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MINISTEKIO DE CULTURA Y EDUCACION SUBSECRETARIA DE CULTURA CONSEJO FEDERAL DE ; CQORDBNAC!ION CULTURAL LEY 19.473

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MINISTEKIO DE CULTURA Y EDUCACION SUBSECRETARIA DE CULTURA

CONSEJO FEDERAL DE ;

CQORDBNAC!ION CULTURAL LEY 19.473

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I j --. ioll -, 1 SS 37,0g

CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION C ~ W (Ley N? 19.473) i Periodo: 1972 :.?F 49

. .

Presidente: prof. HORAC10 CARBALLAL (Subsecretario de Cultura dr la Nnrión)

Vicepresidente 1":

Dr. ROBERTO CASTRO (Santia90 del Estero)

Vicepresidente 2 ~ :

Prof. LILIA YOLANDA P. de ELIZONDO (Chaco)

Secretario Permanente: Sr. BASlLIO RUIZ (Director Nacional de Acción Y Promoción Cultural)

Prof. OSVALDO ABRUZECI (Buenos Aires)

sr. josÉ H. MONAYAR (Catamarca)

Profa. NORMA BRONZINO de GONZALEZ y

Sra. MARGARITA DE LAS CASAS de REZZANO (Córdoba)

Profa. ELIZABETH SIGEL de SEMPER y

Sr. EDGAR D. ROMERO MACIEL (Corrientes)

Sr. RAUI. J. SCAh'DROGLIO (Chubut)

Prof. JOSE HERh'Ah' PIRRO (Entre Ríos)

Sr. ARMANDO DE VITA Y LACERRA (Forrnosa)

Sr. HERNAN SUAREZ ( J t ~ i u ~ )

Prof. ARTURO ARAGON BALEANI y

3

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Prof . FERNANDO E . ARAOZ

Sra . CARMEN A . V . de BARRIONUEVO

Prof . EDUARDO SEGOVIA

Arq . CARLOS A . MORALES

Srta . ILEANA LASCARAY

Saa . FILOMENA PICCOLO

Sr . ANTONIO NELLA CASTRO

Sra . AIDA MARCHES1 de POBLETE

Prof . MARI0 CECIL QUlROGA LUCO

Dr . ADOLFO ESTEBAN MALLO

Dr . EDUARDO RAUL STORNI

Prof . EGO PEREDA

Prof . RAUL ALBERTO PIEROLA

Sr . FRANCISCO CARCAVALLO

(La Pampa)

(La Rtoia)

(Mendoza)

(Misiones)

(Neuquén)

(RIa Negro)

(Salta)

(San Juan!

(San Luis)

(Santa Cruz)

(Santñ FE)

(Tierra del Fueyo)

(Tucumáii)

(Ciudad de Buenoí Alres)

Capital Federal. diciembre de 1972 .

ADHESIOKES A LA LEY NACIONAL 19.473

BUENOS AIRES . . . . . . . . . . . . . . CATAMARCA . . . . . . . . . . . . . . . .

1 CORDOBA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 CORRIENTES . . . . . . . . . . . . . . . . .

CHACO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . CHUBUT . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

ENTRE RIOS . . . . . . . . . . . . . . . . .

FORMOSA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . JrlJUY . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

. . . . . . . . . . . . . . . . . . l LA PAMPA

l I A RIOJA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . i MENDOZA

l MISIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . i

. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1 NEUQUEN

RIO NEGRO . . . . . . . . . . . . . . . . .

SALTA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . SAN JUAV

SAN LUIS . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . SANTA CRUZ . . . . . . . . . . . . . . . . SANTA FE . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

~ SANTIAGO DEL ESTERO ..... TIERRA DEL FUEGO . . . . . . . . . TUCUhlAN . . . . . . . . . . . . . . . . . .

! CAPITAL FEDERAL . . . . . . . . . . .

LEY 7883 del 21/1/72

DTO . 332 del 17/3/72

LEY 5361 del 4/1/72

DTO . 681 del 23/3/72

LEY 1109 del 8/3/72

DTO . 792 del 28/4/72

DTO . 976 del 17/4/72

LEY 564 del 26/4/72

DTO . 546 del 17/4/72

DTO . 234 del 13/3/72

DTO . 25626 del 13/3/72

DTO . 658 del 19/1/72

DTO . 1256 del 21/4/72

DTO . 802 del 22/1/72

LEY 717 del 17/7/72

DTO . 4473 del 18/i /72

DTO . 1 3 4 G G - del 2/5/72

DTO . 643 del 7/4/72

LEY 753 del 22/1/72

D'rO . o889 de1 11/1/72

DTO . A 216 dcl 23/3/72

LEY 19.473 del 2/2/72

LEY 3791 del 13/4/72

LEY 10. i73 del 2/2/72

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PROYECTO DE MEHORIA PERIODO 1972 ELABORADO

POR SECRETARIA PERMANENTE PARA CONSIDERACION

DEL I PLENARIO 1973.

