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REPUBLICA DE COLOMBIA DCP-2500 11 TODOSPORUN NUEVO PAÍS MININTFRIOR MINISTERIO DEL INTERIOR 1 74 1 1 72:3 CERTIFICACIÓN NÚMERO DE "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos. obras o actividades a realizarse". EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de diciembre de 2013 y, CONSIDERANDO: Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 19 de febrero de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6 -0006616, por medio del cual el señor CARLOS AUGUSTO GÓMEZ RESTREPO en calidad de Gerente de Sostenibilidad de La empresa Riopaila Castilla S.A, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada, identificado con las siguientes coordenadas: Nombre POINT X 70'50 1310, 11'52á 1026144.03255 7C'1 7 31.2j 7 6, 51'55).61511 1026107.03385 15029 6" ' O, 5 1'1'56.2"N 1026156.31367 70'50281), 51'53,29"N . 1 .026205.617 POINT Y 1048718,37762 1048210.51769 4 1048228.96647 1048139: 5951, Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0006616 del 19 de febrero de 2016. Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA" Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos Página 1 de 4

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REPUBLICA DE COLOMBIA

DCP-2500

11TODOSPORUN NUEVO PAÍS

MININTFRIOR

MINISTERIO DEL INTERIOR

1 74 1 1 72:3 CERTIFICACIÓN NÚMERO DE

"Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos. obras o actividades a realizarse".

EL DIRECTOR DE CONSULTA PREVIA

En ejercicio de las facultades legales y reglamentarias en especial, las conferidas en el artículo 16 del numeral 5 del Decreto 2893 de 2011 y la Resolución 1928 del 2 de

diciembre de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que se recibió en el Ministerio del Interior el día 19 de febrero de 2016, el oficio con radicado externo EXTMII6-0006616, por medio del cual el señor CARLOS AUGUSTO GÓMEZ RESTREPO en calidad de Gerente de Sostenibilidad de La empresa Riopaila Castilla S.A, solicita se expida certificación de presencia o no de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada, identificado con las siguientes coordenadas:

Nombre POINT X 70'501310, 11'52á 1026144.03255 7C'1731.2j76, 51'55).61511 1026107.03385 15029 6" ' O, 51'1'56.2"N 1026156.31367 70'50281), 51'53,29"N .1.026205.617

POINT Y 1048718,37762 1048210.51769 4

1048228.96647 1048139:5951,

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0006616 del 19 de febrero de 2016.

Que en la solicitud se anexaron los siguientes documentos técnicos: i) solicitud formal ante la Dirección de Consulta Previa, ii) cuadro de coordenadas, donde se va a ejecutar el proyecto denominado: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA"

Que en un análisis inicial la Dirección de Consulta Previa, procedió a revisar en las bases de datos conforme a las coordenadas presentadas por el solicitante para el proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada. Este análisis tuvo como objeto constatar la presencia o registro de comunidades étnicas que pudieran resultar afectadas. Las bases de datos

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consultadas fueron: i) Base cartográfica de resguardos indígenas constituidos (Incoder - Igac 2015), ii) Base cartográfica de Consejos Comunitarios constituidos (Incoder 2015), iii) Base de datos de la Dirección de Asuntos Indígenas, Minorías Étnicas y Rom (Mininterior 2015), iv) Base de datos de la Dirección de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras (Mininterior 2015), v) Base de datos (espacial y no espacial) de Resguardos Indígenas de origen Colonial (Incoder 2015), vi) Base de datos de Consulta Previa (Mininterior 2015).

Que con base en la información aportada y recogida se elaboró el informe técnico el día 09 de marzo de 2016 en el cual se estableció lo siguiente:

Se digitalizo en la base de datos de la Dirección de Consulta Previa las coordenadas del área aportada por el solicitante fueron presentadas en coordenadas Planas Origen Este, Datum Magna, para el proyecto "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA"

Para el ejercicio de análisis cartográfico se utilizó la cartografía básica y temática IGAC 2015; lo que permitió constatar que el proyecto se localiza en jurisdicción del municipio de SANTA ROSALIA departamento de VICHADA, por lo tanto es posible continuar con el trámite de la solicitud.

