construcción de la instalación proyec-tada.

5. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el pro-yecto presentado, con las variaciones que, en su caso,se soliciten y autoricen.

6. El titular de la instalación dará cuenta por escrito delcomienzo de los trabajos a esta Delegación Provincial.

7. El titular de la instalación dará cuenta de la terminaciónde las obras a esta Delegación Provincial, quien podrápracticar, si así lo estima oportuno, un reconocimientosobre el terreno de la instalación.

8. Asimismo, el titular de la instalación tendrá en cuentapara su ejecución las condiciones impuestas por losorganismos que las han establecido, las cuales han sidopuestas en conocimiento y aceptadas por él.

9. La Administración dejará sin efecto la presente resolu-ción en cualquier momento en que se observe el incum-plimiento de las condiciones impuestas en ella. En talessupuestos, la Administración, previo el oportuno expe-diente, acordará la anulación de la autorización contodas las consecuencias de orden administrativo y civilque se deriven, según las disposiciones legales vigentes.

El Jefe de Servicio de Industria, Energía y Minas.Vista la presente propuesta del Servicio de Industria, Ener-

gía y Minas, esta Delegación Provincial resuelve:Autorizar y aprobar la instalación descrita anteriormente

en la propuesta con las condiciones de ejecución indicadas enla misma.

Contra la presente resolución, que no pone fin a la víaadministrativa, podrá interponer recurso de alzada ante elExcmo. señor Consejero, en el plazo de un mes, contado a par-tir del día siguiente de su notificación, de conformidad con loestablecido en el artículo 107.1 de la Ley 4/1999, de 14 deenero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común.

Sevilla a 29 de junio de 2012.—La Delegada Provincial,María Francisca Amador Prieto.

7F-8894-P

Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente

———Delegación Provincial de Sevilla

Vías Pecuarias.—Expediente VP/01110/2012

Don Rafael Gómez Calvente ha solicitado la ocupación,por un plazo de 10 años, renovables, de los terrenos de la víapecuaria siguiente:

Provincia: Sevilla.Término municipal: Martín de la Jara.

Viernes 7 de septiembre de 2012 Número 209

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Vía pecuaria: «Cordel de Los Corrales a Ronda».Superficie: 1,13 m2.Con destino: Instalación línea aérea de media tensión (25

KV) y C. T. intemperie de 50 KVA, para abastecer varias fin-cas rurales «Finca Cerro Cañuelo».

Lo que se hace público para que aquellos que se conside-ren interesados puedan formular las alegaciones oportunas enlas oficinas de esta Delegación Provincial, sita en avenida dela Innovación, s/n, edificio Minister, Sevilla, durante un plazode veinte días, a contar desde la finalización del mes de expo-sición e información pública.

Sevilla a 6 de julio de 2012.—El Secretario General, Sal-vador Camacho Lucena.

7W-9101-P

ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA———

Juzgados de lo Social———

GUADALAJARA.—JUZGADO NÚM. 1Doña María del Rosario de Andrés Herrero, Secretaria

Judicial del Juzgado de lo Social número uno de Guadalajara.Hago saber: Que en el procedimiento ejecución de títulos

judiciales 62/2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos ainstancia de doña María Jesús García Álvarez contra laempresa The Group Field Marketing Servicio Personal Even-tual, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución,cuya copia se adjunta:

Decreto número 305/2012 de fecha 6 de junio de 2012.Y para que sirva de notificación en legal forma a The

Group Field Marketing Servicio Personal Eventual, S.L., enignorado paradero, expido la presente para su inserción en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicacio-nes se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en eltablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto dela comunicación de las resoluciones que deban revestir formade auto, sentencia o cuando se trate de emplazamiento.

En Guadalajara a 6 de junio de 2012.—La Secretaria Judi-cial, María del Rosario de Andrés Herrero.

———

Decreto núm. 305/2012.Secretaria Judicial doña María del Rosario de Andrés

Herrero.En Guadalajara a 6 de junio de 2012.

Antecedentes de hecho:

Primero.—Que en el presente procedimiento seguido entrelas partes, de una como ejecutante, María Jesús García Álva-rez y de otra como ejecutada, The Group Field Marketing Ser-vicio Personal Eventual, S.L., se dictó resolución judicial des-pachando ejecución de auto de fecha 12 de mayo de 2011 enfecha 21 de febrero de 2012, para cubrir la cantidad de2.510,56 euros de principal más la cantidad de 251,05 eurospresupuestados prudencialmente para intereses y costas.

Segundo.—Se desconoce la existencia de nuevos bienessusceptibles de traba.

Tercero.—En el procedimiento 1239/10 Ejecución 141/11seguido en el Juzgado de lo Social número treinta y cinco deMadrid se ha dictado decreto de insolvencia de la ejecutada,en fecha 6 de octubre de 2011.

Cuarto.—Se ha dado traslado a la parte actora y al Fondode Garantía Salarial al objeto de que, en su caso designasenbienes o derechos susceptibles de embargo, sin que se hayahecho manifestación alguna en el plazo dado por parte delFondo de Garantía Salarial ni por la parte actora.

Fundamentos de derecho:

Primero.—De conformidad con lo dispuesto en el art.274.3 de la LPL, la declaración judicial de insolvencia de unaempresa constituirá base suficiente para estimar superviven-cia en otras ejecuciones, sin necesidad de reiterar los trámitesde averiguación de bienes establecidos en el artículo 248 deesta ley.

Segundo.—En el presente supuesto, cumplido el trámitede audiencia a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial,sin que por los mismos se haya señalado la existencia de nue-vos bienes procede, sin más trámites, declarar la insolvenciade la ejecutada.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general ypertinente aplicación,

Parte dispositiva:

Acuerdo:A) Declarar al ejecutado, The Group Field Marketing Ser-

vicio Personal Eventual, S.L. en situación de insolvencia totalcon carácter provisional por importe de 2.510,56 euros, insol-vencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.

B) Archivar las actuaciones previa anotación en el librocorrespondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si enlo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.

C) Líbrese testimonio de la presente resolución al «Bole-tín Oficial» del Registro Mercantil de Madrid para la publica-ción de la parte dispositiva del Decreto (art. 274-5 LPL).

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplica-ción del mandato contenido en el artículo 53.2 de la L.J.S., enel primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, laspartes o interesados, y en su caso los profesionales designados,señalarán un domicilio y datos completos para la práctica deactos de comunicación. El domicilio y los datos de localiza-ción facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos las notifica-ciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tantono sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga pro-cesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actuali-zados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos asu número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares,siempre que estos últimos están siendo utilizados como instru-mentos de comunicación con el Tribunal.

Modo de impugnación: Contra la presente resolucióncabe recurso directo de revisión que deberá interponerse antequien dicta la resolución en el plazo de tres días hábilessiguientes a la notificación de la misma con expresión de lainfracción cometida en la misma a juicio del recurrente, artí-culo 188 L.J.S. El recurrente que no tenga la condición de tra-bajador o beneficiario de Régimen Público de la SeguridadSocial, deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, enla cuenta número 1808 0000 64 0062 11 en el Banesto de laC/ Mayor, 12 de Guadalajara, debiendo indicar en el campoconcepto, «recurso» seguida del código «31 Social-Revisiónde resoluciones Secretario Judicial». Si el ingreso se hacemediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuentareferida, separados por un espacio con la indicación«recurso» seguida del «31 Social-Revisión de resolucionesSecretario Judicial». Si efectuare diversos pagos en la mismacuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto,incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distintaclase indicando en el campo de observaciones la fecha de laresolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Que-dan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, elEstado, las Comunidades Autónomas, las entidades locales y

4 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

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los organismos autónomos dependientes de ellos.—La Secre-taria Judicial, María del Rosario de Andrés Herrero.

40-8424

Juzgados de Instrucción———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 3Don Jesús Ángel Orozco Torres, Secretario del Juzgado de

Instrucción número tres de SevillaDoy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas núm.

219/2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su enca-bezamiento y parte dispositiva dice:

Sentencia núm. 496/11.En la ciudad de Sevilla a 16 de noviembre del 2011.Doña Patricia Fernández Franco, Magistrada-Juez titular

del Juzgado de Instrucción número tres de Sevilla, ha visto losautos de juicio de faltas inmediato seguidos en este Juzgadobajo el número 219/11, sobre hurto, apareciendo como denun-ciantes, los agentes de Policía Local número 521 y K-84 ycomo denunciados, Veneta Kirilova y Mladanka Nikolova,cuyas demás circunstancias constan suficientemente en lasactuaciones

Fallo: Que debo absolver y absuelvo libremente de loshechos enjuiciados a Veneta Kirilova y Mladanka Nikolova,con declaración de oficio de las costas procesales.

Esta resolución no es firme, contra la misma cabe recursode apelación ante la Audiencia Provincial de Sevilla en elplazo de cinco días desde su notificación.

Quede esta resolución en el libro correspondiente, y llé-vese testimonio bastante a las actuaciones de su razón.

Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando enprimera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de sentencia aVaneta Kirilova y Mladanka Nikolova, actualmente paraderosdesconocidos, y su publicación en el «Boletín Oficial» de laprovincia de Sevilla, expido la presente.

En Sevilla a 19 de junio de 2012.—El Secretario, JesúsÁngel Orozco Torres.

40-8646

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 7Don Manuel Díaz Barrera, Secretario del Juzgado de Ins-

trucción número siete de Sevilla.Doy fe y testimonio: Que en la ejecutoria número

23/2012-D, figuran los siguientes particulares que testimonia-dos son como siguen:

Juzgado de Instrucción de Sevilla número 7, Prado de SanSebastián s/n, 41071. Negociado: D. Procedimiento: Ejecuto-ria 23/12.

Auto: En Sevilla a 18 de abril de 2012.

Hechos:

Único.—Por sentencia dictada el día 12 de septiembre de2011 en este juicio de faltas fue condenado Alfonso AriasAguilar, a la pena de 10 días de multa con cuota diaria de 6euros o 5 días de privación de libertad en caso de impagohabiéndose oído al Ministerio Fiscal sobre la procedencia desuspender la ejecución de la pena impuesta.

Razonamientos jurídicos:

Único.—De conformidad con lo dispuesto en el artículo80 del Código Penal los jueces podrán dejar en suspenso laejecución de las penas privativas de libertad inferiores a dosaños, mediante resolución motivada, atendiendo fundamental-

mente a la peligrosidad criminal del sujeto. En el presente casose dan las condiciones necesarias para dejar en suspenso laejecución de la pena impuesta y que exige el artículo 81 delCódigo Penal, en tanto en cuanto no consta que el condenadotenga antecedentes penales computables, la pena impuesta noes superior a dos años de privación de libertad y no existenresponsabilidades civiles pendientes que puedan ser satisfe-chas por el penado, siendo éste persona que no puede conside-rarse criminalmente peligroso, por lo que procede dejar ensuspenso la ejecución de la pena privativa de libertad a que fuecondenado por tiempo de tres meses.

Parte dispositiva:

Se acuerda la suspensión de la ejecución de la penaimpuesta en la presente causa al condenado, Alfonso AriasAguilar en este juicio de faltas por tiempo de tres meses.Firme que sea esta resolución, en su caso, hágasela saber alcondenado apercibiéndole que la suspensión concedida quedacondicionada a que no delinca en el término en el que se le hasuspendido la pena. Transcurrido dicho plazo dese cuenta paraacordar.

Notifíquese la presente resolución al Ministerio Fiscal ypartes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabeinterponer recurso de reforma ante este Juzgado en el plazo detres días.

Así, por este auto, lo manda y firma el Ilmo. señor donJosé María Méndez Martínez, Magistrado-Juez del Instrucciónde Sevilla número siete y su partido.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado.Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación del auto de fecha18 de abril de 2012 al penado, Alfonso Arias Aguilar actual-mente en paradero desconocido y su publicación en el «Bole-tín Oficial» de la provincia, expido el presente.

En Sevilla a 22 de junio de 2012.—El Secretario Judicial,Manuel Díaz Barrera.

40-8638

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 17Don Andrés Cano Navas, Secretario del Juzgado de Ins-

trucción número diecisiete de Sevilla.Doy fe y testimonio: Que en la ejecutoria 90/2012 se ha

dictado auto, declarando la firmeza de la sentencia y que en suparte dispositiva dice:

Parte dispositiva:

1. Se declara firme la sentencia dictada en el presente jui-cio de faltas, haciéndose las anotaciones oportunas en loslibros registro de este Juzgado.

2. Para llevar a efecto la ejecución se acuerda la prácticade las diligencias siguientes:

Acúsese recibo a la audiencia provincial.Requerir al/a la condenado/a para que haga efectiva las

multas impuestas, 90 euros a María Luisa Patiño Gutiérrez y45 euros a José Valladares Aguilar, en la forma y tiempo deter-minados en la sentencia, con el apercibimiento de que en casode impago se procederá a su exacción por la vía de apremio, yde que si así tampoco pudiera ser hecha efectiva quedarásujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día deprivación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, quepodría cumplir en régimen de localización o mediante trabajosen beneficio a la comunidad.

Requerir a María Luisa Patiño Gutiérrez y José ValladaresAguilar al pago de la indemnización solidaria para que en eltérmino de un día haga efectiva la cantidad señalada en la sen-tencia y por importe de 300 euros póngase esta resolución enconocimiento del Ministerio Fiscal y demás partes, previnién-doles que contra la misma podrán interponer, ante este Juz-

Viernes 7 de septiembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 5

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gado, recurso de reforma en el plazo de tres días y subsidiaria-mente con el anterior o por separado recurso de apelación enel plazo de cinco días.

Así lo acuerda, manda y firma, doña Pilar Llorente Vara,Magistrada-Juez del Juzgado de Instrucción número diecisietede Sevilla y su partido.—Doy fe.

Y para que conste y sirva de notificación y requerimientoen forma a María Luisa Patiño Gutiérrez actualmente en para-dero desconocido y su publicación en el «Boletín Oficial» dela provincia, expido la presente.

En Sevilla a 18 de junio de 2012.—El Secretario, AndrésCano Navas.

40-8647

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 17Don Andrés Cano Navas, Secretario del Juzgado de Ins-

trucción número diecisiete de Sevilla.Doy fe y testimonio: Que en la ejecutoria núm. 104/2012

se ha dictado auto en cuya parte dispositiva contiene elsiguiente tenor literal:

«Parte dispositiva:

1. Se declara firme la sentencia dictada en el presente jui-cio de faltas, haciéndose las anotaciones oportunas en loslibros registro de este Juzgado.

2. Para llevar a efecto la ejecución se acuerda la prácticade las diligencias siguientes:

Requerir al condenado para que haga efectiva la multaconsistente en 90 euros impuesta, en la forma y tiempo deter-minados en la sentencia, con el apercibimiento de que en casode impago, se procederá a su exacción por la vía de apremio, yde que si así tampoco pudiera ser hecha efectiva, quedarásujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día deprivación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas.

Asimismo, requiérase al pago de una indemnización porimporte de 25 euros.»

C/C Banco Banesto núm. 4045 0000 78 0103 12.Y para que conste y sirva de notificación y requerimiento

en forma a Sahib Bouchaib, actualmente en paradero descono-cido, y su publicación en el «Boletín Oficial» de Sevilla,expido el presente.

En Sevilla a 26 de junio de 2012.—El Secretario, AndrésCano Navas.

40-8788

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 17Don Andrés Cano Navas, Secretario del Juzgado de Ins-

trucción número diecisiete de Sevilla.Doy fe y testimonio: Que en la ejecutoria núm. 103/2012

se ha dictado auto en cuya parte dispositiva contiene elsiguiente tenor literal:

«Parte dispositiva:

1. Se declara firme la sentencia dictada en el presente jui-cio de faltas, haciéndose las anotaciones oportunas en loslibros registro de este Juzgado.

2. Para llevar a efecto la ejecución se acuerda la prácticade las diligencias siguientes:

Requerir al/a la condenado/a para que haga efectiva lamulta consistente en 60 euros impuesta en la forma y tiempodeterminados en la sentencia, con el apercibimiento de que encaso de impago, se procederá a su exacción por la vía de apre-mio, y de que si así tampoco pudiera ser hecha efectiva que-dará sujeto/a a una responsabilidad personal subsidiaria de undía de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas,

que podría cumplir en régimen de localización permanenteextinguiendo la responsabilidad penal.»

