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los dossieres de ‘Mordazas’ y castigos

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los dossieresde

‘Mordazas’y castigos

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Por Pedro Antonio Navarro

T oda la oposición en bloque se hamostrado más crítica que nuncacon el Partido Popular después desu imposición, a base de mayoría

absoluta, de un amplio y más que polémicopaquete legislativo –casi al final de la legis-latura–, cuyos mascarones de proa los cons-tituyen el nuevo Código Penal, y la Ley deSeguridad Ciudadana, popularmente cono-cida como Ley Mordaza.

El elemento estrella introducido en un Có-digo Penal que endurece los castigos pena-les en prácticamente todas las áreas delic-tivas, y que introduce nuevos tipos de deli-tos, es, sin duda, la pena de cadena perpe-tua, bajo el eufemismo de “prisión perma-nente revisable”.

Contra esta medida han ido dirigidos losdardos más amargos de los partidos de laoposición, que consideran este paso comoun grave retroceso en los derechos ciuda-

danos y las libertades públicas, máxime enun país con uno de los índices más bajosen delincuencia del conjunto de toda laUnión Europea y de la OCDE y que, sin em-bargo, bate todos los récords de poblaciónpenitenciaria.

Para el portavoz de Izquierda Unida en es-te debate, Gaspar Llamazares, suponía un“día negro” para la historia del Estado espa-ñol, tanto la aprobación del Código Penal,como la de la Ley Mordaza, y hasta llegabaa instar a la ciudadanía a la “resistencia y ladesobediencia a estas leyes”.

Desde el Partido Socialista, que ya ha

anunciado un recurso de inconstitucionali-dad contra la norma, la diputada Rosa Agui-lar señalaba que “la derecha ha enterrado elCódigo Penal de la democracia”.

En UPyD consideran que “los ciudadanosquedan más desprotegidos que antes”, mien-tras que en Convergéncia i Uniò sostienenque existe un interés electoralista por partedel PP y que lo “único que pretende es en-durecer las penas de manera injustificada”.

El PNV denunciaba un “brutal endure-cimiento del sistema de penas”, al tiempoque desde Esquerra Republicana se acu-saba al Gobierno y a su grupo parlamen-tario de intentar “acogotar todavía más alos ciudadanos”.

Por su parte, el PP defendía sin fisuras es-ta vuelta de tuerca legislativa y penal. El di-putado Leopoldo Barreda argumentaba queeste cambio “no renuncia a la responsabili-dad del penado, pero pone especial énfasisen la protección de los ciudadanos”. Tam-bién defendía con énfasis la ‘Ley de Seguri-

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El nuevo Código Penal y la ‘Ley Mordaza’ confirman la cadena perpetua y más multas y condenas

Menosprotestas y máscastigosEl Partido Popular ha aprobado definitivamente un duro paquete de medidaslegislativas relativo a libertades fundamentales apoyado casi en exclusiva en sumayoría absoluta. Un nuevo y severísimo Código Penal y la criticada Ley deSeguridad Ciudadana –más conocida como Ley Mordaza– acaban de finalizar sutramitación parlamentaria y entrarán en vigor en breve. Ambas normas han sidofuertemente contestadas por la oposición y los más activos movimientos sociales,que las acusan de implantar la mayor restricción de libertades individuales ycolectivas en nuestro país desde hace décadas.

Destaca la cadenaperpetua sometida a

revisión tras elcumplimiento de 25 a

35 años de prisión

POLÍTICAlos dossieres

La iniciativa legal aprobada por el PP pone coto al ejercicio del derecho de

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dad Ciudadana, con la que, según su crite-rio, se pasa de “la patada en la puerta delPSOE, a la ley del domicilio protegido delPP; de las identificaciones indiscriminadasa las identificaciones limitadas; de los ca-cheos masivos, a los controles individualesy regulados; de la libertad prestada a la li-bertad protegida; de los derechos tuteladosal pleno ejercicio de nuestros derechos y dela sanción desproporcionada a la sanciónefectiva”.

En las antípodas se situaba el diputadode la Izquierda Plural Ricardo Sixto, paraquien “la Ley Mordaza es la más sangran-te, a la que nos oponemos todos los gru-pos parlamentarios menos el Partido Po-pular y nuestros votos estarán encima dela mesa para derogar el texto, ese es nues-tro firme compromiso”. 

