Cuadro comparativo del proyecto de constitución política del estado aprobada en oruro, con el...

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CUADRO COMPARATIVO DEL PROYECTO DE CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO APROBADA EN ORURO, CON EL TEXTO CONCERTADO EN EL CONGRESO EL 21 DE OCTUBRE DE 2008

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  • 1. LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinCUADRO COMPARATIVO DEL PROYECTO DE CONSTITUCIN POLTICA DEL ESTADO APROBADA EN ORURO, CON EL TEXTOCONCERTADO EN EL CONGRESO EL 21 DE OCTUBRE DE 2008Autores: - Mathias Otto Wolfgang Kutsch SalazarAuspiciante: - Wendy Vernica Crovo Salvatierra Dip. DAEN Oscar Antonio Franco Vaca - Luis Carlos Asport Patzi. - Alvaro Michael Mungua Farfn MODIFICACIONES y MODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOSNEGATIVOS PRIMERA PARTEPRIMERA PARTEBASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADOSinobservaciones DERECHOS, DEBERES Y GARANTASDERECHOS, DEBERES Y GARANTASrelevantes TTULO I TTULO IBASES FUNDAMENTALES DEL ESTADO BASES FUNDAMENTALES DEL ESTADOCAPTULO PRIMERO CAPTULO PRIMERO MODELO DE ESTADO MODELO DE ESTADO1 Artculo 1.Artculo 1. Siguen manteniendo loBolivia se constituye en un Estado Unitario Social deBolivia se constituye en un Estado Unitario Social deSin modificaciones social comunitario; asDerecho PlurinacionalComunitario, libre, Derecho PlurinacionalComunitario, libre,como tambin siguenindependiente, soberano, democrtico,independiente, soberano, democrtico, manteniendo el tema delintercultural, descentralizado y con autonomas. intercultural, descentralizado y con autonomas.pluralismo jurdico. ElLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 1

2. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOSASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOS NEGATIVOSBolivia se funda en la pluralidad y el pluralismoBolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo primero; violaelpoltico, econmico, jurdico, cultural y lingstico, poltico, econmico, jurdico, cultural y lingstico,concepto de Estado dentro del proceso integrador del pas.dentro del proceso integrador del pas. Nacin, pues en el fondo la propuesta de constitucin busca una confederacinde nacionesindgenas originarias campesinas, y es ste el concepto que se maneja de lo social comunitario; mientras que el pluralismo jurdico, atentacontrala institucionalidaddel Poder u rgano Judicial planteado,pues las autoridades indgenas originariascampesinas, no se atienen a ninguna norma constitucional o legal vigente en el pas, y no se establece la coordinacin, fiscalizacin o control que existe de ste tipo de justicia; haciendo inviable el pluralismo jurdico.132 Artculo 2 Artculo 2.Dada la existencia precolonial de las naciones y Dada la existencia precolonial de las naciones y Sin modificaciones Se establece la librepueblos indgena originario campesinos y supueblos indgena originario campesinos y su determinacindelasdominio ancestral sobre sus territorios, se garantizadominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza nacionesypueblossu libre determinacin en el marco de la unidadsu libre determinacin en el marco de la unidad indgenaoriginariodel Estado, que consiste en su derecho a ladel Estado, que consiste en su derecho a la campesinos, y el dominioautonoma, al autogobierno, a su cultura, al autonoma, al autogobierno, a su cultura, alancestral sobresusreconocimiento de sus instituciones y a la reconocimiento de sus instituciones y a laterritorios. Estas y lasconsolidacin de sus entidades territoriales,consolidacin de sus entidades territoriales, dems disposiciones deconforme a esta Constitucin y la ley. conforme a esta Constitucin y la ley.ste 2do. Artculo del Proyecto de Constitucin, como lo expresa el Tribunal Constitucional IMPREGNA toda la Constitucin.3 Artculo 3.Artculo 3.Este artculo modificado Si bien se determina que El pueblo boliviano est conformado por laLa nacin boliviana est conformada por la determina la unificacin todasestasLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 2 3. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Orurode Concertacin POSITIVOSNEGATIVOStotalidad de las bolivianas y los bolivianostotalidad de las bolivianas y los bolivianos, las deidentidaddenominaciones opertenecientes a las reas urbanas de diferentesnaciones y pueblos indgena originario campesinos,multicultural, pueblos conforman elclases sociales, a las naciones y pueblos indgenay las comunidades interculturales y afrobolivianasreconociendo PUEBLO BOLIVIANO, deoriginario campesinos, y a las comunidadesque en conjunto constituyen el pueblo boliviano.identidadesnotodas formas, se denotainterculturales y afrobolivianas. mencionadas enel unatendenciaa laanteriortextodiferenciacin entre cadaconstitucional.Seuno de ellos, que lo nicovuelve a considerar aque hace es buscar unaBoliviacomo unadistincinque luegoNACIN.genera una DIVISIN y CLASIFICACIN de stos pueblos entre los que son considerados por este proyecto como de 1ra. (indgenas originarios campesinos) y de 2da. (interculturales y afrobolivianos).4 Artculo 4Artculo 4.No tomaron en cuenta lasEl Estado respeta y garantiza la libertad de religin El Estado respeta y garantiza la libertad de religin Sin modificaciones observaciones hechas pory de creencias espirituales, de acuerdo con sus y de creencias espirituales, de acuerdo con susla iglesia, ni la propuestacosmovisiones. El Estado es independiente de la cosmovisiones. El Estado es independiente de larealizada por la oposicinreligin. religin.por la cual se debe establecer ciertos grados de coordinacin para el desarrollo de algunas actividades (educacin, cultura, etc.) con todas las religiones en nuestro pas, considerando la largadatadelas actividades realizadas por laiglesiacatlica, evanglica y otras en Bolivia.5 Artculo 5Artculo 5.No se establece alI. Son idiomas oficiales del Estado el castellano yI. Son idiomas oficiales del Estado el castellano ySin modificaciones castellanocomoeltodos los idiomas de las naciones y pueblos todos los idiomas de las naciones y pueblosidioma oficial deindgena originario campesinos, que son el aymara,indgena originario campesinos, que son el aymara, integracin intercultural; yaraona, baure, bsiro, canichana, cavineo, araona, baure, bsiro, canichana, cavineo,por otra parte, dentro decayubaba, chcobo, chimn, ese ejja, guaran, cayubaba, chcobo, chimn, ese ejja, guaran,las observacionesguarasuwe,guarayu,itonama,leco,guarasuwe, guarayu, itonama, leco, machajuyai-realizadas se puntualizmachajuyaikallawaya,machineri, maropa,kallawaya, machineri, maropa, mojeo-trinitario, que los dems idiomas demojeo-trinitario,mojeo-ignaciano, mor, mojeo-ignaciano, mor, mosetn, movima, los pueblos indgenasLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 3 4. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOSmosetn, movima, pacawara, puquina, quechua,pacawara, puquina, quechua, sirion, tacana, originarioscampesinos,sirion, tacana, tapiete, toromona, uru-chipaya,tapiete, toromona, uru-chipaya, weenhayek, deberan considerarseweenhayek, yaminawa, yuki, yuracar y zamuco. yaminawa, yuki, yuracar y zamuco. idiomas oficiales soloII. El Gobierno plurinacional y los gobiernos II. El Gobierno plurinacional y los gobiernosdentro de la comunidad,departamentales deben utilizar al menos dos departamentales deben utilizar al menos dosmunicipiooidiomas oficiales. Uno de ellos debe ser el idiomas oficiales. Uno de ellos debe ser eldepartamentodondecastellano, y el otro se decidir tomando encastellano, y el otro se decidir tomando en stos tengan un usocuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias, cuenta el uso, la conveniencia, las circunstancias,mayoritariolas necesidades y preferencias de la poblacin en las necesidades y preferencias de la poblacin ensu totalidad o del territorio en cuestin. Los demssu totalidad o del territorio en cuestin. Los demsgobiernos autnomos deben utilizar los idiomasgobiernos autnomos deben utilizar los idiomaspropios de su territorio, y uno de ellos debe ser elpropios de su territorio, y uno de ellos debe ser elcastellano. castellano.6 Artculo 6Artculo 6.La declaracin de queI. Sucre es la Capital de Bolivia.I. Sucre es la Capital de Bolivia.Sin modificaciones Sucre es la Capital deII. Los smbolos del Estado son la bandera tricolor II. Los smbolos del Estado son la bandera tricolorBolivia a secas, es elrojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudo rojo, amarillo y verde; el himno boliviano; el escudoresultadode lade armas; la wiphala; la escarapela; la flor de lade armas; la wiphala; la escarapela; la flor de la inobservancia a lakantuta y la flor del patuj. kantuta y la flor del patuj.demanda del Departamento de Chuquisaca y otros 4 Departamentos del pas, para que ste tema vaya a Referndum de acuerdo alosprocedimientos establecidos en la Ley de Convocatoriay el Reglamentodela Asamblea Constituyente. Se introduce por otra parte a la wiphala como smbolodel Estado, cuando sta bandera solo representa aciertos sectores de los pueblos y/ o departamentos del Occidente del pas.CAPTULO SEGUNDOCAPTULO SEGUNDO PRINCIPIOS, VALORES Y FINES DEL ESTADOPRINCIPIOS, VALORES Y FINES DEL ESTADOLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 4 5. MODIFICACIONES y MODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOS ASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOSNEGATIVOS7La modificacin sealaSinobservacionesArtculo 7Artculo 7. la delegacin derelevantesLa soberana reside en el pueblo boliviano y se La soberana reside en el pueblo boliviano, sefunciones y atribucionesejerce de forma directa; es inalienable,ejerce de forma directa y delegada. De ella de los poderes. Para elinembargable, indivisible,imprescriptible e emanan, por delegacin, las funciones y correcto ejercicio de laindelegable, y de ella emanan las funciones y atribuciones de los rganos del poder pblico; es administracinatribuciones del poder pblico. inalienable e imprescriptible.conferida al puebloboliviano.Antes de estamodificacin,seestableca laindelegabilidad.8 Artculo 8Artculo 8.I. El Estado asume y promueve como principios I. El Estado asume y promueve como principios Sin modificacionesSe usan otros idiomastico-morales de la sociedad plural: ama qhilla,tico-morales de la sociedad plural: ama qhilla,diferentes al castellanoama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seasama llulla, ama suwa (no seas flojo, no seaspara la redaccin de stementiroso ni seas ladrn), suma qamaa (vivir mentiroso ni seas ladrn), suma qamaa (vivir artculo;cuando lobien), andereko (vida armoniosa), teko kavi (vidabien), andereko (vida armoniosa), teko kavi (vidacorrecto, en caso debuena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj anbuena), ivi maraei (tierra sin mal) y qhapaj anquerer un proyecto en(camino o vida noble).