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De la calidad formal a la calidad funcional HACIA UNA FORMACIÓN EXCELENTE EN EL PUESTO DE TRABAJO

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De la calidad formal a la calidad funcionalHACIA UNA FORMACIÓN EXCELENTE EN EL PUESTO DE TRABAJO

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REFLEXIONES PARA LA ACCIÓN

TONI ROIGPedagogo colegiado núm. IB.057.91

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Contextualización (1)

• Nos centramos en la Formación Programadapor las Empresas, la Formación en el puestode trabajo.

• Analizamos, subjetivamente, desde laperspectiva exclusiva de la formación y elaprendizaje.

• En ningún momento cuestionamos loscontroles administrativos, que consideramosfundamentales.

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Contextualización (2)

•CALIDAD = UTILIDAD de lo que hacemos

•EVALUACIÓN = MEDICIÓN de lo que hacemos

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MARCO LEGAL

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Marco Legal

• Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistemade Formación Profesional para el empleo en el ámbito laboral.

• Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla laLey 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistemade Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral.

• Resolución de 27 de abril de 2009, del Servicio Público deEmpleo Estatal, por la que se publica los cuestionarios deevaluación de calidad de las acciones formativas para elempleo. BOE núm. 141, 2009

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Ley 30/2015FINES DEL SISTEMA:• Mejorar competencias profesionales• Desarrollo profesional y personal• Mejora de la productividad y competitividad de las empresas• Proporcionar a los trabajadores las competencias, los conocimientos y las prácticas adecuados• Mejorar la empleabilidad• Acercar y hacer partícipes a los trabajadores de las ventajas de las tecnologías de la información y la

comunicación, promoviendo la disminución de la brecha digital existentePRINCIPIOS DEL SISTEMA:• Anticipación a los requerimientos y cambios del modelo productivo, como vía fundamental para reforzar

la calidad y eficacia de la información.• Evaluación de la oferta formativa, especialmente la dirigida a los trabajadores ocupados• La calidad, eficacia, eficiencia y transparencia en la gestión• La medición del impacto de la formación y el compromiso con la mejora continua

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Ley 30/2015

Artículo 16. Obligaciones de las entidades de formación.…b) Facilitar y corresponsabilizarse en el seguimiento de la participación de los alumnos, del aprendizaje y su evaluación, así como en la investigación de metodologías y herramientas necesarias para la puesta al día del sistema.c) Someterse a los controles y auditorías de calidad… d) Mantener las exigencias técnico-pedagógicas….

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Ley 30/2015Artículo 21. Evaluación de la formación: Impacto y eficiencia. (I)1. El sistema de formación profesional para el empleo dispondrá de mecanismos de evaluación permanente quepermitan conocer el impacto de la formación realizada en el acceso y mantenimiento del empleo, la mejora de lacompetitividad de las empresas, la mejora de la cualificación de los trabajadores, la adecuación de las accionesformativas a las necesidades del mercado laboral y la eficiencia de los recursos económicos y medios empleados.[…] el Servicio Público de Empleo Estatal, […]elaborará anualmente un plan de evaluación de la calidad, impacto,eficacia y eficiencia del conjunto del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, ….a) Un estudio previo que justifique la necesidad o idoneidad de la puesta en marcha de toda iniciativa deformación […]b) El establecimiento de objetivos previos, específicos y cuantificables, acompañados de un sistema de indicadorestransparente que permita realizar un seguimiento y evaluación de calidad de la formación.c) La medición del impacto de los conocimientos adquiridos, en términos de inserción de los trabajadoresdesempleados en un empleo relacionado con la formación recibida y de mejora del desempeño en el puesto oposibilidades de promoción para los trabajadores ocupados.d) Una evaluación de la satisfacción de los usuarios en la que participarán los propios alumnos y las empresas.e) El análisis sistemático de las conclusiones y recomendaciones que resulten de la evaluación, para que setraduzcan en mejoras para el sistema.

