Consulta-Contratación Extranjeros CAS DL 1057 - Ministerio Del Ambiente

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Formulario de Absolución de Consultas Laborales Estimado usuario, la Dirección de Capacitación y Difusión Laboral, de conformidad al literal i) del artículo 61º del Decreto Supremo Nº 004- 2014-TR, tiene la función de absolver las consultas de trabajadores y empleadores sobre la normativa laboral. En tal sentido, al tratarse sólo de una orientación en materia laboral, las respuestas que emita esta Dirección a las consultas formuladas no producen efectos jurídicos vinculantes sobre los administrados o sobre las instancias resolutivas previstas en el ordenamiento jurídico. Usuario INSTITUTO GEOFÍSICO DEL PERU Pregunta Hoja de Ruta Nº 11318-2015-EXT Orientación Respecto a su consulta, le indicamos que a la fecha no se encuentra incorporado en el Texto Único de Procedimientos Administrativos, el procedimiento para la aprobación de contratos de extranjeros bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057. Sin embargo en necesario hacer las siguientes precisiones: 1. AMBITO DE APLICACIÓN DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 689 Que, el artículo 2° de D.L. N° 689; en principio establece un límite a la libertad de contratación de extranjeros dado que estos últimos solo pueden ser contratados bajo el régimen laboral de la actividad Privada. En ese sentido el Informe Legal N° 342-2012-SERVIR- GPGRH concluye: “La legislación nacional establece que la

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Formulario de Absolucin de Consultas Laborales

Estimado usuario, la Direccin de Capacitacin y Difusin Laboral, de conformidad al literal i) del artculo 61 del Decreto Supremo N 004-2014-TR, tiene la funcin de absolver las consultas de trabajadores y empleadores sobre la normativa laboral. En tal sentido, al tratarse slo de una orientacin en materia laboral, las respuestas que emita esta Direccin a las consultas formuladas no producen efectos jurdicos vinculantes sobre los administrados o sobre las instancias resolutivas previstas en el ordenamiento jurdico.Usuario

INSTITUTO GEOFSICO DEL PERU

PreguntaHoja de Ruta N 11318-2015-EXT

Orientacin

Respecto a su consulta, le indicamos que a la fecha no se encuentra incorporado en el Texto nico de Procedimientos Administrativos, el procedimiento para la aprobacin de contratos de extranjeros bajo el rgimen del Decreto Legislativo N 1057. Sin embargo en necesario hacer las siguientes precisiones: 1.AMBITO DE APLICACIN DEL DECRETO LEGISLATIVO N 689 Que, el artculo 2 de D.L. N 689; en principio establece un lmite a la libertad de contratacin de extranjeros dado que estos ltimos solo pueden ser contratados bajo el rgimen laboral de la actividad Privada. En ese sentido el Informe Legal N 342-2012-SERVIR-GPGRH concluye:

La legislacin nacional establece que la contratacin de extranjeros est sujeta al rgimen laboral de la actividad privada y debe ser autorizado por la Autoridad Administrativa de Trabajo, por lo que no podran ser contratados bajo el rgimen de contratacin administrativa de servicios. Por tanto, el D.L N 689, est concebido desde una ptica del rgimen laboral de la actividad privada conforme al art. 2 de la mismo Decreto Legislativo y al cuarto prrafo de la las consideraciones de la misma ley que seala: Que, es necesario flexibilizar la contratacin de personal extranjero y reducir los costos para estimular el desarrollo de la inversin privada en los diversos sectores productivos y de servicios, con criterio descentralista, que signifiquen la creacin de nuevos puestos de trabajo para personal nacional

En esta misma lnea de argumentacin, La Autoridad Nacional del Servicio Civil, mediante informe Tcnico N 828-2013-SERVIR/GPGSC, informa que El Decreto Legislativo N 689, Ley de Contratacin para extranjeros est orientado a regular la contratacin de personas bajo el mbito privado.