Equo denuncia que “detrás de estas leyesestá la estrategia del miedo”, mientras quePodemos ha apelado a la resistencia ciuda-dana contra estas normas, animando a “ha-

cer como que estas leyes no existen”.Pero no sólo los partidos han dado mues-

tras de su rechazo frontal a estas últimas. Di-versos movimientos sociales y otros colecti-vos denuncian el afán represor de estas nor-mas y el intento de criminalización de lasprotestas que subyace en su intención. Jue-ces para la Democracia ha remarcado quesu colectivo está en contra de estas nuevasleyes porque los jueces “no pueden ser neu-trales en leyes que vulneren los derechos hu-manos”. Además denuncian que el Gobier-no ha planteado un conflicto social comoun conflicto de orden público cuando “la

respuesta ciudadana ante su gestión ha sidoejemplar y responsable”. 

Para la Asociación Libre de Abogados, es-tas leyes forman un todo que muestra “la vo-luntad del ejecutivo de quebrantar los prin-cipios de  la justicia y su vocación para des-mantelarla, y garantizar la impunidad del es-tado y sus agentes”, recordando que el nue-vo Código Penal “condena más llevarse unbrik de leche de un centro comercial que de-fraudar a la Hacienda Pública”.

Como éstos, muchos otros colectivos hanelevado su voz y sus protestas contra las nor-mas que criminalizan las protestas y a lossectores más vulnerables. Así han mostradosu público rechazo desde la Plataforma Ter-cer Sector –integrada por colectivos que lu-chan contra la pobreza, como Cáritas o CruzRoja–, hasta SOS Racismo, Greenpeace, laPlataforma en Defensa de la Libertad de Ex-presión, la Plataforma de Afectados por laHipoteca (PAH) –que han denunciado sen-tirse especialmente señalados por el nuevo

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El PSOE recurrirá alConstitucional y acusa

al PP de “enterrar elCódigo Penal de la

democracia”

ho de manifestación y tiene un marcado carácter represor.F. MORENO

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Código: “Nos sentimos tristemente  prota-gonistas, porque describe las actuaciones quevenimos realizando desde hace seis  años.No vamos a parar”–, Rights InternationalSpain, e incluso el sindicato policial UNIPE,que ha pedido el fin de las  coacciones a lospolicías y ha denunciado la indefensión queesta ley genera tanto para la ciudadanía co-mo para la Policía, por la falta de tutela ju-dicial y la nula formación de la Policía parapoder aplicarla  debidamente.

En cuanto a las expulsiones en caliente, elMinisterio del Interior no parece dispuestotampoco a dar un paso atrás en su intentode dejarlas legalizadas con estas reformaslegislativas. El titular, Jorge Fernández Díaz,insistía en que esas expulsiones se harán contodas las garantías legales pero que se con-tinuarán llevando a cabo desde las mismasvallas de Ceuta y Melilla.

No parece importar mucho el criterio co-munitario al respecto. El comisario de De-rechos Humanos del Consejo de Europa, NilsMuiznieks, ya ha advertido a España de quelegalizar las devoluciones de inmigrantes apie de valla en Ceuta y Melilla contradice lajurisprudencia del Tribunal Europeo de De-rechos Humanos, que prohíbe expresa y ta-xativamente las expulsiones colectivas: “Es-paña no puede legalizar lo que es ilegal”.

Un CódigoPenal más duro E l nuevo código Penal quedaba

definitivamente aprobado en elPleno del Congreso, el pasado 26de marzo, con el apoyo del PP y

el  rechazo en bloque de la oposición.Con 181 votos a favor y 138 en contra y dosabstenciones, la Cámara Baja daba el alda-bonazo definitivo a la tramitación de la nor-ma un año y seis meses después de iniciarsu recorrido parlamentario en las Cámaras,en el que se han incorporado 400 de las másde 2.000 enmiendas presentadas a la norma–la práctica totalidad, presentadas por el pro-pio Partido Popular– que entrará en vigor apartir del próximo 1 de julio.