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Ley 30/2015

Artículo 21. Evaluación de la formación: Impacto y eficiencia. (II)3. En la formación programada y gestionada por las empresas para sus propios trabajadores, sin perjuicio de laevaluación que se realice en el seno de aquellas, se realizará una evaluación de la iniciativa en su conjunto para conocersi responde a las necesidades previamente detectadas.4. A las anteriores evaluaciones se sumarán cuantas otras se estimen necesarias para dar respuesta a objetivos eindicadores concretos previamente definidos. Estas evaluaciones se realizarán por entidades externas especializadas eindependientes, ajenas a los órganos de participación y gobernanza del sistema de formación profesional para elempleo, así como a la impartición y a la organización de la formación programada para terceros. Asimismo, en el marcode la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales podrán acordarse evaluaciones interadministrativas acercade la calidad y el impacto de la formación profesional para el empleo en los distintos ámbitos.5. Las Administraciones competentes publicarán los resultados de las evaluaciones previstas en los apartadosanteriores, destinando para ello un espacio de información y consulta pública fácilmente accesible e identificable.

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Ley 30/2015Artículo 22. Calidad de la formación. (I)1. Los Servicios Públicos de Empleo velarán por la calidad de la formación […]en particular, en lo referente a:

a) La orientación a resultados, así como el seguimiento y evaluación de los resultados de las acciones y del cumplimiento de objetivos.b) La identificación de costes y difusión de buenas prácticas.c) …d) El ajuste y adecuación de la formación a las necesidades de sus destinatarios y a las del mercado laboral, atendiendo a la realidad del territorio en que se apliquen.e) La apertura a la sociedad, favoreciendo la participación de otros agentes y empresas, tanto públicos como privados, a través de los correspondientes instrumentos de colaboración.

2. Las entidades de formación que impartan la oferta formativa para trabajadores ocupados y desempleadosdeberán suscribir, con carácter previo a la percepción de financiación pública, un compromiso verificable decalidad en la gestión, transparencia y eficiencia en la utilización de recursos públicos. Este compromiso estaráreferido al seguimiento de la impartición y asistencia de todos los participantes, a su satisfacción con el desarrollode la acción formativa, sus contenidos, sus resultados, la calidad del profesorado y las modalidades de impartición.

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Ley 30/2015

3. El Servicio Público de Empleo Estatal, teniendo en cuenta las propuestas de las comunidadesautónomas, elaborará un plan para el perfeccionamiento del profesorado que imparta acciones formativasy para el desarrollo de una metodología técnico-didáctica orientada al mismo. Cuando las acciones delcitado plan vayan dirigidas a formadores de dos o más comunidades autónomas se ejecutarán a través delos Centros de Referencia Nacional, que recibirán del Servicio Público de Empleo Estatal la financiaciónacordada en el seno de las respectivas Comisiones de Coordinación y Seguimiento, y cuando vayandirigidas específicamente a formadores de una comunidad autónoma serán gestionadas en el ámbitoautonómico.

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REFLEXIONES

1. ¿NOS QUEDA CLARO LO QUE COMPETE A LA FPE?

2. ¿INVESTIGAMOS EN METODOLOGÍAS Y HERRAMIENTAS?

3. ¿TENEMOS ALGÚN SISTEMA DE INDICADORES DE CALIDAD?

4. ¿EVALÚAN LAS EMPRESAS? ¿CÓMO?

5. ¿FORMAMOS A LOS FORMADORES?

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Real Decreto 694/2017

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.…una formación que mejore la empleabilidad y el desarrollo profesional y personal de los trabajadores, y que responda a las necesidades del sistema productivo y la competitividad empresarial, contribuyendo a un modelo productivo basado en el conocimiento.Artículo 2. Planificación y evaluación del sistema de formación profesional para el empleo.[…] el Observatorio del Servicio Público de Empleo estatal, […] elaborará un informe de prospección y necesidades formativas sectoriales, transversales, territoriales y por colectivos que tendrá en cuenta los resultados del Plan anual de evaluación de la calidad, impacto, eficacia y eficiencia.3. […] el Servicio Público de Empleo Estatal […] elaborará anualmente el Plan de evaluación de la calidad, impacto, eficacia y eficiencia del conjunto del sistema de formación profesional para el empleo en el ámbito laboral, […]La metodología del proceso de evaluación …

