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I EVALUACION A DISTANCIA 1.- Analice el contenido de la página N° 08 hasta la página N° 15 del texto base de Contabilidad Superior II y elabore un resumen en dos páginas como máximo: APLICACIÓN DE LAS NIC Y NIF EN EL PERÚ: 1.- La Contabilidad, las normas internacionales de contabilidad y las normas Internacionales de información financiera. A.- Generalidades : La contabilidad satisface la necesidad de información a través de los estados financieros, que es el resultado final del proceso contable por el que cumple con su objetivo de brindar información para la toma de decisiones de terceras personas (accionistas, acreedores, etc). B.- Estructura técnica y legal para la aplicación de la contabilidad • Normas Técnicas : 1. Principios contables generalmente aceptables 2. Normas Internacionales de contabilidad 3. Normas Internacionales de Información Financiera 4. Normas Contable general revisado • Normas Legales : 1. Ley General de Sociedades 2. Normas de la CONASEV 3. Ley del impuesto a la renta 4. Ley del impuesto a las ventas 5. Ley de comprobantes de pago C.- Principios contables básicos en el Perú • Equidad • Ente • Periodo • Devengado • Realización

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I EVALUACION A DISTANCIA

1.- Analice el contenido de la página N° 08 hasta la página

N° 15 del texto base de Contabilidad Superior II y elabore

un resumen en dos páginas como máximo:

APLICACIÓN DE LAS NIC Y NIF EN EL PERÚ:

1.- La Contabilidad, las normas internacionales de contabilidad y las normas   Internacionales de información financiera.

A.- Generalidades:

La contabilidad satisface la necesidad de información a través de los estados financieros, que es el resultado final del proceso contable por el que cumple con su objetivo de brindar información para la toma de decisiones de terceras personas (accionistas, acreedores, etc).

B.- Estructura   técnica y legal para la aplicación de la contabilidad

• Normas Técnicas:

1. Principios contables generalmente aceptables2. Normas   Internacionales de contabilidad3. Normas Internacionales de Información Financiera4. Normas Contable general revisado

• Normas Legales:1. Ley General de Sociedades2. Normas de la CONASEV3. Ley del impuesto a la renta4. Ley del impuesto a las ventas5. Ley de comprobantes de pago

C.- Principios contables básicos en el Perú• Equidad• Ente• Periodo• Devengado • Realización• Empresa en marcha• Valuación • Moneda común denominador• Dualidad económica• Uniformidad• Materialidad• Bienes económicos.

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D.-   Normas Internacionales de Contabilidad

El Comité de Normas Internacionales de Contabilidad (ISAC) contribuye a la elaboración y adopción de principios de contabilidad que sean apropiados, equilibrados   y comparables internacionalmente.

El IASB formula las NIC y los tiene proyectado cambiar la denominación de NIC por NIIF.

Las NIC son conjunto de normas o leyes que establecen la información que debe presentar en los estados financieros y la forma en que esa información debe aparecer en dichos estados financieros.

Las NIC surgió con el objetivo de UNIFORMIZAR LA PRESENTACIÓN DE LAS INFORMACIONES EN LOS ESTADOS FINANCIEROS, sin importar la nacionalidad de quien las leyes o interpretará.

Clasificación de NIC vigentes

1.- Normas de carácter general

• NIC 21: Efecto variación de tipo de cambio de moneda extranjera• NIC 23: Costos por intereses• NIC 29: Información financiera en economías hiperinflacionarias.

2.- Normas de sector específico

• NIC 11: Contratos de construcción• NIC 41: Agricultura

3.- Normas de valuación

• NIC 2: Existencias• NIC 12: Impuesto a la renta• NIC 16: Inmueble, maquinaria y equipo. • NIC 17: Arrendamiento• NIC 18: Ingresos• NIC 19: Beneficios de empleados• NIC 20: Subsidios del gobierno• NIC 27: Estados financieros consolidados• NIC 28: Inversiones en subsidiarias• NIC 36: Desvalorización de activos• NIC 37: Provisiones• NIC 38: Activos Intangibles• NIC 39: Títulos Financieros• NIC 40: Inversiones Inmobiliarias

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4.- Normas de exposición o revelación

• NIC 1: Presentación de Estados Financieros• NIC 7: Estado de flujo de efectivo• NIC 8: Políticas contables, cambio en estimaciones contables• NIC 10: Sucesos posteriores a la fecha del balance general• NIC 24: Revelaciones sobre entes vinculados• NIC 26: Información sobre planes de pensiones• NIC 31: Información en asociaciones en participación• NIC 32: Títulos Financieros• NIC 34: Informes financieros

Interpretaciones del SIC

El comité de interpretaciones contables fue creado para que precisen temas contables respecto de los cuales se hubiesen generado controversias.

E.- Normas Internacionales de Información Financiera

El consejo normativo oficializó la aplicación de las NIIFs siguientes:

• NIIF 1: adopción por primera vez de las normas internacionales de la información financiera.• NIIF 2: pagos basados en acciones • NIIF 3: combinaciones de negocios• NIIF 4: contratos de seguros• NIIF 5: activos no corrientes disponibles para la venta y operaciones interrumpidas• NIIF 6: exploración y evaluación de recursos minerales• NIIF 7: instrumentos financieros información a revelar• NIIF 8: Segmentos de operación.

F.- Marco legal de la vigencia de las NIC, NIIF, SIC, y CINIIF en el Perú y responsabilidad para su aplicación.

De acuerdo al art. 223° Ley 26887 – Ley general de sociedades, las NIC son aplicables desde el 01-01-98, complementando con la Res. N° 013-98 del Consejo Normativo de Contabilidad y ratificado con las Resoluciones N° 034-2005-EF/93.01 y 040-2008-EF/94, también el Consejo Normativo de Contabilidad.

G.- Beneficios con la aplicación de las NIC y las NIIF.

• Uniformizar la contabilidad internacionalmente para ayudar a las inversiones analistas y otros usuarios a comparar fácilmente los informes financieros de las empresas.

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• Debido a que lleva algún tiempo adecuar a la empresa totalmente a las NIC y NIIF, es preciso que se inicie cuanto antes, con lo cual se conseguiría una mayor transparencia y comparabilidad de información que se utiliza en nuestros mercados financieros, lo cual a la larga en el futuro será una ventaja competitiva para la empresa.

2.- Revise los conceptos y casos prácticos de la página N° 15 hasta la página N° 40 del texto base de Contabilidad Superior II y comente en dos páginas como máximo, la adopción de las normas Internacionales en la Contabilidad de acuerdo a la NIIF 1.

  

La NIIF 1 establece los procedimientos que la entidad debe seguir cuando por primera vez las NIIFs. La regla general es que a la fecha efectiva de reporte de la transición, los principios de contabilidad deben ser aplicados retrospectivamente en el Balance de Apertura (31 de diciembre del 2007 para el caso de las empresas que adoptarán las NIIFs en el 2009). Sin embargo, existen importantes excepciones a esta norma general que se aclaran más adelante.

La NIIF 1 tiene como propósito facilitar la transición a NIIFs a nivel mundial creando comparabilidad en el tiempo y a nivel de las diferentes entidades que estarán adoptando las NIIfs por primera vez.

Es importante aclarar que la NIIF 1 requiere a quienes adopten por primera vez las NIIfs que se consideren todas las normas e interpretaciones vigentes a la fecha de reporte. Es decir ignorando versiones previas de las NIIFs y las disposiciones transitorias que pudieron existir en la emisión de las mismas.

El enfoque sugerido en la NIIF 1 se conoce como “Enfoque del Balance de Apertura bajo NIIFs”. Este enfoque se resume en los siguientes 10 puntos clave:

1.- En la preparación de los primeros estados financieros bajo NIIFs, la entidad deberá cumplir con todas las NIIFs vigentes a la fecha de reporte y como principio general deberá aplicar dichas NIIFs en forma retrospectiva sujeto a ciertas exenciones y excepciones descritas en la NIIF 1.

2.- El balance general de apertura deberá prepararse de conformidad con las NIIFs vigentes a la fecha de transición. La fecha de transición es el inicio del ciclo financiero más antiguo que estuviera formando parte de la información financiera comparativa presentada bajo NIIFs con los   primeros estados financieros bajo NIIFs. Para el caso de los países que adoptarán las NIIFs en el 2009, las empresas presentarían información comparativa de un año (2008) y consecuentemente, la fecha de transición sería el 1 de enero del 2008 (31 de diciembre del 2007).

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3.-La entidad reconocerá todos los activos y pasivos de acuerdo con los requerimientos de las NIIFs, y eliminará los activos y pasivos que no cumplen los requerimientos de las NIIFs.

4.- Los activos y pasivos reconocidos en el balance de apertura bajo NIIFs se meditarán de acuerdo con las NIIfs incluyendo la NIIF 1.

5.-Todas las estimaciones contables, se determinarán de acuerdo con las guías provistas por las NIIfs. 

6.-Efectos de los cambios en políticas contables serán reconocidos en el patrimonio en el balance general de apertura, excepto por reclasificaciones entre plusvalía mercantil (goodwill) y activos intangibles.

7.- Todos los requerimientos relacionados con presentación y revelaciones bajo NIIFs deberán cumplirse, incluyendo todas las reclasificaciones que se requieren para cumplir con las NIIFs.

8.- La información comparativa del periodo anterior deberá cumplir totalmente con NIIFs con ciertas excepciones en relación con la aplicación de la NIC 39 Instrumentos Financieros reconocimiento y medición.

9.- Las reconciliaciones entre principios locales y IFRS de: a) el patrimonio   la fecha de transición y a la fecha de reporte (31 de diciembre del 2007 y 2009 para los que adoptan las NIIFs en el 2009) y b) la utilidad o pérdida del año en el que se preparan los primeros estados financieros bajo NIIFs; incluirán la información explicativa necesaria para facilitar el entendimiento de la transición.

10.- Se considerarán ciertas exenciones opcionales y excepcionales obligatorias a los principios generales de la NIIF 1 relacionados con la aplicación

retrospectiva. Las exenciones se otorgan en áreas en las que los costos de preparar la información podrían exceder a los beneficios de los usuarios de los estados financieros y se ha comprobado que es prácticamente difícil hacer los cambios de manera retrospectiva. Por ejemplo en casos de combinaciones de negocios y/o el reconocimiento de obligaciones relacionadas con fondos de pensiones

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3.- Revise los conceptos y casos prácticos de la página N° 41 hasta la página N° 73 del texto base de Contabilidad Superior II y resumir en un página de lo que trata la NIC 2, complementar con un caso práctico usando uno de los métodos de valuación de salidas de existencia y saldo final de existencia (página 45 del texto base) utilizando cualquier empresa de su localidad.

Existencias

I.- Definiciones:Que se mantiene para su venta en el curso ordinario de los negociosQue se hallan en proceso de producción para efectos de dicha ventaQue se encuentran en forma de materiales o suministros que serán consumidos en el proceso de producción o en la prestación de servicios.

II.- Valuación de las Existencias: Las existencias deben ser valuadas al costo o al valor neto de realización el que resulte menor.

Costo de las existencias:El costo de las existencias debe incluir:- Todos los costos de compraPrecio de compraDerechos de importaciónCostos de transporte, manipuleoSegurosMateriales y serviciosDescuentos y bonificaciones mercantiles

-Costos de transformación:Gastos directamente relacionados con el proceso de producción:Mano de obra directa, gastos indirectos, fijos y variables de producción.Y otros costos en que se ha incurrido para poner las existencias en su ubicación y condiciones actualesLos gastos de diseño de un determinado producto.Costos que se excluyen del costo de las existenciasMontos anormales de desperdiciosCostos de almacenaje, salvo que sean necesarios para el proceso de producción antes de una etapa más avanzada de producción.Gastos de administración indirectosCostos de ventaSolo en limitadas ocasiones se activan los costos de financiación.   N° 23 (“activo

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calificado”)Costos de un proveedor de serviciosMano de obraOtros costos del personal directamente encargado de proporcionar el servicio, incluyendo el personal de supervisión y los gastos indirectos atribuidos.La mano de obra y otros gastos relacionados con las ventas y con el personal administrativo en general no se incluyen en el costo, por el contrario se reconocen como gasto en el periodo en que se incurren en ellos.

Clasificación de los inventarios dependiendo del tipo de empresa

Empresa Comercial:No existe un mayor valor agregado. El costo de adquisición es igual al costo de los artículos vendidos.

