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CONSULTA Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015. 1 En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 11:00 once horas del día 29 veintinueve de enero de 2015 dos mil quince, se reunieron en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para celebrar sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento, la Presidenta Municipal Licenciada María Bárbara Botello Santibáñez y los integrantes del mismo. Iniciada la sesión por la Presidenta Municipal, pasa lista de presentes el Secretario del H. Ayuntamiento, Licenciado Luis Fernando Gómez Velázquez; asistiendo las siguientes personas: Síndicos: Contador Público José Eugenio Martínez Vega y Licenciado en Administración Leonel Charnichart Celis; y los Regidores: Licenciada Beatriz Manrique Guevara, Licenciado en Administración de Empresas Miguel Ángel Balderas Fernández, Ciudadana Verónica García Barrios, Ciudadano Jacobo Cabrera Lara, Contador Público Alejandro Arena Barroso, Ciudadana Martha Guadalupe Hernández Camarena, Ciudadana Blanca Alejandra López Zavala, Profesor José Luis Zúñiga Rodríguez, Doctor José Javier Ayala Torres y el Contador Público Aurelio Martínez Velázquez; declarando que hay quórum. En uso de la voz, el Secretario manifiesta que los Regidores: Licenciado Alejandro Kornhauser Obregón y la Ciudadana M. Esther Zúñiga Rodríguez, avisaron previamente su inasistencia quedando justificada su ausencia. En seguida, el Secretario da lectura al Orden del Día: I.- Lista de presentes y declaración de quórum. II.- Orden del Día y aprobación. III.- Propuesta para aprobar el acta de la sesión ordinaria celebrada en fecha 15 de enero del año en curso. IV.- Propuesta de Reglamento Interior de la Dirección de Mediación del Municipio de León, Guanajuato; y aprobación en su caso. V.- Propuesta para remitir al Honorable Congreso del Estado, las observaciones a la iniciativa de Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato; y aprobación en su caso. VI.- Presentación de los Estados Financieros del mes de diciembre de 2014. VII.- Propuesta de modificación al Programa de Inversión Pública del Municipio de León, Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2015, en el mes de enero; y aprobación en su caso. VIII.- Presentación del Informe de Actividades de la Contraloría Municipal. IX.- Presentación del Plan de Trabajo y

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

1

En la ciudad de León, Estado de Guanajuato, a las 11:00 once horas

del día 29 veintinueve de enero de 2015 dos mil quince, se reunieron

en la Sala del Cabildo del Palacio Municipal, para celebrar sesión

ordinaria del Honorable Ayuntamiento, la Presidenta Municipal

Licenciada María Bárbara Botello Santibáñez y los integrantes del

mismo. Iniciada la sesión por la Presidenta Municipal, pasa lista de

presentes el Secretario del H. Ayuntamiento, Licenciado Luis

Fernando Gómez Velázquez; asistiendo las siguientes personas:

Síndicos: Contador Público José Eugenio Martínez Vega y Licenciado

en Administración Leonel Charnichart Celis; y los Regidores:

Licenciada Beatriz Manrique Guevara, Licenciado en Administración

de Empresas Miguel Ángel Balderas Fernández, Ciudadana Verónica

García Barrios, Ciudadano Jacobo Cabrera Lara, Contador Público

Alejandro Arena Barroso, Ciudadana Martha Guadalupe Hernández

Camarena, Ciudadana Blanca Alejandra López Zavala, Profesor José

Luis Zúñiga Rodríguez, Doctor José Javier Ayala Torres y el Contador

Público Aurelio Martínez Velázquez; declarando que hay quórum. En

uso de la voz, el Secretario manifiesta que los Regidores: Licenciado

Alejandro Kornhauser Obregón y la Ciudadana M. Esther Zúñiga

Rodríguez, avisaron previamente su inasistencia quedando justificada

su ausencia. En seguida, el Secretario da lectura al Orden del Día: I.-

Lista de presentes y declaración de quórum. II.- Orden del Día y

aprobación. III.- Propuesta para aprobar el acta de la sesión ordinaria

celebrada en fecha 15 de enero del año en curso. IV.- Propuesta de

Reglamento Interior de la Dirección de Mediación del Municipio de

León, Guanajuato; y aprobación en su caso. V.- Propuesta para remitir

al Honorable Congreso del Estado, las observaciones a la iniciativa de

Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de

Guanajuato; y aprobación en su caso. VI.- Presentación de los

Estados Financieros del mes de diciembre de 2014. VII.- Propuesta de

modificación al Programa de Inversión Pública del Municipio de León,

Guanajuato, para el Ejercicio Fiscal 2015, en el mes de enero; y

aprobación en su caso. VIII.- Presentación del Informe de Actividades

de la Contraloría Municipal. IX.- Presentación del Plan de Trabajo y

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Programa Anual de Auditoría y Revisiones 2015, de la Contraloría

Municipal. X.- Propuesta para modificar el Calendario de Sesiones

Ordinarias del Honorable Ayuntamiento, correspondiente a la primera

sesión del mes de febrero de 2015; y aprobación en su caso. XI.-

Informe de Comisiones. XII.- Asuntos Generales. Acto seguido, la

Presidenta somete a la consideración del Honorable Ayuntamiento, el

Orden del Día al que fue dado lectura, mismo que es aprobado por

unanimidad. Habiendo pasado lista de presentes, con la declaración

de quórum y aprobado por unanimidad que fue el Orden del Día, se

tienen por desahogados los puntos I y II del mismo.

En el punto III del Orden del Día, la Presidenta somete a la

consideración del Honorable Ayuntamiento la aprobación del acta de

la sesión ordinaria celebrada el día 15 de enero del año en curso,

misma que queda aprobada por unanimidad.

En el punto IV del Orden del Día, la Presidenta manifiesta que se

presenta la propuesta de Reglamento Interior de la Dirección de

Mediación del Municipio de León, Guanajuato, por lo que solicita al

Presidente de la Comisión de Gobierno, Régimen Interior y Seguridad

Pública, se sirva dar lectura a la misma. En uso de la voz, el Regidor

Contador Público Aurelio Martínez Velázquez, da lectura al dictamen

(se agrega al apéndice del acta) que contiene la siguiente propuesta:

PRIMERO.- Con fundamento en los artículos 115 fracción II de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 117 fracción I

de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato y 76 fracción

I inciso b), 236, 239 y 240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato; se aprueba la expedición del Reglamento Interior

de la Dirección de Mediación del Municipio de León, Guanajuato,

así como diversas derogaciones al Reglamento Interior de la

Dirección General de Policía Municipal de León, Guanajuato con el

objeto de estructurar de forma organizacional los objetivos, líneas de

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responsabilidad y coordinación de la Dirección de Mediación;

estableciendo las principales funciones generales, servicios y

atribuciones por cargo, a fin de obtener al exterior el afianzamiento y

consolidación del área, suministrando las herramientas necesarias

para el buen desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de los

propósitos trazados, en los términos del documento que como anexo

forma parte del presente acuerdo y que a continuación se inserta:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos reconoce al Municipio como una entidad jurídica constituida por habitantes establecidos en su territorio, gobernados por un cuerpo colegiado denominado Ayuntamiento, el cual, entre sus funciones, se encuentra la de brindar a la población los servicios públicos municipales.

Por su parte el artículo 17 de la Constitución Federal establece que las

leyes preverán mecanismos alternativos de solución de conflictos, como lo es la mediación.

La mediación es un medio de solución de conflictos alternativo al

procedimiento judicial que se lleva a cabo en los tribunales, por virtud del cual, los particulares en conflicto solicitan la intervención de un tercero, quien facilita la comunicación para lograr un acuerdo voluntario que satisfaga sus intereses. La interacción de los individuos en la sociedad actual permite la creación de vínculos afectivos, laborales, amistosos y de convivencia, los cuales se pueden ver afectados por diferencias de pensamiento, cultura, educación y condición social, ocasionándose con ello una posible transgresión a sus derechos. Lo anterior no implica que los particulares en conflicto necesariamente deban acudir a un tribunal a dirimirlo, pues para su solución, con excepción de los derechos que no son de libre disposición, pueden acudir a un procedimiento asistido de profesionales, lográndose un concierto de voluntades. En la actualidad, los procedimientos alternativos de solución de conflictos han tomado una gran importancia, lo que ha generado, la posibilidad de que las autoridades los utilicen para brindar atención a la ciudadanía desde un punto de vista práctico, eficaz y eficiente, contribuyendo a la participación en la vida pública del Municipio. Bajo esa tendencia, el Municipio de León considera que mediante la aplicación del procedimiento de mediación puede coadyuvar con la ciudadanía para lograr una mejor convivencia social, en aras de elevar el nivel de vida de sus habitantes.

Con la creación de este ordenamiento la presente administración pública

municipal pretende alcanzar la consolidación de la Dirección de Mediación, para ello se establecen las bases que rijan el funcionamiento de los integrantes de dicha unidad administrativa mediante las atribuciones y limitantes propias de la naturaleza de la función, los derechos y obligaciones de quienes soliciten su intervención y el procedimiento correspondiente para resolver las discrepancias

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individuales y colectivas para fortalecer las relaciones sociales que contribuyen a mejorar la calidad de vida de una comunidad.

Lo anterior contribuye a la construcción de una cultura efectiva de

actividades preventivas y restaurativas, dándole a los leoneses la posibilidad de acceder a la justicia más humana y menos coercitiva. Además, favorecerá a que la sociedad tome con mayor responsabilidad sus actos, inhibiendo prácticas nocivas, a su vez permitirá que los órganos de procuración e impartición de justicia reduzcan su carga de trabajo y enfoquen la utilización de sus recursos humanos y materiales.

Bajo este contexto, y mediante el presente instrumento, se propone la expedición del Reglamento Interior de la Dirección de Mediación del Municipio de León, Guanajuato, para quedar en los siguientes términos:

ACUERDO

Primero. Se aprueba el Reglamento Interior de la Dirección de Mediación del Municipio de León, Guanajuato, en los términos siguientes:

“REGLAMENTO INTERIOR DE LA DIRECCIÓN

DE MEDIACIÓN DEL MUNICIPIO DE LEÓN, GUANAJUATO

Capítulo I Disposiciones generales

Objeto

Artículo 1. El presente reglamento tiene por objeto regular las actividades y funcionamiento de la Dirección de Mediación, adscrita a la Dirección General de Gobierno de la Secretaria del Ayuntamiento, para la pronta, pacífica y eficaz solución de las controversias entre particulares, cuya esfera de facultades comprenderá, privativamente, el Municipio de León, Guanajuato.

Glosario

Artículo 2. Para los efectos del presente reglamento se entiende por:

I. Acuerdo: Compromiso que asumen los Mediados para buscar resolver los puntos controvertidos expuestos durante el desarrollo de la Mediación;

II. Acuerdo de confidencialidad: Documento suscrito al inicio del

procedimiento de Mediación, por los participantes en el mismo y el Mediador municipal, con el que se comprometen a no divulgar ninguna información, ni los documentos generados durante el proceso, en términos de la normatividad aplicable;

III. Autocomposición asistida: Reglas que los involucrados en una

controversia establecen con asistencia de un Mediador municipal, para efecto de encontrar una solución a la misma;

IV. Dirección: La Dirección de Mediación del Municipio de León, Guanajuato;

V. Convenio: Instrumento jurídico voluntario, alcanzado por los

Mediados en un conflicto tratado ante la Dirección, por medio del cual ponen fin, total o parcialmente a la diferencia negociada;

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VI. Co-mediación: Proceso de Mediación en el que dos mediadores participan simultáneamente en el mismo, dividiendo sus funciones, ya sea en razón de la complejidad del caso a tratar, a solicitud de los Mediados, o con fines de evaluación para Mediadores municipales;

VII. Invitación: Documento suscrito por la Dirección, a petición del

Solicitante, el cual es dirigido a la persona o personas de las que resulta necesaria su presencia, en el que se recaba su parecer para participar en un procedimiento de Mediación;

VIII. Invitado: Persona física o jurídico colectiva señalada por el

Solicitante como involucrada en el conflicto;

IX. Ley de Justicia Alternativa: Ley de Justicia Alternativa del Estado de Guanajuato;

X. Mediación: Método alternativo no adversarial, a través del cual, uno

o más mediadores con cualidades de independencia, neutralidad, imparcialidad y confidencialidad, interviene en un conflicto para facilitar la comunicación entre los involucrados, a fin de que éstos tomen el control del mismo y arriben voluntariamente a una solución que le ponga fin total o parcialmente;

XI. Mediador municipal: Persona capacitada para facilitar la

comunicación entre los intervinientes en un conflicto, sujeto al conocimiento de la Dirección;

XII. Mediados: Son las personas que han manifestado expresamente su

voluntad de someter a la Dirección el conflicto existente entre ambas, para buscar dirimir sus diferencias;

XIII. Métodos alternativos: Trámites convencionales y voluntarios que

permiten prevenir conflictos, aminorar sus efectos negativos o, en su caso, lograr soluciones a los mismos sin necesidad de la intervención de los órganos jurisdiccionales;

XIV. Principio de buena fe: Consistente en el estado mental de

honradez, de convicción en cuanto a la verdad o exactitud de un asunto, hecho, opinión o la rectitud de una conducta;

XV. Principio de celeridad: Obliga a cumplir los objetivos y fines del

proceso, a través de los mecanismos establecidos y con la información que proporcionen los involucrados, de la forma más expedita, rápida y acertada posible para evitar retardos indebidos;

XVI. Principio de confidencialidad: La información y documentación

generada por los involucrados durante la Mediación no podrá ser divulgada por ninguno de ellos ni por el Mediador municipal;

XVII. Principio de eficacia: Supone la rectoría de la organización y la

función mediadora, en concordancia con la voluntad de los involucrados, dirigidas a la obtención del objetivo propuesto y regulado por el ordenamiento jurídico. Ligado a la eficiencia, que implica obtener el resultado con el mayor ahorro de recursos humanos, materiales, tecnológicos y financieros;

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XVIII. Principio de equidad: Los Mediadores municipales propiciarán

condiciones de equilibrio entre los Mediados, para obtener acuerdos recíprocamente satisfactorios;

XIX. Principio de ética: Alude al comportamiento del Mediador

municipal, en orden a la finalidad del servicio público que le es inherente, atendiendo a las normas y criterios que le permitan actuar correctamente;

XX. Principio de gratuidad: En concordancia con el principio de

economía, conlleva que en el procedimiento de Mediación debe implicar el mínimo de gastos, tiempo y desgaste personal;

XXI. Principio de imparcialidad: Los Mediadores municipales que

conduzcan la Mediación deberán mantener a ésta libre de distinciones, inclinaciones o preferencias personales, que impliquen la concesión de ventajas a alguno de los Mediados;

XXII. Principio de legalidad: La Mediación tendrá como límites la

voluntad de las partes, la ley, la moral y las buenas costumbres;

XXIII. Principio de neutralidad: Los Mediadores municipales que conduzcan la Mediación deberán mantener a ésta exenta de juicios, opiniones y prejuicios propios respecto de los Mediados, que puedan influir en la toma de decisiones;

XXIV. Principio de probidad: En congruencia con la ética, la buena fe y la

legalidad; la probidad es la rectitud a que tiene que ajustarse la conducta humana y, en lo público, la que debe observarse por el Mediador municipal en el ejercicio de sus funciones;

XXV. Principio de sencillez: En alusión a la flexibilidad del proceso, la

Mediación carecerá de toda forma rígida, ya que parte de la voluntad de los Mediados;

XXVI. Solicitud de Servicio: Petición que uno o más particulares realizan

ante la Dirección, para efectos de procurar la solución de un conflicto; y

XXVII. Solicitante: Persona física o jurídico colectiva que requiere los

servicios de la Dirección.

Función de la Dirección Artículo 3. La Dirección es el área facultada para otorgar el servicio de

mediación extrajudicial, en las solicitudes realizadas por los particulares, cuando éstas recaigan sobre derechos de los cuales pueden disponer libremente.

Su intervención consiste en invitar a los involucrados en un conflicto a realizar el proceso de Mediación, en el cual se procurará que las partes alcancen un acuerdo favorable, a fin de evitar que se ejecuten o agraven conductas catalogadas como infracción administrativa o que sean constitutivas de delito.

Naturaleza del servicio de Mediación Artículo 4. La Mediación extrajudicial se practica en la Dirección, previo a

cualquier proceso de tipo administrativo, ministerial o judicial, y es independiente a la jurisdicción ordinaria a la cual únicamente auxilia, por lo que no interrumpe

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plazos legales, ni prescripción o caducidad de la instancia, y deja a salvo los derechos de los participantes para ser ejercidos.

Con el servicio de Mediación se busca fomentar una convivencia social armónica, promoviendo la cultura del diálogo, mediante un procedimiento basado en la gratuidad, sencillez, confidencialidad, neutralidad, imparcialidad, prevención y restauración, para consolidar una sociedad responsable, consecuente y en paz.

La Mediación siempre procederá de la voluntad de los involucrados en un

conflicto para resolver su controversia común.

Capítulo II Organización y funcionamiento

Integración de la Dirección

Artículo 5. La Dirección es un área dependiente de la Dirección General de Gobierno, adscrita a la Secretaría del Ayuntamiento del Municipio de León, Guanajuato; y estará integrada por:

I. Director de Mediación;

II. Jefe del área administrativa;

III. Jefe del área técnica;

IV. Jefe del área operativa de turno;

V. Mediadores municipales; y

VI. El personal administrativo que se requiera para el adecuado funcionamiento de la Dirección, de acuerdo con su presupuesto.

Designación del titular de la Dirección Artículo 6. El Director de Mediación es nombrado por el Presidente

Municipal.

Requisitos para ser Director de Mediación Artículo 7. Para ser Director de Mediación se requiere:

I. Ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y

políticos, o extranjero con autorización migratoria vigente para efectuar actividades remuneradas;

II. Tener por lo menos treinta años de edad cumplidos a la fecha de la

designación;

III. No haber sido condenado por delito doloso;

IV. No estar suspendido o inhabilitado, ni haber sido destituido por resolución firme, en términos de la normatividad en la materia de responsabilidades administrativas de los servidores públicos;

V. No ser militar en servicio activo, ni ministro de ningún culto religioso,

y no desempeñar, aún en calidad honorífica, ningún empleo, cargo o comisión que sea incompatible con la función de Mediación;

VI. Ser de reconocida honradez;

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VII. Tener título y cédula profesionales de estudios de licenciatura, con experiencia relacionada con la función sustantiva de la Dirección; y

VIII. Tener práctica profesional mínima de tres años, contados a partir de

la fecha de expedición del título profesional.