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Real Decreto 694/2017

Artículo 4. Modalidades y límites de impartición. (I)1. Las acciones formativas podrán impartirse en modalidad presencial, teleformacióny mixta. Se entiende por modalidad mixta la que combine para la impartición de unamisma acción formativa las modalidades presencial y de teleformación. Seconsiderará modalidad de teleformación cuando la parte presencial que la acciónformativa precise sea igual o inferior al 20 por ciento de su duración total.

¿¿ES LO MISMO TELEFORMACIÓN P2P QUE P2M?

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Real Decreto 694/2017Artículo 4. Modalidades y límites de impartición. (II)2. Cuando la formación se desarrolle en todo o en parte mediante teleformación,esta modalidad de impartición deberá realizarse a través de una plataforma virtualde aprendizaje que posibilite la interactividad de alumnos, tutores y recursossituados en distinto lugar y que asegure la gestión de los contenidos, un proceso deaprendizaje sistematizado para los participantes, su seguimiento continuo y entiempo real, así como la evaluación de todo el proceso. La impartición deberá contarcon una metodología apropiada para esta modalidad, complementada con asistenciatutorial, y deberá cumplir los requisitos de accesibilidad y diseño universal o diseñopara todas las personas que se establezcan mediante orden del titular del Ministeriode Empleo y Seguridad Social…En la formación impartida mediante teleformación deberá haber, como mínimo, untutor por cada 80 participantes.Los tutores-formadores que impartan formación en la modalidad de teleformacióndeberán contar con formación o experiencia verificables en esta modalidad y cumplirlas funciones que se establezcan en la orden ministerial señalada en este apartado.

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Real Decreto 694/2017

Artículo 4. Modalidades y límites de impartición. (III)3. La formación impartida mediante la modalidad presencial deberá realizarse concriterios de calidad que posibiliten una formación por competencias y un procesode aprendizaje acorde con la misma, así como su seguimiento y evaluación. Aestos efectos se entenderá como competencias la adquisición de destrezas,conocimientos y capacidades.4. Esta formación presencial se organizará en grupos de 30 participantes comomáximo…

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Real Decreto 694/2017

Artículo 12. Empresas beneficiarias y obligaciones. (IV)

2. Constituyen obligaciones de las empresas beneficiarias:

[…]

g) Distribuir los cuestionarios de evaluación de la calidad entre la totalidad de los participantes que finalicen las acciones formativas, así como la recopilación y custodia de los cuestionarios recibidos…

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REFLEXIONES

1. ¿QUÉ PASA CON LA FORMACIÓN TELEPRESENCIAL?

2. TUTORES: ¿REACTIVOS?, ¿PROACTIVOS?

3. ¿PUEDE HABER TUTORES EN LA FORMACIÓN PRESENCIAL

Y/O FORMADORES EN LA TELEFORMACIÓN?

4. ¿VAMOS A MEDIR EL APRENDIZAJE?

5. ¿PODEMOS TRATAR IGUAL UNA FORMACIÓN DE 2 HORAS

QUE UNA DE 20 O DE 200 HORAS?

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Resolución SEPE, 27de abril de 2009,

cuestionarios de evaluación de calidadArtículo 1. Objeto y contenido.1. …2. La cumplimentación de estos cuestionarios corresponde a los alumnos y se realizará a la finalización de las acciones formativas.3. El contenido de los cuestionarios tiene el carácter de mínimo e invariable en lo relativo a las preguntas formuladas, a la numeración y codificación de las mismas y a las categorías de las respuestas, así como a la escala de valoración de 1 a 4.El contenido de cada cuestionario se estructura en tres bloques:Bloque I: Datos identificativos de la acción formativa.Bloque II: Datos de clasificación del participante.Bloque III: Valoración de la acción formativa.[...]e) Incorporación de otras preguntas manteniendo, en todo caso, la numeración y codificación de las preguntas recogidas en el cuestionario correspondiente.