Empresa Industrial.-La materia prima es transformada en el proceso productivoDependiendo del grado de avance en el proceso, pueden convertirse en productos en proceso o productos terminados.

Valor neto de realización.-Es el precio de venta estimado para el curso ordinario   de los negocios, menos los costos estimados determinación y los costos estimados necesarios para realzar la venta.

Valor neto de realización.-

La práctica de reducir el valor de las existencias por debajo del costo al valor de realización es congruente con el criterio de que el valor contable de los activos no debe ser superior al que se espera obtener al venderlos o usarlos.

Valor neto de realización.-Estimaciones en el valor neto de realizaciónSe basan en la evidencia más confiable disponible al momento de estimar el monto al que se espera realizar las existencias.Evaluación periódica

Caso Práctico VNRValuación de Existencias – Aspectos TributariosCosto Computable- Art. 20 de la Ley del Impuesto a la Renta: Es el costo de adquisición producción o construcción, o valor de ingreso al patrimonio.Provisiones: No se acepta la provisión por desvalorización de existencias (VNR,obsolencia, cambios en los niveles de precios, etc)

De acuerdo al Art. 44 inciso f) de la ley de Impuesto a la Renta sólo se admite las

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provisiones establecidas por Ley.Mermas y DesmedrosMermas:Pérdida Física, en el volumen, peso o cantidad de las existencias, ocasionada por causas inherentes a su naturaleza o al proceso productivo.Desmedros:Pérdida de orden cualitativo o irrecuperable de las existencias, haciéndolas inutilizables para los fines que estaban destinados.

4.- Revisar los conceptos y casos prácticos de la página N° 73 hasta la página N° 129 del texto base de Contabilidad Superior II y resumir en un página de lo que trata la NIC 16, complementar con un caso práctico que se haya dado en cualquier empresa de su localidad: cuando se adquiere un Activo fijo del exterior o cuando un activo fijo es construido por propia empresa o cuando se ha efectuado una revaluación voluntaria.

OBJETIVO:

Establecer los principios para el reconocimiento inicial y la contabilización posterior del inmovilizado material.

 CONCEPTOS:

• Importe en libros es el valor por el que se reconoce un activo, deducidas la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro del valor acumuladas. En otras palabras es el valor al que el bien de uso se encuentran contabilizado.

VALOR CONT = VALOR BRUTO - AMORT ACUM - PÉRDIDA POR DETERIORO

•  Amortización es la distribución sistemática del importe depreciable (o sea el costo menos su valor residual) de un activo a lo largo de su vida útil.

El valor residual de un activo es el importe estimado que la empresa podría obtener actualmente por la venta del elemento, después de deducir los costos estimados para tal venta, si el activo ya hubiera alcanzado su vida útil.

La vida útil es el periodo durante el cual se espera utilizar el activo depreciable por parte de la entidad; o bien el número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de la entidad.

• Valor razonable es el importe por el cual podría ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua.

• La pérdida por deterioro es el importe en que excede el valor contable registrado en la empresa de un activo respecto a su importe recuperable.

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• Importe recuperable es el mayor entre el precio de venta neto de un activo y su valor en uso.

• El valor de uso es el valor actual de la estimación de flujos de efectivo futuros derivados del uso continuado del activo y de su enajenación al final de su vida útil.

RESUMEN:

• Los bienes de uso deben registrarse como activos cuando:

Es probable que la empresa obtenga beneficios económicos derivados del activo

El costo del activo pueda calcularse con suficiente fiabilidad.

• El reconocimiento inicial ha de realizarse atendiendo al costo, que incluye todos los costos necesarios para preparar al activo para el uso al que está destinado. Si el pago se aplaza, deberán registrarse intereses.

• El costo de los elementos de propiedades, planta y equipo comprende:

Precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos indirectos no recuperables que recaigan sobre la adquisición.o Costos directamente relacionados con la ubicación del activo en el lugar y en las condiciones necesarias para que pueda operar de la forma previstao La estimación inicial de los costos de desmantelamiento o retiro del elemento, así como la rehabilitación del lugar sobre el que se asienta, cuando constituyan obligaciones luego de utilizar el activo durante determinado período.

A la suma de costos antes señalada se le debe deducir cualquier descuento o rebaja del precio (por ejemplo, descuentos por compra en volumen).

• Deben activarse aquellos gastos que aumenten los beneficios futuros del bien de uso, más allá de su estándar de funcionamiento previamente establecido, o sea aquellos gastos que impliquen un incremento en el valor de utilización económica del bien, ya sea por:

Extender la vida útil estimada del activo.

Aumentar la capacidad de producción.

Mejorar la calidad del producto, y por lo tanto aumentar sus ventas.

Reducir los costos.

• En la contabilización posterior a la adquisición, la NIC 16 permite elegir el método contable:

Método del costo: El activo se registra al costo de adquisición menos la amortización acumulada y el deterioro del valor.

Método de revaluación: El activo se registra por el importe revaluado, que es el valor contable en la fecha de revaluación menos la amortización posterior.

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• Según el método de revaluación:

Deben efectuarse revaluaciones regularmente (la frecuencia dependerá de los cambios que experimenten los valores razonables de los bienes de uso que se estén revaluando).

Todos los elementos de una determinada clase deben ser revaluados (por ejemplo, deben evaluarse si corresponde revalorizar todos los edificios y no solamente algunos de ellos).

Los incrementos debidos a una revaluación se cargan al patrimonio (se contabilizan contra la cuenta "Reserva por revaluación de bienes de uso").

Las disminuciones por revaluación (desvalorización) se registran primero con cargo a la "Reserva por revaluación de bienes de uso" en el patrimonio, y la porción de la desvalorización que excede al saldo de la "Reserva por revaluación de bienes de uso" con cargo a resultados. 

Cuando el activo revaluado es enajenado, la reserva de revaluación en el patrimonio permanece allí y no se lleva a resultados.

De acuerdo con el método de costo, la amortización se carga sistemáticamente a lo largo de la vida útil del activo.

El método de amortización debe reflejar el patrón de consumo de los beneficios que el activo genera (esto es así ya que el desgaste de un bien de uso tiene asociado la obtención de un beneficio económico para la empresa, por ejemplo en el caso de una máquina la obtención de un producto terminado).

El valor residual y el método de amortización debe revisarse al menos anualmente.

El deterioro de valor de los bienes de uso debe evaluarse de acuerdo con la NIC 36.

Todos los intercambios de bienes de uso deben calcularse al valor razonable, incluyendo intercambios de elementos similares, salvo que la operación de intercambio carezca de contenido comercial o no pueda calcularse con suficiente fiabilidad el valor razonable del activo recibido ni del activo entregado.

La información a ser revelada respecto a los bienes de uso en notas o anexos a los estados contables son: políticas contables; métodos de amortización y vidas útiles; adquisiciones, enajenaciones; deterioros de valor y reversiones; importes y detalles de revalorizaciones, y compromisos.

Ejemplo:

Corporacion Arevali Sac realiza una revaluación voluntaria a efectos de mostrar unos de sus activos a valor razonable para E.E.F.F( se trata de una maquina moderna que no es de común comercialización en el Perú), y así proceder a presentar una mejor situación financiera ante los bancos. Para ello, contrato a un profesional con independencia de criterios de reposición.

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Costo de reposición S./450,000 (valor de revaluación)

La situación actual del referido activo antes de la revaluación voluntaria es la siguiente:

ACTIVO FIJO VALOR BRUTO EN LIBROS

DEPRECIACION (20%)

VALOR NETO EN LIBROS

MAQUINARIA 550,000 102,200 447,800

Se pide calcular los importes correspondientes generados por la revaluación (costo de reposiciona si como las contabilizaciones respectivas.

Respuesta

Ante esta situación la empresa deberá reemplazar en forma proporcional la depreciación a efectos de mantener la correspondencia entre el valor bruto entre libros y la depreciación antes de efectuar la revaluación voluntaria. Para ello es necesario que realicen los cálculos y asientos contables siguientes:

ACTIVO FIJO VALOR BRUTO EN LIBROS

DEPRECIACION (20%)

VALOR NETO EN LIBROS

MAQUINARIA 550,000 102,200 447,800

Mayor valor Atribuido 231,000 43,035 187,965

Valor revaluado, mediante costo de reposición.

781,000 145,235 635,765

Con el referido informe técnico, notamos que existe un incremento del 42% si tomamos el importe de 187,965 y lo dividimos con el monto de 447,800. Este porcentaje se aplica al valor bruto de los libros y a la depreciación antes de la revaluación, a efectos de determinar el incremento por revaluación proporcional a cada valor.

En este sentido, los asientos contables a efectuar serían los siguientes:

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CTA DESCRIPCION DEBE HABER---------------------------------------1-------------------------------

35 Valoración adicional de inm, maq, y equipo  231,000353 Maq. Eq. Y otras unidades de explotación .

39 Depreciación y amortización acumulada     43,035393 Depreciación inmueble, maq, y equipo

393.01 Depreciación proveniente de re expresión 57 Excedente de Revaluación        87,965

573 Valoración adicionalPor la revaluacion voluntaria realizada por la empresa, conMotivo de la fusión, según informe técnico elaborado porProfesional independiente.

II EVALUACION A DISTANCIA

1.- Revisar los conceptos y casos prácticos de la página N° 92 hasta la página N° 104 del texto base de Contabilidad Superior II y resumir en un página de lo que trata la NIC 17, complementar con un caso práctico que se haya dado en cualquier empresa de su localidad: cuando se adquiere un Activo fijo del exterior o cuando un activo fijo es construido por propia empresa o cuando se ha efectuado una revaluación voluntaria

Objetivo

El párrafo 1 de la norma indica que su objetivo es el de "prescribir, para arrendatarios y arrendadores, las

políticas contables adecuadas para contabilizar y revelar la información relativa a los arrendamientos".

Definiciones

El párrafo 4 recoge las siguientes definiciones:

Arrendamiento: es un acuerdo por el que el arrendador cede al arrendatario, a cambio de percibir una

suma única de dinero, o una serie de pagos o cuotas, el derecho a utilizar un activo durante un periodo

de tiempo determinado.

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Arrendamiento financiero: es un tipo de arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos

los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo. La propiedad del mismo, en su caso,

puede o no ser transferida.

Arrendamiento operativo: es cualquier acuerdo de arrendamiento distinto al arrendamiento financiero.

Arrendamiento no cancelable: es un arrendamiento que sólo es revocable:

(a) si ocurriese alguna contingencia remota;

(b) con el permiso del arrendador;

(c) si el arrendatario realizase un nuevo arrendamiento, para el mismo activo u otro equivalente,

con el mismo arrendador; o

(d) si el arrendatario pagase una cantidad adicional tal que, al inicio del arrendamiento, la

continuación de este quede asegurada con razonable certeza.

Inicio del arrendamiento: es la fecha más temprana entre la del acuerdo del arrendamiento y la fecha

en que se comprometen las partes en relación con las principales estipulaciones del mismo. En esta

fecha:

(a) se clasificará el arrendamiento como operativo o como financiero; y

(b) en el caso de tratarse de un arrendamiento financiero, se determinarán los importes que se

reconocerán al comienzo del plazo de arrendamiento.

Comienzo del plazo del arrendamiento: es la fecha a partir de la cual el arrendatario tiene la facultad

de utilizar el activo arrendado. Es la fecha del reconocimiento inicial del arrendamiento (es decir, del

reconocimiento de activos, pasivos, ingresos o gastos derivados del arrendamiento, según proceda).

Plazo del arrendamiento: es el periodo no revocable para el cual el arrendatario ha contratado el

arrendamiento del activo, junto con cualquier periodo adicional en el que éste tenga derecho a continuar

con el arrendamiento, con o sin pago adicional, siempre que al inicio del arrendamiento se tenga la

certeza razonable de que el arrendatario ejercitará tal opción.

Pagos mínimos por el arrendamiento: son los pagos que el arrendatario, durante el plazo del

arrendamiento, hace o puede ser requerido para que haga, excluyendo tanto las cuotas de carácter

contingente como los costes de los servicios y los impuestos que ha de pagar el arrendador y le hayan

de ser reembolsados. También se incluye:

(a) en el caso del arrendatario, cualquier importe garantizado por él mismo o por un tercero

vinculado con él; o

(b) en el caso del arrendador, cualquier valor residual que se le garantice, ya sea por:

(i) parte del arrendatario;

(ii) un tercero vinculado con éste; o

(iii) un tercero independiente que sea capaz financieramente de atender a las obligaciones

derivadas de la garantía prestada.