Atribuciones del Director de Mediación Artículo 8. Son atribuciones del Director de Mediación, además de las

contenidas en el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato, las siguientes:

I. Representar orgánica y funcionalmente a la Dirección en el ámbito de sus atribuciones, así como actuar jurídicamente en nombre de la misma cuando así lo determine el superior jerárquico, ante todas las instancias jurisdiccionales y administrativas de los tres niveles de gobierno;

II. Planear, organizar, dirigir, coordinar, ejecutar, evaluar y difundir

permanentemente los servicios que proporciona la Dirección;

III. Estimar, organizar, clasificar y distribuir el presupuesto, enfocado en el cumplimiento de las estrategias, planes, actividades y metas orientadas al óptimo funcionamiento de la Dirección;

IV. Cumplir y hacer cumplir lo establecido en la normatividad aplicable a

la Dirección, así como lo ordenado en los circulares, acuerdos, convenios y determinaciones emitidas y recibidas para su debida observancia;

V. Optimizar el desempeño de las unidades administrativas que integran

la Dirección, a través del diseño y mejora de los procesos y estrategias internas;

VI. Impulsar la capacitación y el desarrollo humano del personal que

integra la Dirección;

VII. Establecer los horarios de labores para el personal adscrito, de conformidad con las necesidades la Dirección;

VIII. Respetar y hacer respetar las políticas y lineamientos establecidos

para la administración y buen uso de los bienes y recursos materiales asignados a la Dirección, para el logro de sus objetivos;

IX. Acordar la representación, encargo del despacho y resolución de los

asuntos de la Dirección, en los supuestos de ausencia en su función por periodos menores a treinta días, cuya concesión recaerá en el jefe del área administrativa, en ausencia de éste, del jefe del área operativa en turno, y en ausencia de uno u otro, o bien, cuando la necesidad del trabajo o las circunstancias lo requieran, en el Mediador municipal designado;

En ausencias del Director de Mediación, mayores a treinta días, la designación del encargo en el despacho, deberá ser puesta en consideración y determinación del superior jerárquico;

X. Participar en la designación del jefe de las áreas administrativa,

operativa, técnica y Mediadores municipales, así como emitir sus consideraciones en la remoción de los mismos;

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XI. Efectuar las visitas programadas y las que resulten necesarias para

practicar una inspección, vigilancia y control de las unidades que integran la Dirección, a fin de constatar el buen funcionamiento y correcta integración de los expedientes e informes de cada área;

XII. Apercibir y, en casos urgentes o necesarios, levantar las actas

administrativas, y de ser procedente, denunciar y notificar a las autoridades competentes las faltas en el cumplimiento de la normatividad en que hayan incurrido los servidores públicos adscritos a la Dirección;

XIII. Ejecutar las medidas disciplinarias que hayan sido decretadas por la

autoridad administrativa competente a los servidores públicos de la Dirección;

XIV. Proponer al Director General de Gobierno, modificaciones o

adiciones al presente ordenamiento;

XV. Efectuar la difusión y divulgación permanente de los servicios que presta la Dirección;

XVI. Atender las quejas o peticiones ciudadanas sobre la prestación del

servicio de Mediación en sede municipal;

XVII. Gestionar la celebración de convenios de coordinación o colaboración con las distintas entidades públicas de los tres niveles de gobierno, en materia de Mediación y conciliación extrajudicial, así como para la debida vinculación en aquellos asuntos que les resulten competentes en el ámbito de sus jurisdicciones;

XVIII. Supervisar la integración de los informes que le sean requeridos

sobre el desempeño de las funciones y responsabilidades a cargo; y

XIX. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras disposiciones jurídicas vigentes.

Requisitos para la designación del jefe del área administrativa Artículo 9. Para ser jefe del área administrativa se requiere:

I. Ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y

políticos, o extranjero con autorización migratoria vigente para efectuar actividades remuneradas;

II. Tener por lo menos treinta años de edad cumplidos a la fecha de la

designación;

III. No haber sido condenado por delito doloso;

IV. No ser militar en servicio activo, ni ministro de ningún culto religioso, y no desempeñar, aún en calidad honorífica, ningún empleo, cargo o comisión que sea incompatible con la función de Mediación;

V. Ser de reconocida honradez;

VI. Contar con título de licenciatura, y una práctica profesional mínima de tres años, contados a partir de la fecha de expedición del título profesional; y

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VII. La designación de jefe del área administrativa se hará por el

Presidente Municipal a propuesta del Director de Mediación.

Atribuciones del jefe del área administrativa Artículo 10. Son atribuciones del área jefe del área administrativa, además

de las contenidas en el Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal de León, Guanajuato, las siguientes:

I. Poner en práctica las estrategias y actividades ordenadas por el Director de Mediación y superiores jerárquicos, orientadas al óptimo funcionamiento de la Dirección;

II. Cumplir y hacer cumplir lo establecido en la normatividad aplicable a

la Dirección, así como lo ordenado en los circulares, acuerdos, convenios y determinaciones emitidas y recibidas para su debida observancia;

III. Encauzar al personal para que cumpla con los objetivos, valores y

visión establecidos para la Dirección, promoviendo un ambiente de trabajo basado en el respeto y en la solidaridad;

IV. Sistematizar, organizar y disponer los procesos administrativos de la

Dirección, a fin de lograr la eficaz utilización del recurso humano, así como la correcta y efectiva distribución de los recursos materiales y financieros, para el eficiente funcionamiento de los servicios y la satisfacción de las necesidades de la dependencia;

V. Coordinar junto con el titular de la Dirección y la Coordinación

Administrativa de la Secretaría del H. Ayuntamiento, la estimación organización, clasificación y distribución del presupuesto asignado;

VI. Dar seguimiento a la ejecución presupuestal, para asegurarse de que

se esté ejerciendo de manera eficiente y programada;

VII. Coordinar el registro, control e inventario de los bienes asignados a la Dirección;

VIII. Realizar, en coordinación con el titular de la Dirección, la

programación, gestión, negociación, oficialización, obtención y ejecución de los recursos financieros de los programas y proyectos de la Dirección;

IX. Suplir la ausencia del Director de Mediación, previo acuerdo signado

por éste, debiendo informarle por escrito, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su encargo, todas aquellas acciones y providencias ejercidas en nombre de la Dirección, para la debida constancia. Así como apoyar al Director de Mediación en las funciones que le sean delegadas;

X. Verificar el registro de asistencia y salida de los Mediadores

municipales y demás personal en turno, así como el control de permisos, licencias, altas, bajas, ascensos, incapacidades y demás incidencias, con el objeto de informarlos de forma catorcenal a la superioridad administrativa;

XI. Concentrar y capturar el reporte de actividades, elaborado

quincenalmente por los Mediadores municipales, a fin de rendir un

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informe mensual al superior jerárquico y a los órganos competentes del gobierno municipal;

XII. Promover la capacitación y actualización que tiendan a fortalecer el

desarrollo de los servidores públicos adscritos a la Dirección;

XIII. Diseñar los procedimientos para la supervisión control y evaluación periódica del personal adscrito a la Dirección;

XIV. Coordinar la generación y envío de la correspondencia oficial, actas,

circulares, folletos informativos y demás documentos de la Dirección;

XV. Brindar apoyo en el proceso de Mediación cuando algún subordinado lo solicite, ya sea en funciones de supervisión o de intervención;

XVI. Efectuar la difusión y divulgación permanente de los servicios que

presta la Dirección;

XVII. Atender Solicitudes de Servicios de la ciudadanía;

XVIII. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia, las que le dicten los superiores jerárquicos y las que le resulten de las disposiciones legales correspondientes; y

XIX. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras

disposiciones jurídicas vigentes.

Requisitos para la designación del jefe del área técnica Artículo 11. Para ser jefe del área técnica se requiere:

I. Ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y

políticos, o extranjero con autorización migratoria vigente para efectuar actividades remuneradas;

II. Tener por lo menos treinta años de edad cumplidos a la fecha de la

designación;

III. No haber sido condenado por delito doloso;

IV. No ser militar en servicio activo, ni ministro de ningún culto religioso, y no desempeñar, aún en calidad honorífica, ningún empleo, cargo o comisión que sea incompatible con la función de Mediación;

V. Ser de reconocida honradez;

VI. Contar con título de licenciatura, y una práctica profesional mínima

de tres años, contados a partir de la fecha de expedición del título profesional; y

VII. La designación de jefe del área técnica se hará se hará por el

Presidente Municipal a propuesta del Director de Mediación.

Atribuciones del jefe del área técnica Artículo 12. Son atribuciones del jefe del área técnica las siguientes:

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I. Poner en práctica las estrategias y actividades ordenadas por el Director de Mediación y superiores jerárquicos, orientadas al óptimo funcionamiento de la Dirección;

II. Cumplir y hacer cumplir lo establecido en la normatividad aplicable a

la Dirección, así como lo ordenado en los circulares, acuerdos, convenios y determinaciones emitidas y recibidas para su debida observancia;

III. Encauzar al personal para que cumpla con los objetivos, valores y

visión establecidos para la Dirección, promoviendo un ambiente de trabajo basado en el respeto y en la solidaridad;

IV. Suplir la ausencia del Director de Mediación, previo acuerdo signado

por este, debiendo informarle por escrito, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su encargo, todas aquellas acciones y providencias ejercidas en nombre de la Dirección, para la debida constancia. Así como apoyar al Director de Mediación en las funciones que le sean delegadas;

V. Mediante la práctica de investigaciones empíricas, de campo y

documentadas, conocer las causas, índices conflictivos, parámetros, evaluaciones y medición de resultados, de los asuntos susceptibles de Mediación y los atendidos por la Dirección, así como el análisis y medición de los resultados para la toma de decisiones hacia futuros casos;

VI. Elaborar, en conjunto con el titular de la Dirección, y previa

aprobación de la superioridad, proyectos, programas y estrategias de vinculación con la ciudadanía, con otras áreas de la administración municipal, así como con dependencias y entidades de los tres niveles de gobierno;

VII. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, con los procedimientos

de elaboración de los proyectos de presupuesto de la Dirección;

VIII. Proponer procedimientos y métodos de trabajo que simplifiquen las tareas al interior de la Dirección, así como mantener informado al personal adscrito a la misma, acerca de las políticas, normas, procedimientos y decisiones de carácter administrativo y laboral;

IX. Someter a consideración del titular de la Dirección, las acciones

conducentes a mejorar los aspectos técnicos y normativos en la gestión de los proyectos;

X. Fungir como enlace con la Unidad Municipal de Acceso a la

Información Pública;

XI. Desarrollar estrategias de comunicación interna vinculadas al orden en el equipo y sitio de trabajo. En el mismo sentido, elaborar reportes sobre cualquier anomalía para su rápida atención;

XII. Auxiliar en la organización y desarrollo de las reuniones de trabajo,

entrevistas y eventos oficiales en los que participe el Director de Mediación o los Mediadores municipales, así como dar seguimiento a los acuerdos o compromisos alcanzados en las mismas;

XIII. Atender las actividades de difusión de los servicios de la Dirección,

en lo referente a:

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a) Platicas en colonias, escuelas, entre otros;

b) Seleccionar y definir los diseños y mensaje de los materiales de

comunicación que coadyuven a la promoción de la Dirección;

c) Elaborar y mantener un inventario de folletos y material de difusión; y

d) Dirigir el diseño, establecimiento y operación del portal internet

de la Dirección de Mediación, en coordinación con las Direcciones Generales de Desarrollo Institucional y de Comunicación Social.

XIV. Brindar apoyo en el proceso de Mediación cuando algún subordinado

lo solicite, ya sea en funciones de supervisión o de intervención;

XV. Efectuar la difusión y divulgación permanente de los servicios que presta la Dirección;

XVI. Atender Solicitudes de Servicios de la ciudadanía;

XVII. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su

competencia, las que le dicten los superiores jerárquicos y las que le resulten de las disposiciones legales; y

XVIII. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras

disposiciones jurídicas vigentes.

Requisitos para la designación del jefe del área operativa Artículo 13. Para ser jefe del área operativa de turno se requiere:

I. Ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y

políticos, o extranjero con autorización migratoria vigente para efectuar actividades remuneradas;

II. Tener por lo menos treinta años de edad cumplidos a la fecha de la

designación;

III. No haber sido condenado por delito doloso;

IV. No ser militar en servicio activo, ni ministro de ningún culto religioso, y no desempeñar, aún en calidad honorífica, ningún empleo, cargo o comisión que sea incompatible con la función de Mediación;

V. Ser de reconocida honradez;

VI. Contar con título de licenciatura, y una práctica profesional mínima de tres años, contados a partir de la fecha de expedición del título profesional; y

VII. La designación de jefe del área operativa se hará por el Presidente

Municipal a propuesta del Director de Mediación.

Atribuciones del jefe del área operativa Artículo 14. Son atribuciones del jefe del área operativa de turno las

siguientes:

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I. Poner en práctica las estrategias y actividades ordenadas por el

Director de Mediación, y superiores jerárquicos, orientadas al óptimo funcionamiento la Dirección;

II. Cumplir y hacer cumplir lo establecido en la normatividad aplicable a

la Dirección, así como lo ordenado en los circulares, acuerdos, convenios y determinaciones emitidas y recibidas para su debida observancia;

III. Encauzar al personal para que cumpla con la misión, visión, valores y

objetivos establecidos para la Dirección, promoviendo un ambiente de trabajo basado en el respeto y en la solidaridad;

IV. Suplir la ausencia del Director de Mediación, previo acuerdo signado

por este, debiendo informarle por escrito, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su encargo, todas aquellas acciones y providencias ejercidas en nombre de la Dirección, para la debida constancia. Así como apoyar al Director de Mediación en las funciones que le sean delegadas;

V. Supervisar que los Mediadores municipales se presenten a laborar

portando el uniforme que, en su caso se haya instituido, el cual deberá estar completo y aseado, en su defecto, vistan formal y decorosamente;

VI. Al inicio y conclusión de cada jornada laboral, ejecutar una

verificación que garantice el óptimo estado físico y mecánico, así como el adecuado abastecimiento de combustible de las unidades vehiculares, al igual que las correctas condiciones de uso y limpieza de los implementos de comunicación y apoyo administrativo, a fin de proceder a la asignación, registro de control y resguardo respectivo a los Mediadores municipales para el desempeño de sus funciones;

VII. Efectuar las revisiones ambientales y servicios mecánicos operarios de las unidades vehiculares, en los periodos y bajo las circunstancias establecidas por las autoridades competentes;

VIII. Elaborar y publicar, en coordinación con el Director de Mediación, el

rol de turnos para las jornadas laborales de los Mediadores municipales, así como la matrícula de comisiones para la representación de la Dirección en eventos oficiales, de acuerdo a las necesidades del servicio, conduciéndose en todo momento bajo el Principio de equidad;

IX. Proceder a la asignación y distribución proporcional de las

actividades diarias de la jornada entre los Mediadores municipales, derivadas de las solicitudes de atención, generadas por cualquiera de las vías de recepción;

X. Mantener permanentemente actualizado el respectivo control y

registro de abastecimiento de combustible para las unidades de traslado, a fin de informarlo de manera mensual a la superioridad administrativa;

XI. Elaborar con veracidad una bitácora diaria de las actividades, para

registro y control de los asuntos a cargo;

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XII. Efectuar un informe diario de actividades para poner en conocimiento de la superioridad los hechos suscitados en la jornada y las incidencias del personal a cargo;

XIII. Requerir al personal que cause baja, mediante la formalización de la

respectiva acta de entrega recepción, un informe de los asuntos a cargo y el estado que guardan los mismos, así como la entrega de credencial, equipo, uniforme, vehículo, información, documentación, materiales, valores, recursos que hayan sido puestos bajo su responsabilidad o custodia y demás implementos asignados para el desempeño del cargo;

XIV. Coadyuvar, en el ámbito de su competencia, con los procedimientos

de elaboración de los proyectos de presupuesto de la Dirección;

XV. Brindar apoyo en el proceso de Mediación cuando algún Mediador municipal lo solicite; ya sea de supervisión, de Mediación o intervención;

XVI. Efectuar la difusión y divulgación permanente de los servicios que

presta la Dirección;

XVII. Atender Solicitudes de Servicios de la ciudadanía;

XVIII. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia, las que le dicten los superiores jerárquicos y las que le resulten de las disposiciones legales en materia de responsabilidades de los servidores públicos; y

XIX. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras

disposiciones jurídicas vigentes.

Requisitos para designación de Mediador municipal Artículo 15. Para ser Mediador municipal se requiere:

I. Ser mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y

políticos, o extranjero con autorización migratoria vigente para efectuar actividades remuneradas;

II. Tener por lo menos veinticinco años de edad cumplidos a la fecha de

la designación;

III. No haber sido condenado por delito doloso;

IV. No ser militar en servicio activo, ni ministro de ningún culto religioso, y no desempeñar, aún en calidad honorífica, ningún empleo, cargo o comisión que sea incompatible con la función de Mediación;

V. Ser de reconocida honradez;

VI. Ser pasante o contar con título profesional de licenciatura en el área de humanidades; y

VII. La designación del Mediador Municipal se hará por el Presidente

Municipal a propuesta del Director de Mediación.

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Principios de actuación

Artículo 16. Los Mediadores Municipales, en el ejercicio de sus funciones se regirán por los principios de: legalidad, neutralidad, imparcialidad, equidad, ética, probidad, confidencialidad, eficacia, sencillez, celeridad, gratuidad y buena fe en la Autocomposición asistida.

Asimismo se conducirán con imprescindible respeto de los derechos humanos y garantías individuales de los interesados o involucrados.

Obligaciones de los Mediadores municipales Artículo 17. Son obligaciones de los Mediadores municipales las

siguientes:

I. Atender y participar en la Mediación, previa solicitud hecha por cualquier habitante del Municipio en forma personal, a través de cualquiera de las vías de contacto de la Dirección;

II. Respetar y hacer respetar dentro del ámbito de su competencia, las

garantías constitucionales y los derechos humanos establecidos a favor de los gobernados;

III. Efectuar la respectiva Invitación a la persona o personas cuya

intervención sea necesaria para la solución del conflicto;

IV. Vigilar que en el procedimiento de Mediación en el que se intervenga, no se afecten derechos de terceros, intereses de los menores o incapaces, o cuestiones de orden público;

V. Cerciorarse de que los interesados o involucrados tengan correcto

entendimiento del desarrollo y alcance de la Mediación desde su inicio hasta su conclusión;

VI. Abstenerse de efectuar el procedimiento de Mediación con aquellas

personas que se encuentren bajo el influjo de bebidas embriagantes, drogas o enervantes, que visiblemente se encuentren afectadas o perturbadas en sus facultades mentales, o bien, que por su condición de minoría de edad, no puedan obligarse. En los dos últimos supuestos, de ser posible, se procederá en términos de lo dispuesto por la normatividad aplicable en materia de menores e incapaces, a fin de atenderse con las personas que legítimamente los representen;

VII. Excusarse de conocer del procedimiento de Mediación en los casos

previstos por el presente ordenamiento;

VIII. Celebrar el convenio de confidencialidad con los Mediados;

IX. Mantener la confidencialidad de las actuaciones, a menos que el Principio de confidencialidad se vea relevado;

X. En aquellos casos que el Mediador municipal tenga conocimiento de

la posible comisión de un delito grave, cometido por cualquiera de los Mediados o en agravio de ellos, de menores e incapaces, de un tercero o el orden público, quedará eximido del deber de confidencialidad y, tan luego como sea posible, deberá participar de

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los hechos a la autoridad correspondiente, debiendo suspender y dar por concluido de forma inmediata el procedimiento de Mediación;

XI. Facilitar y procurar la comunicación directa, respetuosa y confidencial

entre los interesados y/o involucrados;

XII. Conducirse en los términos fijados en la Ley de Justicia Alternativa del Estado de Guanajuato, del presente reglamento y demás disposiciones contenidas en otras ordenanzas, manuales, circulares, oficios y acuerdos relativos al servicio de la mediación-conciliación extrajudicial;

XIII. Mostrar absoluta independencia en los asuntos en que intervenga;

XIV. Agotar los procedimientos conciliatorios antes de permitir que se

rompa el diálogo o que las partes se retiren;

XV. Asentar los registros correspondientes, en forma actualizada y ordenada, en los libros a que se refiere el presente reglamento;

XVI. Suplir la ausencia del Director de Mediación, previo acuerdo signado

por este, debiendo informarle por escrito, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a su encargo, todas aquellas acciones y providencias ejercidas en nombre de la Dirección, para la debida constancia. Así como apoyar al Director de Medicación en las funciones que le sean delegadas;

XVII. Efectuar la difusión y divulgación permanente de los servicios que

presta la Dirección; y

XVIII. Las demás que le señale el presente ordenamiento y otras disposiciones jurídicas vigentes.

Derechos del Mediador municipal Artículo 18. Serán inherentes a la función de Mediación los derechos

siguientes:

I. Recibir adiestramiento en materia de Mediación, así como de aquellas áreas del conocimiento necesarias para el óptimo desempeño de su función;

II. Percibir en los periodos acordados, un ingreso profesional, equitativo

y remunerador;

III. En caso de que resulte aplicable, obtener al ingreso de su labor a la Dirección, o en el menor tiempo posible a ello, el uniforme respectivo;

IV. Recibir al inicio de su jornada y en buen estado, los implementos de

apoyo administrativo, de comunicación y de traslado que le sean precisos para el óptimo desempeño de su función;

V. En el desarrollo de los procedimientos de Mediación, sean

efectuados en sede o en campo, a criterio del Mediador municipal, tener la facultad de suspender o cancelar el procedimiento, si no se garantizan las providencias mínimas de seguridad personal; y

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VI. Contar en todo momento con el auxilio necesario e inmediato por parte de las corporaciones de seguridad pública, salud, protección civil, de apoyo mecánico y vialidad, en los casos en que:

a) Peligre su integridad física;

b) Haya resultado lesionado en su labor;

c) Durante el desempeño de su actividad, se causen daños a las

unidades o les resulte algún desperfecto grave en su funcionamiento; y

d) En aquellos casos que, durante el ejercicio de sus funciones, se

presenten acciones provocadas por personas, vehículos u objetos que impidan la libre circulación de vehículos o transeúntes.

