Cuestión prejudicial Art. 267TFUE (Tratado Funcionamiento Unión Europea) Chiara Favilli Roma 7-8...
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Cuestión prejudicial
Art. 267TFUE (Tratado Funcionamiento Unión Europea)
Chiara Favilli
Roma 7-8 de abril de 2014
Función• Aplicación uniforme del derecho UE• Cooperación jurisdiccional entre los jueces
nacionales y el Tribunal de Justicia • Funciones ejercidas por el TJ• No se utiliza el art. 225, párr. 3, sobre
atribución de competencia al Tribunal de Primera Instancia (posibilidad de remitir poderes al Tribunal de Justicia en el caso de las decisiones de principio y revisión)
• Sobrecarga de trabajo
• Dorsch Consult: origen legal, carácter permanente, obligatoriedad jurisdicción, carácter contradictorio del procedimiento, aplicación de normas de derecho, independencia
• No aplicación estricta• También Tribunales constitucionales
nacionales
Jurisdicción nacional
• Exclusión del arbitraje voluntario• Críticas • Impugnación eventual del laudo: presentación
del recurso de apelación a título prejudicial
Obligatoriedad
Objeto
• Interpretación del tratado • Interpretación y validez de los actos de derecho derivado y de la BC -Validez: sinónimo de legitimidad, antiguo art. 230. Por lo tanto, los
mismos vicios de la acción de nulidad -También actos no vinculantes
• Interpretación de los estatutos de los organismos creados por un acto del consejo (de hecho, son siempre actos comunitarios)
• También las sentencias del TJ • Acuerdo de la Comunidad: siempre actos de la UE pero no convincente.
Mejor antiguo art. 218 TFUE -P.ej. acuerdo GATT donde la CE ha sustituido a los EM ya que la política comercial es exclusiva
• Normas internas que remiten a normas comunitarias, p.ej. para igualar el tratamiento con disposiciones fiscales más favorables aplicables al capital circulante. P.ej. sentencia Leur Bloem
Procedimiento Tres fases
•Ordenanza de reenvío •Examen, juicio y forma de interpretar las normas comunitarias •Aplicación de los principios en el proceso nacional
•Art. 104 bis-Acelerado
•Art.104 ter-De urgencia
Procedimientos abreviados
Procedimiento
• Notificación de la demanda del tribunal nacional
-a las partes en el procedimiento principal -gobiernos de los Estados miembros -instituciones comunitarias Su participación eventual• Suspensión procedimiento nacional antigua
ley 204/1958
Fases sucesivas
• Observaciones escritas • Audición • Decisión -Resumen de los hechos-Dato normativo-Indicación de las cuestiones -Decisión
Instancia
• De parte • De oficio • Valoración de la relevancia y necesidad • Discrecionalidad del juez: -Mazzalai 1976: no competente para juzgar -Laurenco dias: no pertinente -Telemarsicabruzzo: información insuficiente
• Última instancia: obligación pero siempre valoración de la pertinencia
• No última instancia: facultad • Evitar que la aplicación no correcta del
derecho comunitario se consolide en las jurisdicciones superiores
• Evitar la sobrecarga del TJ
Facultad/obligación
Sentencia CILFIT
• Valoración de la pertinencia• Cuestión idéntica a otra ya resuelta • Ya resuelto el mismo punto de derecho
litigioso (aunque las normas son diferentes) • Acto claro: es evidente la correcta aplicación -Misma evidencia para los otros jueces de los
EM y el TJCE -Técnicas de interpretación: párr. 17/20
Sentencia Foto-Frost
• Los jueces nacionales nunca pueden pronunciarse sobre la validez de los actos comunitarios
• Si admiten la validez pueden aplicarlos, de otra manera tienen que recurrir -Uniformidad
-Coherencia del sistema con el recurso de anulación
-TJ más adecuado para valorar la legitimidad de la participación de las instituciones en el procedimiento
• Mitigación del principio Foto-Frost • Zuckerfabrik, 1991: suspensión cautelar si el j. nacional
considera que el acto comunitario es inválido -Suspensión de los actos nacionales basados en el acto comunitario considerado inválido: P.ej. cobro de un impuesto
Serias dudas sobre la validez del reglamento Carácter provisional de la suspensión Obligación de proponer la cuestión prejudicial si decide por la suspensión Perjuicio grave e irreparableInterés comunitario
Suspensión cautelar
• Modificación de la demanda del juez nacional -P.ej.: solicitud valoración de compatibilidad entre la norma
interna y el derecho comunitario: el Tribunal va a decir cómo debe ser interpretada la norma comunitaria y, junto con el contenido de la norma italiana, llega a la posible conclusión de incompatibilidad de la ley.
-A veces la valoración de la norma interna es más evidente
• Para afirmar una cierta orientación en un punto no planteado por el juez interno
• Juicio interpretativo de desestimación: el acto es legítimo si se interpreta de una manera determinada
Reformulación
Efectos • Vinculación del juez a quo incluso el de grado superior
encargado • Si no se conforma puede haber un juicio de infracción
-Respuesta de la Comisión a una interrogación por escrito del PE
Separación de poderes Actitud de colaboración
Solución alemana: el j. no colaborador quita al juez natural el caso Sentencia Koebler del 30.09.2003: indemnización de daños al Estado miembro por una decisión judicial:
aplicación incorrecta; no reenvío prejudicial; no conformidad con la sentencia del TJ
•Stare decisis pero se puede proponer un nuevo recurso aunque sobre la misma cuestión •Derogación de la obligación del j. de última instancia si ya se ha decidido sobre la cuestión El Estado antiguo art. 4 T UE debería abrogar la legislación nacional incompatible •De acuerdo con la Corte Const. la sentencia perjudicial es jus superveniens y tiene efecto directo
Interpretación
Validez
• Obligatoria para el juez a quo • También otros jueces, excepto incertidumbre sobre
los alcances de la sentencia• También nuevo recurso sobre un acto declarado
válido con la presentación de nuevas motivaciones• Declarativa por lo tanto el acto continúa existiendo,
pero la institución que lo expidió adoptará las medidas necesarias para eliminar los vicios encontrados mediante su modificación o abrogación
Validez
• La sentencia que reconoce la invalidez será para cualquier otro juez razón suficiente para considerar tal acto no válido
• El j. nacional podría proponer la cuestión para aclarar los efectos de la declaración de invalidez
-Razones, alcances y consecuencias de la invalidez comprobada
Efectos en el tiempo
• Interpretación • Retroactividad • Solicitud de aplicación retroactiva • Restricciones por razones económicas
-Sentencia Blaizot La seguridad jurídica y el sistema financiero de la
enseñanza en Bélgica excepto los que habían interpuesto el recurso antes del juicio
Efectos en el tiempo
• Validez • Retroactividad • Aplicación 264 como para el procedimiento
prejudicial de validez-Limitación también para el juez a quo: FRAGD
• Desaplicación del acto inválido que deberá de ser revocado por las instituciones competentes
Efectos
• Declarativa • No objeto de revisión o de reposición de un
tercero• No puede ser impugnado por invalidez• Nuevo reenvío si el tribunal encuentre
dificultades para comprender o aplicar la sentencia
Relaciones con otros recursos
• Con infracción y carencia-Infracción que resultará de la sentencia prejudicial -El reenvío prejudicial no se puede utilizar para hacer
valer la carencia• Anulación: -No legitimación a la persona para impugnar
directamente. Puede impugnar el acto interno y proponer el recurso a título prejudicial de validez
-TWD: Sí legitimación para impugnar el acto pero no lo hizo dentro del plazo, no puede apelar a título prejudicial ni siquiera de oficio.