¡Construyendo Futuro!. PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y SGSSS.

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¡Construyendo Futuro!

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¡Construyendo Futuro!

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PARTICIPACIÓN CIUDADANA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Y Y

SGSSSSGSSS

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-

Líneas

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Busca promover encuentros entre el Estado, las comunidades y demás miembros de la sociedad civil para viabilizar propuestas concertadas que apunten a solucionar problemas del desarrollo local y regional, mediante la capacitación y asesoría técnica.

APOYO TECNICO A LA GESTIÓN MUNICIPAL

Apoya los procesos de fortalecimiento institucional local, tendientes a mejorar la eficiencia administrativa en cuanto al manejo de los recursos y el cumplimiento de las tareas misionales del municipio.

CAPACITACIÓN PARA LA PARTICIPACION CIUDADANA

Apoya procesos de formación comunitaria y ciudadana, para el fortalecimiento de la participación en los asuntos públicos y el desarrollo del municipio a través del Proyecto de Escuelas de  Liderazgo y/o Gobierno.

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Las Escuelas forman ciudadanos responsables, capaces de gestionar procesos

políticos innovadores y alternativos que modifican el modo de articulación entre la

sociedad civil y el Estado, y de esta manera, contribuir a una eficiente transformación

municipal.

Las escuelas de liderazgo son organizaciones sin ánimo de lucro, reconocidas

jurídicamente como corporaciones y/o asociaciones que aglutinan instancias de

participación ciudadana y organizaciones comunitarias y sociales como CTP, Comités

de Veedurías, Juntas de Acción Comunal, compuestas por representantes de diversos

sectores sociales; con presencia de líderes rurales, jóvenes, indígenas, madres

comunitarias, desplazados, docentes, mujeres, afro colombianos, concejales,

discapacitados, juntas de acción comunal, entre otros.

Escuelas de Liderazgo y/o Gobierno

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• La miembros de las escuela han recibido un proceso de capacitación de 43

talleres y 344 horas que les otorga el certificado de Gestión Pública y

Participación Ciudadana, adicional a ello han cursado diplomados en: diplomado

Políticas Públicas con enfoque en Derechos Humanos y énfasis en prevención,

diplomado en gestión social para el desarrollo local.

• Uno de los elementos relevantes es que las personas que realizan este proceso

deben hacer ejercicios de control social o veedurías sociales enfocados en

temas de interés para su comunidad o municipio.

Escuelas de Liderazgo y/o Gobierno

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LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

La participación ciudadana permite:

Buscar alternativas de solución a los problemas.

Defender los derechos individuales y colectivos.

Fortalecer la democracia y la gobernabilidad.

Aprender a concertar y manejar conflictos.

Incidir en el desarrollo comunitario.

Fortalecer el tejido social.

Controlar la gestión pública.

 

Derecho y deber de todo ciudadano para intervenir en los asuntos públicos, incidiendo directamente en las decisiones que afectan a la comunidad, con el fin de mejorar su calidad de vida y encontrar bienestar general.

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PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONSTITUCIÓN

Artículo 2. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general ... facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan …

Artículo 23. Toda persona tiene derecho a presentar peticiones respetuosas a las autoridades por motivos de interés general o particular …

Artículo 40. Todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político.

Artículo 49. Los servicios de salud se organizarán en forma descentralizada, por niveles de atención y con participación de la comunidad.

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Artículo 74. Todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley.

Artículo 103. … El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.

Artículo 270. La ley organizará las formas y los sistemas de participación ciudadana que permitan vigilar la gestión pública…

PARTICIPACIÓN CIUDADANA Y CONSTITUCIÓN

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Artículo 48. La Seguridad Social es un servicio público de carácter obligatorio ... Se garantiza a todos los habitantes el derecho irrenunciable a la Seguridad Social….. Artículo 49. … Se garantiza a todas las personas el acceso a los servicios de promoción, protección y recuperación de la salud .

Artículo 50. Todo niño menor de un año que no esté cubierto por algún tipo de protección o de seguridad social, tendrá derecho a recibir atención gratuita en todas las instituciones de salud que reciban aportes del Estado. Artículo 366. El bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de la población son finalidades sociales del Estado…

DERECHO A LA SALUD Y CONSTITUCIÓN

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¿Y CÓMO SE PUEDE PARTICIPAR EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD

SOCIAL EN SALUD?

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Comités de Participación Comunitaria en Salud - COPACOS

Alianzas o Asociaciones de Usuarios

Comités de Ética Hospitalaria

Consejo Municipal Política Social - COMPOS

Veedurías ciudadanas

MECANISMOS PARTICIPACIÓN EN SALUD

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VEEDURÍAS CIUDADANAS

Mecanismo democrático de representación que le permite a las personas y a las diferentes organizaciones comunitarias, ejercer vigilancia sobre la gestión pública.

Puede ser ejercida por los ciudadanos y ciudadanas por sí mismas, o a través de cualquier tipo de asociación o gremio.