Prohibiciones de los Mediadores Municipales Artículo 19. Son prohibiciones para los Mediadores Municipales las

siguientes:

I. Maltratar u ofender, ya sea de hecho o de palabra, a las personas que por cualquier causa acudan o se presenten ante ellos;

II. Solicitar o aceptar dádivas por sus servicios, por sí o por interpósita

persona, con motivo o a consecuencia de sus intervenciones en el proceso de Mediación;

III. Valerse de su cargo para obtener beneficios adicionales o superiores

a aquellos a que tenga derecho, sea para sí o para cualquiera de las personas que se mencionan en el apartado referente a impedimentos y causales de excusa para intervenir en una Mediación;

IV. Representar, patrocinar o constituirse en gestores de alguna de las

partes en conflicto;

V. Fungir como testigo en cualquier tipo de proceso posterior en el que participen los Mediados, o bien, con un tercero, en el que deba declarar sobre los hechos que haya conocido en el curso del procedimiento de Mediación;

VI. Asentar informes o hechos falsos, así como omitir datos en las

minutas de sus intervenciones;

VII. Proporcionar sin autorización expresa de las partes la información que éstas le hubieren confiado;

VIII. Presentarse al desempeño del servicio bajo los efectos de bebidas

alcohólicas y/o sustancias tóxicas, o bien, ingerir o hacer uso de las mismas durante su jornada laboral;

IX. Retirarse o abandonar el servicio o comisión sin permiso o causa

plenamente justificada;

X. Distraer su atención o el uso de los implementos administrativos, de comunicación y de traslado, en asuntos particulares, o bien, para beneficio de cualquiera de las personas que se mencionan en el apartado referente a impedimentos y causales de excusa, durante su

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jornada o aún fuera de ella;

XI. Usar uniforme, credencial, emblema y en general cualquier parte o pieza de su equipo de trabajo cuando se encuentre fuera del servicio. En su caso, combinar su uniforme oficial con prendas, divisas o insignias de civil, ya sea que esté franco o de servicio, o bien, efectuar sobre el mismo todo tipo de modificación en contravención a lo dispuesto por el presente ordenamiento y a la imagen oficial;

XII. Introducirse a domicilios particulares sin previa autorización del propietario, poseedor o morador del inmueble;

XIII. Obedecer o decretar órdenes que constituyan una prohibición

normativa, falta o responsabilidad administrativa, o que sean constitutivos de delito;

XIV. Prestar seguridad o protección en actividades propias de particulares

o ilícitas;

XV. Incurrir en cualquier otra conducta que derive en el incumplimiento de los deberes inherentes a su función; y

XVI. Las demás que les señale el presente ordenamiento y otras

disposiciones jurídicas vigentes. En cualquiera de los supuestos anteriores, el superior jerárquico inmediato

o el que le siga en responsabilidad, procederá en los términos que dicte la normatividad en materia de responsabilidad administrativa de los servidores públicos.

Impedimentos Artículo 20. Los Mediadores municipales estarán impedidos y deberán

excusarse para intervenir en el procedimiento de Mediación, cuando:

I. Tengan parentesco por consanguinidad o afinidad sin limitación de grado, con cualquiera de las partes, o en su caso, con los representantes legales de la mismas;

II. Tengan interés personal directo o indirecto en el conflicto;

III. Alguna de las partes o sus representantes hayan sido denunciante, querellante o acusador del funcionario conciliador o de su cónyuge, o se haya constituido en parte en un proceso penal, seguido contra cualquiera de ellos;

IV. Sea socio, arrendatario, trabajador, patrón o dependiente económico

de alguna de las partes o de sus representantes;

V. Sea o haya sido tutor o curador, estar o haber estado bajo la tutela o curatela de las partes o de sus representantes;

VI. Sea deudor, acreedor, heredero o legatario de cualquiera de las

partes o de sus representantes;

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VII. Se guarde una condición de amistad o enemistad con alguna de las partes, o cualquier otra circunstancia que afecte su imparcialidad; y

VIII. Las demás que les señale el presente ordenamiento y otras

disposiciones jurídicas vigentes.

Forma de presentación del impedimento Artículo 21. Si el Mediador municipal se encontrase en alguno de los

supuestos antes mencionados, deberá de inmediato levantar escrito excusatorio expresando la causa del impedimento, para que se turne el procedimiento de Mediación al conocimiento de otro, a más tardar al día siguiente hábil.

Capítulo III Procedimiento de Mediación

Inicio del procedimiento de Mediación

Artículo 22. La instauración del procedimiento de Mediación, será promovida por instancia de parte interesada, a través de cualquiera de los medios siguientes:

I. Por comparecencia voluntaria del interesado a las instalaciones de la

Dirección;

II. Por reporte recibido a través del teléfono de emergencia 066;

III. Por petición recibida a través de los teléfonos de contacto;

IV. Solicitud por escrito; y

V. Por captación de solicitudes derivadas de actividades de difusión y vinculación con dependencias y entidades municipales y paramunicipales, así como por la inclusión de la Dirección en programas gubernamentales.

La solicitud ciudadana deberá contener el nombre y domicilio del Solicitante

del servicio, así como de la persona o personas con quienes tiene la desavenencia o les atribuye la responsabilidad del acto de molestia, infracción o delito, en su defecto, los datos y elementos para lograr su plena identificación y localización, así como señalar de manera detallada los hechos que motiven su solicitud.

En todos los supuestos anteriores, los involucrados en el conflicto deberán

ser plenamente identificados e identificables, ya que por la naturaleza del procedimiento, no se iniciará trámite alguno en la clandestinidad o anonimato de las partes.

El incumplimiento de estos requisitos dará motivo para tener por no efectuada la solicitud, razón por la cual, se requerirá por una sola vez al Solicitante del servicio, para que en un plazo no mayor a tres días naturales, subsane la omisión de identidad, propia o de su contraparte, por lo que, de persistir ésta, se desechará de plano la petición.

Desarrollo del procedimiento de Mediación

Artículo 23. En el desarrollo del proceso de Mediación se observarán las etapas siguientes:

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I. Solicitud del Servicio. Petición formal de intervención de la Dirección, en los términos, cualidades y modalidades descritas en el presente Reglamento;

II. Análisis previo al Proceso de Mediación. En el momento que el

Solicitante proporcione los pormenores del asunto que plantea, se examinará la controversia y se determinará si la naturaleza de ésta permite ser resuelta a través de estos medios. En caso de que éste sea mediable, se asignará un número de expediente y se procederá a recabar los datos completos del Solicitante y su Invitado. Acto seguido, se informará ampliamente al Solicitante sobre la naturaleza, ventajas y finalidades del proceso de Mediación;

III. Invitación a mediar. Aceptado el procedimiento, el Mediador

Municipal designado se constituirá en el menor tiempo posible en el domicilio del Invitado, de acuerdo a los datos proporcionados por el Solicitante, a fin de invitarlo a dirimir la controversia que tiene con el Solicitante;

La Invitación deberá contener como mínimo los siguientes

elementos:

a) Nombre y domicilio del Invitado; b) Nombre del Solicitante;

c) Nombre y firma del Mediador o Mediadores Municipales a cargo

del asunto; y

d) Lugar, fecha y hora en que habrá de desarrollarse la Audiencia de Mediación.

De no encontrarse el Invitado o persona alguna en el domicilio, y quien atiende no cumpla la mayoría de edad, fijará nueva fecha y hora para acudir, a fin de asegurarse que el documento sea recibido por el destinatario. Si no se tiene respuesta positiva, el Mediador municipal buscará efectuar una segunda y hasta una tercera visita para efectuar la Invitación, siempre y cuando dichas acciones no afecten la libre voluntad de decisión. Sí el Invitado no acepta la convocatoria a mediar, se hará constar por escrito su negativa y se procederá a la conclusión del expediente por dicha causa. Acto seguido, se dará conocimiento a la parte Solicitante para que proceda conforme a sus intereses.

IV. Audiencia o Sesión de Mediación. Aceptada la Invitación a mediar, se

establece lugar, fecha y hora para llevar a cabo una audiencia de Mediación, en la cual se deberán observar los principios básicos siguientes:

a) Presentación del o los Mediadores municipales y de los Mediados; b) Descripción del proceso de Mediación y del rol del mediador

municipal, de los principios y protocolos que rigen el proceso, así como las reglas para facilitar el diálogo;

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c) La formalización del convenio de confidencialidad con los Mediados; y

d) Exposición respetuosa y fluida del problema, por cada una de las

partes.

V. Etapa final o conclusiva. El trámite de Mediación concluirá:

a) Por convenio en donde se resuelva total o parcialmente el conflicto;

b) En caso de que alguno de los Mediados, sus asesores o

acompañantes, realice un comportamiento irrespetuoso o agresivo y no acepte ofrecer disculpas a su contraparte o al mediador, con las cuales pueda superarse esa situación;

c) Por decisión de uno de los Mediados; d) Por una inasistencia injustificada de ambos Mediados a alguna

sesión de Mediación, o por dos inasistencias injustificadas de uno de ellos;

e) Por la negativa de los Mediados para la suscripción del

convenio en los términos del presente Reglamento; f) Por resolución del Director de Mediación o del jefe del área

operativa de turno, cuando habiéndose consumado el término concedido al Solicitante del servicio, para proporcionar los datos de identificación de la persona o personas con la que tiene la diferencia; dicha condición no haya sido completamente solventada;

g) Por resolución del Director de Mediación o del jefe del área

operativa de turno, cuando habiéndose procurado íntegramente la autocomposición de los Mediados, se desprenda en su postura y proceder, que no existe voluntad para llegar a un arreglo; y

h) Por resolución del Director de Mediación o del jefe del área

operativa de turno, cuando habiéndose efectuado diligencias encaminadas a corroborar la plena identificación, localización y veracidad de los hechos expuestos en el presente conflicto, no ha sido posible dar trámite alguno al procedimiento en virtud de tratarse de un reporte falso.

Efectos del convenio Artículo 24. El convenio celebrado entre los Mediados ante la Dirección,

como instrumento jurídico elaborado con las formalidades que señala la ley, será válido y exigible en sus términos.

Si no es posible alcanzar un acuerdo, o bien, se logra una solución parcial al conflicto, o habiéndose pactado una solución, ésta se incumple en definitiva, quedarán a salvo los derechos de los involucrados, o en su caso, aquellos sobre los que no se haya efectuado convenido.

Incumplimiento de convenio y Re-mediación Artículo 25. Ante el incumplimiento parcial o total de un convenio celebrado

por los Mediados, o ante el cambio de las circunstancias que dieron origen a su

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celebración, de ser voluntad de los Mediados, éstos podrán utilizar la re–mediación en la propia Dirección, con la apertura del expediente respectivo, para elaborar un convenio modificatorio o construir uno nuevo.

La re–mediación se llevará a cabo, en lo conducente, utilizando las mismas

reglas que, para la Mediación, establece este Reglamento.

Ante la negativa a la Re-mediación y persistan los actos que le dieron origen al procedimiento, constitutivos de faltas o infracciones administrativas, la parte interesada podrá comparecer por escrito ante la Dirección General de Oficiales Calificadores, para que, en ejercicio de sus atribuciones, proceda a la respectiva calificación, o bien, deberá hacer de conocimiento de la instancia de procuración de justicia, tratándose de delitos, o en su caso, ante el Juez competente.

Capítulo IV Derechos y obligaciones

de los Mediados

Derechos de los ciudadanos sujetos a proceso de Mediación Artículo 26. Los Mediados tendrán en los procedimientos los siguientes

derechos:

I. Solicitar la intervención de la Dirección, en los términos del presente Reglamento;

II. Que se le asigne un mediador municipal;

III. Solicitar al Director de Mediación por escrito el cambio de mediador,

explicando sus motivos;

IV. Intervenir personalmente en las sesiones de Mediación que correspondan, en las cuales podrá ser asistido por abogado o persona de confianza, quienes en ningún momento representarán o sustituirán al mediado;

V. Allegarse por sus propios medios, de la asistencia técnica o

profesional que consideren requerir para facilitar la búsqueda de soluciones;

VI. Solicitar al mediador fije fecha y hora para la audiencia de Mediación

o continuar con el procedimiento, en caso de que no haya bastado una sola sesión;

VII. Solicitar la reprogramación de la sesión de Mediación, en caso de

fuerza mayor que le impida asistir; y

VIII. Renunciar o pedir que se suspenda o concluya el trámite de Mediación en cualquier tiempo.

Obligaciones de los ciudadanos sujetos a proceso de Mediación Artículo 27. Los Mediados tendrán en el procedimiento, las siguientes

obligaciones:

I. Mantener la confidencialidad de la información propia, de su contraparte y de la totalidad de los asuntos tratados en el procedimiento de Mediación en el que participe;

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II. Respetar la fecha y hora acordada para las sesiones de Mediación,

así como confirmar y asistir puntualmente a las mismas;

III. Participar personalmente en las sesiones de Mediación;

IV. Conservar una conducta respetuosa, tolerante y cortés durante la Mediación, tanto para su contraparte, asesores o acompañantes, como para el mediador municipal y demás personal que integra la Dirección;

V. Suscribir el convenio o acuerdo al que se haya llegado, previa

aceptación; y

VI. Cumplir con los compromisos asumidos en el convenio.

Resguardo de información en los procesos de Mediación

Artículo 28. Queda a cargo de los servidores públicos adscritos a la Dirección, el vigilar el adecuado manejo y conservación de la documentación que se genere y procese en el mismo de conformidad con la normatividad en la materia.

Integración de los expedientes del proceso de Mediación

Artículo 29. Los expedientes deberán contener, por lo menos, los siguientes documentos:

I. Acuerdo de confidencialidad;

II. Comparecencia o documento que justifique el inicio del procedimiento y el correspondiente acuerdo de Inicio e Invitación;

III. Invitaciones que se hubieren practicado, y en caso de resultar

positiva, la constancia que acredite la práctica de la audiencia inicial con el Invitado;

IV. Reportes de visita;

V. Copia de documentos que acrediten la representación de personas

morales;

VI. Las constancias que los participantes hayan ofrecido como sustento a su dicho;

VII. El acuerdo total o parcial a que hubiere arribado y su respectivo

convenio firmado por los involucrados, o en su caso, el acuerdo que justifique la conclusión del procedimiento; y

VIII. Las demás documentaciones que se consideren necesarias para la

integración del expediente o del convenio.”

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Segundo. Se derogan los artículos 10 fracción X, y el Capítulo Décimo Primero del Título Segundo, denominado “De la coordinación de oficiales del mediación” el cual comprende los artículos del 49-H al 49-Ñ; todos del Reglamento Interior de la Dirección General de Policía Municipal de León, Guanajuato, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato número 50, Segunda Parte, de fecha 28 de marzo del 2003, para quedar en los términos siguientes:

“Artículo 10.- Para el ejercicio…

I. a IX. …

X. Derogada; y,

XI. …

CAPÍTULO DÉCIMO PRIMERO DE LA COORDINACIÓN DE OFICIALES DE MEDIACIÓN

Derogado

Artículo 49 H.- Derogado Artículo 49 I.- Derogado Artículo 49 J.- Derogado Artículo 49 K.- Derogado

Artículo 49 L.- Derogado Artículo 49 M.- Derogado Artículo 49 N.- Derogado Artículo 49 Ñ.- Derogado”

Artículo transitorio

Único. El presente acuerdo, entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato.

SEGUNDO.- Publíquese el presente acuerdo en el Periódico Oficial

del Gobierno del Estado de Guanajuato, para los efectos del artículo

240 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Guanajuato. En

uso de la voz, la Presidenta manifiesta que conforme a derecho la

presente propuesta requiere para su aprobación mayoría calificada,

por lo que la votación deberá ser nominal, asimismo, siguiendo el

procedimiento de ley primero someterá a consideración la anterior

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CONSULTA

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propuesta en lo general, para posteriormente analizarla en lo

particular, en el entendido de que los artículos que no sean reservados

se tendrán por aprobados en lo particular. Por lo anterior, la Presidenta

somete a la consideración del Honorable Ayuntamiento, en lo general,

el Reglamento Interior de la Dirección de Mediación del Municipio de

León, Guanajuato, en los términos que se ha dado lectura, mismo que

queda aprobado por unanimidad y al no haber reservas en lo particular

se tiene por aprobado en dicho sentido.

En el punto V del Orden del Día, la Presidenta manifiesta que se

presenta la propuesta para enviar al Honorable Congreso del Estado

las observaciones y aportaciones técnico-jurídicas respecto a la

Iniciativa de Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del

Estado de Guanajuato, por lo que solicita al Presidente de la Comisión

de Gobierno, Régimen Interior y Seguridad Pública, se sirva dar

lectura a la misma. En uso de la voz, el Regidor Contador Público

Aurelio Martínez Velázquez, da lectura al dictamen (se agrega al

apéndice del acta) que contiene la siguiente propuesta: ÚNICO.- Para

efectos del último párrafo del artículo 56 de la Constitución Política

para el Estado de Guanajuato, envíese la respuesta correspondiente

al oficio circular número 237, suscrito por los diputados Luis Felipe

Luna Obregón y Galo Carrillo Villalpando Presidente y Secretario

respectivamente de la Comisión de Justicia de la Sexagésima

Segunda Legislatura del H. Congreso del Estado de Guanajuato,

mediante el cual se remitió a este H. Ayuntamiento la iniciativa de

Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado

de Guanajuato, con el objeto de reconocer los derechos de niñas,

niños y adolescentes, así como garantizar el ejercicio, respeto y

promoción de los derechos de los mismos. Lo anterior a fin de

manifestar las observaciones y aportaciones técnico- Jurídicas que se

señalan en el anexo único que forma parte del presente acuerdo, las

cuales contribuirán a enriquecer el contenido de la iniciativa de

referencia y que a continuación se insertan:

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A) En relación al artículo 4:

El artículo 4 implanta en el cuerpo del documento diversos conceptos, con la

finalidad de dar mayor claridad a las obligaciones de quienes ejercen la patria

potestad, tutela, guarda y custodia de las niñas, niños y adolescentes se sugiere

agregar los siguientes:

Familia de origen: Aquélla compuesta por titulares de la patria potestad, tutela,

guarda o custodia, respecto de quienes niñas, niños y adolescentes tienen

parentesco ascendente hasta segundo grado.

Familia extensa o ampliada: Aquélla compuesta por los ascendientes de niñas,

niños y adolescentes en línea recta sin limitación de grado, y los colaterales hasta el

cuarto grado.