La sanción, el 2 de febrero de 1972, de la ley de creación del Consejo Federal de Coordinación Cultural, inició una nueva etapa en la historia de la acción cultural del Estado Argentino. Esta nueva etapa aparece signada desde sus comienzos por una renovada y remozada vocación federalista y municipalista. Un federalismo que aspira a la integración de unidades histórico - cul- turales, ~onómicamente viables y un retorno a la plena vida co- munal, que es el nivel y el ámbito en donde la libertad puede llegar a ser un goce cotidiano.

Persuadidos los poderes públicos de que la educación es una actividad de valor económico y la mejor de las inversiones que pueda realizar el estado moderno, también el área extracurriculnr, característico campo de acción de los organismos culturales, adquic- re dimensión nueva. Esa área, en la que el genio del pueblo se exprcsa en todos los niveles del conocimiento y su búsqueda, de- ja de ser así el escenario de logros y consagraciones individuales pari coiivertirse en el gigantesco laboratorio del destino nacional. Y la Cultura, que es concepto tokalizndor y que, como patrimonio, incluye las diversas técnicas y metodologías e n t r e ellas la edu- caciiin- de que se ha servido el hombre para creerla y ser, a la vez, su resultado se convierte en una constante geopolítica, una suprema razón de Estado.

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1 1 Así lo comprendieron los hombres de todo el país que,

desde los organismos provinciales de acción cultural, hicieron

, ! suyo el diagnóstico del Plan Nacional de Desarrollo y Seguridad en la materia y se propusieron hallar la respuesta adecuada. Su-

~¡ ya fiie la ya histórica "Declaración de Salta", del 27 de junio de !

1971, verdadero acuerdo interprovincial que propone la Única , ,

terapa capaz de obtener, además de resultados a corto y mediano

! plazo, un general consenso: el robustecimiento del régimen fe-

! deral y la paulatinz descentralización, que hagan posible el de- sarrollo armónico del p ~ í s . El decidido apoyo de las Provincias Argentinas menos favorecidas para que, organizadas regional- mente, puedan neutralizar primero, invirtiendo un ominoso pro- ~ ceso histórico de dependencia, y corregir, después, la distorsión que ha provocado la incidencia y la influencia excesivas de la ciudad -puerto sobre todo el territorio nacional. Re\zitalicar la vida comunal argentina, devolviéndole al municipio sus faculta- des, privilegios y autonomía, por ser la entidad política senso- rialmente comprensible y aprehensible para el hombre común y par tratarse del supesto básico, histórica y filosóficamente, del

~ estado democrático.

Comprendieron también que a un nuevo enfoque del fe- deralismo, basado esta vez en la consolidación de esas unidades histúrico culturales que son las Regiones Argentinas, debía co- rresponder, en armoniosa correlación, una nueva, más amplia y d i n á i c a actitud argentina respecto de la patria - grande lati- no3meric.in1, continuación lógica y proyección en el futuro del hem;sferio, del proceso histórico de nuestra confederación nn- cioniil.

Este acuerdo interprovincial de Salta, al que sumaron sus

firmas los representantes de los organismos nacionales de acción cultiiral y cuyo texto reconoce, sin reserva alguna, el rol histó- rico que aún le falta jugar a la juventud argentina en la muchas vc- ces postergada empresa de realizar la nación, se constituyó, de La1 suerte, en la base doctrinaria del esfuerzo mancomunado del Gobierno Nacional y los de b s Provincias, en el orden cultural, que cristalizb con la sanción de la Ley N" 19.473 de creación del Lunsejo Federal de Coordinación Cultural

Pocas veces, señalóse ante el Excmo. Sr. Presidente de fa Naciún, se ha realizado en nuestro medio un proceso tan rápido, cnérgico y cohcrcnte como el que, de junio de 1971 a febrero de 1972, requiri6 unos pocos meses para construir la herramien- ta legal que las Provincias Argentinas reclamaban par.1 asegurar 1.1 concrcción, en el plano nacional, de sus más legitimas aspi- raciones de desarrollo ciiltiiral. Esta notable celeridad en la san- ción de un instnimento legal, como lo es el "Consejo Federal de Coordinacilin Cultural", confirmz la verzcid~d de los dictá- menes que lo señal.iban, en etapas de estudio y deliberzción, como de absolutos consenso y necesidad.

