Contratos

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DOCENTE: MARIA DE LOS ANGELES MARTINEZ MORALES ASIGNATURA: ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS Y FUNCIÓN INFORMATICA (ARFI) TEMA: NEGOCIACIÓN DE CONTRATO SEMESTRE: CUARTO ESPECIALIDAD: INGENIERIA EN INFORMÁTICA PRESENTA: MISAEL CORTÉS SÁNCHEZ DIANA LAURA COBOS FELIPE YOEL ALEXIS DOMINGUEZ GARCIA NANCY YARELI PORTUGUEZ YESCAS JUAN ANAYA MANZANO

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Page 1: Contratos

DOCENTE:

MARIA DE LOS ANGELES MARTINEZ MORALES

ASIGNATURA:

ADMINISTRACION DE LOS RECURSOS Y FUNCIÓN INFORMATICA (ARFI)

TEMA:

NEGOCIACIÓN DE CONTRATO

SEMESTRE:

CUARTO

ESPECIALIDAD:

INGENIERIA EN INFORMÁTICA

PRESENTA:

MISAEL CORTÉS SÁNCHEZ

DIANA LAURA COBOS FELIPE

YOEL ALEXIS DOMINGUEZ GARCIA

NANCY YARELI PORTUGUEZ YESCAS

JUAN ANAYA MANZANO

OSCAR AVELINO CABRERA

TUXTEPEC OAXACA 19/ MAYO / 2015

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TIPOS DE CONTRATOS

CONTRATO DE CAPACITACION:Cuando un nuevo empleado es contratado para un empleo permanente o temporal con una empresa, el empleado tiene que estar de acuerdo en someterse a la capacitación. La formación es necesaria para que el empleado permanezca y mantenga los procedimientos existentes activos en la empresa para protegerse a sí mismo y a los demás empleados. El contrato de capacitación deberá ser completado y firmado por el nuevo empleado y el empleador al terminar el entrenamiento como una de que se han entendido los procedimientos de seguridad.

CONTRATO COMPRA: Para ser exigible en términos legales, un contrato de consultoría debe contener tres elementos clave: los detalles de la obra que el consultor debe hacer, o la oferta, la aceptación del cliente de la propuesta y los términos y condiciones y la consideración, o dinero que pagarás al consultor para el trabajo. La naturaleza del negocio de consultoría, sin embargo, hace que sea necesario incluir claves adicionales que cubren la del acuerdo.

Este modelo de contrato tiene la finalidad de sugerir a los socios de la Cámara Nacional de Comercio de la Ciudad de México (CANACO) una forma de redacción para la contratación de operaciones de compraventa que celebren con sus clientes y proveedores. Por esta razón admite las modificaciones que las partes estimen convenientes y de ninguna forma impone precepto jurídico alguno que sea vinculante para quienes no lo han suscrito.

MODELO DE CONTRATO DE COMPRAVENTA

CONTRATO DE COMPRAVENTA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE _____________ EN LO

SUCESIVO DENOMINADO "EL VENDEDOR", Y POR OTRA PARTE ______________, EN LO

SUCESIVO DENOMINADO "EL COMPRADOR", AL TENOR DE LAS SIGUIENTES

DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

D E C L A R A C I O N E S

I.- Declara "EL VENDEDOR":

a).- Ser una persona [indicar si es persona física o moral] (si es moral) constituida mediante

escritura pública número_________ de fecha ________, otorgada ante la fe del Notario Público No.

____________ [nombre del notario] y que se encuentra debidamente inscrita en _____________en

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el folio No. ___________.

b) Tener como su domicilio el ubicado en _________________________, Colonia __________________________, Delegación ___________________, C.P. _______, en México, D. F. y con Registro Federal de Contribuyentes _______________

(Si nombró representante)

c).- Que se encuentra representado por _________ quien acredita su personalidad con

el instrumento notarial No.____________, otorgada por la fe del Notario Público No.

________________.

d).- Que cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente

contrato.

II.- Declara "EL COMPRADOR":

a).- Ser una persona [indicar si es persona física o moral] (si es moral) constituida mediante

escritura pública número_________ de fecha ________, otorgada ante la fe del Notario Público No.