Familia de acogida: Aquélla que cuente con la certificación de la autoridad

competente y que brinde cuidado, protección, crianza positiva y la promoción del

bienestar social de niñas, niños y adolescentes por un tiempo limitado hasta que se

pueda asegurar una opción permanente con la familia de origen, extensa o adoptiva.

Familia de acogimiento pre-adoptivo: Aquélla distinta de la familia de origen y

de la extensa que acoge provisionalmente en su seno niñas, niños y adolescentes

con fines de adopción, y que asume todas las obligaciones en cuanto a su cuidado y

protección, de conformidad con el principio de interés superior de la niñez.

Es importante hacer mención de estos conceptos, que a pesar de no ser

objeto de la iniciativa son parte fundamental para la comprensión de las instituciones

jurídicas materia de la iniciativa.

B) En relación al artículo 13:

Establece las atribuciones de la Secretaría de Salud, entre las que se

encuentran garantizar el derecho a la salud, nutrición, educación sexual, atención

respetuosa durante el embarazo, atender las enfermedades respiratorias entre otras.

Por la importancia de estimular el desarrollo social e intelectual que influye en

toda la vida del individuo se sugiere agregar una fracción en donde dicha

dependencia se identifique como responsable de promover, impulsar, diseñar e

implementar programas de Estimulación Múltiple Temprana.

Toda vez que la estimulación temprana sirve para desarrollar los niveles de

adelanto primario del niño y desde un punto de vista neurológico pueda desarrollarse

de forma óptima, por lo cual con esta obligación se podrían garantizar plenamente los

derechos de las niñas, niños y adolescentes.

C) En relación a lo establecido en el artículo 19 relacionado a las

atribuciones de los municipios, se propone además de estipulado se

pueda incluir:

Difundir y aplicar los protocolos específicos sobre niñas, niños y adolescentes.

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Auxiliar a la Procuraduría Estatal de Protección en las medidas urgentes de

protección que ésta determine, y coordinar las acciones que correspondan en

el ámbito de sus atribuciones.

Conformar una Comisión de Niñez y Adolescencia como parte del H.

Ayuntamiento.

Es importante difundir los protocolos sobre los derechos de los niños y las

niñas para que todos los niveles de gobierno actúen de manera correcta en cada

caso relacionado con ellos, aunado a la importancia de ser conocido por la población.

D) En relación al artículo 31:

Se establece la creación de los Sistemas Municipales de Protección mas no

así de sus atribuciones, por lo anterior se sugiere definir las atribuciones del mismo ya

que el Sistema Estatal de Protección si lo establece.

Acto seguido, la Presidenta somete a la consideración del Honorable

Ayuntamiento la propuesta a la que se ha dado lectura, misma que

queda aprobada por unanimidad.

En el punto VI del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico Contador

Público José Eugenio Martínez Vega, da lectura al Informe de la

Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública, relativo a los

Estados Financieros del mes de diciembre de 2014 (se agrega al

apéndice del acta), que comprende los renglones de Ingresos,

Impuestos, Derechos, Aprovechamientos, Participaciones y otros

Ingresos, así como los rubros de Egresos; todos del mes y año en

comento, mismos que a continuación se insertan:

H. AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE ACTIVIDADES PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2014

DICIEMBRE SALDO ACUMULADO

INGRESOS Y OTROS BENEFICIOS IMPUESTOS 46,505,109 841,540,772

CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 38 141,138

DERECHOS 23,763,416 208,032,976

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PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 4,171,641 51,654,685

APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 19,578,915 191,422,710

PARTICIPACIONES 110,907,312 1,431,034,949

APORTACIONES 62,120,767 938,040,108

CONVENIOS 100,598,639 390,134,129

OTROS INGRESOS 0 4,574,715

Total de Ingresos 367,645,837 4,056,576,182

GASTOS Y OTRAS PERDIDAS SERVICIOS PERSONALES 211,583,249 1,401,661,321

MATERIALES Y SUMINISTROS 23,983,739 188,919,824

SERVICIOS GENERALES 197,358,973 822,762,171

TRANSFERENCIAS, ASIG, SUBSIDIOS Y OTRAS AYUDAS 80,619,760 596,454,350

INTERESES, COMIS Y OTS GTOS DE DEUDA PUBLICA 4,844,945 64,774,340

OTROS GASTOS Y PERDIDAS EXTRAORDINARIAS 4,117,931 13,754,750

INVERSION PÚBLICA NO CAPITALIZABLE 37,978,957 37,978,957

Total de Egresos y Otras Pérdidas 560,487,554 3,126,305,713

Ahorro/desahorro Neto del Ejercicio -192,841,717 930,270,469

H AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE USO DE EFECTIVO

PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014

SALDO INICIAL EN BANCOS E INVERSIONES

1,397,714,920

ORIGEN DE EFECTIVO:

INGRESOS:

IMPUESTOS 46,505,110 CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 38 DERECHOS 23,763,417 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 4,171,642 APROVECHAMIENTOS DE TIPO CORRIENTE 19,578,915 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS 273,626,718

INGRESOS:

367,645,839

MOVIMIENTOS ACREEDORES

DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A CORTO PLA 874,699

DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 35,508,802

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SERV PERSONALES POR PAGAR A CORTO PLAZO 4,068,835

PROVEEDORES POR PAGAR A CORTO PLAZO 127,481,477

RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR A CP 13,753

RET DEL SIST DE SEG SOCIAL P PAGAR A CP 17,392,472 IMP S NOM Y Q DERV D REL LAB P PAG A

CP 3,307,897 DONACIONES DE CAPITAL 52,267,114 OTS DER A RECIBIR EFE O EQUIVA A CP 11,103 CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS POR

PAGA 24,879,855

265,806,008 633,451,847 TOTAL DE INGRESOS:

2,031,166,767

Uso de efectivo: SERVICIOS PERSONALES 211,583,249

MATERIALES Y SUMINISTROS 23,983,739 SERVICIOS GENERALES 197,358,973 TRANS ASIG SUBSIDIOS Y OTS AYUDAS 80,619,761 DEUDA PUBLICA 4,844,945 OTROS GASTOS Y PERDIDAS

EXTRAORDINARIAS 4,117,932 INVERSION PÚBLICA 37,978,957

Total de egresos:

560,487,556 MOVIMIENTOS DEUDORES

CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO 4,168,471 INVENTARIOS 8,375,556 ACTIVO NO CIRCULANTE 211,130,602 RESULTADO DEL EJER

AHORRO/DESAHORRO 89,742,144

313,416,773

TOTAL DE EGRESOS:

873,904,329

SALDO FINAL EN BANCOS E INVERSIONES:

1,157,262,437

H AYUNTAMIENTO DE LEÓN

ESTADO DE USO DE EFECTIVO

PERIODO COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014

SALDO INICIAL EN BANCOS E INVERSIONES

1,092,735,805

ORIGEN DE EFECTIVO: INGRESOS:

IMPUESTOS 841,540,773

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CONTRIBUCIONES DE MEJORAS 141,138 DERECHOS 208,032,977 PRODUCTOS DE TIPO CORRIENTE 51,654,686 APROVECHAMIENTOS DE TIPO

CORRIENTE 191,422,710 TRANSFERENCIAS, ASIGNACIONES,

SUBSIDIOS 2,759,209,186 OTROS INGRESOS 4,574,715

INGRESOS:

4,056,576,185

MOVIMIENTOS ACREEDORES

DEUDORES DIVERSOS POR COBRAR A CORTO PLA 196,495

INVENTARIOS 29,471 RET DEL SIST DE SEG SOCIAL P PAGAR A

CP 39,411,584 IMP S NOM Y Q DERV D REL LAB P PAG A

CP 2,258,646 DEUDA PUBLICA A LARGO PLAZO 576,202,310 DONACIONES DE CAPITAL 285,251,622 CONTRATISTAS POR OBRAS PÚBLICAS

POR PAGA 29,593,744

932,943,873 4,989,520,058 TOTAL DE INGRESOS:

6,082,255,863

Uso de efectivo: SERVICIOS PERSONALES 1,401,661,321

MATERIALES Y SUMINISTROS 188,919,824 SERVICIOS GENERALES 822,762,172 TRANS ASIG SUBSIDIOS Y OTS AYUDAS 596,454,351 DEUDA PUBLICA 64,774,340 OTROS GASTOS Y PERDIDAS

EXTRAORDINARIAS 13,754,751 INVERSION PÚBLICA 37,978,957

Total de egresos:

3,126,305,716 MOVIMIENTOS DEUDORES

CUENTAS POR COBRAR A CORTO PLAZO 4,686,511 DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS 31,616,640 INVENTARIOS 21,310,765 ACTIVO NO CIRCULANTE 1,378,991,498 SERV PERSONALES POR PAGAR A CORTO

PLAZO 4,250 PROVEEDORES POR PAGAR A CORTO

PLAZO 27,489,557 RETENCIONES DE IMPUESTOS POR PAGAR

A CP 614,314 OTRAS RETENCION Y CONTRIB POR

PAGAR A CP 8,052,676 PORCION A CORTO PLAZO D LA DEUDA

PUB INT 78,058,475 OTRAS PROVISIONES A CORTO PLAZO 4,641,759

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PROVISIONES A LARGO PLAZO 37,208,194 RESULTADO DEL EJER

AHORRO/DESAHORRO 205,813,220 OTS DER A RECIBIR EFE O EQUIVA A CP 31,818 ESTIMACIÓN POR PÉRDIDA O DETERIORO

DE AC 165,626 FOND Y BIEN D TERC N GARANT

Y/OADMON CP 2,405

1,798,687,709

TOTAL DE EGRESOS:

4,924,993,425

SALDO FINAL EN BANCOS E INVERSIONES:

1,157,262,437

H. AYUNTAMIENTO DE LEON

ESTADO DE SITUACION FINANCIERA AL 31 DE DICIEMBRE DEL 2014

ACTIVO

CIRCULANTE

1,395,037,079

FONDO FIJO

807,000

BANCOS

1,007,279,976

INVERSIONES

149,175,462

DERECHOS A RECIBIR EFECTIVO O EQUIVALENTES

6,363,371

ANTICIPO A PROVEEDORES

15,937,996

ANTICIPO A CONTRATISTAS POR OBRA PUBLICA

160,792,841

ALMACEN

54,680,433

NO CIRCULANTE

13,629,076,631

INVERSIONES FINANCIERAS A LARGO PLAZO

36,093,503

(Estimación para cuentas incobrables) -

17,429,136

OBRA EN PROCESO EN BIENES DE DOMINIO PUBLICO

2,342,973,050

OBRA EN PROCESO EN BIENES PROPIOS

90,196,164

ACTIVOS FIJOS

11,108,798,308

ACTIVOS INTANGIBLES

48,999,158

OTROS DERECHOS A RECIBIR BIENES O SERVICIOS

16,858,283

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

33

VALORES EN GARANTIA

2,587,301

TOTAL ACTIVO

15,024,113,710

PASIVO

A CORTO PLAZO

282,329,515

CUENTAS POR PAGAR A CORTO PLAZO

210,784,100

RET Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR A CORTO PLAZO

71,545,415

A LARGO PLAZO

1,445,358,664

CUENTAS POR PAGAR A LARGO PLAZO

21,922,306

OTROS DOCUMENTOS POR PAGAR A LARGO PLAZO

21,865,463

PORCION A LARGO PLAZO DE LA DEUDA PUBLICA INTERNA

1,401,570,895

TOTAL DE PASIVO

1,727,688,179

PATRIMONIO

PATRIMONIO DEL EJERCICIO

930,270,472

PATRIMONO EJERCICIOS ANTERIORES

581,118,155

PATRIMONIO BIENES MUEBLES E INMUEBLES

11,785,036,906

TOTAL DE PATRIMONIO

13,296,425,531

TOTAL DE PASIVO Y PATRIMONIO

15,024,113,710

Por lo anterior, la Presidenta solicita al Cuerpo Edilicio que en los

términos previstos por los artículos 37 y 55 del Reglamento Interior del

H. Ayuntamiento de León, Guanajuato, se sirva autorizar la

comparecencia del Contador Público Roberto Pesquera Vargas,

Tesorero Municipal, para que realice una breve exposición sobre el

informe relativo a los Estados Financieros del mes de diciembre del

año 2014; misma que queda aprobada por unanimidad. En

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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consecuencia, comparece el citado Tesorero Municipal, quien da una

breve explicación al pleno del Honorable Ayuntamiento de la situación

financiera que guarda la Administración Municipal, manifestando entre

otros aspectos, que el total de ingresos ascendió a la cantidad de

$367´645,837, y por concepto de egresos y otras pérdidas a la

cantidad de $560´487,554.

En el punto VII del Orden del Día. En uso de la voz el Síndico

Contador Público José Eugenio Martínez Vega, da lectura al dictamen

de la Comisión de Hacienda, Patrimonio y Cuenta Pública (se agrega

al apéndice del acta), que contiene la siguiente propuesta: PRIMERO.-

Se aprueba la primera modificación del Programa de Inversión Pública

para el Municipio de León, Guanajuato, para el ejercicio fiscal 2015 en

el mes de enero, en los términos del documento que como anexo

forma parte integral del presente acuerdo y que a continuación se

inserta:

PRIMERA MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN 2015, ENERO 29, 2015.

DESGLOSE DE ORIGEN DE RECURSOS

Concurrencias

MUNICIPAL

FEDERAL

NOMBRE PROYECTO / PROGRAMA

Primera Modificación Presupuestal

Total Programa de Inversión al 29 de Enero de

2015

RAMO 33

OTRO

FAISM FAFM

OBRA PROGRAMA OBRA PROGRAMA OBRA PROGRAMA OBRA PROGRAMA

PATRONATO DE BOMBEROS

Adquisición de motobombas de ataque de incendios con capacidad de mas de 30 pisos de altura.

$ 3,000,000.00

$3,000,000.00

TOTAL BOMBEROS $ -

$ 3,000,000.00

$0.00 $3,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

COMUDE-León

Masificación de la Actividad Física

$ 100,000.00

$100,000.00

Sistema de Competencias Deportivas

$ 300,000.00

$300,000.00

Becas de Alto Rendimiento

$ 300,000.00

$300,000.00

Etapa Municipal, Estatal y Nacional de la Olimpiada

$ 200,000.00

$200,000.00

Maratón de la Ciudad de León y Organización de Eventos de Alto Impacto Deportivo

$ 200,000.00

$200,000.00

Sistemas de Riego para Áreas Verdes en Unidades Deportivas y Empastado de Campos

$ 1,300,000.00

$1,300,000.00

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35

Mantenimiento a Unidades Deportivas

$ 2,219,346.56

$100,000.00 $2,119,346.56

Equipamiento de Espacios Deportivos

$ -

Centro de Capacitación Municipal del Deporte - Congreso Internacional de Deporte Municipal

$ -

Haz un Alto y Muévete

$ 100,000.00

$100,000.00

Remodelación de canchas, deportivos y minideportivas (PEF)

$ 3,374,000.00

$3,374,000.00

Rehabilitación deportiva Duarte (PEF)

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Parques de la salud, Implementación de circuitos de acondicionamiento Físico

$ 6,100,000.00

$5,350,000.00 $750,000.00

TOTAL COMUDE-León

$ -

$ 15,193,346.56

$100,000.00 $4,619,346.56 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $9,724,000.00 $750,000.00

CONTRALORÍA MUNICIPAL

Programa Anticorrupción

$ 300,000.00

$300,000.00

Programa con Ética para la administración pública

$ 250,000.00

$250,000.00

Programa de supervisión, evaluación y control de obra pública

$ 200,000.00

$200,000.00

Modelo integral para la administración pública municipal

$ 250,000.00

$250,000.00

TOTAL CONTRALORÍA

$ -

$ 1,000,000.00

$0.00 $1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

DESARROLLO INSTITUCIONAL

Remodelación Centro de Comunicaciones y Disponibilidad de Servicios

$ -

Conexión de Edificio de Ingresos con Palacio Municipal por medio de Fibra Óptica.

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Renovación de Enlaces de comunicación de dependencias con fallas constantes de conectividad (Obra Publica y Servicios Generales)

$ 500,000.00

$500,000.00

Software Administración de equipos de Computo

$ -

Sistema de Gestión de la Calidad de la Presidencia Municipal de León

$ 170,000.00

$170,000.00

Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal ( PRODIM )

-$ 2,419,184.73

$ 3,910,815.27

$0.00

$3,910,815.27

TOTAL DESARROLLO INSTITUCIONAL

-$ 2,419,184.73

$ 5,580,815.27

$0.00 $1,670,000.00 $0.00 $3,910,815.27 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

DESARROLLO URBANO

Catastro Multifinalitario

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Sistema de Gestión Documental e infraestructura tecnológica

$ 500,000.00

$500,000.00

Imagen visual urbana

$ 200,000.00

$200,000.00

Rescate Arqueológico del sitio Peñón de Alfaro

$ 250,000.00

$250,000.00

Colocación de Puntos Geodésicos a petición de particulares

$ 200,000.00

$200,000.00

Trabajos de intervención para la restauración de Plaza de Gallos

$ -

Rehabilitación Plaza de Gallos (PEF)

$ 5,000,000.00

$5,000,000.00

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CONSULTA

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36

Productos para difusión y Plaza de Gallos: Documental, Libro y Exposiciones

$ 50,000.00

$50,000.00

Obras y Mantenimiento del Centro Histórico

$ 400,000.00

$400,000.00

Cultura en tu Barrio (Cine, Música y Teatro)

$ 200,000.00

$200,000.00

Alianzas interinstitucionales para la promoción y difusión de Cuidad Histórica.

$ 200,000.00

$200,000.00

Verificación $ 3,500,000.00

$3,500,000.00

TOTAL DESARROLLO URBANO

$ -

$ 11,500,000.00

$400,000.00 $6,100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $5,000,000.00 $0.00

DIF

Asistencia Social a personas en situación de vulnerabilidad, Entrega de sillas de ruedas y aparatos auditivos

$ 350,000.00

$350,000.00

Comedores comunitarios

$ 1,744,391.75

$ 19,744,391.75

$0.00 $10,744,391.75 $9,000,000.00

Mi Casa Diferente $ 500,000.00

$500,000.00

Talleres y cursos de autoempleo para personas con discapacidad y adultos mayores, así como el equipamiento necesario para realizar dicho fin

$ 120,000.00

$120,000.00

Equipamiento de los Centros Especializados de Estimulación Múltiple en el municipio de León (Compra de aparatos para rehabilitación física)

$ 200,000.00

$200,000.00

Remodelación y equipamiento de centros DIF

$ -

Taller de lenguaje para sordomudos

$ 80,000.00

$80,000.00

Empleo Temporal $ -

Taller de educación ambiental y sustentabilidad para la población en general e implementación de acciones

$ -

Centros de convivencia supervisada

$ 150,000.00

$150,000.00

Proyectos ejecutivo remodelación centro DIF Santa Cecilia

$ -

Proyectos Ejecutivos de Comedores Comunitarios

$ -

Programa de Nutrición Comunitaria y Red Comunitaria

$ 100,000.00

$100,000.00

TOTAL DIF $

1,744,391.75 $

21,244,391.75 $0.00 $1,500,000.00 $0.00 $10,744,391.75 $0.00 $0.00 $9,000,000.00 $0.00

ECONOMÍA

Capacitación para el empleo

$ 2,500,000.00

$2,500,000.00

Impulso a pymes $ 6,000,000.00

$6,000,000.00

Apoyo a eventos e instituciones que fomenten la cultura empresarial

$ 1,500,000.00

$1,500,000.00

Programa de reactivación de zonas especificas

$ 1,500,000.00

$1,500,000.00

Impulso a la Competitividad y Mejora Regulatoria

$ 1,500,000.00

$1,500,000.00

Promoción estratégica a nivel nacional e internacional del

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

37

municipio de león .

