Contrato

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CONTRATOS 1. OBJETO Y ÁMBITO DE APLICACIÓN Son contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurídica que celebren organismos y las entidades siguientes: a) SECTOR PÚBLICO AGE, CCAA y E. Locales Seguridad social Organismos autónomos Sociedades mercantiles con capital social > 50% Consorcios dotados de personalidad jurídica propia Fundaciones > 50% Mutuas de accidentes y enfermedades profesionales Entidades, entes u organizaciones con personalidad jurídica propia creados para satisfacer el interés general Asociaciones constituidas por los entes, organismos y entidades mencionadas b) ADMINISTRACIONES PÚBLICAS AGE, CCAA, E. Locales y Seguridad social Organismos autónomos Universidades Entidades de derecho público y vinculadas a una o varias administraciones públicas (No las dependientes de CCAA y E. Locales) Diputaciones forales y Juntas generales de territorio histórico del país vasco. c) PODERES ADJUDICADORES Administraciones públicas Entes creados para intereses generales Asociaciones creadas para estos fines. 2. TIPOS DE CONTRATOS Tenemos: a) C. DE OBRA

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CONTRATOS1. OBJETO Y MBITO DE APLICACINSon contratos onerosos, cualquiera que sea su naturaleza jurdica que celebren organismos y las entidades siguientes:a) SECTOR PBLICO

AGE, CCAA y E. Locales Seguridad social Organismos autnomos Sociedades mercantiles con capital social > 50% Consorcios dotados de personalidad jurdica propia Fundaciones > 50% Mutuas de accidentes y enfermedades profesionales Entidades, entes u organizaciones con personalidad jurdica propia creados para satisfacer el inters general Asociaciones constituidas por los entes, organismos y entidades mencionadas

b) ADMINISTRACIONES PBLICAS

AGE, CCAA, E. Locales y Seguridad social Organismos autnomos Universidades Entidades de derecho pblico y vinculadas a una o varias administraciones pblicas (No las dependientes de CCAA y E. Locales) Diputaciones forales y Juntas generales de territorio histrico del pas vasco.

c) PODERES ADJUDICADORES

Administraciones pblicas Entes creados para intereses generales Asociaciones creadas para estos fines.

2. TIPOS DE CONTRATOSTenemos:a) C. DE OBRARealizar una obra o ejecucin y podr comprender el proyectob) C. CONCESIN DE OBRAHacer algunas prestaciones del contrato de obra, as como conservacin, mantenimiento, y su beneficio es explotar esta, puede adems recibir un precio.Se ejecuta a riesgo y ventura.Podr prever el proyecto, ejecutar, conservar, reparar y reponer obras accesorias o vinculadas a la principal.c) C. DE GESTIN SERVICIOS PBLICOSSe encomienda a una persona natural o jurdica la gestin de un serviciod) C. DE SUMINISTROEl objeto es la adquisicin, arrendamiento financiero o arrendamiento con o sin opcin de compra de productos o bienes inmuebles.No lo sern los relativos a propiedades incorporales o valores negociables (Nota: No para programas de ordenador a medida ya que sern contratos de servicios)e) C. DE SERVICIOPrestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad u obtencin de resultadosf) C. DE COLABORACIN ENTRE EL SECTOR PBLICO Y EL PRIVADO (SON SARA)Se encarga a una entidad de derecho privado una actuacin global e integrada que comprenda alguna de estas prestaciones: Complejos Gestin integral del mantenimiento de instalaciones complejas Tecnologa especifica Otros prestaciones servicio pblico e inters generalCuando otras alternativas no permitan la satisfaccin de las finalidades pblicas.g) C. MIXTOS

Debemos destacar los llamados CONTRATOS SARA que engloban a algunos de los anteriores dependiendo de sus caractersticas:

C. de colaboracin entre el sector pblico y privado (EN TODO CASO)

C. de Obras cuando 5.186.000 EUROSSi varias lotes de un mismo contrato suman ms de esta cantidad entonces se les aplica las normas de SARA, pero si el lote es < 1.000.000 se pueden exceptuar siempre que no superen el 20% de la totalidad.