____________ [nombre del notario] y que se encuentra debidamente inscrita en _____________en

el folio No. ___________.

b) Tener como su domicilio el ubicado en _________________________, Colonia __________________________, Delegación ___________________, C.P. _______, en México, D. F. y con Registro Federal de Contribuyentes _______________

[Si nombró representante]

c).- Que se encuentra representado por _________ quién acredita su personalidad con

el instrumento notarial No. __________, otorgada por la fe del Notario Público No.

________________.

d).- Que cuenta con las facultades necesarias para la celebración del presente

contrato.

Las partes se reconocen la personalidad con la que comparecen a celebrar el presente contrato para

todos los efectos a que haya lugar y conforme a lo establecido convienen las siguientes:

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C L Á U S U L A S

PRIMERA.- EL VENDEDOR y EL COMPRADOR se obligan a celebrar un contrato de

compraventa respecto a los productos descritos en el Anexo 1.

SEGUNDA.- El precio de los productos será acordado por ambas partes y establecido

en el Anexo 1. El pago de la mercancía se realizará en los términos señalados en las cláusulas

SEXTA y SÉPTIMA del presente contrato.

TERCERA.- EL COMPRADOR deberá especificar la cantidad de los productos

mediante una orden de compra que contendrá los siguientes datos: Nombre del producto, número de

modelo, cantidad requerida y precio.

CUARTA.- Si la orden de compra es enviada por correo electrónico, fax o cualquier

otro medio electrónico surtirá efectos al momento de que EL VENDEDOR envíe una confirmación de

recibido.

QUINTA.- Si por cualquier razón se requieren cambios a la orden de compra EL

COMPRADOR enviará una nueva orden de compra a la cual EL VENDEDOR deberá responder en

los términos indicados en la cláusula CUARTA.

SEXTA.- La fecha de entrega empezará a contar a partir de que EL COMPRADOR

haya informado a EL VENDEDOR del depósito del 30% del precio total de la orden de compra y se

considerará cumplida al momento en que la mercancía haya sido entregada en el domicilio de EL

COMPRADOR.

SÉPTIMA.- EL VENDEDOR se obliga a entregar los productos de acuerdo con la

orden de compra recibida, debidamente empaquetados y en el domicilio de EL COMPRADOR. EL

COMPRADOR deberá informar a EL VENDEDOR sobre cualquier anomalía en la mercancía dentro

de los 3 días hábiles siguientes a la entrega. Una vez transcurrido este plazo EL COMPRADOR será

el único responsable de la calidad de los productos.

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OCTAVA.- Una vez entregada la mercancía EL COMPRADOR deberá realizar el pago

del 70% restante dentro de los [número de días] siguientes.

NOVENA.- El COMPRADOR no podrá, sin la autorización por escrito del VENDEDOR,

transmitir total o parcialmente ninguno de los derechos u obligaciones derivadas del presente

contrato.

DÉCIMA.- En caso de incumplimiento por causas imputables a cualquiera de las

partes, éstas convienen en fijar una pena convencional por la cantidad de

________________________ (importe con letra 00/100 M.N.), que deberá ser pagada por la parte

que origine el incumplimiento a su contraparte, en un plazo de ___________ días naturales.

DÉCIMA PRIMERA.- El presente contrato tendrá una vigencia de 12 meses a partir de

la fecha de firma. Después de ese periodo el contrato dejará de surtir efectos de forma automática.

DÉCIMA SEGUNDA.- Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula anterior el presente

contrato podrá darse por terminado si:

a) EL COMPRADOR incumple con cualquiera de sus obligaciones hacia EL VENDEDOR.

b) El incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del presente contrato.

c) Si cualquiera de las partes cae en situación de suspensión de pagos o bancarrota o

incumple en los términos establecidos en el presente contrato.

DÉCIMA TERCERA.- Todo litigio, controversia o reclamación resultante de este

contrato o relativo a este contrato, su incumplimiento, resolución o nulidad se resolverá mediante

arbitraje de conformidad con el Reglamento de Arbitraje de la Cámara Nacional de Comercio de la

Ciudad de México. [El número de árbitros será ______]. El lugar del arbitraje será la Ciudad de

México, México. El idioma que se utilizará será español y el derecho aplicable a la controversia será

el derecho mexicano.