Generación de estudios económicos para la detección de necesidades y oportunidades para el sector empresarial .

$ 500,000.00

$500,000.00

Imagen y Mantenimiento preventivo y correctivo en mercados, tianguis y zona urbana.

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

Construcción de línea eléctrica de alta tensión para parque industrial "Las Colinas"

$ 20,000,000.00

$ 20,000,000.00

$20,000,000.00

Obra, Comercialización y Capacitación en mercados.

$ 4,500,000.00

$2,500,000.00

TOTAL ECONOMÍA $

20,000,000.00 $

42,000,000.00 $22,500,000.00 $17,500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

EDUCACIÓN

Escuelas de Vanguardia

$ 3,101,605.58

$ 53,291,631.87

$53,291,631.87

León, Ciudad Educadora

$ 2,300,000.00

$800,000.00

$1,500,000.00

Cruzada Municipal por la Alfabetización y Atención al rezago educativo

$ 200,000.00

$200,000.00

Mantenimiento y rehabilitación de espacios educativos

$ 7,500,000.00

$ 10,000,000.00

$10,000,000.00

Becas y Útiles Escolares

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

Bibliotecas Públicas $ 3,400,000.00

$1,632,000.00 $268,000.00

$1,500,000.00

Rehabilitación del Patio de la Escuela Primaria Urbana N°62 “General Francisco Villa” de la Colonia San Francisco de Asís (PEF)

$ 350,000.00

$350,000.00

11ETV0585T. Sustitución de 5 aulas, 1 dirección, 1 aula de usos múltiples y Barda Perimetral de la Escuela Telesecundaria ubicada en la comunidad de Ibarrilla (pef)

$ 4,000,000.00

$4,000,000.00

Equipamiento Plazas de la Ciudadanía Biblioteca Digital

$ 4,101,605.58

$4,101,605.58

Consejo Municipal de Participación Social en la Educación

$ 100,000.00

$100,000.00

TOTAL EDUCACIÓN $

10,601,605.58 $

79,743,237.45 $1,632,000.00 $3,368,000.00 $67,393,237.45 $0.00 $0.00 $0.00 $4,350,000.00 $3,000,000.00

EXPLORA

Sustentabilidad: generación de electricidad mediante fuentes de energías renovables como acción para disminuir el impacto del cambio climático en el Estado de Guanajuato (Instalación de paneles solares para Explora)

$ -

Remodelación de los espacios educativos - museográficos del Centro de Ciencias Explora: Sala de Innovación

$ 500,000.00

$500,000.00

Remodelación de los espacios educativos - museográficos del Centro de Ciencias Explora: Sala del agua

$ -

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38

Renovación de Equipo Educativo para divulgación de Ciencia y Cultura Explora (PEF)

$ 3,300,000.00

$3,300,000.00

Mantenimiento mayor a los Centros del Saber

$ 500,000.00

$500,000.00

Renovación del mobiliario y equipamiento de la cafetería del Centro de Ciencias

$ -

Renovación del sistema de proyección, audio e instalaciones del Teatro IMAX de Explora

$ -

Producir un evento de ciudad cultural, recreativo y educativo para las festividades de fin de año (Villa navideña)

$ -

TOTAL EXPLORA $ -

$ 4,300,000.00

$1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $3,300,000.00

INSTITUTO CULTURAL DE LEÓN

Infraestructura y Servicios Públicos para el Desarrollo: Proyecto Ejecutivo de la Cineteca de León

$ 200,000.00

$200,000.00

Infraestructura y Servicios Públicos para el Desarrollo: Proyecto Ejecutivo del Teatro Manuel Doblado

$ -

Festivales Culturales $ 350,000.00

$350,000.00

Infraestructura y Servicios Públicos para el Desarrollo: Teatro Manuel Doblado (Equipamiento: butacas)

$ 170,000.00

$170,000.00

Muestra de Cine $ -

TOTAL INSTITUTO CULTURAL DE LEÓN

$ -

$ 720,000.00

$0.00 $720,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

Agencia Hábitat León (Estudios 2015)

$ 3,000,000.00

$1,500,000.00

$1,500,000.00

TOTAL INSTITUTO MUNICIPAL DE PLANEACIÓN

$ -

$ 3,000,000.00

$0.00 $1,500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $1,500,000.00

IMUVI

Programa Vivienda Digna 2015

$ 5,000,000.00

$5,000,000.00

Programa de Vivienda Vertical 2015 (Consolidación de Reservas Urbanas)

$ -

Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza

$ 10,000,000.00

$ 20,000,000.00

$20,000,000.00

Lote Seguro $ 3,000,000.00

$3,000,000.00

Proyectos Ejecutivos de Alcantarillado y Agua Potable

$ -

TOTAL IMUVI $

10,000,000.00 $

28,000,000.00 $8,000,000.00 $0.00 $20,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

INGRESOS

Modernización de los procesos de impuestos inmobiliarios y catastro

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

TOTAL INGRESOS $ -

$ 2,000,000.00

$0.00 $2,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER

Centro de atención y desarrollo integral para las mujeres (CADMIN)

$ -

Equipamiento centro de atención y desarrollo integral para las mujeres (CADMIN)

$ 450,000.00

$450,000.00

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CONSULTA

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Impulso a negocios de mujeres: proyectos productivos

$ 250,000.00

$250,000.00

Alianza Municipal por una vida libre de violencia hacia las mujeres: "Campaña mujeres rompiendo el silencio"

$ 100,000.00

$100,000.00

"Red de mujeres" $ -

"Red de mujeres Indígenas"

$ 50,000.00

$50,000.00

Programa de deserción escolar

$ -

Prevención de embarazo en adolescentes

$ 100,000.00

$100,000.00

Masculinidad $ 50,000.00

$50,000.00

TOTAL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER

$ -

$ 1,000,000.00

$0.00 $1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

MEDIACIÓN (Secretaría del H.- Ayuntamiento)

"Mediación, una enseñanza para la vida"

$ 150,000.00

$150,000.00

TOTAL MEDIACIÓN (Secretaría del H.- Ayuntamiento)

$ -

$ 150,000.00

$0.00 $150,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

MOVILIDAD

Fortalecimiento de los operativos de detección de consumo de substancias prohibidas en operadores del servicio de transporte de ruta fija.

$ 100,000.00

$100,000.00

Deuda-compra de software y hardware del sistema de cobreo y control (SIT FASE II)

$ 22,000,000.00

$22,000,000.00

Cruce seguro $ 650,000.00

$650,000.00

Implementación del Sistema de Bicicleta Pública (Integración modal bici-transporte público)

$ 4,000,000.00

$4,000,000.00

Adquisición de Software Especializado

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

(Construcción de 17km nuevos de ciclovía) Blvd. Vicente Valtierra

-$ 3,700,000.00

$ 53,300,000.00

$53,300,000.00

(Rehabilitación de 27 km de Ciclovía) Ciclovía de Torres Landa

$ 9,000,000.00

$9,000,000.00

(Rehabilitación de 27 km de Ciclovía) Ciclovía de La Luz

$ 4,000,000.00

$4,000,000.00

(Rehabilitación de 27 km de Ciclovía) Ciclovía de Los Gómez

$ 700,000.00

$700,000.00

(Rehabilitación de 27 km de Ciclovía) Ciclovía Torres Landa (Carretera León-San Francisco)

-$ 16,300,000.00

$ -

$0.00

Proyecto Ejecutivo para la Renovación al Corredor Troncal de La Miguel Alemán

$ 4,000,000.00

$4,000,000.00

TOTAL MOVILIDAD -$

20,000,000.00 $

99,750,000.00 $71,650,000.00 $28,100,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

MUSEO DE LA CIUDAD DE LEÓN

3a etapa de remodelación del inmueble del Museo de la Ciudad de León

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

TOTAL MUSEO DE LA CIUDAD DE LÉON

$ -

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

OBRA PÚBLICA

Proyectos ejecutivos diversos

$ 3,995,184.47

$3,995,184.47

Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )

$ 1,967,828.49

$ 5,866,222.91

$5,866,222.91

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CONSULTA

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40

Construcción de puentes vehiculares y libramientos carreteros, Boulevares y vialidades laterales en vialidades primarias (FIMETRO2015 198MDP Y SCT BENITO JUAREZ 200MDP)

$ 77,802,908.65

$77,802,908.65

Obra Institucional en proceso

$ 68,280,653.44

$68,280,653.44

Obra Institucional nueva

-$ 24,180,000.00

$ 2,820,000.00

$2,820,000.00

Programa de Alumbrado Público

$ 5,000,000.00

$5,000,000.00

Afectaciones $ 37,000,000.00

$37,000,000.00

Sustitución de pavimentos

-$ 2,000,000.00

$ 500,000.00

$500,000.00

Mantenimiento Vial $ 5,000,000.00

$5,000,000.00

Supervisión externa -$ 990,000.00

$ 9,700,000.00

$9,700,000.00 $0.00

Programa mi calle -$ 3,168,885.44

$ 39,831,114.56

$15,000,000.00 $24,831,114.56

Supervisión de pavimentación programa mi calle

$ 900,000.00

$900,000.00

Pavimentación de calles R33

-$ 27,291,789.35

$ -

$0.00

Supervisión de calles R33

-$ 1,773,966.31

-$ 0.00

$0.00

Pavimentación de la Calle Mazatlán (ampliación) (PEF)

$ 800,000.00

$800,000.00

Supervisión de la Calle Mazatlán (ampliación) (PEF)

$ 48,000.00

$48,000.00

Construcción de plazas de la ciudadanía

$ 46,000,000.00

$20,000,000.00 $26,000,000.00

Mantenimiento correctivo de Blvds

$ 3,000,000.00

$3,000,000.00

Ampliaciones y escalatorias

$ 18,000,000.00

$18,000,000.00

Pro Obra -$ 320,000.00

$ 1,680,000.00

$1,680,000.00

Programa de desazolve de arroyos

$ 2,500,000.00

$2,500,000.00

Proyectos ejecutivos para pavimentación de calles

$ 3,015,358.29

$3,015,358.29

Rehabilitación del Blvd. Juan José Torres Landa

$ 60,330,000.00

$ 60,330,000.00

$60,330,000.00

Puentes vehiculares de acceso a comunidades rurales

$ 2,500,000.00

$2,500,000.00

TOTAL OBRA PÚBLICA

$ 2,573,187.39

$ 394,569,442.32

$259,269,196.20 $0.00 $56,697,337.47 $0.00 $0.00 $0.00 $78,602,908.65 $0.00

PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

DECIDE TU CIUDAD -$ 5,500,000.00

$ -

$0.00 $0.00

YO DECIDO VER MI FUTURO

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

TOTAL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO

-$ 5,500,000.00

$ 2,000,000.00

$0.00 $2,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

PROMOCION JUVENIL

Programa Fénix: Apoyo a madres adolescentes y jóvenes embarazadas

$ 150,000.00

$150,000.00

Programa Fénix: Apoyo a Jóvenes en situación de riesgo

$ 150,000.00

$150,000.00

Atención a Chavas y Chavos Banda "Programa Fénix"

$ 100,000.00

$100,000.00

Encauce al Grafiti Artístico y Limpieza de Grafiti

$ 280,000.00

$280,000.00

León Joven la Gira $ 50,000.00

$50,000.00

Premio Municipal de la Juventud

$ -

León Joven $ 200,000.00

$200,000.00

Consejo de la Juventud

$ -

Llega Seguro $ 70,000.00

$70,000.00

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CONSULTA

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41

TOTAL PROMOCIÓN JUVENIL

$ -

$ 1,000,000.00

$0.00 $1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

Revisión e integración de expedientes 3RA Etapa

$ 565,000.00

$565,000.00

TOTAL RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES

$ -

$ 565,000.00

$0.00 $565,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

SALUD

Unidades móviles de salud

$ 500,000.00

$ 1,500,000.00

$1,500,000.00

Equipamiento Plazas de la ciudadanía (Consultorios)

$ 1,900,000.00

$1,900,000.00

Equipamiento Médico

$ 2,000,000.00

$ 4,500,000.00

$4,500,000.00

Salud Preventiva $ 100,000.00

$ 300,000.00

$300,000.00

Proyecto de mejora Centro de control y rescate animal

$ -

Detección oportuna de cáncer

$ 426,384.07

$426,384.07

Captura rescate y esterilización de mascotas

$ 273,000.00

$ 423,000.00

$423,000.00

Entrega de lentes (Visión Adecuada)

$ 800,000.00

$800,000.00

Prevención del Dengue

$ 200,000.00

$200,000.00

Compra y equipamiento con unidades móviles para la captura y rescate de mascotas en la vía pública.

$ 300,000.00

$ 600,000.00

$600,000.00

Agua con Calidad Bacteriológica para Uso y Consumo Humano en Comunidades Rurales del Municipio de León Guanajuato

$ 500,000.00

$ 800,000.00

$300,000.00 $500,000.00

Proyecto de certificación del Rastro de Aves Tipo Inspección Federal

$ 500,000.00

$500,000.00

Construcción de gavetas de adulto, infantiles y osarios en panteones de la ciudad, así como en panteones rurales.

$ 500,615.93

$ 800,615.93

$800,615.93

Construcción de un panteón en la comunidad de Duarte

-$ 2,223,615.93

$ -

$0.00

Salud Mental $ 50,000.00

$ 150,000.00

$150,000.00

Doppler Móvil $ -

TOTAL SALUD $

2,000,000.00 $

12,900,000.00 $1,600,615.93 $4,899,384.07 $0.00 $6,400,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

SEGURIDAD PÚBLICA

Equipamientos de la Secretaría de Seguridad (SUTITUCIÓN DE MOBILIARIO DE MAS DE 20 AÑOS)

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00

SUBSEMUN 2015 $ 91,293,941.00

$9,000,000.00 $82,293,941.00

Proyecto ejecutivo Edificio de Seguridad Pública Municipal

$ -

TOTAL SEGURIDAD PÚBLICA

$ -

$ 93,293,941.00

$0.00 $2,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $9,000,000.00 $82,293,941.00

POLICIA

Blindaje edificios. Compra de Arcos detector de metales

$ 500,000.00

$500,000.00

Conclusión del Cuartel de la Policía Montada

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Registro de control de armas

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

TOTAL POLICÍA $ -

$ 2,500,000.00

$1,000,000.00 $1,500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

TRANSITO

2da etapa Foto vigilancia

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

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CONSULTA

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42

Informarte para tu seguridad "pantallas informativas dinámicas"

$ 1,150,000.00

$1,150,000.00

Innovación tecnológica en la actuación del personal operativo de la Dirección General de Tránsito Municipal "adquisición de 100 equipos móviles para el levantamiento de hechos de Tránsito"

$ 400,000.00

$400,000.00

Infraestructura para el manejo del transito (intersecciones y mantenimientos)

$ 300,000.00

$300,000.00

Infraestructura para el manejo del transito "Actualización y mantenimiento del software y hardware del sistema centralizado de semáforos (Telvent y Siga)."

$ 500,000.00

$500,000.00

Infraestructura para el manejo del transito "Ampliación de la cobertura del sistema centralizado de semáforos."

$ 150,000.00

$150,000.00

Dignificación de las áreas de tránsito "Ampliación y mejora de las instalaciones del área de licencias y devolución de vehículos"

$ -

Dignificación de las áreas de tránsito "Ampliación y modernización de las comandancias de Tránsito"

$ -

TOTAL TRÁNSITO $ -

$ 3,500,000.00

$0.00 $3,500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

PROTECCIÓN CIVIL

Capacitación y desarrollo Institucional

$ 80,000.00

$80,000.00

Cultura de Prevención en materia de Protección Civil

$ 200,000.00

$200,000.00

Equipamiento de Área Operativa

$ 250,000.00

$250,000.00

Operativos Institucionales

$ 40,005.00

$40,005.00

Sectorización de área Operativa

$ 50,000.00

$50,000.00

De papel a Digital $ 379,995.00

$379,995.00

TOTAL PROTECCIÓN CIVIL

$ -

$ 1,000,000.00

$0.00 $1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

OFICIALES CALIFICADORES

Adecuación de espacios en las Delegaciones de Policía para el Área de Psicología

$ -

Instalación de lavadoras y secadoras industriales para el área de separos

$ 200,000.00

$200,000.00

Instalación de equipo de videograbación de circuito cerrado en las Delegaciones de Policía (Oriente y Sur)

$ 300,000.00

$300,000.00

Operativo Alcoholímetro y Aplicación de la normativa

$ 500,000.00

$500,000.00

TOTAL OFICIALES CALIFICADORES

$ -

$ 1,000,000.00

$0.00 $1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

PREVENCIÓN DEL DELITO

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

-$ 13,000,000.00

$ -

$0.00 $0.00

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CONSULTA

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43

Centros de Atención a la niñez

$ 500,000.00

$500,000.00

Programa de Voluntariado

$ 500,000.00

$500,000.00

Multipol $ 1,000,000.00

$1,000,000.00

1, 2, 3 por mi colonia

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

TOTAL PREVENCIÓN DEL DELITO

-$ 13,000,000.00

$ 3,000,000.00

$0.00 $3,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

C4 (Cómputo y Comando)

Adquisición de equipos de radio y accesorios para cabina C4

$ 500,000.00

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Adecuación y mantenimiento al Sitio de Repetición Municipal (Mesa de Medina)

-$ 500,000.00

$ -

$0.00

Adecuación del Control de Acceso del C4. Reubicación de caseta de Control de Acceso.

$ 300,000.00

$300,000.00

GPS Para unidades operativas de la SSP

$ 900,000.00

$ 1,700,000.00

$1,700,000.00

Ampliación de Video Wall principal del C4.

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Cámaras Lectoras de Placas (LPR) Fijas y Móviles Segunda Etapa.

-$ 900,000.00

$ -

$0.00

TOTAL C4 (Cómputo y Comando)

$ -

$ 4,000,000.00

$300,000.00 $3,700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

TOTAL SEGURIDAD PÚBLICA

-$ 13,000,000.00

$ 108,293,941.00

$1,300,000.00 $15,700,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $9,000,000.00 $82,293,941.00

ACADEMIA METROPOLITANA

Organización de jornadas, conferencias y seminarios para el fortalecimiento de la capacitación y profesionalización de los elementos de seguridad pública.

$ 400,000.00

$400,000.00

Desarrollo de investigaciones en temas de seguridad, prevención y publicación de productos.

$ 200,000.00

$200,000.00

Policía Saludable. $ 150,000.00

$150,000.00

Sistema de preparatoria abierta para los cadetes.

$ 50,000.00

$50,000.00

Equipo de videoconferencias.

$ -

Equipamiento de computadoras, impresoras, cañones.

$ 200,000.00

$200,000.00

Suscripciones a revistas y bases de datos digitales académicas especializadas.

