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UNIVERSIDAD LAICA “ELOY ALFARO” DE MANABÍ FACULTAD CIENCIAS DEL MAR MANTA-ECUADOR Creada Ley No. 10 Reg. Of. 313 Noviembre 13 de 1985 Ciudadela Universitaria Vía San Mateo fonos 2620288- 2628188 Casilla 13-05-2732 CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA ULEAM, FACULTAD DE CIENCIAS DEL MAR Y LA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA DEL CANTÓN MONTECRISTI En el cantón Montecristi, a los treinta días del mes de abrildel 2014, se procede a celebrar el presente convenio de cooperación interinstitucional, al tenor de las siguientes cláusulas: CLÁUSULA PRIMERA.- INTERVINIENTES. Por una parte la facultad de Ciencias del Mar de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí, legalmente representada por la Blga. Tania Lin Maldonado Sabando, el Blgo. Javier Cañarte Pin, DECANA de la facultad de Ciencias del Mar, y COORDINADOR de vinculación, respectivamente; y, por otra parte la Lcda. Maricela Mero, DIRECTORA DE LA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA. CLÁUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES. La Facultad de Ciencias del Mar es una Unidad Académica que forma profesionales en Biología Pesquera y Bioquímicos en Actividades Pesqueras para que laboren en las diferentes etapas del sector productivo pesquero, los mismos que están comprometidos con la conservación del medio ambiente, la sostenibilidad de la pesca y la seguridad alimentaria para los habitantes del Ecuador y del mundo. La Facultad de Ciencias del Mar, consciente de la necesidad de fortalecer el ámbito de la actividad pesquera en sus tres fases: pesca, proceso y comercio de las especies hidroacuáticas que son de interés comercial, asegurar la alimentación de las generaciones presentes y futuras, el abastecimiento de los recursospesqueros inocuos y de calidad con el mayor valor agregado posible a fin de que practiquemos el “buen vivir” establecido en la constitución vigente. Además, las materias que conforman la malla curricular de la especialidad de Biología Pesquera, establecen una relación muy estrecha entre la educación que se imparte en la facultad y lasprácticas o relaciones con el medio profesional como componentes esenciales de los sistemas de educación. CLÁUSULA TERCERA.- JUSTIFICACIÓN La Educación es un fenómeno eminentemente social. La Universidad no puede estar al margen de su desarrollo y contribuye en la solución de los problemas que aquejan su normal progreso. Por tal motivo es que

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UNIVERSIDAD LAICA “ELOY ALFARO” DE MANABÍFACULTAD CIENCIAS DEL MAR

MANTA-ECUADORCreada Ley No. 10 Reg. Of. 313 Noviembre 13 de 1985

Ciudadela Universitaria Vía San Mateo fonos 2620288- 2628188 Casilla 13-05-2732

CONVENIO INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA ULEAM, FACULTAD DE CIENCIAS DEL MAR Y LA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA DEL CANTÓN MONTECRISTI

En el cantón Montecristi, a los treinta días del mes de abrildel 2014, se procede a celebrar el presente convenio de cooperación interinstitucional, al tenor de las siguientes cláusulas:

CLÁUSULA PRIMERA.- INTERVINIENTES.Por una parte la facultad de Ciencias del Mar de la Universidad Laica “Eloy Alfaro” de Manabí, legalmente representada por la Blga. Tania Lin Maldonado Sabando, el Blgo. Javier Cañarte Pin, DECANA de la facultad de Ciencias del Mar, y COORDINADOR de vinculación, respectivamente; y, por otra parte la Lcda. Maricela Mero, DIRECTORA DE LA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA.CLÁUSULA SEGUNDA.- ANTECEDENTES.La Facultad de Ciencias del Mar es una Unidad Académica que forma profesionales en Biología Pesquera y Bioquímicos en Actividades Pesqueras para que laboren en las diferentes etapas del sector productivo pesquero, los mismos que están comprometidos con la conservación del medio ambiente, la sostenibilidad de la pesca y la seguridad alimentaria para los habitantes del Ecuador y del mundo.La Facultad de Ciencias del Mar, consciente de la necesidad de fortalecer el ámbito de la actividad pesquera en sus tres fases: pesca, proceso y comercio de las especies hidroacuáticas que son de interés comercial, asegurar la alimentación de las generaciones presentes y futuras, el abastecimiento de los recursospesqueros inocuos y de calidad con el mayor valor agregado posible a fin de que practiquemos el “buen vivir” establecido en la constitución vigente. Además, las materias que conforman la malla curricular de la especialidad de Biología Pesquera, establecen una relación muy estrecha entre la educación que se imparte en la facultad y lasprácticas o relaciones con el medio profesional como componentes esenciales de los sistemas de educación.CLÁUSULA TERCERA.- JUSTIFICACIÓNLa Educación es un fenómeno eminentemente social. La Universidad no puede estar al margen de su desarrollo y contribuye en la solución de los problemas que aquejan su normal progreso. Por tal motivo es que debe existir el vínculo comunidad-universidad, para fortalecer el perfil del futuro profesional y el acceso de toda la juventud que en ella se educa a participar de tareas comunitarias que beneficien o solucionen problemas que afectan a los sectores marginales, transformándose en puntal fundamental en el desarrollo de una sociedad fortalecida y emprendedora.Por medio de este convenio de vinculación los estudiantes y la Universidad están aportando al desarrollo Educativo y Social de la comunidadCLÁUSULA CUARTA.- OBJETIVOSOBJETIVO GENERALEstablecer bases de información en la comunidad acerca de las causas y consecuencias de la basura marina en los océanos.OBJETIVOS ESPECÍFICOS:Promover el desarrollo de procesos educativos y participativos con la comunidad mediante la motivación para educar, concientizar y generar cultura ambiental.Desarrollar la capacidad de liderazgo con la ejecución de prácticas vivenciales en las playas locales que contribuyan a prevenir y solucionar problemas ambientales de su entorno.