Ln "Resoliición de Paraná", el 29 de agosto de 1971, pro- porcionó n las Provinci;is confederadas en este esfuerzo de desa- rrollo cultural, el método de trabajo más adecuado para la movi- lización de los medios y voltintades disponibles en todos los ni- veles y áreas de pobl.1ción: el esquema: "Comu~iidad - .Municipio - Pi?viircia - Región - Nación", orden de aproximación a los temas sustantivos de la ciiltum argentina y de procesamiento de su realidad y tratamiento. Concertado libremente, sin desmedro algciio de las autonomi.is provinciales y contando con el pro- ceso histórico de nuestra Confederaciún Nacional, el mencio-

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nado esquema fue dc inmediato adoptado por la Subsecr~t:irí~ de Cultura de la N.ición, lográndose, como resultado iiimediato, un lógico y fácilmente comprensible ordenamiento del trimiic, anteriormente sujeto al íinico criterio de autorid.id; en segundo término, pero en el primero en cuanto a consecuencias en cl ordrn de la eficiencia, a corregir - f i na lmen te la superposi- ción de esfuerzos y la dispersión de recursos que, en esta mate- ria como cn tantas otras de la administración públicn, han con- tribuido .il bajo rendimiento le las inversiones e5tatales, razón por la cual el Plan Nacional de Desarrollo y Seguridad reiteta la impostergable necesid~d de evitarlos.

Aportó la reunión de Par;iná, además, la estructura que se- ría después, cn febrero dc 1972, adoptada por el Poder Ejecutivo en su Ley 19.473 y cn 1.1 que se garantiza a las Provincins el de- sarrollo regional como cnmino óptimo de aprovechamiento de los recursos y t~lentos de cada una de las unidades histórico - cu1h1- rales denominadas regiones; a sabcr: NOA, NEA, CUYO, CO- MAHUE, PATAGONIA y LITORAL.

A un aíio de la sanción de la Ley 19.473 creadora del "Con- sejo Federal de Coordinación Cultural" la Iil>or del organismo de la ley en las cuatro asambleas plenari~s. redlizndas en su pri- mer periodo de sesiones, se ha concretado a través de Acuerdos, Dictámines y Recomendacioncs que, en número de 31, y~ aproba- das por los estados - provinciales miembros, orientan el perfeccio- namiento, actualización y complementación armónica de la legis. lacióii cultural argentina; cvalúan los resultados de los distintos programs naciondcs, regionales y provinciales de todo el país, proporcionando previamente los mínimos pnrámetros y coardi- nando las relaciones interprovincinles, interregionales y con la Na-

ción, de tal modo que hallen satisfacción las Políticas Nacionales números: 1, 3, 7, 9 , 17, 18, 19, 34, 36, que son las m& directa- mente vinculadas con las misiones y funciones que, por la ley de competencia de Ministerios, le cabe a la Subsecretaría de Cultura de la Nación.

Esta Memoria 1972, correspondiente al Primer Periodo de Sesiones del CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CUL- TURAL (Ley 19 .473 ) , proyecta sus resultados al Primer Plenario del ?eriodo 1973, a celebrarse, en la Capital Federal de la Re- píibiica Argentina, entre el 15 y el 17 de febrero próximo, oca- sión en que se estudiará la posibilidad y la oportunidad, de ra- tificar lo actuado por el Cuerpo en fechas anteriores a su insti- tucionalización y se pondrá punto final al documento que, atento :I las Bases de Conciliación aprobadas por la Junta de Comandan- tes en Jefe, exprese las aspiraciones concretas de las Provincias Argentinas; proponga nuevas y más adecuadas respuestas al d i ~ g - nóstico que formula el Plan Nacional de Desarrollo y Seguridad y enumere y describa los programas especiales, interdisciplina- rios, que habrá que desarrollar en los niveles nacional, regional, provincial y municipal, para el logro de los Objetivos Nacio- nnles en la materia "CULTURA.

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PERIODO: 1972

RESOLUCIONES

PRIMER PLENARIO 28/5/72

SAf; SALVADOR DE J U J W

RESOLUCION N" 1

la "Dec1ar:icihn dc Salta'', la "Resolución de Pdr'iná" y la ":. . i h i 0 .

Lcy N.icin;i.il 19.473, EL CONSEJO FEDERAL DE COORDI- NACION CIJLTURAL reunido en su 1 Plenario 1972,

Que e1 cumplimiento integral del Punto 3 de la Decl:rra- ción de Salta, dcbtrá organizarse, en cada una de las jurisdiccio- ncs represtnt.id.is en este Cuerpo, con vistas a integrair y poner en funcionamiento, scndos CONSEJOS PROVINCIALES DE COOF\DINACION CULTURAL. Dichos cuerpos provinciales, rrcsididos por e1 tituIar del organismo oficial y especifico de c;idn provincia, asegurarán la directa y permanente particip;rción dc los muiiicipios tn la elaboración, desarrollo y control de ges- ii6n de los programas provincides de acción cultural.