$ -

TOTAL ACADEMIA METROPOLITANA

$ -

$ 1,000,000.00

$0.00 $1,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

SISTEMA INTEGRAL DE ASEO PÚBLICO

Recolección de basura (concesionados, contratadas y cuadrillas)

$ 130,235,251.00

$130,235,251.00

Zonas de barrido $ 28,080,000.00

$28,080,000.00

Mantenimiento y tratamiento de planta de lixiviados

$ -

Recolección de basura en rutas comerciales

$ 3,268,760.00

$3,268,760.00

Recolección de residuos solidos urbanos en papeleras

$ -

Proyecto ejecutivo de cierre y clausura del antiguo relleno sanitario "la reserva"

$ -

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CONSULTA

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44

Obra de cierre y clausura del antiguo tiradero la reserva (primer etapa)

$ -

Adquisición de 25 vehículos, 2 minicompactadores de carga lateral para recolección de basura, 8 vehículos de recolección de basura, 1 d8r, 1 Bob cat y 2 barredoras mecánicas

$ -

TOTAL SIAP $ -

$ 161,584,011.00

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $161,584,011.00 $0.00 $0.00

TURISMO

Productos Turísticos $ 500,000.00

$500,000.00

Ruta del Peatón $ 10,000,000.00

$ 11,318,699.24

$11,318,699.24 $0.00

Apoyo a Eventos -$ 10,000,000.00

$ 4,431,300.76

$4,431,300.76

Señalética Turística $ 500,000.00

$500,000.00

Atención al Turista $ 500,000.00

$335,000.00 $165,000.00

Campañas de Promoción

$ 1,500,000.00

$1,500,000.00

Capacitación $ 250,000.00

$250,000.00

Oficina de Convenciones y Visitantes

$ 700,000.00

$700,000.00

Vinculación con Escuelas

$ 300,000.00

$300,000.00

Proyectos Ejecutivos Ruta del Peatón

$ -

TOTAL TURISMO $ -

$ 20,000,000.00

$11,653,699.24 $8,346,300.76 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

ZOOLÓGICO

Barda perimetral $ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Reubicación taquillas

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Nuevo edificio administrativo y educativo

$ -

TOTAL ZOOLÓGICO $ -

$ 2,000,000.00

$2,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

DESARROLLO SOCIAL

Proyecto de Equipamiento Plazas de la Ciudadanía

$ 6,121,042.74

$6,121,042.74

Centros de Desarrollo Comunitario

$ 10,000,000.00

$10,000,000.00

Mantenimiento y rehabilitación de plazas y espacios de recreación (hilamas)

$ 800,000.00

$800,000.00

ADRENEL $ 2,000,000.00

$ 8,000,000.00

$5,000,000.00

HÁBITAT SOCIAL $ 6,203,210.58

$3,101,605.00 $3,101,605.58

VIVIENDA MEVI $ 4,000,000.00

$2,000,000.00 $2,000,000.00

RESCATE DE ESPACIOS PUBLICOS

$ 24,000,000.00

$12,000,000.00 $12,000,000.00

FIDER URBANO $ 6,547,878.10

$3,273,939.05

Fondo Regional (PEF)

$ -

León es Uno con los jóvenes

$ 3,000,000.00

$3,000,000.00

TOTAL DESARROLLO SOCIAL

$ 2,000,000.00

$ 68,672,131.42

$15,901,605.00 $13,000,000.00 $10,273,939.05 $6,121,042.74 $0.00 $0.00 $17,101,605.58 $0.00

DIRECCIÓN DE PIPAS MUNICIPALES

Adquisición de pipas de reemplazo y ampliación de cobertura de servicio de suministro de agua

$ 4,000,000.00

$4,000,000.00

TOTAL DIRECCIÓN DE PIPAS MUNICIPALES

$ -

$ 4,000,000.00

$0.00 $4,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

DASARROLLO RURAL

Apoyos al campo con programas federales

$ 7,000,000.00

$3,000,000.00

$4,000,000.00

Agroecología y reconversión productiva

$ 6,280,000.00

$1,500,000.00

$4,780,000.00

Empleo Temporal $ 2,500,000.00

$2,500,000.00

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CONSULTA

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45

3X1 MIGRANTES $ 2,000,000.00

$ 9,500,000.00

$4,500,000.00 $0.00 $2,500,000.00

FIDER RURAL $ 5,000,000.00

$ 12,500,000.00

$7,500,000.00 $0.00 $2,500,000.00

MEVI RURAL $ 4,000,000.00

$2,000,000.00 $2,000,000.00

Rehabilitación del Alumbrado Publico en la Comunidad San José del Potrero (pef)

$ 300,000.00

$300,000.00

Fidemir $ 500,000.00

$500,000.00

TOTAL DESARROLLO RURAL

$ 7,000,000.00

$ 42,580,000.00

$0.00 $7,500,000.00 $14,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $7,300,000.00 $8,780,000.00

FISCALIZACIÓN Y CONTROL

Antro Seguro $ 750,000.00

$750,000.00

Lugares Clandestinos

$ 750,000.00

$750,000.00

TOTAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL

$ -

$ 1,500,000.00

$0.00 $1,500,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

DIRECCIÓN DE INVERSIÓN PÚBLICA

Ampliación y adaptación del sistema de integral de presupuesto de inversión a PbR

$ 200,000.00

$200,000.00

TOTAL DIRECCIÓN DE INVERSIÓN PÚBLICA

$ -

$ 200,000.00

$0.00 $200,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

TESORERÍA

Egresos Aplicables Adquisición de bienes inmuebles

-$ 15,000,000.00

$ -

$0.00

TOTAL TESORERÍA -$

15,000,000.00 $ -

$0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

MEDIO AMBIENTE

Manejo de espacios verdes urbanos

$ 8,000,000.00

$7,000,000.00 $1,000,000.00

Mantenimiento y conservación de espacios verdes

$ 37,731,240.00

$37,731,240.00

Manejo de arbolado urbano

$ 2,865,000.00

$2,865,000.00

Educación para la sustentabilidad

$ 4,507,000.00

$1,420,000.00 $3,087,000.00

Sistema municipal de manejo ambiental y eficiencia energética

$ 1,000,000.00

$1,000,000.00

Estrategia municipal de cambio climático

$ 1,050,000.00

$1,050,000.00

Mejora regulatoria y administrativa

$ 1,490,000.00

$1,490,000.00

Participación social contra la contaminación

$ 1,510,620.00

$1,510,620.00

Manejo sustentable de espacios verdes naturales y comunidades rurales

$ 930,000.00

$930,000.00

Control de la calidad del aire

$ 600,000.00

$600,000.00

Inspección y vigilancia en fuentes de contaminación

$ 701,428.00

$701,428.00

Vigilancia participativa

$ 862,971.00

$862,971.00

Vigilancia en espacios verdes y áreas naturales

$ 397,981.00

$397,981.00

Ordenamiento sustentable del territorio

$ 1,025,000.00

$1,025,000.00

Fondo verde municipal

$ 60,000.00

$60,000.00

TOTAL MEDIO AMBIENTE

$ -

$ 62,731,240.00

$8,420,000.00 $16,580,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $37,731,240.00 $0.00 $0.00

PARQUE METROPOLITANO

Cámaras de Vigilancia en canchas y mantenimiento

$ 3,000,000.00

$3,000,000.00

TOTAL PARQUE METROPOLITANO

$ -

$ 3,000,000.00

$3,000,000.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00 $0.00

Total Presupuesto de Inversión 2015

-$ 0.00

$ 1,205,777,556.78 $409,427,116.37 $148,518,031.39 $168,364,513.97 $27,176,249.76 $0.00 $199,315,251.00 $140,078,514.23 $99,623,941.00

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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MOVIMIENTOS AUTORIZADOS EN PRIMERA MODIFICACIÓN AL PRESUPUESTO DE INVERSIÓN CON DESGLOSE DEL PROYECTO POR

CAPÍTULOS DEL GASTO

UR NOMBRE DE LA DEPENDENCIA TRÁMITE CAPÍTULO DEL GASTO

NÚMERO DE

PROYECTO

NOMBRE DEL PROYECTO

FUENTE DE FINANCIAM

IENTO/ DESTINO

MONTO AUTORIZADO

2410 Dirección General de Movilidad Traspaso 6000 346

(Construcción de 17km nuevos de ciclovía) Blvd. Vicente Valtierra

MUNICIPAL OBRA -$16,300,000.00

2410 Dirección General de Movilidad Traspaso

6000 350

(Rehabilitación de 27 km de Ciclovía) Ciclovía Torres Landa (Carretera León-San Francisco)

MUNICIPAL OBRA -$3,700,000.00

1316 Tesorería Traspaso 3000 342

Egresos Aplicables Adquisición de bienes inmuebles

MUNICIPAL OBRA

-$15,000,000.00

1517 Prevención del Delito Traspaso

2000

500

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

MUNICIPAL PROGRAMA

-$50,000.00

1517 Prevención del Delito Traspaso

2000

500

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

MUNICIPAL PROGRAMA

-$50,000.00

1517 Prevención del Delito Traspaso

3000

500

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

MUNICIPAL PROGRAMA

-$500,000.00

1517 Prevención del Delito Traspaso

3000

500

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

MUNICIPAL PROGRAMA

-$1,780,000.00

1517 Prevención del Delito Traspaso

3000

500

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

MUNICIPAL PROGRAMA

-$1,000,000.00

1517 Prevención del Delito Traspaso

6000

334

Programa municipal de prevención social del delito "en prevención somos uno"

MUNICIPAL OBRA -$9,620,000.00

1199 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Traspaso 6000

328 DECIDE TU CIUDAD

MUNICIPAL OBRA -$3,685,000.00

1199 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Traspaso 4000

464 DECIDE TU CIUDAD

MUNICIPAL PROGRAMA -$1,465,000.00

1199 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Traspaso 3000

464 DECIDE TU CIUDAD

MUNICIPAL PROGRAMA -$200,000.00

1199 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Traspaso 3000

464 DECIDE TU CIUDAD

MUNICIPAL PROGRAMA -$100,000.00

1199 PRESUPUESTO PARTICIPATIVO Traspaso 3000

464 DECIDE TU CIUDAD

MUNICIPAL PROGRAMA -$50,000.00

1810 Desarrollo Rural Traspaso 6000

616 3X1 MIGRANTES

RAMO 33 FAISM OBRA

$2,000,000.00

1810 Desarrollo Rural Traspaso 6000

617 FIDER RURAL

RAMO 33 FAISM OBRA

$5,000,000.00

1910 Desarrollo Social Traspaso 6000

613 Adrenel

RAMO 33 FAISM OBRA

$2,000,000.00

2210 Educación Municipal Traspaso 6000

602

Mantenimiento y rehabilitación de espacios educativos

RAMO 33 FAISM OBRA

$7,500,000.00

2210 Educación Municipal Traspaso 6000

601 Escuelas de Vanguardia

RAMO 33 FAISM OBRA

$3,101,605.58

5017 Instituto Municipal de Vivienda (IMUVI)

Traspaso 4000 604

Introducción de servicios básicos en polígonos de pobreza

RAMO 33 FAISM OBRA

$10,000,000.00

3110 Turismo Traspaso 3000

516 Ruta del Peatón MUNICIPAL PROGRAMA

-$ 1,318,699.24

3110 Turismo Traspaso 3000

N/A Ruta del Peatón MUNICIPAL

OBRA $ 11,318,699.24

3110 Turismo Traspaso 3000

517 Apoyo a Eventos MUNICIPAL PROGRAMA

-$ 10,000,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso

6000 606 Supervisión externa RAMO 33

FAISM OBRA

-$990,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso

6000 609 Supervisión de calles R33 RAMO 33

FAISM OBRA -$1,773,966.31

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso

6000 608 Pavimentación de calles R33

RAMO 33 FAISM OBRA -$27,291,789.35

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso

6000 607 Programa mi calle RAMO 33

FAISM OBRA

-$3,168,885.44

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso

6000 324 Pro Obra MUNICIPAL

OBRA -$320,000.00

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

47

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso

6000 312 Obra Institucional nueva MUNICIPAL

OBRA $320,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Suficiencia

6000 315 Rehabilitación del Blvd. Juan José Torres Landa

MUNICIPAL OBRA

$60,330,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso 6000 312 Obra Institucional nueva MUNICIPAL

OBRA -$ 8,100,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso 6000 312 Obra Institucional nueva MUNICIPAL OBRA -$ 15,700,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso 6000 312 Obra Institucional nueva MUNICIPAL

OBRA -$ 2,700,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso 6000 312 Sustitución de pavimentos MUNICIPAL OBRA

-$ 2,000,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso 6000 312 Obra Institucional nueva MUNICIPAL

OBRA $2,000,000.00

2510 Dirección General de Obra Pública Traspaso 6000 605 Gastos indirectos Ramo33 ( proyectos ejecutivos y supervisión )

RAMO 33 FAISM OBRA $1,967,828.49

1710

Dirección General de Desarrollo Institucional

Traspaso 5000

416

Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las demarcaciones territoriales del Dsitrito Federal (PRODIMDF)

MUNICIPAL PROGRAMA

-$330,000.00

1710

Dirección General de Desarrollo Institucional

Traspaso 5000

650

Programa de Desarrollo Institucional Municipal y de las demarcaciones territoriales del Dsitrito Federal (PRODIMDF)

RAMO 33 FAISM

PROGRAMA -$2,089,184.73

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

2000

474

Unidades móviles de salud MUNICIPAL PROGRAMA

$250,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

2000 474

Unidades móviles de salud MUNICIPAL PROGRAMA $250,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

6000 653

Equipamiento Médico RAMO 33

FAISM PROGRAMA $2,000,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

3000

475

Salud Preventiva MUNICIPAL PROGRAMA

$100,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

3000

477

Captura rescate y esterilización de mascotas

MUNICIPAL PROGRAMA

$273,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

5000

480

Compra y equipamiento con unidades móviles para la captura y rescate de mascotas en la vía pública.

MUNICIPAL PROGRAMA

$300,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

3000

N/A

Agua con Calidad Bacteriológica para Uso y Consumo Humano en Comunidades Rurales del Municipio de León Guanajuato

MUNICIPAL PROGRAMA

$204,824.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

5000

N/A

Agua con Calidad Bacteriológica para Uso y Consumo Humano en Comunidades Rurales del Municipio de León Guanajuato

MUNICIPAL PROGRAMA

$200,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

2000

N/A

Agua con Calidad Bacteriológica para Uso y Consumo Humano en Comunidades Rurales del Municipio de León Guanajuato

MUNICIPAL PROGRAMA

$95,176.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

6000

331

Construcción de gavetas de adulto, infantiles y osarios en panteones de la ciudad, así como en panteones rurales.

MUNICIPAL OBRA $500,615.93

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

3000 481

Salud Mental MUNICIPAL PROGRAMA

$50,000.00

2610 Dirección General de Salud Municipal Traspaso

6000

332

Construcción de un panteón en la comunidad de Duarte

MUNICIPAL OBRA -$2,223,615.93

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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SEGUNDO.- Se autoriza la ejecución de las obras públicas y la

realización de las acciones y proyectos que forman parte del Programa

de Inversión; así como la expedición de licencias y permisos que se

requieran para tal efecto. TERCERO.- Se autorizan todos aquellos

actos jurídicos, administrativos y contables que resulten necesarios

para el cumplimiento del presente acuerdo; además de instruirse al

Tesorero Municipal para que realice los movimientos presupuestales

que se requieren para el mismo fin. Acto seguido, la Presidenta

manifiesta que conforme a derecho la propuesta requiere para su

aprobación mayoría simple, por lo que la votación deberá ser

económica; asimismo, siguiendo el procedimiento de ley primero

someterá a consideración la citada propuesta en lo general, para

posteriormente analizarla en lo particular, en el entendido de que las

áreas o partidas que no sean reservadas se tendrán por aprobadas en

lo particular. Por lo anterior, la Presidenta somete a la consideración

del Honorable Ayuntamiento, en lo general, la propuesta de

modificación al Programa de Inversión Pública del Municipio de León,

Guanajuato para el Ejercicio Fiscal 2015 en el mes de enero, la cual

queda aprobada por mayoría con cuatro votos en contra emitidos por

los Regidores: Contador Público Alejandro Arena Barroso, Ciudadana

Martha Guadalupe Hernández Camarena, Ciudadana Blanca

1520 Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo Traspaso

3500

506

Adecuaciones y mantenimiento al sitio de repetición municipal (Mesa Medina)

MUNICIPAL PROGRAMA

-$500,000.00

1520 Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo Traspaso

5000 505

Adquisiciones de equipo de radio y accesorios para cabina C4

MUNICIPAL PROGRAMA

$500,000.00

1520 Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo Traspaso

5000

509

Camaras lectores de placas (lrp) fijas y moviles segunda etapa

MUNICIPAL PROGRAMA

-$900,000.00

1520 Centro de Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo Traspaso

5000

507

Gps para unidades operativas de la SSP

MUNICIPAL PROGRAMA

$900,000.00

5012 Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Gto.

Traspaso 6000 600

Comedores comunitarios

RAMO 33 FAISM OBRA -9000000

5012 Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Municipio de León, Gto.

RECONOCIMIENT

O 6000

Comedores comunitarios

RAMO 33 FAISM PROGRAMA 10744391.75

2110 Dirección General de Economía SUFICIEN

CIA 6000 NUEVO

Construcción de línea eléctrica de alta tensión para parque industrial "Las Colinas"

MUNICIPAL OBRA 20000000

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Alejandra López Zavala y Doctor José Javier Ayala Torres, y al no

haber reservas en lo particular se tiene por aprobada en dicho sentido.

Antes de pasar al punto VIII del Orden del Día, la Presidenta solicita al

Cuerpo Edilicio que de conformidad a lo previsto en los artículos 131 y

139 fracciones I y VI de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato; y 73 fracción VII del Reglamento Interior de la

Administración Pública Municipal de León, Guanajuato, se sirva

autorizar la comparecencia del Licenciado Alberto Padilla Camacho,

Contralor Municipal, para que realice una breve exposición de los

puntos VIII y IX del Orden del Día; misma que queda aprobada por

unanimidad.

En el punto VIII del Orden del Día. En uso de la voz, el Contralor

Municipal Alberto Padilla Camacho informa que respecto al Programa

Anual de Auditorias, se iniciaron 5 auditorías financieras, 1 auditoría a

la obra pública y 3 auditorías preventivas, y como resultado de las

auditorías se derivaron las siguientes recomendaciones: 53 contables

y financieras, 56 a obras públicas y 23 preventivas; en cuanto a la

Vigilancia de Procesos de Obra Pública, se participó en 71 licitaciones

y comités de obras, 126 revisiones de contratos, y se estuvo presente

en 34 entregas-recepción de obras y 16 entregas-recepción de

proyectos; también se intervino en 32 procesos de entrega recepción

de distintas unidades administrativas adscritas a los entes públicos de

la Administración Pública Municipal. Asimismo respecto a la Operación

del Sistema de Quejas, Denuncias y Sugerencias, durante el bimestre

que se informa, se recibieron un total de 227 admisiones de las cuales

116 fueron quejas, 32 fueron denuncias y 79 fueron asesorías. En

cuanto a la Operación del Programa Anticorrupción, respecto a la

capacitación preventiva, el Contralor Municipal informa que se

desarrollaron 6 eventos de capacitación dirigidos a 137 servidores

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públicos de diferentes entidades administrativas y se distribuyó la

edición número 15 del Boletín servidor público con un tiraje de 500

ejemplares cada uno; y que en relación a la Operación del Programa

Anticorrupción se generaron 30 reportes en medios de comunicación

turnados a la Dirección de Contraloría Social y se enviaron a los

servidores públicos un total de 55,250 correos electrónicos alusivos al

programa anticorrupción; y así también se nombró a 11 Contralores

Sociales en distintas colonias de la ciudad, se realizaron 26

inspecciones ciudadanas como parte del Fortalecimiento de la

Contraloría Social, se aplicaron 97 auditorías individuales al

desempeño y se realizaron 100 procesos de Usuario Simulado.

