CONVENIO N° te-: e -2013-MTC/21 -...

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PERÚ Ministerio de Transportes y Comunicaciones Viceministerio de Transportes CONVENIO N° t e -: e" -2013-MTC/21 CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS BAJO LA MODALIDAD DE MODIFICACION PRESUPUESTARIA Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional que celebran de una parte EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DESCENTRALIZADO -PROVIAS DESCENTRALIZADO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES, con Registro Único de Contribuyente N° 20380419247, con domicilio leal en el Jr. Camaná N° 678 piso 11 — Lima 01, representada por su Director Ejecutivo (e) ING. JOSÉ CARLOS RODRIGUEZ CANTINET, identificado con D.N.I. N° 10144347, quien procede en uso de las facultades conferidas mediante Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, Resolución Ministerial N° 115-2007-MTC/02, Resolución Ministerial N° 859-2011-MTC/02 y autorizado mediante Resolución Viceministerial N° 036- 2013-MTC/02, en adelante PROVÍAS DESCENTRALIZADO, y la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARANGO, en adelante LA MUNICIPALIDAD con Registro Único de Contribuyente N° 20143189091, con domicilio legal en Jirón 13 de Junio N° 1248, distrito de Huarango, Provincia de Huarango, departamento de Cajamarca, debidamente representada por su Alcalde DOMINGO GUZMÁN NEYRA ARANDA, con D.N.I. N° 27859783, bajo los términos y condiciones establecidas en las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL Constitución Política del Perú. Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias. Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República. Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, que crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado — PROVIAS DESCENTRALIZADO. D.S. N° 102-2007-EF, Reglamento de la Ley del Sistema de Inversión Pública D.S. N° 021-2007-MTC, Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. R.M. N° 115-2007-MTC/02, que aprueba el Manual de Operaciones de PROVÍAS DESCENTRALIZADO. Acuerdo de Concejo Municipal N° S/N de fecha 14/02/2013, que faculta al Alcalde Distrital, la suscripción del presente convenio. CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES 1.1 PROVÍAS DESCENTRALIZADO, es la Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrita al Viceministerio de Transportes de EL MINISTERIO creada por Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la e'ecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en s dtsti r.- modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades institucional -..ara la ges in descentralizada del transporte departamental y rural. m 7:r. I;

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PERÚ

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Viceministerio de Transportes

CONVENIO N° te-: e" -2013-MTC/21 CONVENIO DE TRANSFERENCIA DE RECURSOS BAJO LA MODALIDAD DE

MODIFICACION PRESUPUESTARIA

Conste por el presente documento el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional que celebran de una parte EL PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE

DESCENTRALIZADO -PROVIAS DESCENTRALIZADO DEL MINISTERIO DE TRANSPORTES Y

COMUNICACIONES, con Registro Único de Contribuyente N° 20380419247, con domicilio leal en el Jr. Camaná N° 678 piso 11 — Lima 01, representada por su Director Ejecutivo (e) ING. JOSÉ CARLOS

RODRIGUEZ CANTINET, identificado con D.N.I. N° 10144347, quien procede en uso de las facultades conferidas mediante Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, Resolución Ministerial N° 115-2007-MTC/02, Resolución Ministerial N° 859-2011-MTC/02 y autorizado mediante Resolución Viceministerial N° 036- 2013-MTC/02, en adelante PROVÍAS DESCENTRALIZADO, y la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE HUARANGO, en adelante LA MUNICIPALIDAD con Registro Único de Contribuyente N° 20143189091, con domicilio legal en Jirón 13 de Junio N° 1248, distrito de Huarango, Provincia de Huarango, departamento de Cajamarca, debidamente representada por su Alcalde DOMINGO GUZMÁN NEYRA ARANDA, con D.N.I. N° 27859783, bajo los términos y condiciones establecidas en las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA: BASE LEGAL

• Constitución Política del Perú. ■ Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización y sus modificatorias. ■ Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la

República. • Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones • Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. • Ley N° 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública ■ Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. • Ley N° 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. ■ Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, que crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte

Descentralizado — PROVIAS DESCENTRALIZADO. D.S. N° 102-2007-EF, Reglamento de la Ley del Sistema de Inversión Pública

• D.S. N° 021-2007-MTC, Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

• R.M. N° 115-2007-MTC/02, que aprueba el Manual de Operaciones de PROVÍAS DESCENTRALIZADO. ■ Acuerdo de Concejo Municipal N° S/N de fecha 14/02/2013, que faculta al Alcalde Distrital, la

suscripción del presente convenio.

