¿Cuál Es El Procedimiento Administrativo Para Conformar El Comité de Seguridad Ciudadana
-
Upload
aldo-rojas -
Category
Documents
-
view
217 -
download
1
description
Transcript of ¿Cuál Es El Procedimiento Administrativo Para Conformar El Comité de Seguridad Ciudadana
27/7/2015 Municipio al Día ¿Cuál es el procedimiento administrativo para conformar el comité de seguridad ciudadana?
http://www.municipioaldia.com.pe/fp_ap_consultasfrecuentesmunicipales_fase_verconsulta_idcf_1811.html#.VbaoFrOqqkp 1/2
Inicio ¿Quiénes somos? Mapa del Sitio Contáctenos
Registrate
Información
Pautas para elaborarnormas legales
Plan de Incentivos a laMejora de la Gestión yModernización Municipal
Municipalidades en el Perú
Organización Municipal
Inversión Municipal
Finanzas Municipales
Acción Municipal
Participación Ciudadana
Enfoques para la GestiónMunicipal
Buenas Prácticas
Biblioteca
Actualidad Municipal
Oportunidades
Enlaces de Interés
Novedades
Twittear 2
Consultas frecuentes Haz una consulta
Nueva búsqueda Volver a resultados
¿Cuál es el procedimiento administrativo para conformar el comité de seguridad ciudadana?
Fecha: 4abr13 (Tenga en cuenta esta fecha para verificar la vigencia de la base legal de la información presentada acontinuación)
Respuesta
El comité de seguridad ciudadana ya ha sido conformado por ley, corresponde al alcalde convocar su instalación y proceder alcumplimiento de sus funciones.
Explicación
La Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana establece que el alcalde preside el comité distrital de seguridad ciudadana,en consecuencia le corresponde convocar a los miembros y proceder a su instalación. Entre los convocados figuran:
1. El comisario de la Policía Nacional.2. Un representante del Poder Judicial.3. Dos alcaldes de los centros poblados menores, si fuera el caso.4. Un representante de las Juntas Vecinales.5. Un representante de las rondas campesinas, donde las hubiere.
Si hubiese más de dos alcaldes de centros poblados menores, estos deberán reunirse a instancias del alcalde distrital, para elegira sus representantes. El mismo procedimiento se aconseja seguir para la elección del representante de las Juntas Vecinales y delas rondas campesinas.
Estos representantes deben acreditar su representación para pasar a conformar el comité distrital de seguridad ciudadana, quepuede ser reconocido mediante resolución de alcaldía.
Base legal
Artículo 16 de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Ley N° 27933.
Calificación
La respuesta me pareció
Excelente Buena Regular Mala Pésima
Comentario
Calificar
Normas legales | Calendario | Consultas | Mercado de servicios | Boletines
Este es un servicio brindado por el Instituto de Estudios Peruanos, y cuenta con el apoyo de la Corporación Financiera Internacionaly el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio y Desarrollo de Canadá, en el marco del Programa Canon.
A ti, a Hibeth Factor Castillo y a 9519 personas más lesgusta esto.
Me gusta Compartir
87Me gusta
Usuario :
Clave :
Entrar¿Olvidaste tu clave?
27/7/2015 Municipio al Día ¿Cuál es el procedimiento administrativo para conformar el comité de seguridad ciudadana?
http://www.municipioaldia.com.pe/fp_ap_consultasfrecuentesmunicipales_fase_verconsulta_idcf_1811.html#.VbaoFrOqqkp 2/2
Inicio | ¿Quiénes somos? | Mapa del Sitio | Contáctenos
© 2014 IEP Instituto de Estudios Peruanos – Todos los derechos reservados