En el punto IX del Orden del Día, la Presidenta solicita la

comparecencia del Licenciado Alberto Padilla Camacho, Contralor

Municipal, para que exponga el Plan de Trabajo y Programa Anual de

Auditoría y Revisiones 2015 de la Contraloría Municipal. En uso de la

voz, el Contralor Municipal Alberto Padilla Camacho manifiesta que en

este momento se les entrega de manera impresa el Plan Anual del

Trabajo de la Contraloría Municipal, explicado en la Comisión de

Contraloría, así como el Calendario de Auditorias, que contiene la

sustancia de este documento. Asimismo, señala que para este año se

tiene planeado hacer 15 auditorías financieras practicadas a las

distintas entidades administrativas de la Administración, 85 auditorías

a la obra pública, 37 auditorías preventivas practicadas, 400 procesos

de auditorías individuales al desempeño, 252 revisiones de estados

financieros, 398 verificaciones de declaraciones patrimoniales, 260

inspecciones ciudadanas, 650 usuarios simulados practicados durante

el año en mención. De igual manera, informa que en el Sistema

Interno de Indicadores se plantea un estimado en las intervenciones

que tendrá la Contraloría Municipal, 400 con respecto a los procesos

de obra pública, 180 intervenciones en procesos de contratos de

adquisiciones, enajenaciones y servicios, 290 intervenciones en

procesos de entrega-recepción, 5,000 intervenciones de recepciones

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de declaraciones patrimoniales, recepción de 1,500 quejas, denuncias

y sugerencias, así como la instauración de procesos de

responsabilidad administrativa. En seguida, en uso de la voz el Síndico

José Eugenio Martínez señala al Contralor Municipal que el Sistema

Interno de Indicadores que se presenta solamente es cuantitativo y no

cualitativo, pues realmente da un número muy frio que hace la

Contraloría, por lo que le gustaría conocer con estos datos a qué se

llega después de los resultados de las intervenciones, es decir, si

tienen 650 usuarios simulados practicados, cuál sería la estadística

que se encontró con dichos usuarios, o respecto a la estadística de las

650 intervenciones, qué resultado se tuvo, ya que eso va en función

de la productividad precisamente del Municipio, pues al señalar 650

usuarios simulados, habla de la productividad de la Contraloría, más

no del Municipio, y lo que se requiere entonces es que la parte

cuantitativa se refleje en resultados, y lo mismo sería con las

auditorías, las revisiones y las declaraciones. En ese sentido, en uso

de la voz el Contralor Municipal menciona al Síndico Martínez Vega

que tiene razón ya que es una presentación de un Sistema Interno de

Indicadores meramente cuantitativo, y el resultado por citar el ejemplo

de los usuarios simulados es mejorar los procesos internos de toda la

Administración Municipal y detectar la calidad o la atención por parte

de los servidores públicos en el ejercicio y en el desempeño de sus

actividades, y evidentemente la presentación del día de hoy está

pensada solamente para manifestar el trabajo de la Contraloría en el

año 2015; agregando que en las reuniones mensuales de la Comisión

de la Contraloría se explica a detalle y se contesta a los Regidores

presentes las dudas y particularidades de cada uno de los procesos,

cuáles son las recomendaciones que se hacen, en qué consisten las

capacitaciones que hace la Contraloría Municipal, cuáles son las

Dependencias más observadas, además de las recomendaciones que

se están haciendo. Después, en razón de lo anterior nuevamente en

uso de la voz el Síndico Eugenio Martínez Vega solicita al Contralor

Municipal que en el próximo informe se señale la parte cualitativa, ya

que en el informe que también presenta al Ayuntamiento únicamente

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se hace mención de lo cuantitativo, y por ejemplo se puede poner cuál

es el resultado de las auditorías y qué observaciones se tienen, o bien

cuantas recomendaciones hubo y cuantas se acataron por parte de las

diferentes Dependencias, etcétera, es decir tener un contexto mucho

más amplio. Agregando que en el caso de quejas y denuncias

obviamente están hablando del mayor número por la atención

ciudadana, pero también tendrían que saber de las 1,500 quejas qué

se pretenden tener, cuantas procedieron y cuantas no. Respondiendo

en ese sentido el Contralor Municipal que con todo gusto se atenderá

la solicitud. A continuación, en uso de la voz la Regidora Verónica

García Barrios solicita que en la información de los puntos de quejas,

denuncias y sugerencias, se separen, ya que no es lo mismo una

queja a una sugerencia, ello para ver como se ha desarrollado el

trabajo conforme a lo solicitado por el Síndico. Manifestándole el

Contralor Municipal que con todo gusto se hará de esa manera.

En el punto X del Orden del Día, la Presidenta presenta al Honorable

Cuerpo Edilicio la propuesta para modificar el Calendario de Sesiones

del Honorable Ayuntamiento, a efecto de que la primera sesión

ordinaria del mes de febrero, a celebrarse el jueves 12, tenga

verificativo el jueves 5 de febrero de 2015; la cual queda aprobada por

unanimidad.

En el punto XI del Orden del Día, relativo a Informe de Comisiones. En

uso de la voz, el Regidor Contador Público Aurelio Martínez Velázquez

solicita autorización al Pleno del Honorable Ayuntamiento para dar

lectura en bloque a doce dictámenes similares de la Comisión de

Gobierno, Régimen Interior y Seguridad Pública, relativos a la

prestación del servicio de seguridad privada en el municipio. Lo

anterior, con el fin de que puedan ser sometidos a votación del Cuerpo

Edilicio en un solo acto. Propuesta que queda aprobada por

unanimidad una vez sometida a la consideración del Honorable

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Ayuntamiento por la Presidenta. En seguida, el Regidor Contador

Público Aurelio Martínez Velázquez da lectura a los doce dictámenes

de la Comisión de Gobierno, Régimen Interior y Seguridad Pública (se

agregan al apéndice del acta), por unanimidad se toman los siguientes

acuerdos: 1.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los

artículos 16 fracción VI y 179 de la Ley del Sistema de Seguridad

Pública del Estado de Guanajuato, se otorga la conformidad municipal

a la empresa denominada SASI CORPORATION S.A DE C.V. para

que esta preste los servicios de seguridad privada en este Municipio,

bajo las modalidades previstas en las fracciones I y II del artículo 180

de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de 2016.

SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que supervise y verifique que la persona

mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la autorización

correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad Pública

Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el Municipio bajo

las condiciones y términos expresados en la normativa vigente.

TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que vigile y supervise el cumplimiento de las

obligaciones del prestador de servicios y notifique a la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, las anomalías y contravenciones así como

la imposición de medidas de seguridad o determinación de sanciones,

inmediatamente después de tomar conocimiento de ello. Autorización

que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.

2.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16

fracción VI y 179 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del

Estado de Guanajuato, se otorga la conformidad municipal a la

empresa denominada GSI SEGURIDAD PRIVADA S.A DE C.V. para

que esta preste los servicios de seguridad privada en este Municipio,

bajo las modalidades previstas en las fracciones I y II del artículo 180

de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de 2016.

SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que supervise y verifique que la persona

mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la autorización

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad Pública

Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el Municipio bajo

las condiciones y términos expresados en la normativa vigente.

TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que vigile y supervise el cumplimiento de las

obligaciones del prestador de servicios y notifique a la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, las anomalías y contravenciones así como

la imposición de medidas de seguridad o determinación de sanciones,

inmediatamente después de tomar conocimiento de ello. Autorización

que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.

3.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16

fracción VI y 179 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del

Estado de Guanajuato, se otorga la conformidad municipal a la

empresa denominada SEGURIDAD PRIVADA SIAHP S.A DE C.V.

para que esta preste servicios de seguridad privada en este Municipio,

bajo las modalidades previstas en las fracciones I y II del artículo 180

de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de 2016.

SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que supervise y verifique que la persona

mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la autorización

correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad Pública

Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el Municipio bajo

las condiciones y términos expresados en la normativa vigente.

TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que vigile y supervise el cumplimiento de las

obligaciones del prestador de servicios y notifique a la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, las anomalías y contravenciones así como

la imposición de medidas de seguridad o determinación de sanciones,

inmediatamente después de tomar conocimiento de ello. Autorización

que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.

4.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16

fracción VI y 179 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del

Estado de Guanajuato, se otorga la conformidad municipal a la C. Ma.

del Pilar Santibáñez Galván en su carácter de persona física

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Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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propietaria de la empresa comercialmente conocida como

“PROFESIONALES EN SEGURIDAD EMPRESARIAL” para que esta

preste servicios de seguridad privada en este Municipio, bajo las

modalidades previstas en las fracciones I y II del artículo 180 de la

Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de 2016.

SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que supervise y verifique que la persona

mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la autorización

correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad Pública

Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el Municipio bajo

las condiciones y términos expresados en la normativa vigente.

TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que vigile y supervise el cumplimiento de las

obligaciones del prestador de servicios y notifique a la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, las anomalías y contravenciones así como

la imposición de medidas de seguridad o determinación de sanciones,

inmediatamente después de tomar conocimiento de ello. Autorización

que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.

5.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16

fracción VI y 179 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del

Estado de Guanajuato, se revalida la conformidad municipal a la

empresa denominada SEGURIDAD PRIVADA VIREAL S.A. DE C.V.,

para que continúe prestando servicios de seguridad privada en este

Municipio, bajo las modalidades previstas en las fracciones I y II del

artículo 180 de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de

2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que supervise y verifique que la

persona mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la

autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad

Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el

Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la normativa

vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

56

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. 6.- PRIMERO.- Con fundamento

en lo dispuesto por los artículos 16 fracción VI y 179 de la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, se revalida

la conformidad municipal a la empresa denominada SEGURIDAD

TÉCNICA S.A. DE C.V., para que continúe prestando servicios de

seguridad privada en este Municipio, bajo las modalidades previstas

en las fracciones I y II del artículo 180 de la Ley mencionada, con una

vigencia al 29 de enero de 2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta

a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que supervise y

verifique que la persona mencionada en el punto de acuerdo anterior,

obtenga la autorización correspondiente por parte de la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en

el Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la

normativa vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría

de Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. 7.- PRIMERO.- Con fundamento

en lo dispuesto por los artículos 16 fracción VI y 179 de la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, se revalida

la conformidad municipal a la empresa denominada SISTEMAS DE

EXCELENCIA Y LOGISTICA S.A. DE C.V., para que continúe

prestando servicios de seguridad privada en este Municipio, bajo las

modalidades previstas en las fracciones I y II del artículo 180 de la Ley

mencionada, con una vigencia al 29 de enero de 2016. SEGUNDO.-

Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad Pública

Municipal, para que supervise y verifique que la persona mencionada

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

57

en el punto de acuerdo anterior, obtenga la autorización

correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad Pública

Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el Municipio bajo

las condiciones y términos expresados en la normativa vigente.

TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de Seguridad

Pública Municipal, para que vigile y supervise el cumplimiento de las

obligaciones del prestador de servicios y notifique a la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, las anomalías y contravenciones así como

la imposición de medidas de seguridad o determinación de sanciones,

inmediatamente después de tomar conocimiento de ello. Autorización

que se otorga en los términos y condiciones del dictamen respectivo.

8.- PRIMERO.- Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16

fracción VI y 179 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del

Estado de Guanajuato, se revalida la conformidad municipal a la

empresa denominada ESCHASA SEGURIDAD PRIVADA S.A. DE

C.V., para que continúe prestando servicios de seguridad privada en

este Municipio, bajo las modalidades previstas en las fracciones I y II

del artículo 180 de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de

enero de 2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que supervise y verifique que la

persona mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la

autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad

Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el

Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la normativa

vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. 9.- PRIMERO.- Con fundamento

en lo dispuesto por los artículos 16 fracción VI y 179 de la Ley del

Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, se revalida

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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la conformidad municipal a la persona moral denominada

SEGURIDAD PRIVADA INTEGRAL MANAVIL S.A DE C.V, para que

esta continúe prestando servicios de seguridad privada en este

Municipio, bajo las modalidades previstas en las fracciones I y II del

artículo 180 de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de

2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que supervise y verifique que la

persona mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la

autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad

Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el

Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la normativa

vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. 10.- PRIMERO.- Con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 fracción VI y 179 de la

Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, se

revalida la conformidad municipal a la persona moral denominada

SEGURIDAD PRIVADA TECNICA CORPORATIVA S.A DE C.V., para

que esta continúe prestando servicios de seguridad privada en este

Municipio, bajo las modalidades previstas en las fracciones I, II y V del

artículo 180 de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de

2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que supervise y verifique que la

persona mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la

autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad

Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el

Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la normativa

vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

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CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

59

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. 11.- PRIMERO.- Con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 fracción VI y 179 de la

Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, se

revalida la conformidad municipal a la C. Esperanza Cecilia Morado

Infante para que en su calidad de persona física y propietaria de la

empresa comercialmente denominada D.P. DETECTIVES

PROFESIONALES, continúe prestando servicios de seguridad privada

en este Municipio, bajo la modalidad prevista en la fracción I del

artículo 180 de la Ley mencionada, con una vigencia al 29 de enero de

2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que supervise y verifique que la

persona mencionada en el punto de acuerdo anterior, obtenga la

autorización correspondiente por parte de la Secretaría de Seguridad

Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en el

Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la normativa

vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría de

Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. 12.- PRIMERO.- Con

fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 fracción VI y 179 de la

Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de Guanajuato, se

revalida la conformidad municipal al C. CHRISTIAN ALEJANDRO

MANRIQUEZ ARMENTA en su calidad de persona física propietario

de la empresa comercialmente denominada SEGURIDAD PRIVADA

ACAF para que este continúe prestando servicios de seguridad

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privada en este Municipio, bajo las modalidades previstas en las

fracciones I y II del artículo 180 de la Ley mencionada, con una

vigencia al 29 de enero de 2016. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta

a la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, para que supervise y

verifique que la persona mencionada en el punto de acuerdo anterior,

obtenga la autorización correspondiente por parte de la Secretaría de

Seguridad Pública Estatal, y preste el servicio de seguridad privada en

el Municipio bajo las condiciones y términos expresados en la

normativa vigente. TERCERO.- Se instruye y se faculta a la Secretaría

de Seguridad Pública Municipal, para que vigile y supervise el

cumplimiento de las obligaciones del prestador de servicios y notifique

a la Secretaría de Seguridad Pública Estatal, las anomalías y

contravenciones así como la imposición de medidas de seguridad o

determinación de sanciones, inmediatamente después de tomar

conocimiento de ello. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. Después, el Síndico Contador

Público José Eugenio Martínez Vega solicita autorización al Pleno del

Honorable Ayuntamiento para dar lectura en bloque a cuatro

dictámenes similares del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,

Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de León,

Guanajuato relativos a convenios de afectación por causa de utilidad

pública, con motivo de obras públicas, propuesta que una vez

sometida a la consideración del Honorable Ayuntamiento por la

Presidenta queda aprobada por unanimidad. Acto seguido, el Síndico

Contador Público José Eugenio Martínez Vega da lectura a dos

dictámenes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,

Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de León,

Guanajuato (se agregan al apéndice del acta), por mayoría con cuatro

votos en contra emitidos por los Regidores: Contador Público

Alejandro Arena Barroso, Ciudadana Martha Guadalupe Hernández

Camarena, Ciudadana Blanca Alejandra López Zavala y Doctor José

Javier Ayala Torres se toman los siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.-

Se autoriza la suscripción de un convenio de afectación por causa de

utilidad pública con la C. Ascención Rodríguez de Páramo también

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conocida como Asención Rodríguez Nava o bien con el apoderado

legal que ésta designe, con motivo de la obra pública denominada

puente vehicular Canal de Sardaneta, respecto de un inmueble con

una superficie de 66.239 M2 (sesenta y seis punto doscientos treinta y

nueve metros cuadrados) de una fracción de terreno de la ex hacienda

de Ibarrilla de este municipio, el cual tiene las medidas y colindancias

que se establecen en el convenio respectivo. Dicho instrumento

jurídico habrá de celebrarse en los términos y condiciones del

documento que como anexo único forma parte del presente acuerdo.

SEGUNDO.- Se autoriza cubrir al afectado la cantidad de $141,457.90

(ciento cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y siete pesos 90/100

M.N.) por la adquisición del inmueble; el pago estará sujeto al

cumplimiento de los términos y condiciones establecidos en el

convenio de afectación referido en el punto anterior y a la suficiencia

presupuestal disponible en el presupuesto de egresos autorizado para

el ejercicio fiscal correspondiente. TERCERO.- Se instruye a la

Dirección de Afectaciones para que en el ámbito de su competencia

realice todos los actos que resulten necesarios para el cumplimiento

del presente acuerdo; así mismo se instruye a la Tesorería Municipal

para que proceda a dar de alta el inmueble que se adquiere en el

padrón de bienes municipales. Autorización que se otorga en los

términos y condiciones del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Se

autoriza la suscripción de un convenio de afectación por causa de

utilidad pública con el C. Aurelio Guerrero Vázquez o bien con el

apoderado legal que éste designe, con motivo de la obra pública

denominada puente vehicular Canal de Sardaneta, respecto de un

inmueble con una superficie de 327.695 M2 (trescientos veintisiete

punto seiscientos noventa y cinco metros cuadrados) de una fracción

de terreno rústico ubicado y denominado fracción de Ibarrilla de este

municipio, el cual tiene las medidas y colindancias que se establecen

en el convenio respectivo. Dicho instrumento jurídico habrá de

celebrarse en los términos y condiciones del documento que como

anexo único forma parte del presente acuerdo. SEGUNDO.- Se

autoriza cubrir al afectado la cantidad de $473,864.50 (cuatrocientos

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setenta y tres mil ochocientos sesenta y cuatro pesos 50/100 M.N.) por

la adquisición del inmueble y construcciones; el pago estará sujeto al

cumplimiento de los términos y condiciones establecidos en el

convenio de afectación referido en el punto anterior y a la suficiencia

presupuestal disponible en el presupuesto de egresos autorizado para

el ejercicio fiscal correspondiente. TERCERO.- Se instruye a la

Dirección de Afectaciones para que en el ámbito de su competencia

realice todos los actos que resulten necesarios para el cumplimiento

del presente acuerdo; así mismo se instruye a la Tesorería Municipal

para que proceda a dar de alta el inmueble que se adquiere en el

padrón de bienes municipales. Autorización que se otorga en los

términos y condiciones del dictamen respectivo. Asimismo, el Síndico

Contador Público José Eugenio Martínez Vega da lectura a otros dos

dictámenes del Comité de Adquisiciones, Enajenaciones,

Arrendamientos y Contratación de Servicios del Municipio de León,

Guanajuato (se agregan al apéndice del acta), por unanimidad se

toman los siguientes acuerdos: 3.- PRIMERO.- Se autoriza la

suscripción de un convenio de afectación por causa de utilidad pública

con el C. Jorge Andrade Espinoza o bien con el apoderado legal que

éste designe, con motivo de la obra pública denominada Blvd. Timoteo

Lozano, tramo Blvd. Atotonilco a Tajo de Santa Ana, respecto de un

inmueble con una superficie de 5,919.95 M2 (cinco mil novecientos

diecinueve punto noventa y cinco metros cuadrados) del predio rústico

San José del Refugio de este municipio, el cual tiene las medidas y

colindancias que se establecen en el convenio respectivo. Dicho

instrumento jurídico habrá de celebrarse en los términos y condiciones

del documento que como anexo único forma parte del presente

acuerdo. SEGUNDO.- Se autoriza cubrir al afectado la cantidad de

$5´623,952.50 (cinco millones seiscientos veintitrés mil novecientos

cincuenta y dos pesos 50/100 M.N.) por la adquisición del inmueble; el

pago estará sujeto al cumplimiento de los términos y condiciones

establecidos en el convenio de afectación referido en el punto anterior

y a la suficiencia presupuestal disponible en el presupuesto de

egresos autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente.

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TERCERO.- Se instruye a la Dirección de Afectaciones para que en el

ámbito de su competencia realice todos los actos que resulten

necesarios para el cumplimiento del presente acuerdo; así mismo se

instruye a la Tesorería Municipal para que proceda a dar de alta el

inmueble que se adquiere en el padrón de bienes municipales.