C. de concesin de obras pblicas 5.186.000 EUROS

C. de suministros 134.000 Euros (AGE, CCAA o E. Locales) 207.000 Euros (Distinto de los anteriores)Lotes igual que obras excepto que el lmite es de < 80.000

C. de servicios (Categoras del 1 al 16) 134.000 Euros (AGE, CCAA o E. Locales) 207.000 Euros (Distinto de los anteriores)

C. subvencionados de forma directa por ms del 50% por poderes adjudicadores

C. Obras 5.186.000 Euros (NACE, Hospitales, centros deportivos, escolares) C. Servicios 207.000 Euros

No se considerarn contratos SARA: Programas de radiodifusin Investigacin y desarrollo Art. 346 del tratado de la funcin de la U.E (Sector de la defensa) Secretos y reservados Explotacin de redes pblicas de telecomunicaciones.Podemos diferenciar tambin los contratos: AdministrativosQue se regirn por esta ley y sus disposiciones PrivadosLa preparacin y adjudicacin por la ley y sus disposiciones, mientras que los efectos y extincin por el derecho privado.

Las cuestiones litigiosas relativas a la preparacin, adjudicacin, efectos, cumplimientos y extincin se realizarn por la jurisdiccin contenciosa- administrativa. Y la controversia entre las partes por el Orden civil en contratos privados.

2.1 DuracinPara la duracin se tendr en cuenta: Naturaleza Caractersticas NecesidadesEn contratos menores la duracin es 1 Ao y no tendr prorrogas.2.2 Perfeccin y forma del contratoLos contratos se perfeccionan con la formalizacin, mientras que los subvencionados SARA por la legislacin que se rijan.Se entendern celebrados en el lugar donde se encuentre la sede del rgano de contratacin.No podrn contratar verbalmente salvo emergencia.La formalizacin se realizar: Si hay recurso no antes de 15 das hbiles desde notificacin (CCAA podrn mximo 1 mes) No hay recurso no ms tarde de 15 das hbiles desde notificacin.2.3 InformacinSe informa de la formalizacin al TRIBUNAL DE CUENTAS U RGANO EXTERNO DE FISCALIZACIN DE LA CCAA en el plazo de 3 meses cuando: > 600.000 Euros Obras, concesin, gestin y colaboracin del sector pblico y privado > 400.000 Euros Suministros > 150.000 Euros Servicios y especialesTambin se comunica las modificaciones, prorrogas o variacionesTodo se realizar por el rgano de contratacin.2.4 Recurso especial (Art.40)Este es previo al contencioso- administrativo. Para los siguientes contratos: Obras, Concesin, suministros, servicios, colaboracin y acuerdos marco (SARA) Servicios (17-27) 207.000 Euros Gestin de servicio pblico de primer establecimiento > 500.000 Euros (-IVA) y > 5 Aos SubvencionadosY los actos que podr ser objeto de este recurso son: Anuncio de licitacin, pliegos y documentos contractuales Trmite AdjudicacinNo podrn ser recurridos las modificaciones contractuales no previstas en el pliego y tampoco los que sigan el trmite de emergencia.Podrn ser objeto de recursos administrativos estos actos con respecto a CCAA.El recurso especial tendr carcter POTESTATIVO. ResuelveSi es la AGE ser el rgano especializado (Tribunal central de recursos contractuales adscrito al M. de economa y hacienda que tendr 1 presidente y un mnimo de 2 vocales, duracin de 6 aos no renovables. Nombrados por el Consejo de ministros a propuesta del ministerio de economa y hacienda y el de justicia)En CCAA la competencia para resolver el recurso ser establecida en sus normas respectivas.Y en las COORPORACIONES LOCALES por normas de la CCAA sino existe previsin ser el mismo rgano de la CCAA. InterponeToda persona fsica o jurdica perjudicada o pueda serlo.Podr pedir medidas provisionales que debern ser resueltas en 5 das hbiles y tiene 2 das para alegaciones desde que se piden las medidas provisionales.El plazo para presentarlo es de 15 das hbiles a partir de la notificacin del acto impugnado. Se presentar en el registro del rgano de contratacin o en el rgano competente para resolver.Si lo que se recurre es la adjudicacin esta se suspende, se rige por la ley 30/92 ResuelveA los 5 das siguiente a la interposicin o transcurrido plazo para interponerlo.

3. PARTES DEL CONTRATO3.1 RGANO DE CONTRATACINLos rganos de contratacin sern los que tengan atribuida la celebracin de contratos en su nombre.Estos podrn delegar o desconcentrar sus competencias, y designar un responsable.Estos para asegurar la transparencia y el acceso pblico difundirn a travs de internet su perfil del contratante.3.2 EMPRESASSolo podrn contratar personas naturales o jurdicas espaolas o extranjeras: Capacidad de obrar No prohibicin de contratar Solvencia Habilitacin empresarial o profesionalLas empresas no comunitarias necesitarn que su pas de origen permita la participacin de empresas espaolas en la contratacin con la administracin de su pas, es decir RECIPROCIDAD (Excepto SARA). En contrato de obras necesitar adems sucursal en Espaa e inscritos en el registro mercantil.Las Empresas comunitarias podrn contratar cuando estn habilitadas.Tambin podrn contratar la unin de empresarios que se formalizar en escritura pblica cuando se adjudique el contrato, y durar hasta que se extinga el contrato.Tendrn prohibicin de contratar los que: Sentencia firme por asociacin ilcita, transacciones ilegales, trfico de influencias, cohecho. Concurso voluntario Infraccin grave en materia disciplinaria de mercado No al corriente de obligaciones tributarias o S.S Incurran en falsedad Incurran en conflicto de intereses.