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Resolución SEPE, 27de abril de 2009,

cuestionarios de evaluación de calidad

Artículo 2. Obligaciones de las entidades beneficiarias y de las empresas.1. En el ámbito de la formación de oferta….2. En el ámbito de la formación de demanda, las empresas deberán tener adisposición de las Administraciones Públicas los cuestionarios de calidad de losparticipantes, tal y como se contempla en la Orden TAS/2307/2007, de 27 dejulio.

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Resolución SEPE, 27de abril de 2009,

cuestionarios de evaluación de calidad

¿Es necesario?

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Resolución SEPE, 27de abril de 2009,

cuestionarios de evaluación de calidad

…y a la empresa, ¿no le preguntamos?

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REFLEXIONES

1. ¿TIENEN QUE SER ANÓNIMOS?

2. ¿SACAMOS CONCLUSIONES DE ESTOS CUESTIONARIOS?

3. ¿TENDRÍAMOS QUE PREGUNTARLE TAMBIÉN A LA EMPRESA?

4. ¿TENDRÍAMOS QUE PREGUNTARLE TAMBIÉN AL FORMADOR?

5. ¿DEBERÍAMOS AÑADIR MÁS PREGUNTAS?

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NORMAS DE CALIDAD

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Marco Normas Calidad

• UNE-EN ISO 9001:2015 Sistemas de gestión de la calidad.• UNE 66915:2001/ISO 10015:1999. Gestión de la calidad. Directrices para la formación.• UNE 66181:2012. Calidad de la formación virtual.• ISO 29990:2010. Servicios de aprendizaje para la educación y formación no formal.• UNE-ISO 10667-1:2013. Prestación de servicios de evaluación. Procedimientos y métodos

para la evaluación de personas en entornos laborales y organizacionales. Parte 1: Deberesdel cliente.

• UNE-ISO 10667-2:2013. Prestación de servicios de evaluación. Procedimientos y métodospara la evaluación de personas en entornos laborales y organizacionales. Parte 2: Deberesdel proveedor de servicios. Information technology -- Learning, education and training --

• ISO/IEC 19796-1:2005 Quality management, assurance and metrics -- Part 1: Generalapproach

• ISO/IEC 19796-3:2009 Information technology -- Learning, education and training -- Qualitymanagement, assurance and metrics -- Part 3: Reference methods and metrics

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ISO 9001:2015 Sistemas de gestión de la calidad.

7.1.6 Conocimientos de la organización• La organización debe determinar los conocimientos necesarios para la operación de sus procesos y

para lograr la conformidad de los productos y servicios. […]• Cuando se abordan las necesidades y tendencias cambiantes, la organización debe considerar sus

conocimientos actuales y determinar cómo adquirir o acceder a los conocimientos adicionalesnecesarios y a las actualizaciones requeridas.

7.2 CompetenciaLa organización debe:a) determinar la competencia necesaria de las personas que realizan, bajo su control, un trabajo queafecta al desempeño y eficacia del sistema de gestión de la calidad;b) asegurarse de que estas personas sean competentes, basándose en la educación, formación oexperiencia apropiadas;c) cuando sea aplicable, tomar acciones para adquirir la competencia necesaria y evaluar la eficacia delas acciones tomadas;d) conservar la información documentada apropiada como evidencia de la competencia.

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ISO 9001:2015Sistemas de gestión de la calidad.

• ISO 10002 Gestión de la Calidad. Satisfacción del cliente. Directrices para el tratamiento de las quejasen las organizaciones proporciona orientación sobre el proceso de tratamiento de quejas al reconocery tratar las necesidades y expectativas de quienes reclaman y al resolver cualquier queja recibida. LaNorma ISO 10002 proporciona un proceso de quejas abierto, eficaz y de uso fácil, incluyendo laformación de las personas. También proporciona orientación para negocios pequeños

• ISO 10015 Gestión de la calidad. Directrices para la formación proporciona directrices para asistir a lasorganizaciones y tratar cuestiones relacionadas con la formación. La Norma ISO 10015 puede aplicarsecuando se requiera orientación para interpretar referencias a “educación” y “formación” dentro de lasnormas de sistemas de gestión de la calidad de ISO. Cualquier referencia a “formación” incluye todoslos tipos de educación y formación.