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la necesidad de analizar y estudiar toda la política cultural del país a los efectos de su replanteo en función de los objeti- vos sehalados cn los mencionados documentos, el CONSEJO

~ FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL, reunido en su

l 1 Plenario 1972,

l

A C U E R D A :

RESOLUCION N" 2

1") Crear la "COM1S1Ohr DE POLITICA BECARIA Y SL'B- SIDIOS', integrdndola ron el Prof. Antonio Nella Castro ( A ) ; Prof. An.t María Lacunza (Jujuy); Prof. Edg'ir Romero M.iciel (Corrientes); Prof Raúl Piérola (Tucumán); Prof. lleana Lascaray (Neuquén).

1 1: 'Visto:

l i la "Declaración de Salta", la "Resolución de Paraná", la

1 Ley Nacional 19.473 y el Art. 3 7 del Reglamento Interno del .! Cuerpo y, : I

1 : 1 ,

Considerando:

2 ~ ) Crear la "C0,IIISION DE LEGISLACION CULTURAL". integrándola con el Sr. Francisco Carcavallo (Ciudad de Bs. Aires); Prof. Antonio Nella Castro (Salta): y Dr. Roberto Castro (Santiago del Estero).

3'!) Crear la "COMISION DE PREMIOS Y CERT~IMENES' , integrándola con el Arq. C.irlos Morales (Misiones); Prof. Raid Scandroglio (Chubut); Prof. Carmen Ver;i de B:irrio- nuevo (La Rioja); Prof. Hernán Pirro (Entre Ríos) y Mar- garita de Rezzano (Córdoba).

RESOLUCION N" j Visto:

ia "Declar~ciún de S;llt;i", la Rcsoluciún de Parani" y la

Ley Nacionnl 19.473, el CONSEJO IEDERAL DE COORDI- NACiON CULTURAL, en su 1 Plenario 1972,

Que p.ira facilitar la labor dc las Comisiones de Estudio, la Subsecretnrh dc Cultura de la Nación disponga que los fun- cion;irios de su dependencia y de las respectivas áreas y/o temas rcalicen cn forma ordenada la reunión dc todos los anteceden- tes, informes y elementos d t juicio iieccsarios p.ira fundanlenta- ción de los dictáminrs de las Comisiones del Organismo de la Lcy Nxional 19..173.

RESOLUCION N" 4 Vist,;:

1.1 "Declaración de Salta", la "Resolución de P.iraná" y 1.1 Lcy Nacional 19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COORDI- NACION CULTURAL, reiinido en cl 1 Plenario 1972,

K B S U E L V E :

la Secretaria Permdnente que, por Reglamento del Cuerpo, debe consider'ir cl trabajo de las comisiones de estudio, tomará las medidas que faciliten, en cada una de ellas, la expresión de 10s rcspectivos puntos de vista de las Entidddes Oficiales y Pri- vadas así como el aporte de la correspondiente estadística y do- cumentarión.

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RESOLUCION N" 5

Visto:

la "Declaración de Salta", la "Resolución de Paraná" y la Ley Nacional 19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COORDI- NACION CULTURAL reunido en su 1 Plenario 1972,

A C U E R D A :

Aprobar como "Documento de Trabajo" de la Comisiún de Política Becaria y Subsidios, un proyecto de recomendación segúri el cual la capacidad becaria del Estado Nacional debe vol- carse en apoyo del desarrollo cultural de esas unidades histú- rico- cultutales que son las Regiones. Dicho proyecto de reco- mendación adoptado por el CONSEJO FEDERAL DE COOR- DINACION CULTURAL como documento bisico de ttahajo de la Comisión correspondiente, establece que los temas que, en cada regibn, hayan de ser objeto de estiiiiulo mediante el otor- gamiento de becas de Organismo Nacionales, sean determinados por la Comisión Coordinadora Regional, integrada por los Di- rectores de Cultura del árca, constituidos cn Comisión ad-hoc, cada trienio. Por otra parte postula el empleo coordinado de los recursos presupuestarios n.~cianales, provinciales y inunicipales en la dotación de las bec.ir que se instituyan en los teinxs l u e determinen las provincias a través del mecanismo regional dei- cñpto, evitando la superposición de esfuerzos, In dispersión de recursos y políticas becarias incongmentcr con el desnrtollo cul- tutal del interior del país. A tal fin y según el misino documen- to de ttaliajo, la prioridad en materia de apoyo becatio nacional sería disfmtada por las provincias que, en cumplimiento de la

. .