C/C Banco Banesto núm. 4045 0000 78 0103 12.Y para que conste y sirva de notificación y requerimiento

en forma a Isvetelin Iliyanoy Nikolov, actualmente en para-dero desconocido, y su publicación en el «Boletín Oficial» deSevilla, expido el presente.

En Sevilla a 26 de junio de 2012.—El Secretario, AndrésCano Navas.

40-8791

Juzgados de Primera Instancia

———

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 1Doña María Dolores Gavira Villa, Secretaria Judicial del

Juzgado de Primera Instancia número uno de Sevilla.Hace saber: Que en este Juzgado, se sigue el procedi-

miento expediente dominio. Reanudación tracto sucesivo407/2012, a instancia de doña Amparo Vázquez Salado, parala inmatriculación de la siguiente finca:

Urbana número ocho. Plaza de garaje señalada con elnúmero ocho, situada en la planta de sótano del Edificio enesta ciudad, sección primera, señalado con el número cin-cuenta y tres de la calle Menéndez y Pelayo. Tiene una super-ficie de diez metros, sesenta y tres decímetros cuadrados.Linda: por el frente, con zona común destinada a maniobras;por la derecha entrando, con la plaza de garaje número nueve;por la izquierda, con la plaza de garaje número siete; y por elfondo, con subsuelo del callejón particular, por donde tienensu acceso el Edificio. Cuota: cero enteros, cinco mil trescien-tas setenta y ocho diezmilésimas por ciento. Cargas: Las servi-dumbres y la hipoteca a favor de la Caja de Ahorros ProvincialSan Fernando de Sevilla, en garantía de la devolución de unpréstamo ascendente a treinta y cuatro millones de pesetas decapital, que se relacionan en la inscripción que se dirá, donCarlos Gabriel Rivera Márquez, casado con doña LucreciaRuiz Santillana; don Cristóbal Zúñiga Muñoz, casado condoña María Josefa Franco Rodríguez; don José Luis UcedaMuñoz, casado con doña Mónica Gutiérrez Fernández; donPablo Uceda Muñoz, casado con doña Amancia Asenjo Sanz;y don José Vázquez González, casado con doña ConcepciónGutiérrez Orozco, dueños por quintas partes en proindiviso, dela finca número 97, al folio 54 vuelto del tomo 1.398, libro 2de esta sección, inscripción cuarta, que es extensa, la dividenen régimen de propiedad horizontal en sesenta y siete fincasindependientes, una de ellas la de este número, a cuyo favor lainscribo, en la proporción indicada, para sus respectivas socie-dades de gananciales. En Sevilla, 20 de enero de 1983.

Por el presente y en virtud de lo acordado en providenciade esta fecha se convoca a las personas ignoradas a quienespudiera perjudicar la inscripción solicitada para que en el tér-mino de los diez días siguientes a la publicación de este edictopuedan comparecer en el expediente alegando lo que a suderecho convenga.

En Sevilla a 21 de mayo de 2012.—La Secretaria Judicial,María Dolores Gavira Villa.

258-8619-P

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 11

NIG: 4109142C20110027066.Procedimiento: Juicio verbal (250.2) 962/2011.Negociado: 12.De: CC. PP. Cristóbal Morales 2.Procurador: Don Julio Paneque Caballero.Contra: Don Antonio Francisco Fernández Arena.

6 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

Page 7: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

En el presente procedimiento juicio verbal (250.2)962/2011, seguido a instancia de CC. PP. Cristóbal Morales 2,frente a don Antonio Francisco Fernández Arena, se ha dictadosentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literalsiguiente:

Sentencia n.º 86/12.En la ciudad de Sevilla a 8 de mayo 2012.Vistos por el Ilmo. señor don Francisco Berjano Arenado,

Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia númeroonce de esta ciudad, los presentes autos n.° 962/11, de juicioverbal de reclamación de cantidad, seguidos entre partes, de launa, como demandante, la Comunidad de Propietarios de lacalle Cristóbal Morales n.° 2, de Sevilla, representada por elProcurador de los Tribunales don Julio Paneque Caballero, aquien otorgó poder la Presidenta de aquélla, doña María delCarmen Herrera del Pueyo, y defendida por el Letrado donFernando Acedo Lluch, y de otra, como demandado, donAntonio Francisco Fernández Arena, en situación procesal derebeldía.

Fallo: Que estimando íntegramente la demanda formuladapor la Comunidad de Propietarios de la calle Cristóbal deMorales n.° 2, de Sevilla, debo condenar y condeno a donAntonio Francisco Fernández Arena a que abone a aquélla lacantidad de tres mil seiscientos cuarenta y siete euros con cua-renta y siete céntimos (3.647,47 euros), con más los interesesdevengados por dicha suma en la forma que se indica en elfundamento jurídico tercero de esta resolución, más las canti-dades que por cuotas ordinarias fueran venciendo hasta su eje-cución, y todo ello con expresa imposición de las costas a laparte demandada.

Contra la presente resolución no cabe interponer recursoalguno, por cuanto la cuantía inicial reclamada no superaba lasuma de 3.000 euros.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos de surazón.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.Y encontrándose dicho demandado, don Antonio Fran-

cisco Fernández Arena, en paradero desconocido, se expide elpresente, a fin que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla a 31 de mayo de 2012.—La Secretaria Judicial.(Firma ilegible.)

7F-8097-P

SEVILLA.—JUZGADO NÚM. 16

Núm. de identificación general: 4109142C20110014052.Procedimiento: Juicio verbal (250.2) 473/2011.Negociado: F.Juzgado: Juzgado de Primera Instancia núm. 16 de Sevilla.Juicio: Juicio verbal (250.2) 473/2011.Parte demandante: «Viajes Halcón», S.A.U.Parte demandada: «Turismo de Sevilla P.K.», S.L.Sobre: Juicio verbal (250.2).En el juicio referenciado se ha dictado sentencia, cuyo

encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:Sentencia n.° 126/12.En la ciudad de Sevilla a 16 de mayo de 2012.Vistos por doña Isabel María Nicasio Jaramillo, Magis-

trada del Juzgado de Primera Instancia número dieciséis de losde Sevilla, en juicio oral y público, los autos del juicio verbaln.° 473/11 de los de este Juzgado, seguidos en reclamación decantidad, habiendo sido partes, de un lado, la entidad «ViajesHalcón» S.A.U., representada por la Procuradora de los Tribu-nales doña Dolores Pino Rengel y bajo la dirección letrada dedoña Soledad del Real Morales, y de otro, la entidad «Turismode Sevilla PK», S.L., como explotadora de «Hostal Picasso»,de Sevilla, en rebeldía.

Fallo: Debo estimar y estimo en su integridad la demandaformulada por la Procuradora de los Tribunales doña DoloresPino Rengel en la representación de la entidad «Viajes Hal-cón», S.A.U., contra la entidad «Turismo de Sevilla PK», S.L.,y en consecuencia debo condenar y condeno a la entidaddemandada a que abone a la entidad actora la cantidad de milsetecientos ochenta euros con setenta y seis céntimos(1.780,76 euros), así como sus intereses moratorios desde lainterposición de la demanda hasta la fecha de la presente sen-tencia, a partir de la cual se devengarán los previstos en elartículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, condenando ala demandada al pago de las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, con la pre-vención de que la misma es firme, no siendo susceptible derecurso alguno.

Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo

Publicación.—La anterior sentencia ha sido publicada enel mismo día de su fecha. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio oresidencia de la parte demandada, de conformidad con lo dis-puesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjui-ciamiento Civil, se ha acordado la publicación del presenteedicto en el tablón de anuncios del Juzgado y su publicaciónen el «Boletín Oficial» de la provincia para llevar a efecto ladiligencia de notificación de sentencia.

En Sevilla a 12 de julio de 2012.—El Secretario Judicial.(Firma ilegible.)

Diligencia.—La extiendo yo, el Secretario Judicial, para hacerconstar que el presente edicto ha quedado fijado en el díade hoy en el tablón de anuncios. Doy fe.

7F-9723-P

AYUNTAMIENTOS———

SEVILLA

El Excmo. Sr. Alcalde de Sevilla, con fecha 8 de junio de2012 y número de resolución 689, se ha servido decretar loque sigue:

«En uso de las facultades que me confiere el artículo 12 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplea-do Público; el artículo 104 de la Ley 7/85 Reguladora de lasBases de Régimen Local y el artículo 176.1,2 y 4 del Ral De-creto 781/1986, de 18 de abril, vengo en adoptar la siguiente:

RESOLUCIóN

Primero. Disponer el cese de doña Rosa Llacer Osorno,en el puesto de personal eventual que se especifica, con efecti-vidad a la finalización de la jornada laboral del día 31 de mayode 2012:

Directora Área Comunicación (Grupo PSOE).

Segundo. La presente resolución deberá publicarse en el«Boletín Oficial» de la provincia».

En Sevilla a 2 de agosto de 2012.—La Jefa de Servicio deRecursos Humanos, Sofía Navarro Roda.

8W-10435

SEVILLA

El Excmo. Sr. Alcalde de Sevilla, con fecha 14 de junio de2012 y número de resolución 713, se ha servido decretar loque sigue:

Viernes 7 de septiembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 7

Page 8: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

«En uso de las facultades que me confiere el artículo 12 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplea-do Público; el artículo 104 de la Ley 7/85 Reguladora de lasBases de Régimen Local y el artículo 176.1,2 y 4 del Ral De-creto 781/1986, de 18 de abril, vengo en adoptar la siguiente:

RESOLUCIóN

Primero. Acordar el cese de las personas que se indican,en los puestos de personal eventual que igualmente se especifi-can, con la efectividad de la fecha de la presente resolución:

Nombre y apellidos Denominación del puesto

Mercedes Murillo Fernández Directora Distrito Macarena NortePedro Fernando Molina de los Santos Jefe Grupo del Parque Miraflores

Segundo. Nombrar a las siguientes personas como perso-nal eventual, para la realización de funciones expresamente ca-lificadas como de confianza o asesoramiento especial, en lospuestos que igualmente se especifican, con la efectividad deldía siguiente a la fecha de la presente resolución:

Nombre y apellidos Denominación del puesto

Mercedes Murillo Fernández Jefe Grupo del Parque MirafloresPedro Fernando Molina de los Santos Director Distrito Macarena Norte

Tercero. Publicar la actual resolución en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia».

En Sevilla a 1 de agosto de 2012.—La Jefa de Servicio deRecursos Humanos, Sofía Navarro Roda.

8W-10437

SEVILLA

El Excmo. Sr. Alcalde de Sevilla, con fecha 12 de junio de2012 y número de resolución 692, se ha servido decretar lo quesigue:

«En uso de las facultades que me confiere el artículo 12 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplea-do Público; el artículo 104 de la Ley 7/85 Reguladora de lasBases de Régimen Local y el artículo 176.1,2 y 4 del Ral De-creto 781/1986, de 18 de abril, vengo en adoptar la siguiente:

RESOLUCIóN

Primero. Nombrar a doña Inmaculada Briz Venegas,como personal eventual para la realización de funciones expre-samente calificadas como de confianza o asesoramiento espe-cial, en el puesto que se especifica:

Gabinete de Hacienda y Administración Pública:Puesto: Técnico Superior.Segundo. La presente resolución deberá publicarse en el

«Boletín Oficial» de la provincia».En Sevilla a 2 de agosto de 2012.—La Jefa de Servicio de

Recursos Humanos, Sofía Navarro Roda.8W-10436

SEVILLA

El Excmo. Sr. Alcalde de Sevilla, con fecha 1 de junio de2012 y número de resolución 661, se ha servido decretar lo quesigue:

«En uso de las facultades que me confiere el artículo 12 dela Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Emplea-do Público; el artículo 104 de la Ley 7/85 Reguladora de lasBases de Régimen Local y el artículo 176.1,2 y 4 del Ral De-creto 781/1986, de 18 de abril, vengo en adoptar la siguiente:

RESOLUCIóN

Primero. Nombrar a don José Manuel Lebrero Ramírez,como personal eventual para la realización de funciones expre-samente calificadas como de confianza o asesoramiento espe-cial, en el puesto que se especifica:

Personal directivo y de asesoramiento:Puesto: Director del CECOP y Protección Civil.Segundo. La presente resolución deberá publicarse en el

«Boletín Oficial» de la provincia».En Sevilla a 2 de agosto de 2012.—La Jefa de Servicio de

Recursos Humanos, Sofía Navarro Roda.8W-10438

SEVILLA

De acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún (LRJAP), intentada sin efecto la notificación al intere-sado del acto que a continuación se indica, se hace pública me-diante anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia.

Número de expediente: 326/2009.Entidad beneficiada: Fundación Andaluza de Tauromaquia.Acto que se notifica: Decreto de inicio del expediente de

reintegro de subvención por incumplimiento de la obligaciónde justificación.

Importe a reintegrar: 1.352,25 € (75% del importe concedi-do), más los intereses de demora legalmente exigibles.

Para el conocimiento íntegro del acto, los interesados po-drán comparecer en el Servicio de Fiestas Mayores, calle Ma-tienzo números 1-3, de Sevilla, de lunes a viernes, de 9.00 a14.00 horas.

En el plazo de quince (15) días hábiles, contados a partirdel siguiente al de la publicación de la notificación, los intere-sados podrán formular alegaciones y presentar los documentosy justificaciones que estimen pertinentes en defensa de sus de-rechos.

En Sevilla a 12 de junio de 2012.—La Jefa de Servicio deFiestas Mayores, Pilar Ballesteros Aragón.

8W-7874

SEVILLAHabiéndose intentado sin efecto la notificación a los inte-

resados que a continuación se relacionan, y en virtud de lo dis-puesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre, de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, pormedio del presente edicto, se cita a los mismos, con el fin denotificarles por comparecencia el contenido íntegro de la reso-lución dictada y dejar constancia en el expediente de tal cono-cimiento.

Núm. Expte.: 38/2012.Infractor: Ianav Nicolae.Lugar de la Infracción: Parque Guadaíra.Acto que se notifica: Decreto de imposición de sanción.Sanción: 750,01 euros.Núm. Expte.: 53/2012.Infractor: Francisco Dennis Vicente Carranza.Lugar de la Infracción: Crta. Su Eminencia.Acto que se notifica: Decreto de imposición de sanción.Sanción: 750,01 euros.A tal efecto, los interesados o sus representantes debida-

mente acreditados deberán personarse en el plazo máximo dediez días hábiles, contados desde el día siguiente al de lapublicación de este anuncio en el «Boletín Oficial» de la pro-vincia, en el Servicio de la Mujer sito en Avda. de Málaga, 12-3.ª planta, en horario de 9.00 a 14.00 de lunes a viernes.

Si transcurrido el citado plazo no hubiese comparecido, lanotificación se entenderá producida a todos los efectos legales

8 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

Page 9: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señaladopara comparecer.

Sevilla a 1 de agosto de 2012.—La Jefa de Servicio de laMujer, María Dolores Osuna Soto.

40-10164

ALCALÁ DE GUADAÍRA

Admitido a trámite por acuerdo de la Junta de GobiernoLocal, adoptado en la sesión celebrada con carácter ordinarioel día 20 de julio de 2012, el Proyecto de Actuación para laimplantación de un centro de acogida de reptiles exóticos(CARAE) en la parcela 48 del polígono 36 en el “Pago deCortigena”, finca registral 56.678 (expte. 05/2012-URPA),promovido a instancias de doña Judit Hidalgo Vila, conformelos documentos presentados con fechas 22 de mayo de 2012 y10 de julio de 2012, redactados por el Arquitecto don Fran-cisco Javier Moro Muñoz (Visado por el COAS con el número11/007119-T001, 11/007119-T002 y 11/007119-T003), sesomete a información pública (Servicio de Urbanismo- calleBailén, nº 6) durante un período de veinte días, contados a par-tir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el«Boletín Oficial» de la provincia, para que los interesadospuedan formular durante el indicado plazo cuantas alegacionesestimen oportunas.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuestoen el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, deOrdenación Urbanística de Andalucía.

Alcalá de Guadaíra a 2 de agosto de 2012.—El SecretarioGeneral, Fernando Manuel Gómez Rincón

25W-10505-P

ALMADéN DE LA PLATA

Visto el escrito de fecha 7 de agosto de 2012, remitido aesta Alcaldía por la Concejala doña Vanesa Carrera Núñez, enel que expone que por motivos personales renuncia a su cargode primer Teniente de Alcalde de este Ayuntamiento, así comoa las delegaciones encomendadas.