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UNE 66915:2001 Gestión de la calidad. Directrices para la formación.

• Esta norma no está prevista para ser empleada por proveedores de formación que prestanservicios a otras organizaciones

• La fuente principal de referencia para los proveedores de formación debería ser la Norma ISO9004:2000. Sistemas de gestión de la calidad. Directrices para la mejora del desempeño

• COMPETENCIA: Aplicación de conocimientos, habilidades y comportamiento para el desempeño• FORMACIÓN: Proceso que proporciona y desarrolla conocimientos, habilidades y

comportamientos para cumplir con los requisitos

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UNE 66915:2001Gestión de la calidad. Directrices para la formación.

1. Definir necesidades

2. Diseñar y planificar

3. Impartir

4. Evaluar SEGUIMIENTO

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UNE 66181:2012Calidad de la formación virtual

• …tiene por objeto satisfacer las necesidades de aquellas organizaciones que, de acuerdo con la NormaUNE-EN ISO 9001, deseen proporcionar la formación necesaria a sus empleados y garantizar sucompetencia, así como “asegurarse de que la formación virtual adquirida cumpla los requisitos decompra especificados”.

• …permitirá a los suministradores de formación virtual identificar la calidad de su oferta de una formaclara y reconocida, y mejorar su comercialización; y a los alumnos y clientes, seleccionar la ofertaformativa que mejor se adecúa a sus necesidades y expectativas.

• Tutorización: Conjunto de actividades dirigidas a motivar, asesorar, resolver dudas, supervisar yproporcionar orientación a los alumnos, encaminadas a optimizar el aprendizaje.

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UNE 66181:2012Calidad de la formación virtual5.3.1.2 TutorizaciónEl tutor es un facilitador que actúa como asesor, organizador o moderador, creando los entornos yutilizando las tecnologías adecuadas que permitan cubrir los objetivos pedagógicos del curso, a la vez queconseguir la motivación del alumno.

Los aspectos clave de la tutorización son:a) La capacidad de interactividad y comunicación.b) Las funciones académica y organizativa.c) Competencias: técnicas, pedagógicas y socio-comunicativas.d) La contribución al diseño de actividades participativas mediante, por ejemplo, el envío y resolución de dudas, o la motivación,que contribuyen en definitiva a reducir la tasa de abandonos.

Además, la retroalimentación que se produce permite, asimismo, dinamizar el proceso de enseñanza-aprendizaje (por parte del tutor pedagógico), y mejorar la labor de los tutores de contenidos, pues entiempo real se puede conocer si tienen tutorías pendientes de contestar, si han programado chats, sihan participado en foros, el tiempo tardado en responder a consultas de los alumnos, la calidad de lasrespuestas a las consultas, etc. En definitiva, la tutorización es una herramienta que permite dinamizarpedagógicamente cada curso y tener, en línea y en tiempo, la información necesaria para su control yseguimiento, ayudando al alumno a interactuar con todos los miembros de la comunidad educativa y conlos contenidos, de forma que aprenda haciendo.

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ISO 2990:2010

La norma ISO 29990:2010 “Servicios de aprendizaje para la educación y formación no

formal”, tiene como objeto proporcionar un modelo general para la práctica profesional de

calidad y rendimiento, y una referencia común para los proveedores de servicios de aprendizaje

(LSP) y sus clientes en el diseño, desarrollo y entrega de la educación, capacitación y desarrollo

no formal.

Pretende aumentar la transparencia y permitir la comparación a nivel mundial de servicios

de aprendizaje, ofreciendo una alternativa única, respaldada por un consenso internacional,

para la enorme variedad de servicios nacionales y normas de gestión que existen en el ámbito

del aprendizaje no formal.