En este flamante marco jurídico penal,polémico en su conjunto, destaca por en-cima de las demás la medida que introdu-ce la cadena perpetua en nuestro ordena-miento jurídico, por primera vez desde quefuera abolida por la dictadura de Primo de

Rivera. Con la ambigua denominación de“prisión permanente revisable”, aplicablea los condenados por delitos de terrorismocon víctimas mortales, genocidio, asesina-tos en serie, cometidos en el seno de unaorganización criminal o contra menores de16 años o personas especialmente vulne-rables. Las penas serán revisadas, tras elcumplimiento de 25 a 35 años, para verifi-car si el pronóstico es favorable a la rein-serción social. Los jueces examinarán si de-be mantenerse la prisión cada dos años deoficio o a petición del recluso, si bien pue-de no dar curso a nuevas solicitudes du-rante un año.

Junto a este bombazo legislativo, el nue-vo Código Penal también muestra su dure-za en muchos otros aspectos. Estas son susprincipales novedades:

Financiación ilegal Se castigará con cárcel a los españoles queacepten donaciones superiores a los 500.000euros, o de 100.000 euros si son extranje-ros. Se considera delito la financiación ile-gal de partidos, y se aplica ahora la respon-sabilidad de las personas jurídicas a partidosy sindicatos y se crea la Oficina de Gestiónde Activos para los bienes decomisados.

InternetCompartir vídeos íntimos sin permiso en laRed será delito, aunque la grabación se hu-biera realizado con el consentimiento de lavíctima.

Pornografía infantil Aumentan las penas para la prostitución demenores o incapaces, mientras que se cas-tigará a quien contacte con un adolescen-te, menor de 16 años, a través de las nue-vas tecnologías para intentar que faciliteimágenes pornográficas. Se regula el hosti-gamiento mediante llamadas telefónicas oseguimientos a una persona, que en muchasocasiones no podía perseguirse como deli-to de amenazas o coacciones al no existirviolencia.

Robos y hurtos El límite del hurto pasa de 400 a 500 euros yse aumenta la persecución de multirreinci-dentes, butrones, alunizajes o robo de cablede cobre o suministro eléctrico.

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Jorge Fernández Díaz, ministro del Interior, defiende la ley y asegura que se aplicará con todas las garantías.F. MORENO

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Eliminación de las faltas Desde ahora, las faltas pasan a ser considera-das delitos leves o sanciones administrativas.

Expulsión de ciudadanos comunitarios Un ciudadano de la Unión Europea podráser expulsado de España si representa unaamenaza grave para la seguridad pública.Hasta ahora esta medida solo se podía apli-car a los extranjeros que no pertenecieran apaíses comunitarios.

Huelgas Las penas de cárcel a quienes impidan o li-miten el derecho de huelga se reducen a losdos años, también para los que participenen piquetes que utilicen la violencia y la co-acción.

Matrimonio forzado Se podría llegar a condenar a tres años decárcel a quien coaccione a otro a contra-er matrimonio. Esta tipificación ya estácontemplada en las legislaciones de Fran-cia, Dinamarca, Reino Unido, Alemania yNoruega..

Libertad condicional La libertad condicional no computará co-mo tiempo de cumplimiento de condena,pero su concesión determinará la suspen-sión de la ejecución del resto de la pena.Si durante ese tiempo no reincide, se de-clarará extinguida la pena pendiente, pe-ro si incumple las condiciones, la libertadserá revocada y se deberá cumplir la penaque le restaba.

Desobediencia a la autoridad La resistencia y desobediencia grave a la au-toridad o sus agentes en el ejercicio de susfunciones estará penada con entre tres me-ses y un año de cárcel. Además, serán san-cionados con una multa de uno a tres me-ses aquellos que “falten al respeto y consi-deración debida a la autoridad”.

Corrupción Se aumentan las penas y se elevan los pla-zos de prescripción. Se dificulta el acceso lalibertad condicional a los corruptos que nohayan reparado el daño causado, fija en500.000 euros la cuantía para imponer cár-cel por financiación ilegal –salvo que sea ex-

tranjero que será de 100.000– y mantiene ellímite de 120.000 euros para el delito porfraude fiscal. Se prolongan los plazos de in-habilitación para el cargo público y se obli-ga a los condenados por estos delitos a de-volver obligatoriamente el dinero sustraídoa las arcas públicas para tener acceso a la li-bertad condicional.

Las personas que participan en “estructu-ras u organizaciones, cualquiera que sea sunaturaleza, cuya finalidad sea la financia-ción de partidos políticos” al margen de laley serán castigadas con una pena de prisiónde uno a cinco años de cárcel, con inde-pendencia de la cuantía de la comisión.

Consentimiento sexual Se eleva a 16 años la edad de consentimientopara las relaciones sexuales –hasta ahora es-taba fijada en los 13 años–.