Vistas las resoluciones de esta Alcaldía de fecha 12 de juliode 2011 y de 5 de septiembre de 2011.

Visto que teniendo esta Alcaldía la facultad de nombrar alos Tenientes de Alcalde de conformidad con el artículo 21.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régi-men Local, y delegar determinadas atribuciones conforme a lodispuesto en el artículo 21.3 de la citada ley, y en los artículos43, 44, 45 y 46 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviem-bre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Fun-cionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales,vengo en resolver:

Primero. Aceptar la renuncia de doña Vanesa CarreraNúñez y designar como primer Teniente de Alcalde a la Con-cejala doña Eva María Lucas Ramos.

– Segundo Teniente de Alcalde: Don Juan Carlos BenítezArroyo.

– Tercer Teniente de Alcalde: Don Adrián Núñez Montiel.Segundo. Delegar en forma genérica, con facultad de di-

rigir tanto los servicios correspondientes como la de gestionar-los, en general, incluida la facultad de resolver mediante actosadministrativos que afecten a terceros, las Áreas que a conti-nuación se señalan:

– Educación, Cultura, Medio Ambiente, Informatización,Nuevas Tecnologías, Trabajo Social, Mujer, Sanidad, Mayoresy Turismo: Doña Eva María Lucas Ramos.

– Seguridad, Participación Ciudadana, Obras y Servicios:Don Juan Carlos Benítez Arroyo.

– Fiestas, Juventud, y Deportes, Parques y Jardines: DonAdrián Montiel Núñez.

– Esta Alcaldía asume las Áreas de Hacienda y Presupues-tos que anteriormente estaban encomendadas a doña VanesaCarrera Núñez.

Tercero. Dese cuenta de esta resolución a todos y cadauno de los interesados que, salvo manifestación expresa, seconsiderará aceptada tácitamente.

Cuarto. Remitir la citada resolución al «Boletín Oficial»de la provincia para su publicación en el mismo, sin perjuiciode su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta re-solución, y, así mismo, publicar en el tablón de edictos delAyuntamiento.

Quinto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la pri-mera sesión que se celebre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde–Presidente, José LuisVidal Ortiz, en Almadén de la Plata a 8 de agosto de 2012.

———

Visto el escrito de fecha 7 de agosto de 2012, remitido aesta Alcaldía por la Concejala doña Vanesa Carrera Núñez, enel que expone que por motivos personales renuncia a su cargocomo miembro de la Junta de Gobierno Local.

Vista la resolución de esta Alcaldía de fecha 12 de julio de2011.

Esta Alcaldía–Presidencia en virtud de lo dispuesto en laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal y Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por elque se aprueba el Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales vienea resolver:

Primero. Aceptar la renuncia de doña Vanesa CarreraNúñez y designar como miembro de la Junta de GobiernoLocal al Concejal Juan Carlos Benítez Arroyo, quedando inte-grada la misma como sigue:

Por el Alcalde, que la preside y los siguientes Concejales:Don Juan Carlos Benítez Arroyo.Don Adrián Montiel Núñez.Doña Eva María Lucas Ramos.Segundo. Notificar personalmente la presente resolución

a doña Vanesa Carrera Núñez.Tercero. Notificar personalmente la presente resolución

al designado don Juan Carlos Benítez Arroyo que, salvo mani-festación expresa, se considerará aceptada tácitamente.

Cuarto. Remitir la citada resolución al «Boletín Oficial»de la provincia para su publicación en el mismo, sin perjuiciode su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta re-solución, y, así mismo, publicar en el tablón de edictos delAyuntamiento.

Quinto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la pri-mera sesión que se celebre.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde–Presidente, José LuisVidal Ortiz, en Almadén de la Plata a 8 de agosto de 2012.

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Visto el escrito de fecha 7 de agosto de 2012, remitido aesta Alcaldía por la Concejal–Tesorera doña Vanesa CarreraNúñez en el que expone que por motivos personales presenta surenuncia, entre otras, al cargo de Tesorera de este Ayuntamien-to, nombrada por resolución de la Alcaldía de fecha 20 de juliode 2011.

Visto lo dispuesto en el artículo 2.f) del Real Decreto1732/1994, de 29 de julio, de Provisión de Puestos de Trabajoreservados a Funcionarios de Administración Local con Habi-litación de Carácter Nacional y, como quiera que esta Corpora-ción Local está clasificada como Secretaría de clase tercera, laresponsabilidad administrativa de estas funciones podrá seratribuida a miembro de la Corporación.

Viernes 7 de septiembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 9

Page 10: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

Visto que se considera idóneo para el desempeño de lasfunciones de Tesorería a la Concejala de esta Corporación doñaEva María Lucas Ramos.

Esta Alcaldía–Presidencia en uso de las facultades que leestán conferidas por el artículo 21.1.s) de la Ley 7/1985, de 2de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y demásdisposiciones que le son de aplicación viene a resolver:

Primero. Nombrar Concejala–Tesorera de este Ayunta-miento a doña Eva María Lucas Ramos.

Segundo. Eximirle de la obligación de prestar fianza per-sonal, siendo los restantes miembros de la Corporación respon-sables solidarios del resultado de su gestión.

Tercero. Notificar el nombramiento a los Bancos y Cajasdonde este Ayuntamiento tiene depositados sus fondos, asícomo a la designada, quien deberá aceptarlo expresamente, ha-ciéndose cargo de sus funciones mediante la firma del Acta deArqueo previas las comprobaciones oportunas.

Cuarto. Dése cuenta de este resolución al AyuntamientoPleno en la próxima sesión que esta celebre para su ratificacióny a la designada.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde–Presidente, José LuisVidal Ortiz, en Almadén de la Plata a 7 de agosto de 2012.

———

Visto el escrito de fecha 7 de agosto de 2012, remitido aesta Alcaldía por la Concejala doña Vanesa Carrera Núñez, enel que expone que por motivos personales renuncia a su cargocomo vocal titular y/o suplente de las distintas Comisiones In-formativas.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporaciónen sesión extraordinaria celebrada en 15 de julio de 2011, sobrecreación y composición de las comisiones informativas perma-nentes.

Esta Alcaldía–Presidencia en virtud de lo dispuesto en laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal y Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por elque se aprueba el Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales ydemás disposiciones que le son de aplicación viene a resolver:

Primero. Aceptar la renuncia de la Concejala doña Vane-sa Carrera Núñez, como vocal titular y/o suplente en las dife-rentes comisiones informativas creadas en el acuerdo adoptadopor el Pleno Corporativo en sesión celebrada en 15 de julio de2011.

Segundo. Designar a la Concejala doña Eva María LucasRamos como vocal titular y/o suplente en todas y cada una delas comisiones informativas reflejadas en dicho acuerdo en sus-titución de doña Vanesa Carrera Núñez.

Tercero. Dese cuenta de esta resolución a las interesadas.Cuarto. Remitir la citada resolución al «Boletín Oficial»

de la provincia para su publicación en el mismo, sin perjuiciode su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta re-solución, y, así mismo, publicar en el tablón de edictos delAyuntamiento.

Quinto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la pri-mera sesión que se celebre para su ratificación.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde–Presidente, José LuisVidal Ortiz, en Almadén de la Plata a 8 de agosto de 2012.

———

Visto el escrito de fecha 7 de agosto de 2012, remitido aesta Alcaldía por la Concejala doña Vanesa Carrera Núñez, enel que expone que por motivos personales renuncia a su nom-bramiento como representante de este Ayuntamiento en los di-ferentes órganos colegiados.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporaciónen sesión extraordinaria celebrada en 15 de julio de 2011, sobre

nombramientos de representantes de la Corporación en órganoscolegiados, que sean competencia del Pleno.

Esta Alcaldía–Presidencia en virtud de lo dispuesto en laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal y Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por elque se aprueba el Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales ydemás disposiciones que le son de aplicación viene a resolver:

Primero. Aceptar la renuncia de la Concejala doña Vane-sa Carrera Núñez, como representante en los órganos colegia-dos que aparecen reflejados en el acuerdo mencionado y nom-brar en su lugar a la Concejala doña Eva María Lucas Ramos.

Segundo. Dese cuenta de esta resolución a las interesadas.Tercero. Remitir la citada resolución al «Boletín Oficial»

de la provincia para su publicación en el mismo, sin perjuiciode su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta re-solución, y, así mismo, publicar en el tablón de edictos delAyuntamiento.

Cuarto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la pri-mera sesión que se celebre para su ratificación.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde–Presidente, José LuisVidal Ortiz, en Almadén de la Plata a 8 de agosto de 2012.

———

Visto el escrito de fecha 7 de agosto de 2012, remitido aesta Alcaldía por la Concejala doña Vanesa Carrera Núñez, enel que expone que por motivos personales renuncia a su cargode Tesorera, primer Teniente de Alcalde, miembro de la Juntade Gobierno Local, a las Delegaciones asignadas, a sus nom-bramientos como representante, ya sean como titular y/o su-plente en los diferentes órganos colegiados, así como a sus re-tribuciones, como consecuencia de las funciones que veniarealizando en régimen de dedicación exclusiva.

Visto el acuerdo adoptado por el Pleno de esta Corporaciónen sesión extraordinaria celebrada en 7 de marzo de 2012, re-lativo a la determinación, en su caso, de nuevos cargos con de-dicación exclusiva y régimen de retribuciones. (Punto Tercero).

Esta Alcaldía–Presidencia en virtud de lo dispuesto en laLey 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de RégimenLocal y Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por elque se aprueba el Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales ydemás disposiciones que le son de aplicación viene a resolver:

Primero. Proceder a la baja en la Seguridad Social de laConcejala doña Vanesa Carrera Núñez, con fecha 7 de agostode 2012.

Segundo. Dese cuenta de esta resolución a la interesada ya los Servicios Económicos de la Corporación.

Tercero. Remitir la citada resolución al «Boletín Oficial»de la provincia para su publicación en el mismo, sin perjuiciode su efectividad desde el día siguiente de la firma de esta re-solución, y, así mismo, publicar en el tablón de edictos delAyuntamiento.

Cuarto. Dar cuenta al Pleno de esta resolución en la pri-mera sesión que se celebre para su ratificación.

Lo manda y firma el Sr. Alcalde–Presidente, José LuisVidal Ortiz, en Almadén de la Plata a 8 de agosto de 2012.

En Almadén de la Plata a 9 de agosto de 2012.—El Alcal-de–Presidente, José Luis Vidal Ortiz.

8W-10434

ARAHAL

Don Miguel Ángel Márquez González, Alcalde-Presidentedel Excmo. Ayuntamiento de esta ciudad.

Hace saber: Que mediante Acuerdo del Pleno de fecha 21de junio de 2012, se aprobó definitivamente la Innovación nº

10 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

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31 del Plan General de Ordenación Urbanística de Arahal , 12artículos de los Títulos 1 al 4 de las Ordenanzas Urbanísticas.,que desarrolla el Plan General de Ordenación Urbanística deeste municipio, asimismo con fecha 16 de julio de 2012, seprocedió al depósito e inscripción en el Registro Autonómiconº 5352 y con fecha 22 de junio de 2012, en el Registro Muni-cipal nº 132.

El Acuerdo de aprobación definitiva tiene el tenor literalsiguiente:

«Primero: Aprobar definitivamente Innovación de la inno-vación 31 de PGOU de Arahal. 12 artículos de los Títulos 1 y4 de las Ordenanzas Urbanísticas, promovido por este Excmo.Ayuntamiento Arahal, de conformidad con la documentacióntécnica suscrita por el Arquitecto Municipal de fecha 27 deenero 2012.

Segundo: Proceder a la publicación del presente acuerdoen el «Boletín Oficial» de la provincia.

Tercero: Depositar en el Registro Municipal de Planea-miento un ejemplar de la presente modificación, así como tras-ladar este acuerdo a la Delegación Provincial de la Consejeríade Agricultura, Pesca y Medioambiente de la Junta de Andalu-cía, acompañando un ejemplar diligenciado del documento deplaneamiento aprobado, conforme al art. 40.2 de la mencio-nada Ley 7/2002»

Contra el presente Acuerdo, que pone fin a la vía adminis-trativa, se puede interponer alternativamente o recurso dereposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde eldía siguiente a la publicación del presente anuncio, ante elPleno de este Ayuntamiento de Arahal de conformidad con losartículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviembre, deRégimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Pro-cedimiento Administrativo Común, o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativodel Tribunal Superior de Justicia de Andalucía con sede enSevilla, en el plazo de dos meses a contar desde el díasiguiente a la recepción de la presente notificación, de confor-midad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, dela Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Si se optara por interponer el recurso de reposición potes-tativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativohasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producidosu desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquierotro recurso que estime pertinente.

Arahal, 16 de agosto de 2012.—El Alcalde Presidente,Miguel Ángel Márquez González.

25W-10554

AZNALCÁZAR

Por acuerdo del Pleno de fecha 1 de agosto de 2012, seaprobó definitivamente el Proyecto de Actuación para la ade-cuación de nave agrícola a vivienda de guarda para custodiade la finca y ampliación de nave agrícola para almacenamientode aperos agrícolas, en un terreno propiedad del solicitante,Frutas Macías e Hijos S.L., situado en polígono 21 parcela 11de Aznalcázar, lo que se publica a los efectos del artículo43.1.f) de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de OrdenaciónUrbanística de Andalucía, siendo el acuerdo del siguientetenor literal:

Primero. Aprobar el Proyecto de Actuación expuesto,necesario y previo a la licencia de obras, para la construcciónde una vivienda unifamiliar aislada vinculada a un destinorelacionado con fines agrícolas y ampliación de nave agrícolapara almacén de aperos en los terrenos expuestos.

Segundo. La autorización que supone la aprobación delProyecto de Actuación tendrá una duración de 25 años,renovable.

Tercero. El propietario deberá asegurar la prestación degarantía por importe de 4.229,73 euros (10% de la inversión)para cubrir los gastos que puedan derivarse de incumplimien-tos e infracciones, así como los resultantes, en su caso, de laslabores de restitución de los terrenos.

Cuarto. La licencia correspondiente para realizar la actua-ción pretendida deberá solicitarse en el plazo máximo de unaño a partir de la aprobación del Proyecto de Actuación.

Quinto. Publicar esta Resolución en el «Boletín Oficial»de la provincia a efecto de lo dispuesto en el artículo 43.1.f) dela Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanísticade Andalucía.

Sexto. Notificar la Resolución al interesado a los efectosoportunos.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía adminis-trativa, se puede interponer alternativamente o recurso dereposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde eldía siguiente a la publicación del presente anuncio, ante elPleno de este Ayuntamiento de Aznalcázar, de conformidadcon los artículos 116 y 117 de Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel Procedimiento Administrativo Común, o recurso conten-cioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla en el plazo de dos meses a contardesde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, deconformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 dejulio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si seoptara por interponer el recurso de reposición potestativo, nopodrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta queaquel sea resuelto expresamente o se haya producido su deses-timación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que puedaejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En Aznalcázar a 7 de agosto de 2012.—La Alcaldesa,Dolores Escalona Sánchez.

25W-10539

BOLLULLOS DE LA MITACIóN

En cumplimiento de lo dispuesto al final de la letra a)apartado 1 del artículo 71 del texto articulado de la Ley sobreTráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial ,aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990 de 2 demarzo en la redacción dada por la Ley 11/1999 , de 21 deabril, se requiere al titular ó titulares de los vehículos:Marca Modelo Matrícula Titular D.N.IPeugeot 307 8635DCG Juan M.Abreu de la Rosa 28695705PAUDI A 4 6629FLR Joaquin Sanchez Guerra 08939739FROVER RANGER SE-2748-CC Juan A. Becerra Olmedo 27285194AMERCEDES COUPE TF-5757-F José Ortega Martín 26001977

Para que en el plazo de quince días hábiles siguientes al deinserción de este anuncio en el B.O.P., se persone con la docu-mentación pertinente y retire del depósito municipal el men-cionado vehículo. Transcurrido el plazo mencionado sinhaberse personado , se procederá al tratamiento residual delmismo (Art. 86 , Ley 18/2009 de 23 de noviembre de 2009).