Declaración dc Salta, la Resolución de Paraná y la Ley Nxcional 19.473, constituyan comisiones u organismos regionales de coor- dinación cultural y acotdado y puesto en marcha, esquemas y ca- lendarios de trabajo regionales. Asimismo se contempl2 l : ~ incor- poración del Fondo Nacional de las Artes, con representación permanente, en la Comisión de Estudio de Política Becaria y Sub-

sidics.

RESOLUCION NI. 6 Visto:

la "Declaración de Salta", IA "Resolución de Paraná" y la Ley Nacional N. 19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COOR- DINACION CULTURAL, reunido en su 1 Plenario 1972.

Que, en materia de Asistencia Artística, la Subsecretaría de Cultura de la Nación acuerde contribución prioritaria a la programación resultante de la coordinación region~l.

RESOLUCION N o 7 Vislo:

la "Declaración de Salta", la "Resolución de Paraná" y la Ley N? 19.473 y,

Considerando:

1.1 ejecución y los resultados de los convenios oportunamen- :e celebrados entte municipios de jurisdicción provincial y la Secretarix de Cultura de la Ciudad de Buenos Aires (Distrito Fed~r i l ) y luego de analizar sus aspectos legales, constitucio-

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niles y de procedimiento, el CONSEJO FEDERAL DE COOR- DTNACION CULTURAL, en su 1 Plenario 1972,

A C U E R D A .

Que los convenios entre la Secretaria de Cultura dc la Mu- nicipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y los municipios de ;urisdicción provincial, deben realizarse en coordinación con la Subsecretaria de Cultura de la Nación, y con cono:irniento e intervención de los respectivos organismos oficiales de cultura de ias provincias.

RESOLUCION W 8

Visto:

ia "Declaración de Salta", la "Resolución de Paraná", la Ley Nacional 19.473 y el Acta de Reunión del 26 al 28 de oc- (ubre de 1971 en la ciudad de Buenos Aires, cI CONSEJO FE- DERAL DE COORDINACION CULTURAL, reunido en su 1 Plenario 1972,

R E C O M I E N D A :

Que los funcionarios de la Subxcretaria de Cultura de In Nación, en materia de auspicios o apoyos a festiv~les, se guien por las pautas aprobadas en la Reunión del Consejo Federal de Coordinación Cultural mencionada en 10s considerandos, sin dár- selc intervención al Cuerpo en el tratamiento o gestión de casos pnrticulares. . . .

SEGUNDO PLENARIO 29/7/72

BUENOS AIRES

RESOLUCION N" 9

Visto: cl punto 4 de la "Declaración de Salta", los considerandos

dc la "Resolución de Paraná" y la Ley Nacional 19.473, el CON- SEJO FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL, reuni- dos cn su 11 Plenario 1972, resuelve

que los organismos coordinados regionales a que alude el incisob) del Articulo 19 del Reglamento Interno, reajusten su denorninación por analogía con el Organismo de la Ley 19.473, a cuyos efectos actuarán, en todos sus actos y decisiones, como < ' O ~ S C J O S Rcrionalcs de Coordinación Cultural.

RESOLUCION Nr 10

Visto: ia "Declaración de Salta", la Resolución de Paraná" y la

Ley Nacional 19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COORDI- NACION CULTURAL. reunido en su 11 plenario 1972,

que el PLAN FEDERAL DE ASISTENCIA CULTURAL, de la Subsecretaría de Cultura de la Nación sea rediseiiado en base al siguiente orden de acciones:

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A - Asesor~miento Académico B - Asistencia Técnica a las provincias

C - Apoyo Federal a los Calendarios Regionales D - Asistencia Artística, prioritarimente a la progra-

mación resultante de la coordinación regional

E - Apoyo Federal al Intecambio Cultural.

RESOLUCION N" 11

Visto: la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná, la ley Na-

cional NQ 19.473, el Plan de Acción 1972 de la Subsecretaria de Cultura dc la Nación, y las Directivas sobre Política Becaria aprobadas en el 1 Plenrio 1972, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL, reunido en su 11 Plenario

1972,

1 R E C O M I E N D A : Que el Plan de Estimulo de la Subsecretaria de Culturn

de la Nación sea rediseñado como "Plan Federal de Estimulo I Cultural" cstablecifndose sus distintos iiivelcs dr aplicaciún: mu-

1 , nicipal, provincial, regional y nacional: lor tipos de beneficios ! y oportunidades a fijarse en cada nivel y el origen de los res- 1

pectivos recursos presupuestarios, atento a la necesidad de evitar la superposición de esfuerzos y la dispersión de recursos, como

1 lo establece el Plan Nacional de Desarrollo y Seguridad. A tal etecto, los coordinadores de los Planes de Legislación Cultural,

1 de Asistencia Cultural y de Estímulo Cultural, elaborarán el An-

teproyccto de Ley de Estímulo Cultural que deberá ser sometido a la consideración del Consejo Federal en su Primer Plenario 1973. . .