Por ende, el D.L. 689 solo es de aplicacin en el supuesto de contratacin de extranjeros en el mbito privado.

2.SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIN DE EXTRANJEROS REGULADO EN EL T.U.P.A. DEL MINISTERO DE TRABAJOEl Texto nico de Procedimientos Administrativos(TUPA) del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo (MTPE), es aprobado mediante Decreto Supremo N 016-2006-TR, modificado por Resoluciones Ministeriales Ns. 107-2007-TR, 285-2007-TR, 055-2008-TR, 127-2008- TR,192-2008-TR, 323-2008-TR, 021-2010-TR, 262-2010-TR,014-2011-TR, 029-2013-TR, 089- 2013-TR, 107-2013-TR, 249-2014-TR y Decretos Supremos Ns. 010-2009-TR y 010-2012-TR. El mencionado T.U.P.A regula en el Item N 42, el procedimiento de Aprobacin de contrato de trabajo de personal extranjero. Teniendo como base legal el D.L. 689.

En resumen el procedimiento administrativo regulado en el ITEM N 42 del TUPA. del MTPE, es para la aprobacin de contratos de trabajo de personal extranjero bajo el rgimen laboral de la actividad privada. 3.SOBRE EL D.L. N 1057 Y LA CONTRATACIN DE EXTRANJEROSEl contrato administrativo de servicios (CAS), es exclusivamente aplicable a las entidades Pblicas; excluyendo a los privados el uso de este tipo de contratacin. Asimismo, el D.L. N 1057 y su reglamento aprobado por D.S. N 075-2008-PCM no establecen una disposicin que prohba la contratacin de extranjeros. Al respecto, Jos Valdivia Morn concluye lo siguiente:

| El rgimen laboral especial regulado por el Decreto Legislativo N 1057, constituye una modalidad especial de contratacin laboral, privativa del Estado, que no contempla ninguna prohibicin o impedimento para la contratacin de extranjeros bajo dicho rgimen Al respecto, La Autoridad Nacional del Servicio Civil, concluye en el informe Tcnico N 828-2013-SERVIR/GPGSC: 2.13. En atencin a lo expuesto, es posible inferir que la contratacin de extranjeros en el Estado a travs del rgimen CAS no contraviene el ordenamiento jurdicoEn conclusin, no es posible solicitar la aprobacin de contratos extranjeros bajo el rgimen del D.L N 1057 pues solo existe en el TUPA del MTPE un procedimiento para la aprobacin de los contratos de extranjeros bajo el rgimen laboral privado en aplicacin del Decreto Legislativo 689, siendo este Decreto Legislativo la nica norma que regula la contratacin de personal extranjero.

Respondido por Cristhian Enrique Mesias Reyes

VB Coordinador

Nota: Le informamos que el Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo cuenta con servicios adicionales para la orientacin en materia laboral, pudiendo acercarse el usuario al rea de Consultas de la Sub Direccin de Defensa Legal Gratuita y Asesora al Trabajador (en el caso de Lima Metropolitana), o a la Direccin Regional de Trabajo y Promocin del Empleo de la jurisdiccin donde se encuentre. Tambin puede formular su consulta por va web ingresando a www.trabajo.gob.pe a Consultas Lab.- Servicios o por va telefnica, llamando a la lnea gratuita 0800- 16872. VALDIVIA MORN, Jos. Contratacin de trabajadores extranjeros en el Rgimen Laboral Especial regulado por el Decreto Legislativo N 1057. Gestin Pblica y Desarrollo, marzo 2013, p. E-24. Para ver ms revisar el siguiente link: HYPERLINK "http://www.gestionpublica.org.pe/plantilla/rxv5t4/1029474941/enl4ce/2013/mar/revges_1807.pdf" http://www.gestionpublica.org.pe/plantilla/rxv5t4/1029474941/enl4ce/2013/mar/revges_1807.pdf