SolvenciaDebern acreditar solvencia o podrn sustituirla por clasificacin conforme a la ley.Los requisitos de solvencia vendrn en el anuncio de licitacin o pliego del contrato.Tenemos la solvencia econmica y financiera, y la tcnica y profesional las cuales se acreditarn mediante cierto tipo de documentos, los cuales se determinarn por el rgano de contratacin.a) Solvencia econmica y financiera

Volumen anual de negocio Seguro de indemnizacin Patrimonio neto o bien ratio entre activos y pasivos

b) Solvencia tcnica y profesional

Obras (Obras ltimos 10 aos, tcnicos o unidades tcnicas, ttulos acadmicos, medidas de gestin medioambiental, plantilla media anual y la importancia del personal directivo 3 ltimos aos y maquinaria) Suministros (Suministros los ltimos 5 aos, personal tcnico y unidades e instalaciones) Servicios (Servicios ltimos 5 aos, personal tcnico y unidades, instalaciones, plantilla media anual e importancia del personal directivo durante los ltimos 3 aos y maquinaria) Restos de contratos (Lo que se le exige a los de servicio)LOS REQUISITOS DE LA SOLVENCIA SE DETERMINARN POR EL RGANO DE CONTRATACIN EN LA LICITACIN O INVITACIN Y SE DETALLARN EN LOS PLIEGOS.Se podr eximir de solvencia a contratos que no superen un determinado umbral. ClasificacinSer exigible para: OBRAS 500. 000 Ser obligatorioPara obras de < 500.000 Solvencia o clasificacin

SERVICIOS No ser obligatorio la clasificacin, y puede acreditar la solvencia con la clasificacin o requisitos de solvencia.

RESTO DE CONTRATOS No ser obligatorio la clasificacin

Por R.D se podr exceptuar clasificacin y si no concurre ninguna empresa clasificada el rgano de contratacin podr excluir este requisito. Tampoco es exigible a empresas no espaola de estados miembros pero si requisitos de solvencia.Por inters pblico el Consejo de ministros podr autorizar a empresarios que no estn clasificados previo informe de la JCCAE.Los acuerdos de clasificacin podrn ser objeto de recurso de alzada.La clasificacin tendr una vigencia indefinida pero deber justificar ANUALMENTE la solvencia econmica y financiera, y cada 3 aos la tcnica y profesional.

Capacidad de obrarEsta se acreditar mediante: Mediante escritura, estatuto o acto fundacional inscritos en el registro pblico No espaoles de estados miembros registro procedente de acuerdo con la legislacin del estado donde estn o declaracin jurada. Extranjeros informe misin diplomtica.

4. PRECIOLa retribucin consistir en un precio cierto que deber expresarse en euros.Tanto en precios unitarios como precios aplicables a tanto alzado (-IVA).Podrn ser revisados o actualizados.Los contratos podrn incluir clusulas de variacin de precios en funcin del cumplimiento de determinados objetivos de plazos y rendimiento.Tambin se podrn imponer precios provisionales (Procedimiento negociado o dialogo competitivo) cuando no se puede determinar el precio.Se prohbe el pago aplazado excepto para: Arrendamiento financiero Arrendamiento con opcin de compra Casos autorizados por leyEl valor estimado del contrato vendr determinado por el importe total , sin incluir el IVA Revisin de preciosSe podrn revisar tras un 20% ejecutado y pasado 1 ao, pero para gestin de servicio pblico pasado 1 ao no hace falta el 20% ejecutado.No tendr lugar en: Arrendamiento financiero Arrendamiento con opcin de compra Contratos menoresEl sistema de revisin de precios se har por: ndices oficiales Formulas aprobadas por el Consejo de ministros previo informe de la JCCAEEl rgano de contratacin determinar el ndice que deba aplicarse, si se adopta el IPC la revisin no podr superar el 85% de la variacin experimentada por el ndice.El pago de las revisiones se har efectivo, de oficio, mediante el abono o descuento correspondiente en las certificaciones o pagos parciales o excepcionalmente en la liquidacin del contrato.