Sin embargo, si el arrendatario posee la opción de comprar el activo a un precio que se espera sea

suficientemente más reducido que el valor razonable del activo en el momento en que la opción sea

ejercitable, de forma que, al inicio del arrendamiento, se puede prever con razonable certeza que la opción

será ejercida, los pagos mínimos por el arrendamiento comprenderán tanto los pagos mínimos a satisfacer

en el plazo del mismo hasta la fecha esperada de ejercicio de la citada opción de compra, como el pago

necesario para ejercitar esta opción de compra.

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Valor razonable: es el importe por el cual puede ser intercambiado un activo o cancelado un pasivo,

entre partes interesadas y debidamente informadas, que realizan una transacción en condiciones de

independencia mutua.

Vida económica: es:

(a) el periodo durante el cual un activo se espera que sea utilizable económicamente, por parte de

uno o más usuarios; o

(b) la cantidad de unidades de producción o similares que se espera obtener del activo por parte de

uno o más usuarios.

Vida útil: es el periodo de tiempo estimado que se extiende, desde el comienzo del plazo del

arrendamiento, pero sin estar limitado por éste, a lo largo del cual la entidad espera consumir los

beneficios económicos incorporados al activo arrendado.

Valor residual garantizado es:

(a) para el arrendatario, la parte del valor residual que ha sido garantizada por él mismo o por un

tercero vinculado con él (el importe de la garantía es la cuantía máxima que podrían, en cualquier

caso, tener que pagar); y

(b) para el arrendador, la parte del valor residual que ha sido garantizada por el arrendatario o por

un tercero, no vinculado con el arrendador, y que sea financieramente capaz de atender las

obligaciones derivadas de la garantía prestada.

Valor residual no garantizado: es la parte del valor residual del activo arrendado, cuya realización por

parte del arrendador no está asegurada o bien queda garantizada exclusivamente por un tercero

vinculado con el arrendador.

Costes directos iniciales: son los costes incrementales directamente imputables a la negociación y

contratación de un arrendamiento, salvo si tales costes han sido incurridos por un arrendador que sea a

la vez fabricante o distribuidor.

Inversión bruta en el arrendamiento es la suma de:

(a) los pagos mínimos a recibir por el arrendamiento financiero, y

(b) cualquier valor residual no garantizado que corresponda al arrendador.

Inversión neta en el arrendamiento: es la inversión bruta del arrendamiento descontada al tipo de

interés implícito en el arrendamiento.

Ingresos financieros no devengados: son la diferencia entre:

(a) la inversión bruta en el arrendamiento;

(b) la inversión neta en el arrendamiento.

Tipo de interés implícito en el arrendamiento: es el tipo de descuento que, al inicio del

arrendamiento, produce la igualdad entre el valor actual total de (a) los pagos mínimos por el

arrendamiento y (b) el valor residual no garantizado, y la suma de (i) el valor razonable del activo

arrendado y (ii) cualquier coste directo inicial del arrendador.

Tipo de interés incremental del endeudamiento del arrendatario: es el tipo de interés que el

arrendatario habría de pagar en un arrendamiento similar o, si éste no fuera determinable, el tipo al que,

el inicio del arrendamiento, aquél incurriría si pidiera prestados, en un plazo y con garantías similares,

los fondos necesarios para comprar el activo.

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Cuotas contingentes del arrendamiento: son la parte de los pagos por arrendamiento cuyo importe

no es fijo, sino que se basa en el importe futuro de un factor que varía por razones distintas del mero

paso del tiempo(por ejemplo, un tanto por ciento de las ventas futuras, grado de utilización futura,

índices de precios futuros, tipos de interés de mercado futuros, etc.).

Aspectos principales

Arrendamiento financiero. Clasificación. Un arrendamiento se clasifica como arrendamiento

financiero si transfiere la práctica totalidad de los riesgos y las ventajas derivados de la propiedad. Por

ejemplo:

El arrendamiento cubre la práctica totalidad de la vida del activo.

El valor actual de los pagos de arrendamientos es prácticamente igual que el valor razonable del

activo.

Arrendamientos operativos. Se clasificarán como tales todos los demás arrendamientos que no sean

financieros.

Arrendamientos de terrenos y edificios. Se distinguirá entre elementos de terrenos y edificios.

Terrenos: será generalmente un arrendamiento operativo.

Edificios: se considerará un arrendamiento operativo o financiero en función de los criterios de la

NIC 17.

El cálculo por separado de los elementos de terrenos y edificios no será obligatorio si los intereses

del arrendatario en el terreno y los edificios se clasifican como propiedades de inversión de acuerdo

con la NIC 40 y se adopta el modelo del valor razonable.

ARRENDAMIENTOS FINANCIEROS

Contabilización del arrendatario:

Registrar un activo y un pasivo  al valor actual de los pagos mínimos del arrendamiento o bien al

valor razonable del bien arrendado, si éste fuera menor. Cualquier coste directo inicial incrementa

el valor contable del activo reconocido.

Política de amortización: la misma que para los activos que se posean. Se amortiza según la vida

útil del activo o duración del contrato, de acuerdo con la menor.

Pago del arrendamiento financiero : distribuido entre gastos por intereses y una reducción en el

pasivo. La carga financiera se distribuye mediante un tipo de interés periódico constante.

Contabilización del arrendador:

Reconocer como una partida a cobrar por un importe equivalente a la inversión neta en el

arrendamiento.

Reconocer los ingresos financieros basándose en una pauta que refleje un tipo de rendimiento

constante sobre la inversión neta del arrendador.

ARRENDAMIENTOS OPERATIVOS

Contabilización del arrendatario:

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Reconocer los pagos de arrendamientos operativos como gasto en la cuenta de resultados, de

forma lineal a lo largo del plazo de arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base

de reparto.

Contabilización del arrendador:

Los arrendadores deben presentar en el balance los activos dedicados a arrendamientos

operativos de acuerdo con la naturaleza de tales bienes.

Los arrendamientos operativos deben ser reconocidos de forma lineal a lo largo del plazo de

arrendamiento, salvo que resulte más representativa otra base sistemática de reparto.

Los arrendadores deben distribuir los costes directos iniciales a lo largo del periodo de

arrendamiento (está prohibido llevarlos a gastos inmediatamente).

La contabilización de operaciones de venta y posterior arrendamiento (leaseback) depende

básicamente de que se trate de arrendamientos financieros u operativos.

Interpretaciones

SIC 15 Arrendamientos operativos — Incentivos

El arrendador y el arrendatario deben reconocer los incentivos (como periodos libres de cuotas) como una

reducción de los ingresos y gastos por arrendamiento, respectivamente, a lo largo del periodo del

arrendamiento.

SIC 27 Evaluación del fondo económico de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento

Si una serie de transacciones adoptan la forma legal de un arrendamiento y sólo pueden entenderse en

relación con la serie en conjunto, la serie deberá contabilizarse como una única operación.

IFRIC 4 Cómo determinar si un contrato contiene un arrendamiento

La CINIIF 4 aborda los acuerdos que no adoptan la forma legal de arrendamiento, pero transmiten el

derecho a utilizar los activos a cambio de un pago o una serie de pagos. Un acuerdo que cumple los

siguientes criterios es, o contiene, un arrendamiento, que debe contabilizarse de conformidad con la NIC 17,

tanto desde el punto de vista del arrendatario como del arrendador:

El cumplimiento del acuerdo depende de un activo específico (ya figure explícita o implícitamente en el

acuerdo).

El acuerdo transmite el derecho a controlar el uso del activo subyacente. La CINIIF 4 ofrece algunas

pautas adicionales para identificar cuándo se produce esta situación.

Ejercicio.-

Comercial ETB Sac, empresa ubicada en Mancora, celebro con inmobiliaria Sandy SRL, un contrato de alquiler el 01 de enero del 2011 por 18 meses. El inmueble se encuentra ubicado en la ciudad de Punta Sal el cual es utilizado por una de sus agencias sucursales. Para ello se fijó la merced conductiva mensualidad en 2800. En abril de 2012, una inmobiliaria Yurimax EIRL, convence a comercial ETB Sac a fin de que prescinda del alquiles con Sandy SRL, ofreciéndole asumir los costos de recisión de contrato los cuales ascienden a S/. 2,200 así como los gastos de mudanza e instalaciones que ascienden en S/. 950.

Se pide: realizar en aplicación de las NIC, la corresponda a nivel de contabilización y/o explicación. Tanto para arrendador como para el arrendatario.

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Tenga en cuenta que los montos incluyen IGV.

Primero debe establecerse que el compromiso que asume la inmobiliaria está relacionado con un contrato de arrendamiento. Entendido esto, el siguiente paso es aplicar la NIC especifica que regula este tema, que para el caso planteado corresponde a la NIC 17 – Arrendamientos.

Según el NIC ¡/ dice que la asunción por parte del arrendador de costos de finalización del contrato y gastos de cobranza que corresponden al arrendatario tendrá los siguientes efectos para cada una de las partes:

a) Para el arrendador.- constituirá un costo agregado que disminuirá el ingreso por alquileres a lo largo del periodo de arrendamiento, utilizando la base de línea recta. En sentido, no se reconoce inmediatamente como gasto: sino por el contrario, difiere su efecto asignado el gasto en función al tiempo transcurrido.

b) Para el arrendatario.- Constituye un beneficio que tampoco debe reconocer inmediatamente; difiriéndose para asignarse en base de línea recta con el propósito de disminuir el gasto por alquileres durante la vigencia del contrato.

Según el criterio expuesto por la SIC 15, la contabilización tanto para la empresa arrendataria y de la empresa arrendadora, es de la forma siguiente:

Incentivos : costo de finalización del contrato más gastos de mudanzaS/.2,200 + S/.950 = S/.3,150

Costo del contrato de alquiler ( 18 meses)S/. 2,800 * 18 = S/.50,400

Monto del alquiler neto al termino de los 18 mesesS/.50,400 _ S/.3,150 = S/.47,250

CTA DESCRIPCION DEBE HABER---------------------------------------1--------------------------

63 Servicios prestados por terceros 950630 Transporte y almacenamiento

66 Cargas excepcionales 2,200668 Otras cargas excepcional

46 Cuentas por pagar diversas 3,150469 Otras cuentas por pagar diversas

Por el servicio de traslado de los bienes de laEmpresa y costos de finalización de contrato.---------------------------------------2-------------------------

46 Cuentas por pagar diversas 3,150469 Otras cuentas por pagar diversas

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49 Ganancias diferidas 3,150499 Otras ganancias diferidas

Por el diferimiento del ingreso que reduce elGasto por alquiler de acuerdo con la SIC 15---------------------------------------3-------------------------

63 Servicios prestados por terceros 2,800630 Transporte y almacenamiento

40 Tributos por pagar 504401 IGV

46 Cuentas por pagar diversas 3,304469 Otras cuentas por pagar diversas

La provisión de la F/N° correspondiente al alquilerDel mes de enero---------------------------------------4-------------------------

46 Cuentas por pagar diversas 3,304469 Otras cuentas por pagar diversas

10 Caja y bancos  3,304104 Cta Cte

Por el pago de la factura coprrespondienteAl alquiler del mes de enero---------------------------------------5-------------------------

49 Ganancias diferidas 175499 Otras ganancias diferidas

75 Ingresos diversos 175759 Otros ingresos diversos

Por el reconocimiento del ingreso que reduce elGasto por alquiler de acuerdo co la sic 15Correspondiente al mes de enero

Asientos contables para la empresa Arrendadora

CTA DESCRIPCION DEBE HABER---------------------------------------1-------------------------

38 Cargas diferidas 3,150389 Otras cargas diferidas

10 Caja y bancos 3,150104 Cta Cte

Por el importe pagado por los gastoscorrespondientes al contrato de arrendamiento---------------------------------------2-------------------------

 16 Cuentas por cobrar diversa 3,304 168 Otras cuentas por cobrar diversas

40 Tributos por pagar 504401 IGV

 70 Ventas 2,800 707 Prestaciones de servicios

 Por el arrendamiento devengado del mes deEnero---------------------------------------3-------------------------

10 Caja y bancos 3,304

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104 Cta Cte 16 Cuentas por cobrar diversa 3,304

 168 Otras cuentas por cobrar diversasPor el cobro del alquiler del mes de eneroOctubre---------------------------------------4-------------------------

65 Cargas diferidas de gestión 175659 Otras cargas diversas de gestión

38 Cargas diferidas 175389 Otras cargas diferidas

Por el reconocimiento del gasto que reduce elIngreso por alquiler del mes  de octubre deacuerdo con la sic 15  3,150/18

2.- Revisar los conceptos y casos prácticos de la página N° 104 hasta la página N° 119 del texto base de Contabilidad Superior II y resumir en una página de lo que trata la NIC 19, adicionalmente presentar un caso práctico sobre la distribución de utilidades del ejercicio 2007 al personal de cualquier empresa local.