(camino o vida noble).otro idioma originario,II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, II. El Estado se sustenta en los valores de unidad, sera traducirlo en suigualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidaridad, igualdad, inclusin, dignidad, libertad, solidaridad, totalidad, peronoreciprocidad, respeto,complementariedad,reciprocidad, respeto,complementariedad,introducir textos en otrosarmona, transparencia, equilibrio, igualdad de armona, transparencia, equilibrio, igualdad de idiomas al texto originaloportunidades, equidad social y de gnero en la oportunidades, equidad social y de gnero en la redactado en espao.participacin, bienestar comn, responsabilidad,participacin, bienestar comn, responsabilidad,justicia social, distribucin y redistribucin de los justicia social, distribucin y redistribucin de los Por otra parte,seproductos y bienes sociales, para vivir bien. productos y bienes sociales, para vivir bien. establece como un valorsupremo del estado laDISTRIBUCINYREDISTRIBUCIN DE LOSPRODUCTOS Y BIENESSOCIALES para vivir bien;existiendo una gransusceptibilidad sobrecules productos y bienesse distribuirn solo losLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 5 6. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOS pblicos y estatales; o tambinlos privados9 Artculo 9 Artculo 9. En el punto 1, se mantieneSon fines y funciones esenciales del Estado, Son fines y funciones esenciales del Estado, Sin modificaciones elconcepto deadems de los que establece la Constitucin y la adems de los que establece la Constitucin y laDESCOLONIZACIN,ley: ley:adems de la intencin1. Constituir una sociedad justa y armoniosa,1. Constituir una sociedad justa y armoniosa, deconsolidarlascimentada en la descolonizacin, sin cimentadaenladescolonizacin,sinidentidadesdiscriminacin ni explotacin, con plena justiciadiscriminacin ni explotacin, con plena justicia plurinacionales;siendosocial,paraconsolidarlasidentidadessocial, paraconsolidar lasidentidades sta unaintencinplurinacionales. plurinacionales.expresa de DIVISIN DEL2. Garantizar el bienestar, el desarrollo, la seguridad2.Garantizar el bienestar, el desarrollo, laPAS, pues el Estado sey la proteccin e igual dignidad de las personas,seguridad y la proteccin e igual dignidad de las concentrara en asentarlas naciones, los pueblos y las comunidades, y personas, las naciones, los pueblos y las las diferencias de cadafomentar el respeto mutuo y el dilogo comunidades, y fomentar el respeto mutuo y el comunidad plurinacional,intracultural, intercultural y plurilinge.dilogo intracultural, intercultural y plurilinge. en lugar de buscar la3. Reafirmar y consolidar la unidad del pas, y3. Reafirmar y consolidar la unidad del pas, y unidad de nuestro pas,preservar como patrimonio histrico y humano lapreservar como patrimonio histrico y humano la con la promocin de lasdiversidad plurinacional.diversidad plurinacional. igualdades y los aspectos4. Garantizar el cumplimiento de los principios, 4. Garantizar el cumplimiento de los principios,que nos unen comovalores, derechos y deberes reconocidos yvalores, derechos y deberes reconocidos y bolivianosconsagrados en esta Constitucin.consagrados en esta Constitucin.5. Garantizar el acceso de las personas a la 5. Garantizar el acceso de las personas a laeducacin, a la salud y al trabajo.educacin, a la salud y al trabajo.6. Promover y garantizar el aprovechamiento6. Promover y garantizar el aprovechamientoresponsable y planificado de los recursos naturales, responsable y planificado de los recursos naturales,e impulsar su industrializacin, a travs dele impulsar su industrializacin, a travs deldesarrollo y del fortalecimiento de la basedesarrollo y del fortalecimiento de la baseproductiva en sus diferentes dimensiones y niveles,productiva en sus diferentes dimensiones y niveles,as como la conservacin del medio ambiente, as como la conservacin del medio ambiente,para el bienestar de las generaciones actuales y para el bienestar de las generaciones actuales yfuturas. futuras.10Artculo 10Artculo 10.I. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la I. Bolivia es un Estado pacifista, que promueve la Sin modificaciones Sinobservacionescultura de la paz y el derecho a la paz, as como la cultura de la paz y el derecho a la paz, as como larelevantescooperacin entre los pueblos de la regin y del cooperacin entre los pueblos de la regin y delmundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo,mundo, a fin de contribuir al conocimiento mutuo,al desarrollo equitativo y a la promocin de laal desarrollo equitativo y a la promocin de lainterculturalidad, con pleno respeto a la soberanainterculturalidad, con pleno respeto a la soberanade los estados.de los estados.II. Bolivia rechaza toda guerra de agresin como II. Bolivia rechaza toda guerra de agresin comoLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 6 7. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Orurode Concertacin POSITIVOSNEGATIVOSinstrumento de solucin a los diferendos y conflictos instrumento de solucin a los diferendos y conflictosentre estados y se reserva el derecho a la legtima entre estados y se reserva el derecho a la legtimadefensa en caso de agresin que comprometa la defensa en caso de agresin que comprometa laindependencia y la integridad del Estado. independencia y la integridad del Estado.III. Se prohbe la instalacin de bases militares III. Se prohbe la instalacin de bases militaresextranjeras en territorio boliviano.extranjeras en territorio boliviano. CAPTULO TERCEROCAPTULO TERCERO SISTEMA DE GOBIERNO SISTEMA DE GOBIERNO11Artculo 11 Artculo 11 Dentro delas No modificaron comoI. El Estado adopta para su gobierno la forma 1.. La Repblica de Bolivia adopta para sumodificacionesse forma de Gobierno lademocrtica participativa, representativa y gobierno la forma democrtica participativa,establece como COMUNITARIA, siendocomunitaria, con equivalencia de condicionesrepresentativa y comunitaria, con equivalencia de Republica de Bolivia aleste el tema de fondo deentre hombres y mujeres.condiciones entre hombres y mujeres.marco jurdico y polticolas observaciones; unII. La democracia se ejerce de las siguientes que designado por la estadono puedeII. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que sern desarrolladas por la ley: comunidadgobernarseformas, que sern desarrolladas por la ley: 1.Directa y participativa, por medio del referendo, representativa de loscomunitariamente, sino1. Directa y participativa, por medio del referendo,la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria poderesciudadanosINSTITUCIONALMENTE. Sela iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta democrticos.podraconsiderar lade mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa.. Las asambleas y cabildos tendrn carcterEstableciendo como presencia comunitaria enprevia, entre otros. Las asambleas y cabildos deliberativo conforme a Ley.modificacinla el Estado, sin embargo notendrn carcter deliberativo.inclusin del marcopuede ser gobernado por2. Representativa, por medio de la eleccin de2.Representativa, por medio de la eleccin de jurdico normativo paraun sistema comunitario.representantes por voto universal, directo y secreto, representantes por voto universal, directo y secreto, el desempeo de la En el punto 1 se deberaentre otros.conforme a Ley. voluntad democrtica.determinar sobre la3. Comunitaria, por medio de la eleccin, 3.Comunitaria, por medio de la eleccin, consulta previa, que stasdesignacin o nominacin de autoridades y designacin o nominacin de autoridades y Se considera estarnsujetasarepresentantes por normas y procedimientosrepresentantes por normas y procedimientosnuevamente a Bolivia condiciones ypropios de las naciones y pueblos indgenapropios de las naciones y pueblos indgenacomo un REPBLICA, y caractersticas deoriginario campesinos, entre otros. originario campesinos, entre otros, conforme a Ley .no se usa solo el trminoacuerdo a Ley.de Estado o pueblo,Lademocraciacomo en la anteriorCOMUNITARIA, deberaredaccin. estardentrodela REPRESENTATIVA, y no ser otra clasificacin12Artculo 12 Artculo 12.DeacuerdoalaI. El Estado se organiza y estructura su poder I. El Estado se organiza y estructura su poder modificacinse Sinobservacionespblico a travs de los rganos Legislativo,pblico a travs de los rganos Legislativo,establece la relevantesEjecutivo, Judicial y Electoral. La organizacin delEjecutivo, Judicial y Electoral. La organizacin delincorporacindelEstado est fundamentada en la separacin,Estado est fundamentada en la independencia, principiodecoordinacin y cooperacin de estos rganos.separacin, coordinacin y cooperacin de estos IndependenciaII. Son funciones estatales la de Control, la derganos.determinando como elDefensa de la Sociedad y la de Defensa delII. Son funciones estatales la de Control, la depatrn fundamental deLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 7 8. MODIFICACIONES yMODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOSASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOS NEGATIVOSEstado. Defensa de la Sociedad y la de Defensa del las constitucionesEstado.latinoamericanas,III. Las funciones de los rganos pblicos no pueden concentradaenlaser reunidas en un solo rgano ni son delegables delegacinyentre si.atribuciones de los rganos de control del estado.TTULO IITTULO IIDERECHOS FUNDAMENTALSIMOS, DERECHOSDERECHOS FUNDAMENTALES Y GARANTAS FUNDAMENTALES Y GARANTASCAPTULO PRIMERO CAPTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES DISPOSICIONES GENERALES13Artculo 13 Artculo 13. Con las reformas a laI. Los derechos reconocidos por esta Constitucin I. Los derechos reconocidos por esta Constitucinconstitucin, se Sinobservacionesson inviolables, universales, interdependientes,son inviolables, universales, interdependientes, determina la primaca yrelevantesindivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber de indivisibles y progresivos. El Estado tiene el deber derespeto de los derechospromoverlos, protegerlos y respetarlos. promoverlos, protegerlos y respetarlos.humanos establecidosII. Los derechos que proclama esta Constitucin noII. Los derechos que proclama esta Constitucin no porlos tratadossern entendidos como negacin de otros sern entendidos como negacin de otrosinternacionales,derechos no enunciados. derechos no enunciados.constituyndose en lasIII. La clasificacin de los derechos establecida enIII. La clasificacin de los derechos establecida en ms modernayesta Constitucin no determina jerarqua alguna niesta Constitucin no determina jerarqua alguna ni actualizadaen lasuperioridad de unos derechos sobre otros.superioridad de unos derechos sobre otros. preservacin yIV Los tratados y convenios internacionalesenunciacin de losratificadosporla AsambleaLegislativa derechos protegidos. APlurinacional, que reconocen los derechosdiferencia de la actualhumanos y que prohben su limitacin en losconstitucinqueEstados de Excepcin prevalecen en el ordenestablece un marco deinterno. Los derechos y deberes consagrados en proteccionismo a losesta Constitucin se interpretarn de conformidadrganos estatales y decon los Tratados internacionales de derechos defensa antes que loshumanos ratificados por Bolivia. derechos humanos.14Artculo 14 Artculo 14.I. Todo ser humano tiene personalidad y