Leído el presente contrato las partes lo firman por duplicado en la Ciudad de México,

Distrito Federal, el día ___________ de ____________ de 2015.

"EL VENDEDOR" "EL COMPRADOR"

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__________________________ __________________________

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CONTRATOS DE SOFTWARE:

Hay dos tipos de contratos:

Alquilar un paquete de software  Comprar el software dentro del contrato se estipula la propiedad y mantenimiento de software El software para computadoras se puede clasificar en los siguientes tipos: 

a) Sistemas operativos. Es el conjunto de programas que controla las actividades operativas de cada computadora y de la red.

b) Paquete de usuario final: mediante los cuales el usuario de una manera sencilla elaborara sus procesos, por ejemplo, hojas de cálculo, manejadores de bases de datos, procesadores de palabras, etc. 

c) Paquete de sistemas de aplicación. A diferencia de los anteriores, el usuario es simplemente quien los usa. La programación y el desarrollo es compleja, realizada por el departamento de sistemas o requeridos a proveedores externos, por ejemplo: sistema contable FIN700, de remuneraciones PAYRROLL, ARPA, ETC. 

La negociación del contrato debe incluir todos los aspectos de operación del software y del hardware a implementarse. Aspectos tales como: actualizaciones, innovaciones, capacitación, asesoría técnica, condiciones de mantenimiento, fechas de inicio y fin del contrato entre otros. Deberá contemplar entre otros los siguientes puntos

Obtener un contrato justo Puntos de negociación Precios Costo Capacitación Penalizaciones Posibles problemas que se puedan presentar Contrato a favor del proveedor Vendedor profesional comprador amateur o principiante Convenios no incorporados en clausulas Ausencia de penalizaciones Clausulas integradas (dejar sin valides cualquier acuerdo previo)

Hay que tomar encuentra que las diferentes partes del equipo de cómputo tienen diferente tiempo de garantía, por lo que es importante especificarlo en el contrato de garantía. La negociación de contratos contendrá las condiciones mutuamente

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Convenidas y la justa y equitativa distribución de beneficios. Estas breves líneas pretenden contribuir, desde la experiencia en estas negociaciones, con la construcción de capacidades en esta materia.

Ejemplo: En esta imagen podemos observar un contrato de software de Microsoft, si leemos detalladamente el contrato veremos los términos de licencia que estamos aceptando en el contrato.

CONTRATO DE SERVICIOS DE SOPORTE TECNICO:

Estos contratos suelen ser extensos, algunos pueden ser gratuitos y otros tienen un costo. A continuación mostramos un ejemplo de contrato de servicios de soporte técnico por Microsoft.

El presente Contrato de Servicios de Microsoft ﴾en adelante, el “Contrato” ﴿ es un contrato celebrado entre la entidad que contrata los servicios ﴾en adelante, “usted” ﴿ y la sociedad del grupo Microsoft más cercana radicada en su país o región, a menos que se indique lo contrario en la cláusula 9 siguiente “﴾ nosotros”, “nuestro”, etc.﴿. Por “Filial” se entenderá cualquier entidad legal de su o de nuestra propiedad, o propietaria suya o nuestra, así como cualquier entidad de posesión común suya o nuestra. Por “propiedad” se entenderá una titularidad superior a un 50%.

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Términos y condiciones

1. SERVICIOS.

Nos comprometemos a realizar los esfuerzos comercialmente razonables para prestarle los servicios que ha contratado y que se describen en on the services Web site ﴾también denominado “guía de servicios”﴿. La dirección URL del sitio web de la guía de servicios es: http://support.microsoft.com. Si dicha dirección URL cambia por alguna razón, le proporcionaremos la nueva cuando lo solicite.

Nuestra capacidad de prestar los servicios dependerá de su cooperación plena y puntual, así como de la exactitud e integridad de cualquier información que proporcione.