5. GARANTASAqu diferenciamos las:a) GARANTA DEFINITIVAQue ser el 5% del IMPORTE DE LA ADJUDICACIN IVA. Pero si son contratos con precios provisionales se referir al PRECIO MXIMO FIJADO.Se podr eximir de esta obligacin en contratos de suministros de bienes consumibles cuya entrega y recepcin deba efectuarse antes del pago del precio, no podr para obras y concesin.Existen tambin las garantas complementarias hasta un 5% de la adjudicacin pudiendo alcanzar la garanta total un 10% del precio del contrato.Si la garanta se fija por precio unitario entonces esta ser atendiendo al PRESUPUESTO BASE DE LICITACIN.En concesin de obras pblica ser el 5% sobre el VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO.Esta garanta se puede reducir una vez ejecutada la obra y durante la explotacin y no puede ser < 2% del valor estimado del contrato.Se admitirn como garanta: Efectivo o deuda pblica Aval Seguro de caucinSe podr hacer por medios electrnicos, salvo que en el pliego se establezca lo contrario

b) GARANTIA GLOBALPara afianzar las responsabilidades de la ejecucin de todos los contratos que celebre con una A.PSer el 5% o > del importe de adjudicacin o presupuesto base de licitacin (Precios unitarios)Deber ser repuesta en el plazo de 15 das y si hay variacin del precio deber reajustarse.

DEVOLUCINNo ser devuelta o cancelada hasta: Vencimiento del plazo y cumplimiento satisfactorio Resolucin sin culpa del contratistaLa administracin tiene un plazo de 2 meses desde finalizacin del plazo de garanta para pagar pasados estos deber pagar intereses.Pasado 1 ao sin recepcin formal ni liquidacin por causas no imputables al contratista se produce la devolucin y cancelacin de la garanta.Si es < 1000.000 en obras o 100.000 en otros contratos o empresa licitadora sea una PYME entonces ser 6 meses.

c) GARANTA PROVISIONALEl rgano de contratacin exige a los licitadores garantas hasta adjudicacin del 3% DEL PRESUPUESTO DEL CONTRATO (-IVA).Esta se depositar en: Caja general de depsitos Ante el rgano de contratacinDespus de la adjudicacin esta ser devuelta y ser retenida al seleccionado hasta la garanta definitiva.

6. MODIFICACIN DE LOS CONTRATOSEste solo podr realizarse cuando este previsto en: Pliego Licitacin Casos y lmites del artculo 107 (No previstas en la licitacin):

Inadecuacin de la prestacin contratada Inadecuacin del proyecto Fuerza mayor Avances tcnicos Ajustar prestaciones a especificaciones tcnicasEstas modificaciones no podrn alterar las condiciones esenciales de licitacin y adjudicacin, es decir: Vare funcin y caractersticas esenciales Variacin de prestacin contratada y precio Habilitacin profesional diferente Vare 10% de adjudicacin del contrato Pudieran haber concurrido otros interesados

7. PREPARACIN DEL CONTRATO7.1 EXPEDIENTE DE CONTRATACIN a) Tramitacin ordinariaLos contratos necesitan la previa tramitacin del correspondiente expediente que se iniciar en el rgano de contratacin, deber referirse a la totalidad del contrato.

Este llevar: Pliego de clusulas administrativas particulares y prescripciones tcnicas Certificacin de crdito o documento y fiscalizacin previaCompletado el expediente el rgano de contratacin lo aprueba y se abre el procedimiento de adjudicacin (Esto implica la aprobacin del gasto)En contratos menores solo se exigir: Aprobacin del gasto FacturaEn obras adems presupuesto de obra sin perjuicio del proyecto.

b) Tramitacin abreviadaEn esta tenemos la tramitacin urgente que ser por necesidades inaplazables o inters pblico, en la cual se sigue el mismo procedimiento que ordinario con unas salvedades: Expedientes gozarn de preferencia, 5 das para informes o trmites (Complejos prorroga de 10 das) Los plazos de licitacin, adjudicacin y formalizacin se reducen a la mitad salvo los 15 das (Recurso especial). No afecta a contratos SARA para P.A Ejecucin no superior a 15 das desde formalizacinTambin est la tramitacin de emergencia que se producir por acontecimientos catastrficos, grave peligro o necesidad que afecte a la defensa nacional. Estos no necesitan ni expediente ni crdito. Se dar cuenta al Consejo de ministros en el plazo de 60 das. Es el Ministerio de Ec. Y H el que autoriza el libramiento de fondos. Ejecucin no superior a 1 mes desde acuerdo.

