CONDICIONES GENERALES - Sanitas€¦ · El tiempo que el Asegurado se ausenta de su domicilio...

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CONDICIONES GENERALES

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CONDICIONESGENERALES

Sanitas Sociedad Anónima de Seguros

Inscrita el 10 de febrero de 1958 con la clave C-320 enel Registro Especial de la Dirección General deSeguros y Fondos de Pensiones.

Entidad domiciliada en España, Ribera del Loira, 52 –28042 Madrid. Registro Mercantil de Madrid, hoja 4.530, tomo 1.241,libro 721, secc. 3ª, Insc. 1.

N.I.F. A-28037042

3 - 31 Índice

ÍNDICE

Condiciones generales

Cláusula preliminar.......................................................................................................4

Glosario de términos....................................................................................................5

Cláusula I: Objeto del seguro....................................................................................10

Cláusula II: Coberturas...............................................................................................10

1. Garantías de asistencia sanitaria.................................................................................................................10

2. Garantías relativas a las personas.............................................................................................................. 11

3. Garantías relativas al equipaje.....................................................................................................................13

4. Garantías relativas al nuevo viaje................................................................................................................13

5. Seguro de accidentes por muerte o invalidez permanente y absoluta....................................................14

Cláusula III: Coberturas excluidas............................................................................16

Cláusula IV: Forma de prestar los servicios.............................................................20

Cláusula V: Otros aspectos del seguro....................................................................21

1. Bases y pérdida de derechos del contrato..............................................................................................21

2. Duración del seguro....................................................................................................................................22

3. Primas del seguro.......................................................................................................................................22

4. Aportación de informes..............................................................................................................................23

5. Reclamaciones............................................................................................................................................24

6. Otros aspectos legales a tener en cuenta.................................................................................................24

7. Cláusula de protección de datos...............................................................................................................25

8. Otros.............................................................................................................................................................30

9. Jurisdicción................................................................................................................................................. 30

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Cláusula preliminar

El presente contrato se rige, por lodispuesto en la Ley 50/1980, de 8 deoctubre de Contrato de Seguro (B.O.E.de 17 de Octubre de 1980); por la Ley20/2015, de 14 de julio, de ordenación,supervisión y solvencia de las entidadesaseguradoras y reaseguradoras, y suReglamento de Desarrollo (Real Decreto1060/2015, de 20 de noviembre, deordenación, supervisión y solvencia delas entidades aseguradoras yreaseguradoras), por la Ley 22/2007 de11 de julio, sobre comercialización adistancia de servicios financierosdestinados a los consumidores, la Ley26/2006, de 17 de julio, de mediación deseguros y reaseguros privados, y por loconvenido en las presentes CondicionesGenerales y en las Particulares.

Serán de aplicación las cláusulaslimitativas de los derechos de losAsegurados que están resaltadas ennegrita y que sean específicamenteaceptadas.

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Glosario de términos

A los efectos del presente documento del Producto Sanitas Estudiantes Mundo se entiendepor:

TÉRMINOS ASEGURADORES

ACCIDENTELesión corporal sufrida durante la vigencia dela póliza, que derive de una causa violenta,súbita, externa y ajena a la intencionalidaddel Asegurado.

ANTIGÜEDADSupone el reconocimiento al Asegurado dedeterminados derechos por permanencia enSANITAS, que se especificarán en lasCondiciones Particulares.

ASEGURADOCada persona incluida en la póliza yespecificada en las Condiciones Particulares,con derecho a percibir las prestaciones delseguro, y que puede o no coincidir con lapersona del Tomador.

BENEFICIARIOPersona a quien el Tomador del seguroreconoce el derecho a percibir, en la cuantíaque corresponda, la indemnización oprestación derivada de este contrato.

COPAGOParticipación del Asegurado en la cuantía delcoste del acto médico o serie de actos, segúnel servicio médico requerido, recibido de losprofesionales o centros que presten elmismo, y que se abonará directamente aSANITAS.

CUESTIONARIO DE SALUDDeclaración que debe realizar de forma verazy completa y firmar el Tomador o Aseguradoantes de la formalización de la póliza quesirve a SANITAS para la valoración del riesgoque es objeto del seguro.

DOLOAcción u omisión cometida con fraude oengaño con la intención de producir un daño

u obtener un beneficio afectando losintereses de un tercero.

DOMICILIO DEL ASEGURADOEs aquel donde resida el Asegurado y queconste expresamente mencionado en lascondiciones particulares de la póliza.

DURACIÓN DEL SEGUROEl tiempo especificado en las CondicionesParticulares del seguro.

DURACIÓN DEL VIAJEEl tiempo que el Asegurado se ausenta de sudomicilio habitual, para trasladarse de unlugar a otro.

ENTIDAD ASEGURADORASANITAS, Sociedad Anónima de Seguros,persona jurídica que asume el riesgocontractualmente pactado.

EQUIPAJEConjunto de ropa y enseres propios para eluso de la higiene personal necesarios en eltranscurso del viaje, contenidos en el interiorde las maletas facturadas.

FRANQUICIACuantía de los gastos médicos y/uhospitalarios no incluidos en la cobertura delseguro que, conforme a lo establecido en lascorrespondientes garantías, son abonadospor el propio Tomador del Seguro oAsegurado al proveedor médico.

PARTICIPACIÓN EN GASTOSCon carácter previo al acceso a determinadascoberturas, el Asegurado deberá abonar enun único pago a SANITAS, una cuantíaespecífica en función del grado de dificultadde las mismas.

PLAZOS DE CARENCIAPeriodo de tiempo (computado por mesestranscurridos a partir de la fecha de efecto dealta de cada Asegurado en la póliza) duranteel cual no entran en vigor algunas de las

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coberturas incluidas dentro de las garantíasque recoja la misma.

PÓLIZADocumento escrito que contiene lascondiciones reguladoras del seguro, así comolos derechos y deberes de las partes y quesirve de prueba de la existencia del mismo.Forman parte integrante de la póliza: lasolicitud de seguro, el Cuestionario de Salud,las Condiciones Generales, las Particulares,las Adicionales y Complementarias oApéndices que se añadan a la misma, paracompletarla o modificarla.

PREEXISTENCIAEstado o condición de la salud (enfermedad,lesión o defecto) no necesariamentepatológicos sufridos por el Asegurado conanterioridad a la fecha de la firma delcuestionario de salud.

PRESTACIÓNAceptación del pago del servicio asistencialpor SANITAS de las garantíascomprometidas en la póliza.

PRIMAEs el precio del seguro, es decir, la cantidadque el Tomador del Seguro o Aseguradodebe abonar a SANITAS. Contendrá,además, los recargos, tasas e impuestos quesean de legal aplicación.

SINIESTROTodo hecho cuyas consecuencias estén totalo parcialmente cubiertas por la póliza y queformen parte del objeto del seguro. Seconsidera que constituye un sólo y únicosiniestro el conjunto de servicios derivados deuna misma causa.

SOBREPRIMAEs una prima complementaria que seestablece, mediante pacto expreso reflejadoen las condiciones particulares de la póliza,con el fin de asumir un riesgo adicional queno sería objeto de cobertura asegurada si noexistiera dicho pacto.

TERCEROSCualquier persona física o jurídica distinta delTomador o Asegurado, o sus respectivos

cónyuges, ascendientes o descendientes ydemás familiares que convivan con alguno deellos.

TOMADOR DEL SEGUROEs la persona, física o jurídica que junto conSANITAS suscribe este contrato y que puedeser igual o distinta que el Asegurado, y a laque corresponden las obligaciones que delmismo se derivan, especialmente el pago dela prima, salvo las que por su naturalezadeban ser cumplidas por el Asegurado.

TÉRMINOS SANITARIOS

ASISTENCIA SANITARIAActo de atender o cuidar la salud de unapersona.

A S I S T E N C I A S A N I T A R I AH O S P I T A L A R I A / C O NHOSPITALIZACIÓN EN REGIMEN DEINGRESOEs la asistencia prestada en un centromédico u hospitalario en régimen deinternamiento, con registro de entrada ypermanencia del Asegurado como paciente,con una pernocta al menos, para eltratamiento médico, diagnostico, quirúrgico oterapéutico del mismo.

ASISTENCIA SANITARIA ENHOSPITAL DE DIA / EN REGIMEN DEINGRESO EN HOSPITAL DE DIAEs la asistencia médica, diagnóstica,quirúrgica o terapéutica prestada en un centromédico u hospitalario que requiere cuidadospocos intensivos y de corta duración por loque no precisa que el paciente pernocte en elcentro.

En caso de un tratamiento quirúrgico enrégimen de hospital de dia, este tratamientose realiza en quirófano, con anestesiageneral,local,regional o sedación, querequiere de cuidados postoperatorios pocointensivos y de corta duración por lo que noprecisa la pernocta del paciente en el centro.

ASISTENCIA SANITARIA SINHOSPITALIZACIÓN / AMBULATORIAEN REGIMEN AMBULANTE

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Es la asistencia médica, diagnóstica,quirúrgica o terapéutica prestada en elhospital que no suponga hospitalización enrégimen de ingreso u hospital de día. En casode un tratamiento quirúrgico en régimenambulante, éste se realiza en consulta, sobretejidos superficiales y precisa generalmenteanestesia local.

ASISTENCIA POR MOTIVOS DE TIPOSOCIALEl ingreso medico se convierte en ingresosocial cuando un paciente con deteriorofuncional o afectado por procesos crónicosy/o patologías asociadas al envejecimiento hasuperado la fase aguda de su enfermedad, yprecisa cuidados sanitarios pero no enrégimen de ingreso hospitalario.

CONSULTAAcción de atender y examinar el médico a unenfermo realizando las exploraciones ypruebas médicas necesarias para obtener undiagnóstico o un pronóstico y prescribir untratamiento.