I. Todo ser humano tiene personalidad ySin modificaciones Sinobservacionescapacidad jurdica con arreglo a las leyes y goza capacidad jurdica con arreglo a las leyes y goza relevantesde los derechos reconocidos por esta Constitucin,de los derechos reconocidos por esta Constitucin, Este Artculo a pesar desin distincin alguna.sin distincin alguna. contener demasiadasII. El Estado prohbe y sanciona toda forma deII. El Estado prohbe y sanciona toda forma de disposicionescondiscriminacin fundada en razn de sexo, color, discriminacin fundada en razn de sexo, color,respecto a Derechos yedad, orientacin sexual, identidad de gnero,edad, orientacin sexual, identidad de gnero, Garanta para estarLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 8 9. MODIFICACIONES y MODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOSNEGATIVOSorigen, cultura, nacionalidad, ciudadana, idioma, origen, cultura, nacionalidad, ciudadana, idioma, redactados en uno solo,credo religioso, ideologa, filiacin poltica o credo religioso, ideologa, filiacin poltica o es uno de los aspectosfilosfica, estado civil, condicin econmica ofilosfica, estado civil, condicin econmica opositivos en estesocial, tipo de ocupacin, grado de instruccin, social, tipo de ocupacin, grado de instruccin, Proyectodediscapacidad, embarazo, u otras que tengan por discapacidad, embarazo, u otras que tengan por Constitucin.objetivo o resultado anular o menoscabar elobjetivo o resultado anular o menoscabar elreconocimiento, goce o ejercicio, en condiciones reconocimiento, goce o ejercicio, en condicionesde igualdad, de los derechos de toda persona.de igualdad, de los derechos de toda persona.III. El Estado garantiza a todas las personas yIII. El Estado garantiza a todas las personas ycolectividades, sin discriminacin alguna, el libre ycolectividades, sin discriminacin alguna, el libre yeficaz ejercicio de los derechos establecidos en eficaz ejercicio de los derechos establecidos enesta Constitucin, las leyes y los tratadosesta Constitucin, las leyes y los tratadosinternacionales de derechos humanos. internacionales de derechos humanos.IV. En el ejercicio de los derechos, nadie serIV. En el ejercicio de los derechos, nadie serobligado a hacer lo que la Constitucin y las leyesobligado a hacer lo que la Constitucin y las leyesno manden, ni a privarse de lo que stas nono manden, ni a privarse de lo que stas noprohban.prohban.V. Las leyes bolivianas se aplican a todas las V. Las leyes bolivianas se aplican a todas laspersonas, naturales o jurdicas, bolivianas opersonas, naturales o jurdicas, bolivianas oextranjeras, en el territorio boliviano. extranjeras, en el territorio boliviano.VI. Las extranjeras y los extranjeros en el territorio VI. Las extranjeras y los extranjeros en el territorioboliviano tienen los derechos y deben cumplir losboliviano tienen los derechos y deben cumplir losdeberes establecidos en la Constitucin, salvo las deberes establecidos en la Constitucin, salvo lasrestricciones que sta contenga. restricciones que sta contenga. CAPTULO SEGUNDO CAPTULO SEGUNDODERECHOS FUNDAMENTALSIMOS DERECHOS FUNDAMENTALES15Artculo 15Artculo 15. No se incluye el pedidoI. Toda persona tiene derecho a la vida y a la I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la Sin modificaciones. del RESPETO A LA VIDAintegridad fsica, psicolgica y sexual. Nadie serintegridad fsica, psicolgica y sexual. Nadie serdesde la CONCEPCINtorturado, ni sufrir tratos crueles, inhumanos, torturado, ni sufrir tratos crueles, inhumanos, Artculo positivo en su emitida por numerososdegradantes o humillantes. No existe la pena dedegradantes o humillantes. No existe la pena degran parte. sectores sociales, cultos emuerte.muerte.iglesias; as como de unII. Todas las personas, en particular las mujeres, II. Todas las personas, en particular las mujeres, sin fin de institucionestienen derecho a no sufrir violencia fsica, sexual otienen derecho a no sufrir violencia fsica, sexual ovinculadas al respeto depsicolgica, tanto en la familia como en lapsicolgica, tanto en la familia como en lalos Derechos Humanos ensociedad.sociedad.el pas. Esto evidenciaIII. El Estado adoptar las medidas necesarias paraIII. El Estado adoptar las medidas necesarias paraque solo se hace caso aprevenir, eliminar y sancionar la violencia de prevenir, eliminar y sancionar la violencia de los que los Sectoresgnero y generacional, as como toda accin ugnero y generacional, as como toda accin usociales exigen, pero lasomisin que tenga por objeto degradar la omisin que tenga por objeto degradar la propuestas coherentes nocondicin humana, causar muerte, dolor y condicin humana, causar muerte, dolor y son escuchadas.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 9 10. MODIFICACIONES yMODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOSNEGATIVOSsufrimiento fsico, sexual o psicolgico, tanto en el sufrimiento fsico, sexual o psicolgico, tanto en elmbito pblico como privado.mbito pblico como privado.IV. Ninguna persona podr ser sometida aIV. Ninguna persona podr ser sometida adesaparicin forzada por causa o circunstanciadesaparicin forzada por causa o circunstanciaalguna. alguna.V. Ninguna persona podr ser sometida a V. Ninguna persona podr ser sometida aservidumbre ni esclavitud. Se prohbe la trata yservidumbre ni esclavitud. Se prohbe la trata ytrfico de personas.trfico de personas.16Artculo 16 Artculo 16.I. Toda persona tiene derecho al agua y a laI. Toda persona tiene derecho al agua y a la Sin modificaciones Sinobservacionesalimentacin. alimentacin. relevantesII. El Estado tiene la obligacin de garantizar laII. El Estado tiene la obligacin de garantizar laseguridad alimentaria,a travsdeuna seguridad alimentaria,a travsdeunaalimentacin sana, adecuada y suficiente para alimentacin sana, adecuada y suficiente paratoda la poblacin.toda la poblacin.17Artculo 17 Artculo 17.Toda persona tiene derecho a recibir educacinToda persona tiene derecho a recibir educacin Sin modificaciones Se debi establecer elen todos los niveles de manera universal, en todos los niveles de manera universal, respeto al derecho a laproductiva, gratuita, integral e intercultural, sin productiva, gratuita, integral e intercultural, sin educacin privada endiscriminacin. discriminacin. todos los niveles.18Artculo 18 Artculo 18. La modificacindeI. Todas las personas tienen derecho a la salud. I. Todas las personas tienen derecho a la salud.este artculo estableceSe debi establecer elII. El Estado garantiza la inclusin y el acceso a la II. El Estado garantiza la inclusin y el acceso a lacomo eje fundamental respeto al derecho de lassalud de todas las personas, sin exclusin ni salud de todas las personas, sin exclusin nilos principios Bioticos personas de ser atendidasdiscriminacin alguna.discriminacin alguna. universalespara la en centros de saludIII. El sistema nico de salud ser universal, gratuito, preservacin y privados; y al derechoequitativo, intracultural, intercultural, participativo, conservacinde laque stos tienen por elcon calidad, calidez y control social. El sistema se salud de todos los cobro de sus servicios; yabasa en los principios de solidaridad, eficiencia ybolivianos sin distincinqueestablecerlacorresponsabilidad y se desarrolla mediantea diferencia de la gratuidadcomopolticas pblicas en todos los niveles de gobierno. actual constitucin quecaracterstica del sistema hace queestosnico de salud, genera principios seancierta duda sobre la inviables. permisibilidad que setendr para el desarrollode la actividad privadaLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 10 11. MODIFICACIONES yMODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOSNEGATIVOSen el rea de salud.19Artculo 19Artculo 19.I. Toda persona tiene derecho a un hbitat y I. Toda persona tiene derecho a un hbitat ySin modificaciones Sinobservacionesvivienda adecuada, que dignifiquen la vida vivienda adecuada, que dignifiquen la vida relevantesfamiliar y comunitaria.familiar y comunitaria.II. El Estado, en todos sus niveles de gobierno, II. El Estado, en todos sus niveles de gobierno,promover planes de vivienda de inters social,promover planes de vivienda de inters social,mediante sistemas adecuados de financiamiento, mediante sistemas adecuados de financiamiento,basndose en los principios de solidaridad y basndose en los principios de solidaridad yequidad.Estos planes se destinarn equidad.Estos planes se destinarnpreferentemente a familias de escasos recursos, apreferentemente a familias de escasos recursos, agrupos menos favorecidos y al rea rural.grupos menos favorecidos y al rea rural.20Artculo 20Artculo 20.LosderechosNo se incluye al sectorI. Toda persona tiene derecho al acceso universal yI. Toda persona tiene derecho al acceso universal expresados por estos privado,que enlaequitativo a los servicios bsicos de agua potable,y equitativo a los servicios bsicos de aguaartculos determinan laactualidad es el quealcantarillado, electricidad, gas domiciliario, postal potable,alcantarillado, electricidad, gas aplicacin realiza buena parte de lay telecomunicaciones.domiciliario, postal y telecomunicaciones.constitucional e provisin de los serviciosII. Es responsabilidad del Estado, en todos susII. Es responsabilidad del Estado, en todos sus incorporacindebsicos. En la redaccinniveles de gobierno, la provisin de los servicios niveles de gobierno, la provisin de los serviciosbeneficios se lo limita al gasbsicos a travs de entidades pblicas, mixtas,bsicos a travs de entidades pblicas, mixtas, consagradosy domiciliario y a lascooperativas o comunitarias. En los casos de cooperativas o comunitarias. En los casos deconstituidoscomo telecomunicaciones;electricidad, gas domiciliario y telecomunicacioneselectricidad, gas domiciliario y telecomunicaciones derechos siendo esta una evidentese podr prestar el servicio mediante contratos conse podr prestar el servicio mediante contratos con fundamentalesdediscriminacin. Debiendola empresa privada. La provisin de servicios debe la empresa privada. La provisin de servicios debecarcter universal, queaclararse o modificarse laresponder a los criterios de universalidad,responder a los criterios de universalidad, sin duda mejoraran laredaccin sobre controlresponsabilidad,accesibilidad,continuidad, responsabilidad, accesibilidad,continuidad, calidaddevida. social. Por otro lado, secalidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas y calidad, eficiencia, eficacia, tarifas equitativas yAsemejndosea la limita el poder darcobertura necesaria; con participacin y control cobertura necesaria; con participacin y controlnormativa de otros concesiones para lossocial.social. pasescon alto servicios de agua yIII. El acceso al agua y alcantarilladodesarrollo en un marco alcantarillado; obligandoIII. El agua y alcantarillado constituyen derechos constituyen derechos humanos, no son objeto deequitativo y moderno.a todas las cooperativas,humanos y no son objeto de concesin niconcesin ni privatizacin y estn sujetos a rgimenLa aplicacin de lacomunidadesoprivatizacin. de licencias y registros, conforme a ley. constitucinvigenteempresas,a firmar queda restringiday obligatoriamente debilitada respecto acontratos con el Estado; estos a estas reformas haciendo quela ya que demanda una redaccin de que la modificacin profunda. provisin de los serviciosbsicos se realizarn a Se abre la posibilidad travs de entidades de licencias y registros cooperativas o en stos rubros; comunitarias; abriendo la posibilidadconvirtiendo a todas stasLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 11 12. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de Constitucin ASPECTOS ASPECTOSs.de Oruro de ConcertacinPOSITIVOSNEGATIVOSde otro tipo de relacinen pblicas o mixtas al nocontractual o de otra permitir las concesionesndolepara laejecucin y provisinde stos servicios. CAPTULO TERCERO CAPTULO TERCERODERECHOS CIVILES Y POLTICOS DERECHOS CIVILES Y POLTICOSSECCIN ISECCIN I DERECHOS CIVILES DERECHOS CIVILES21Artculo 21Artculo 21.Las bolivianas y los bolivianos tienen los siguientesLas bolivianas y los bolivianos tienen los siguientesSin modificacionesSinobservacionesderechos:derechos:relevantes1. A la autoidentificacin cultural. 1. A la autoidentificacin cultural. Artculo positivo al ser2. A la privacidad, intimidad, honra, honor, propia2. A la privacidad, intimidad, honra, honor, propiauno de los que amplaimagen y dignidad. imagen y dignidad. la constitucionalizacin3. A la libertad de pensamiento, espiritualidad, 3. A la libertad de pensamiento, espiritualidad, de los Derechos Civilesreligin y culto, expresados en forma individual o religin y culto, expresados en forma individual o y Polticos en el pas.colectiva, tanto en pblico como en privado, con colectiva, tanto en pblico como en privado, confines lcitos. fines lcitos.4. A la libertad de reunin y asociacin, en forma 4. A la libertad de reunin y asociacin, en formapblica y privada, con fines lcitos.pblica y privada, con fines lcitos.5. A expresar y difundir libremente pensamientos u 5. A expresar y difundir libremente pensamientos uopiniones por cualquier medio de comunicacin, opiniones por cualquier medio de comunicacin,de forma oral, escrita o visual, individual ode forma oral, escrita o visual, individual ocolectiva. colectiva.6. A acceder a la informacin, interpretarla,6. A acceder a la informacin, interpretarla,analizarla y comunicarla libremente, de manera analizarla y comunicarla libremente, de maneraindividual o colectiva.individual o colectiva.7. A la libertad de residencia, permanencia y7. A la libertad de residencia, permanencia ycirculacin en todo el territorio boliviano, que circulacin en todo el territorio boliviano, queincluye la salida e ingreso del pas.incluye la salida e ingreso del pas.22Artculo 22Artculo 22.La dignidad y la libertad de la persona sonLa dignidad y la libertad de la persona sonSin modificacionesSinobservacionesinviolables. Respetarlas y protegerlas es deberinviolables. Respetarlas y protegerlas es deberrelevantesprimordial del Estado. primordial del Estado.23Artculo 23Artculo 23. Se observa el num. I; yaI. Toda persona tiene derecho a lalibertad yI. Toda persona tiene derecho a la libertad y Sin modificacionesque la LIBERTAD PERSONALseguridad personal. La libertad personal slo podrseguridad personal. La libertad personal slo podrnopuede estarser restringida en los lmites sealados por la ley, ser restringida en los lmites sealados por la ley, supeditadao serpara asegurar el descubrimiento de la verdad para asegurar el descubrimiento de la verdad restringida para asegurarLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 12 13. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOShistrica en la actuacin de las instancias histrica en la actuacin de las instanciasy descubrir la VERDADjurisdiccionales. jurisdiccionales.HISTRICAenlasII. Se evitar la imposicin a los adolescentes deII. Se evitar la imposicin a los adolescentes de actuacionesymedidas privativas de libertad. Todo adolescentemedidas privativas de libertad. Todo adolescente procedimientos realizadosque se encuentre privado de libertad recibir que se encuentre privado de libertad recibirporlasinstanciasatencin preferente por parte de las autoridadesatencin preferente por parte de las autoridades jurisdiccionales. Ya quejudiciales, administrativas y policiales. stas judiciales, administrativas y policiales. stasestoatentacontradebern asegurar en todo momento el respeto a debern asegurar en todo momento el respeto aderechos fundamentalessu dignidad y la reserva de su identidad. Lasu dignidad y la reserva de su identidad. La establecidos incluso en ladetencin deber cumplirse en recintos distintos de detencin deber cumplirse en recintos distintos deDeclaracin Universal delos asignados para los adultos, teniendo en cuentalos asignados para los adultos, teniendo en cuenta los Derechos Humanoslas necesidades propias de su edad. las necesidades propias de su edad.que debe ser respetadaIII. Nadie podr ser detenido, aprehendido oIII. Nadie podr ser detenido, aprehendido o por nuestro pas. En todoprivado de su libertad, salvo en los casos y segnprivado de su libertad, salvo en los casos y segn caso, cualquier autoridadlas formas establecidas por la ley. La ejecucin dellas formas establecidas por la ley. La ejecucin del judicial y/u originaria,mandamiento requerir que ste emane de mandamiento requerir que ste emane depodr privar de libertad aautoridad competente y que sea emitido porautoridad competente y que sea emitido por cualquier persona con elescrito.escrito. justificativo de estarIV. Toda persona que sea encontrada en delito IV. Toda persona que sea encontrada en delitobuscandolaVERDADflagrante podr ser aprehendida por cualquier otraflagrante podr ser aprehendida por cualquier otra HISTRICA, violando elpersona, aun sin mandamiento. El nico objeto depersona, aun sin mandamiento. El nico objeto de debido proceso y losla aprehensin ser su conduccin ante autoridadla aprehensin ser su conduccin ante autoridad procedimientos de lasjudicial competente, quien deber resolver su judicial competente, quien deber resolver suLeyes que estn porsituacin jurdica en el plazo mximo desituacin jurdica en el plazo mximo de debajo en jerarqua conveinticuatro horas. veinticuatro horas.respecto a lo que disponeV. En el momento en que una persona sea privada V. En el momento en que una persona sea privadaeste artculo delade su libertad, ser informada de los motivos por los de su libertad, ser informada de los motivos por losConstitucin.que se procede a su detencin, as como de la que se procede a su detencin, as como de ladenuncia o querella formulada en su contra. denuncia o querella formulada en su contra.VI. Los responsables de los centros de reclusinVI. Los responsables de los centros de reclusindebern llevar el registro de personas privadas dedebern llevar el registro de personas privadas delibertad. No recibirn a ninguna persona sin copiar libertad. No recibirn a ninguna persona sin copiaren su registro el mandamiento correspondiente. Su en su registro el mandamiento correspondiente. Suincumplimiento dar lugar al procesamiento yincumplimiento dar lugar al procesamiento ysanciones que seale la ley.sanciones que seale la ley.24Artculo 24 Artculo 24.Toda persona tiene derecho a la peticin de Toda persona tiene derecho a la peticin de Sin modificaciones Sinobservacionesmanera individual o colectiva, sea oral o escrita, ymanera individual o colectiva, sea oral o escrita, y relevantesa la obtencin de respuesta formal y pronta. Para a la obtencin de respuesta formal y pronta. Parael ejercicio de este derecho no se exigir msel ejercicio de este derecho no se exigir msrequisito que la identificacin del peticionario. requisito que la identificacin del peticionario.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 13 14. MODIFICACIONES y MODIFICACIONESOBSERVACIONESArtProyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs. de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOS25Artculo 25Artculo 25.I. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de I. Toda persona tiene derecho a la inviolabilidad de Sin modificacionesSinobservacionessu domicilio y al secreto de las comunicacionessu domicilio y al secreto de las comunicacionesrelevantesprivadas en todas sus formas, salvo autorizacin privadas en todas sus formas, salvo autorizacin Especificacionesjudicial.judicial.positivas con respecto aII. Son inviolables la correspondencia, los papelesII. Son inviolables la correspondencia, los papelesla inviolabilidadprivados y las manifestaciones privadas contenidas privados y las manifestaciones privadas contenidas personal y al secreto deen cualquier soporte, stos no podrn seren cualquier soporte, stos no podrn serlas comunicaciones.incautados salvo en los casos determinados por laincautados salvo en los casos determinados por laley para la investigacin penal, en virtud de ordenley para la investigacin penal, en virtud de ordenescrita y motivada de autoridad judicial escrita y motivada de autoridad judicialcompetente.competente.III. Ni la autoridad pblica, ni persona u organismo III. Ni la autoridad pblica, ni persona u organismoalguno podrn interceptar conversaciones o alguno podrn interceptar conversaciones ocomunicaciones privadas mediante instalacin comunicaciones privadas mediante instalacinque las controle o centralice. que las controle o centralice.IV. La informacin y prueba obtenidas conIV. La informacin y prueba obtenidas conviolacin de correspondencia y comunicacionesviolacin de correspondencia y comunicacionesen cualquiera de sus formas no producirn efecto en cualquiera de sus formas no producirn efectolegal. legal. SECCIN II SECCIN II DERECHOS POLTICOS DERECHOS POLTICOS26Artculo 26Artculo 26. La incorporacin amplia En el punto 3 debiI. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienenI. Todas las ciudadanas y los ciudadanos tienena la vigente constitucin eliminarse el trmino dederecho a participar libremente en la formacin, derecho a participar libremente en la formacin, a reformar y respetar lademocracia comunitaria,ejercicio y control del poder poltico, directamente ejercicio y control del poder poltico, directamente democraciapor usos y costumbreso por medio de sus representantes, y de manera o por medio de sus representantes, y de manera comunitaria propia, encomunitarias. Adems enindividual o colectiva. La participacin serindividual o colectiva. La participacin serel marco del controlel punto 4,deberaequitativa y en igualdad de condiciones entreequitativa y en igualdad de condiciones entreelectoral sujeto a la eliminarse eltrminohombres y mujeres. hombres y mujeres. igualad de derechos eleccin; porque en lasII. El derecho a la participacin comprende: II. El derecho a la participacin comprende: conferidos, as comocomunidadessolo1. La organizacin con fines de participacin1. La organizacin con fines de participacintambin la eleccin dedeberapermitirselapoltica, conforme a la Constitucin y a la ley. poltica, conforme a la Constitucin y a la ley. autoridades indgenas y designacin y2. El sufragio, mediante voto igual, universal,2. El sufragio, mediante voto igual, universal,facultad de establecernominacin y elegirsedirecto, individual, secreto, libre y obligatorio, directo, individual, secreto, libre y obligatorio, la fiscalizacin de actos mediante sufragioescrutado pblicamente. El sufragio se ejercer aescrutado pblicamente. El sufragio se ejercer aen la funcin publica.universalpartir de los dieciocho aos cumplidos.partir de los dieciocho aos cumplidos.3. La fiscalizacin de los actos de la funcin 3. Donde se practique la democracia comunitaria, Se establecelapblica. los procesos electorales se ejercern segn normas supervisino y procedimientos propios, supervisados por elfiscalizacin de ste rgano Electoral, siempre y cuando el acto tipodeprocesoselectorales comunitariosLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 14 15. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOSelectoral no est sujeto al voto igual, universal,por el rgano Electoral,directo, secreto, libre y obligatorio.provocando el respeto4. La eleccin, designacin y nominacin directa4.La eleccin, designacin y nominacin a la Ley por lasde los representantes de las naciones y pueblos directa de los representantes de las naciones y comunidades.indgena originario campesinos, de acuerdo conpueblos indgena originario campesinos, desus normas y procedimientos propios.acuerdo con sus normas y procedimientos propios.5.La fiscalizacin de los actos de la funcinpblica.27Artculo 27 Artculo 27.I. Las bolivianas y los bolivianos residentes en el I. Las bolivianas y los bolivianos residentes en el Sin modificaciones Noexiste laexterior tienen derecho a participar en las exterior tienen derecho a participar en lasdeterminacin de laelecciones a la Presidencia y Vicepresidencia del elecciones a la Presidencia y Vicepresidencia deltuicin sobrelaEstado, y en las dems sealadas por la ley. El Estado, y en las dems sealadas por la ley. Elreglamentacin de laderecho se ejercer a travs del registro y derecho se ejercer a travs del registro yeleccin en el extranjero.empadronamiento realizado por el rgano empadronamiento realizado por el rganoNisiquiera en lasElectoral.Electoral. disposiciones transitoriasII. Las extranjeras y los extranjeros residentes en II. Las extranjeras y los extranjeros residentes enseestablece unaBolivia tienen derecho a sufragar en las elecciones Bolivia tienen derecho a sufragar en las eleccionesdisposicin especficamunicipales, conforme a la ley, aplicando municipales, conforme a la ley, aplicandoque establezca laprincipios de reciprocidad internacional. principios de reciprocidad internacional.necesidad de crear de formapaulatinalos mecanismos para que ste derecho del voto en el extranjerose materialice y pueda ser ejercido a plenitud por los nacionales habitantes en otros pases.28Artculo 28 Artculo 28. LadefinicinyEl ejercicio de los derechos polticos se suspende en El ejercicio de los derechos polticos se suspende en Sin modificaciones caractersticas del delitolos siguientes casos, previa sentencia ejecutoriada los siguientes casos, previa sentencia ejecutoriadade traicin a la patria, semientras la pena no haya sido cumplida: mientras la pena no haya sido cumplida:encuentra contemplado1. Por tomar armas y prestar servicio en fuerzas1. Por tomar armas y prestar servicio en fuerzas en el Artculo 124 de estearmadas enemigas en tiempos de guerra.armadas enemigas en tiempos de guerra. proyecto; y representa2. Por defraudacin de recursos pblicos. 2. Por defraudacin de recursos pblicos.unatrampapara3. Por traicin a la patria.3. Por traicin a la patria. aquellaspersonaso empresas que se dedican o se dedicaron a la explotacin, comercializacin, transportey/u otra actividad con cualquier Recurso Natural.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 15 16. MODIFICACIONES yMODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOSNEGATIVOS29Artculo 29Artculo 29.I. Se reconoce a las extranjeras y los extranjeros elI. Se reconoce a las extranjeras y los extranjeros el Sin modificaciones Sinobservacionesderecho a pedir y recibir asilo o refugio porderecho a pedir y recibir asilo o refugio porrelevantespersecucin poltica o ideolgica, de conformidadpersecucin poltica o ideolgica, de conformidad Se constitucionaliza decon las leyes y los tratados internacionales.con las leyes y los tratados internacionales. forma ms clara elII. Toda persona a quien se haya otorgado en II. Toda persona a quien se haya otorgado enderecho al asilo.Bolivia asilo o refugio no ser expulsada oBolivia asilo o refugio no ser expulsada oentregada a un pas donde su vida, integridad, entregada a un pas donde su vida, integridad,seguridad o libertad peligren. El Estado atenderseguridad o libertad peligren. El Estado atenderde manera positiva, humanitaria y expedita las de manera positiva, humanitaria y expedita lassolicitudes de reunificacin familiar que se solicitudes de reunificacin familiar que sepresenten por padres o hijos asilados o refugiados.presenten por padres o hijos asilados o refugiados.CAPTULO CUARTOCAPTULO CUARTODERECHOS DE LAS NACIONES Y PUEBLOS INDGENADERECHOS DE LAS NACIONES Y PUEBLOS INDGENAORIGINARIO CAMPESINOSORIGINARIO CAMPESINOS30Artculo 30Artculo 30.La modificacindeSe siguen manteniendoI. Es nacin y pueblo indgena originario campesinoI. Es nacin y pueblo indgena originario campesino este articulo esta derechos exageradostoda la colectividad humana que comparta toda la colectividad humana que compartareferido al numeral 17.para los pueblosidentidad cultural, idioma, tradicin histrica, identidad cultural, idioma, tradicin histrica,determina la gestin indgenas; provocandoinstituciones, territorialidad y cosmovisin, cuya instituciones, territorialidad y cosmovisin, cuyaterritorialindgenade esta manera unaexistencia es anterior a la invasin colonialexistencia es anterior a la invasin colonial autnoma, y al uso y discriminacin positiva enespaola.espaola. aprovechamientocontra de las demsII. En el marco de la unidad del Estado y de II. En el marco de la unidad del Estado y deexclusivodelos personas que habitanacuerdo con esta Constitucin las naciones y acuerdo con esta Constitucin las naciones yrecursos naturales nuestro pas. Se debipueblos indgena originario campesinos gozan depueblos indgena originario campesinos gozan de renovablesexistentes eliminar el concepto delos siguientes derechos: los siguientes derechos:en su territorio sin NACIN, pues la nica 1.A existir libremente. perjuiciodelos nacin que se debe1. A existir libremente. 2.A su identidad cultural, creencia religiosa,derechos legtimamente contemplar, es la2. A su identidad cultural, creencia religiosa,espiritualidades, prcticas y costumbres, y a suadquiridos por Boliviana. No se eliminaespiritualidades, prcticas y costumbres, y a su propia cosmovisin. terceros. en el punto 14 la facultadpropia cosmovisin.3.A que la identidad cultural de cada uno de susCon esta incorporacin de ejercer sus sistemas3. A que la identidad cultural de cada uno de susmiembros, si as lo desea, se inscriba junto a la se establecela jurdicos. En el punto 15,miembros, si as lo desea, se inscriba junto a laciudadana boliviana en su cdula de identidad, proteccin a las tampoco se adecua laciudadana boliviana en su cdula de identidad,pasaporte u otros documentos de identificacinconcesiones y permisos consulta previapasaporte u otros documentos de identificacin con validez legal.establecidospor el obligatoria, ms bien se lacon validez legal. 4.A la libre determinacin y territorialidad. Estado aterceras fortalece,4. A la libre determinacin y territorialidad. 5.A que sus instituciones sean parte de la estructura personas, en el marcoconceptualizndola5. A que sus instituciones sean parte de lageneral del Estado. delas autonomas como un derecho deestructura general del Estado. 6.A la titulacin colectiva de tierras y territorios. indgenas de los stos pueblos; debera6. A la titulacin colectiva de tierras y territorios. 7.A la proteccin de sus lugares sagrados.derechos consagrados eliminarse la7. A la proteccin de sus lugares sagrados.8.A crear y administrar sistemas, medios y redes de y constituidos para la obligatoriedad de esta administracin de losconsulta.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 16 17. MODIFICACIONES yMODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOS ASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOSNEGATIVOS8. A crear y administrar sistemas, medios y redes decomunicacin propios.recursos.comunicacin propios. 9.A que sus saberes y conocimientos tradicionales,9. A que sus saberes y conocimientos tradicionales, su medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales y Con esta incorporacinsu medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales ysus smbolos y vestimentas sean valorados, de el prrafo del puntosus smbolos y vestimentas sean valorados,respetados y promocionados.17, se busca proteger arespetados y promocionados. 10.A vivir en un medio ambiente sano, con manejo la propiedad privada,10. A vivir en un medio ambiente sano, con manejo y aprovechamiento adecuado de los ecosistemas. concesiones y otrosy aprovechamiento adecuado de los ecosistemas.11.A la propiedad intelectual colectiva de sus derechos adquiridos por11. A la propiedad intelectual colectiva de sus saberes, ciencias y conocimientos, as como a su terceraspersonas,saberes, ciencias y conocimientos, as como a suvaloracin, uso, promocin y desarrollo. resguardando lavaloracin, uso, promocin y desarrollo.12.A una educacin intracultural, intercultural yactividad productiva e12. A una educacin intracultural, intercultural yplurilinge en todo el sistema educativo.industrial de muchasplurilinge en todo el sistema educativo. 13.Al sistema de salud universal y gratuito quepersonas y empresas.13. Al sistema de salud universal y gratuito querespete su cosmovisin y prcticas tradicionales.respete su cosmovisin y prcticas tradicionales. 14.Al ejercicio de sus sistemas polticos, jurdicos y14. Al ejercicio de sus sistemas polticos, jurdicos y econmicos acorde a su cosmovisin.econmicos acorde a su cosmovisin. 15.A ser consultados mediante procedimientos15. A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a travs de susapropiados, y en particular a travs de sus instituciones, cada vez que se prevean medidasinstituciones, cada vez que se prevean medidaslegislativas o administrativas susceptibles delegislativas o administrativas susceptibles deafectarles. En este marco, se respetar yafectarles. En este marco, se respetar y garantizar el derecho a la consulta previagarantizar el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe yobligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotacin de losconcertada, respecto a la explotacin de losrecursos naturales no renovables en el territorio querecursos naturales no renovables en el territorio que habitan.habitan.16.A la participacin en los beneficios de la16. A la participacin en los beneficios de laexplotacin de los recursos naturales en susexplotacin de los recursos naturales en susterritorios.territorios.17.A la gestin territorial indgena autnoma, y al17. A la gestin territorial indgena autnoma, y aluso y aprovechamiento exclusivo de los recursosuso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables existentes en su territorio sinnaturales renovables existentes en su territorio. perjuicio de los derechos legtimamente adquiridos18. A la participacin en los rganos e instituciones por terceros.del Estado. 