NIC 19 Beneficios a los Empleados

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

Beneficios a los empleados son todas las formas de contraprestación concedida por una entidad a cambio de los servicios prestados por los empleados o por indemnizaciones por cese.

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable y la información a revelar sobre los beneficios a los empleados. La Norma requiere que una entidad reconozca:

(a) un pasivo cuando el empleado ha prestado servicios a cambio de beneficios a los empleados a pagar en el futuro; y

(b) un gasto cuando la entidad consume el beneficio económico procedente del servicio prestado por el empleado a cambio de los beneficios a los empleados.

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Esta Norma se aplicará por los empleadores al contabilizar todos los beneficios a los empleados, excepto aquéllos a las que sea de aplicación la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones.

Beneficios a los empleados a corto plazo

Beneficios a los empleados a corto plazo, son beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese) que se espera liquidar totalmente antes de los doce meses siguientes al final del periodo anual sobre el que se informa en el que los empleados hayan prestado los servicios relacionados.

Cuando un empleado haya prestado sus servicios a una entidad durante el periodo contable, ésta reconocerá el importe (sin descontar) de los beneficios a corto plazo que ha de pagar por tales servicios:

(a) como un pasivo (gasto acumulado o devengado), después de deducir cualquier importe ya satisfecho. Si el importe ya pagado es superior al importe sin descontar de los beneficios, una entidad reconocerá ese exceso como un activo (pago anticipado de un gasto), en la medida en que el pago anticipado vaya a dar lugar, por ejemplo, a una reducción en los pagos futuros o a un reembolso en efectivo.

(b) como un gasto, a menos que otra NIIF requiera o permita la inclusión de los mencionados beneficios en el costo de un activo (véase, por ejemplo la NIC 2 Inventarios, y la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo).

Beneficios post-empleo

Beneficios post-empleo son beneficios a los empleados (diferentes de las indemnizaciones por cese y beneficios a los empleados a corto plazo) que se pagan después de completar su periodo de empleo. Planes de beneficios post-empleo son acuerdos, formales o informales, en los que una entidad se compromete a suministrar beneficios a uno o más empleados tras la terminación de su periodo de empleo. Los planes de beneficio post-empleo se pueden clasificar como planes de aportaciones definidas o de beneficios definidos, según la esencia económica que se derive de los principales términos y condiciones contenidos en ellos.

Beneficios post-empleo: planes de aportaciones definidas

Planes de aportaciones definidas son planes de beneficios post-empleo, en los cuales la entidad realiza aportaciones de carácter predeterminado a una entidad separada (un fondo) y no tiene obligación legal ni implícita de realizar aportaciones adicionales, en el caso de que el fondo no tenga suficientes activos para atender los beneficios a los empleados que se relacionen con los servicios que éstos han prestado en el periodo presente y en los anteriores. Según los planes de aportaciones definidas, la obligación legal o implícita de la entidad se limita al importe que haya acordado aportar al fondo. De esta forma, el importe de los beneficios post-empleo a recibir por el empleado estará determinado por el importe de las aportaciones pagadas por la entidad (y eventualmente el empleado) a un plan de beneficios post-empleo o a una compañía de seguros, junto con los rendimientos de las inversiones procedentes de las aportaciones. En consecuencia, el riesgo actuarial (de que los beneficios sean menores que los esperados)

Page 21: CONTABILIDAD SUPERIOR  II.docx

y el riesgo de inversión (de que los activos invertidos sean insuficientes para atender los beneficios esperados) son asumidos, en sustancia, por el empleado.

Cuando un empleado ha prestado sus servicios a la entidad durante un periodo, la entidad reconocerá la aportación a realizar al plan de aportaciones definidas a cambio de tales servicios simultáneamente:

(a) como un pasivo (gastos acumulados o devengados), después de deducir cualquier importe ya satisfecho.

Si la aportación ya pagada es superior a las aportaciones debidas por los servicios hasta el final del periodo sobre el que se informa, una entidad reconocerá ese exceso como un activo (pago anticipado de un gasto) en la medida que el pago anticipado vaya a dar lugar, por ejemplo, a una reducción en los pagos futuros o a un reembolso del efectivo.

(b) como un gasto, a menos que otra NIIF requiera o permita la inclusión de la aportación en el costo de un activo (véase, por ejemplo la NIC 2 y la NIC 16).

Beneficios post-empleo: planes de beneficios definidos

Planes de beneficios definidos son planes de beneficiospost-empleo diferentes de los planes de aportaciones definidas. En los planes de beneficios definidos:

(a) la obligación de la entidad consiste en suministrar los beneficios acordados a los empleados actuales y anteriores; y

(b) tanto el riesgo actuarial (de que los beneficios tengan un costo mayor que el esperado) como el riesgo de inversión son asumidos, esencialmente, por la propia entidad. Si los resultados actuariales o de la inversión son peores de lo esperado, las obligaciones de la entidad pueden verse aumentadas.

La contabilización, por parte de la entidad, de los planes de beneficios definidos, supone los siguientes pasos:

(a) determinar el déficit o superávit. Esto implica:

(i) Utilizar técnicas actuariales, el método de la unidad de crédito proyectada para hacer una estimación fiable del costo final para la entidad del beneficio que los empleados tienen acumulado (devengado) a cambio de sus servicios en los periodos presentes y anteriores. Esto requiere que una entidad determine la cuantía de los beneficios que resultan atribuibles al periodo presente y a los anteriores, y que realice las estimaciones (suposiciones actuariales) respecto a las variables demográficas (tales como rotación de los empleados y mortalidad) y financieras (tales como incrementos futuros en los salarios y en los costos de asistencia médica) que influyen en el costo de los beneficios.

(ii)Descontar ese beneficio para determinar el valor presente de la obligación por beneficios definidos y el costo de los servicios presentes.

(iii) Deducir el valor razonable de los activos del plan del valor presente de la obligación por beneficios definidos.

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(b) Determinar el importe del pasivo (activo) por beneficios definidos neto como el importe del déficit o superávit en (a) ajustado por los efectos de limitar un activo por beneficios definidos neto a un techo del activo.

(c) Determinar los importes a reconocer en el resultado del periodo:

(i) el costo del servicio presente;

(ii) cualquier costo por servicios pasados y la ganancia o pérdida en el momento de la liquidación.

(iii) el interés neto sobre el pasivo (activo) por beneficios definidos neto.

(d) Determinar las nuevas mediciones del pasivo (activo) por beneficios definidos neto a reconocer en otro resultado integral, que comprende:

(i) las ganancias y pérdidas actuariales;

(ii) el rendimiento de los activos del plan, excluyendo los importes incluidos en el interés neto sobre

el pasivo (activo) por beneficios definidos neto; y

(iii) los cambios en el efecto del techo del activo (véase el párrafo 64), excluyendo los importes incluidos en el interés neto sobre el pasivo (activo) por beneficios definidos neto.

Si una entidad mantiene más de un plan de beneficios definidos, aplicará estos procedimientos a cada uno de los planes significativos por separado.

Otros beneficios a los empleados a largo plazo

Otros beneficios a los empleados a largo plazo, son todos los beneficios a los empleados diferentes de los beneficios a los empleados a corto plazo, beneficios posteriores al periodo de empleo e indemnizaciones por cese.

La norma requiere un método simplificado de contabilización de otros beneficios a largo plazo a los empleados. A diferencia de la contabilidad requerida para los beneficios post-empleo, este método no reconoce nuevas mediciones en otro resultado integral.

Beneficios por terminación

Beneficios por terminación son los beneficios a los empleados proporcionados por la terminación del periodo de empleo de un empleado como consecuencia de:

(a) una decisión de la entidad de terminar el contrato del empleado antes de la fecha normal de retiro; o

(b) la decisión del empleado de aceptar una oferta de beneficios a cambio de la terminación de un contrato de empleo.

Una entidad reconocerá un pasivo y un gasto por beneficios por terminación en la primera de las siguientes fechas:

(a) cuando la entidad ya no pueda retirar la oferta de esos beneficios; y

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(b) el momento en que la entidad reconozca los costos por una reestructuración que quede dentro del alcance de la NIC 37 e involucre el pago de los beneficios por terminación.

Ejercicio.-

En el presente caso práctico se utilizara como ejemplo la empresa San Jacinto S.A.A Evaluaremos si está obligada a repartir utilidades según lo establecido en nuestra legislación.

En dicha empresa el personal está compuesto por:

2 Gerentes 13 Ingenieros 3 Secretarias 2 Contador 7 Convenios de forma laboral juvenil 2 Empleados de limpieza 2 Vigilantes de empresas de servicios complementarios

La empresa está sujeta al régimen laboral de la actividad privada y desarrolla actividades generadoras de rentas de tercera categoría, por lo cual cumple con lo establecido en el artículo 1° del D.Leg. N 892(11.11.96)

TRABAJADORES EN EL EJERCICIO 2007

MES N° DE TRABAJADORESENERO 22FEBRERO 22MARZO 22ABRIL 22MAYO 22JUNIO 22JULIO 22AGOSTO 22SEPTIEMBRE 22OCTUBRE 22NOVIEMBRE 22DICIEMBRE 22TOTAL 264PROMEDIO 22

Debido a que la empresa tuvo durante el ejercicio 2007 más de 20 trabajadores en promedio está obligada a repartir utilidades.

Seguidamente se verificara el Estado de Ganancias y Pérdidas si existieron o no utilidades y cuanto de estas corresponde a los trabajadores.

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Estado de ganancias y Perdidas

Ventas Netas 6,743,000.00Costo de Vtas 2,155,600.00Utilidad Bruta 4,587,400.00Gastos Operación -210,050.00Gastos de Ventas -568,200.00Gastos de Administración -872,352.00Utilidad Operativa 2,936,798.00Ingresos VariosIngresos Diversos 92,890.00Ingresos Financieros 90,700.00Ingresos Excepcionales 72,300.00Gastos Diversos -50,425.00Gastos Financieros -122,304.00Gastos Excepcionales -39,938.00REI del ejercicio 32,402.00Utilidad o Perdida entes del REI 3,012,423.00Participaciones DE LOS TRABAJADORES EL 10% -301,242.25Utilidad antes del impuesto 2,711,180.75Impuestos a la renta  30% -813,354.06RESULTADOS DEL EJERCICIO 1,897,826.69

CTA DESCRIPCION DEBE HABER---------------------------------------1------------------------------- 301,242.25

89 RESULTADO DEL EJERCICIO 301,242.25 86 DISTRIBUCION LEGAL DE LA RENTA NETA .

---------------------------------------2------------------------------- 86 DISTRIBUCION LEGAL DE LA RENTA NETA 301,242.25

41 REMUNERACIONES Y PARTICIPACIONES POR PAGAR 301,242.25413 Participación por pagar

---------------------------------------x-------------------------------

Solución.-

1. Datos.-Número de trabajadores: 22Utilidad del ejercicio 2007: S/.301,242.25 Tipo de empresa: PesqueraPorcentaje de part. 10%Part. Por distribuir: 301,242.25 

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2. Participación en la distribución.-

Participación en las utilidades = (Participación según los días laborados) + (Participación según las remuneraciones percibidas).