DIAGNÓSTICOJuicio médico sobre la naturaleza de laenfermedad o lesión de un paciente, basadoen la valoración de sus síntomas y signos yen la realización de pruebas complementariascorrespondientes.

D.U.E./ENFERMERO.Diplomado Universitario en Enfermería,legalmente capacitado y autorizado paradesarrollar la actividad de enfermería.

ENFERMEDADToda alteración del estado de salud, que nosea consecuencia de accidente o lesión, ycuyo diagnóstico y confirmación seaefectuado por un profesional sanitariolegalmente reconocido, y que haga precisa laasistencia facultativa.

ENFERMEDAD CONGÉNITAEs aquella que existe en el momento delnacimiento, como consecuencia de factoreshereditarios o afecciones adquiridas durantela gestación hasta el mismo momento delnacimiento. Una afección congénita puedemanifestarse y ser reconocida

inmediatamente después del nacimiento, obien ser descubierta más tarde, en cualquierperiodo de la vida del individuo.

ENFERMEDAD PREEXISTENTESLas padecidas o diagnosticadas conanterioridad a la fecha de efecto del seguro, ylas que se producen como consecuencia detrastornos crónicos, así como suscomplicaciones y recaídas.

ENFERMEDAD PSÍQUICA SÚBITAAquellos procesos psíquicos que sepresenten de forma súbita en el transcurso deun viaje, y por causas no contempladas enlas exclusiones generales (consumo dealcohol o estupefacientes, suicidio, peleas...)y / o la reagudización de enfermedadespsíquicas diagnosticadas previamente,siempre que el paciente se encontraraestable y sin síntomas al inicio del viaje.

EPIDEMIAEnfermedad que ataca a un gran número depersonas o de animales en un mismo lugar ydurante un mismo período de tiempo.

GUÍA ORIENTADORA DE MÉDICOS YSERVICIOSProfesionales y centros sanitariospertenecientes al cuadro médicocorrespondiente a esta póliza yrecomendados por SANITAS para laprestación de los servicios objeto del seguro.La Guía puede sufrir modificaciones durantela vigencia de la póliza. Los aseguradostienen a su disposición en las oficinas deSANITAS una relación completa yactualizada de los facultativos y entidadesque conforman el cuadro médico de estapóliza.

HABITACIÓN CONVENCIONALHabitación de una sola estancia o habitáculo,dotada de los equipamientos necesarios parala asistencia sanitaria. No se entienden comoconvencionales las suites o habitaciones conantesala.

HOSPITALTodo establecimiento público o privadolegalmente autorizado para el tratamiento deenfermedades o lesiones o accidentes,

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provisto de presencia médica permanente yde los medios necesarios para efectuardiagnósticos, tratamientos médicos eintervenciones quirúrgicas y que permita elingreso del paciente.

A los efectos de la póliza, no se consideranhospitales los hoteles, casas de reposo,balnearios, instalaciones dedicadasprincipalmente al tratamiento deenfermedades crónicas e institucionessimilares.

INTERVENCIÓN QUIRÚRGICAToda intervención con fines diagnósticos oterapéuticos, realizada mediante cirugíaefectuada por un médico especialistacompetente en un centro autorizado(hospitalario o extra hospitalario) y querequiere normalmente la utilización de unasala específica dotada del equipamientonecesario.

LESIÓNTodo cambio patológico que se produce enun tejido o en un órgano sano y que comportaun daño anatómico o fisiológico, es decir, unaperturbación en la integridad física o en elequilibrio funcional.

MATERIAL DE OSTEOSÍNTESISPiezas de cualquier naturaleza empleadaspara la unión de los extremos de un huesofracturado o para soldar extremos articulares.

MATERIAL ORTOPÉDICOPiezas anatómicas externas de cualquiernaturaleza utilizadas para prevenir o corregirlas deformidades del cuerpo, como porejemplo corsés, arneses o muletas.

MEDICAMENTOSToda sustancia o combinación de sustanciasque se presente como poseedora depropiedades para el tratamiento o prevenciónde enfermedades en seres humanos, o quepueda usarse, o administrarse a sereshumanos con el fin de restaurar, corregir omodificar las funciones fisiológicas ejerciendouna acción farmacológica, inmunológica ometabólica, o de establecer un diagnósticomédico.

La cobertura por parte de la aseguradoraestará supeditada a la prescripción de laterapia más eficiente disponible en elmomento, por principio activo y utilizandosiempre el fármaco genérico o biosimilar sieste estuviera autorizado por la AgenciaEspañola del Medicamento y comercializadoen España.

MÉDICODoctor o Licenciado en Medicina legalmentecapacitado y autorizado para tratar médica oquirúrgicamente las enfermedades olesiones.

MÉTODO TERAPÉUTICO COMPLEJOSe define como método terapéutico complejotodo aquel que precisa para su realización unmedio sanitario u hospitalario conequipamiento tecnológico, sala y profesionalsanitario especializados.

Asimismo la infraestructura sanitaria dondees llevado a cabo debe contar con personal yequipamiento suficientes para hacer frente acualquier complicación que pueda sufrir elpaciente como consecuencia directa oindirecta del mismo.

Indicar a título de ejemplo que estaríancomprendidos todos los procedimientos delitotricia, radioterapia, quimioterapia,radiología intervencionista, hemodinamia,endoscopia, aquellos procedimientoscubiertos que precisen láser.

RECIÉN NACIDOPersona en la etapa de la vida que seextiende durante las cuatro primerassemanas desde su nacimiento.

PANDEMIAEnfermedad epidémica que se extiende amuchos países o que ataca a casi todos losindividuos de una localidad o región.

PARTOSe define como la salida de uno (o más)recién nacidos y la(s) placenta desde elinterior de la cavidad uterina al exterior. Elparto normal o a término es aquél que seproduce entre la 37ª y la 42ª semana desdela fecha de la última menstruación. Los

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partos ocurridos antes de las 37 semanas seconsideran partos prematuros y los queocurren después de las 42 semanas seconsideran partos post-término.

PATOLOGÍA ORGÁNICALesión estructural en tejidos u órganos delcuerpo humano

PRÓTESISTodo elemento de cualquier naturaleza, quereemplaza temporal o permanentemente laausencia de un órgano, tejido, fluido orgánico,miembro o parte de alguno de éstos. A títulode ejemplo, tienen esa consideración loselementos mecánicos (sustitucionesarticulares) o biológicos (recambiosvalvulares cardiacos, ligamentos) lentesintraoculares, reservorios de medicamentos,etc.

PRUEBA DIAGNÓSTICA COMPLEJASe define como prueba diagnóstica complejatodo aquella prueba que precisa para surealización un medio sanitario u hospitalariocon equipamiento tecnológico y profesionalsanitario especializado. Asimismo lainfraestructura sanitaria donde es llevado acabo debe contar con personal yequipamiento suficientes para hacer frente acualquier complicación que pueda sufrir elpaciente como consecuencia directa oindirecta de la realización de dicha prueba.Indicar a título de ejemplo que estaríanincluidas todas las pruebas de TAC,resonancia, neurofisiología, medicina nuclear,genética y biología molecular, endoscopia.hemodinamia, etc.

PSICOLOGÍACiencia que implica la aplicación práctica delconocimiento, habilidades y técnicas para eldiagnóstico, prevención o solución deproblemas individuales o sociales,especialmente en cuanto a la interacciónentre el individuo y el entorno físico y social.

SERVICIOS A DOMICILIOVisita en el domicilio del Asegurado y asolicitud del Asegurado por parte de médicode familia, pediatra/puericultor o D.U.E., enaquellos casos en que el Asegurado se

encuentre, por razón de su enfermedad,incapacitado para trasladarse al consultorio.

SERVICIOS DE ASISTENCIAURGENTEAsistencia en caso justificado tanto en eldomicilio del Asegurado, como en cualquierotro lugar del territorio nacional donde seencuentre el Asegurado, siempre queSANITAS tenga concertada la prestación deeste servicio en dicho lugar. El servicio seráprestado por médico de familia y/o D.U.E.

TRATAMIENTOConjunto de medios de cualquier tipo(higiénicos, farmacológicos, quirúrgicos obien físicos), los cuales tendrán comofinalidad primaria la curación o el alivio deenfermedades o algunas de estas, una vezque ya se ha llevado al diagnóstico de lasmismas.

URGENCIASe considera “Urgencia” a toda situaciónclínica que no lleve aparejado un compromisovital o daño irreparable en la integridad físicadel paciente, que precise una pronta atenciónsanitaria.

URGENCIA VITALEs aquella situación clínica que requiereatención médica inmediata, dado que unretraso en la misma puede derivar uncompromiso vital o daño irreparable en laintegridad física del paciente que puedasuponer la pérdida o deterioro significativo deuna función, miembro, órgano del cuerpo dela misma.

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Cláusula I: Objeto delseguro

Dentro de los límites y condicionesestipuladas en la Póliza, y previo pago por elTomador del seguro de la primacorrespondiente, SANITAS cubrirá laasistencia médica urgente que puedanprecisar los Asegurados durante su viaje enel extranjero en los términos y dentro de loslímites y exclusiones establecidos en lapresente póliza.

Cláusula II: CoberturasLas prestaciones que son objeto de estapóliza están cubiertas siempre que se tratede tratamientos urgentes que seproduzcan durante el viaje del Aseguradoen el extranjero y siempre que dichasituación sea causada por unaenfermedad súbita, accidente oagravamiento de una enfermedadpreexistente, según se recoge en cada unade las garantías cubiertas, durante suestancia en el extranjero.

1. Garantías de asistenciasanitaria

SANITAS prestará el servicio o servicios quehayan sido pactadas en la presente póliza,cuando el Asegurado sufra un accidenteamparado por la misma y ello ocurra durantesu estancia en el extranjero objeto del seguro,utilizando como medio de locomoción, untransporte público (avión, barco, ferrocarril,autocar, etc.) y el vehículo propiedad delasegurado, en cualquier parte del mundo,excepto en España.