7.2 PLIEGO DE CLUSULAS ADMINISTRATIVAS Y PRESCRIPCIONES TCNICASTenemos: GENERALESAprueban el Consejo de ministros a iniciativa de los ministros interesados propone el M. EC. Y H y previo dictamen del Consejo de Estado. PARTICULARESAprueba el rgano de contratacin antes de licitacin o de no existir antes de adjudicacin PRESCRIPCIONES TCNICASPueden ser tanto particulares como generales y se aprueban por los mismos.Sus reglas sern de accesibilidad universal y diseo para todos, sostenibilidad y proteccin ambiental, y debern permitir el acceso en condiciones de igualdad de los licitadores.

7.3 NORMAS ESPECIALES DE PREPARACIN DE CONTRATOSa) OBRASNecesitar la elaboracin, supervisin, aprobacin y replanteo del proyecto, que ser aprobado por el rgano contratante.Se clasifican: Primer establecimiento, reforma, gran reparacin Reparacin simple, restaurar o rehabilitar Conservacin y mantenimiento DemolicinLos proyectos debern comprender: Memoria Planos Pliego de prescripciones tcnicas particulares Presupuesto Programa de desarrollo Replanteo Seguridad y salud DocumentacinPara primer establecimiento, reforma o gran reparacin de 4 meses se SUSPENDE y se es > 6 meses entonces RESOLUCIN y RESARCIMIENTO.

Los abonos solo sern embargables por:

Pago de salarios Obligaciones

Las CCAA podrn reducir estos plazos.

Pasados 30 das podr reclamar a la administracin el cobro, si pasado 1 mes la administracin no contesta se abre procedimiento contencioso administrativo.

El cobro se podr ceder a un tercer pero necesitara previa comunicacin a la administracin.

La modificacin de los contratos solo podr realizarse por inters pblico, y ser de obligado cumplimiento para los contratistas. Si se suspende la administracin abonar daos y perjuicios.

EXTINCIN

El contrato se extingue por cumplimiento o resolucin.

Cumplimiento

Cuando se realice la totalidad de las prestaciones, necesitar constancia por la administracin en un acto formal y positivo de recepcin o de conformidad dentro del mes siguiente a la entrega o realizacin del objeto del contrato.Se fijar un plazo de garanta pasado el cual se extinguen responsabilidades.

Resolucin:

Muerte o incapacidad (Podrn continuar sus herederos) Concurso (Excepto si el contratista presenta garantas suficientes para ejecucin) o insolvencia dar siempre lugar a resolucin. Demora Demora por parte de la administracin Incumplimiento de las obligaciones Imposibilidad de ejecutar (3% del importe de la prestacin dejada) Establecidas en el contrato Las que se sealen especficamente para cada contrato

15. RGANOS COMPETENTES EN LA CONTRATACIN

Para la AGE sern los ministros y secretarios de estado.

En los departamentos ministeriales que existan varios rganos de contratacin la competencia para celebrar contratos de suministros y servicios que afecten al mbito de ms de uno de ellos corresponder al ministro, salvo en los casos en que se atribuya a la junta de contratacin.

En O.A, entidades, agencias estatales sern los presidentes o directores de las mismas.Corresponde al ministerio de Hacienda y Administraciones pblicas las funciones de rgano de contratacin del sistema estatal de contratacin centralizada.

En departamentos ministeriales, O.A, agencias estatales, entidades pblicas y dems entidades de derecho pblico podrn constituirse JUNTAS DE CONTRATACIN que actuarn como rganos de contratacin.

Autorizacin

Se necesitar autorizacin del Consejo de ministros para:

Contratos > 12 millones de euros Contratos plurianuales donde se modifiquen porcentajes o aos Arrendamiento financiero o arrendamiento con opcin de compra > 4 aos

Esta autorizacin deber obtenerse antes de la aprobacin del expediente.

La aprobacin del expediente y el gasto se realizar por el rgano de contratacin.

Se podr desconcentrar las competencias por R.D del Consejo de ministros.

16. REGISTROS

El registro oficial de licitadores y empresas calificadas del estado depende del ministerio de economa y hacienda y su llevanza corresponder a los rganos de apoyo tcnico de la JUNTA CONSULTIVA DE CONTATRACIN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO.

Este registro llevar los datos de capacidad de los empresarios.

Las CCAA podrn crear los suyos propios.

Es voluntaria su inscripcin.

Estn obligados a poner en conocimiento del registro cualquier modificacin.Ser pblico para los que tengan inters legtimo

Tambin existe un registro de contratos del sector pblico (Contratos adjudicados) constituye el sistema oficial central de informacin de la contratacin.