2.1 Distribución en función de los días efectivos de trabajo.-

Participación 50% de las utilidades Número de Según los días = por distribuir * días laborados Laborados por c/trabajador

50% de 301,242.25 = 150,621.13

El cálculo no solo se hara en función de los días efectivos de labor, sino también en función de las horas laboradas, dado que hay trabajadores que no cumplen con la jornada completa del centro de labores.

a. Total de horas laboradas por todo los trabajadores

Trabajador N° De días Jornada deTotal de 

horasNumero efectivos de trabajo diario laboradas

trabajo1 218 8 1,7442 218 8 1,7443 218 8 1,7604 220 6 1,3205 215 6 1,2906 219 8 1,7527 219 8 1,7528 92 8 7369 212 6 1,272

10 240 6 1,44011 240 8 1,92012 238 8 1,90413 238 8 1,90414 195 6 1,17015 200 6 1,20016 94 8 75217 94 8 75218 230 6 1,38019 236 6 1,41620 236 8 1,88821 215 8 1,72022 128 8 1,02423 192 8 1,53624 215 7 1,50525 218 7 1,526

36,407

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b. Importe por cada hora.-

Participación por distribución /

Total horas laboradas por todos los trabajadores

Importe por cada hora

S/. 150,621.13 / S/. 36,407.00 = 4.137148

c. Participación según los días laborados.-

Participación Importe p/c hora Número de Según los días = laborada * días laborados Laborados por c/trabajador

Trabajador Importe porTotal de 

horas Participación segúnNumero cada hora Laboradas los días y horas Laboradas

1 4.137148 1,744 7,215.192 4.137148 1,744 7,215.193 4.137148 1,760 7,281.384 4.137148 1,320 5,461.045 4.137148 1,290 5,336.926 4.137148 1,752 7,248.287 4.137148 1,752 7,248.288 4.137148 736 3,044.94

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9 4.137148 1,272 5,262.4510 4.137148 1,440 5,957.4911 4.137148 1,920 7,943.3212 4.137148 1,904 7,877.1313 4.137148 1,904 7,877.1314 4.137148 1,170 4,840.4615 4.137148 1,200 4,964.5816 4.137148 752 3,111.1417 4.137148 752 3,111.1418 4.137148 1,380 5,709.2619 4.137148 1,416 5,858.2020 4.137148 1,888 7,810.9421 4.137148 1,720 7,115.8922 4.137148 1,024 4,236.4423 4.137148 1,536 6,354.6624 4.137148 1,505 6,226.4125 4.137148 1,526 6,313.29

36,407 150,621.15

2.2.- Distribución en función de las remuneraciones percibidas.-

Participación 50% de las utilidades Total de remunSegún las remun. = por distribuir * percibidas por cada

percibidas Total de remun. C/trabajador pagadas a todos los trab.

50% de S/. 301,242.25 = S/. 150,621.13

a) Total de horas laboradas por todos los trabajadores.-

Trabajador Remuneración Asignación ComisiónNumero Básica familiar bonificación Total

1 y otros1 62,000.00 478.49 4,300.00 66,778.492 58,000.00 478.49 5,600.00 64,078.493 56,000.00 478.49 4,200.00 60,678.494 56,000.00 478.49 3,800.00 60,278.49

Page 28: CONTABILIDAD SUPERIOR  II.docx

5 52,000.00 478.49 5,200.00 57,678.496 50,000.00 478.49 4,700.00 55,178.497 42,000.00 478.49 3,550.00 46,028.498 42,000.00 478.49 3,200.00 45,678.499 44,000.00 478.49 44,478.49

10 44,000.00 478.49 2,950.00 47,428.4911 36,000.00 478.49 2,200.00 38,678.4912 36,000.00 478.49 36,478.4913 36,000.00 478.49 4,500.00 40,978.4914 38,000.00 478.49 3,800.00 42,278.4915 38,000.00 478.49 3,800.00 42,278.4916 36,000.00 478.49 3,800.00 40,278.4917 36,000.00 478.49 3,800.00 40,278.4918 36,000.00 478.49 36,478.4919 32,000.00 478.49 32,478.4920 32,000.00 478.49 32,478.4921 24,000.00 478.49 3,600.00 28,078.4922 24,000.00 478.49 1,200.00 25,678.4923 22,000.00 478.49 800.00 23,278.4924 22,000.00 478.49 750.00 23,228.4925 22,000.00 478.49 600.00 23,078.49

1,054,312.25

d. Importe por cada nuevo sol de las remuneraciones percibidas.-

Importe Participación Total de remuneracionesPor cada = por + percibidas en el 2007Nuevo sol distribución por todos los trabajadores

0.142862 = S/. 150,621.13/1,054.312

e. Participación según remuneración percibidas.-

Participación Importe RemuneraciónSegún las = por cada * percibidaRemuneraciones nuevo por cadaPercibidas sol trabajador

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2.3.- Total de la participación de cada trabajador

Participación Participación Participación segúnDe las = según los días + las remuneracionesUtilidades laborados por cada percibidas por

Trabajador cada trabajador.

Trabajador Participacion según Participacion Total deNumero los dias y horas según las participacion de

laboradas remuneraciones percibidas cada trabajador1 7,215.19 9,540.11 16,755.292 7,215.19 9,154.38 16,369.573 7,281.38 8,668.65 15,950.034 5,461.04 8,611.51 14,072.545 5,336.92 8,240.06 13,576.996 7,248.28 7,882.91 15,131.197 7,248.28 6,575.72 13,824.018 3,044.94 6,525.72 9,570.66

Trabajador Importe Remuneraciones ParticipaciónNumero por percibidas por según las

cada hora cada trabajador remuneraciones percibidas1 0.142862 66,778.49 9,540.112 0.142862 64,078.49 9,154.383 0.142862 60,678.49 8,668.654 0.142862 60,278.49 8,611.515 0.142862 57,678.49 8,240.066 0.142862 55,178.49 7,882.917 0.142862 46,028.49 6,575.728 0.142862 45,678.49 6,525.729 0.142862 44,478.49 6,354.29

10 0.142862 47,428.49 6,775.7311 0.142862 38,678.49 5,525.6912 0.142862 36,478.49 5,211.3913 0.142862 40,978.49 5,854.2714 0.142862 42,278.49 6,039.9915 0.142862 42,278.49 6,039.9916 0.142862 40,278.49 5,754.2717 0.142862 40,278.49 5,754.2718 0.142862 36,478.49 5,211.3919 0.142862 32,478.49 4,639.9420 0.142862 32,478.49 4,639.9421 0.142862 28,078.49 4,011.3522 0.142862 25,678.49 3,668.4823 0.142862 23,278.49 3,325.6124 0.142862 23,228.49 3,318.4725 0.142862 23,078.49 3,297.04

150,621.16

Page 30: CONTABILIDAD SUPERIOR  II.docx

9 5,262.45 6,354.29 11,616.7410 5,957.49 6,775.73 12,733.2211 7,943.32 5,525.69 13,469.0112 7,877.13 5,211.39 13,088.5213 7,877.13 5,854.27 13,731.4014 4,840.46 6,039.99 10,880.4515 4,964.58 6,039.99 11,004.5716 3,111.14 5,754.27 8,865.4017 3,111.14 5,754.27 8,865.4018 5,709.26 5,211.39 10,920.6519 5,858.20 4,639.94 10,498.1420 7,810.94 4,639.94 12,450.8821 7,115.89 4,011.35 11,127.2422 4,236.44 3,668.48 7,904.9223 6,354.66 3,325.61 9,680.2724 6,226.41 3,318.47 9,544.8825 6,313.29 3,297.04 9,610.33

301,242.30

3.-Revisar las página N° 120 hasta la página N° 135 del texto base de Contabilidad Superior II y elabora un resumen en una página de lo que trata la NIC 23, adicionalmente presentar un caso práctico sobre los costos de financiamiento para construir local de cualquier empresa local.

NIC 23 Costos por Préstamos

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

Principio básico

Los costos por préstamos que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo apto forman parte del costo de dichos activos. Los demás costos por préstamos se reconocen como gastos.

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Son costos por préstamos los intereses y otros costos en los que la entidad incurre, que están relacionados con los fondos que ha tomado prestados.

Reconocimiento

Una entidad capitalizará los costos por préstamos que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, como parte del costo de dichos activos. Una entidad deberá reconocer otros costos por préstamos como un gasto en el periodo en que se haya incurrido en ellos.

Un activo apto, es aquel el que requiere, necesariamente, de un periodo sustancial antes de estar listo para el uso al que está destinado o para la venta.

En la medida en que los fondos se hayan tomado prestados específicamente con el propósito de obtener un activo apto, la entidad determinará el importe de los mismos susceptibles de capitalización como los costos por préstamos reales en los que haya incurrido por tales préstamos durante el periodo, menos los rendimientos conseguidos por la inversión temporal de tales fondos.

En la medida en que los fondos de una entidad procedan de préstamos genéricos y los utilice para obtener un activo apto, la misma determinará el importe de los costos susceptibles de capitalización aplicando una tasa de capitalización a los desembolsos efectuados en dicho activo. La tasa de capitalización será la media ponderada de los costos por préstamos aplicables a los préstamos recibidos por la entidad, que han estado vigentes en el periodo, y son diferentes de los específicamente acordados para financiar un activo apto. El importe de los costos por préstamos que una entidad capitaliza durante el periodo, no excederá del total de costos por préstamos en que se ha incurrido durante ese mismo periodo.

Una entidad comenzará la capitalización de los costos por préstamos como parte de los costos de un activo apto en la fecha de inicio. La fecha de inicio para la capitalización es aquella en que la entidad cumple por primera vez toda y cada una de las siguientes condiciones:

(a) incurre en desembolsos en relación con el activo;

(b) incurre en costos por préstamos; y

(c) lleva a cabo las actividades necesarias para preparar al activo para el uso al que está destinado o para su venta.

Una entidad suspenderá la capitalización de los costos por préstamos durante los periodos en los que se haya suspendido el desarrollo de actividades de un activo apto, si estos periodos se extienden en el tiempo.

Una entidad cesará la capitalización de los costos por préstamos cuando se hayan completado todas o prácticamente todas las actividades necesarias para preparar al activo apto para el uso al que va destinado o para su venta.

Información a revelar

Una entidad revelará:

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(a) el importe de los costos por préstamos capitalizados durante el periodo; y

(b) la tasa de capitalización utilizada para determinar el importe de los costos por préstamos susceptibles de capitalización.

4.- Revisar las página N° 136 hasta la página N° 162 del texto base de Contabilidad Superior II y elabora un resumen en una página de lo que trata la NIC 36, adicionalmente presentar un caso práctico relacionado con quiera de los temas de su localidad.

NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

El objetivo de esta Norma consiste en establecer los procedimientos que una entidad aplicará para asegurarse de que sus activos están contabilizados por un importe que no sea superior a su importe recuperable. Un activo estará contabilizado por encima de su importe recuperable cuando su importe en libros exceda del importe que se pueda recuperar del mismo a través de su utilización o de su venta. Si este fuera el caso, el activo se presentaría como deteriorado, y la Norma exige que la entidad reconozca una pérdida por deterioro del valor de ese activo. En la Norma también se especifica cuándo la entidad revertirá la pérdida por deterioro del valor, así como la información a revelar.

Identificación de un activo que podría estar deteriorado

La entidad evaluará, al final de cada periodo sobre el que se informa, si existe algún indicio de deterioro del valor de algún activo. Si existiera tal indicio, la entidad estimará el importe recuperable del activo.

Con independencia de la existencia de cualquier indicio de deterioro del valor, la entidad deberá también:

(a) Comprobar anualmente el deterioro del valor de cada activo intangible con una vida útil indefinida, así como de los activos intangibles que aún no estén disponibles para su uso, comparando su importe en libros con su importe recuperable. Esta comprobación del deterioro del valor puede efectuarse en cualquier momento dentro del periodo anual, siempre que se efectúe en la misma fecha cada año. La comprobación del deterioro del valor de los activos intangibles diferentes puede realizarse en distintas fechas. No obstante, si dicho activo intangible se hubiese reconocido inicialmente durante el periodo anual corriente, se comprobará el deterioro de su valor antes de que finalice el mismo.

(b) Comprobar anualmente el deterioro del valor de la plusvalía adquirida en una combinación de negocios, de acuerdo con los párrafos 80 a 99.

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Si existiera algún indicio del deterioro del valor de un activo, el importe recuperable se estimará para el activo individualmente considerado. Si no fuera posible estimar el importe recuperable del activo individual, la entidad determinará el importe recuperable de la unidad generadora de efectivo a la que el activo pertenece (la unidad generadora de efectivo del activo).

Unidad generadora de efectivo es el grupo identificable de activos más pequeño, que genera entradas de efectivo a favor de la entidad que son, en buena medida, independientes de los flujos de efectivo derivados de otros activos o grupos de activos.

Medición del importe recuperable

Importe recuperable de un activo o de una unidad generadora de efectivo es el mayor entre su valor razonable menos los costos de disposición y su valor en uso.

No siempre es necesario determinar el valor razonable del activo menos los costos de disposición y su valor en uso. Si cualquiera de esos importes excediera al importe en libros del activo, éste no habría sufrido un deterioro de su valor y, no sería necesario estimar el otro importe.