18.A la participacin en los rganos e institucionesIII. El Estado garantiza, respeta y protege los del Estado.derechos de las naciones y pueblos indgena III. El Estado garantiza, respeta y protege losoriginario campesinos consagrados en esta derechos de las naciones y pueblos indgenaConstitucin y la ley.originario campesinos consagrados en estaConstitucin y la ley.31Artculo 31 Artculo 31. Si bien esta disposicinI. Las naciones y pueblos indgena originarios en I. Las naciones y pueblos indgena originarios enSin modificacionesbusca proteger a losLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 17 18. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArtProyecto de Constitucin Proyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs. de Oruro de ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOSpeligro de extincin, en situacin de aislamiento peligro de extincin, en situacin de aislamientopueblos originarios, alvoluntario y no contactados, sern protegidos y voluntario y no contactados, sern protegidos ymismo tiempo se estararespetados en sus formas de vida individual y respetados en sus formas de vida individual yimplementandounacolectiva.colectiva. poltica segregacionistaII. Las naciones y pueblos indgenas en aislamiento II. Las naciones y pueblos indgenas en aislamientohaciastospueblos,y no contactados gozan del derecho ay no contactados gozan del derecho a separndolosde lamantenerse en esa condicin, a la delimitacin ymantenerse en esa condicin, a la delimitacin y realidad nacional yconsolidacin legal del territorio que ocupan y consolidacin legal del territorio que ocupan ymundial, ycreandohabitan.habitan. reservaspara mantenerlos aislados de todo lo dems.32Artculo 32 Artculo 32.El pueblo afroboliviano goza, en todo lo queEl pueblo afroboliviano goza, en todo lo queSin modificaciones Sinobservacionescorresponda, de los derechos econmicos,corresponda, de los derechos econmicos, relevantessociales, polticos y culturales reconocidos en lasociales, polticos y culturales reconocidos en laConstitucin para las naciones y pueblos indgena Constitucin para las naciones y pueblos indgenaoriginario campesinos.originario campesinos. CAPTULO QUINTO CAPTULO QUINTO DERECHOS SOCIALES Y ECONMICOSDERECHOS SOCIALES Y ECONMICOSSECCIN I SECCIN IDERECHO AL MEDIO AMBIENTE DERECHO AL MEDIO AMBIENTE33Artculo 33 Artculo 33.Las personas tienen derecho a un medio ambiente Las personas tienen derecho a un medio ambiente Sin modificaciones Sinobservacionessaludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio derelevanteseste derecho debe permitir a los individuos y este derecho debe permitir a los individuos ycolectividades de las presentes y futuras colectividades de las presentes y futurasgeneraciones, adems de otros seres vivos,generaciones, adems de otros seres vivos,desarrollarse de manera normal y permanente.desarrollarse de manera normal y permanente.34Artculo 34 Artculo 34.Cualquier persona, a ttulo individual o en Cualquier persona, a ttulo individual o en Sin modificaciones Sinobservacionesrepresentacin deuna colectividad, est representacin deuna colectividad, estrelevantesfacultada para ejercitar las acciones legales enfacultada para ejercitar las acciones legales endefensa del derecho al medio ambiente, sindefensa del derecho al medio ambiente, sinperjuicio de la obligacin de las instituciones perjuicio de la obligacin de las institucionespblicas de actuar de oficio frente a los atentados pblicas de actuar de oficio frente a los atentadoscontra el medio ambiente. contra el medio ambiente. SECCIN IISECCIN II DERECHO A LA SALUD Y A LA SEGURIDAD SOCIALDERECHO A LA SALUD Y A LA SEGURIDAD SOCIALLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 18 19. MODIFICACIONES yMODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOS ASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOSNEGATIVOS35Artculo 35 Artculo 35. Se modifica el texto deSe incluye a la medicinaI. El Estado, en todos sus niveles, proteger el I. El Estado, en todos sus niveles, proteger elforma; pues a no ser tradicional indgena,derecho a la salud, promoviendo polticas pblicasderecho a la salud, promoviendo polticas pblicas que las empresas deponindola en el mismoorientadas a mejorar la calidad de vida, el orientadas a mejorar la calidad de vida, elprovisin de agua ynivel que la medicinabienestar colectivo y el acceso gratuito de labienestar colectivo y el acceso gratuito de la otros servicios pblicos moderna o laquepoblacin a los servicios pblicos. poblacin a los servicios de salud.sean estatales; estosactualmente se usan enII. El sistema de salud es nico e incluye a la II. El sistema de salud es nico e incluye a laservicios difcilmente los centros mdicos. Estomedicina tradicional de las naciones y pueblosmedicina tradicional de las naciones y pueblos pueden ser gratuitos.podra generar problemasindgena originario campesinos. indgena originario campesinos.Especificndosepor ala horadela este motivo, que elimplementacin de Estado procurarla determinados gratuidad solamente de tratamientos, campaas los servicios de salud.desaludy otrasactividades del sector.36Artculo 36 Artculo 36.I. El Estado garantizar el acceso al seguro universalI. El Estado garantizar el acceso al seguro universal Sin modificaciones Sinobservacionesde salud. de salud. relevantesII. El Estado controlar el ejercicio de los serviciosII. El Estado controlar el ejercicio de los serviciospblicos y privados de salud, y lo regular pblicos y privados de salud, y lo regularmediante la ley.mediante la ley.37Artculo 37 Artculo 37.El Estado tiene la obligacin indeclinable de El Estado tiene la obligacin indeclinable deSin modificaciones Sinobservacionesgarantizar y sostener el derecho a la salud, que se garantizar y sostener el derecho a la salud, que se relevantesconstituye en una funcin suprema y primera constituye en una funcin suprema y primeraresponsabilidad financiera. Se priorizar laresponsabilidad financiera. Se priorizar lapromocin de la salud y la prevencin de laspromocin de la salud y la prevencin de lasenfermedades. enfermedades.38Artculo 38 Artculo 38.I. Los bienes y servicios pblicos de salud son Los bienes y servicios pblicos de salud son Sin modificaciones Sinobservacionespropiedad del Estado, y no podrn ser privatizadospropiedad del Estado, y no podrn ser privatizadosrelevantesni concesionados. ni concesionados.II. Los servicios de salud sern prestados de forma Los servicios de salud sern prestados de formaininterrumpida. ininterrumpida.39Artculo 39 Artculo 39.I. El Estado garantizar el servicio de salud pblico yI. El Estado garantizar el servicio de salud pblico Sin modificaciones Sinobservacionesreconoce el servicio de salud privado; regular y y reconoce el servicio de salud privado; regular y relevantesvigilar la atencin de calidad a travs de vigilar la atencin de calidad a travs deauditoras mdicas sostenibles que evalen el auditoras mdicas sostenibles que evalen eltrabajo de su personal, la infraestructura y el trabajo de su personal, la infraestructura y elequipamiento, de acuerdo con la ley.equipamiento, de acuerdo con la ley.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 19 20. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOSASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOS NEGATIVOSII. La ley sancionar las acciones u omisionesII. La ley sancionar las acciones u omisionesnegligentes en el ejercicio de la prctica mdica.negligentes en el ejercicio de la prctica mdica.40Artculo 40 Artculo 40. La poblacinEl Estado garantizar la participacin de laEl Estado garantizar la participacin de laSin modificaciones ORGANIZADA no deberapoblacin organizada en la toma de decisiones, ypoblacin organizada en la toma de decisiones, y tomar decisiones para laen la gestin de todo el sistema pblico de salud.en la gestin de todo el sistema pblico de salud. gestin de salud; puede participar en el control social o la fiscalizacin y el control de servicios de calidad, pero no tomar decisiones de forma directa para el sistema pblico de salud.41Artculo 41 Artculo 41.I. El Estado garantizar el acceso de la poblacin aI. El Estado garantizar el acceso de la poblacinSin modificaciones Sinobservacioneslos medicamentos. a los medicamentos.relevantesII. El Estado priorizar los medicamentos genricos a II. El Estado priorizar los medicamentos genricos atravs del fomento de su produccin interna y, en travs del fomento de su produccin interna y, ensu caso, determinar su importacin.su caso, determinar su importacin.III. El derecho a acceder a los medicamentos no III. El derecho a acceder a los medicamentos nopodr ser restringido por los derechos de podr ser restringido por los derechos depropiedad intelectual y comercializacin, y propiedad intelectual y comercializacin, ycontemplar estndares de calidad y primera contemplar estndares de calidad y primerageneracin. generacin.42Artculo 42 Artculo 42.I. Es responsabilidad del Estado promover y I. Es responsabilidad del Estado promover y Sin modificaciones En el num. I no es clarogarantizar el respeto, uso, investigacin y prcticagarantizar el respeto, uso, investigacin y prctica cmo se pueden rescatarde la medicina tradicional, rescatando losde la medicina tradicional, rescatando los losconocimientos yconocimientos y prcticas ancestrales desde elconocimientos y prcticas ancestrales desde el prcticasdesdeelpensamiento y valores de todas las naciones y pensamiento y valores de todas las naciones ypensamiento y los valorespueblos indgena originario campesinos. pueblos indgena originario campesinos.de stos pueblos. NoII. La promocin de la medicina tradicional II. La promocin de la medicina tradicionalqueda clara cul ser laincorporar el registro de medicamentos naturales incorporar el registro de medicamentos naturalesmetodologa olosy de sus principios activos, as como la proteccin y de sus principios activos, as como la proteccinprocedimientos para quede su conocimiento como propiedad intelectual,de su conocimiento como propiedad intelectual, el Estado realice estehistrica, cultural, y como patrimonio de las histrica, cultural, y como patrimonio de lasrescatede prcticasnaciones y pueblos indgena originario campesinos.naciones y pueblos indgena originario campesinos. tradicionales.III. La ley regular el ejercicio de la medicinaIII. La ley regular el ejercicio de la medicinatradicional y garantizar la calidad de su servicio.tradicional y garantizar la calidad de su servicio.43Artculo 43 Artculo 43.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 20 21. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de ConstitucinASPECTOS ASPECTOSs.de Orurode Concertacin POSITIVOSNEGATIVOSLa ley regular las donaciones o trasplantes deLa ley regular las donaciones o trasplantes deSin modificaciones Sinobservacionesclulas, tejidos u rganos bajo los principios de clulas, tejidos u rganos bajo los principios derelevanteshumanidad, solidaridad, oportunidad, gratuidad yhumanidad, solidaridad, oportunidad, gratuidad yeficiencia. eficiencia.44Artculo 44 Artculo 44.I. Ninguna persona ser sometida a intervencin I. Ninguna persona ser sometida a intervencin Sin modificaciones Sinobservacionesquirrgica, examen mdico o de laboratorio sin su quirrgica, examen mdico o de laboratorio sin surelevantesconsentimiento o el de terceros legalmenteconsentimiento o el de terceros legalmenteautorizados, salvo peligro inminente de su vida.autorizados, salvo peligro inminente de su vida.II. Ninguna persona ser sometida a experimentosII. Ninguna persona ser sometida a experimentoscientficos sin su consentimiento.cientficos sin su consentimiento.45Artculo 45 Artculo 45.La modificacinestaEl control social tendrI. Todas las bolivianas y los bolivianos tienenI. Todas las bolivianas y los bolivianos tienenrelacionada a que no control y participacinderecho a la seguridad social con carcterderecho a acceder a la seguridad social.se puede volver a un dentro de la Seguridadgratuito. II. La seguridad social se presta bajo los principios antiguo sistema de Social.II. La seguridad social se presta bajo los principios deuniversalidad,integralidad,equidad, reparto donde losdeuniversalidad,integralidad,equidad, solidaridad, unidad de gestin, economa, activos aportaban para En el num. IV, se garantizasolidaridad, unidad de gestin, economa, oportunidad, interculturalidad y eficacia. Su los pasivos.Ahorala universalidad en laoportunidad, interculturalidad y eficacia. Su direccin y administracin corresponde al Estado, existen los aportes ajubilacin, a pesar de lasdireccin y administracin corresponde al Estado, con control y participacin social. fondos de capitalmodificaciones realizadascon control y participacin social. III. El rgimen de seguridad social cubre atencinindividual que deben que buscaban protegerIII. El rgimen de seguridad social cubre atencinpor enfermedad, epidemias y enfermedadesser respetados y los aportes individuales.por enfermedad, epidemias y enfermedadescatastrficas; maternidad y paternidad; riesgos ampliados paralacatastrficas; maternidad y paternidad; riesgos profesionales, laborales y riesgos por labores de universalizacin deprofesionales, laborales y riesgos por labores de campo; discapacidad y necesidades especiales; todos los trabajadores.campo; discapacidad y necesidades especiales; desempleo y prdida de empleo; orfandad,desempleo y prdida de empleo; orfandad,invalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda,Con esta modificacininvalidez, viudez, vejez y muerte; vivienda,asignaciones familiares y otras previsiones sociales. se busca la proteccinasignaciones familiares y otras previsiones sociales. IV. El Estado garantiza el derecho a la jubilacin, de los derechos de losIV. El Estado garantiza el derecho a la jubilacin, con carcter universal, solidario y equitativo. trabajadorescon carcter universal, solidario y equitativo. V. Las mujeres tienen derecho a la maternidad aportantes.V. Las mujeres tienen derecho a la maternidad segura, con una visin y prctica intercultural;segura, con una visin y prctica intercultural;gozarn de especial asistencia y proteccin delgozarn de especial asistencia y proteccin del Estado durante el embarazo, parto y en losEstado durante el embarazo, parto y en losperiodos prenatal y posnatal.periodos prenatal y posnatal. VI. Los servicios de seguridad social pblica noVI. Los servicios de seguridad social pblica nopodrn ser privatizados ni concesionados.podrn ser privatizados ni concesionados. SECCIN III SECCIN IIIDERECHO AL TRABAJO Y AL EMPLEODERECHO AL TRABAJO Y AL EMPLEOLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 21 22. MODIFICACIONES y MODIFICACIONESOBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Oruro de ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOS46Artculo 46Artculo 46.I. Toda persona tiene derecho: I. Toda persona tiene derecho: Sin modificacionesSinobservaciones1. Al trabajo digno, con seguridad industrial, 1. Al trabajo digno, con seguridad industrial, relevanteshigiene y salud ocupacional, sin discriminacin, y higiene y salud ocupacional, sin discriminacin, y A partir de este artculocon remuneracin o salario justo, equitativo y con remuneracin o salario justo, equitativo y sedeterminan consatisfactorio, que le asegure para s y su familia una satisfactorio, que le asegure para s y su familia una exactitud derechos yexistencia digna.existencia digna.garantas con respecto2. A una fuente laboral estable, en condiciones2. A una fuente laboral estable, en condicionesal trabajo y al empleoequitativas y satisfactorias.equitativas y satisfactorias.que en las anterioresII. El Estado proteger el ejercicio del trabajo enII. El Estado proteger el ejercicio del trabajo enConstituciones no setodas sus formas.todas sus formas.especificaban.III. Se prohbe toda forma de trabajo forzoso u otro III. Se prohbe toda forma de trabajo forzoso u otromodo anlogo de explotacin que obligue a unamodo anlogo de explotacin que obligue a unapersona a realizar labores sin su consentimiento y persona a realizar labores sin su consentimiento yjusta retribucin. justa retribucin.47Artculo 47Artculo 47.I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al I. Toda persona tiene derecho a dedicarse al Sin modificacionesSi bien se protege a lascomercio, la industria o a cualquier actividad comercio, la industria o a cualquier actividad pequeas unidadeseconmica lcita, en condiciones que noeconmica lcita, en condiciones que noproductivas urbanas operjudiquen al bien colectivo. perjudiquen al bien colectivo. rurales,deberaII. Las trabajadoras y los trabajadores de pequeasII. Las trabajadoras y los trabajadores de pequeasestablecerseunaunidades productivas urbanas o rurales, por cuenta unidades productivas urbanas o rurales, por cuenta disposicin quepropia, y gremialistas en general, gozarn por propia, y gremialistas en general, gozarn por promuevasuparte del Estado de un rgimen de proteccin parte del Estado de un rgimen de proteccin transformacin enespecial, mediante una poltica de intercambio especial, mediante una poltica de intercambio GRANDES UNIDADEScomercial equitativo y de precios justos para suscomercial equitativo y de precios justos para susPRODUCTIVAS;ynoproductos, as como la asignacin preferente deproductos, as como la asignacin preferente degenerar con este artculorecursos econmicos financieros para incentivar su recursos econmicos financieros para incentivar su unincentivo a queproduccin.produccin.simplementelosIII. El Estado proteger, fomentar y fortalecer las III. El Estado proteger, fomentar y emprendedores busquenformas comunitarias de produccin. fortalecer las formas comunitarias de produccin. crear pequeas unidadesproductivas que pocoaportan al pas tanto enimpuestoscomoengeneracin de empleos;ya que son las grandesunidadesproductivas(empresas grandes) lasque estadsticamentegeneran lamayorcantidad de empleos enel pas.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 22 23. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOS48Artculo 48Artculo 48.I. Las disposiciones sociales y laborales son de I. Las disposiciones sociales y laborales son de Sin modificaciones Sinobservacionescumplimiento obligatorio.cumplimiento obligatorio. relevantesII. Las normas laborales se interpretarn y aplicarnII. Las normas laborales se interpretarn y aplicarnbajo los principios de proteccin de las bajo los principios de proteccin de lastrabajadoras y de los trabajadores como principaltrabajadoras y de los trabajadores como principalfuerza productiva de la sociedad; de primaca de fuerza productiva de la sociedad; de primaca dela relacin laboral; de continuidad y estabilidadla relacin laboral; de continuidad y estabilidadlaboral; de no discriminacin y de inversin de la laboral; de no discriminacin y de inversin de laprueba a favor de la trabajadora y del trabajador. prueba a favor de la trabajadora y del trabajador.III. Los derechos y beneficios reconocidos en favorIII. Los derechos y beneficios reconocidos en favorde las trabajadoras y los trabajadores no pueden de las trabajadoras y los trabajadores no puedenrenunciarse, y son nulas las convenciones contrarias renunciarse, y son nulas las convenciones contrariaso que tiendan a burlar sus efectos.o que tiendan a burlar sus efectos.IV. Los salarios o sueldos devengados, derechosIV. Los salarios o sueldos devengados, derechoslaborales, beneficios sociales y aportes a lalaborales, beneficios sociales y aportes a laseguridad social no pagados tienen privilegio yseguridad social no pagados tienen privilegio ypreferencia sobre cualquier otra acreencia, y sonpreferencia sobre cualquier otra acreencia, y soninembargables e imprescriptibles.inembargables e imprescriptibles.V. El Estado promover la incorporacin de las V. El Estado promover la incorporacin de lasmujeres al trabajo y garantizar la mismamujeres al trabajo y garantizar la mismaremuneracin que a los hombres por un trabajo de remuneracin que a los hombres por un trabajo deigual valor, tanto en el mbito pblico como en el igual valor, tanto en el mbito pblico como en elprivado. privado.VI. Las mujeres no podrn ser discriminadas oVI. Las mujeres no podrn ser discriminadas odespedidas por su estado civil, situacin de despedidas por su estado civil, situacin deembarazo, edad, rasgos fsicos o nmero de hijas o embarazo, edad, rasgos fsicos o nmero de hijas ohijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de las hijos. Se garantiza la inamovilidad laboral de lasmujeres en estado de embarazo, y de losmujeres en estado de embarazo, y de losprogenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla unprogenitores, hasta que la hija o el hijo cumpla unao de edad. ao de edad.VII. El Estado garantizar la incorporacin de las VII. El Estado garantizar la incorporacin de lasjvenes y los jvenes en el sistema productivo, de jvenes y los jvenes en el sistema productivo, deacuerdo con su capacitacin y formacin. acuerdo con su capacitacin y formacin.49Artculo 49Artculo 49.I. Se reconoce el derecho a la negociacin I. Se reconoce el derecho a la negociacin Sin modificaciones Se establece en el num. II,colectiva. colectiva.la posibilidad de dictarII. La ley regular las relaciones laborales relativas a II. La ley regular las relaciones laborales relativas auna ley que determinecontratos y convenios colectivos; salarios mnimos contratos y convenios colectivos; salarios mnimosmecanismos degenerales, sectoriales e incrementos salariales; generales, sectoriales e incrementos salariales;participacin enlasreincorporacin; descansos remunerados y reincorporacin; descansos remunerados yutilidades de lasferiados; cmputo de antigedad, jornada laboral,feriados; cmputo de antigedad, jornada laboral, empresasparalos trabajadores oLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de Constitucin Pgina 23 24. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de Constitucin Proyecto de ConstitucinASPECTOSASPECTOSs.de Oruro de Concertacin POSITIVOS NEGATIVOShoras extra, recargo nocturno, dominicales; horas extra, recargo nocturno, dominicales;empleados delasaguinaldos, bonos, primas u otros sistemas de aguinaldos, bonos, primas u otros sistemas demismas;cuandostaparticipacin en las utilidades de la empresa;participacin en las utilidades de la empresa; figura ya no los convierteindemnizaciones y desahucios; maternidad laboral; indemnizaciones y desahucios; maternidad laboral;en trabajadores, sino encapacitacin y formacin profesional, y otros capacitacin y formacin profesional, y otrossocios, que no solo tienenderechos sociales.derechos sociales. derechos, sino tambinIII. El Estado proteger la estabilidad laboral. Se III. El Estado proteger la estabilidad laboral. Seobligaciones; que no soloprohbe el despido injustificado y toda forma deprohbe el despido injustificado y toda forma de se benefician de lasacoso laboral. La ley determinar las sanciones acoso laboral. La ley determinar las sancionesutilidades, sino quecorrespondientes. correspondientes.tambin deben responder por los riesgos.50Artculo 50 Artculo 50.El Estado, mediante tribunales y organismos El Estado, mediante tribunales y organismos Sin modificaciones Sinobservacionesadministrativos especializados, resolver todos los administrativos especializados, resolver todos losrelevantesconflictos emergentes de las relaciones laborales conflictos emergentes de las relaciones laboralesentre empleadores y trabajadores, incluidos los deentre empleadores y trabajadores, incluidos los dela seguridad industrial y los de la seguridad social. la seguridad industrial y los de la seguridad social.51Artculo 51 Artculo 51. En el num. VI de steI. Todas las trabajadoras y los trabajadores tienen I. Todas las trabajadoras y los trabajadores tienen Sin modificaciones artculo, msquederecho a organizarse en sindicatos de acuerdoderecho a organizarse en sindicatos de acuerdo determinarse en fuerocon la ley. con la ley.sindical, pareciera queII. El Estado respetar los principios sindicales deII. El Estado respetar los principios sindicales de se estara instituyendo lounidad, democracia sindical, pluralismo poltico, unidad, democracia sindical, pluralismo poltico,que bien podra llamarseautosostenimiento, solidaridad e internacionalismo. autosostenimiento, solidaridad e internacionalismo.la inmunidad sindical; yaIII. Se reconoce y garantiza la sindicalizacin comoIII. Se reconoce y garantiza la sindicalizacin como que est claramentemedio de defensa, representacin, asistencia, medio de defensa, representacin, asistencia,establecidoque loseducacin y cultura de las trabajadoras y los educacin y cultura de las trabajadoras y losdirigentes no podrn sertrabajadores del campo y de la ciudad.trabajadores del campo y de la ciudad. perseguidos ni privrselesIV. El Estado respetar la independenciaIV. El Estado respetar la independencia la libertad por actosideolgica y organizativa de los sindicatos. Losideolgica y organizativa de los sindicatos. Los realizados en el ejerciciosindicatos gozarn de personalidad jurdica por elsindicatos gozarn de personalidad jurdica por el de sus funciones. Nisolo hecho de organizarse y ser reconocidos por sus solo hecho de organizarse y ser reconocidos por sussiquiera a los Diputadosentidades matrices. entidades matrices.Nacionales se les daV. El patrimonio tangible e intangible de las V. El patrimonio tangible e intangible de lasinmunidad que sonorganizaciones sindicaleses inviolable, organizaciones sindicaleses inviolable,quienes defienden losinembargable e indelegable. inembargable e indelegable.intereses de la sociedadVI. Las dirigentas y los dirigentes sindicales gozan de VI. Las dirigentas y los dirigentes sindicales gozan deen general. Esta es unafuero sindical, no se les despedir hasta un aofuero sindical, no se les despedir hasta un ao disposicin que parecieradespus de la finalizacin de su gestin y no se lesdespus de la finalizacin de su gestin y no se les buscar unfavoritismodisminuirn sus derechos sociales, ni se les someter disminuirn sus derechos sociales, ni se les someterpoltico de cierto sectora persecucin ni privacin de libertad por actosa persecucin ni privacin de libertad por actos de nuestra sociedad.realizados en el cumplimiento de su labor sindical. realizados en el cumplimiento de su labor sindical.LA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 24 25. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOSVII. Las trabajadoras y los trabajadores por cuenta VII. Las trabajadoras y los trabajadores por cuentapropia tienen el derecho a organizarse para lapropia tienen el derecho a organizarse para ladefensa de sus intereses. defensa de sus intereses.52Artculo 52 Artculo 52. No queda claro a qu seI. Se reconoce y garantiza el derecho a la libreI. Se reconoce y garantiza el derecho a la libreSin modificaciones denomina una Asociacinasociacin empresarial. asociacin empresarial.empresarial; y queda laII. El Estado garantizar el reconocimiento de la II. El Estado garantizar el reconocimiento de lasusceptibilidad de que sepersonalidad jurdica de las asociaciones personalidadjurdica de las asociaciones refiera a las hoy llamadasempresariales, as como las formas democrticas empresariales, as como las formas democrticasCorporaciones; ya que enorganizativas empresariales, de acuerdo con sus organizativas empresariales, de acuerdo con susel num. VI de estepropios estatutos.propios estatutos. artculo, determina queIII. El Estado reconoce las instituciones deIII. El Estado reconoce las instituciones de susbienes soncapacitacin de las organizaciones empresariales. capacitacin de las organizaciones empresariales.inembargables; y estoIV. El patrimonio de las organizaciones IV.El patrimonio de las organizaciones limitara y perjudicara lasempresariales, tangible e intangible, es inviolable e empresariales, tangible e intangible, es inviolable eactividades empresarialesinembargable. inembargable.de stas corporaciones.53Artculo 53 Artculo 53.Se garantiza el derecho a la huelga como el Se garantiza el derecho a la huelga como el Sin modificaciones Sinobservacionesejercicio de la facultad legal de las trabajadoras yejercicio de la facultad legal de las trabajadoras y relevanteslos trabajadores de suspender labores para la los trabajadores de suspender labores para ladefensa de sus derechos, de acuerdo con la ley. defensa de sus derechos, de acuerdo con la ley.54Artculo 54 Artculo 54. En todo el proyecto deI. Es obligacin del Estado establecer polticas de I. Es obligacin del Estado establecer polticas de Sin modificaciones Constitucin seempleo que eviten la desocupacin y laempleo que eviten la desocupacin y la establecen mecanismossubocupacin, con la finalidad de crear, mantener subocupacin, con la finalidad de crear, mantenerque frenan la actividady generar condiciones que garanticen a lasy generar condiciones que garanticen a las privada; sin embargo entrabajadoras y los trabajadores posibilidades detrabajadoras y los trabajadores posibilidades de el num. III de este artculo,ocupacin laboral digna y de remuneracin justa.ocupacin laboral digna y de remuneracin justa. se establece el fomentoII. Es deber del Estado y de la sociedad la II. Es deber del Estado y de la sociedad lapara que los trabajadoresproteccin y defensa del aparato industrial y de losproteccin y defensa del aparato industrial y de los conformen empresasservicios estatales.servicios estatales. comunitarias o socialesIII. Las trabajadoras y los trabajadores, en defensaIII. Las trabajadoras y los trabajadores, en defensa en base a empresas ende sus fuentes de trabajo y en resguardo del intersde sus fuentes de trabajo y en resguardo del inters quiebra, abandono u otrasocial podrn, de acuerdo con la ley, reactivar y social podrn, de acuerdo con la ley, reactivar ycircunstanciaanloga;reorganizar empresas en proceso de quiebra, reorganizar empresas en proceso de quiebra,situacin probablementeconcurso o liquidacin, cerradas o abandonadasconcurso o liquidacin, cerradas o abandonadas generada por lade forma injustificada, y conformarn empresasde forma injustificada, y conformarn empresas aplicacinde estacomunitarias o sociales. El Estado podr coadyuvarcomunitarias o sociales. El Estado podr coadyuvar Constitucin en caso dea la accin de las trabajadoras y los trabajadores. a la accin de las trabajadoras y los trabajadores.ser aprobada; lo que en la prctica seralaLA TRAMPA Modificaciones y Peligros en el Proyecto de ConstitucinPgina 25 26. MODIFICACIONES y MODIFICACIONES OBSERVACIONESArt Proyecto de ConstitucinProyecto de Constitucin ASPECTOSASPECTOSs.de Orurode ConcertacinPOSITIVOS NEGATIVOS sustitucin evidente de unospropietarios o empresarios por otros.55Artculo 55 Artculo 55.El sistema cooperativo se sustenta en los principiosEl sistema cooperativo se sustenta en los principiosSin modificaciones Sinobservacionesde solidaridad, igualdad, reciprocidad, equidad ende solidaridad, igualdad, reciprocidad, equidad en relevantesla distribucin, finalidad social, y no lucro de susla distribucin, finalidad social, y no lucro de susasociados. El Estado fomentar y regular laasociados. El Estado fomentar y regular laorganizacin de cooperativas mediante la ley. organizacin de cooperativas mediante la ley.SECCIN IVSECCIN IVDERECHO A LA PROPIEDADDERECHO A LA PROPIEDAD56Artculo 56 Artculo 56. Se establece en el num. III. Toda persona tiene derecho a la propiedadI. Toda persona tiene derecho a la propiedadSin modificaciones la garanta a la propiedadprivada individual o colectiva, siempre que staprivada individual o colectiva, siempre que sta privada solo si no escumpla una funcin social.cumpla una funcin social. perjudicialalintersII. Se garantiza la propiedad privada siempre que elII. Se garantiza la propiedad privada siempre que el colectivo; y como esteuso que se haga de ella no sea perjudicial al inters uso que se haga de ella no sea perjudicial al intersinters es el indgenacolectivo.colectivo. originario,entoncesIII. Se garantiza el derecho a la sucesinIII. Se garantiza el derecho a la sucesin cualquier empresa que enhereditaria.hereditaria. un momento dado tenga alguna controversia con alguna comunidad, podr ser revertida, expropiada o enajenada de sus bienes ya sea por el Estado,oporstas comunidades; pues su propiedad privada ya no estar resguardada por la Constitucin.57Artculo 57Artculo 57. Articulo de fondo ySe garantiza la propiedad,La expropiacin se impondr por causa deLa expropiacin se impondr por causa depolmicoquepero si no es perjudicial alnecesidad o utilidad pblica, o cuando la necesidad o utilidad pblica, calificada conforme determina y ratifica lainterscolectivo.Sinpropiedad no cumpla una funcin social, con la ley y previa indemnizacin justa. La preservacindela embargo, de acuerdo acalificada conforme con la ley y previa propiedad inmueble urbana no est sujeta apropiedad inmueble otros artculos del Nuevoindemnizacin justa.reversin.urbana y rural detexto constitucional, esteacuerdoa las interses elmodificaciones COMUNITARIO; siendorealizadas.esta una redaccin engaosa;permitiendoCon las modifi