CLÁUSULA SEGUNDA: ANTECEDENTES

1.1 PROVÍAS DESCENTRALIZADO, es la Unidad Ejecutora del Pliego Ministerio de Transportes y Comunicaciones, adscrita al Viceministerio de Transportes de EL MINISTERIO creada por Decreto Supremo N° 029-2006-MTC, encargado de las actividades de preparación, gestión, administración, y de ser el caso la e'ecución de proyectos y programas de infraestructura de transporte departamental y rural en s dtsti r.- modos; así como el desarrollo y fortalecimiento de sus capacidades institucional -..ara la ges in descentralizada del transporte departamental y rural.

m 7:r. I;

Ministerio de Transportes y Comunicaciones

Provias Descentrallzado

1.2 LA MUNICIPALIDAD, conforme a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, es un órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y con plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia.

1.3 Con Memorando N° 119-2013-MTC/21.UGA del 11 de enero de 2013, la Unidad Gerencia! de Administración de PROVIAS DESCENTRALIZADO, comunicó a la Unidad Gerencia! de Estudios, que el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) ha asignado a la Entidad recursos presupuestales que corresponden ser transferidos a diversos gobiernos locales, bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional, destinados a la ejecución de proyectos de inversión, en el marco del artículo 11° de la Ley N° 29951 — Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Año Fiscal 2013. En tal situación, expresa que de acuerdo al Instructivo N° 005-2011-MTC/21 "Instructivo para la suscripción y monitoreo de convenios en el marco de la transferencia de recursos bajo la modalidad de modificación presupuestaria en el nivel institucional°, aprobado mediante R.D. N° 992- 2011-MTC/21, emita el informe técnico de su competencia.

1.4 Con Memorando N° 137-2013-MTC/21.UGE de fecha 25 de enero de 2013, la Unidad Gerencia! de Estudios emite opinión técnica de su competencia, con el refrendo de la Unidad Gerencial de Transporte Rural de PROVIAS DESCENTRALIZADO, recomendando se prosiga con las gestiones consiguientes establecidas en el artículo 11° de la Ley N° 29951, a fin de concretarse la transferencia de los recursos asignados bajo modalidad de modificación presupuestaria, previa suscripción de los respectivos convenios.

1.5 Con Memorando N° 293-2013-MTC/21.UGA de fecha 28 de enero de 2013, la Unidad Gerencia! de Administración señala que, tomando en consideración el Memorando N° 137-2013-MTC/21.UGE que adjunta el Informe N° 012-2013-MTC/21.UGEJF_ATS del Especialista en Evaluación Socioeconómica, ha procedido efectuar la verificación de la viabilidad de los proyectos de inversión señalados en la Clausula Segunda del presente convenio, habiéndose procedido a la certificación presupuestal correspondiente según Memorando N° 603-2013-MTC/21.UGA.

1.6 Estando a la recomendación técnica detallada en el punto precedente, y teniendo en consideración que, entre los proyectos en condición de viables, se encuentra signado con Registro SNIP N° 204617; resulta necesario formalizar el correspondiente convenio de Transferencia de Recursos bajo la modalidad de modificación presupuestaria.

CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO

Es objeto del presente Convenio, establecer los términos y condiciones de la transferencia de recursos del Ministerio de transportes y Comunicaciones, a través de PROVIAS DESCENTRALIZADO, a favor de LA MUNICIPALIDAD, quien es considerada como Unidad Ejecutora de los Proyectos que se detallan a continuación, los que cuentan con viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), conforme al siguiente detalle:

REG. SNIP PROYECTO

RECURSOS ASIGNADOS A PVD PARA TRANSFERIR

A UNIDAD EJECUTORA

SI.

204617 "Mejoramiento del Camino Vecinal La Libertad-Miraflores-Burgos, Distrito de Huarango-San Ignacio-Cajamarca" 2,865,887.00

E___-_______. TOTAL 2,865,887.00

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CLÁUSULA TERCERA: VIGENCIA

Con la finalidad de las acciones de verificación y seguimiento que le corresponden a PROVIAS DESCENTRALIZADO, según los lineamientos establecidos en el articulo 11° de la Ley N° 29951 — Ley de Presupuesto del Sector Publico del Año Fiscal 2013, el presente convenio entrará en vigencia a partir del día siguiente de la fecha de su suscripción hasta la aprobación de la Liquidación Técnica — Financiera del proyecto indicado en la Cláusula precedente. La indicada vigencia, queda supeditada a la aprobación del Decreto Supremo que autoriza la transferencia de partida.