Actividades

De manera general del fruto de la palma de aceite es posible extraer tres productos de alto valor comercial: Aceite de palma, Aceite de palmiste y Torta de palmiste.

Los dos últimos se producen con un proceso que incluye extracción del aceite de palmiste. para lo cual se requiere instalar una planta extractora en la cual se realizarían las siguientes actividades:

• Recepción de fruto • Esterilización • Extracción (prensado) • Clarificación • Desfibracion • Palmisteria • Generación de vapor • Almacenamiento • Despacho

Como resultado de la consulta de las bases de datos (espacial y no espacial) para Consulta de la Dirección de Asuntos Indígenas. Minorías y ROM, y del análisis cartográfico realizado a partir del cruce de dicha información con el área del proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA"", se evidenció que el proyecto de la referencia no se traslapa con comunidades étnicas.

De acuerdo con lo anterior, se establece que no se registra presencia de comunidades étnicas en el área del proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA'.

En mérito de lo anteriormente expuesto, esta Dirección,

CERTIFICA:

PRIMERO. Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, Minorías y Rom, en el área del proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada, identificado con las siguientes coordenadas:

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Nombre POINT POINT Y 700501 3011 0, 51'52.6N 1026144.03255 1048718.37762 715012"0, 5'155.6"N 1026107.03315 104821151769 70'50'29.60, 111 56.211 N 1021156.31367 1048228,96647

:70502101 51153.29N 1026205.63307 10481.3959555, 11/1111■1 ti

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0006616 del 19 de febrero de 2016.

SEGUNDO. Que no se registra presencia de comunidades Negras. Afrocolombianas. Raizales y Palenqueras, en el área del proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada, identificado con las siguientes coordenadas:

Nombre I POINT X POINT r70050300, 5152.6'N. ' 1026144.03255 , 1048718.37762 7005051,2"0, 1155.6"N 1026107.03315 1048210.51769] 70'50129 6"0, 5'156.2"N 102i156.31367 1048228.96647

1_7150210, 5'1'53,29"N 1026205.6j-307 1048139..59555

Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0006616 del 19 de febrero de 2016.

TERCERO. Que la información sobre la cual se expide la presente certificación aplica específicamente para las coordenadas y las características técnicas relacionadas y entregadas por el solicitante, a través del oficio con radicado externo EXTMI16-0006616 de fecha 19 de febrero del año 2016, para el proyecto: "ESTABLECIMIENTO PLANTA EXTRACTORA DE ACEITE DE PALMA EN LA ZONA DE LA ALTILLANURA COLOMBIANA", localizado en jurisdicción del municipio de Santa Rosalía, departamento del Vichada, identificado con las siguientes coordenadas:

Nomíre P010- X POINT Y-

70°50130"0, 511521-6,"1.\): 1 102614-4.03255 104118,377Ú

70050`311.1, 5'1116"N - 1026107.03385 1048210.51769

70'5029.10 511 56.2"N 10721156.31367 70,928 53,29 N

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Fuente: Suministrada por el solicitante; radicado externo EXTMI16-0006616 del 19 de febrero de 2016.

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1 026205.63307 1048228 96647 1048139.59555

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CUARTO. Contra el presente acto administrativo procede el recurso de reposición, el cual deberá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal, o dentro de los diez (10) días siguientes a ella, o a la notificación por aviso, ante esta Dirección, de conformidad con lo establecido en el artículo 76 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo).

COMUNÍQUESE Y NOTIFÍQUESE

ÁLVARO ECe VERRY LONDOÑO

Director Consulta Previa

Elaboró Boris Palencia Reviso Elena Ramirez Ceballos Aprobó: Luis Fernando Mora. Lide Area de Cer ficaciones

T.R.D. 2500 09 06

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