Valor razonable es el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. Costos de disposición son los costos incrementales directamente atribuibles a la disposición de un activo o unidad generadora de efectivo, excluyendo los costos financieros y los impuestos a las ganancias.

Valor en uso es el valor presente de los flujos futuros de efectivo estimados que se espera obtener de un activo o unidad generadora de efectivo.

Los siguientes elementos deben reflejarse en el cálculo del valor en uso de un activo:

(a) una estimación de los flujos de efectivo futuros que la entidad espera obtener del activo;

(b) las expectativas sobre posibles variaciones en el importe o en la distribución temporal de dichos flujos de efectivo futuros;

(c) el valor temporal del dinero, representado por la tasa de interés de mercado sin riesgo;

(d) el precio por la presencia de incertidumbre inherente en el activo; y

(e) otros factores, tales como la iliquidez, que los participantes en el mercado reflejarían al poner precio a los flujos de efectivo futuros que la entidad espera que se deriven del activo.

Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros incluirán:

(a) proyecciones de entradas de efectivo procedentes de la utilización continuada del activo;

(b) proyecciones de salidas de efectivo en las que sea necesario incurrir para generar r las entradas de efectivo por la utilización continuada del activo (incluyendo, en su caso, los pagos que sean necesarios para preparar al activo para su utilización), y puedan ser

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atribuidas directamente, o distribuidas según una base razonable y uniforme, a dicho activo; y

(c) los flujos netos de efectivo que, en su caso, se recibirían (o pagarían) por la venta o disposición por otra vía del activo, al final de su vida útil.

Los flujos de efectivo futuros se estimarán, para el activo, teniendo en cuenta su estado actual. Estas estimaciones no incluirán entradas o salidas de efectivo futuras que se espera que surjan de:

(a) una reestructuración futura en la que la entidad no se ha comprometido todavía; o

(b) mejoras o aumentos del rendimiento de los activos.

Las estimaciones de los flujos de efectivo futuros no incluirán:

(a) entradas o salidas de efectivo por actividades de financiación; o

(b) cobros o pagos por el impuesto a las ganancias.

Reconocimiento y medición de la pérdida por deterioro del valor

El importe en libros de un activo se reducirá hasta que alcance su importe recuperable si, y sólo si, este importe recuperable es inferior al importe en libros. Esta reducción se denomina pérdida por deterioro del valor.

La pérdida por deterioro del valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo, a menos que el activo se contabilice por su valor revaluado de acuerdo con otra Norma (por ejemplo de acuerdo con el modelo de revaluación previsto en la NIC 16. Propiedad, Planta y Equipo). Cualquier pérdida por deterioro del valor, en los activos revaluados, se tratará como un decremento de la revaluación efectuada de acuerdo con esa otra norma.

Se reconocerá una pérdida por deterioro del valor de una unidad generadora de efectivo (el grupo más pequeño de unidades generadoras de efectivo al que se ha distribuido la plusvalía o los activos comunes de la entidad) si, y sólo si, su importe recuperable fuera menor que el importe en libros de la unidad (o grupo de unidades). La pérdida por deterioro del valor se distribuirá, para reducir el importe en libros de los activos que componen la unidad (o grupo de unidades), en el siguiente orden:

(a) en primer lugar, se reducirá el importe en libros de cualquier plusvalía distribuida a la unidad generadora de efectivo (o grupo de unidades); y

(b) a continuación, a los demás activos de la unidad (o grupo de unidades), prorrateando en función del importe en libros de cada uno de los activos de la unidad (o grupo de unidades).

Sin embargo, una entidad no reducirá el importe en libros de un activo por debajo del mayor de los siguientes valores:

(a) su valor razonable menos los costos de venta (si se pudiese determinar);

(b) su valor en uso (si se pudiese determinar); y

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(c) cero.

El importe de la pérdida por deterioro del valor que no pueda ser distribuida al activo en cuestión, se repartirá prorrateando entre los demás activos que compongan la unidad (o grupo de unidades).

Plusvalía

Para el propósito de comprobar el deterioro del valor, la plusvalía adquirida en una combinación de negocios

se distribuirá, desde la fecha de adquisición, entre cada una de las unidades generadoras de efectivo o grupos de unidades generadoras de efectivo de la entidad adquirente, que se espere se beneficiarán de las sinergias de la combinación de negocios, independientemente de que otros activos o pasivos de la entidad adquirida se asignen a esas unidades o grupos de unidades.

La comprobación anual del deterioro del valor para una unidad generadora de efectivo a la que se haya asignado una plusvalía podrá efectuarse en cualquier momento durante un periodo anual, siempre que se realice en la misma fecha dentro de cada periodo. Las comprobaciones del deterioro de valor de diferentes unidades generadoras de efectivo pueden efectuarse en fechas diferentes. Sin embargo, si alguna de las plusvalías asignadas a una unidad generadora de efectivo o la totalidad de ellas hubiera sido adquirido en una combinación de negocios durante el periodo anual corriente, la comprobación del deterioro de valor de esta unidad se efectuará antes de la finalización del periodo anual corriente.

La Norma permite que los cálculos detallados más recientes, efectuados en el periodo precedente, sobre el importe recuperable que corresponde a una unidad o grupo de unidades generadoras de efectivo, a las que se haya distribuido plusvalía, sean usados en la prueba del deterioro para esa unidad o grupo de unidades dentro del periodo corriente, siempre que se cumplan unos requisitos específicos.

Reversión de las pérdidas por deterioro del valor

La entidad evaluará, al final de cada periodo sobre el que se informa, si existe algún indicio de que la pérdida por deterioro del valor reconocida, en periodos anteriores, para un activo distinto de la plusvalía, ya no existe o podría haber disminuido. Si existiera tal indicio, la entidad estimará de nuevo el importe recuperable del activo.

Se revertirá la pérdida por deterioro del valor reconocida en periodos anteriores para un activo, distinto de la plusvalía, si, y sólo si, se hubiese producido un cambio en las estimaciones utilizadas, para determinar el importe recuperable del mismo, desde que se reconoció la última pérdida por deterioro. El importe de la reversión de una pérdida por deterioro del valor en una unidad generadora de efectivo, se distribuirá entre los activos de esa unidad, exceptuando la plusvalía, prorrateando su cuantía en función del importe en libros de tales activos. El importe en libros de un activo, distinto de la plusvalía, incrementado tras la reversión de una pérdida por deterioro del valor, no excederá al importe en libros que podría haberse obtenido (neto de amortización o depreciación) si no se hubiese reconocido una pérdida por deterioro del valor para dicho activo en periodos anteriores.

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La reversión de una pérdida por deterioro del valor en un activo, distinto de la plusvalía, se reconocerá en el resultado del periodo, a menos que el activo se contabilizase según su valor revaluado, siguiendo otra Norma (por ejemplo, el modelo de revaluación de la NIC 16. Propiedad, Planta y Equipo). Cualquier reversión de la pérdida por deterioro de valor, en un activo previamente revaluado, se tratará como un aumento por revaluación de acuerdo con esa otra Norma.

Una pérdida por deterioro del valor reconocida en la plusvalía no revertirá en los periodos posteriores.

Ejercicio.-

Una empresa tiene al 31 de diciembre del 2007 un activo individual revaluado que tiene un valor en libros de S/. 64,285.72 neto de una depreciación acumulada de S/. 64,285.7 con una vida útil de cinco años. Se muestra a continuación la composición del valor de dicho bien del activo fijo.

CONCEPTOORIGINAL MAYOR VALOR TOTAL

COSTOS 100,000 28,571.43 128,571.43DEPRECIACION 50,000 14,285.71 64,285.71VALOR EN LIBROS 50,000 14,285.72 64,285.72

Así mismo se sabe que la diferencia temporal (pasivo tributario diferido) al 31 de diciembre del 2007 es de S/. 4,628.57 y el excedente de revaluación asciende a S/. 14,600.

¿Cuál seria el asiento contable en caso que el importe recuperable de dicho bien fuese se S/. 60,000, además cual seria el efecto de aplicar la nic 12

SOLUCION

EN primer lugar la empresa, deberá comparar el importe recuperable obtenido con el valor contable del activo tal como se muestra a continuación:

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CONCEPTOVALOR CONTABLE IMPORTE RECUPERABLE

COSTOS 128,571.43DEPRECIACION ACUMULADA 64,285.71MONTO A COMPARAR 64,285.72 60,000PERDIDA POR DESVALORIZACION 4,285.72

Determinada la perdida por el exceso sobre el importe recuperable y tomando en cuenta que se trata de un bien respecto del cual existe una valorización adicional producto de una revaluación anterior, la empresa deberá efectuar el siguiente asiento por el reconocimiento de la misma.

CTA

DESCRIPCION DEBE HABER

---------------------------------------1-------------------------------57 excedente de revaluación 4,285.72

573 valorización adicional32 desvalorización de bienes del activo fijo 4,285.72

Por el reconocimiento de la perdida por desvalorización dede conformidad con lo señalado en la Nic 36---------------------------------------x-------------------------------

Tributariamente, dado que no se está afectando a las cuentas de resultado por la desvalorización del activo fijo no se deberá afectar ningún ajuste para la determinación de la renta neta imponible, motivo por el cual la empresa no deberá considerar ningún agregado por este concepto.

En aplicación a la NIC 12 Impuesto a la renta, la diferencia temporal deberá determinarse por a comparación entre la base contable y tributaria del activo como a continuación se muestra:

CONCEPTOBASE CONTABLE

BASE TRIBUTARIA

DIFERENCIA

MAYOR VALOR POR REVALUAR 100,000.00 100,000.00DEPRECIACION ACUMULADA - COSTO 28,571.43 0.00DEPRECIACION MAYOR VALOR -50,000.00 -50,000.00PERDIDA POR DESVALORIZACION -14,285.00TOTALES 64,285.72 50,000.00 14,285.72EFECTO DE LA DIFERENCIA TEMPORAL ( 14,285.72* 30%) 4,285.72PASIVO TRIBUTARIO INICIAL

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-4,628.57REVERSION DEL PASIVO TRIBUTARIO DIFERIDO DEL PERIODO 342.85

5.- Revisar las página N° 163 hasta la página N° 196 del texto base de Contabilidad Superior II y elabora un resumen en una página de lo que trata la NIC 38, adicionalmente presentar un caso práctico relacionado con cualquiera de los temas tratados en esta NIC 38 que se hayan dado en cualquier empresa de su localidad.

NIC 38 Activos Intangibles

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

El objetivo de esta Norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra Norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y sólo si, se cumplen ciertos criterios. La Norma también especifica cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige revelar información específica sobre estos activos.

Un activo intangible es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física.

Reconocimiento y medición

El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, para la entidad, demostrar que el elemento en cuestión cumple:

(a) la definición de un activo intangible y

(b) el criterio de reconocimiento

Este requerimiento se aplicará a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intangible, y para aquéllos en los que se haya incurrido posteriormente para añadir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento.

Un activo es identificable si:

(a) es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, transferido, dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato, activo identificable o pasivo con los que guarde relación, independientemente de que la entidad tenga la intención de llevar a cabo la separación; o

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(b) surge de derechos contractuales o de otros derechos de tipo legal, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones.

Un activo intangible se reconocerá si, y sólo si:

(a) es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y

(b) el costo del activo puede ser medido de forma fiable.

El criterio de reconocimiento basado en la probabilidad siempre se considera satisfecho en el caso de los activos intangibles que son adquiridos independientemente o en una combinación de negocios.

Un activo intangible se medirá inicialmente por su costo.

El costo de un activo intangible adquirido de forma independiente comprende:

(a) el precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y

(b) cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto.

De acuerdo con la NIIF 3 Combinaciones de Negocios, cuando se adquiera un activo intangible en una combinación de negocios, su costo será su valor razonable en la fecha de adquisición. Cuando un activo adquirido en una combinación de negocios sea separable o surja de derechos contractuales o de otro tipo legal, existirá información suficiente para medir con fiabilidad su valor razonable.

De acuerdo con esta Norma y la NIIF 3 (revisada en 2008), una adquirente reconocerá un activo intangible de la adquirida, en la fecha de la adquisición, de forma separada de la plusvalía, con independencia de que el activo haya sido reconocido por la adquirida antes de la combinación de negocios. Esto significa que la adquirente reconocerá como un activo, de forma separada de la plusvalía, un proyecto de investigación y desarrollo en curso de la adquirida si el proyecto satisface la definición de activo intangible.