Maltrato animal Se aumenta la persecución del maltrato,abandono y explotación sexual de anima-les. Además, se multa a quienes maltraten“cruelmente” a animales en peleas de ga-llos o perros, aunque no a los organizado-res de estos combates. También se tipificapor primera vez la explotación sexual deanimales.

Enaltecimiento del terrorismo Aumenta la pena máxima de cárcel para de-litos de enaltecimiento de terrorismo hastalos tres años, por lo que las personas con-denadas por este delito podrían ir directa-mente a la cárcel aun sin tener anteceden-tes penales.

Explotación sexual Se modifica el artículo 187 para suavizarla presión sobre los proxenetas. A partir deahora sólo se castigará a las personas quese lucren a través de la explotación se-xual de terceros si lo hacen a través de laimposición de “condiciones gravosas, des-proporcionadas o abusivas”, o si se apro-vechan de “una situación de vulnerabili-dad personal o económica”. La aprecia-ción acerca de cuándo se incurre en dichascircunstancias queda abierta a la interpre-tación de los jueces.

Libertad vigiladaSe establecen medidas de libertad vigila-da de tres a cinco años de duración en su-puestos como los asesinatos graves y laviolencia de género, y se obliga al Go-bierno a informar ante el Congreso cadaseis meses de los indultos concedidos ydenegados.

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Se considera atentado a la autoridad las agresiones al personal sanitario en el ejercicio de sus funciones.

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Agresiones a médicos y profesoresUna enmienda al artículo 550 del CódigoPenal establece en términos definidos cuán-do se produce un atentado contra funciona-rios sanitarios y educativos. Los agresorespueden ser condenados a partir de ahora apenas de entre uno y cuatro años de cárcely multa de tres a seis meses si el atentadofuera contra autoridad. La modificación esmuy específica señalando que son “actos deatentado los cometidos contra los funciona-rios docentes o sanitarios que se hallen enel ejercicio de las funciones propias de sucargo, o con ocasión de ellas”.

NuevassancionesporprotestarD el texto definitivo de la nueva

Ley de Seguridad Ciudadanahan desaparecido algunas tipi-ficaciones polémicas, como la

que sancionaba los “ultrajes a España”, y enotros casos se han rebajado las sanciones.Finalmente, por ejemplo, concentrarse sinautorización ante el Congreso de los Dipu-tados, el Senado o parlamentos autonómi-cos ya no será sancionado con un máximode 600.000 euros, sino con un máximo de30.000 y siempre que se constate una “per-turbación grave de la seguridad ciudadana”.

Tampoco serán sancionados los periodis-tas que graben a los agentes de policía, sinoquien use esas imágenes de manera que“pueda poner en peligro la seguridad per-sonal o familiar de los agentes”.

Las multas se aplicarán ahora por tramos.Incluso para las infracciones muy graves ygraves, las multas se dividirán en tres tramoscorrespondientes a los grados mínimos, me-dio y máximo. De este modo, se abre la po-sibilidad de que en un hecho calificado co-mo muy grave, el infractor puede ser multa-do en el grado mínimo, medio o máximo,según las circunstancias de su conducta. Pa-

ra fijar la cuantía, se tendrá en cuenta su ca-pacidad económica.

Sobre la prostitución, en el borrador ante-rior se sancionaba a quienes ejercieran laprostitución cerca de colegios o lugares fre-cuentados por menores, así como a sus clien-tes. Ahora sólo se sancionará a los clientes.

Igualmente, atendiendo al criterio expre-sado por el Consejo General del Poder Ju-dicial, no se dará publicidad a las sancionesimpuestas a reincidentes.

Los populares aceptaban retirar del arti-culado la infracción leve que multaba conhasta 600 euros “la práctica de juegos o deactividades deportivas en espacios públicosno habilitados para ello”. También el bote-llón –hasta ahora considerado una falta gra-ve, multada con hasta 30.000 euros– pasa ala lista de infracciones leves. 

Se ha retirado la sanción por entorpecerindebidamente la circulación peatonal quegenere molestias o el riesgo a las personas obienes. Se elimina la que hacía alusión a “lasamenazas coacciones, injurias o vejacionesrealizadas en vías públicas y espacios abier-tos al público que produzcan alteracionesde la seguridad ciudadana”. Sale del textola infracción que multaba por injuriar “a lasinstituciones públicas”, una de las más po-lémicas del anteproyecto.