Bollullos de la Mitación, 26 de julio de 2012.—El Alcalde.(Firma ilegible.)

25W-10532

FUENTES DE ANDALUCÍA

Don Miguel Fernández León, Alcalde-Presidente del Ilmo.Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el Pleno del Ayuntamiento, en sesión ce-lebrada el 15 de mayo de 2012, adoptó acuerdo de aprobacióninicial de la Ordenanza Municipal reguladora de las instalacio-

Viernes 7 de septiembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 11

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nes de telefonía móvil y de servicios similares de radiocomuni-cación de Fuentes de Andalucía.

Se expuso al público en el BOP de Sevilla núm. 146, defecha 25 de junio de 2012, no habiéndose presentado alegaciónni sugerencia alguna contra el acuerdo referido durante el pe-riodo de exposición al público, el acuerdo ha sido elevado a de-finitivo, según lo previsto en el art. 49 de la Ley 7/85, Regula-dora de las Bases de Régimen Local procediéndose a lapublicación del texto íntegro de las mismas.

En Fuentes de Andalucía a 2 de agosto de 2012.—El Al-calde-Presidente, Miguel Fernández León.

ORDENANZA MUNICIPAL REGULADORA DE LAS INSTALACIONES

DE TELEFONÍA MóVIL Y DE SIMILARES SERVICIOS

DE RADIOCOMUNICACIóN EN FUENTES DE ANDALUCÍA

En los últimos años se está produciendo una gran demandade servicios de comunicaciones e internet y, como consecuen-cia de ello, un gran de desarrollo e implantación de las nuevastecnologías de la comunicación y en especial de las comunica-ciones inalámbricas. Las infraestructuras son el soporte nece-sario para prestar los servicios de comunicaciones que utilizanel espectro radioeléctrico.

Las manifestaciones más notorias de esta realidad se evi-dencian en la enorme expansión del fenómeno de la telefoníamóvil y WIFI de nuestra localidad, así como la consecuenteproliferación de las instalaciones necesarias para el funciona-miento de estos medios de comunicación. Este hecho, unido alfuerte impacto que muchas de estas instalaciones tienen en elpaisaje urbano y natural, y su posible repercusión en la calidadde vida de los ciudadanos, justifica suficientemente la elabora-ción y aprobación por parte del Excmo. Ayuntamiento de Fuen-tes de Andalucía de una Ordenanza Municipal propia para estosfines.

La presente Ordenanza tiene como objetivo la reglamenta-ción de las condiciones urbanísticas aplicables a la localiza-ción, la instalación y el funcionamiento de los elementos yequipos de telecomunicaciones. Contiene, además, normas re-gulativas a las condiciones tecnológicas, de protección am-biental y de la seguridad de las instalaciones y normas que dis-ciplinen el régimen jurídico de las licencias sometidasordenanzas y el régimen sancionador de las infraestructuras desus preceptos por la protección ambiental y por la salubridad desus ciudadanos.

El Excmo. Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía garanti-za la protección de los ciudadanos mediante su regularizacióny control, basándose para ello en el artículo 43 de la Constitu-ción Española que compete a los poderes públicos a organizary tutelar al salud pública a través de medida preventivas y delas prestaciones y servicios necesarios y del artículo 45 de laConstitución Española que posibilita a los poderes públicosvelar por la instalación nacional de todos los recursos natura-les, con el fin de proteger y mejorar la calidad de vida y defen-der y restaurar el medio ambiente, apoyándose en la indispen-sable solidaridad colectiva.

Se pretende compatibilizar adecuadamente la necesariafuncionalidad de tales infraestructuras radioeléctricas de tele-comunicación y la utilización de los usuarios de los serviciosde telecomunicación con los niveles de calidad requerida, conlas exigencias de prevención de los paisajes urbanos y natura-les y de minimización de la ocupación y el impacto que su im-plantación pueda producir.

Competencia municipal

Por ello, el Exmo. Ayuntamiento de Fuentes de Andalucíadesarrolla a través de esta Ordenanza las competencias que leestán reconocidas en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladorade las Bases del Régimen Local en las siguientes materias: Or-denación, gestión, ejecución y disciplina urbanística –artículo25.2.d)-, el patrimonio histórico artístico –artículo 25.2.e)-, laprotección del medio ambiente –artículo 25.2.f)- y la salubri-dad pública –artículo 25.2.h)-.

Marco normativo

Será plenamente aplicable y de obligado cumplimiento lanormativa sectorial específica reguladoras del sector de las te-lecomunicaciones, constituidas en la actualidad básicamentepor la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de telecomu-nicaciones; el Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, y elReal Decreto 401/2003, de 4 de Abril, sobre infraestructurascomunes de telecomunicaciones, así como las reglamentacio-nes y especificaciones técnicas relativas a las distintas clases deinstalaciones y equipos de esta índole; el Real Decreto1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Re-glamento que establece las condiciones de protección de lasemisiones radioeléctricas; Real Decreto 424/2005, de 15 deabril, del Ministerio de Industria, Turismo y Consumo, por elque se aprueba el Reglamento sobre las condiciones para laprestación de servicios de prestación electrónicas, el serviciouniversal y la protección de usuarios, así como la legislaciónvigente o que, en su caso, pudiera aprobar estas ComunidadAutónoma en la materias afectadas por la presente Ordenanza.

Debe tenerse en cuenta que de acuerdo con los artículos 43y 44 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Tele-comunicaciones, corresponde al Estado la gestión del dominopúblico radioeléctrico y el desarrollo reglamentario entre otrosaspectos, de los procedimientos de determinación de los nive-les de emisión radioeléctrica tolerables y que no suponga unpeligro para la salud pública, en concordancia de lo dispuestopor la recomendaciones de la Comisión Europea.

Por otra parte, se somete a las instalaciones a la obtenciónde licencia de actividad tramitándose ambas licencias en unsólo procedimiento (licencia de obras y actividad), el estableci-do en la Ley de Actividades Calificadas, con notificación per-sonal a colindantes y exposición pública en el «Boletín Oficial»de la provincia, a fin de que los ciudadanos puedan conocer yalegar lo que estimen pertinente respecto a la implantación yfuncionamiento de la referidas instalaciones. Asimismo, comorequisito para la obtención del Acta de Comprobación Favora-ble, se exige la presentación de la autorización oportuna expe-dida por el Ministerio de Ciencia y Tecnología que garantiza unnivel de emisión radioeléctrica ajustado a la normativa de apli-cación.

Por consiguiente la implantación de la instalación sin obte-ner la preceptiva licencia municipal dará lugar a la demoliciónde la misma a cargo del operador y, el funcionamiento, a la sus-pensión de las emisiones. La Ordenanza, a través de la licenciade obras y actividad, vela por la existencia de aquella como re-quisito imprescindible para que se produzca dichas emisionesradioeléctricas, además del cumplimiento de las prescripcionestécnicas y urbanísticas establecidas.

Con la finalidad de disponer de un control continuado delas referidas instalaciones, la Ordenanza crea un Registro mu-nicipal específico de las mismas, generando la obligación delos operadores o entidades de inscribir las instalaciones exis-tentes en el término municipal.

Por último, en cumplimiento de la legislación urbanísticade aplicación, se concede a los operadores que tengan instala-das antenas sin licencia un plazo de dos meses para su legali-zación, así como un mes para la prestación de la autorizaciónestatal perceptiva, con el apercibimiento de la adopción, encaso de incumplimiento, de las medidas coercitivas y sancio-nadoras previstas en su texto.

Capítulo I

Disposiciones generales

Artículo 1.—ObjetoLa presente Ordenanza tiene por objeto la regulación de las

condiciones urbanísticas, medioambientales y de seguridad ysalubridad, así como el régimen jurídico al que deben someter-se la ubicación, instalación y funcionamiento de las infraes-tructuras Radioeléctricas de Telecomunicación en el término

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municipal de Fuentes de Andalucía, con la finalidad de armo-nizar el despliegue de las redes de radiocomunicación, para quesu implantación en base al principio de precaución no suponganingún riesgo para la salud, preservando el espacio urbano ynatural, minimizando la ocupación y el espacio visual y medioambiental, conciliando sus disposiciones con la regulación decompetencial estatal y autonómica tendente a evitar riesgospara la salud de la población como consecuencia del funciona-miento de las mismas, en concordancia con lo establecido enartículo 29 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General deTelecomunicaciones.

Se incluye tanto las antenas de recepción como de emisiónde ondas electromagnéticas de radiodifusión, WIFI, telecomu-nicaciones, telecontrol, etc. En cualquiera de las formas posi-bles para el control de límites de exposición humana a camposelectromagnéticos.

Artículo 2.—Normas generales

En la determinación de los emplazamientos de los elemen-tos y equipo de los Sistemas de radiocomunicación objeto de lapresente Ordenanza, se cumplirá las condiciones que específi-camente se establece en los puntos siguientes.

1. En ningún caso se permitirá estas instalaciones sobresuelos destinados a zonas verdes, espacios libres o viales, cole-gios públicos, zonas deportivas, ni zonas de ocio, ni en parce-las o edificios destinados a equipamientos con los que no tu-vieran una relación expresa.

2. Con carácter general las estaciones radioeléctricas delas radiocomunicaciones deberán utilizar la solución construc-tiva disponible en el mercado, que con las menores dimensio-nes, reduzca al máximo el impacto visual y ambiental, y ade-más deberán resultar compatibles con el entorno e integrarsearquitectónicamente de forma adecuada. Su ubicación, caracte-rísticas y condiciones de funcionamiento deberán minimizarlos niveles de exposición del público en general, conforme alRD 1066/2001.

3. La transmisión de los expedientes de solicitud de licen-cias urbanísticas relativos a la instalación de los Sistemas deTelecomunicación se efectuará conforme establece el Título IVde esta Ordenanza.

4. Cuando sea obligatorio por las normas sectoriales deaplicación la concesión de las licencias urbanísticas de estas ac-tividades, requerirá previo informe favorable emitido por losservicios competentes en materia medioambientales o de losórganos e instituciones competentes en materia de proteccióndel patrimonio Histórico-Artístico y de la estética urbana.

Para la obtención de licencia de funcionamiento los opera-dores deberán acreditar la deposición de la autorización del Mi-nisterio de Industria en aquellos casos en que sea necesariaconforme a la normativa estatal de aplicación.

Artículo 3.—Ámbito de aplicación

1. Están incluidas en el ámbito de esta Ordenanza las in-fraestructuras radioeléctricas con antenas susceptibles de gene-rar campos electromagnéticos en un intervalo de frecuencia deentre 0 Hz a 300 GHz que se encuentre situadas en el términomunicipal, y concretamente:

a) Antenas e infraestructuras de telefonía móvil y otrosservicios de radiocomunicación móvil, WIFI e Internet.

b) Antenas e infraestructuras de radiodifusión sonora y te-levisión.

c) Infraestructuras e instalaciones radioeléctricas de redespúblicas fijas con acceso vía radio y radio enlaces.

2. Quedan excepcionadas de la aplicación de la Orde-nanza:

a) Antenas catalogadas de radios aficionados.

b) Antenas receptoras de radiodifusión y televisión.

c) Equipos y estaciones de telecomunicación para la se-guridad pública y protección civil, en las condiciones conveni-das al efecto por el Ayuntamiento y el órgano titular.

Capítulo II

Artículo 4.—Localizaciones autorizadasLas instalaciones de antenas objeto de este Capítulo, sólo

será admisible en los emplazamientos autorizados expresamen-te por el Ayuntamiento de Fuentes de Andalucía.

A estos efectos, el Ayuntamiento de reserva el derecho dedisponer de emplazamientos en su término municipal para estetipo de instalaciones.

1. Los emplazamientos permitidos deberán ser conformescon las determinaciones urbanísticas en vigor y con las deriva-das de las normativas sectorial de aplicación (medio ambiente,patrimonio histórico-artístico, carreteras, protección de víaspúblicas, colectivos de riesgos como niños y ancianos, etc.),por lo que no supone un reconocimiento automático de la posi-bilidad de instalar en ellos los elementos y equipo de Teleco-municación a los que se refiere esta Ordenanza.

2. Para autorizar cualquier instalación que se pretenda ensuelo no urbanizable deberá acreditarse no sólo la compatibili-dad con los usos previstos y la observancia de la legalidad vi-gente, sino fundamentalmente la adopción de cuentas medidasresulten oportunas al objeto de garantizar la preservación delentorno natural y medioambiental, minimizando al máximo suimpacto sobre el mismo.

3. Con carácter general, en suelo no urbanizables, Activi-dades Diversas y I/S Infraestructuras se permitirá la implanta-ción de este tipo de instalaciones, pudiendo el Ayuntamientoestablecer la necesidad de compartir emplazamientos por partede los diferentes operadores, salvo razones debidamente justi-ficadas de imposibilidad técnica, concentración de emisionesradioeléctricas o en los casos en que el impacto ambiental o vi-sual de la comparición pueda ser superior al de las instalacio-nes por separado.

4. El coste de la comparición tendrá que ser asumido ín-tegramente por las empresas operadoras de servicio de teleco-municaciones. En caso de desacuerdo entre los operadores, elAyuntamiento ejercerá las funciones de arbitraje, si así lo con-sideran oportuno los operadores, y en caso contrario se estará alo que determine la normativa aplicable.

5. En polígonos industriales de nueva creación o donde yaexista un planteamiento urbanístico, estas instalaciones se ubi-carán en los espacios destinados en dicho planteamiento a equi-pamiento específico para los servicios generales del polígonoindustrial. En polígonos industriales ya existentes donde lo pre-visto en el párrafo anterior no sea factible, en la ubicación delas instalaciones deberá respetarse, en la medida de lo posible,las distancias mínimas a linderos y además normativas aplica-bles, colocándose el Recinto Contenedor adosado a las naves oedificaciones existentes y, con carácter general, deberán distarun mínimo de 10 metros de instalaciones similares.

Artículo 5.—Limitaciones y condiciones de protecciónAspectos generales

La instalación y el funcionamiento de las infraestructurasradioeléctricas deberán observar la normativa vigente en ma-teria de exposición humana a los campos electromagnéticos,en especial la establecida en el Real Decreto 1066/2001, de 28de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento que esta-blece, entre otras, medidas de protección sanitaria frente aemisiones radioeléctricas, y en particular, no podrán estable-cerse nuevas instalaciones radioeléctricas o modificar las exis-tentes cuando de su funcionamiento conjunto pudiera suponerla superación de los límites de exposición establecidos en lanormativa aplicable.

1. Quedarán limitadas las instalaciones de antenas de Te-lecomunicaciones sobre cubierta de edificios o viviendas, es-

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cuelas, centros de salud, hospitales o parques públicos, tambiénquedaran limitadas las instalaciones en las Áreas de ProtecciónArqueológica, y enclaves naturales excepcionales.

2. No se autorizaran las instalaciones en el casco Históri-co de Fuentes de Andalucía delimitado por el PGOU.

3. No se autorizaran las instalaciones en un radio inferiora 500 metros del Suelo Urbano y Suelo Urbanizable delimita-do por el PGOU

4. En ningún supuesto se autorizaran instalaciones amenos de 1000 metros de colegios, instalaciones deportivas, re-sidencia de ancianos y similares.

5. En idéntico sentido aquellas instalaciones publicas quepresten servicios de telecomunicaciones a sus usuarios, a travésde soportes wifi, telefonía, etc. adaptaran las mismas, para queen un plazo de 2 años sean centros públicos libres de radiacio-nes electromagnéticas.

6. En el suelo urbanizable comprendido en sectores o ám-bitos ya delimitados con vistas a su desarrollo inmediato, entanto no se haya aprobado el correspondiente planeamiento dedesarrollo, podrá autorizarse la instalación de estaciones basesde telefonía móvil con carácter provisional, que habrán de serdemolidas sin derecho a indemnización alguna, cuando lo acor-dare la Administración urbanística.

7. Cuando el Polígono Industrial o Ganadero límite consuelo residencial, la distancia mínima a este lindero no podráser menor de 1000 m.

8. Las infraestructuras radioeléctricas deberán señalizarsey, en su caso, vallarse, de acuerdo con lo establecido en el artí-culo 8.2 del Real Decreto 1066/2001.

9. Las características y sistemas de protección de las in-fraestructuras radioeléctricas cumplirán lo establecido por lanormativa específica de aplicación y por el planteamiento ur-banístico y además Ordenanza vigente.

