Convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en San Juan
-
Upload
raul-horacio-moreno -
Category
Documents
-
view
322 -
download
1
Transcript of Convenio de corresponsabilidad gremial de la industria vitivinícola en San Juan
CONVENIO DE
CORRESPONSABILIDAD
GREMIAL DE LA
INDUSTRIA VITIVINÍCOLA
EN LA PROVINCIA DE
SAN JUANLey 26.377
Decreto Reglamentario 1370/08
Convenio entre FOEVA y productores
Objeto
Formalizar el trabajo temporario
Mediante aporte de tarifa sustitutiva de aportes y
contribuciones correspondientes al:
SIPA
Asignaciones Familiares
OSPAV
INSSJyP
FOEVA
Monto según quintales cosechados.
Sujetos
Cosechadores de uva para vino o mosto.
Temporarios
Permanentes afectados a la cosecha (Hasta 3 meses)
Productores
Salvo
Inscriptos en RENAF (Registro Nac. Agric. Familiar)
Cosecha mecanizada por empresas inscriptas en el registro del INV. En tal caso deberá informar:
5 días antes de la cosecha: Cantidad y ubicación de hectáreas.
30 días posteriores a la finalización de la cosecha: Quintales ingresados a bodega.
Cosecha tercerizada. En tal caso deberá informar:
5 días antes de la cosecha: Ubicación, fecha y extensión a cosechar.
Hasta el 30/06: Contrato, trabajadores, DDJJ, ART, Factura, etc.
Obligaciones del productor
INFORMAR
Alta de los empleados
DDJJ determinativas y nominativas de sus obligaciones como empleadores.
Eventualmente la cosecha mecanizada.
Eventualmente la cosecha tercerizada.
PAGAR LA TARIFA SUSTITUTIVA
Mediante pago único (hasta el 31/08) o mediante 5 cuotas mensuales (Desde
15/8)
PAGAR COTIZACIÓN LRT