Se modifica la infracción relativa a las ocu-paciones añadiéndosele un párrafo cuyo fines perseguir el top manta: serán multadoscon hasta 600 euros quienes ocupen la víapública “para la venta ambulante no autori-zada”. Se ha retirado la participación en al-teraciones de la seguridad ciudadana con la

cara tapada, que pasará a ser consideradosimplemente un agravante a la hora de im-poner una multa. Desaparece la infracciónpor perturbar el orden durante una campa-ña electoral, la votación o el escrutinio.

Tampoco ha superado el último trámitela sanción por el “escalamiento de edificiosde organismos públicos o de interés históri- Concentrarse sin permiso ante el Congreso, Senado o Parlamentos a

Las multas contaráncon tramos mínimo,

medio y máximo segúnsea la conducta del

infractor

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co-artístico y la precipitación desde los mis-mos”, mientras que igualmente se elimina lamulta grave por la comisión de tres infrac-ciones leves en el plazo de dos años. Du-rante el trámite en el Congreso, un total de14 infracciones incluidas en el proyecto ori-ginal han sido modificadas y 19 directamenteeliminadas. Los informes preceptivos de losorganismos de los jueces y de los fiscales

apuntaban, incluso, a que algunos de los ar-tículos podían rozar la inconstitucionalidad.

Pero pese a esta ligera suavización en eltramo final del trámite, el texto legal resul-tante eleva la presión contra la protesta ciu-dadana de modo radical. Usted podrá sermultado con las cuantías indicadas, y a tra-vés de un mero acto administrativo, sin in-tervención judicial, en cualquiera de los si-guientes supuestos:

FALTAS MUY GRAVES: entre 30.001 y 600.000 euros de multa

—Manifestaciones no comunicadas oprohibidas ante infraestructuras críticas.

—Fabricar, almacenar o usar armas o ex-plosivos incumpliendo la normativa o care-ciendo de la autorización necesaria o exce-diendo los límites autorizados.

—Celebrar espectáculos públicos que-brantando la prohibición ordenada por laautoridad correspondiente por razones deseguridad pública.

—Proyectar haces de luz sobre los pilotoso conductores de medios de transporte quepuedan deslumbrarles o distraer su atencióny provocar accidentes.

FALTAS GRAVES: entre 601 y 30.000 euros de multa

—Perturbar la seguridad ciudadana en ac-tos públicos, espectáculos deportivos o cul-turales, solemnidades y oficios religiosos uotras reuniones a las que asistan numerosaspersonas.

—La perturbación grave de la seguridadciudadana en manifestaciones frente al Con-greso, el Senado y asambleas autonómicasaunque no estuvieran reunidas.

—Causar desórdenes en la calle u obsta-culizarla con barricadas.

—Impedir a cualquier autoridad el ejerci-cio legítimo de sus funciones en el cumpli-miento de resoluciones administrativas o ju-diciales. Este punto sancionaría, por ejem-plo, las concentraciones para impedir la eje-cución de desahucios.

—Las acciones y omisiones que impidanu obstaculicen el funcionamiento de los ser-vicios de emergencia.

—La desobediencia o la resistencia a laautoridad así como la negativa a identificarsea requerimiento de la autoridad o de susagentes.

—Negarse a disolver reuniones y mani-festaciones en lugares de tránsito públicocuando lo ordenen las autoridades compe-tentes cuando concurran los supuestos delartículo 5 de la Ley Reguladora del Dere-cho de Reunión. Entre estos supuestos se en-cuentra “cuando se produzcan alteracionesdel orden público con peligro para perso-nas o bienes” por lo que podría emplearseesta infracción para sancionar los llamadosescraches.

—Perturbar el desarrollo de una manifes-tación lícita.

—La intrusión en infraestructuras críticas(que prestan servicios esenciales para la co-munidad) incluyendo su sobrevuelo, cuan-do se haya producido una interferencia gra-ve en su funcionamiento.

—Portar armas prohibidas o portar o usararmas de modo negligente y temerario o fue-ra de los lugares habilitados para ello.

—Solicitar y disfrutar (por parte del de-mandante) de servicios sexuales en zonas detránsito público, cerca de lugares destinadosa su uso por menores (colegios, parques...)o en zonas que pueda generar un riesgo pa-ra la seguridad vial.