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Asumir el compromiso de prevenir y reciclar la basura marina.Estimular la formación de valores que promuevan soluciones prácticas y sencillas amigables con el medio ambiente, ante la contaminación del medio marino con la identificación del ALUMNADO DE LAUNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA.CLÁUSULA QUINTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTESOBLIGACIONESPOR PARTE DE LA UNIVERSIDADAplicar el Proyecto “CAPACITACIÓN SOBRE LA PROBLEMATICA DE LA BASURA MARINA; CAUSAS Y CONSECUENCIAS, IMPARTIDA EN LA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA, MONTECRISTI-MANABI”Coordinar actividades con la Rectora de la Unidad EducativaSeguimiento y evaluación del proyecto.Conversatorio evaluativo con los directivos y niños/as.Conversatorio evaluativo con los estudiantes extensionistas de la ULEAM.Retroalimentación y reajustes de actividades. Participación de los alumnos en actos que la directiva lo requiera.OBLIGACIONES POR PARTE DE LA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICAFacilitar el espacio físico: aulas de clasesMotivar al alumnado para que presten atención a los estudiantes extensionistas.Apoyar a los estudiantes extensionistas.Reunir a otras personaspara hacer conocer el proyecto socioeducativo.Integrar a los extensionistas en actividades socio-cultural que organice la unidad educativa.CLÁUSULA SEXTA.- PLAZOEl convenio o proyecto tendrá la duración de tres meses (mayo-julio 2014), contados a partir de la suscripción del presente y una vez concluido en el plazo señalado en esta cláusula, las partes podrán renovar el convenio.CLÁUSULA SÉPTIMA.- SOLUCIÓN DE CONFLICTOSLas partes manifiestan que llevarán a cabo de buena fe todas las acciones derivadas del presente convenio, por lo que pondrán todo su empeño para su debido cumplimiento. En caso de desacuerdo, se comprometen a resolver directa y voluntariamente entre ellas las diferencias que puedan originarse. De persistir la diferencia se someterá a la mediación y posteriormente al arbitraje en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Cámara de Comercio de Montecristi.CLÁUSULA OCTAVA.- TERMINACIÓNEl presente convenio podrá terminarse por las siguientes causas:Por vencimiento del plazo estipulado.Por mutuo acuerdo, cuando por circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, o causas de fuerza mayor o caso fortuito, no fuere posible ejecutar total o parcialmente el convenio. Por incumplimiento de las obligaciones establecidas en la cláusula tercera de las obligaciones.Para constancia de lo estipulado las partes suscribenpor triplicado el presente convenio, en Manta, a los treinta días del mes de abril del dos mil catorce.

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POR LA UNIVERSIDAD LAICA “ELOY ALFARO” DE MANABÍ

DR. MEDARDO MORA SOLORZANORECTOR DE LA UNIVERSIDAD LAICA ELOY ALFARO DE MANABI

PORLA UNIDAD EDUCATIVA CONDOR DE AMERICA

LCDA.MARICELA MERODirectora de la Escuela Cóndor de América

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Ciudadela Universitaria Vía San Mateo fonos 2620288- 2628188 Casilla 13-05-2732

EL GRUPO DE VINCULACIÓN

Nombre Cédula Firma

Anchundia Chalén Oscar Adrián 131076047-3

Cedeño Mendoza Diana Carolina 131472473-1

Castro Moreira Cristhian Vicente 131264787-6

Falconez Robles Carlos José 131257606-7

García Cedeño Fernando Vicente 1310848831

Mantuano Quijije Erwin Gabriel 131327338-3

Pachay Alvarado Ricardo Javier 131136895-3