Para las garantías de asistencia sanitaria y alas personas contenidas en el presentecondicionado, queda expresamenteconvenido que las obligaciones de SANITASfinalizan en el instante en que el Aseguradohaya regresado a su domicilio habitual, ohaya sido ingresado en un centro sanitario

como máximo a 25 Km. de distancia delcitado domicilio (15 Km en las Islas Balearesy Canarias).

1.1. Consulta Médica Telefónica

En caso de enfermedad súbita o lesionesgraves de alguno de los Asegurados,SANITAS facilitará asesoramiento médicopara decidir, en combinación con el médicointerviniente, el mejor tratamiento a seguir,así como el medio más idóneo de traslado delherido o enfermo, si resultara necesario.

1.2. Traslado o Repatriación SanitariaUrgente de Heridos y Enfermos

En caso de sufrir alguno de los asegurados,enfermedad súbita, accidente o agravamientode una enfermedad preexistente durante suestancia en el extranjero, SANITAS tomará asu cargo el traslado o repatriación del heridoo enfermo hasta el centro hospitalario másadecuado, o bien hasta el domicilio habitualindicado en las Condiciones Particulares, através del medio de transporte más idóneo.En el primer caso, si posteriormente fueranecesario su traslado al domicilio o a otrohospital, SANITAS también se hará cargo deltraslado.

En cualquier caso se aplicará el criteriomédico de SANITAS, que será quiendeterminará la idoneidad del acto médico arealizar.

En caso de enfermedad psíquica súbitadiagnosticada de forma fehaciente por unespecialista, la repatriación tendrá lugarsiempre y cuando las autoridades sanitariasdel lugar donde se encuentre y el medio detransporte que se utilice lo permitan

1.3. Gastos médicos, quirúrgicos,farmacéuticos y de hospitalización

Si a consecuencia de una enfermedad súbitao de un accidente ocurrido durante el períodode validez de la póliza, el Asegurado necesitaasistencia médica, quirúrgica, farmacéutica uhospitalaria, SANITAS se hará cargo de:

a) Los gastos de hospitalización.

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b) Los gastos y honorarios médicos yquirúrgicos.c) El coste de los medicamentos prescritospor un médico.

Para eventos sobrevenidos en el extranjerosu límite es de 50.000 € o 100.000 € ( segúnpóliza contratada) por el Asegurado.

En caso de enfermedad psíquica súbita,diagnosticada de forma fehaciente por unespecialista, ocurrida durante su estancia enel extranjero, SANITAS se hará cargo de losgastos médicos anteriormente mencionados,hasta un máximo de 6.000 €, impuestosincluidos, por persona y siniestro.

1.4. Gastos de Convalecencia

Si a consecuencia de una enfermedad súbitao de un accidente ocurrido durante el períodode validez de la póliza, alguno de losAsegurados necesita por prescripciónfacultativa, permanecer en un hotel hasta quesu estado permita su traslado, continuacióndel viaje o regreso a su domicilio, SANITASse hará cargo de los gastos de estancia enun hotel devengados por los Aseguradosconvalecientes y de un Aseguradoacompañante, con un máximo de cinconoches y por un importe límite de 100,00 €por persona y noche.

1.5. Gastos de transporte y estanciaen hotel de un aseguradoacompañante por hospitalización deun asegurado en el extranjero

Cuando uno o más de los Asegurados debanser internados por enfermedad súbita o lesiónen un centro hospitalario situado en elextranjero, SANITAS se hará cargo de losgastos de traslado de un aseguradoacompañante hasta el lugar dehospitalización.

SANITAS se hará cargo de los sus gastosde estancia del familiar en un hotel, hastaun máximo de cinco noches y por unimporte máximo de 100,00 € por noche.

1.6. Continuación de viaje de unasegurado tras la hospitalización

Si se da el supuesto indicado en el apartadoanterior y, en el caso, de que los aseguradosinternados por enfermedad súbita o lesión,recibieran el alta médica en un período detiempo que hiciera factible su reincorporaciónal viaje que estaban realizando, SANITAS sehará cargo de su transporte así como delacompañante hasta el lugar en que seencuentre el resto de la expedición o bienhasta el lugar en que dichos aseguradosdebieran hallarse según el plan de viajeestablecido.

1.7. Envío de Medicamentos

Cuando un Asegurado que esté bajotratamiento médico olvide los medicamentosen su domicilio o los extravíe en el transcursode su viaje y éstos sean de difícil o imposiblelocalización en el lugar donde se encuentra,SANITAS realizará las gestiones necesariaspara disponer de dichos medicamentos y selos hará llegar al Asegurado por los mediosmás idóneos. Sólo estarán cubiertos losgastos de envío. Una vez en su domicilio elAsegurado deberá devolver SANITAS elprecio de los medicamentos recibidos.

2. Garantías relativas a laspersonas

2.1. Transmisión de mensajesurgentes

SANITAS se encargará de transmitir losmensajes urgentes que le indique elAsegurado relacionados con las coberturascontratadas de la póliza, o con cualquier otromotivo, cuando exista una causa deimportancia razonable y demostrable.

2.2. Billete de ida y vuelta yalojamiento para un familiar

En caso de hospitalización por enfermedadsúbita o lesión de algún Asegurado,SANITAS facilitará a un familiar conresidencia en España, designado por elAsegurado, un billete de ida y vuelta para

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desplazarse hasta el centro asistencial yposterior regreso hasta su domicilio, cuandoel período de internamiento se prevea de unaduración mínima de 5 días, segúncertificación médica extendida por el médicointerviniente.

Se cubren, asimismo, los gastos deestancia en un hotel del familiar en ellugar de hospitalización con un máximode 5 noches y un importe de hasta 100,00€ por noche.

Esta garantía tan solo será aplicablecuando el asegurado hospitalizadopermanezca sólo en el lugar de lahospitalización, es decir, cuando no sehaga uso de la garantía 1.6.

2.3. Retorno anticipado porfallecimiento, enfermedad grave delcónyuge, de un familiar en primer ysegundo grado y por perjuicio graveen el domicilio particular o localprofesional

En caso de fallecimiento o enfermedad grave,es decir, con peligro de muerte, ocurrida enEspaña de un familiar en primer y segundogrado del Asegurado o de su cónyuge,SANITAS organizará y se hará cargo deltraslado de éste, hasta el lugar de lainhumación o de hospitalización en España,cuando no pudiera retornar por los mediosinicialmente previstos. También se realizarála repatriación en caso de perjuicio grave enel domicilio particular o local profesional.

2.4. Repatriación de fallecidos ytraslado de los Asegurados

En el supuesto de fallecimiento de alguno delos asegurados, SANITAS tomará a su cargotodas las gestiones burocráticas necesarias,así como del traslado o repatriación delcadáver hasta el lugar de inhumación enEspaña. Asimismo, SANITAS se hará cargodel traslado de los otros asegurados que leacompañen en el momento de la defunción yque no puedan regresar por los mediosinicialmente previstos.

2.5. Búsqueda y transporte deequipajes y efectos personales

En caso de pérdida, extravío o robo deequipajes y/o efectos personales durante elviaje, SANITAS colaborará en la búsqueda delos mismos y, en caso de ser recuperados,tomará a su cargo su expedición hasta eldomicilio habitual del Asegurado descrito enlas Condiciones Particulares o hasta el lugardonde éste se encuentre de viaje.

2.6. Envío de objetos olvidados

SANITAS organizará y tomará a su cargo elcoste del envío al domicilio del Asegurado deaquellos objetos de valor que olvidase en ellugar dónde hubiese estado durante su viaje.

Esta garantía incluye el envío al lugar en elque esté el Asegurado de aquellos objetosimprescindibles para el transcurso del viaje yolvidados en el domicilio antes del inicio delmismo.

Para todos los casos señalados en esteepígrafe, SANITAS únicamente asumirá laorganización del envío y el coste de éstecon un máximo de 10 kg de peso y hastala cantidad de 180,00 €.

2.7. Ampliación de estancia en elextranjero por pérdida o robo dedocumentación

Si durante un viaje por el extranjero, unAsegurado pierde o le es robado el pasaporteo cualquier otra documentación identificativaimprescindible para la salida del país yentrada en España, viéndose obligado aprolongar por este motivo su estancia,SANITAS, se hará cargo de los gastos dealojamiento en un hotel del asegurado que haextraviado la documentación hasta que ladocumentación le sea reemplazada. En elcaso de que dicho Asegurado sea menor deedad, SANITAS también tomará a su cargolos gastos de alojamiento de un acompañantemayor de edad. El importe máximo cubiertoen esta garantía es de 60,00 € por día ypersona y un máximo de 300,00 € porpersona.

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2.8. Indemnización por pérdida declases por accidente

En caso de accidente del Asegurado queimpida su asistencia durante 20 díasconsecutivos a las clases programadas,SANITAS reembolsará los gastosjustificados incurridos en concepto declases particulares, hasta un máximo de1.000 euros. El asegurado deberá presentarel documento acreditativo de la contratación ypago de las clases para poder acreditar dichoreembolso.

2.9. Indemnización por pérdida dematrícula por accidente

En caso de accidente del Asegurado que leimpida asistir a las clases programadasdurante, como mínimo, dos mesesconsecutivos, a contar desde la fecha delaccidente, o éste hubiese ocurrido dentro delos quince días inmediatamente anteriores ala convocatoria de un examen final,impidiendo su asistencia al mismo, SANITASreembolsará los gastos abonados por elAsegurado por su matriculación en elcurso universitario hasta un máximo de1.000 euros . El asegurado deberá presentarlos documentos acreditativos y justificantesde pago.

2.10. Infortunio familiar por accidente

Por fallecimiento del padre o de la madre delAsegurado en accidente de transporte públicoo privado.

• Muerte del padre o de la madre, 6.000 €.