Otros activos intangibles generados internamente

La plusvalía generada internamente no se reconocerá como un activo.

No se reconocerán activos intangibles surgidos de la investigación (o de la fase de investigación en proyectos internos). Los desembolsos por investigación (o en la fase de investigación, en el caso de proyectos internos), se reconocerán como gastos del periodo en el que se incurran.

Un activo intangible surgido del desarrollo (o de la fase de desarrollo en un proyecto interno), se reconocerá como tal si, y sólo si, la entidad puede demostrar todos los extremos siguientes:

(a) Técnicamente, es posible completar la producción del activo intangible de forma que pueda estar disponible para su utilización o su venta.

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(b) Su intención de completar el activo intangible en cuestión, para usarlo o venderlo.

(c) Su capacidad para utilizar o vender el activo intangible.

(d) La forma en que el activo intangible vaya a generar probables beneficios económicos en el futuro. Entre otras cosas, la entidad debe demostrar la existencia de un mercado para la producción que genere el activo intangible o para el activo en sí, o bien, en el caso de que vaya a ser utilizado internamente, la utilidad del mismo para la entidad. (e) La disponibilidad de los adecuados recursos técnicos, financieros o de otro tipo, para completar el desarrollo y para utilizar o vender el activo intangible.

(f) Su capacidad para medir, de forma fiable, el desembolso atribuible al activo intangible durante su desarrollo.

No se reconocerán como activos intangibles las marcas, las cabeceras de periódicos o revistas, los sellos o denominaciones editoriales, las listas de clientes u otras partidas similares que se hayan generado internamente.

El costo de un activo intangible generado internamente, a efectos del párrafo 24, será la suma de los desembolsos incurridos desde el momento en que el elemento cumple las condiciones para su reconocimiento, establecidas en los párrafos 21, 22 y 57. El párrafo 71 prohíbe la reintegración, en forma de elementos del activo, de los desembolsos reconocidos previamente como gastos.

Los desembolsos sobre una partida intangible deberán reconocerse como un gasto cuando se incurra en ellos, a menos que:

(a) formen parte del costo de un activo intangible que cumpla con los criterios de reconocimiento; o

(b) la partida sea adquirida en una combinación de negocios, y no pueda ser reconocida como un activo intangible. Cuando éste sea el caso, formará parte del importe reconocido como plusvalía en la fecha de la adquisición véase la NIIF 3).

Medición posterior al reconocimiento

Una entidad seleccionará el modelo de costo o el modelo de revaluación como parte de su política contable. Si un activo intangible se contabiliza según el modelo de revaluación, todos los demás activos pertenecientes a la misma clase también se contabilizarán utilizando el mismo modelo, a menos que no exista un mercado activo para esa clase de activos.

Modelo de costo: con posterioridad a su reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizará por su costo menos la amortización acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.

Modelo de revaluación: con posterioridad al reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizará por su valor revaluado, que es su valor razonable, en el momento de la revaluación, menos la amortización acumulada, y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor que haya sufrido. Para fijar el importe de las revaluaciones según esta Norma, el valor razonable se determinará por referencia a un mercado activo. Las revaluaciones se harán con suficiente regularidad, para asegurar que el importe en libros

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del activo, al final del periodo sobre el que se informa, no difiera significativamente del que podría determinarse utilizando el valor razonable.

Un mercado activo es un mercado en el que se dan todas las siguientes condiciones:

(a) los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos;

(b) normalmente se pueden encontrar en todo momento compradores y vendedores; y

(c) los precios están disponibles al público. Si se incrementa el importe en libros de un activo intangible como consecuencia de una revaluación, dicho aumento se reconocerá en otro resultado global y acumulado en el patrimonio en una cuenta de superávit de revaluación. Sin embargo, el incremento se reconocerá en el resultado del periodo en la medida en que sea una reversión de un decremento por una revaluación del mismo activo reconocido anteriormente en el resultado del periodo. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo intangible como consecuencia de una revaluación, dicha disminución se reconocerá en el resultado del periodo. Sin embargo, la disminución se reconocerá en otro resultado global en la medida en que existiera saldo acreedor en el superávit de revaluación en relación con ese activo.

Vida útil

Vida útil es:

(a) el periodo durante el cual se espera utilizar el activo por parte de la entidad; o

(b) el número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de una entidad.

Una entidad evaluará si la vida útil de un activo intangible es finita o indefinida y, si es finita, evaluará la duración o el número de unidades productivas u otras similares que constituyan su vida útil. La entidad considerará que un activo intangible tiene una vida útil indefinida cuando, sobre la base de un análisis de todos los factores relevantes, no exista un límite previsible al periodo a lo largo del cual el activo se espera que el activo genere entradas de flujos netos de efectivo para la entidad.

La vida útil de un activo intangible que surja de un derecho contractual o de otro tipo legal no excederá el periodo de esos derechos pero puede ser inferior, dependiendo del periodo a lo largo del cual la entidad espera utilizar el activo. Si el derecho contractual o de otro tipo legal se hubiera obtenido por un plazo limitado que puede ser renovado, la vida útil del activo intangible sólo incluirá el periodo o periodos de renovación cuando exista evidencia que respalde la renovación por parte de la entidad sin un costo significativo.

Para determinar si se ha deteriorado el valor de los activos intangibles, la entidad aplicará la NIC 36 Deterioro de Valor de los Activos.

Activos intangibles con vidas útiles finitas

El importe amortizable de un activo intangible con una vida útil finita, se distribuirá sobre una base sistemática a lo largo de su vida útil. Importe amortizable es el costo de un activo, o el importe que lo haya sustituido, menos su valor residual. La amortización comenzará cuando el activo esté disponible para su utilización, es decir, cuando se

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encuentre en la ubicación y condiciones necesarias para que pueda operar de la forma prevista por la gerencia. La amortización cesará en la fecha más temprana entre aquélla en que el activo se clasifique como mantenido para la venta (o incluido en un grupo de activos para su disposición que se haya clasificado como mantenido para la venta) de acuerdo con la NIIF 5 Activos No Corrientes Mantenidos para la Venta y

Operaciones Discontinuadas, y la fecha en que se produzca la baja en cuentas del mismo. El método de amortización utilizado reflejará el patrón de consumo esperado, por parte de la entidad, de los beneficios económicos futuros derivados del activo. Si este patrón no pudiera ser determinado de forma fiable, se adoptará el método lineal de amortización. El cargo por amortización de cada período se reconocerá en el resultado del periodo, a menos que otra Norma permita o exija que dicho importe se incluya en el importe en libros de otro activo.

Valor residual de un activo intangible es el importe estimado que la entidad podría obtener de un activo por su disposición, después de haber deducido los costos estimados para su disposición, si el activo tuviera ya la edad y condición esperadas al término de su vida útil. Se supondrá que el valor residual de un activo intangible es nulo a menos que:

(a) haya un compromiso, por parte de un tercero, de comprar el activo al final de su vida útil; o

(b) exista un mercado activo para el activo intangible, y:

(i) pueda determinarse el valor residual con referencia a este mercado; y

(ii) sea probable que ese mercado existirá al final de la vida útil del mismo.

Tanto el periodo como el método de amortización utilizado para un activo intangible con vida útil finita se revisarán, como mínimo, al final de cada periodo. Si la nueva vida útil esperada difiere de las estimaciones anteriores, se cambiará el periodo de amortización para reflejar esta variación. Si se ha experimentado un cambio en el patrón esperado de generación de beneficios económicos futuros por parte del activo, el método de amortización se modificará para reflejar estos cambios. Los efectos de estas modificaciones en el periodo y en el método de amortización, se tratarán como cambios en las estimaciones contables, según lo establecido en la NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las Estimaciones Contables y Errores.

Activos intangibles con vidas útiles indefinidas

Los activos intangibles con una vida útil indefinida no se amortizarán.

Según la NIC 36, la entidad comprobará si un activo intangible con una vida útil indefinida ha experimentado una pérdida por deterioro del valor comparando su importe recuperable con su importe en libros

(a) anualmente, y

(b) en cualquier momento en el que exista un indicio de que el activo puede haber deteriorado su valor.

La vida útil de un activo intangible que no está siendo amortizado se revisará cada periodo para determinar si existen hechos y circunstancias que permitan seguir

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manteniendo una vida útil indefinida para ese activo. Si no existen esas circunstancias, el cambio en la vida útil de indefinida a finita se contabilizará como un cambio en una estimación contable, de acuerdo con la NIC 8.

Ejercicio.-

Una empresa a decidido adquirir a su más cercano competidor, la empresa PARCHIS S.A.A. pagando por dicha operación el importe de S/. 380,000 haciendo la posterior fusión de ambas empresas, siendo el detalle de sus activos y pasivos de PARCHIS S.A.A. el siguiente:

CUENTAS DEL BALANCE VALOR CONTABLE VALOR MERCADO

Caja Bancos 25,500 25,500Cuentas por cobrar comerciales 102,350 102,350Otras cuentas por cobrar 46,480 46,480Existencias 95,120 117,600Inversiones 25,201 28,450

Inm. Maq. Equipo 250,850 272,000

Total activo 545,501 592,380Cuentas por pagar comerciales -164,000 -164,000Otras cuentas por pagar -132,450 -132,450Activo neto 249,051 295,930

Se pide determinar la plusvalía mercantil y el tratamiento contable

Para determinar el valor de plusvalía se debe comparar el justo valor de mercado del activo neto tangible y de los activos intangibles, con el precio de compra de los mismos.

A continuación se determinara el monto de la plusvalía mercantil generando para la empresa:

Precio pagado por la compra de PARCHIS S.A.A. 380,000Valor razonable de los activos netos 295,930Plusvalía mercantil 84,070

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El importe de la plusvalía que asciende a S/. 84,070 debera ser amortizada por empresa durante el plazo máximo de 20 años según la presunción establecida en el párrafo 83 de la NIC 38

Cabe señalar que para efectos tributarios dicha amortización nos era admitida al ser considerada la plusvalía mercantil como un activo intangible de duración ilimitada.

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DESCRIPCION DEBE HABER

---------------------------------------1-------------------------------10 caja y bancos 25,500.00

104 caja y bancos12 Clientes 102,350.00

121 Facturas por cobrar123 Letras por cobrar

16 Cuentas por cobrar diversas 46,480.00161 Prestamos a terceros162 Reclamaciones a terceros168 Otras cuentas por cobrar diversas

20 Existencias 117,600.0031 Valores 28,450.00

311 Acciones33 Inmueble maquinaria y Equipo 272,000.00

333 Maquinaria y Equipo334 Unidades de transporte335 Muebles y enseres336 Equipos diversos

34 Intangibles 84,070.00348 Plusvalia mercantil

42 Proveedores 164,000.00421 Facturas por pagar

46 Cuentas por pagar diversas 132,450.00469 Otras cuentas por pagar diversas

31 Valores 380,000.00311 Valores

Por el registro de los activos, pasivos y la plusvalía mercantilgenerada por la adquisición de PARCHIS S.A.A.---------------------------------------x-------------------------------

68 Provisiones del ejercicio682 Amortización de intangibles

39 Depreciación y amortización acumulada394 Amortización de intangibles

---------------------------------------x-------------------------------Por la amortización del ejercicio correspondiente a laplusvalía mercantil.

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6.- Revisar las página N° 198 hasta la página N° 200 del texto base de Contabilidad Superior II y elabora un resumen en una página de lo que trata la NIC 1, adicionalmente presentar los cuatro estados financieros y sus notas del ejercicio anual anterior , que se hayan dado en cualquier empresa de su localidad

NIC 1 Presentación de Estados Financieros

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

Esta Norma establece las bases para la presentación de los estados financieros de propósito general, para asegurar que los mismos sean comparables, tanto con los estados financieros de la misma entidad correspondientes a periodos anteriores, como con los de otras entidades. Esta Norma establece requerimientos generales para la presentación de los estados financieros, guías para determinar su estructura y requisitos mínimos sobre su contenido.

Un juego completo de estados financieros comprende:

(a) un estado de situación financiera al final del periodo;

(b) un estado del resultado del periodo y otro resultado integral del periodo;

(c) un estado de cambios en el patrimonio del periodo;

(d) un estado de flujos de efectivo del periodo;

(e) notas, que incluyan un resumen de las políticas contables más significativas y otra información explicativa; y

(f) un estado de situación financiera al principio del primer periodo comparativo, cuando una entidad aplique una política contable retroactivamente o realice una reexpresión retroactiva de partidas en sus estados financieros, o cuando reclasifique partidas en sus estados financieros.