CLÁUSULA CUARTA: TRANSFERENCIA DE RECURSOS

PROVÍAS DESCENTRALIZADO efectuará la transferencia de recursos bajo la modalidad de modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, aprobada mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Transportes y Comunicaciones y el Ministro de Economía y Finanzas.

CLÁUSULA QUINTA: DISPONIBILIDAD DE RECURSOS

z ta El Proyecto de inversión "MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL LA LIBERTAD-MIRAFLORES- 94 t'a o BURGOS, DISTRITO DE HUARANGO-SAN IGNACIO-CAJAMARCA" serán ejecutados con cargo a los §1:

r.< recursos que mediante el presente convenio, transferirá PROVÍAS DESCENTRALIZADO, así como con

A3,rf- recursos que la MUNICIPALIDAD aportará para el financiamiento total del mismo.

Z 15 o CLÁUSULA SEXTA: RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN

(001 La Unidad Ejecutora responsable de la ejecución del Proyecto de inversión es LA MUNICIPALIDAD.

CLÁUSULA SÉTIMA: DE LAS OBLIGACIONES DE LAS PARTES

7.1. DE PROVEAS DESCENTRALIZADO

a. Verificar la certificación de viabilidad del proyecto, materia del presente convenio, en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), previamente a la transferencia de recursos.

b. Gestionar los trámites de aprobación y publicación del Decreto Supremo, refrendado por el Ministro de Transporte y Comunicaciones y del Ministro de Economía y Finanzas, que autoriza la transferencia de recursos antes señalada.

c. Efectuar la transferencia de recursos asignados en su presupuesto institucional del año 2013, para la ejecución del Proyecto de "MEJORAMIENTO DEL CAMINO VECINAL LA LIBERTAD-MIRAFLORES-BURGOS, DISTRITO DE HUARANGO-SAN IGNACIO-CAJAMARCA".

d. Mediante el monitoreo correspondiente, realizar la verificación y seguimiento del cumplimiento de las acciones contenidas en el presente convenio y en el cronograma de ejecución del proyecto de inversión en mención.

7.2. DE LA MUNICIPALIDAD

a. Ejecutar el Proyecto de inversión, materia del presente convenio.

b. Cubrir los cos adicion'alps que se generen, con la finalidad de dar cumplimiento al objeto establecido e ISIíséfil9 ckmenio.

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c. Preveer y garantizar en el Presupuesto del Año 2013 y 2014 de ser necesario, las asignaciones presupuestales que permitan financiar la culminación de la ejecución del presente proyecto de inversión.

d. Garantizar los recursos necesarios para afrontar los posibles mayores costos que pudieran presentarse durante la ejecución del Proyecto de inversión, hasta la liquidación del mismo.

e. Asumir el servicio de supervisión o inspección de las obras, así como su financiamiento.

f. Informar a la Oficina de Coordinación Zonal respectiva de PROVÍAS DESCENTRALIZADO, a los 30 días de publicado el Decreto Supremo de autorización de la transferencia de partida, la nota de modificación presupuestal sobre la incorporación de los recursos reportada; y cada dos meses el avance técnico y financiero de la obra según Ficha Técnica que forma parte del presente, información que deberá presentarse hasta la liquidación de obra, a fin de realizar la verificación y seguimiento correspondiente, establecido mediante Ley.

g. Otras que determinen las partes para concretar los objetivos del presente convenio.

CLÁUSULA OCTAVA: MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado o ampliado mediante adendas que serán suscritas por las partes de común acuerdo, a solicitud de una de ellas.

CLÁUSULA NOVENA: DE LA RESOLUCIÓN

El presente Convenio podrá quedar resuelto en cualquiera de los siguientes supuestos:

a. Por el incumplimiento de alguna de las obligaciones asumidas por las partes en el presente Convenio. En este caso, cualquiera de las partes deberá requerir por escrito el cumplimiento de la obligación en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles, bajo apercibimiento de resolver automáticamente el Convenio de mantener el incumplimiento.

b. Por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su cumplimiento.

c. Por mutuo acuerdo entre las partes, el mismo que deberá ser expresado por escrito, a través de la suscripción de una Adenda.

CLÁUSULA DÉCIMA: DE LOS DOMICILIOS DE LAS PARTES c"

Para los efectos del presente convenio las partes eligen como domicilio el que aparece en la parte introductoria del mismo. Cualquier comunicación o notificación que con motivo del presente convenio, deba ser cursada a cualquiera de las partes, se entenderá como válidamente efectuada si es dirigida a los domicilios consignados en la parte introductoria del presente Convenio.