• Muerte de ambos progenitores en el mismoaccidente, 9.000 €

3. Garantías relativas al equipaje

Quedan asegurados los objetos de usopersonal necesarios en el transcurso del viajecontra:

• El robo, entendido como la sustracción delas cosas muebles ajenos con violencia o

intimidación en las personas o empleandofuerza en las cosas.

• La destrucción total o parcial durante eltraslado por una empresa de transportepúblico de viajeros.

• La pérdida durante el traslado por unaempresa de transporte público de viajeros.

La indemnización máxima por persona ymaleta y por todos los siniestros sufridospor el asegurado en el curso de periodode garantía contratado será de 900,00 €.Para ello se han de presentar facturasoriginales o tickets de compra de losobjetos declarados.

La indemnización por el equipaje tendrá unadepreciación por el uso de un 20% para elprimer año y un 30% a partir del segundo añotranscurrido desde la compra. La valoraciónde los meses se aplica con el criterio deproporcionalidad con relación a losporcentajes indicados.

No obstante, los objetos de valor quedangarantizados dentro de unos límites:

• Las joyas, los objetos elaborados conun metal precioso, las piedraspreciosas, las perlas y los relojes, estángarantizados únicamente contra el roboy sólo si los llevase el asegurado sobresí mismo, o si han sido depositados enla caja fuerte de un hotel.

• El material fotográfico, cinematográfico,de grabación o reproducción de sonidoo imagen, así como sus accesorios, lasprendas de piel y los fusiles de caza,están garantizados únicamente cuandoson llevados consigo por el aseguradoo bien han sido depositados enconsigna.

4. Garantías relativas al nuevoviaje

Si a causa de una enfermedad grave oaccidente grave sufrido por el asegurado,SANITAS organizase su repatriación sanitaria

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a domicilio, posteriormente SANITAScompensaría al asegurado repatriado y a unacompañante asegurado también repatriado,con un nuevo viaje. El asegurado dispondríade un plazo máximo de un año, a partir de lafecha de repatriación y hasta la fecha de lanueva emisión, para la utilización de estagarantía.

Límites: Este viaje será por un importe ycaracterísticas similares al del viajefacturado por la agencia de viajes, noexcediendo nunca 3.000,00 € porasegurado, y máximo dos asegurados.

5. Seguro de accidentes pormuerte o invalidez permanente yabsoluta

SANITAS indemnizará al Asegurado oBeneficiario en la cantidad de 18.000,00 €, encaso de muerte o invalidez permanenteabsoluta del Asegurado a consecuencia deun accidente ocurrido durante undesplazamiento cubierto por el presenteseguro.

Para las personas menores de 14 años, elimporte a pagar en caso de fallecimientose limita única y exclusivamente alreembolso de los gastos del sepelio hastaun máximo de 3.005,06 €.

Se establece un importe máximo exigible aSANITAS a consecuencia de un mismosiniestro de 1.202.024’21 €. Es decir, que encaso de que en un mismo accidente seprodujera la Muerte o Invalidez de variosasegurados el importe máximo exigible aSANITAS se repartirá proporcionalmente.

Dicha indemnización tendrá efecto:

• En caso de muerte dentro de los 12 mesessiguientes a contar desde la fecha delaccidente, esté o no la póliza en vigor; o enun momento posterior a dicho límitesiempre que el Beneficiario puedademostrar la relación de causa y efectoentre el accidente y la muerte.

• En caso de invalidez permanentecomprobada y fijada dentro del plazo de unaño a contar desde la fecha del accidente.

Después del pago de una indemnización porinvalidez permanente no procederá ningunaotra indemnización aunque, posteriormente,se produjese la muerte del Asegurado comoconsecuencia del mismo siniestro.

Designación o revocación de Beneficiarios

La designación del beneficiario correspondeal Tomador del Seguro. Le correspondeigualmente su modificación o revocación, sinque para ello sea preciso el consentimientode SANITAS. La designación del beneficiariopodrá hacerse en póliza, en una posteriordeclaración escrita comunicada a SANITAS oen testamento. Si al tiempo del fallecimientodel Asegurado a causa de un accidentecubierto por la presente póliza no hubierebeneficiario designado, será consideradocomo tal el Tomador del Seguro.

Criterios para la evaluación del grado deinvalidez.

Si las partes se pusieran de acuerdo sobre elimporte y la forma de la indemnización,SANITAS deberá pagar la suma convenida.

El grado definitivo de invalidez serádeterminado por los Servicios Médicos delSANITAS, a cuya revisión deberá someterseel Asegurado. En caso de discrepancia, laspartes se someterán a la decisión de losPeritos Médicos, conforme a lo dispuesto enel Artículo 38 de la Ley de 8 de Octubre50/1980, de Contrato de Seguro.

Pago de la indemnización.

El pago de la indemnización se efectuarádentro de los veinte días siguientes a la fechadel acuerdo amistoso de las partes. Si antesde este plazo SANITAS no ha realizadoningún pago, el Asegurado no podrá reclamarintereses por dicho período.

Para poder solicitar el pago en caso defallecimiento o invalidez permanente, elAsegurado o los Beneficiarios deberán remitira SANITAS los documentos justificativos que

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se indican a continuación, segúncorresponda:

• En caso de Fallecimiento

- Certificado del Médico que haya asistidoal Asegurado, en el que se detallarán lascausas y circunstancias del fallecimiento.

- Certificado de defunción librado por elRegistro Civil.

- En el caso de que por razón delaccidente sufrido por el Asegurado sehubiesen iniciado actuaciones judiciales,deberá facilitarse copia de las mismas, ocuando menos el atestado que hayaninstruido los Agentes del Orden Público.

- Certificado del Registro General deActos de Última Voluntad, y si existieratestamento, copia de éste o del último enel caso de que existieran varios. En elcaso de no existir testamento, seráprecisa la declaración judicial de losherederos legales del Asegurado.

- Documentos (Certificado de Matrimonio,Libro de Familia, Certificado deNacimiento de los hijos, etc.) queacrediten la personalidad y relaciónfamiliar de la persona o personas quedeban percibir la prestación convenidapara el caso de muerte del Asegurado.

- Copia de la liquidación parcial a cuenta ode la autoliquidación del Impuesto sobreSucesiones y Donaciones, con notaestampada en el mismo acreditativa delingreso efectuado o, en su caso, de laexención o no sujeción al tributo.

- Para las personas menores de 14 años,el importe a pagar correspondiente alreembolso de los gastos de sepelio, sedeterminará mediante la presentación delos originales de los comprobantes depago de dichos gastos.

• En caso de Invalidez permanente:

- Certificado Médico en el que seespecifique el comienzo, las causas,naturaleza y consecuencias de lainvalidez y el grado de la misma,resultante del accidente.

En todo caso, las indemnizaciones y costos aque dé lugar el presente seguro seránsatisfechas en Euros y en España.

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Cláusula III: Coberturasexcluidas

1. EXCLUSIONES GENERALES

Quedan excluidos de la cobertura entodas las garantías, incluido el seguro deaccidentes, los riesgos generalessiguientes:

a) Las garantías y prestaciones que nohayan sido solicitadas a SANITAS y queno hayan sido efectuadas con o por suacuerdo, salvo en caso de fuerza mayor ode imposibilidad material demostrada.

b)Los siniestros causados por dolo o poractos notoriamente peligrosos otemerarios del Asegurado o de laspersonas que viajen con el Asegurado.

c) Los accidentes que sobrevengan en lapráctica de competiciones deportivas,oficiales o privadas, así como en losentrenamientos, pruebas y apuestas, laparticipación en excursiones y travesíasorganizadas.

d)Los siniestros ocasionados poractividades deportivas y turísticas deaventura, así como aquellas que sepractican sirviéndose básicamente de losrecursos que ofrece la misma naturalezaen el medio en que se desarrollan y, a lascuales es inherente el factor riesgo salvoque para la práctica de las actividadesenumeradas en la modalidad de aventurase haya suscrito dicho seguro.

e) Los eventos ocasionados porfenómenos de la naturaleza, comoterremotos, maremotos, inundaciones,erupciones volcánicas, tempestadesciclónicas, caída de cuerpos siderales yaquellos que puedan considerarsecatástrofe o calamidad.

f) Los siniestros ocurridos en caso deguerra, manifestaciones y movimientospopulares, actos de terrorismo y sabotaje,huelgas, motines, restricciones a la libre

circulación o cualquier otro caso defuerza mayor, a menos que el Aseguradopruebe que el siniestro no tiene relacióncon tales acontecimientos.

g)Las lesiones o accidentes corporalescomo consecuencia de accionesdelictivas, provocaciones, riñas, peleas yduelos, imprudencias, apuestas ocualquier hecho arriesgado o temerario.

h)Hechos o actuaciones violentas de lasFuerzas Armadas o de las Fuerzas yCuerpos de Seguridad en tiempo de paz.

i) Los siniestros causados porirradiaciones nucleares y susconsecuencias.

j) Los siniestros ocasionados por lapráctica del esquí.

k) Las pérdidas, daños o perjuicios,gastos y responsabilidades de cualquiernaturaleza, que tengan relación directacon el uso, operación o aplicación decualquier equipo electrónico, sistemainformático, software, programa oproceso informático, cuando aquellossean causados por cualquier cambio queimplique una modificación de fecha obien cualquier cambio o modificación deo en un equipo electrónico, sistemainformático, software, programa oproceso electrónico relacionado concualquier cambio de fecha.

l) Los siniestros ocasionados porepidemias y pandemias declaradasoficialmente o por la polución.

2. EXCLUSIONES RELATIVAS AL SEGURODE ACCIDENTES POR MUERTE OINVALIDEZ PERMANENTE ABSOLUTA.

No están cubiertas por esta garantía deAccidentes:

a) Las personas mayores de 70 años, parala totalidad de las coberturas, y losmenores de 14 años para el caso demuerte excepto los gastos de sepelio.