—Fabricar, almacenar o usar armas regla-mentarias o explosivos sin autorización asícomo la omisión o falta de eficacia de lasmedidas de seguridad o precauciones queresulten obligatorias.

—Negarse a las inspecciones en fábricas,locales, establecimientos, embarcaciones yaeronaves.

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s autonómicos podrá conllevar una sanción de 30.000 euros.

Pese a ser suavizadaligeramente, la ley

eleva de forma radicalla presión contra laprotesta ciudadana

F. MORENO

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—El uso público e indebido de unifor-mes, insignias o condecoraciones oficia-les, o réplicas de los mismos del equipa-miento de los cuerpos policiales o de losservicios de emergencia que puedan ge-nerar engaño.

—No colaborar con las Fuerzas de Segu-ridad en la averiguación de delitos o en laprevención de acciones que puedan poneren riesgo la seguridad ciudadana.

—El consumo o la tenencia ilícitos de dro-gas, aunque no estuvieran destinadas al trá-fico, en lugares públicos, así como el aban-dono de los instrumentos empleados paraello.

—El traslado de personas, con cualquiertipo de vehículo, con el objeto de facilitar aéstas el acceso a drogas (las cundas).

—Plantar y cultivar drogas en lugares vi-sibles al público.

—La tolerancia del consumo ilegal o el trá-fico de drogas en locales o la falta de dili-gencia en orden a impedirlos por parte delos propietarios.

—La carencia de los registros previstos enesta ley para las actividades con trascen-dencia para la seguridad ciudadana o la omi-sión de comunicaciones obligatorias.

—Dar datos falsos para la obtención de lasdocumentaciones previstas en esta Ley.

—Incumplir las restricciones a la navega-ción reglamentariamente impuestas a las em-barcaciones de alta velocidad y aeronavesligeras.

—El uso no autorizado de imágenes o da-tos personales o profesionales de autorida-des o miembros de las Fuerzas y Cuerpos deSeguridad que pueda poner en peligro la se-guridad personal o familiar de los agentes,de las instalaciones protegidas o en riesgo eléxito de una operación, con respeto al de-recho fundamental a la información.

FALTAS LEVES: entre 100 y 600 euros de multa

—La celebración de manifestaciones sincomunicar a las autoridades, cuya responsa-bilidad corresponderá a los organizadores.

—Exhibir objetos peligrosos para la vidae integridad física de las personas con áni-mo intimidatorio.

—Incumplir las restricciones de circula-ción peatonal o itinerario con ocasión de unacto público cuando provoquen alteracio-

nes menores en el normal desarrollo.—Las faltas de respeto y consideración

cuyo destinatario sea un miembro de lasFuerzas y Cuerpos de Seguridad en el ejer-cicio de sus funciones de protección de laseguridad.

—Hacer o incitar a actos que atenten con-

tra la libertad e identidad sexual, o ejecutaractos de exhibición obscena.

—La proyección de haces de luz, mediantecualquier tipo de dispositivo, sobre miem-bros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridadpara impedir o dificultar el ejercicio de susfunciones.

—La ocupación de casas y la venta am-bulante no autorizada.

—No denunciar la pérdida o el robo deun arma.

—Las irregularidades en la cumplimen-tación de los registros previstos en esta

Ley con trascendencia para la seguridadciudadana.

—No tener la documentación personal le-galmente exigida o no denunciar su robo opérdida.

—La negligencia en la custodia y conser-vación de la documentación personal legal-mente exigida, considerándose como tal latercera y posteriores pérdidas o extravíos enel plazo de un año.

—Negarse a darle la documentación a laPolicía.

—Causar daños a bienes muebles o in-muebles de uso público o privados que es-tén en la vía pública.

—Escalar edificios o monumentos sin au-

torización cuando haya riesgo de que se oca-sionen daños.

—La remoción de vallas, encintados uotros elementos fijos o móviles colocadospor las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad pa-ra delimitar perímetros de seguridad.

—Dejar sueltos o en condiciones de cau-sar daños animales feroces, así como aban-donar animales domésticos en condicionesen que pueda peligrar su vida.

—El consumo de alcohol en lugares pú-blicos cuando perturbe gravemente la tran-quilidad ciudadana. l

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Los escraches entrarían en la consideración de falta grave.

La Plataforma deAfectados por la

Hipoteca cree que se hahecho una legislación

ad hoc contra ellos

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