2. PROPIEDAD Y LICENCIA.

a. Fixes. Le otorgamos a usted una licencia totalmente pagada, perpetua y no exclusiva para utilizar y reproducir —únicamente para su uso interno— el fix que le proporcionemos nosotros o quien designemos. Los fixes no se pueden vender o distribuir a terceros que no sean filiales. Salvo por lo dispuesto en sentido contrario en el presente contrato, los derechos de licencia que se otorgan con respecto a los fixes se rigen por el contrato de licencia del producto afectado o, si el fix no se proporciona para un producto concreto, por las condiciones de uso que especifiquemos. La utilización del producto por su parte se regirá con arreglo al contrato de licencia del producto. Usted será el responsable de pagar cualquier precio aplicable a la licencia del producto. Por "producto" se entenderá cualquier código informático, servicio basado en web o material que incluya productos lanzados comercialmente, prelanzados o versiones beta ﴾con independencia de si la licencia es gratuita o a cambio de un precio﴿, así como cualquier obra derivada de lo anterior, cuya licencia pongamos nosotros ﴾o quien designemos ﴿ a disposición de usted y que nosotros, nuestras filiales o un tercero ofrezcan al público. Por “fixes” se entenderán las correcciones de productos que lancemos con carácter general ﴾tales como service packs para productos comerciales ﴿ o que nosotros o quien designemos le proporcionemos a usted al prestarle servicios ﴾tales como soluciones alternativas –workarounds–, parches, correcciones de errores –bug fixes–, correcciones beta –beta fixes– y compilaciones beta –beta builds–﴿, así como cualquier obra derivada de todo lo anterior. Usted no puede modificar, descompilar ni desensamblar ningún fix que se le proporcione, como tampoco cambiarle el nombre de archivo o aplicarle técnicas de ingeniería inversa, ni combinarlo con ningún código informático que no sea de Microsoft.

b. Materiales preexistentes. Todos los derechos sobre cualquier código informático o material escrito que no consista en código “﴾ materiales” ﴿ que se desarrolle u

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obtenga, de cualquier otro modo, por o para nosotros, para nuestras filiales, usted o sus filiales con independencia de este contrato ﴾"materiales preexistentes" ﴿ continuarán bajo la exclusiva titularidad de la parte que proporcione dichos materiales preexistentes. Durante la prestación de los servicios, cada parte otorga a la otra parte ﴾así como a nuestros contratistas, si procede ﴿ una licencia temporal y no exclusiva para utilizar, reproducir y modificar cualquiera de sus materiales preexistentes proporcionados a la otra parte, únicamente en la medida que sea necesario para la prestación de los servicios. Le otorgamos a usted una licencia no exclusiva, perpetua y completamente pagada para utilizar, reproducir y modificar ﴾si procede ﴿ nuestros materiales preexistentes ﴾excluidos los productos ﴿ en la forma que se los dejemos a usted tras concluir nuestra prestación de servicios para su utilización, en su caso, con cualquier desarrollo. Los derechos de licencia otorgados sobre nuestros materiales preexistentes están limitados exclusivamente para su uso interno, quedando prohibida la reventa o distribución a terceros que no sean filiales.

c. Desarrollos. Le otorgamos a usted el derecho perpetuo y no exclusivo de utilizar, reproducir y modificar, únicamente para su uso interno, cualquier material o código informático ﴾excepto fixes y materiales preexistentes ﴿ que le dejemos a usted al concluir la prestación de nuestros servicios ﴾"desarrollos"﴿. Los desarrollos no se pueden vender o distribuir a terceros que no sean filiales.

d. Código de muestra. Además de los derechos especificados en la sección Desarrollos precedente, también le otorgamos el derecho perpetuo y no exclusivo para la reproducción y distribución de la forma de código objeto de cualquier código informático que le proporcionemos a título de ejemplo “﴾ código de muestra”﴿, siempre y cuando acepte lo siguiente:

﴾i ﴿ no utilizar nuestro nombre, logotipo o marcas para comercializar el producto informático en el que esté incrustado el código de muestra; ﴾ii ﴿ incluir un aviso de copyright válido en el producto informático en el que esté incrustado el código de muestra;

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18/5/2015 Contrato de Servicios de Soporte Técnico

https://support.microsoft.com/eses/gp/tou/esla 2/3

y ﴾iii ﴿ indemnizarnos, salvaguardarnos y protegernos, a nosotros y a nuestros proveedores, ante toda reclamación o acción judicial, incluidos los honorarios de abogados, derivados o resultantes del uso o distribución del código de muestra.