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b)Las personas que se halleni n c a p a c i t a d a s a b s o l u t a ypermanentemente para cualquieractividad profesional o laboral, así comoaquellas aquejadas de ceguera, fuertemiopía (más de 12 dioptrías), parálisis,sordera completa, epilepsia, apoplejía,enajenación mental, sonambulismo,alcoholismo, toxicomanías, diabetes,enfermedades de la médula espinal,sífilis, SIDA, encefalitis, y en general,cualquier lesión o enfermedad quedisminuyan la capacidad física o psíquicadel Asegurado.

c) Las enfermedades de todas clases queno sean consecuencia directa de unaccidente cubierto por esta póliza y laslesiones corporales que se produzcan aconsecuencia de una enfermedad o porenajenación mental.

d)Los aneurismas, varices, toda clase dehernias y sus consecuencias, así comolas distensiones musculares y ellumbago.

e) Las intoxicaciones alimenticias, lasinsolaciones y congelaciones y otrasconsecuencias de la acción de latemperatura que no hayan sido motivadaspor un accidente garantizado en estapóliza.

f) Las lesiones causada por rayos X, elradium y sus compuestos salvo que seanconsecuencia de un tratamiento aplicadoal Asegurado a consecuencia de unaccidente garantizado por la presentepóliza.

g)Las l es iones provocadasintencionadamente por el Asegurado, elsuicidio, así como los accidentes quesean consecuencia de accionesdelictivas, provocaciones, riñas y duelos,imprudencias, apuestas o cualquierempresa arriesgada o temeraria, exceptoen casos de legítima defensa.

h)Queda excluida del beneficio de lasgarantías amparadas por esta póliza toda

persona que intencionadamenteprovoque el siniestro.

i) Los accidentes ocasionados por laconducción de vehículos a motor si elAsegurado no está en posesión de laa u t o r i z a c i ó n a d m i n i s t r a t i v acorrespondiente, y en cualquier caso losderivados del uso de motocicletas,ciclomotores y turismos, sea comoconductor o como ocupante.

j) Las enfermedades o afecciones decualquier naturaleza que pueda sufrir elAsegurado, y especialmente, el infarto dem i o ca r d i o , l as a f e c c i o n e scardiovasculares y derrames cerebrales,que no hayan sido motivadas por unaccidente garantizado en este contrato.

k) Los accidentes sobrevenidos en estadode enajenación mental, embriaguezmanifiesta, bajo los efectos de drogas yestupefacientes, así como los accidentesque sean consecuencia de vahídos,desvanecimientos y síncopes, ataques deapoplejía, epilepsia y sonambulismo.

l) Las consecuencias de operacionesquirúrgicas, tratamientos médicos, oterapéuticos de cualquier naturaleza.

m) En caso de agravarse directa oindirectamente las consecuencias de unaccidente por razón de una enfermedad,estado morboso o por defectoscorporales que presente el Asegurado,preexistentes al accidente o sobrevenidosdespués de ocurrido este por causasindependientes del mismo, SANITASindemnizará las consecuencias que elaccidente habría tenido sin laintervención agravante de la enfermedad,del estado morboso o de los defectoscorporales correspondientes.

n)Las situaciones de agravación de unaccidente ocurrido con anterioridad a laformalización de la póliza.

o)El ejercicio de cualquier actividadprofesional u oficio.

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p)Los accidentes debidos a actos deguerra, revolución, sedición, motín otumulto popular y otras alteraciones delorden público y social, así como losprovocados por fuerzas desencadenadasde la naturaleza de carácterextraordinario, tales como terremotos,huracanes e inundaciones, y losaccidentes ocurridos como consecuenciade acontecimientos calificados por elGobierno de la Nación de "catástrofe ocalamidad nacionales".

q)Los accidentes que resulten de lapráctica profesional de cualquier deporte,así como en cualquier caso, los derivadosdel ejercicio como aficionado de lossiguientes: rugby boxeo, judo y cualquierotro de lucha corporal; deportes aéreos,incluido paracaidismo; caza mayor;espeleología; deportes submarinos;deportes acuáticos practicados a más de3 Kilómetros de la orilla o costa;automovilismo y motorismo; esquí yescalada; equitación y polo; patinaje yhockey sobre hielo; y también el toreo yencierro de reses bravas.

r) Los accidentes que resulten de lautilización por el Asegurado de aparatosde navegación aérea, salvo que se tratede vuelos como pasajeros en líneasregulares o vuelos "chárter", y losocasionados durante viajes submarinos.

s) Las consecuencias puramentepsíquicas de un accidente.

t) Los accidentes que pueda sufrir elAsegurado utilizando helicópteros yaviones de un sólo motor, tanto si son deuso particular como para el transportepúblico, salvo cuando la utilización delhelicóptero esté motivada para sutraslado urgente en casos de accidente oenfermedad.

u)Los accidentes que pueda sufrir elAsegurado habiendo contratado lamodalidad aventura.

3. E X C L U S I O N E S G E N E R A L E SRESPECTO A LAS GARANTÍAS DEASISTENCIA SANITARIA Y A LASPERSONAS

a) Las enfermedades o lesiones que nosean súbitas, sino consecuencia deprocesos crónicos o preexistentes,previos al viaje, así como suscomplicaciones o recaídas.

b)Las lesiones sobrevenidas en elejercicio de una profesión.

c) La muerte por suicidio o lasenfermedades y lesiones resultantes delintento de suicidio o causadasintencionadamente por el Asegurado a símismo.

d)El tratamiento de enfermedades oestados patológicos provocados por laingestión de drogas, tóxicos oestupefacientes, alcohol o por lautilización de medicamentos sinprescripción médica.

e) Los gastos relativos a prótesis, órtesis,gafas y lentillas.

f) Los partos y embarazos, salvocomplicaciones imprevisibles en losprimeros seis meses.

g)Cualquier tipo de enfermedad psíquicacrónica o preexistente.

h)Los gastos de inhumación, féretro y deceremonia en caso de traslado orepatriación de fallecidos.

i) En todos los países donde hayareciprocidad con la seguridad socialespañola, los gastos médicos y dehospitalización que estén cubiertos pordicho acuerdo, incluyendo aquellosservicios que da derecho estar enposesión de la Tarjeta SanitariaEuropea.

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4. E X C L U S I O N E S G E N E R A L E SRESPECTO A LAS GARANTÍASRELATIVAS A EQUIPAJES

a) Todo robo, destrucción o pérdidacausada intencionalmente por elasegurado mismo o por negligencia deéste y/ o resultante de una decisión de laautoridad competente, en caso de guerra,declarada o no, manifestaciones ymovimientos populares, actos deterrorismo y sabotaje o cualquier otrocaso de fuerza mayor.

b)Todo robo, destrucción o pérdidacausados por mudanza.

c) Los robos cometidos por el personaldel asegurado en el ejercicio de susfunciones.

d)La sustracción de objetos dejados sinvigilancia en algún lugar público.

e) La destrucción resultante de un viciopropio de la cosa, de su desgaste normaly natural, vertido de líquidos, materiasgrasas, colorantes o corrosivos queformen parte del equipaje asegurado.

f) La destrucción de objetos frágiles, lacerámica, cristal, porcelana y mármol.

g)El hurto, la pérdida, olvido o simpleextravío de objetos.

h)Los robos cometidos en el interior deun vehículo particular, salvo que se tratede un coche de alquiler.

i) Los siguientes objetos: documentos,cartas de identidad, tarjetas de crédito,tarjetas magnéticas, billetes detransporte, dinero en metálico, los títulosvalores y llaves.

j) Las siguientes pertenencias: bicicletas,remolques y caravanas, las tablas dewindsurf, los barcos, las motocicletas yotros medios de transporte, las tablas deesquí o snowboard y todo tipo de materialdeportivo.

k) El material de carácter profesional

l) Los instrumentos de música, losobjetos de arte, las antigüedades, lascolecciones y las mercancías.

m) Las gafas, lentillas, prótesis yaparatos ortopédicos de cualquier tipo.

n)Los accesorios del automóvil, losobjetos que amueblan caravanas,campingcars, tiendas de campaña obarcos.

o)Los aparatos de telefonía, videojuegos,los ordenadores personales, impresoras ycualquier material informático.

5. E X C L U S I O N E S G E N E R A L E SRESPECTO A LA GARANTÍA RELATIVA ALNUEVO VIAJE

Queda excluida la aplicación de lagarantía en los siguientes casos:

a) Cuando la repatriación no haya sidoorganizada por SANITAS y su equipomédico.

b)Cuando el motivo de la repatriaciónhaya sido una enfermedad psíquica.

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Cláusula IV: Forma deprestar los servicios

El asegurado en caso de precisar alguna delas prestaciones aseguradas deberá dellamar al teléfono (+34) 91 345 65 84 dondese gestionará la asistencia que precise através de los prestadores que indiqueSANITAS al Asegurado. En caso de urgenciavital el coste de la misma será asumido por elpropio asegurado que solicitará el reembolsode aquellas prestaciones que sean objeto decobertura asegurada en los términosindicados a continuación.

No será objeto de cobertura ningunaasistencia médica que no haya sidogestionada por SANITAS salvo en caso deurgencia vital.

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Cláusula V: Otros aspectosdel seguro

1. Bases y pérdida de derechosdel contrato

1.1. El presente contrato ha sido concertadosobre las bases de las declaracionesefectuadas por el Tomador del Seguro y elAsegurado en el cuestionario de saludcontenido en la Solicitud del Seguro,donde se le realizan preguntas relativas asu estado de salud, profesión, prácticasde deporte del Asegurado y en generalaquellos hábitos de vida que puedan tenerrelevancia para una correcta valoracióndel riesgo que es objeto de aseguramientopor esta póliza siendo esencial que elTomador/Asegurado facilite unainformación veraz y completa sobre lascuestiones planteadas al constituir éstasla base para la aceptación del riesgo delpresente contrato, del cual la citada Solicitudde Seguro forma parte integrante.