Autorización que se otorga en los términos y condiciones del dictamen

respectivo. 4.- PRIMERO.- Se autoriza la modificación del punto

primero y segundo del acuerdo tomado por el H. Ayuntamiento en

fecha 14 de agosto de 2014 dentro del punto XII del orden del día,

mediante el cual se autorizó la suscripción de un convenio de

afectación por causa de utilidad pública con el C. Luz Arturo

Hernández Díaz, ello con motivo de la obra pública denominada

pavimentación del Blvd. Timoteo Lozano. Modificación cuyo objetivo

únicamente es establecer la superficie definitiva del inmueble afectado

y el pago correspondiente, para quedar en los términos siguientes:

“PRIMERO.- Se autoriza la suscripción de un convenio de afectación por causa de utilidad pública con el C. Luz Arturo Hernández Díaz o bien con el apoderado legal que éste designe, con motivo de la obra pública denominada pavimentación del Blvd. Timoteo Lozano, respecto de un inmueble con una superficie de 74.33 M2 (setenta y cuatro punto treinta y tres metros cuadrados) del lote de terreno ubicado en la zona 168 de la calle Lucía Manrique, manzana 41, lote 22 del asentamiento hoy regularizado colonia Villas de León, el cual tiene las medidas y colindancias que se establecen en el convenio respectivo.

Dicho instrumento jurídico habrá de celebrarse en los términos y condiciones del documento que como anexo único forma parte del presente acuerdo.

SEGUNDO.- Se autoriza cubrir al afectado la cantidad de $100,345.50 (cien mil trescientos cuarenta y cinco pesos 50/100 M.N.) por la adquisición del inmueble; el pago estará sujeto al cumplimiento de los términos y condiciones establecidas en el convenio de afectación referido en el punto anterior y a la suficiencia presupuestal disponible en el presupuesto de egresos autorizado para el ejercicio fiscal correspondiente.”

SEGUNDO.- Con motivo del punto de acuerdo anterior, se deja sin

efectos el Convenio de afectación aprobado en la mencionada sesión

de ayuntamiento de fecha 14 de agosto de 2014, autorizándose

consecuentemente la suscripción de un nuevo instrumento jurídico el

cual obra como anexo único del presente acuerdo; mismo que

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contempla la superficie, medidas, colindancias y monto de

indemnización definitivos del predio afectado. TERCERO.- Se

aprueban todos los actos jurídicos y administrativos que resulten

necesarios para la ejecución del presente acuerdo. Todo lo que no se

modifique en el presente acuerdo seguirá surtiendo sus efectos

legales correspondientes. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. De igual forma, el Regidor Doctor

José Javier Ayala Torres da lectura a un dictamen de la Comisión de

Obra Pública (se agrega al apéndice del acta), por unanimidad

mediante votación nominal se toma el siguiente acuerdo: PRIMERO.-

Se autoriza al Fideicomiso de Obras por Cooperación, para que

otorgue en donación los bienes muebles que se establecen en el

anexo único del presente acuerdo a favor del Centro de Investigación

y Promoción Educativa y Cultural, A. C., a fin de que sean destinados

al cumplimiento de su objeto, el cual consiste en capacitar a personas

de limitados recursos (económicos, educativos y/o emocionales) en

competencia laboral. SEGUNDO.- Se instruye y se faculta al

Fideicomiso de Obras por Cooperación, para que en el ámbito de su

respectiva competencia, realice las gestiones y acciones necesarias

para dar cumplimiento al presente acuerdo, asimismo para que realice

las anotaciones correspondientes en su padrón de bienes. TERCERO.-

Los bienes donados se revertirán al patrimonio municipal en caso de

que se actualice cualquiera de los supuestos que establece el artículo

207 fracciones I y II de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de

Guanajuato, sujetándose al procedimiento señalado en el artículo 208

de la ley en cita. CUARTO.- Se instruye y se faculta a la Contraloría

Municipal, para que verifique el cumplimiento y transparencia en los

términos de Ley, el proceso de donación de los activos materia del

presente acuerdo. QUINTO.- Publíquese el presente acuerdo en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guanajuato para los

efectos del artículo 220 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado

de Guanajuato. Autorización que se otorga en los términos y

condiciones del dictamen respectivo. En uso de la voz, el Síndico

Licenciado en Administración Leonel Charnichart Celis solicita

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autorización al Pleno del Honorable Ayuntamiento para dar lectura en

bloque a dos dictámenes similares de la Comisión de Desarrollo

Urbano, relativos al destino del suelo de inmuebles municipales. Lo

anterior, con el fin de que puedan ser sometidos a votación del Cuerpo

Edilicio en un solo acto, propuesta que es aprobada por unanimidad

una vez sometida a la consideración del Honorable Ayuntamiento por

la Presidenta. A continuación, el Síndico Licenciado en Administración

Leonel Charnichart Celis da lectura a los dos dictámenes de la

Comisión de Desarrollo Urbano (se agregan al apéndice del acta), por

unanimidad se toman los siguientes acuerdos: 1.- PRIMERO.- Se

formaliza el uso y destino como equipamiento urbano zonal que

actualmente tiene el inmueble propiedad municipal, ubicado entre las

calles Juan Pablo I y Juan de la Barrera en el fraccionamiento San

Jerónimo, con una superficie de 48,515.81 m2 (cuarenta y ocho mil

quinientos quince punto ochenta y uno metros cuadrados) donde se

encuentra instalada y en funcionamiento una terminal de transferencia

del Sistema Integrado de Transporte; cuyas medidas y colindancias se

describen en el anexo único que forma parte del presente acuerdo y

que a continuación se insertan: Al norte en línea formada de cuatro

tramos que parte de oriente a poniente en 138.34 m, quiebra al sur en

11.26 m, quiebra al poniente en 60.47 m, y termina con inclinación

ligeramente al sur en 59.08 m, con fraccionamiento San Jerónimo y

Calle Juan Pablo I; al sur en línea formada de tres tramos que parte

de oriente a poniente en 184.88 m, quiebra al norte en 57.06 m, y

termina quebrando al poniente en 62.00 m, lindando con propiedad

particular; al oriente en línea recta de 226.22 m, lindando con Calle

Juan de la Barrera; y al poniente en 122.75 m, lindando con

propiedad particular. SEGUNDO.- Se aprueban todos los actos

jurídicos y administrativos que resulten necesarios para la ejecución

del presente acuerdo. Asimismo se instruye a las Direcciones

Generales de Desarrollo Urbano, de Movilidad y la de Recursos

Materiales y Servicios Generales para que en el ámbito de su

respectiva competencia realicen las acciones y gestiones que resulten

necesarias para dar cumplimiento a este acuerdo, asimismo para que

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se realice la anotación correspondiente en el padrón de bienes

municipales. Autorización que se otorga en los términos y condiciones

del dictamen respectivo. 2.- PRIMERO.- Se formaliza la autorización

para uso y destino como área verde que actualmente tiene el inmueble

propiedad municipal, que se identifica como área de donación

correspondiente a la manzana número 54 del fraccionamiento

denominado Jardines de Oriente, con superficie de 2,957.40 m2 (dos

mil novecientos cincuenta y siete punto cuarenta metros cuadrados);

cuyas medidas y colindancias se describen en el anexo único que

forma parte del presente acuerdo y que a continuación se insertan: Al

noreste en línea recta de 105.83 m, lindando con calle Botticelli; al

sureste en línea recta de 30.00 m, lindando con calle Salvador Dalí; al

noroeste en tres tramos que comienzan con una línea recta que va de

noreste a suroeste en 15.00 m, quiebra y continua con una línea recta

que va hacia el sureste en 14.50 m, quiebra con una línea recta hacia

el suroeste en 15.00 m, los anteriores lindando con propiedad

particular; y al suroeste en 91.33 m, lindando con calle Eduardo

Manet. El cual deberá ser forestado y equipado, únicamente como

parque urbano o jardín público. SEGUNDO.- Se instruye a la Dirección

General de Gestión Ambiental para que realice el cuidado, ornato y

mantenimiento de la superficie destinada para área verde, ello hasta

en tanto se constituya legalmente un comité o asociación de colonos

en el fraccionamiento Jardines de Oriente con quien pueda

gestionarse la ejecución de dichas tareas. TERCERO.- Se aprueban

todos los actos jurídicos y administrativos que resulten necesarios

para la ejecución del presente acuerdo. Asimismo se instruye a las

Direcciones Generales de Desarrollo Urbano, Gestión Ambiental y la

de Recursos Materiales y Servicios Generales para que en el ámbito

de su respectiva competencia realicen las acciones y gestiones que

resulten necesarias para dar cumplimiento a este acuerdo, asimismo

para que se realice la anotación correspondiente en el padrón de

bienes municipales y se proporcione la información al Instituto

Municipal de Planeación para integrar dicho predio al padrón único de

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áreas verdes de este municipio. Autorización que se otorga en los

términos y condiciones del dictamen respectivo.

En el punto XII del Orden del Día. Asuntos Generales. En uso de la

voz, el Síndico José Eugenio Martínez Vega manifiesta que una vez

más el Regidor Alejandro Arena votó a favor el pago de afectaciones

en el comité de Adquisiciones, y el día de hoy en el Ayuntamiento las

vota en contra, lo que no le sorprende, pues eso ya se ha vuelto

común, pero sin embargo lo que sí le sorprende es que voten en

contra uno de los proyectos más importantes de la ciudad como lo es

el Parque Lineal Sardaneta, que curiosamente Gobierno del Estado,

que emerge de su partido, es quien está llevando la obra, y si no se

lleva a cabo la liberación de estas afectaciones se vería obstaculizado

el proyecto. Asimismo señala el Síndico Eugenio que durante mucho

tiempo se ha hablado de la colaboración y cordialidad que debe existir

entre el Gobierno Municipal y Estatal, para beneficio de la ciudad, y el

día de hoy con el voto en contra de la Fracción del PAN pareciera que

por alguna razón, que nunca fue explicada en el Comité, votan en

contra, por lo que considera se debe dar una explicación a la ciudad

del por qué la oposición a un proyecto de este tipo. Sobre el particular

en uso de la voz el Regidor Alejandro Arena Barroso refiere que al

momento de votar a favor en el Comité era porque la información que

tenía era suficiente, ya que se está en apoyo de este tipo de proyectos

y no se tienen inconvenientes, pero sin embargo, después, hubo

información que su coordinadora la Regidora Martha Hernández le

proporcionó y que vale la pena se mencione en una declaración que

ella tiene por hacer. En seguida, la Regidora Martha Hernández

Camarena solicita se le dé el uso de la voz a fin de iniciar su

intervención en este punto de Asuntos Generales ya que precisamente

es la contestación a la pregunta del Síndico Martínez Vega, misma

que es otorgada por la Presidenta Municipal. A continuación, la

Regidora Hernández Camarena da lectura a un posicionamiento

político en los siguientes términos:

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“Con respecto al voto en contra en el tema de Sardaneta, estamos votando en contra la forma en la que se hacen las afectaciones. La Fracción del PAN estamos a favor de la obra de Sardeneta, la apoyamos y sabemos que es una obra que va a beneficiar mucho a esa zona, lo que estamos a favor es a la transparencia y la forma en que se toman; el canal está sujeto a la Ley de Aguas Nacionales, existe a sus lados restricciones federales contempladas en la propia Ley, los inmuebles que colindan con el canal tienen restricción de construcción en la Ley en comento, que en consecuencia el valor del área que se pretende afectar por el municipio no tiene valor real de plusvalía, derivándose un valor mínimo por metro cuadrado, además que en el área existente en la periferia de los inmuebles que se pretende afectar no tiene un desarrollo completo de urbanización como pavimentación, alumbrado, por mencionar algunos. Ahora bien, porqué no se realizó en su debido tiempo un estudio de afectación si se tenía el Proyecto del Parque Lineal, que sabemos que el medio más eficaz y creíble en sus valores es la afectación mediante la expropiación contemplada en el artículo 27 de la Constitución Federal, que en consecuencia se respetan los derechos de los ciudadanos y existe una transparencia del pago en una forma objetiva apegada a derecho conforme a los avalúos expuestos dentro de la expropiación, y no de forma subjetiva, sin existir una debida justificación del porqué se pagan valores excesivos y presurosos, haciendo referencia a las autorizaciones de los convenios de afectación que se aprobaron hoy; solicitamos que se audite a fondo a la Dirección de Afectaciones. Lo anterior, derivado de la disparidad en los montos aprobados para el pago de las afectaciones en los predios del proyecto en cita, que apoyamos al cien por ciento, toda vez que hay diferencias sustanciales entre estos, por mencionarlo con mucha claridad un predio de 66.2 m2 a $2,135.56 pesos dando un total de $141,457.90, y un predio de 327 m2 a $1,446.05 dando un total de $473,864.50; y por otro lado lo que aprobamos en Timoteo Lozano que es una área que ya está urbanizada se valora el metro en $950 pesos; entonces vemos muy disparejo las cantidades que se están pagando, estamos a favor del proyecto, pero también pedimos que haya claridad en esto, y en el área de afectaciones vemos que se toma muy a consideración, es muy subjetivo a la opinión o al acuerdo que tengan una o dos personas.”

Después, nuevamente en uso de la voz el Síndico José Eugenio

Martínez Vega invita a la Regidora Martha Hernández a participar en

el Comité de Adquisiciones, comentándole que los valores que les

presentan vienen revisados desde su valor catastral por una valuación

externa y por el valor del Colegio de Valuadores, y nunca es por dos

personas, ya que ni siquiera son valuaciones internas al área de

Afectaciones. Asimismo señala que existen restricciones federales, las

cuales precisamente en el Comité se ha tenido mucho cuidado de no

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pagar, ya que correspondería en un momento dado a CONAGUA

pagar esas afectaciones de terreno, y sólo se paga lo que está afuera

de la restricción federal. Mencionando además que si hubo o hay

alguna construcción sobre el canal, pero que fue precisamente por la

permisividad de muchos gobiernos de no vigilar que esto fuera

respetado, y hoy los valores que se pagan son con una referencia y

con la voluntad del ciudadano de vender al precio que se le haga justo,

y en este caso lo que propone la Regidora Martha Hernández es que

todas las afectaciones las lleven a una expropiación porque

seguramente caen en Secretaría de Gobierno del Estado, pero una

expropiación que ya promovieron en este Ayuntamiento, y que tiene

uno de los principales proyectos de esta ciudad, como lo es el Puente

Benito Juárez, lleva varias semanas en el escritorio de la Secretaría de

Gobierno del Estado y no han podido liberar el terreno de Fernando

García Murguía, por lo que entonces con su propuesta pretenden que

el ciudadano quede prácticamente a una negociación, ya que la

expropiación va simple y llanamente por una orden judicial en la cual

tienen que entregar a un precio en el que el ciudadano ni siquiera está

considerado, y en cambio la propuesta presentada por el Comité es

más sensible al tema social en donde hoy hay afectados por obras

importantes para la ciudad y les están tratando de dar el valor a sus

bienes, que son su patrimonio, con recursos perfectamente

transparente y no como la Regidora Hernández Camarena lo dice de

un solo plumazo, por lo que ojala participara próximamente en el

Comité y no traiga estos discursos que sinceramente no tienen ningún

sustento ni social, ni económico y así respetará su posicionamiento de

aquí en adelante, pero deja claro que la fracción de PAN va por la

propuesta de que al ciudadano no se le considere y que lo que están

haciendo mal es considerarlo para una negociación. Continuando con

el tema, nuevamente en uso de la voz la Regidora Martha Hernández

Camarena manifiesta extrañarle le digan que lleva varias semanas en

el escritorio de Gobierno del Estado, pues cuando se realiza una obra

en el Municipio, se realiza en base a un proyecto, y esos procesos no

son de semanas sino de meses, considerando se deben hacer con el

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debido tiempo, sin ser un discurso político el abogar por que se

transparenten los recursos del Municipio, quedándole muy claro como

es el proceso, pues sabe que hay un valor catastral, un valor de

mercado, y un valor que el dueño le pone a su terreno, pero muchas

veces ese valor que el dueño pone va muy por encima de los otros

dos valores, siendo entonces donde entra la duda de ¿cómo se está

llegando a ese acuerdo?, porque a ellos no les consta que sea con

transparencia llegar al acuerdo de ese valor, y vigilarán siempre la

transparencia de los recursos, no como discurso político, sino por la

sensibilidad que el Síndico Martínez Vega dice que tienen. Asimismo

abonando al tema, en uso de la voz la Regidora Beatriz Manrique

Guevara precisa que la expropiación propuesta por la Regidora

Hernández Camarena, que por cierto no es un trámite largo sino

cuestión de una firma que está en un día, en el caso de Sardaneta

hablan de quitarle su propiedad a muchas personas por un

instrumento impositivo, y dichas personas que están ubicadas en una

zona de alta vulnerabilidad económica no son ricos, a diferencia del

otro ejemplo de la expropiación en donde es un solo afectado y en

donde ya se agotaron los canales del diálogo, por lo que entonces le

gustaría dejar muy clara la propuesta de la Regidora del PAN, que es

expropiar sus inmuebles a muchos propietarios de una de las zonas

más marginadas de la ciudad. Después, en uso de la voz la Regidora

Martha Hernández Camarena señala que la solicitud expresa es

auditar a la Dirección de Afectaciones del Municipio para poder valorar

el tema, porque no les queda claro el cómo hay dos valores oficiales y

un valor en donde lo está poniendo el dueño, quedándoles la duda ahí,

aunque el Síndico haga esa cara, pues ese valor lo están sacando no

saben cómo, por lo que entonces les interesa, aunque todos tengan

cara de burla, pues están aquí para vigilar esto, y la solicitud expresa

que hacen es que se audite a la Dirección de Afectaciones. Sobre el

particular el Síndico Martínez Vega menciona que no es burla sino

admiración por lo que dijo, pues está hablando de los dueños y

dudando de la propiedad del propio ciudadano y de su propuesta, y si

la Regidora Hernández quiere poner a la Contraloría Municipal a

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trabajar, como lo ha puesto estos dos años, en auditorias y auditorías,

ya nada más faltaría que estuviera una persona en Contraloría

directamente con el Director de Afectaciones visitando a cada uno de

los ciudadanos para ver sus propuestas, pareciendo esto un acoso al

ciudadano en donde no sienta la confianza en esa parte, y la Regidora

Martha acaba de expresar una duda muy fuerte en el sentido de decir

que los valores que pone el ciudadano no son reales, pareciéndole

grave que ese tipo de dudas se traigan en este tema. Por último

nuevamente en uso de la voz la Regidora Martha Hernández

Camarena refiere ser bueno que esto no es en son de burla y que la

duda no es del ciudadano sino de quien está poniendo ese valor, es

decir si es el ciudadano solo o con alguien interviniendo, por lo que

entonces vuelve a solicitar la auditoria a la Dirección de Afectaciones

del Municipio.

Sin otro asunto que tratar, se da por terminada la sesión a las 12:42

doce horas cuarenta y dos minutos, del día de su fecha. Se levanta la

presente acta para constancia. Damos fe.

PRESIDENTA MUNICIPAL

Licenciada María Bárbara Botello Santibáñez

SECRETARIO DEL H. AYUNTAMIENTO

Licenciado Luis Fernando Gómez Velázquez

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SÍNDICOS:

Contador Público José Eugenio Martínez Vega

Licenciado en Administración Leonel Charnichart Celis

REGIDORES:

Contador Público Aurelio Martínez Velázquez

Ciudadana Verónica García Barrios

Licenciado en Administración de Empresas Miguel Ángel Balderas Fernández

Ciudadano Jacobo Cabrera Lara

Doctor José Javier Ayala Torres

Page 73: CONSULTA - Leon · CONSULTA Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015. 5 VI. Co-mediación: Proceso de Mediación

CONSULTA

Esta hoja forma parte del acta de la sesión ordinaria del Honorable Ayuntamiento de fecha 29 de enero de 2015.

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Contador Público Alejandro Arena Barroso

Ciudadana Martha Guadalupe Hernández Camarena

Ciudadana Blanca Alejandra López Zavala

Profesor José Luis Zúñiga Rodríguez

Licenciada Beatriz Manrique Guevara