RESOLUCION N U Z Visto:

el punto 4 de la Declaración de Salta, la Resolución de P2- raná - la ley 19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COORDI- NACION CULTURAL, reunido en su 11 Plenario 1972,

R E C O M I E N D A

j que mientras las provincias de Buenos Aires, Córdoba, En-

\ tre Ríos y Santa Fe, no establezcan sus propios y caracteristicos esquemas de trabajo regional, la Subsecretaria de Cultura de la NaciCn, a los solos efectos de obviar dificultades en la artiru- 1:lcion de aquellos certimenes y regimenes de premios, becas y subsidios que, por recomendación del ler. Plenario 1972, de- ben concurrir a l fortalerimiento de las Regiones Argentinas, las considere agrupndas en una sola regibn, atento al Pacto Federal Se 1831.

RESOLUCION hT" 1 3 Visto:

I r Dvclaración de Sdita, la Resoluciún de Paraná, la ley 19.473 el Actn del 1 Plenario 1972 y las pautas que sobre Festivales diclú en sii Reunión del 26 al 28 de octubre de 1971, el CON-

l! SEJU hEDERAL DE COORDINACION CULTURAL, reuni- do rii sil 11 Plenario de 1972,

Que el carácter de "nacional" sea reservado para los Fes- tiv:ilci, Ferias, Exposiciones, Muestras y Ennicntros de estririo carácter cultural; no competivos, con sedes itinerantes o rotati-

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anb searei ap on!vaja oInw!isa un iez!le!iaiew cird s~pcp;.\!ni, sesa u03 sope~ruu!~ salovas sor d SEPU!AOI~ se1 sepo~ ~ o d scpiu -adsa aiuawe&a~ sauop!sods!p aua!iuo3 o i sdo id -oq~ ip anb

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constituyen elementos valiosos de difusión cuitural, a la par de

importantes fuentes de trabajo; por ello, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION

CULTURAL reunido en su 11 Plenario 1972,

A C U E R D A :

~ d h ~ ~ i ~ en un todo al proyecto de ley de exención imposi-

tiva a las actividad= teatrales y circenses, estimándose que- [o- rresponde sLi urgente sanción por los beneficios que la misma

rep ,rrará a la actividad cultur~l de nuestro país y a SUS i r t i s ts

y tr'ibajadores en general.

RESOLULION No 17

Visto: la ~ ~ ~ l ~ ~ ~ ~ i ó ~ de Salta, la Resolución de Paralid y la ley

19.473 y, Considerando:

que la Subsecretaria de Cultura de la Ntción ha elaborado un anteproyecto de " ~ e y del Libro Argentino" que contiene d e - cuadas medidas para la promoción, protección, ccidación Y di-

fusion del libro argentino, el CONSEJO FEDERAL DE COOR- DINAC~ON CULTURAL reunido en su 11 Plenario 1912,

A C U E R D A :

A~~~~~ la sanción de 1.1 "Ley del Libro Argentino" que

contempla de minera integral todos sus aspectos y etxpas, me- dida; de fomento, estímulo y protección de la obra literaria, la edición, la impresión, la comercialización y difusión del libro,

la a~licación de sus normas a través de un organismo compe. tente dotado de las suficientes facultades y recursos para su co- metido.

Visto:

la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná y la ley Nacronal N. 19.473 y,

Considerando:

que la Subsecretaría de Cultura ha elaborado un antepro. :.ecto de la ley mediante el cual se propone la creación de la Personalidad Cultural Y se establecen los requisitos que deben

reunir las asociaciones de amigos de los organismos de cult<:ra;

Por ello, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CULILIRAL reunido en su 11 Plenario 1972,

A C L ' E R D A :

Auspiciar la elaboración de un proyecto de ley que con. temple la crcacihn de la personalidad cultlrral y las norinas hí. sicas para la cre.lcián y funcionamiento de las asociaciones de "kos de organismos ofici:iles de culhra sobre la base del teproyecto elaborado por la Subsecretaría de Cultura de la ~ ~ ~ i , j ~ .

id Declaración de Salta, la Resolución de Parzná y la L~~ Nacional W 19.473 y,

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Considerando:

que la Subserretaría de Cultura ha elaborado un proyecto de ley que tiende a la protección y promoción de la Música ~ ~ g ~ ~ t i ~ ~ , a consideración del Poder Ejecutivo, el (:ONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL,

reunido en su 11 Plenario 1972,

A C U E R D A :

Apoyar la sanción del proyecto de ley de protección y pro- m ~ i i n de 1% Música Argentina, actualmente sometido a con- sideración de] Poder Ejecutivo por el Ministerio de Cultura y ~ d ~ ~ ~ c i ó ~ y refrendado por los Ministros del Interior y de Ha-

cienda y Finanzas.