La norma promueve un enfoque en el alumno y los resultados del proceso, y hace hincapié

en la gama completa de opciones disponibles para la prestación de servicios de aprendizaje.

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GESTIÓN DE LA CALIDAD

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Encuesta de Formación Profesional para el Empleo en Empresas

CVTS -Eurostat

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MEDIR EL ROI

ROI =Beneficios Netos

Total de Costes

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TRIBUNAL DE CUENTAS“…este Tribunal también ha verificado que, en numerosas ocasiones, las

AAFF desarrolladas responden más a la oferta formativa propuesta por

las entidades organizadoras que a las necesidades específicas de las

empresas y sus trabajadores. Ello implica que la calidad de la formación no

sea la adecuada para cubrir las citadas necesidades y, en consecuencia, se

incumple el fin último de las AAFF que, de acuerdo con la propia definición

contenida en el Real Decreto 395/2007, debe conllevar una mejora de la

cualificación profesional de los trabajadores y, por tanto, una mayor

productividad y competitividad de las empresas.

Esta circunstancia se ve agravada por el hecho de que, tal y como se indica

en el epígrafe III.2.1 “Evaluación”, no se ha elaborado ningún informe

específico evaluando el impacto de la formación de demanda en el

mantenimiento del empleo y en la mejora de la productividad de las

empresas que permita introducir mejoras en aras a la consecución del fin

último de las AAFF y los PIF, contraviniendo lo dispuesto en el artículo 28.1

de la Orden TAS/2307/2007”.

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TRIBUNAL DE CUENTAS• “La formación bonificada incide poco o nada en mejoras salariales y en ascensos de

categoría profesional. Para los trabajadores y empresas la formación no crea empleo pero sí

ayuda a mantenerlo, hecho que se refleja en que las estrategias empresariales se

concentraron en dar formación a los trabajadores más estables y con más antigüedad.

• La formación bonificada ha tenido muy poca incidencia en la mejora de las empresas

y se percibe que contribuye de forma limitada en la mejora de la competitividad.

• La evaluación se encuentra institucionalizada a nivel de satisfacción, cuestionarios de

calidad que deben cumplimentar los participantes, junto con evaluaciones de amplio alcance,

globales que se realizan con una periodicidad aproximadamente bienal, cuyo

aprovechamiento es poco a poco apreciable para los agentes, en tanto que no

perciben la adopción de medidas correctoras que orienten el sistema hacia sus

resultados. Asimismo se comparte la preocupación entre los agentes sobre la falta de

evaluación del impacto”.

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Algunos Modelos de Evaluación

• Modelo de Cervero• Modelo de Chang • Modelo de Grotelueschen• Modelo de Jackson• Modelo de Kirkpatrick• Modelo de Phillips• Modelo de Robinson & Robinson• Modelo de Rodríguez y Mosteiro• Modelo de Wade• …

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Los cuatro niveles de Kirkpatrick

1-. REACCIÓN de los participantes ante la acción formativa

2-. APRENDIZAJE que se produce en la acción formativa por parte de cada uno de los participantes

3-. TRANSFERENCIA de lo aprendido a cada puesto de trabajo

4-. RESULTADOS que se han conseguido después de la acción formativa como consecuencia de ésta

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REFLEXIONES FINALES

1. SEPE, FUNDAE, GESTORAS DE FORMACIÓN Y EMPRESAS SON LOS CUATRO

PUNTOS CARDINALES DEL SISTEMA

2. LA COLABORACIÓN Y LA COOPERACIÓN SON EL CAMINO

3. TENEMOS QUE VER MÁS ALLÁ DE LA CALIDAD FORMAL

4. NUESTRO RETO INMEDIATO ES INCORPORAR LA CULTURA DE LA CALIDAD

#FormaciónCalidad

5. NOS QUEDAN MUCHAS ORDENES MINISTERIALES POR RECORRER

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GRACIAS ;-)

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