1.2. El Tomador del seguro tiene el deber,antes de la conclusión del contrato, dedeclarar a SANITAS, de acuerdo con elcuestionario que ésta le someta, todas lascircunstancias por él conocidas que puedaninfluir en la valoración del riesgo. Quedaráexonerado de tal deber si SANITAS no lesomete cuestionario o cuando, aunsometiéndoselo, se trate de circunstanciasque puedan influir en la valoración del riesgoy que no estén comprendidas en él.

SANITAS podrá rescindir el contratomediante declaración dirigida al Tomador delSeguro en el plazo de un mes, a contar delconocimiento de la reserva o inexactitud delTomador del Seguro. Corresponderán aSANITAS, salvo que concurra dolo o culpagrave por su parte, las primas relativas alperíodo en curso en el momento que hagaesta declaración.

Si el siniestro sobreviene antes de queSANITAS haga la declaración a la que serefiere el párrafo anterior, la prestación deésta se reducirá proporcionalmente a ladiferencia entre la prima convenida y la que

se hubiese aplicado de haberse conocido laverdadera entidad del riesgo. Si medió dolo oculpa grave del Tomador del Seguro quedaráSANITAS liberada del pago de la prestación(Art. 10 de la Ley de Contrato de Seguro).

1.3. Sin perjuicio de lo anterior, elAsegurado pierde también el derecho a laprestación garantizada, si el siniestrosobreviene antes de que se haya pagadola prima, (o, en su caso la prima única)salvo pacto en contrario (Art. 15 de la Leydel Contrato del Seguro).

1.4. El Tomador podrá rescindir el contratocuando se varíe el cuadro facultativo ,siempre que afecte al 50% de losespecialistas que integren el cuadro médiconacional de SANITAS, quien tendrá adisposición del Asegurado en todo momentoen sus oficinas la relación completa yactualizada de dichos especialistas, para suconsulta.

1.5. En el supuesto de indicación inexacta dela fecha de nacimiento del Asegurado,SANITAS sólo podrá impugnar el contrato sila verdadera edad del Asegurado, en elmomento de la entrada en vigor del contrato,excede de los límites de admisiónestablecidos por aquél.

1.6. Contratación a distancia del Seguro:De conformidad con el artículo 10 de la Ley22/2007, de 11 de julio de Comercialización aDistancia de Servicios Financieros, elTomador dispondrá de un plazo de catorcedías naturales para desistir del contrato adistancia, sin indicación de los motivos y sinpenalización alguna.

El plazo para ejercer el derecho dedesistimiento empezará a correr desde el díade la celebración del Contrato de Seguro. Noobstante, si el Tomador no hubiera recibido elCondicionado de la Póliza y la notainformativa previa a la contratación delSeguro el plazo para ejercer el derecho dedesistimiento comenzará a contar el día enque reciba la citada información.

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2. Duración del seguro

2.1 La fecha de extinción del Contrato deSeguro será la establecida en susCondiciones Particulares y, a su vencimiento,de conformidad con el artículo 22 de la Leyde Contrato de Seguro, se prorrogarátácitamente por periodos de una anualidad.No obstante, cualquiera de las partes podráoponerse a la prórroga mediante notificaciónescrita a la otra parte, efectuada conantelación no inferior a dos meses respectode la fecha de conclusión del periodo encurso, si es SANITAS quien realiza dichanotificación y de un mes si es el Tomadorquien la realiza.

2.2. En el caso de que la póliza del Segurosea resuelta por voluntad unilateral deSANITAS, no podrá suspender laprestación de la garantía cuando elAsegurado se halle en tratamiento enrégimen hospitalario, hasta el altahospitalaria, salvo renuncia del Asegurado acontinuar el tratamiento.

En caso de que la póliza del Seguro searesuelta por parte del Asegurado, lascoberturas cesarán en todo caso en la fechade vencimiento establecida en lasCondiciones Particulares de la póliza, sin queresulte de aplicación lo establecido en elpárrafo anterior. Por tanto si el Asegurado seencontrará recibiendo algún tipo deprestación asegurada en el momento delvencimiento de la póliza, la coberturaasegurada de SANITAS cesará en la citadafecha de vencimiento sin tener obligación deasumir ningún coste a partir de dicha fecha,incluso aunque sea derivado de un siniestroocurrido durante la vigencia del Seguro osalvo que la extinción de la póliza seamotivada por dolo o culpa grave delasegurado.

2.3. Respecto a cada Asegurado, el Segurose extingue:

a) Por fallecimiento.

b) Por traslado de residencia al extranjeroo por no residir un mínimo de seis (6)meses al año en territorio nacional. La

prima corresponderá a SANITAS hasta lafecha en la que el Asegurado comunique yacredite dicha circunstancia.

2.4. Las personas menores de 14 años ,sólo podrán incluirse dentro del Seguro en elcaso de estar igualmente aseguradas lapersona o personas que ostenten su patriapotestad o tutela, salvo pacto en contrario.

3. Primas del seguro

3.1. El Tomador del Seguro está obligadoal pago de la prima en el momento de laaceptación del contrato. Las coberturascontratadas no tomarán efecto mientrasno se haya satisfecho el primer recibo deprima.

3.2. La primera prima será exigible, unavez firmado el contrato. Las primassucesivas serán exigibles en susrespectivas fechas de vencimiento.

3.3. El Tomador del Seguro puede solicitar elfraccionamiento de pago de las primasanuales en periodos semestrales, trimestraleso mensuales.

En estos casos se aplicará el recargo quecorresponda. El fraccionamiento de laprima no exime al Tomador de suobligación de abonar la prima anualcompleta.

3.4. Si por culpa del Tomador, la primeraprima no ha sido pagada, SANITAS tienederecho a resolver el contrato o a exigir elpago en vía ejecutiva con base en la Póliza, ysi no hubiera sido pagada antes de que seproduzca el siniestro, SANITAS quedaráliberada de su obligación, salvo pacto encontrario debidamente reflejado en lasCondiciones Particulares de la Póliza.

En caso de impago de la segunda osucesivas primas, o sus fraccionamientos,la cobertura de SANITAS quedasuspendida un mes después del día delvencimiento.

Si SANITAS no reclama el pago dentro delos seis meses siguientes a dicho

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vencimiento, se entenderá que el contratoqueda extinguido.

Si el contrato no se resuelve o extingueconforme a las condiciones anteriores, lacobertura vuelve a tener efecto a lasveinticuatro horas siguientes al día en elque el Tomador se pusiera al corriente enel pago de la prima o en su casofracciones de la misma, adeudadas.

El Tomador del Seguro perderá el derechoal fraccionamiento de la prima que sehubiere convenido en caso de impago decualquier recibo, siendo exigible desdeese momento la prima total acordada parael periodo de Seguro que reste.

En el caso de primas fraccionadas, siocurriere algún siniestro, SANITAS podrádeducir de las cantidades a pagar orembolsar al Tomador del Seguro o alAsegurado, las fracciones de prima delSeguro de la anualidad en curso que aún nose hubiesen cobrado por SANITAS.

3.5. En caso de estipularse por las partes laaplicación de copagos a determinadasprestaciones aseguradas por esta póliza, losimportes correspondientes a dichos copagosserán los específicamente establecidos en lasCondiciones Particulares de la Póliza. Suimporte se fijará anualmente por SANITAS.Lo establecido en la presente Cláusula parael caso de falta de pago de la segunda ysucesivas primas o fracciones de ella, seráde aplicación en caso de impago del importedel copago.

3.6. Salvo que en las CondicionesParticulares se especifique otra cosa, el lugarde pago de la prima y copagos en su caso,será el que figure en la domiciliaciónbancaria.

Con este fin, el Tomador del Seguroentregará a SANITAS los datos de la cuentabancaria en la que se domiciliará el pago delos recibos de este Seguro y autorizará a laentidad financiera a hacerlos efectivos.

3.7. SANITAS sólo queda obligada por losrecibos librados por la Dirección o por susrepresentantes legalmente autorizados.

3.8. En cada renovación del Contrato elAsegurador podrá modificar la prima anual yel importe de la participación del Aseguradoen el coste de los servicios, de acuerdo a loscálculos técnico-actuariales realizados ybasados en la variación del coste de losservicios sanitarios, el tipo, la frecuencia de lautilización de las prestaciones garantizadas yla inclusión de innovaciones tecnológicasmédicas que no estuvieran cubiertas en lafecha de efecto inicial de la póliza.

Las primas a satisfacer por el Tomador,variarán en función de la edad alcanzada porcada uno de los Asegurados, la zonageográfica correspondiente al lugar deprestación de los servicios, aplicando lastarifas establecidas por SANITAS en la fechade renovación de cada póliza. Dichaactualización de primas será comunicada porescrito por SANITAS al Tomador con almenos dos meses de antelación a la fecha derenovación.

3.9. El Tomador del Seguro, recibida lacomunicación de SANITAS relativa a lavariación de la prima para la siguienteanualidad, podrá optar entre aceptar laprórroga del Contrato de Seguro por elimporte de prima propuesto por elAsegurador o la extinción del mismo alvencimiento del periodo del Seguro encurso, debiendo en este último casocomunicar por escrito a SANITAS, con almenos un mes de antelación a dicha fechade vencimiento, su voluntad de darlo porterminado.

3.10. El pago del importe de la primaefectuado por el Tomador del Seguro alcorredor de Seguros no se entenderárealizado a SANITAS, salvo que, a cambio, elcorredor entregue al Tomador del Seguro elrecibo de prima de dicho Asegurador.

4. Aportación de informes

El Tomador y Asegurado tienen la obligaciónde facilitar a SANITAS, en aquellos casos

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que lo requiera expresamente, los informesmédicos y /o presupuestos del prestador quepermitan a aquélla determinar si la prestaciónasistencial requerida es objeto de coberturapor la póliza. SANITAS no tendrá quegarantizar la prestación solicitada, mientrasno le sean facilitados los citados informes ypresupuestos en los casos en que así hayasido expresamente requerido al Asegurado.