Artículo 6.—Compartición de infraestructurasEn materia de compartición de Infraestructura, los opera-

dores deberán respetar lo estipulado en el artículo 30 de la LeyGeneral de Telecomunicación de 2003. En particular:

1. Se promoverá la compartición de infraestructuras,sobre todo en suelo no urbanizable y bienes de titularidad mu-nicipal, siempre y cuando sea técnica, contractual y económi-camente viable y sin perjuicio del cumplimiento de los requisi-tos materiales y procedimentales prevenidos por la normativasectorial estatal en materia de telecomunicaciones para el usocompartido de instalaciones.

2. En los bienes de titularidad municipal, el Ayuntamien-to podrá exigir, como condición de su utilización, la comparti-ción de emplazamientos, que tendrá por lo tanto carácter prefe-rente, salvo que la operadora pueda justificar que la misma noes técnicamente viable.

3. En espacio de titularidad privada, la compartición noserá condición para la concesión de la licencia, no obstante, ala vista de los Planes de Implantación presentado por las dis-tintas operadoras, el Ayuntamiento podrá solicitar a las mismas,cuando soliciten licencia, que justifiquen la inviabilidad técni-ca, contractual y económica de la compartición.

La compartición de infraestructuras de telecomunicacio-nes, como posible técnica reductora del impacto visual produ-cido por estas instalaciones, será, en todos los casos, objeto deun estudio individualizado.

La intervención del Ayuntamiento en este ámbito salva-guardará los principios de transparencia, proporcionalidad y nodiscriminación.

Capítulo III

Artículo 7.—Naturaleza del Plan de implantación 1. El Plan de implantación constituye un documento de

carácter informativo y orientativo que tiene por objeto reflejar

las instalaciones actuales y las previsiones futuras de un opera-dor en el Municipio.

2. Cada uno de los operadores que pretenda el desplieguee instalación de infraestructuras de telecomunicación a que serefiere el artículo 3.1, estará obligado a la presentación ante elAyuntamiento de un Plan de Implantación que complete el con-junto de todas sus instalaciones radioeléctricas dentro del tér-mino municipal. La presentación de dicho Plan se hará deacuerdo a los requisitos y condiciones regulados en los artícu-los siguientes.

3. El Plan tendrá carácter no vinculante para los operado-res y será actualizado por los mismos a medida que sea nece-sario, si bien en caso de que el despliegue no se ajuste al Planpresentado ante el Ayuntamiento deberán proceder a su actua-lización conformen a lo establecido en el artículo 7 de la pre-sente ordenanza.

4. Los ciudadanos tendrán derecho a acceder a la infor-mación de los Planes de Implantación presentados al Ayunta-miento.

Artículo 8.—Contenido del Plan de Implantación El Plan de Implantación se presentará por triplicado y se pre-

sentará las ubicaciones de las instalaciones existentes y las áreasde búsqueda para las previstas y no ejecutadas, y deberá estarsuscrito por un técnico competente en materia de telecomunica-ciones y visado por el correspondiente colegio profesional.

1. El Plan estará integrado por la siguiente documenta-ción:

a) Memoria con la descripción general de los servicios aprestar, las zonas de servicio atendidas, las soluciones cons-tructivas utilizadas y las medidas adoptadas para la minimiza-ción del impacto paisajístico y medioambiental de las instala-ciones previstas en el Plan que seguirán las directricesacordadas en el Código de Buenas Prácticas citado en el pre-ámbulo de la presente Ordenanza.

b) Copia de la autorización ante el órgano competentepara la implantación de la red de telecomunicaciones.

c) Red de Estaciones Base:-Red existente: código y nombre de emplazamiento, direc-

ción postal y coordenadas UTM, posibilidad de uso compartido.-Previsiones de Despliegue: código de emplazamiento,

nombre de la zona, fecha objetivo y coordenadas UMTd) Planos del esquema general de la red del conjunto de

las infraestructuras radioeléctricas, indicando las instalacionesexistentes y las que se pretenda instalar, con localización en co-ordenadas UMT (coordenadas del emplazamiento para instala-ciones existentes y representación del área de búsqueda para lasinstalaciones previstas en un año), con un código de identifica-ción para cada instalación.

Los planos se presentarán conforme al Plan General Muni-cipal de Ordenación, y la escala geográfica se adaptará a unapresentación adecuada a la red, que permita visualizar almismo tiempo el conjunto de la misma y los detalles de locali-zación suficientes para cada emplazamiento.

Los planos se presentarán en papel y en soporte digital.Artículo 9.—Criterios para la instalación de los equipos 1. Conforme a lo establecido en el RD 1066/2001, en la

planificación de las instalaciones radioeléctricas, sus titularesdeberán tener en consideración, entre otros criterios, los si-guientes:

-La ubicación, característica y condiciones de funciona-miento de las estaciones radioeléctricas deben minimizar losnivel de exposición del público en general a las emisiones ra-dioeléctricas con origen tanto en éstas como. En su caso, en losterminales asociados a las mismas.

-Así mismo, deberá acreditar que dispone de la correspon-diente licencia de uso del espectro radioeléctrico para la pres-tación del servicio de telecomunicaciones de que se trate de

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acuerdo en lo dispuesto en la normativa general y sectorial quesea de aplicación.

-El titular de las instalaciones aportará al Ayuntamientocertificado de la existencia de póliza de Responsabilidad Civilen cuantía suficiente para cubrir los riesgos derivados de lasmismas.

-En las instalaciones de deberá la solución constructiva téc-nica y económicamente viable que mejor contribuya a la mini-mización del impacto visual y medioambiental.

Artículo 10.—Presentación del Plan de Implantación, y ac-tuación administrativa

Para la aprobación del plan de implantación, habrá que for-mularse la pertinente solicitud con los requisitos formales decarácter que determina la Ley 30/1992 de Régimen Jurídico delas Administraciones Públicas y del Procedimiento Administra-tivo Común, acompañando dos ejemplares del plan.

1. Con carácter previo a la implantación o despliegue delas instalaciones, cada operadora deberá presentar ante el Ayun-tamiento el Plan de Implantación, en los términos y con el con-tenido previsto en los artículos anteriores.

2. Una vez recibida la documentación, los servicios mu-nicipales competentes procederán a su estudio a los efectos decomprobar que el contenido de el Plan se corresponde con elexigido en esta Ordenanza, y en el caso de que se encontrara al-guna deficiencia en la documentación, lo pondrán en conoci-miento de la operadora para que proceda a su subsanación enun plazo de diez días.

3. Si en la evaluación de los planes de implantación, exis-tieran razones que justifiquen el comportamiento de las ubica-ciones, el Ayuntamiento instará a las distintas operadoras al es-tablecimiento de los oportunos acuerdos de colaboración.

4. Tras ello, el órgano competente adoptará resolución enla que limitará tomar conocimiento del Plan de Implantaciónpresentado, y acordar su publicación a los efectos de informa-ción ciudadana, según lo previsto en el artículo 6.4.(Los ciuda-danos tendrán derecho a acceder a la información de los Planesde Implantación prestados al Ayuntamiento).

Artículo 11.- Actualización y modificación del Plan de Im-plantación.

1. Los operadores deberán comunicar al Ayuntamiento lasmodificaciones o actualizaciones, si las hubiere, del contenidodel Plan de Implantación presentado.

2. En el primer semestre del año, deberán presentar unplano actualizado del esquema general de la red de estacionesbase sólo cuando se hayan producido cambios, en el año ante-rior, que afecten a los emplazamientos en su localización o enel número de las instalaciones existentes. Se presentará unacopia de los planos actualizados en soporte digital.

3. En cualquier caso, la documentación relativa a dichasactualizaciones, deberá presentarse con carácter previo o si-multáneamente a la solicitud de las licencias para las instala-ciones a las que afecten.

4. En todo caso, las operadoras deberán adecuar el Plan ala normativa que en cada momento sea de aplicación en estamateria.

Artículo 12.—Colaboración de la administración localCon el fin de facilitar la redacción del Plan, y sin perjuicio

de la obligación de presentar el Plan de Implantación, el Ayun-tamiento en la medida que sea posible podrá proporcionar aloperador:

-Información sobre los emplazamientos que formen partedel Patrimonio municipal y que sea utilizables a priori.

-Un plano del municipio indicando las localizaciones exis-tentes que puedan ser idóneas para la instalación de la infraes-tructura (equipamientos, instalaciones eléctricas, depósitos deagua, etc…).

-Información sobre aquellos emplazamientos que por teneruna especial protección no sean idóneos o necesiten autoriza-ción especial.

-Proyectos de obras y trabajos previstos a realizar en el mu-nicipio que podría tener un impacto sobre el despliegue deloperador.

Capítulo IV

Régimen jurídico de las licencias

Artículo 13.—Sujeción a licencia1. Estarán sometidas a la obtención previa de las precep-

tivas licencias municipales, urbanística y de actividad, las obrasde la instalación y la apertura y el funcionamiento de las in-fraestructuras radioeléctricas incluidas en el ámbito den aplica-ción de esta Ordenanza, que estarán sometidas a la comunica-ción previa a su puesta en funcionamiento, regulada en el art.15 de esta Ordenanza.

Artículo 14.—Disposiciones aplicables a la transmutaciónde licencias

1. En cuanto al régimen de licencias para la infraestructu-ras objeto de esta Ordenanza se estará a lo establecido en al le-gislación estatal y automática que sea de aplicación, así comoa las determinaciones de la presente Ordenanza. En su acaso,de acuerdo con el código de buenas prácticas -CBP-, referidoen el preámbulo de esta ordenanza, se establece una transmuta-ción simultánea de las licencias urbanísticas y de actividad quese a necesaria.

2. Conforme a lo previsto en la normativa autonómica yestatal de aplicación, las solicitudes de licencias deberán resol-verse en el plazo de seis meses. Transcurrido dicho plazo, si noha recaído resolución, ésta se entiende otorgada por silencio ad-ministrativo. En ningún caso se entenderán adquiridas por si-lencio administrativo facultades o licencias contra de la legis-lación o del planeamiento urbanístico.

Artículo 15.—Documentación a presentar con la solicitudde licencias

Las solicitudes de licencias se presentarán por triplicado enel Registro del Ayuntamiento por cualquiera de los medios le-galmente establecidos, acompañada de la siguiente documenta-ción:

A) Para la licencia conjunta urbanística y de actividad :1. Documento que acredite el cumplimiento de las obliga-

ciones tributarias que determinen las Ordenanzas Fiscales co-rrespondientes a lo relativo al pago de tasas para la solicitud delicencias.

2. En su caso, documento que acredite fehacientemente lavigencia de la autorización expedida por el órgano competentepara la implantación de la red de telecomunicaciones.

3. Acreditación de la presentación ante el órgano compe-tente por razón de la materia de la solicitud de autorización delproyecto técnico de las instalaciones radioeléctrica.

4. Estudios de niveles de exposición prevista en RD1.066/2001 y Orden CTE/23/2002.

5. Copia de la ficha resumen de datos técnicos de la ins-talación incluida en dicho proyecto.

6. Código de identificación de la instalación en el Plan deImplantación presentado.

7. Declaración del compromiso de mantener la instalaciónen perfectas condiciones de seguridad, así como el compromi-so de desmantelamiento de las instalaciones una vez hayan de-jado de estar es servicio.

8. Identificación del técnico director de obra responsablede la ejecución.

9. Proyecto técnico por triplicado, firmado por técnicocompetente, conforme a la normativa actual de construcción y

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el Código Técnico de la Edificación, incluyendo como mínimola siguiente comunicación:

a) Memoria descriptiva de:

— Las actuaciones a realizar.

— Servicios de telecomunicaciones a prestar.

— La posible incidencia de su implantación en el entorno.

Medidas correctoras que se proponen adoptar para atenuardichos impactos, si los hubiera, con el grado de eficacia pre-visto.

Impacto visual en el paisaje urbano o rural de la instalacióncon fotomontajes ilustrativos desde la vía pública especialmen-te desde los puntos donde la instalación sea más visible. Asímismo, desde la ubicación de la instalación se tomarán un mí-nimo de 8 fotografías, partiendo de una primera de 0 grados ylas restantes a 45 grados, en las que se pueda apreciar el entor-no del emplazamiento propuesto.

-Características del sistema radiante a instalar.

-Descripción de las medidas correctoras adoptadas para laprotección contra las descargas eléctricas en origen atmosféri-co, así como de la señalización y vallado que restrinja el acce-so de personal no profesional a la zona, siempre que lo exija lanormativa aplicable.

b) Planos:

-De ubicación de la instalación y de trazado del cableadonecesario para la instalación.

-De planta, alzado y sección existente y modificado, en sucaso, indicando los equipos e instalaciones auxiliares.

-De emplazamiento referido al plano de calificación delsuelo en el planeamiento municipal. En suelo no urbanizable,plano de parcela reflejando dimensiones y ubicación.

-Zona estimada de cobertura, mediante la presentación deun mapa de cobertura.

c) El proyecto técnico integrará un estudio de calificaciónambiental que describirá detalladamente la posible incidenciade su implantación y funcionamiento en el medio ambiente ex-terior e interior de la edificaciones y construcciones de su en-torno, expresando los siguientes datos:

-Impactos ambientales producidos por ruidos y vibracionesy por expulsión forzada de aire caliente o viciado.

-Impacto visual en el paisaje arquitectónico urbano.

-Medidas correctoras que se propone instalar para eliminardichos impactos y grado de eficacia previsto.

La presentación incompleta o defectuosa de la documenta-ción, a que hacen referencia los artículos anteriores deberá sersubsanada en el plazo de 10 días a partir de la notificación queremita el Ayuntamiento al respecto, con suspensión del plazopara resolver la resolución de las licencias establecidas en estaOrdenanza.

B) Para las licencias de apertura o funcionamiento:

1. Una vez ejecutada la instalación, y con carácter previoa la puesta en marcha de las infraestructuras radioeléctricas, eltitular de la licencia de obras deberá solicitar licencia de fun-cionamiento.

2. La solicitud de licencia se acompañará de la siguientedocumentación:

-Certificación de la dirección facultativa que acredite laadecuación de lo construido al proyecto objeto de licencia, vi-sada por el correspondiente colegio profesional.

-Acta de Ministerio de Industria, de inspección o reconoci-miento satisfactorio de la instalación, previa al uso del domici-lio público radioeléctrico, o, para los tipos de3 instalaciones es-tablecidos por la Secretaria de Estado de Telecomunicaciones ypara la Sociedad de Información, certificación que la sustituya.

-Certificación de la dirección facultativa que acredite laadecuación a la normativa aplicable, de los impactos ambienta-les producidos por ruidos, vibraciones y aires.

-En un caso, copia de las autorizaciones de las instalacio-nes auxiliares (baja tensión, clima, etc.) otorgadas por el orga-nismo administrativo competente.

La presentación incompleta o defectuosa de la documenta-ción, a que hacen referencia los apartados anteriores deberá sersubsanada en el plazo de 10 días a partir de la notificación queremita el Ayuntamiento al interesado, con suspensión del plazopara resolver establecido en esta Ordenanza.

El Ayuntamiento, examinada la documentación previa ins-pección, en su caso, de las instalaciones, concederá la licenciao impondrá las medidas correctoras urbanísticas que permitanla adecuación de la instalación al proyecto presentado, en unplazo máximo de tres meses. En todo caso, siempre que no seimpongan medidas correctoras, y transcurrido el plazo previstosin haberse notificado dicha resolución deficiencias se enten-derá concedida la licencia, y el titular podrá iniciar el ejerciciode la actividad.

Artículo 16.—Régimen de comunicaciónPara las instalaciones sometidas a comunicación previa, de

acuerdo con el artículo 12 de esta Ordenanza, los operadoresdeberán comunicar al Ayuntamiento el inicio de la actividadcon una antelación mínima de un mes justo a la presentación dela siguiente documentación suscrita por técnico competente:

a) Memoria descriptiva y justificativa de las obras e insta-laciones a realizar, incluyendo fotomontaje y simulación gráfi-ca del impacto visual en el paisaje arquitectónico urbano y pre-supuesto.

b) Representación gráfica de las obras y de las instalacio-nes, de la localización de la instalación y del trazado del cable-ado.

c) Estudio de niveles de exposición previsto en RD1.066/2001 y Orden CTE/23/2002. Transcurrido el plazo de unmes desde la presentación de la comunicación acompañada dela indicada documentación, sin haberse notificado deficienciaspor parte del Ayuntamiento, el titular no podrá iniciar su fun-cionamiento y ejercicio de la actividad sin contar con el infor-me favorable, y tiene el deber de subsanar deficiencias que sedetentaran y se notificaran con posterioridad a dicho plazo, asícomo de la posibilidad del Ayuntamiento de dictar medidas co-rrectoras una vez iniciado el funcionamiento, conforme a loprevisto en la legislación vigente.