Visto: la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná Y la ley

Nacional 19.473 Y.

Considerando:

que la Iqi de Competencia de Ministerios confiere al de Cultura y Educación responsabilidad primaria en materia de me- Jios de comunicación social y que en el Comité Federal de Ra- diodifusión y Televisión estarán representadas las dos áreas es- pecificas del citado Departamento de Estado, el CONSEJO FE- DERAL DE cOORDINACION CULTURAL, reunidos en su

11 Plenario 1972,

A C U E R D A :

Crear una comisión de estudio referida a Medios de Comu- nicación Social, la que será integrada por los titulares de Jujuy, Mendoza, Buenos Aires y Catamarca.

Visto: la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná y la Ley

Nacional Nv i9.473 v. ~ ,,

Considerando: que la Comisión de Legislación Cultural propone el estu.

dio de las modificaciones susceptibles de ser incorporadas a la ley 19.473 a los efectos de dotar al Cuerpo de Facultades de cnrácter resolutivo, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINA. CIOiq CULTURAL, reunido en su 11 Plenario 1972,

R E C O M I E N D A :

Encomendar a la Comisión de Legislación Cultural In eln- Liotación de iin anteproyecto de Decreto Reglamentario de ley L9.473 que atento al espirihi y a la letra del articulo i v de la ley a reglamentar, pueda conferirle al Consejo Federal de Coor- dinación Cultural la capacidad resolutiva a que alude en los considerandos.

RESOLUCION NP 22 Visto:

e1 punto 2 de la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná, la Ley 19.473 y lo solicitado por la Subsecretaria de Cul-

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Considerando:

la relevante actividad que desarrollan las Academias Nacio- nales en las distintas disciplinas históricas, artisticas, científicas y literarias; que esa labor se ha proyectado hacia el interioi del pais tanto por colaboraciones prestadas por dichas Corporacio- nes al Gobierno de la República y a las provincias como por la realización de encuentros, congresos, peritajes y viajes de estu- dio resultantes de la propia vida y actividad académica, y que es deber del organismo de la Ley 19.473 facilitar la vincula- ción de la inteligencia argentina con los problemas concretos que traban o demoran el desarrollo cultural y socio - económico de1 pais;

Por ello, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL, reunido en su 111 Plenario 1972,

A C U E R D A :

1" ) Crear la Comisión de Asuntos Académicos que se in- tegrirá con los titulares de los organismos provinciales de acción cultural que, en cada periodo de sesiones, invistan, además, la represcntación de los respectivos Consejos Provinciales de Coor- dinación Cultural.

RESOLUCION N" 25

Visto:

la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná, la ley Na- cional 19.473 y la comunicación de fecha 7 de setiembre de 1972 dd.Ministerio de Cultura y Educación, dirigid3 a1 Subsecretario

1 de Cul tur~ de dicho Departamento de Estado, rccibida en traslado en este Cuerpo mediante la cual se requiere la confección de uii plan que satisfaga la necesidad de "promover, ampliar y seleccio- nar, la participación de la comunidad a través de sus instituciones vn e! proceso de educación y cultura", el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL, reunido en su 111 Ple. nario 1972,

Con carácter de "Prioridad absoluta", la creación de los "CONSEJOS PROVINCIALES DE COORDINACION CUL-

TURAL'; que, asegurando la integración: "Comunidad - Mu- nicipio - provincia" hagan posible y faciliten la participación de la comunidad en el planeamiento, desarrollo y control de ges- tión del esfuerzo cultural del Estado Argentino.

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I i MAR DEL PLATA

RESOLUCION N" 26 Visto:

la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná y la Ley Nacional N" 19.473 y,

Considerando: . . que es necesario compatibilizar la legislación cultural de

ciirácter provincial con la nacional y encarar coherente y racio- nalmente su modificación y actualización así como elaborar las convenientes para coadyuvar normativamente al plano desarrollo cultural del país, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINA- CION CULTLJRAL, reunido en su IV Plenario 1972,

R E S U E L V E .

le ) Cada uno de los titulares de los Organismos Provin- ciales de Ciiltura deberá enviar a la Secretaria Permanente del 0rg:iiiismo de la ley 19.473, antes del 31 de enero de 1973, copia de toda la legislación provincial .que se relacione con asun-

j tos o actividades culturales de cualquier naturaleza;

i 20) El material recibido por la Secretaría Pemanente de- berá ser girado al Coordinador del "Plan Nacional de Legisia-

i ción Cultural", - a fin de que éste confeccione una compila- I

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ción ordenada y sistemática con vistas a la publicación del Di- gesto Cultural Argentino.