Los integrantes de la veeduría son elegidos de manera democrática y deben quedar registrados mediante acta que será radicada en la Personería municipal o en las Cámaras de Comercio.

Ley 850 de 2003

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VEEDURÍAS CIUDADANAS

Régimen subsidiado: afiliaciones, contratación con las EPSS, libertad para escoger una EPSS, libre traslado de EPSS, entrega de carnés y pago oportuno de recursos.

Prestación del servicio.

Adquisición y entrega de medicamentos.

Plan de Atención Básica (PAB): correcta inversión de los recursos destinados al PAB, definición de programas y actividades con la población de las zonas urbanas y rurales, y la ejecución de lo planeado.

Construcción, dotación o remodelación de hospitales, centros y puestos de salud.

¿Qué puede se puede vigilar en salud?

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1. Definir el objeto de veeduría o control social

2. Planificar y organizar el trabajo

3. Presentarse ante la institución objeto de control

4. Recolectar la información y documentación

5. Analizar la información

6. Elaborar el informe con presentación de resultados, sugerencias,

recomendaciones y denuncias.

7. Hacer seguimiento a las acciones emprendidas luego del informe

8. Informar a la comunidad, entidad responsable y/o organismos de

control

VEEDURÍAS CIUDADANAS

Pasos para hacer veeduría o control social:

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VEEDURÍAS CIUDADANAS

Las veedurías deben tener un carácter preventivo; actuar de manera responsable, ética y respetuosa frente a la entidad objeto de control y frente a la comunidad

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EJEMPLO

VEEDURÍA COMPARTIR

Veeduría a la entrega de medicamentos del régimen subsidiado

Montelíbano – Córdoba

2009

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Objeto: confirmar si la entrega de medicamentos de las EPS del régimen subsidiado se estaba realizando de acuerdo con la normatividad.

Fecha de conformación: septiembre a diciembre del año 2009 (veeduría de carácter temporal).

No. de integrantes: 5 personas.

VEEDURÍA COMPARTIR

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VEEDURÍA COMPARTIR

Proceso

Reunión con EPS Recopilación normatividad Aplicación de 387 encuestas a usuarios de EPS Visitas de observación a droguerías Análisis de la información obtenida en las encuestas, las visitas y la

normatividad Preparación y entrega de informe a la Secretaría de Salud Municipal

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VEEDURIA COMPARTIR

Resultado

Se verificó que en la mayoría de los casos el servicio de

entrega de medicamentos se estaba prestando de acuerdo con

las normas y que existe un desconocimiento de los usuarios

sobre sus derechos y los procedimientos a seguir para obtener

los medicamentos formulados por las EPS

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VEEDURÍA EL PORVENIR SOLO HAY UNO

Veeduría al proyecto de Optimización del Alcantarillado – corregimiento El Porvenir

San Antero – Córdoba

2011

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VEEDURÍA EL PORVENIR SOLO HAY UNO

Objeto: verificar la Optimización del Alcantarillado El Porvenir.

Se trata de un convenio interadministrativo entre la Alcaldía de San Antero y el Plan Departamental de Aguas (Aguas de Córdoba)

Fecha de conformación: 9 marzo 2011.

No. de integrantes: 4 personas (área rural).

Valor convenio: $3.925.325.844.oo de los cuales, la alcaldía aporta $1.943.236.oo

Fecha convenio: octubre del año 2010

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A la fecha no se han iniciado obras por lo tanto la veeduría:

1. Envió un derecho de petición a la alcaldía de San Antero (abril 2011).

2. Envió comunicación a la Procuraduría Regional para solicitar que mediante su función de PREVENCIÓN, revise que ha pasado con el proyecto (mayo 2011)

3. Envió comunicación a la alcaldía de San Antero con copia a la Procuraduría Provincial y a la Procuraduría Regional, solicitando la respuesta al derecho de petición (ya que la respuesta dada no fue la solicitada en el derecho de petición (mayo 2011)

VEEDURÍA EL PORVENIR SOLO HAY UNO

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Ministerio de Protección Social

Superintendencia Nacional de Salud

Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos,

Invima

Instituto Nacional de Salud, INS

Entidades territoriales

Tribunales de Ética Médica y Odontológica

Órganos de control: Personería, Procuraduría, Contraloría,

Defensoría del Pueblo

ORGANISMOS DE VIGILANCIA Y CONTROL

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“Lo único que da resultado en la vida son las acciones” Gustavo Zerbino

“Hay que unirse, no para estar juntos, sino para hacer algo juntos” Juan Donoso Cortés

“Nunca dudes que un pequeño grupo de ciudadanos considerados pueda cambiar el mundo. Verdaderamente, eso es lo único que lo ha logrado” Margaret Mead

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¡Muchas Gracias!

Carlos Mario Peña Jaramillo

FUNDACIÓN OLEODUCTOS DE COLOMBIA

Carrera 12 No. 20C - 57 piso 3 - Tel. 8392967

Caucasia - Antioquia

www.fodc.org.co