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e. Restricciones en materia de licencias de código abierto. Dado que las cláusulas de algunas licencias de terceros exigen que, con carácter general, el código informático

﴾i ﴿ sea revelado a terceros en forma de código fuente; ﴾ii ﴿ sea concedido bajo licencia a terceros con la finalidad de realizar obras derivadas; o ﴾iii ﴿ sea redistribuible a terceros de forma gratuita ﴾colectivamente, “cláusulas de licencia de código abierto”﴿, los derechos de licencia que cada parte ha otorgado sobre cualquier código informático ﴾o los derechos sobre la propiedad intelectual o industrial asociados al mismo ﴿ no incluyen la facultad, licencia, derecho ni autorización para incorporar, modificar, combinar ni distribuir ese código informático junto con ningún otro código informático de tal modo que el código informático de la otra parte quede sujeto a cláusulas de licencia de código abierto.

Además, cada una de las partes garantiza que no proporcionará ni entregará a la otra parte ningún código informático que se rija por cláusulas de licencia de código abierto

f. Derechos de las filiales. Puede conceder en sublicencia a sus sociedades los derechos incluidos en esta sección, pero ellas no pueden conceder en sublicencia estos derechos y el uso que hagan sus sociedades debe ser conforme a los términos de licencia aquí incluidos.

g. Reserva de derechos. Quedan reservados todos los derechos que no se le otorguen específicamente.

3. CONFIDENCIALIDAD.

. Los términos y condiciones de este contrato son confidenciales, y toda información identificada por cualquiera de las partes como confidencial y/o de su propiedad, o que, bajo toda circunstancia, debiera tratarse razonablemente como confidencial y/o de su propiedad ﴾"información confidencial"﴿, no la revelará la parte receptora a terceros sin el consentimiento expreso de la otra parte, salvo en virtud de los términos de este contrato, durante los cinco ﴾5 ﴿ años siguientes a la fecha en que le sea proporcionada. Estas obligaciones de confidencialidad no se aplicarán a ninguna información que,

﴾i ﴿ llegue a conocimiento de la parte receptora desde un origen distinto de la parte reveladora, siempre y cuando no se infrinja la obligación de confidencialidad debida a la parte reveladora, ﴾ii ﴿ sea o pase a ser de dominio público general por medios distintos de una infracción de confidencialidad de la parte receptora o ﴾iii ﴿ ﴾iii ﴿ se desarrolle a través de los esfuerzos independientes de la parte receptora

Podemos utilizar cualquier información técnica derivada de la prestación de servicios relacionados con sus productos para la resolución de problemas, mejoras y fixes de la funcionalidad de los productos, así como para incluirla en

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nuestra base de conocimiento. Nos comprometemos a no identificarle a usted y a no revelar ninguna información confidencial suya en ningún elemento de la base de conocimiento.

4. EXCLUSIÓN DE GARANTÍAS.

a. AUSENCIA DE GARANTÍAS. SIN PERJUICIO DE LAS GARANTÍAS IMPUESTAS POR LA LEY APLICABLE, DECLINAMOS TODO COMPROMISO, GARANTÍA O CONDICIÓN, YA SEAN EXPRESOS, IMPLÍCITOS O PREVISTOS POR NORMAS DISPOSITIVAS, INCLUIDOS, ENTRE OTROS, LOS COMPROMISOS, GARANTÍAS Y CONDICIONES DE TITULARIDAD, LA AUSENCIA DE INFRACCIÓN, ESTADO O CALIDAD SATISFACTORIOS, LA COMERCIABILIDAD Y ADECUACIÓN PARA UN FIN EN PARTICULAR, EN RELACIÓN CON CUALQUIER SERVICIO, U OTROS MATERIALES O INFORMACIÓN QUE SUMINISTRE AL CLIENTE.