Capítulo V

Conservación y mantenimiento de las instalaciones

Artículo 17.—Deber de conservación1. Los titulares de las licencias. Están obligados a mante-

nerlas en las debidas condiciones de seguridad, estabilidad con-servación.

2. El deber de conservación de las instalaciones de equi-po de telecomunicaciones implica su mantenimiento, mediantela realización de los trabajos y obras que sean precisos, paraasegurar el cumplimiento de los siguientes fines:

a) Preservación de las condiciones con arreglo a las cua-les hayan sido autorizadas las citadas instalaciones.

b) Preservación de las condiciones de funcionalidad y deseguridad, salubridad y ornato público, incluidos los elementossoporte de las mismas.

c) Incorporar las mejoras tecnológicas que contribuyan aminimizar el impacto ambiental y visual de las instalaciones.

3. Cuando los servicios municipales detecten un estado deconservación deficiente, lo comunicarán a los titulares de la li-cencia para que, en un plazo de quince días a partir cuandoexistan situaciones de peligro para las personas o los bienes, lasmedidas habrán de adoptarse de forma inmediata y nunca su-

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perior a un plazo 24 horas. De no ser así, la instalación podráser retirada por los servicios municipales, a cargo del obligado.En los casos en los que no concurran circunstancia de urgencia,se estará a lo previsto en el artículo 18.

4. En los supuestos de cese definitivo de la actividad oexistencia de elementos de la instalación en desuso, el titular dela licencia o, en su caso, el propietario de las instalaciones de-berá realizar las actuaciones necesarias para desmantelar y re-tirar los equipos de radiocomunicación o sus elementos, res-taurando el estado anterior del terreno, la construcción oedificio que sirva de soporte a dicha instalación.

Artículo 18.—Renovación y sustitución de las instalacio-nes

Estarán sujetas a los mismos requisitos establecidos en lapresente ordenanza para la primera instalación de renovación osustitución completa de una instalación y la reforma de las ca-racterísticas constructivas de la misma que hayan sido determi-nantes para su autorización, así como la sustitución de algunode sus elementos por otro de características diferentes a las au-torizadas.

Artículo 19.—órdenes de ejecución 1. Con el fin de asegurar el cumplimiento de lo estableci-

do en la siguiente Ordenanza, el órgano competente del Ayun-tamiento dictará las órdenes de ejecución que sean necesarias,las cuales contendrán las determinaciones siguientes:

a) Determinación de los trabajos y obras a realizar paracumplir el deber de conservación de las infraestructuras ra-dioeléctricas y de su instalación, en su caso, de su retirada o dealguno de sus elementos.

b) Determinación del plazo para el cumplimiento volunta-rio de lo ordenado, que se fijará en razón directa de la impor-tancia, volumen y complejidad de los trabajos a realizar.

c) En su caso, orden de retirada de las instalaciones acargo del obligado.

d) La orden de ejecución determinará en función de enti-dad de las obras a realizar la exigibilidad del proyecto técnicoy, en su caso, dirección facultativa

Artículo 20.—Retirada de instalaciones o de alguno de suselementos

El titular de la licencia o el propietario de las instalacionesdeberá realizar las actuaciones necesarias para desmantelar yretirar los equipos de Radiocomunicación o sus elementos res-taurando al estado anterior a la instalación de los mismos, el te-rreno, construcción o edificio que sirva de soporte a dicha ins-talación, en los supuestos de cese definitivo de la actividad o delos elementos de las mismas que no se utilicen. Subsidiaria-mente serán responsables de la obligación la propiedad o Co-munidad de Propietarios del terreno o edificio sobre el que seubique.

Capítulo VI

Régimen de protección de la legalidad y sancionador de lasinfracciones

Artículo 21.—Inspección y disciplina de las instalacionesLas condiciones urbanísticas de instalación –incluidas las

obras- y seguridad de las instalaciones reguladas por esta Orde-nanza, estarán sujetas a las facultades de inspección municipal,correspondiendo a los servicios y órganos que tengan encomen-dada la facultad protectora de la legalidad y de disciplina.

Los servicios de Inspección Municipal vigilarán el adecua-do cumplimiento del deber de conservación de los equipos porparte de las empresas operadoras, pudiendo controlar el nivelde las potencias de emisión de dichos equipos, realizando lascorrespondientes mediciones, o requiriendo de la titular de lainstalación la presentación de certificado acerca de que la ins-talación sigue cumpliendo los niveles máximos de exposicióna campos electromagnéticos que le fueron autorizados, dando

cuenta inmediatamente a los órganos del Ministerio con com-petencias en la materia, en el caso de comprobar que se super-en los niveles de potencia de emisión permitidos.

Artículo 22.—Protección de legalidad1. Las acciones o emisiones que contravengan lo dispuesto

en la Ordenanza determinarán la adopción de las medidas esta-blecidas en la normativa vigente para la protección y defensade la legalidad urbanística, medioambiental y de salud.

2. Las acciones u omisiones que contravengan lo dispues-to en la presente Ordenanza podrán dar lugar a la adopción delas medidas que a continuación se establecen, que serán im-puestas por el procedimiento previsto para cada una de ellas:

a) Restitución del orden vulnerado en materia de urbanis-mo, medio ambiente o contra la salud pública.

b) Imposición de multas a los responsables, previa trami-tación del procedimiento sancionador que corresponda, confor-me a los establecido por la Ley de Régimen Jurídico de las Ad-ministraciones Públicas y del Procedimiento AdministrativoComún y además normas de aplicación.

3. En todo caso, la Administración municipal adoptará lasmedidas tendentes a reponer los bienes afectados al estado an-terior a la producción de la situación ilegal.

Artículo 23.—Orden de desmontaje, retirada y clausura1. Las órdenes de desmontaje y retirada de las instalacio-

nes deberán ser cumplidas por el titular de la licencia o el pro-pietario de las instalaciones en el término máximo de un mes,o inmediatamente en el caso de construir un peligro para la se-guridad de las personas, bienes o protección de la salud públi-ca, En caso de incumplimiento, se procederá a adoptar las me-didas de ejecución forzosa legalmente previstas con cargo a lossujetos afectados. La orden de desmontaje y retirada, cuandono se disponga de licencia, será independiente de la orden delegalización, de manera que será inmediatamente efectivamientras no esté legalizada la instalación.

2. La orden de clausura o suspensión de actividades,cuando no se disponga de licencia de funcionamiento, será in-dependiente de la orden de legalización, de manera que será in-mediatamente efectiva previo plazo de audiencia de quincedías. Su incumplimiento dará lugar a la ejecución forzosa me-diante la desconexión y precintase de las instalaciones a cargode los obligados.

3. Las medidas coercitivas y de ejecución forzosa son in-dependientes y compatibles con las que se puedan imponer enconcepto de sanción.

Artículo 24.—Inspección y disciplina de las instalacionesde equipos de Telecomunicación

Las condiciones urbanísticas de emplazamiento e instala-ción, incluidas las obras, de los equipos de Telecomunicaciónregulados en esta Ordenanza estarán sujetas a las facultades deinspección municipal, correspondiendo las facultades de pro-tección de la legalidad, de disciplina y protección medioam-biental y de salud; y el rango de radiación y potencia a los ser-vicios y órganos que las tengan encomendadas en laorganización municipal.

Artículo 25.—Infracciones y sanciones1. InfraccionesLas acciones u omisiones que vulneren lo dispuesto en la

presente Ordenanza con relación al emplazamiento, instalacióny funcionamiento de las infraestructuras radioeléctricas consti-tuirán infracciones que serán sancionadas de conformidad conlo establecido en la normativa municipal que resulte de aplica-ción.

1.1. Infracciones muy gravesLas instalaciones sin las correspondientes licencias de la

infraestructura radioeléctricas.La falta de adaptación y regularización de las instalaciones

ya existentes a la entrada en vigor de la presente Ordenanza, en

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el periodo de un año y según lo dispuesto en la DisposiciónTransitoria primera.

1.2. Infracciones gravesb) El funcionamiento de la actividad con sus equipos de

comunicaciones sin respetar las condiciones que figuren incor-poradas a la licencia concedida

c) El incumplimiento de los deberes de conservación, re-novación, sustitución, revisión y retirada de las instalacionesradioeléctricas.

d) El incumplimiento de los deberes de realizar la comu-nicación previa a la puesta en funcionamiento de las instalacio-nes radioeléctricas.

Las infraestructuras graves pueden ser sancionadas comomuy graves cuando haya reincidencia en el incumplimiento.

1.3. Infracciones levesAquellas obras acciones u omisiones, de escasa entidad y

perjuicio a los intereses generales, no contempladas en losapartados anteriores, que vulneren lo dispuesto en esta Orde-nanza.

También podrán calificarse como leves, las infraccionesgraves, cuando en el procedimiento sancionador se demuestrela escasa entidad del daño producido a los intereses generales.

2. Sanciones:La determinación de las sanciones que corresponde impo-

ner por la comisión de las infracciones tipificadas en esta Or-denanza, se realizará en la forma siguiente:

La comisión de las infracciones leves a que se refiere estaOrdenanza se sancionará con multa de 5 % al 10% de la insta-lación.

La comisión de las infracciones calificadas como graves enla presente Ordenanza será sancionados con multa de 20 % al40 % del valor de la instalación.

La comisión de las infracciones muy graves se sancionaráncon multa del 50% al 60 % del valor de la obra, instalación oactuación realizada.

3. Las actuaciones reguladas en esta Ordenanza que, aúnamparada en una licencia, se realicen en contra de las condi-ciones impuestas en la misma, serán consideradas, a los efectosde aplicación del régimen de protección de la legalidad y san-cionador de las infracciones correspondientes, como actuacio-nes sin licencia, imponiéndose la sanción de acuerdo con loscriterios establecidos en los apartados anteriores, que se calcu-larán por los Servicios Técnicos competentes.

4. En la aplicación de las sanciones previstas en la pre-sente Ordenanza que, así como en la posible adopción de lasmedidas cautelares y los plazos de caducidad y prescripción, seestará a lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Proce-dimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999, de 13 de enero, así como lo dispuesto R.D. 1398/1993,de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del proce-dimiento para la ejercicio de la potestad sancionadora.

Capítulo VII

Régimen fiscal

Artículo 26.—Régimen fiscalLas instalaciones reguladas en esta Ordenanza, así como la

obtención de las licencias preceptivas, estarán sujetas a los tri-butos previstos en las Ordenanzas fiscales con arreglo a los pre-ceptos de éstas.

Disposición adicional primera

1. En el plazo de 6 meses, contando a partir de la entradaen vigor de esta Ordenanza, el Ayuntamiento de Fuentes de An-dalucía creará un Registro Especial en el que se inscribirántodas las instalaciones radioeléctricas sujetas a la misma quehayan obtenido las correspondientes licencias municipales.

2. La inscripción registral se realizará de oficio o a ins-tancia del interesado y deberá contener los datos relativos al ti-tular de la licencia y las condiciones impuestas para la autori-zación de la instalación.

3. Los operadores titulares de las antiguas licencias indi-viduales o su equivalente según la nueva reglamentación debe-rán cumplir estas ordenanzas.

Disposición adicional segunda

La Corporación realizará acciones concretas tendentes a lo-grar una mejor información pública sobre niveles de emisión delas infraestructuras radioeléctricas instaladas en el término mu-nicipal, u otras cuestiones relativas a sus efectos sobre la saludo el medio ambiente, mediante la divulgación general de estu-dios o informes, al menos una vez al año.

De igual manera, se fomentará cualesquiera otras medidasque puedan favorecer la tranquilidad y seguridad ciudadanas,estableciendo los mecanismos de participación vecinal o ciuda-dana que resulten adecuados par la consecución de tales fines.

Disposición adicional tercera

Información sobre instalaciones existentes y Programa dedesarrollo.

1. Los operadores de radiocomunicación tienen que pre-sentar al Ayuntamiento un documento informativo sobre lasinstalaciones existentes y un programa de desarrollo de la redcorrespondiente en todo el municipio.

2. El documento de información de las instalaciones exis-tentes y del programa de desarrollo, permitirá al Ayuntamiento:

a) Disponer de la información imprescindible para valo-rar, el otorgar cada autorización, el impacto ambiental y visualdirecto y acumulado, las necesidades de compartición y a laidoneidad del emplazamiento para garantizar la protección delmedio ambiente, salud pública y el cumplimiento de los objeti-vos urbanísticos.

b) Ponderar la situación actual y las necesidades de futu-ro de los operadores de radiocomunicación, en la elaboraciónde instrumentos de planeamiento que tengan por objeto esta-blecer de forma pormenorizada y sobre el territorio las posibi-lidades concretas de emplazamiento.

b.1) El documento de información de las instalaciones exis-tentes y del programa de desarrollo de la red tiene que presen-tarse antes o simultáneamente a la petición de licencia de obrasy actualizarse cada año.

b.2) La no presentación o insuficiencia de documentaciónque podrá ser objeto de requerimiento, libera de responsabili-dad al municipio por los perjuicios que se puedan causar, co-rrespondiendo a los operadores de radio-comunicación que in-cumplan la obligación de presentarla, y los interesados obeneficiarios de la instalación, por el hecho de que los instru-mentos de planeamiento no establezcan emplazamientos sufi-cientes para sus instalaciones y para desplegar su actividad.

c) El documento de información gráfica y escrita sobre lasinstalaciones existentes y sus actualizaciones anuales tendrá elcontenido previsto en la presente Ordenanza. Tendrán queacompañar las actualizaciones anuales con el documento de in-formación gráfica y escrita, las certificaciones de las instala-ciones a las que se refiere el artículo 9 del Real Decreto1066/2001, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Re-glamento que establece las condiciones de protección del do-micilio público radioeléctrico, restricciones radioeléctricas, yla Orden CTE/23/2002, de 11 de enero (Ministerio de Cienciay Tecnología), que establece las condiciones para la presenta-ción de determinados estudios y certificaciones para operado-res de servicio de radiocomunicaciones.

d) Para poder garantizar un correcto control del nivel deradiación en el término municipal de Fuentes de Andalucía, eloperador deberá aportar, como documentación complementariaal documento de información gráfica, un mapa de intensidadesde los campos electromagnéticos en todo el término municipal

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en relación con las instalaciones existentes y las que resultendel desarrollo de la red.

e) El programa de desarrollo de la red tiene que ir acom-pañado de los estudios previstos en el artículo 8 del Real De-creto 1066/2001, de 28 de septiembre.

f) La presentación del documento de información gráficay escrita sobre las instalaciones existentes y del programa deldesarrollo de la red y de las instalaciones se hará por duplicadoen el Registro General del Ayuntamiento y deberá acompañar-se de la correspondiente solicitud con los requisitos formales decarácter general que determina la Ley 30/1992, de 27 de no-viembre, del régimen jurídico de administraciones públicas ydel procedimiento administrativo común.

Disposiciones transitorias

Disposición transitoria primera: Planes de Implantaciónexistentes.

1. Los operadores de las instalaciones de Telecomunica-ción existentes en vigor de la presente Ordenanza que no dis-pongan de la debida autorización municipal, deberán solicitarla oportuna licencia de legalización en el plazo de dos mesesestablecido en la legalización urbanística general y autonómicade aplicación. Asimismo, deberán presentar en el plazo de unmes la autorización definitiva de funcionamiento expedida porel Ministerio de Ciencia y Tecnología.

El incumplimiento de cualquiera de las prescripciones se-ñaladas dará lugar a la adopción de las medidas previstas en losartículos 21, 22, 23, 24 del Título VI de esta Ordenanza.