5. Reclamaciones

5.1. Control e instancias de reclamación

a) El control de la actividad de SANITAScorresponde al Estado Español, ejerciéndoseéste a través de la Dirección General deSeguros y Fondos de Pensiones delMinisterio de Economía y Competitividad.

b) En caso de cualquier tipo de reclamaciónsobre el Contrato de Seguro, el Tomador,Asegurado, Beneficiario, Tercero perjudicadoo Derechohabientes de cualquiera de ellos,deberán dirigirse para su resolución:

1. Al Departamento de Reclamaciones deSANITAS , mediante escrito firmadofacilitando el DNI o documento que acreditela identidad del reclamante, a la calle Riberadel Loira Nº 52 (28042 Madrid) o al fax 91585 24 68 o a la dirección de correoelectrónico [email protected],quien acusará recibo por escrito y resolveráigualmente mediante escrito motivado en elplazo máximo legal de dos meses desde lafecha de presentación de la reclamación,siempre que la misma reúna los requisitosexigidos, conforme la Orden ECO/734/2004,de 11 de marzo, sobre los departamentos yservicios de atención al cliente de lasentidades financieras y el Reglamento por laDefensa del Cliente que encuentran a sudisposición en las oficinas.

2. Una vez agotada dicha vía interna y encaso de no estar conformes con la resoluciónde SANITAS, podrán formular su reclamaciónmediante escrito firmado facilitando el DNI odocumento que acredite la identidad delreclamante, ante el Servicio deReclamaciones de la Dirección General deSeguros y Fondo de Pensiones, Paseo de

la Castellana, 44, 28046 Madrid . Para ello,el reclamante deberá acreditar que hatranscurrido el plazo establecido para laresolución de la reclamación por parte deldepartamento de reclamaciones deSANITAS, o que ha sido denegada laadmisión de la reclamación o desestimada supetición por éste.

3. Le informamos que SANITAS no estáadherida a ninguna junta arbitral de consumosin perjuicio de poder acudir el asegurado alas instancias administrativas y judicialesprevistas en el procedimiento dereclamaciones que figura en las condicionesgenerales de su póliza.

4. En cualquier caso podrá acudir a losJuzgados y Tribunales competentes.

5.2. Las acciones que se deriven de esteContrato de Seguro prescribirán en el términode cinco años (artículo 23 de la ley deContrato de Seguro).

6. Otros aspectos legales atener en cuenta

6.1. Subrogación

Una vez asumido el pago de la prestacióngarantizada SANITAS podrá ejercer losderechos y acciones que, debido al siniestrocausado, correspondan al Asegurado frente alas personas responsables del mismo, hastael límite de la indemnización pagada.

El Asegurado está obligado a suscribir a favorde SANITAS los documentos necesarios parafacilitar la subrogación.

6.2. Comunicaciones

6.2.1. Las comunicaciones a SANITAS porparte del Tomador del Seguro, del Aseguradoo Beneficiario se realizarán en el domiciliosocial de aquella señalado en la Póliza.

6.2.2. Las comunicaciones de SANITAS alTomador del Seguro, al Asegurado oBeneficiario, se realizarán a la direcciónfísica, electrónica o al número de teléfonofacilitado por el Tomador en el momento de

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realizar la solicitud del seguro mientras nocomunique un cambio de la misma. ElTomador autoriza a SANITAS a que le puedaremitir cualquier comunicación por medioselectrónicos siempre que la ley lo permita.

7. Cláusula de protección dedatos

7.1 Responsable del tratamiento de susDatos Personales

SANITAS, SOCIEDAD ANÓNIMA DESEGUROS, con domicilio social en la C/Ribera del Loira, 52, 28042, Madrid,(enadelante,"Sanitas ").

7.2 Tratamiento de los datos de carácterpersonal

Se van a tratar los datos de carácterpersonal, entre otros los identificativos y des a lu d (en ade l an t e , “D a t osPersonales”),proporcionados a través de lasolicitud del seguro y durante la vigencia delcontrato. Los Datos Personales sonconfidenciales y están adecuadamenteprotegidos.

El Solicitante, Tomador y Asegurado secompromete a que toda la informaciónrelativa al Tomador y Asegurado(s) quefacilite a SANITAS es cierta y no ha omitidodato alguno sobre el estado de salud de cadauno de los Asegurados.

7.3 Finalidad del tratamiento de sus DatosPersonales

(a) Formalización, desarrollo y ejecución delcontrato de seguro. El tratamiento de losDatos Personales es necesario para lacelebración del contrato entre elTomador/Asegurado y Sanitas, así como,para el mantenimiento, desarrollo yejecución de la relación contractual. Así,Sanitas tratará los Datos Personales delTomador/Asegurado, entre otros, paravalorar, seleccionar y tarificar los riesgosasociados al seguro, gestionar la relacióncon este gestionar la póliza, etc.;pudiendo en determinados casos llegar a

tomar decisiones automatizadas con baseúnicamente en los procedimientos deanálisis llevados a cabo para mejorar elservicio prestado como objeto de sucontrato con Sanitas. Durante la ejecucióndel contrato Sanitas podrá tratar susDatos Personales para evaluar susolvencia económica, realizar estudiosestadísticos, de calidad o análisistécnicos, incluso realizando encuestas desatisfacción, así como la gestión delcoaseguro/reaseguro en su caso.

(b) Prestación y cobertura del servicioasistencial objeto del contrato de seguropudiendo a tal fin solicitar y obtener de losprofesionales sanitarios informaciónreferente a su salud. Sanitas tratará losD a t o s P e r s o n a l e s d e lTomador/Asegurado para prestar losservicios objeto del contrato consistentesentre otros, en el adecuado abono a losprestadores sanitarios o el reintegro alasegurado o sus beneficiarios de losgastos de asistencia sanitaria. Con talfinalidad podrá compartir y cederserecíprocamente Datos Personales con losprofesionales médicos que presenten elservicio asistencial, incluso solicitando yobteniendo de los profesionales sanitariosinformación referente a su salud paravalorar las coberturas y el adecuadoabono o reintegro de los serviciosprestados. Si así lo desea, como parte delservicio Sanitas pone a disposición delTomador/Asegurado un servicio de“Carpeta de Salud” (accesible a través de“MiSanitas”) para que pueda solicitar lacesión y archivo de Datos Personales(p.e. informes médicos o pruebasdiagnósticas) generados por losprestadores sanitarios de Sanitas en unaherramienta para el uso exclusivo delTomador/Asegurado.

(c) Investigación para el diseño de modelosasistenciales objeto del contrato deseguro. El tratamiento de los DatosPersonales del Tomador/Asegurado sonnecesarios para que Sanitas lleve a caboanálisis que le permita diseñar modelosasistenciales a efectos de prevención desalud del Tomador/Asegurado.

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(d) Ofrecimiento y gestión de programasasistenciales y de prevención objeto delcontrato de seguro. Sanitas, comoconsecuencia de los análisis y perfilesllevados a cabo, diseñará modelosasistenciales que podrá ofrecer alTomador/Asegurado teniendo en cuentasus características y necesidadesespecíficas. Por tanto, Sanitas necesitarátratar los Datos Personales de éstos conel fin de poder ofrecer y gestionardistintos modelos asistenciales que seadapten específicamente alTomador/Asegurado.

(e) Prestación del servicio de promoción desalud objeto del contrato de seguro.Sanitas necesita tratar los DatosPersonales del Tomador/Asegurado conel fin de diseñar y perfilar planes degestión de salud específicos para cadaTomador/Asegurado. Para tal fin, Sanitas,como consecuencia del tratamiento de losD a t o s P e r s o n a l e s d e lTomador/Asegurado, elaborará planes desalud personalizados y programas deseguimiento proactivos, facilita la gestiónde los casos complejos (comoenfermedades graves u hospitalizacionesprolongadas), presta asistencia apacientes crónicos y proporciona tambiénatención de urgencias.

(f) Gestionar el acceso y uso de laherramienta "Mi Sanitas". Sanitas podrátratar los Datos Personales delTomador/Asegurado con el fin degestionar y proporcionarle acceso, asícom o asegurar e l cor rec tofuncionamiento, de "Mi Sanitas" (portal degestión del seguro), ya sea a través de laweb o de la aplicación desarrollada a talefecto. Sanitas, en el contexto del uso de"Mi Sanitas", tratará sus DatosPersonales para, entre otros, ofrecerlerecomendaciones de salud, poner adisposición del Tomador/Asegurado losrecibos y reembolsos, gestionar sus citas,etc.

(g) Prestación del servicio de videoconsultapor parte de Sanitas. Sanitas tratará, y ensu caso cederá a terceros designados porel Tomador/Asegurado sus datos

personales, para prestar el servicio devideoconsulta, chat u otros puesto adisposición por Sanitas en la medida enque forme parte de las prestaciones delseguro del Tomador/Asegurado. De estamanera, Tomador/Asegurado podrá, através de los programas y aplicacionesdescargadas al efecto, comunicarse conel personal sanitario de manera nopresencial y aportar documentación conel fin de resolver cualquier duda quepudiera surgir al Tomador/Asegurado enel contexto de los servicios de asistenciamédica prestados por Sanitas.

(h) Gestión del riesgo actuarial. Sanitasnecesitará tratar los Datos Personales delTomador/Asegurado con el fin de llevar acabo un análisis estadístico-actuarial tantopara la determinación del riesgo asociadocomo para la tarificación de las pólizas delos clientes y potenciales clientes ya seacon carácter previo a la suscripción delcontrato de seguro o durante la vigenciadel mismo en atención a las nuevascircunstancias del Asegurado o al cambiode la base actuarial.