b. Aplicación de la legislación local. Si a pesar de las exclusiones y limitaciones de este contrato la legislación aplicable le otorga otros términos implícitos cualesquiera, sin perjuicio de las garantías previstas por la legislación vigente, los únicos recursos de que usted dispondrá son, en el caso de los servicios,

﴾i ﴿ volver a recibir los servicios o ﴾ii ﴿ el costo de volver a recibir los servicios ﴾si procede ﴿ y, en el caso de los productos,

﴾i ﴿ sustitución de los productos o ﴾ii ﴿ corrección de los defectos en los productos.

El orden en que se aplicarán estos recursos estará determinado por nosotros.

5. LIMITACIÓN Y EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD.

SIN PERJUICIO DE LOS CASOS EN QUE LA LEGISLACIÓN APLICABLE PROHÍBA LA EXCLUSIÓN DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS:

1 ﴿ NUESTRA RESPONSABILIDAD TOTAL ESTARÁ LIMITADA AL IMPORTE QUE USTED HAYA ABONADO EN CONCEPTO DE LOS SERVICIOS, INDEPENDIENTEMENTE DEL MOTIVO DE SU RECLAMACIÓN; 2 ﴿ NINGUNA DE LAS PARTES SERÁ RESPONSABLE DE DAÑOS ANTE LA OTRA PARTE, INCLUIDO CUALQUIER DAÑO CONSIGUIENTE, ESPECIAL, INDIRECTO O ACCIDENTAL, LUCRO CESANTE O PÉRDIDA DE NEGOCIO, POR NINGÚN ASUNTO RELACIONADO CON ESTE CONTRATO, CUALQUIER SERVICIO, O CUALQUIER OTRO MATERIAL O INFORMACIÓN QUE LE SUMINISTREMOS, INCLUSO SI SE NOS HUBIERA ADVERTIDO DE LA POSIBILIDAD DE DICHOS DAÑOS O SI TAL POSIBILIDAD FUERA RAZONABLEMENTE PREVISIBLE, Y 3﴿ EN EL CASO DE QUE EL SERVICIO O SERVICIOS SE LE PROPORCIONEN DE FORMA GRATUITA, NUESTRA RESPONSABILIDAD TOTAL NO SUPERARÁ LOS CINCO DÓLARES ESTADOUNIDENSES O SU EQUIVALENTE EN MONEDA LOCAL. LA PRESENTE EXCLUSIÓN NO SE APLICA A LA

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RESPONSABILIDAD DE CUALQUIERA DE LAS PARTES ANTE LA OTRA POR EL QUEBRANTAMIENTO DE SU OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD O DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL DE LA OTRA PARTE, O EN CASO DE FRAUDE, NEGLIGENCIA GRAVE O MALA CONDUCTA, ASÍ COMO POR MUERTE O LESIONES CAUSADAS POR LA NEGLIGENCIA DE ESA PARTE. DEBIDO A QUE ALGUNOS ESTADOS Y JURISDICCIONES NO PERMITEN LA EXCLUSIÓN O LIMITACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD POR DAÑOS CONSIGUIENTES O INCIDENTALES, ES POSIBLE QUE LA LIMITACIÓN PRECEDENTE NO SE APLIQUE EN SU CASO.

6. IMPUESTOS.

Los pagos realizados en virtud del presente contrato no incluyen ningún impuesto extranjero, estadounidense, regional, local, municipal o de otra índole ﴾incluidos, entre otros, el IVA o impuestos sobre las ventas o uso﴿, cuyo pago será responsabilidad exclusivamente suya como resultado de celebrar este contrato. No somos responsables de ningún impuestos que usted esté obligado a pagar por ley. Usted se responsabilizará del pago de todos los impuestos mencionados ﴾incluidos, entre otros, los impuestos sobre la renta, los derechos de licencia y/o los impuestos sobre la propiedad﴿.