Disposición transitoria segunda: Instalaciones existentes.1.1. Las instalaciones existentes en el momento de entra-

da en vigor de esta Ordenanza que dispongan de las licenciasexigibles de acuerdo con el planeamiento u Ordenanzas vigen-tes en aquella fecha, se inscribirán en el Registro Especial y de-berán adecuarse en los aspectos regulados por esta Ordenanzaen el plazo de 1 años contados desde la indicada fecha, dispo-niendo los titulares de la licencia u plazo máximo de seis mesespara acometer la adaptación.

1.2. Las operadoras podrá solicitar directamente la puestaen funcionamiento, de aquellas instalaciones existentes en elmomento de entrada en el vigor de esta Ordenanza que tuvie-ran solicitadas las pertinentes licencias en un plazo superior alos seis meses previos a la entrada en vigor de la misma, sin quehubiera recaído resolución expresa, siempre que dicha instala-ciones estuvieran incluidas en los planes de implantación yque, no fueran en contra de la legislación o del planeamientourbanístico Local. En el caso de que no estuviera incluidas endichos planes, deberá, con carácter previo a la resolución de lalicencia, presentar la correspondiente modificación del plan deimplantación, conforme a lo previsto en el artículo 10 de estaOrdenanza.

1.3. Será aplicable el procedimiento de comunicaciónprevia regulado en el artículo 14 de esta Ordenanza, a aque-llas instalaciones que les corresponda, conforme a lo previstoen el artículo 12, y que a la fecha de entrada en vigor de lamisma tuvieran solicitada licencia conforme a la Ordenanzaanterior. A tales efectos, el promotor del expediente podrá so-licitar la aplicación de dicho procedimiento en cada caso, pre-sentado, si no estuviera ya aportada, la documentación exigi-da en el artículo 14.

1.4. Las instalaciones existentes en el momento de entradaen vigor de esta Ordenanza que no cumpla las condiciones se-ñaladas en los párrafos anteriores, deberán regularizar su situa-ción y solicitar las licencias correspondientes establecidas enesta ordenanza en los plazos que fije la normativa de aplica-ción, o en su caso, en el plazo máximo de 6 meses desde la en-trada en vigor de la presente Ordenanza.

1.5. En el plazo de un mes desde la entrada en vigor de estaOrdenanza, todas las instalaciones existentes, independiente-mente de los plazos de los apartados anteriores, deberán acre-

ditar el cumplimiento de los límites de referencia del R.D.1066/01, con la copia de la última certificación exigible pre-sentada al Ministerio de Industria.

2. Si las instalaciones no cumplieran con lo establecidoen el apartado 1.4, el Ayuntamiento podrá suspender cautelar-mente la actividad de las citadas instalaciones y podrá ordenarsu clausura si transcurrido un mes desde la suspensión, no sehubiera presentado la solicitud de las referidas licencias.

3. Los plazos establecidos en el apartado 1 no impediránel ejercicio de la potestad inspectora y sancionadora por partedel Ayuntamiento, en los términos establecidos en el CapítuloVI de esta Ordenanza.

Disposición transitoria tercera: Solicitudes en trámite

Las solicitudes de licencia, presentadas dentro de los seismeses anteriores de la entrada en vigor de esta Ordenanza, deacuerdo con el planteamiento u Ordenanza vigente en aquellafecha, deberán adecuarse a los requisitos de esta Ordenanza ypresentar la documentación correspondiente, para lo cual lossolicitantes dispondrán de un plazo de 6 meses quedando sus-pendida la tramitación del expediente hasta la presentación dela nueva documentación.

Disposición derogatoria

Queda derogada a toda Ordenanza Reguladora de las Con-diciones Urbanísticas para la instalación y Funcionamiento deSistemas de Telecomunicación aprobada por Acuerdo del Plenode la Corporación.

Disposición final primera

En lo no previsto en la Ordenanza, se estará a lo dispuestoen la normativa Estatal y Autonómica sobre la materia.

Disposición final segunda

De acuerdo con lo establecido en los artículos 70.2 65.2 dela Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régi-men Local, la presente Ordenanza entrará en vigor a los quin-ce días hábiles de su publicación completa en el «Boletín Ofi-cial» de la provincia, una vez aprobada definitivamente por elPleno de la Corporación.

253W-10257

EL GARROBO

Don Bernardo Alcón Moreno, Alcalde Presidente delAyuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en sesión ordina-ria celebrada el día 27 de julio de 2012, ha aprobado inicial-mente el Reglamento de los Títulos, Honores y DistincionesOficiales del Ayuntamiento de El Garrobo.

Conforme a lo establecido en el apartado b) del artículo 49de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases deRégimen Local, el presente acuerdo se expondrá al públicopor espacio de treinta días, contados a partir de la publicacióndel presente anuncio en el «Boletín Oficial» de la provincia,dentro de los cuales los interesados podrán examinar el expe-diente y presentar las reclamaciones y sugerencias que estimenoportunas.

El Garrobo a 1 de agosto de 2012.—El Alcalde, BernardoAlcón Moreno.

7W-10190

HERRERA

1. Entidad adjudicadora.

a) Organismo: Ayuntamiento de Herrera (Sevilla).b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría

General.

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c) Obtención de documentación e información:

1) Dependencia: Secretaría General2) Domicilio: Avda. Constitución, 13) Localidad y Código Postal: Herrera.415674) Teléfono: 95 401 30 125) Fax: 95 401 32 966) Correo electrónico: [email protected]) Dirección de Internet del Perfil del Contratante:

www. herrera.es 8) Fecha límite de obtención de documentación e

información: Dentro del plazo de veinte díashábiles, contados a partir del día siguiente al dela publicación del anuncio de licitación en el«Boletín Oficial» de la provincia (BOP) deSevilla. Si el último día de dicho plazo coinci-diera en sábado o festivo, se trasladará al inme-diato día hábil siguiente.

d) Número de expediente:…

2. Objeto del contrato.

a) Tipo: Público.b) Descripción del objeto: Concesión demanial de

tres puestos de venta en el Mercado Municipal deAbastos de Herrera (Sevilla).

c) División por lotes y número de lotes/unidades:

— Lote n.º 1. Puesto n.º 4. Superficie: 12,65 m2

— Lote n.º 2. Puesto n.º 6. Superficie: 9,00 m2

— Lote n.º 3. Puesto n.º 7. Superficie: 9,00 m2

d) Lugar de ejecución/entrega:

1. Domicilio: Ayuntamiento de Herrera (Sevilla),avenida de la Constitución núm. 1.

2. Localidad y código postal: Herrera. 41567.

e) Plazo de ejecución/entrega: La firma del contratotendrá lugar dentro de los quince días hábilessiguientes a la notificación de la adjudicación.

3. Tramitación y procedimiento.

a) Tramitación: Ordinaria b) Procedimiento: Abierto, de libre concurrencia,

mediante la valoración de varios criterios de adju-dicación.

c) Criterios de adjudicación: Los establecidos en lacláusula 12 del Pliego de Cláusulas Administrati-vas Particulares.

4. Presupuesto base de licitación.

Se establece un canon concesional mínimo para el usoy disfrute del puesto de 300,00 €, más IVA, mejorableal alza.

El canon concesional se abonará de una sola vez concarácter previo a la adjudicación definitiva del con-trato.

Con independencia del canon concesional, los conce-sionarios vendrán obligados a tributar por la presta-ción de los diversos servicios, instalaciones y bienesestablecidos en el Mercado, con arreglo a las tarifasincluidas en la Ordenanza Fiscal vigente.

5. Garantías.

— Provisional: No se exige. — Definitiva: 5% del valor del dominio público

objeto de la ocupación, según detalle:

— Lote n.º 1. Puesto n.º 4. 594,55 €— Lote n.º 2. Puesto n.º 6. 423,00 €— Lote nº. 3. Puesto n.º 7. 423,00 €

6. Requisitos específicos del contratista.

Los especificados en la cláusula 11 del Pliego deCláusulas Administrativas Particulares.

7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación.

a) Fecha límite y modalidad de presentación: Lasofertas se presentarán en el Ayuntamiento deHerrera (Sevilla), sito en avenida de la Constitu-ción núm. 1, en horario de 8.00 a 15.00, dentro delplazo de veinte días hábiles, contados a partir deldía siguiente al de la publicación del anuncio delicitación en el «Boletín Oficial» de la provincia(BOP) de Sevilla. Si el último día de dicho plazocoincidiera en sábado o festivo, se trasladará alinmediato día hábil siguiente.

b) Lugar de presentación:1. Dependencia: Registro General del Ayunta-

miento de Herrera (Sevilla).2. Domicilio: Avenida de la Constitución, 1.3. Localidad y código postal: Herrera, 41567.

8. Apertura de ofertas.

a) Descripción: Apertura de la documentación admi-nistrativa (Sobre A).

b) Dirección: Avenida Constitución, 1.c) Localidad y código postal: Herrera, 41567.d) Fecha y hora: Décimo día hábil siguiente al que

termine el plazo de presentación de proposiciones,a las 12.00 horas. Si el día inicialmente señaladopara la apertura de proposiciones fuera sábado, elacto tendrá lugar el día hábil siguiente, en elmismo lugar y a la misma hora.

9. Gastos de publicidad.

A cargo del adjudicatario.Herrera a 1 de agosto de 2012.—El Alcalde, Jorge Muriel

Jiménez.7W-10510-P

LORA DEL RÍODon Francisco Javier Reinoso Santos, Alcalde Presidente

del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.Hace saber: Que en sesión ordinaria celebrada por la

Junta de Gobierno Local de este Ayuntamiento el día 20 dejulio de 2012, adoptó, entre otros, el acuerdo que dice literal-mente lo siguiente:

«Primero: Aprobar el sometimiento del nuevo documentodel Plan Parcial del Sector SURB-R 1.10 del PGOU de Loradel Río, redactado por el Arquitecto don Humberto GirónBonald, con número de visado 07/000278- T05, de 5 de juniode 2012, presentado por la entidad mercantil «Mirador deLora», S.L., a un nuevo trámite de información pública previoa su aprobación provisional, con las correcciones incorporadascomo consecuencia de los informes sectoriales emitidosdurante el período de información pública previo, y con lasmodificaciones propuestas por el promotor, las cuales tienencarácter de modificaciones sustanciales, y sometido a las con-diciones establecidas en los informes técnico y jurídico.

Segundo: Requerir nuevos informes sectoriales a la Con-sejería de Medio Ambiente y Urbanismo de la Junta de Anda-lucía, por verse afectada por el Plan Parcial la vía pecuariadenominada Vereda de los Tejares a Sevilla–Endesa, S.A., y ala entidad «Aqualia», S.A., por cambio a dos unidades de eje-cución, y a la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir,cuyo informe sectorial no se emitió en el anterior período deinformación pública.

Tercero: Notificar la presente resolución individualmentea los titulares de bienes y derechos incluidos en el sector, así

20 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

Page 21: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

como a todos los propietarios que se vean afectados en susbienes y derechos, a los propietarios del suelo correspondien-tes a los sistemas generales adscritos, y a quienes hayan reali-zado alegaciones.»

Lo que se publica a los efectos oportunos y de conformi-dad con lo dispuesto en el artículo 141.4 del Reglamento dePlaneamiento Urbanístico.

En Lora del Río a 25 de julio de 2012.—El Alcalde, Fran-cisco J. Reinoso Santos.

7W-10182-P

MAIRENA DEL ALJARAFEDon Juan de la Rosa Bonsón, Vicepresidente de la Geren-

cia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento deMairena del Aljarafe.

Hago saber: Que el Pleno de la Corporación, por mayoríaabsoluta de los miembros que la componen, en sesión cele-brada el día 25 de julio de 2012, ha procedido a aprobar ini-cialmente la Innovación Novena del Plan General de Ordena-ción Urbana de Mairena del Aljarafe.

Igualmente, y en base al art. 27 de la L.O.U.A., con laaprobación inicial de la Innovación Novena del Plan Generalde Ordenación Urbana del Municipio de Mairena del Aljarafe,se aprobó suspender las aprobaciones, autorizaciones y licen-cias en las áreas que resulten modificadas, liberando de talsuspensión a aquellas modificaciones que supongan simple-mente interpretación de las normas urbanísticas y no alteren eluso urbanístico pormenorizado establecido.

Lo que se somete a información pública por plazo de unmes, a partir del siguiente al de su publicación en el «BoletínOficial» de la provincia, durante el cual, podrá ser examinadoen la Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento deMairena del Aljarafe, sita en la calle Nueva número 21, paraformular las alegaciones que se estimen pertinentes, en cum-plimiento de lo preceptuado en los artículos 32 y 39 de la Ley7/2002, de Ordenación Urbanística de Andalucía.

Mairena del Aljarafe 27 de julio de 2012.—El Vicepresi-dente, Juan de la Rosa Bonsón.

40-9870-P

MAIRENA DEL ALJARAFEDon Juan de la Rosa Bonsón, Vicepresidente de la Geren-

cia Municipal de Urbanismo de Mairena del Aljarafe.Hago saber: Que el Pleno de la Corporación, en sesión

celebrada el 25 de julio de 2012, aprobó el Convenio Urbanís-tico a suscribir entre doña Rosario Pérez Lora, don CarlosMoreno Pacheco, en nombre y representación de Aljarafesa,don Miguel Herrera Cabral, en nombre y representación de laJunta de Compensación del Sector SR-4, y el Excmo. Ayunta-miento de Mairena del Aljarafe para cesión anticipada deterrenos que forman parte del viario interior de la actuaciónurbanística denominada AUSU-15 en el PGOU de Mairena delAljarafe, así como de mutuo acuerdo expropiatorio de losterrenos afectados por el Proyecto de Saneamiento Integral delAljarafe, Colector RF, Emisario 2.2.1, cuya beneficiaria es laEntidad Aljarafesa.

Dicho convenio urbanístico ha sido inscrito con el núm.0046 en la Subsección de Convenios del Registro Administra-tivo Municipal de Instrumentos de Planeamiento, de Conve-nios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados.

Lo que se publica para general conocimiento, de confor-midad con el artículo 41.3 de la Ley 7/2002 de 17 de diciem-bre de Ordenación Urbanística de Andalucía y el Decreto2/2004 de 7 de enero (BOJA núm. 6 de 12 de enero de 2004).

En Mairena del Aljarafe a 26 de julio de 2012.—El Vice-presidente, Juan de la Rosa Bonsón.

40-10031

MAIRENA DEL ALJARAFEDon Juan de la Rosa Bonsón, Vicepresidente de la Geren-

cia Municipal de Urbanismo de Mairena del Aljarafe.Hago saber: Que por Acuerdo del Consejo de Gobierno de

la Gerencia Municipal de Urbanismo del Excmo. Ayunta-miento de Mairena del Aljarafe, celebrado el 20 de julio de2012, se aprobó dar la conformidad a la propuesta de Conve-nio Urbanístico a suscribir entre el Excmo. Ayuntamiento deMairena del Aljarafe y don Manuel Felix Razo García, paracesión anticipada de terrenos que formarán el Sistema Generaldenominado ASGE-12 en la Innovación novena del PGOU deMairena del Aljarafe, en trámite.

Lo que se somete a información pública por un plazo de20 días, mediante edicto publicado en el «Boletín Oficial» dela provincia de Sevilla y tablón de anuncios municipal paraque cualquier interesado pueda presentar las alegaciones queestime convenientes.

Todo ello, en cumplimiento de lo establecido en los arts.39 y 95 de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía.

En Mairena del Aljarafe a 25 de julio de 2012.—El Vice-presidente, Juan de la Rosa Bonsón.

40-10040-P

LOS PALACIOS Y VILLAFRANCAAprobado mediante Decreto de Alcaldía de fecha 26 de

julio de 2012, Pliego de Condiciones Administrativas Particu-lares y Pliego de Condiciones Técnicas, en relación con proce-dimiento abierto y concurso público, de la explotación de barambigú sito en apeadero de autobuses situado en la Avenida deCádiz de Los Palacios y Villafranca (Sevilla), por el presentese solicita se someta a información pública, durante el plazode 20 días, al objeto de su conocimiento general y, en su caso,formulación de las reclamaciones oportunas.

En Los Palacios y Villafranca a 27 de julio de 2012.—ElAlcalde, Juan Manuel Valle Chacón.