Una entidad cuyos estados financieros cumplan las NIIF efectuará, en las notas, una declaración, explícita y sin reservas, de dicho cumplimiento. Una entidad no señalará que sus estados financieros cumplen con las NIIF a menos que satisfagan todos los requerimientos de éstas. La aplicación de las NIIF, con información a revelar adicional cuando sea necesario, se supone que da lugar a estados financieros que permiten conseguir una presentación razonable.

Al elaborar los estados financieros, la gerencia evaluará la capacidad que tiene una entidad para continuar en funcionamiento. Una entidad elaborará los estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, a menos que la gerencia pretenda liquidar la entidad o cesar en su actividad, o bien no exista otra alternativa más realista que proceder

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de una de estas formas. Cuando la gerencia, al realizar esta evaluación, sea consciente de la existencia de incertidumbres importantes, relativas a eventos o condiciones que puedan aportar dudas significativas sobre la posibilidad de que la entidad siga funcionando normalmente, procederá a revelarlas en los estados financieros.

Una entidad presentará por separado cada clase significativa de partidas similares. Una entidad presentará por separado las partidas de naturaleza o función distinta, a menos que no tengan importancia relativa.

Una entidad no compensará activos con pasivos o ingresos con gastos a menos que así lo requiera o permita una NIIF.

Una entidad presentará un juego completo de estados financieros (incluyendo información comparativa) al menos anualmente.

A menos que las NIIF permitan o requieran otra cosa, una entidad revelará información comparativa respecto del periodo anterior para todos los importes incluidos en los estados financieros del periodo corriente. Una entidad incluirá información comparativa para la información descriptiva y narrativa, cuando esto sea relevante para la comprensión de los estados financieros del periodo corriente.

Cuando la entidad modifique la presentación o la clasificación de partidas en sus estados financieros, también reclasificará los importes comparativos, a menos que resulte impracticable hacerlo.

Una entidad identificará claramente los estados financieros y los distinguirá de cualquier otra información publicada en el mismo documento.

Una entidad puede presentar un estado del resultado del periodo y otro resultado integral único, con el resultado del periodo y el otro resultado integral presentados en dos secciones. Las secciones se presentarán juntas, con la sección del resultado del periodo presentado en primer lugar seguido directamente por la sección de otro resultado integral. Una entidad puede presentar la sección del resultado del periodo en un estado de resultado del periodo separado. Si lo hace así, el estado del resultado del periodo separado precederá inmediatamente al estado que presente el resultado integral, que comenzará con el resultado del periodo.

La sección de otro resultado integral presentará partidas para los importes de otro resultado integral del periodo, clasificadas por naturaleza (incluyendo la parte de otro resultado integral de asociadas y negocios conjuntos contabilizados utilizando el método de la participación) y agrupadas dentro las que, de acuerdo con otras NIIF:

(a) no se reclasificarán posteriormente al resultado del periodo; y

(b) se reclasificarán posteriormente a resultados del periodo cuando se cumplan las condiciones específicas.

Una entidad reconocerá todas las partidas de ingreso y gasto de un periodo en el resultado a menos que una

NIIF requiera o permita otra cosa. Las notas:

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(a) presentarán información acerca de las bases para la preparación de los estados financieros, y sobre las políticas contables específicas utilizadas de acuerdo con los párrafos 117 a 124;

(b) revelarán la información requerida por las NIIF que no haya sido incluida en otro lugar de los estados financieros; y

(c) proporcionarán información que no se presenta en ninguno de los estados financieros, pero que es relevante para entender a cualquiera de ellos.

Una entidad revelará, en el resumen de las políticas contables significativas o en otras notas, los juicios, diferentes de aquéllos que involucren estimaciones (véase el párrafo 125), que la gerencia haya realizado en el proceso de aplicación de las políticas contables de la entidad y que tengan un efecto significativo sobre los importes reconocidos en los estados financieros.

Una entidad revelará información sobre los supuestos realizados acerca del futuro y otras causas de incertidumbre en la estimación al final del periodo sobre el que se informa, que tengan un riesgo significativo de ocasionar ajustes significativos en el valor en libros de los activos o pasivos dentro del periodo contable siguiente.

Una entidad revelará información que permita que los usuarios de sus estados financieros evalúen los objetivos, las políticas y los procesos que ella aplica para gestionar el capital. Una entidad también revelará información adicional sobre instrumentos financieros con opción de venta clasificados como instrumentos de patrimonio.

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7.- Revisar las página N° 215 hasta la página N° 223 del texto base de Contabilidad Superior II y elabora un resumen en una página de lo que trata la NIC 8, adicionalmente presentar un caso práctico relacionado con cualquiera de los temas tratados en esta NIC 8 que se hayan dado en cualquier empresa de si localidad.

NIC 8 Políticas Contables, Cambios en las estimaciones Contables y Errores

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

El objetivo de esta Norma es prescribir los criterios para seleccionar y modificar las políticas contables, así como el tratamiento contable y la información a revelar acerca de los cambios en las políticas contables, de los cambios en las estimaciones contables y de la corrección de errores. La Norma trata de realzar la relevancia y fiabilidad de los estados financieros de una entidad, así como la comparabilidad con los estados financieros emitidos por ésta en periodos anteriores, y con los elaborados por otras entidades.

Políticas contables

Políticas contables son los principios, bases, acuerdos reglas y procedimientos específicos adoptados por la entidad en la elaboración y presentación de sus estados financieros. Cuando una NIIF sea específicamente aplicable a una transacción, otro evento o condición, la política o políticas contables aplicadas a esa partida se determinarán aplicando la NIIF en cuestión, y considerando además cualquier Guía de Implementación relevante emitida por el IASB para esa NIIF.

En ausencia de una NIIF o una interpretación que sea aplicable específicamente a una transacción o a otros hechos o condiciones, la gerencia deberá usar su juicio en el desarrollo y aplicación de una política contable, a fin de suministrar información que sea relevante y fiable. Al realizar los juicios descritos en el párrafo 10, la gerencia se referirá y considerará la aplicabilidad de las siguientes fuentes en orden descendente:

(a) los requisitos y guías establecidos en las NIIF que traten temas similares y relacionados; y

(b) las definiciones, criterios de reconocimiento y conceptos de medición establecidos para los activos, pasivos, ingresos y gastos en el Marco Conceptual.

Una entidad seleccionará y aplicará sus políticas contables de manera uniforme para transacciones, otros eventos y condiciones que sean similares, a menos que una NIIF requiera o permita establecer categorías de partidas para las cuales podría ser apropiado aplicar diferentes políticas. Si una NIIF requiere o permite establecer esas categorías, se seleccionará una política contable adecuada, y se aplicará de manera uniforme a cada categoría.

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La entidad cambiará una política contable sólo si tal cambio:

(a) Se requiere por una NIIF; o

(b) lleva a que los estados financieros suministren información fiable y más relevante sobre los efectos de las transacciones, otros eventos o condiciones que afecten a la situación financiera, el rendimiento financiero o los flujos de efectivo de la entidad.

La entidad contabilizará un cambio en una política contable derivado de la aplicación inicial de una NIIF, de acuerdo con las disposiciones transitorias específicas de tales NIIF, si las hubiera. Cuando la entidad cambie una política contable, ya sea por la aplicación inicial de una NIIF que no incluya una disposición transitoria específicamente aplicable a tal cambio, o porque haya decidido cambiarla de forma voluntaria, aplicará dicho cambio retroactivamente. Un cambio en una política contable será aplicado retroactivamente, salvo que sea impracticable determinar los efectos del cambio en cada periodo específico o el efecto acumulado.

Cambio en una estimación contable

La utilización de estimaciones razonables es una parte esencial de la elaboración de los estados financieros, y no menoscaba su fiabilidad. Un cambio en una estimación contable es un ajuste en el importe en libros de un activo o de un pasivo, o en el importe del consumo periódico de un activo, que se produce tras la evaluación de la situación actual del elemento, así como de los beneficios futuros esperados y de las obligaciones asociadas con los activos y pasivos correspondientes. Los cambios en las estimaciones contables son el resultado de

nueva información o nuevos acontecimientos y, en consecuencia, no son correcciones de errores. El efecto de

un cambio en una estimación contable será reconocido prospectivamente incluyéndolo en el resultado del:

(a) periodo en que tiene lugar el cambio, si éste afecta solo a ese periodo; o

(b) periodo del cambio y periodos futuros, si el cambio afectase a todos ellos.

Errores de períodos anteriores

Errores de periodos anteriores son las omisiones e inexactitudes en los estados financieros de una entidad, para uno o más periodos anteriores, resultantes de un fallo al emplear o de un error al utilizar información fiable que:

(a) estaba disponible cuando los estados financieros para tales periodos fueron formulados; y

(b) podría esperarse razonablemente que se hubiera conseguido y tenido en cuenta en la elaboración y presentación de aquellos estados financieros.

Dentro de estos errores se incluyen los efectos de errores aritméticos, errores en la aplicación de políticas contables, la inadvertencia o mala interpretación de hechos, así como los fraudes. Salvo que sea imposible determinar los efectos en cada periodo específico o el efecto acumulado del error, una entidad corregirá los errores materiales de

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periodos anteriores retroactivamente en los primeros estados financieros formulados después de haberlos descubierto:

(a) re expresando la información comparativa para el periodo o periodos anteriores en los que se originó el error; o

(b) si el error ocurrió con anterioridad al periodo más antiguo para el que se presenta información, re expresando los saldos iniciales de activos, pasivos y patrimonio para dicho periodo.

Las omisiones o inexactitudes de partidas son materiales si pueden, individualmente o en su conjunto, influir en las decisiones económicas tomadas por los usuarios sobre la base de los estados financieros. La materialidad

(o importancia relativa) depende de la magnitud y la naturaleza de la omisión o inexactitud, enjuiciada en función de las circunstancias particulares en que se hayan producido. La magnitud o la naturaleza de la partida, o una combinación de ambas, podría ser el factor determinante.

8.- Revisar las página N° 241 hasta la página N° 251 del texto base de Contabilidad Superior II y elabora un resumen en una página de lo que trata la NIC 10, adicionalmente presentar un caso práctico relacionado con cualquiera de los temas tratados en esta NIC 10 que se hayan dado en cualquier empresa de si localidad

NIC 10 Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa

Emitida el 1 de enero de 2012. Incluye las NIIF con fecha de vigencia posterior al 1 de enero de 2012 pero no las NIIF que serán sustituidas.

Este extracto ha sido preparado por el equipo técnico de la Fundación IFRS y no ha sido aprobado por el IASB. Para conocer los requisitos completos se debe hacer referencia a las Normas Internacionales de Información Financiera.

El objetivo de esta Norma es prescribir:

(a) cuándo una entidad debería ajustar sus estados financieros por hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa; y

(b) la información a revelar que una entidad debería efectuar respecto a la fecha en que los estados financieros fueron autorizados para su publicación, así como respecto a los hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa.

La Norma requiere también que una entidad no debería elaborar sus estados financieros bajo la hipótesis de negocio en marcha, si los hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa indican que dicha hipótesis no resulta apropiada.

Los hechos ocurridos después del periodo sobre el que informa son todos aquellos eventos, ya sean favorables o desfavorables, que se han producido entre el final del periodo sobre el que informa y la fecha de autorización de los estados financieros para su publicación. Pueden identificarse dos tipos de eventos:

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(a) aquellos que proporcionan evidencia de las condiciones que existían al final del periodo sobre el que informa (hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que implican ajuste) y

(b) aquellos que son indicativos de condiciones que han aparecido después del periodo sobre el que se informa (hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste).

Una entidad ajustará los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar la incidencia de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que impliquen ajustes.

Una entidad no ajustará los importes reconocidos en sus estados financieros, para reflejar hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no impliquen ajustes. Si hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste son materiales, no revelar esta información puede influir en las decisiones económicas que los usuarios puedan tomar sobre la base de los estados financieros.

Por consiguiente, una entidad revelará la siguiente información sobre cada categoría significativa de hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa que no implican ajuste:

(a) la naturaleza del evento; y

(b) una estimación de sus efectos financieros, o un pronunciamiento sobre la imposibilidad de realizar tal estimación.

Si, después del periodo sobre el que se informa, una entidad recibiese información acerca de condiciones que existían al final del periodo sobre el que se informa, actualizará la información a revelar relacionada con esas en función de la información recibida.