7. RESOLUCIÓN.

18/5/2015 Contrato de Servicios de Soporte Técnico

https://support.microsoft.com/eses/gp/tou/esla 3/3

Cualquiera de las partes puede resolver este contrato si la otra parte

﴾i ﴿ incumple de hecho o por omisión cualquier obligación y tal incumplimiento no es subsanado antes de 30 días a partir de la comunicación del incumplimiento o i﴿ deja de pagar cualquier factura que esté pendiente durante más de 60 días.

Usted acepta pagar todos los costos de los servicios prestados y los gastos en que se haya incurrido.

8. OTRAS DISPOSICIONES.

El presente documento constituye el contrato íntegro entre las partes con respecto al asunto del mismo, y sustituye o anula cualquier otra comunicación anterior o actual. Todas las notificaciones, autorizaciones o peticiones cursadas o realizadas en relación con este contrato se enviarán por correo certificado, servicio de mensajería o fax a las direcciones indicadas por ambas partes. Las notificaciones se considerarán entregadas en la fecha indicada en el acuse de recibo o en la nota de confirmación de entrega del fax o del servicio de mensajería. No podrá ceder este contrato sin nuestra autorización por escrito, autorización que no se le denegará sin causas justificadas. Usted y nosotros convenimos cumplir todas las leyes nacionales e internacionales aplicables al presente contrato. Este contrato

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se regirá por las leyes del Estado de Washington si los servicios han sido contratados en EE.UU., por las leyes de Irlanda si han sido contratados en cualquier país o región de Europa, Oriente Medio o África “﴾ EMEA”﴿, o por las leyes de la jurisdicción en que esté domiciliada la filial que preste los servicios si es que han sido contratados fuera de EE.UU. o de EMEA. Todo proceso legal emprendido en virtud de este contrato se resolverá ante los tribunales federales o estatales del Estado de Washington si los servicios han sido contratados en EE.UU., ante los tribunales de Irlanda si han sido contratados en cualquier país o región de EMEA o ante los tribunales competentes de la jurisdicción en que esté domiciliada la filial que preste los servicios si es que han sido contratados fuera de EE.UU. o de EMEA. No obstante, esto no impide que cualquiera de las partes recurra judicialmente en la jurisdicción apropiada con respecto a un quebrantamiento de los derechos de la propiedad intelectual o de las obligaciones de confidencialidad. Las cláusulas relativas a las restricciones de uso, costos, confidencialidad, propiedad y licencia, ausencia de garantías, limitación de responsabilidad, resolución y otras disposiciones de este contrato, continuarán vigentes tras la resolución o terminación del mismo. Si algún tribunal declarase ilegal, no válida o inaplicable cualquier cláusula del presente contrato, todas las demás cláusulas mantendrán su plena vigencia y efecto, y las partes modificarán el contrato para dar efecto a la cláusula invalidada en la máxima medida posible. Ninguna renuncia a exigir que se subsane el incumplimiento del presente Contrato, ni ninguna otra renuncia posterior, será efectiva a menos que se realice por escrito y esté firmada por un representante autorizado de la parte que renuncia. Aparte del pago de los importes debidos, ninguna de las partes será responsable de retrasos en el funcionamiento o pérdidas de funcionamiento debidas a causas que estén más allá de su control razonable. Es expresa voluntad de las partes que este contrato, así como los documentos adjuntos al mismo, se redacten en inglés.

9. ENTIDAD CONTRATANTE de Microsoft.

La entidad contratante de Microsoft para este contrato es la corporación local de ventas de Microsoft si es usted residente de los siguientes países: Australia, Bangladés, Hong Kong, India, Indonesia, Corea, Malasia, Nueva Zelanda, Filipinas, Singapur, Sri Lanka, Taiwán, Tailandia y Vietnam. La entidad contratante de Microsoft para este contrato es Microsoft Ireland Operations, Limited si está usted radicado en cualquier país de Europa, Oriente Medio o África.

CONTRATO DE VENTA:

La venta es una modalidad del contrato que se perfecciona, a través de dos o másvoluntades. Es un convenio en los términos del Art. 1101 c.c., sin embargo, el contrato en el orden general, es una convención que implica la obliga

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ción de una o más partes, para hacer o no hacer, un acuerdo al que se han comprometido.