Cualquier variación domiciliaria, durante la vigencia del presente Convenio, producirá sus efectos después de los cin 05) días hábiles de notificada a la otra parte, coso contrario, toda comunicación o notificación re zafia a los omicilios indicados en la introducción del presente documento se entenderá válidamente fectuada. ■

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CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA: DE LA SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

Ante cualquier controversia o discrepancia resultante de la ejecución del presente Convenio, las partes tratarán de darle solución conforme a las reglas de la buena fe y común intención de las partes, consagradas en el Código Civil, en un plazo de cinco (05) días hábiles, contados a partir del momento en que se comunica a la otra parte de la controversia o discrepancia suscitada. A la conclusión de dicho plazo, y dentro de los diez (10) días siguientes, las partes podrán someter la controversia a un Centro de Conciliación y/o recurrir a un Tribunal Arbitral.

wi CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA: DE LAS DISPOSICIONES FINALES

Las partes declaran conocer el contenido y alcances de todas y cada una de las cláusulas estipuladas en el presente Convenio, cuyas obligaciones serán exigibles de conformidad con los dispositivos legales vigentes y se comprometen a respetarlas, de acuerdo a las reglas de buena fe y común intención de las partes, señalando que no ha mediado dolo, vicio o error que pudiera invalidarlo.

Encontrándose las partes erdo con los términos y condiciones del presente Convenio, lo suscriben en tres (03) originales, la ciuda, e Lima a los 12 MAR 2Ú13

Por PROVÍAS ES ALIZADO Por LA MUNICIPALIDAD

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...... eng. JOSE RODRIGUEZ CANTINET

Director Ejecutivo (e) ,YROVIAS DESCENTRALiZADG

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FICHA TÉCNICA N° Del Al

I.- GENERALIDADES Camino/Tramo : Longitud ..... Km. Distrito Provincia Región

II.- DATOS GENERALES 1. Contrato de Obra N°

Fecha de Suscripción 2. Contratista 3. Monto del Contrato de Obra

(Incluido. IGV) : S/. 4. Plazo de ejecución días naturales 5. Supervisor de Obra 6. Contrato de Supervisión N°

Fecha de Suscripción 7. Monto del Contrato de Supervisión

(Incluido. IGV) : S/. 8. Monto del adelanto directo de obra : S/. Fecha: 9. Fecha de pago del adelanto directo 10. Fecha de entrega de terreno 11. Fecha de inicio de obra 12. Fecha de término de plazo contractual 13. Garantía de Fiel Cumplimiento

Monto Entidad Financiera Vigencia

14. Garantía de Adelanto Directo Monto Entidad financiera

15. Garantía de Adelanto de Materiales Monto Entidad Financiera Vigencia

16. Ampliaciones de plazo • Resolución de Aprobación : N° Fecha : N° de días Desde: Hasta Causal:

17. Adicionales de Obra R Resolución de Aprobación : N° Fecha : Monto (con IGV) Incidencia Acumulada Causal:

18. Deductivo de Obra Resolución de Aprobación : N° Fecha : Monto (con IGV) Incidencia Acumulada Causal:

19. Seguros: 20. Excepcionalmente, si solo cuenta con buena pro adjudicada al 31.DIC.2012,

adjuntar publicación del Portal SEACE.

III. SITUACIÓN DE LA OBRA

A. ASPECTO TÉCNICO

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S Z'

AN NICANOR i IGA BOCANEGRA Presidente

LGADO DELGADO eeretario

CERTIFICO. Que la PresPote Copia Fotostática es fiel de su origiñaf de lo que doy fe

LIparancogd?. „!:?,..«-de{ 20

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OICIAL

0€ PAZ TI TliLAR TO Huao ̂ • DPS Pi

Jurado :lectora' Vispecial de Jaén Credencial

Otorgada a

DOMINGO GUZMÁN NEYRA ARANDA 27859783

Para su reconocimiento como Alcalde del Concejo Distrital de IHUARANGO, provincia de SAN IGNACIO y ,departamento de CAJAMARCA, en el periodo de g¿bierno municipal:2011-2014.

,-Jaén, 30 de Noviembre del año 2010

D AN- "or faqV§ERRERO MARIA AÑA CHINGIJEL NUÑEZ Miembro Titular

Miembro Titular

¡REGISTRO N' 7:31 í DVERTENCIA: 1 La información: contenicia en el

¡presente

EZ LOPEZ TITULAR

CERTIFICO: Que la preente es Copia. Fiel de su Original qve he tenido a la

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