40-9829-P

LOS PALACIOS Y VILLAFRANCAAprobado mediante Decreto de Alcaldía de fecha 26 de

julio de 2012, Pliego de Condiciones Administrativas Particu-lares y Pliego de Condiciones Técnicas, en relación con proce-dimiento abierto y concurso público, de la explotación de barambigú sito en Centro de Día de Personas Mayores «Villa-franca de la Marisma», de Los Palacios y Villafranca, por elpresente se solicita se someta a información pública, duranteel plazo de 20 días, al objeto de su conocimiento general y, ensu caso, formulación de las reclamaciones oportunas.

En Los Palacios y Villafranca a 27 de julio de 2012.—ElAlcalde, Juan Manuel Valle Chacón.

40-9830-P

LOS PALACIOS Y VILLAFRANCAAprobado mediante Decreto de Alcaldía de fecha 26 de

julio de 2012, Pliego de Condiciones Administrativas Particu-lares y Pliego de Condiciones Técnicas, en relación con proce-dimiento abierto y concurso público, de la explotación de barambigú sito Polideportivo Municipal de Los Palacios y Villa-franca, por el presente se solicita se someta a informaciónpública, durante el plazo de 20 días, al objeto de su conoci-

Viernes 7 de septiembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 21

Page 22: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

miento general y, en su caso, formulación de las reclamacionesoportunas.

En Los Palacios y Villafranca a 27 de julio de 2012.—ElAlcalde, Juan Manuel Valle Chacón.

40-9831-P

PEDRERAAdmitido a trámite el proyecto de actuación para la ampli-

cación explotación porcina en parcela 7, polígono 12, promo-vido por «Granja San Javier», S.C., el mismo se somete ainformación pública por el plazo de veinte días, a contar desdeel día siguiente al de publicación del presente anuncio en este«Boletín Oficial» de la provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquierinteresado en las dependencias municipales para que se formu-len las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Pedrera a 20 de junio de 2012.—El Alcalde, AntonioNogales Monedero.

7W-8835-P

PEDRERAAdmitido a trámite el proyecto de actuación para la insta-

lación explotación porcina en régimen cebadero, en parcela36, polígono 5, promovido por don Julián Páez Rodríguez, elmismo se somete a información pública por el plazo de veintedías, a contar desde el día siguiente al de publicación del pre-sente anuncio en este «Boletín Oficial» de la provincia.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquierinteresado en las dependencias municipales para que se formu-len las alegaciones que se estimen pertinentes.

En Pedrera a 29 de junio de 2012.—El Alcalde, AntonioNogales Monedero.

7W-8891-P

SALTERAS

Don Antonio Valverde Macías, Alcalde–Presidente delAyuntamiento esta villa.

Hace saber: Que el Pleno de la Corporación, en su sesiónordinaria celebrada el 31 de julio de 2012, al tratar el punto Se-gundo del orden del día, en votación ordinaria y unanimidad delos miembros presentes, doce de los trece que de derecho lacomponen, adoptó acuerdo de aprobación inicial de la Orde-nanza municipal reguladora del uso de los medios electrónicosen el Ayuntamiento de Salteras.

Lo que se expone al público por plazo no inferior a treintadías, a fin de que los interesados puedan presentar reclamacio-nes y sugerencias.

A tal efecto, el borrador de la Ordenanza, así como su ex-pediente se encuentra depositado en las dependencias delAyuntamiento de Salteras, donde puede examinarlo de lunes aviernes, de 9.00 a 14.00 horas. Las reclamaciones y sugerenciaspueden ser presentadas mediante escrito dirigido al Pleno de laCorporación en el Registro de Entrada del Ayuntamiento, enPlaza España, 1 de Salteras, o por cualquiera de los medios pre-vistos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviem-bre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas ydel procedimiento Administrativo Común: En los registros decualquier otro órgano administrativo, que pertenezca a la ad-ministración general de Estado o de cualquier administraciónde las Comunidades Autónomas, en las oficinas de correos enla forma que reglamentariamente se establezca, en las repre-sentaciones diplomáticas y oficinas consulares de España en elextranjero, en cualquier otro que establezcan las disposicionesvigentes.

En el caso de que no se hubiera presentado ninguna recla-mación o sugerencia, se entenderá definitivamente adoptado elacuerdo hasta entonces provisional.

Lo que se expone al público para general conocimiento, in-formando a los interesados que, contra el presente acuerdo, porser de mero trámite, no se admiten recursos en vía administra-tiva o judicial.

En Salteras a 6 de agosto de 2012.—El Alcalde–Presiden-te, Antonio Valverde Macías.

8W-10452

SAN JUAN DE AZNALFARACHE

Doña M.ª Francisca Aparicio Cervantes, Alcaldesa Acctal.del Excmo. Ayuntamiento de esta villa.

Hace saber: Que esta Alcaldía-Presidencia ha dictadoResolución de fecha 16 de agosto de 2012, por la que sedelega en la Concejala de esta Corporación, doña Alicia delCarmen Ruiz Madolell, la facultad necesaria para que autoriceel matrimonio civil que celebrarán los contrayentes don CésarAugusto Saenz Ríos y Dª. Mabel Yaneth Mancilla Villegas, eldía 17 de agosto de 2012.

San Juan de Aznalfarache a 16 de agosto de 2012.—LaAlcaldesa Acctal., M.ª Francisca Aparicio Cervantes.

25W-10525

VALENCINA DE LA CONCEPCIóN

Esta Alcaldía ha dictado la siguiente resolución:

«Resolución de la Alcaldía n.º 825/2012

En uso de las atribuciones a mí conferidas por la legisla-ción vigente, he resuelto:

Primero.—Delegar en doña María Rocío Morgado Rodrí-guez, Primera Teniente de Alcalde, la totalidad de las funcio-nes de la Alcaldía, en los términos del artículo 23.3 de la Ley7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del RégimenLocal, de los días 1 a 15 de agosto de 2012, ambos inclusive.

Segundo.—La delegación comprende las facultades dedirección y de gestión, así como la de resolver los procedi-mientos administrativos oportunos mediante la adopción deactos administrativos que afecten a terceros.

Tercero.—El órgano delegado ha de informar a esta Alcal-día, a posteriori, y, en todo caso, cuando se le requiera paraello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas enel período de referencia, y con carácter previo de aquellasdecisiones de trascendencia, tal y como se prevé en el artículo115 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por elque se aprueba el Reglamento de Organización, Funciona-miento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

Cuarto.—La delegación conferida en el presente Decretorequerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado,entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula anteesta Alcaldía expresa manifestación de no aceptación de ladelegación en el término de tres días hábiles, contados desdeel siguiente a aquel en que le sea notificada esta resolución.

Quinto.—La presente resolución será publicada en el«Boletín Oficial» de la provincia de Sevilla, dándose cuentade su contenido al Pleno de la Corporación en la primerasesión que ésta celebre.

Sexto.—En lo no previsto expresamente en esta resoluciónse aplicarán directamente las previsiones de la Ley 7/1985, de2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y delReal Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que seaprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento yRégimen Jurídico de las Entidades Locales, en cuanto a lasreglas que para la delegación se establecen en dichas normas.

22 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

Page 23: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

En Valencina de la Concepción a 27 de julio de 2012.»Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de

acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de Organización, Funcionamiento y RégimenJurídico de las Entidades Locales.

En Valencina de la Concepción a 27 de julio de 2012.—ElAlcalde, Antonio Manuel Suárez Sánchez.

7W-10321

VALENCINA DE LA CONCEPCIóN

El Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Manuel SuárezSánchez, ha dictado la siguiente Resolución, cuyo tenor literales el siguiente:

«Resolución de la Alcaldía número 628/2012

Visto lo establecido en el artículo 54.1 del Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, queestablece que “Toda persona que viva en España está obligadaa inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habi-tualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirseúnicamente en el que habite durante más tiempo al año. “

Vistas las competencias atribuidas a los Ayuntamientos porel artículo 72 del Reglamento de Población y DemarcaciónTerritorial de las Entidades Locales, aprobado por el RealDecreto 1690/1986, de 11 de julio, así como en la Resoluciónde 4 de julio de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Territo-rial, por el que se dictan instrucciones técnicas a los Ayunta-mientos sobre actualización del Padrón Municipal,

He resuelto

Primero.—Iniciar expediente de baja de oficio, por inclu-sión indebida, en el Padrón de Habitantes de este municipio,de la menor Carmen María Allan Domínguez, con domicilioen calle Fernando Villalón, nº 9, de esta localidad, por no resi-dir en el domicilio que se indica o en la localidad.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado,conforme establece el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, paraque, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de larecepción de la notificación, manifieste su conformidad o nocon la baja, indicando, en su caso, el nuevo domicilio dondereside habitualmente, en donde habrá de solicitar el alta en suPadrón, si se trata de otro municipio. Transcurrido el plazoestablecido, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empa-dronamiento el expediente completo para que emita el informecorrespondiente, en virtud del artículo 72 del Real Decreto2612/1996, de 20 de diciembre.

En Valencina de la Concepción a 4 de junio de 2012.»En Valencina de la Concepción a 9 de agosto de 2012.—

La Secretaria Accidental, Antonia Hidalgo Álvez.25W-10485

VALENCINA DE LA CONCEPCIóN

El Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Manuel SuárezSánchez, ha dictado la siguiente Resolución, cuyo tenor literales el siguiente:

«Resolución de la Alcaldía número 627/2012

Visto lo establecido en el artículo 54.1 del Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, queestablece que «Toda persona que viva en España está obligada

a inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habi-tualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirseúnicamente en el que habite durante más tiempo al año.»

Vistas las competencias atribuidas a los Ayuntamientos porel artículo 72 del Reglamento de Población y DemarcaciónTerritorial de las Entidades Locales, aprobado por el RealDecreto 1690/1986, de 11 de julio, así como en la Resoluciónde 4 de julio de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Territo-rial, por el que se dictan instrucciones técnicas a los Ayunta-mientos sobre actualización del Padrón Municipal,

He resuelto

Primero.—Iniciar expediente de baja de oficio, por inclu-sión indebida, en el Padrón de Habitantes de este municipio,de doña Amanda María Domínguez Bermúdez, con D.N.I. Nº48815070P y con domicilio en calle Fernando Villalón, nº 9,de esta localidad, por no residir en el domicilio que se indica oen la localidad.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado,conforme establece el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las AdministracionesPúblicas y del Procedimiento Administrativo Común, paraque, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de larecepción de la notificación, manifieste su conformidad o nocon la baja, indicando, en su caso, el nuevo domicilio dondereside habitualmente, en donde habrá de solicitar el alta en suPadrón, si se trata de otro municipio. Transcurrido el plazoestablecido, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empa-dronamiento el expediente completo para que emita el informecorrespondiente, en virtud del artículo 72 del Real Decreto2612/1996, de 20 de diciembre.

En Valencina de la Concepción a 4 de junio de 2012.»En Valencina de la Concepción a 9 de agosto de 2012.—

La Secretaria Accidental, Antonia Hidalgo Álvez.25W-10486

VALENCINA DE LA CONCEPCIóN

El Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Manuel SuárezSánchez, ha dictado la siguiente Resolución, cuyo tenor literales el siguiente:

«Resolución de la Alcaldía número 626/2012

Visto lo establecido en el artículo 54.1 del Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, queestablece que “Toda persona que viva en España está obligadaa inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habi-tualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirseúnicamente en el que habite durante más tiempo al año.

Vistas las competencias atribuidas a los Ayuntamientos porel artículo 72 del Reglamento de Población y DemarcaciónTerritorial de las Entidades Locales, aprobado por el RealDecreto 1690/1986, de 11 de julio, así como en la Resoluciónde 4 de julio de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Territo-rial, por el que se dictan instrucciones técnicas a los Ayunta-mientos sobre actualización del Padrón Municipal,

He resuelto

Primero.- Iniciar expediente de baja de oficio, por inclu-sión indebida, en el Padrón de Habitantes de este municipio,de don Scott Andrew Allan, con domicilio en calle FernandoVillalón, nº 9, de esta localidad, por no residir en el domicilioque se indica o en la localidad.

Segundo.- Notificar la presente Resolución al interesado,conforme establece el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Viernes 7 de septiembre de 2012 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 23

Page 24: de la provincia de Sevillatipo LA-110 y RHZ1 y centro de transf ormación de 400 KVA, relación de transformación 15-20/0,4 KV, ubic ados en la finca «Casa Quemada», polígono 45,

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, paraque, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de larecepción de la notificación, manifieste su conformidad o nocon la baja, indicando, en su caso, el nuevo domicilio dondereside habitualmente, en donde habrá de solicitar el alta en suPadrón, si se trata de otro municipio. Transcurrido el plazoestablecido, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empa-dronamiento el expediente completo para que emita el informecorrespondiente, en virtud del artículo 72 del Real Decreto2612/1996, de 20 de diciembre.

En Valencina de la Concepción a 4 de junio de 2012.»En Valencina de la Concepción a 9 de agosto de 2012.—

La Secretaria Accidental, Antonia Hidalgo Álvez.25W-10482

VALENCINA DE LA CONCEPCIóN

El Sr. Alcalde-Presidente, don Antonio Manuel SuárezSánchez, ha dictado la siguiente Resolución, cuyo tenor literales el siguiente:

“Resolución de la Alcaldía número 637/2012

Visto lo establecido en el artículo 54.1 del Reglamento dePoblación y Demarcación Territorial de las Entidades Locales,aprobado por el Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, queestablece que “Toda persona que viva en España está obligadaa inscribirse en el padrón del municipio en el que resida habi-tualmente. Quien viva en varios municipios deberá inscribirseúnicamente en el que habite durante más tiempo al año. “

Vistas las competencias atribuidas a los Ayuntamientos porel artículo 72 del Reglamento de Población y DemarcaciónTerritorial de las Entidades Locales, aprobado por el RealDecreto 1690/1986, de 11 de julio, así como en la Resoluciónde 4 de julio de 1997, de la Presidenta del Instituto Nacionalde Estadística y del Director General de Cooperación Territo-rial, por el que se dictan instrucciones técnicas a los Ayunta-mientos sobre actualización del Padrón Municipal,

He resuelto

Primero.—Iniciar expediente de baja de oficio, por inclu-sión indebida, en el Padrón de Habitantes de este municipio,de doña Antonia Arzua Duquem con D.N.I. número27311150F y con domicilio en calle Dolmen de los Cabezue-los, nº 16, de esta localidad, por no residir en el domicilio quese indica o en la localidad.

Segundo.—Notificar la presente Resolución al interesado,conforme establece el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 denoviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones

Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, paraque, en el plazo de quince días hábiles, contados a partir de larecepción de la notificación, manifieste su conformidad o nocon la baja, indicando, en su caso, el nuevo domicilio dondereside habitualmente, en donde habrá de solicitar el alta en suPadrón, si se trata de otro municipio. Transcurrido el plazoestablecido, este Ayuntamiento remitirá al Consejo de Empa-dronamiento el expediente completo para que emita el informecorrespondiente, en virtud del artículo 72 del Real Decreto2612/1996, de 20 de diciembre.

En Valencina de la Concepción a 5 de junio de 2012.»En Valencina de la Concepción a 9 de agosto de 2012.—

La Secretaria Accidental, Antonia Hidalgo Álvez.25W-10483

ANUNCIOS PARTICULARES———

COMUNIDAD DE REGANTES DE LA ZONA REGABLEGENIL-CABRA

En cumplimiento de lo establecido en los artículos 14 y 15de las Ordenanzas que rigen la Comunidad de Regantes de laZona Genil-Cabra, se convoca a todos los participes de lamisma a la Junta General Extraordinaria que se celebrará en elsalón de actos de la Casa del Ciudadano, sita en calle Villarga-llegos, 27, de la localidad de Santaella, el miércoles día 26 deseptiembre de 2012, a las 18.30 horas en primera convocatoriay a las 19.00 horas, en su caso, en segunda; al objeto de tratary acordar lo que proceda del siguiente

Orden del día

1.º Lectura y aprobación, si procede, del Acta de lasesión anterior.

2.º Informes del Presidente de la Comunidad y de lasColectividades; adopción de los acuerdos que procedan.

3.º Propuesta de la Junta de Gobierno sobre la realiza-ción de Estructuras de Regulación (Balsas), fundamentada ennuevas fuentes de financiación. Adopción de los acuerdos queprocedan.

4.º Ruegos y preguntas.Santaella a 14 de agosto de 2012.—El Presidente, Cristó-

bal Lovera Prieto.25W-10571-P

24 Boletín Oficial de la provincia de Sevilla. Número 209 Viernes 7 de septiembre de 2012

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