RESOLUCCION N-7 Visto:

la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná, la Ley 19.473 y su Reglamento Interno, el CONSEJO FEDERAL DE COOKDINACION CULTURAL, reunido en su IV Pltnario

1972,

A C U E R D A :

l v ) Limitar el número de integrantes de las comisiones se-

ñaiddas en e1 Inciso d) de1 Artículo 30 del Reglamento del Con-

sejo Federal de Coordinación Cultural a tres consejeros miem- bros más un funcionario asesor de la Subsecretaría de Cultura;

2") Facultar a la mesa directiva para decidir la integración

de dichas comisiones de estudio.

RESOLUCCION N" 28 Visto:

la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná y la ley

Nacional N" 19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COORDI-

NAClON CULTURAL, reunido en su IV Plenario 1972.

R E C O M I E N D A :

1'1 Que en la selección de valores para cubrir misiones de

asistencia cultural, tanto técnica como artística, se otorgue prio- ridz6 a los residentes en las provincias;

2" Que tal criterio sea también aplicado a los elencos artis-

ticos provinciales y municipales, a cuyos efectos las Direcciones

Provinciales de Cultura proporcionarán la correspondiente infor-

mación actualizada a la Subsecretaria de Cultura de la Nación,

para cada período del Plan Federal de Asistencia Cultural.

RESOLUCCION N0 29

\7isto: la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná, la Ley

Nacional N" 19.473 y el Plan Federal de Asistencia Cultural,

el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CULTURAL,

reunido en su IV Plenario 1972,

D I C T A M I N A :

Que la finalidad que debe perseguir en materia de Asis-

tcncia Cultural a las provincias es la ingente participacibn de la Subsecretaría de Cultura de la Nación en la financiación de los programas provinciales de acción cultural.

Los organismos provinciales específicos deberán actuar co- mo programadores de dichas inversiones del organismo federal reservándose éste las tareas de asesoramiento y de control de ges- tión de los recursos aportados.

RESOLUCION No 30

Visto. la Dedaración de Salta, la Resolución de Paraná y la 1~

19.473, el CONSEJO FEDERAL DE COORDINACION CUL- TURAL, reunido en su IV Plenario de 1972,

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A C U E R D A :

Integrar una comisión ad-hor con los consejeros Carcavallo {ciudad de Buenos Aires); Roberto Castro (Sgo. del Estero); Hernán Pirro (Entre Ríos); Ne lh Castro (Salta) y Osvaldo Abiuzeci (Buenos Aires) y los funcionarios asesores Bzsilio Ruiz, Director Nacional de Acción y Promoción Cultural y Secretario del Cuerpo; Alberto Augsburger. Coordinador del Plan Na- cional de Legislación Cultural y Juan Carlos Pinasco, Director del Fondo Nacional de las Artes, para que analice el proytcto de creación del Ministerio de Cultura y evalue la conveniencia de la inclusión en dicha estructura de organismos nacionales que se vinculan con la ciencia y la tecnología.

RESOLUCION NII 31

Visto:

la Declaración de Salta, la Resolución de Paraná, la Ley 19.<13 y las actas de sus Plenarios de 1972, el CONSEJO FE-

DERAL DE COORDINACION CULTURAL, reunido en su AV Plenario 1972,

A C U E R D A .

Encomendar a la Presidencia del Cuerpo la elaboraciiin del documento que, expresando las aspiraciones de las provincias ar- gentinas, proponga adecuadas respuestas al diagniistico formulado ?n el Plan Nzcional de Desarrollo y Seguridad; fije metas a corto y mediano plazo; organice la ejecución de las medidas que, para el desarrollo de la cultura nacional, se postulen en dicho orde-

. .

Damiento y enumere y describa los cursos de acción y programas especiales que deberán desarrollarse en los niveles: nacional, re- )ional, provincial y municipal para el logro de 10s objetivos na- cionales en la materia. Es decir, codificar todo lo actuado en este primer periodo del Consejo Federal institucion.ilizado por la Ley 19.473 y compatibilizarlo con el Plan Nacional de Desarrollo; con las Políticas Nacionales aprobadas por la Junta de Comaii- dantes en Jefe y con las actas de los acuerdos, dictámenes y re- iomendaciones del Cuerpo, debiendo la Presidencia, una vez ela. :orado el documento, girarlo a las provincias para la correspon- diente aprobación.

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