(i) Cumplimiento de obligaciones que lecorrespondan a Sanitas por mandatolegal. En determinadas ocasiones,Sanitas necesitará tratar los DatosPersonales del Tomador/Asegurado paracumplir con determinadas obligacionesestablecidas legalmente. Entre otras,Sanitas tratará los Datos Personales conel fin de cumplir con las obligacionesestablecidas en la normativa relativa aseguros, leyes tributarias y la normativaen materia de protección de datos decarácter personal vigente.

(j) Elaboración de perfiles. Sanitas trata losDatos Personales del Tomador/Aseguradocon el objetivo de que su experiencia conSanitas esté lo más orientada posiblehacia el Tomador/Asegurado y queSanitas pueda ser capaz de seguirpersonalizándola durante la prestación delservicio objeto del contrato de seguro.Para ello, Sanitas llevará a cabo unanálisis de sus intereses y necesidadespara poder, entre otros, ofrecerinformación adaptada a las características

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específicas de cada Tomador/Asegurado.Para llevar a cabo este análisis, Sanitaspodrá tomar decisiones basadasúnicamente en tratamientosautomatizados en algunos casos, incluidala elaboración de un perfil. Esto significaque Sanitas podrá utilizar procedimientosautomatizados de análisis para reconocersus intereses y necesidades basándoseen el tipo de interacción delTomador/Asegurado con Sanitas y asípoder hacerle llegar informaciónpersonalizada con indicaciones yconsejos, entre otros.

Asimismo, el tratamiento de DatosPersonales que haga Sanitas delTomador/Asegurado se realizará con el finde mejorar los servicios que ofrecemos,anticipándose Sanitas a las necesidadesde salud del Tomador/Asegurado yaumentando los recursos cuando así seanecesario para la atención personalizadadel Tomador/Asegurado. Sanitas llevará acabo un tratamiento de sus DatosPersonales para fines de investigacióncientífica con el fin último de mejorar en lamedida de lo posible su salud.

(k) Elaboración de perfiles para elofrecimiento de nuevos productos yservicios. Sanitas tratará Datos Personalesde carácter general delTomador/Asegurado a efectos de ofrecerlenuevos productos y servicios de Sanitasque se adapte a sus necesidades eintereses, mejorar dichos productos yservicios, atender mejor sus expectativas ymejorar su grado de satisfacción comocliente.

(l) Envío de comunicaciones comerciales porcualquier canal, incluido por víaelectrónica. Tal y como se ha descritomás arriba, Sanitas tratará los DatosPersonales del Tomador/Asegurado parainformar y asesorar de formapersonalizada, teniendo en cuenta susintereses y necesidades particulares enlos productos y servicios de Sanitas. Así,Sanitas tratará los Datos Personales delTomador/Asegurado para realizar el envíode comunicaciones comercialesrelacionadas con productos y servicios

financieros, seguros, servicios sociosanitarios y/o de salud o bienestar porcualquier vía, incluyendo vía electrónicasobre ofertas personalizadas querespondan a sus intereses. Además de loanterior, Sanitas podrá enviarlecomunicaciones comerciales por cualquiervía, incluyendo por vía electrónica, deterceros con los que Sanitas establezcavínculos de colaboración.

(m) Llevar a cabo procedimientos deanonimización y seudoanonimización desus Datos Personales. En ocasiones,Sanitas podrá aplicar ciertosprocedimientos sobre los DatosPersonales del Tomador/Asegurado demanera que o bien no sea posibleencontrar una relación entre una personafísica identificada o identificable y losDatos Personales tratados o bien, dichosDatos Personales no puedan atribuirse auna persona determinada sin utilizarinformación adicional que figure porseparado. Dichos procedimientos seaplicarán para poder tratar los datosanonimizados o seudoanonimizados confines de investigación científica oestadística.

(n) Ceder sus Datos Personales a Empresasdel Grupo. Sanitas podrá ceder los DatosPersonales del Tomador/Asegurado a lasEmpresas del Grupo para el envío decomunicaciones comerciales por cualquiervía, incluyendo vía electrónica, así comopara fines de investigación científica oestadística para que, entre otros, Sanitaspueda anticiparse a las necesidades desalud del Tomador/Asegurado.

(o) Ceder Datos Personales a tercerasempresas. Sanitas podrá ceder los DatosPersonales del Asegurado a cualquierotra entidad con la que establezcanvínculos de colaboración para laefectividad de las relaciones contractualescon el Asegurado por motivo de reasegurodel riesgo así como para el envío deinformación comercial relacionada conproductos y servicios financieros, seguros,servicios socio sanitarios y/o de salud obienestar. En particular, las categorías dedestinatarios recibirán los Datos

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Personales del Asegurado se encuentranidentificadas en www.sanitas.es/RGPD(Sanitas Seguros) y entre ellas constanotras entidades co/aseguradoras yreaseguradoras, corredores de seguros,entidades con las que se establezca unvínculo comercial, profesionalessanitarios, centros médicos y hospitales.

Sanitas podrá compartir meramente losd a t o s i d e n t i f i c a t i v o s d e lTomador/Asegurado con redes socialescon el objetivo de cruzarlos con lainformación contenida en dichas redessociales para entender el modo en que elSolicitante y/o Tomador/Asegurado utilizalas páginas webs y aplicaciones deSanitas, es decir, qué páginas einformación consulta y así poderle ofrecerinformación personalizada sobre lasentidades del grupo Sanitas.

Además de lo anterior, Sanitas podrá llevar acabo otros tratamientos de los DatosPersonales en cuyo caso el Solicitante y/oTomador/Asegurado recibirá la informaciónnecesaria en relación a dichos tratamientos ySanitas solicitará su consentimiento si asíresulta necesario.

7.4 Legitimación para el tratamiento de losDatos Personales del Tomador yAsegurados

- La base legal para el tratamiento de losdatos para las finalidades (a); (b); (c); (d); (e);(f) y (g) es la ejecución del contrato deprestación de servicios .

- La base legal para el tratamiento de losdatos para las finalidades (h) y (i)es lanecesidad del cumplimiento de unaobligación legal aplicable a Sanitas.

- La base legal para el tratamiento de losdatos para las finalidades (j); (l); (n)y (o)es elconsentimiento que se solicita al Solicitantey/o Tomador/Asegurado, sin que en ningúncaso la retirada del mismo condicione laejecución del contrato de prestación deservicios.

- La base legal para el tratamiento de losdatos para la finalidad (k) es la satisfaccióndel interés legítimo perseguido por Sanitaspara ser capaz de anticiparse a lasnecesidades del Tomador/Asegurado y poderofrecer los productos y servicios que mejor seadapten a éste.

- La base legal para el tratamiento de losdatos para la finalidad (m) es la necesidaddel tratamiento para fines de investigacióncientífica o estadística .

El Tomador se hace responsable decomunicar a todos los Asegurados incluidosen la póliza la información contenida en lapresente cláusula de tratamiento de DatosPersonales para que puedan ejercitar tanto elpropio Tomador como los Asegurados losderechos que se describen en elapartado“Derechos del Tomador/Asegurado”.

Asimismo, el Solicitante/Tomador declaraactuar en su nombre y en el de losAsegurados cuando consiente a lostratamientos descritos en la presentecláusula. Asimismo, el Solicitante/Tomadordeclara que los Asegurados entienden yaceptan que éste haya proporcionado oproporcione sus Datos Personales a Sanitas,como que Sanitas facil ite alSolicitante/Tomador la informaciónidentificativa sobre los servicios médicos delos Asegurados cubiertos por la póliza, salvoque por parte del Tomador se libere porescrito a Sanitas de su deber legal deinformarle o sea solicitado por cualquiera delos Asegurados.

7.5 Tiempo de conservación de los DatosPersonales

Sanitas conservará los Datos Personales delTomador y/o Asegurado por el tiempo quedure la relación contractual entre Sanitas y elTomador y/o Asegurado y, en todo caso,durante el periodo que resulte necesario parala formulación, el ejercicio o la defensa depotenciales reclamaciones, para cumplir conobligaciones de conservación dedocumentación clínica y/o siempre que lopermitiese la legislación aplicable. Una vezfinalizado el mencionado plazo, Sanitas se

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compromete a cesar el tratamiento de todoslos datos personales, así como a bloquearlosdebidamente. No obstante, los datospersonales podrán conservarse cuandoresultase necesario durante períodos máslargos siempre que se traten exclusivamentecon fines de asistencia sanitaria, finesmédicos, de investigación científica y/oestadística.

7.6 Acceso a los Datos Personales

Una óptima prestación del servicio queSanitas ofrece puede requerir que otrosterceros prestadores de servicios deSanitas accedan a los Datos Personales delTomador/Asegurado como encargados deltratamiento. El Tomador/Asegurado entiendeque algunos de dichos prestadores deservicios se encuentran en países situadosfuera del Espacio Económico Europeo oque no ofrecen un nivel de seguridadequivalente al español . Dichastransferencias internacionales se realizan alamparo de la autorización de la Directora dela Agencia Española de Protección de Datosy/o están cubiertas por cláusulascontractuales tipo cumpliendo con lasmedidas de seguridad adecuadas. Puedeconsultar las transferencias internacionalesen el siguiente link www.sanitas.es/RGPD(Sanitas Seguros). Para obtener una copia dedicha documentación, puede ponerse encontacto con Sanitas por los mediosestablecidos en el apartado “Derechos delTomador/Asegurado ”.

Además de los accesos que tercerosproveedores puedan tener a los DatosPersonales responsabilidad de Sanitas encalidad de encargados detratamiento,nacionales o internacionales,en elmarco de la prestación de un servicio,Sanitas realizará cesiones de DatosPersonales a otras entidades, tal y como seha especificado en el apartado“Finalidad deltratamiento de sus Datos Personales”.

A d e m á s d e l o a n t e r i o r , e lTomador/Asegurado entiende que Sanitaspodrá realizar cesiones o comunicaciones deDatos Personales para atender susobligaciones con las Administraciones

Públicas en los casos que así se requiera deacuerdo con la legislación vigente en cadamomento y, en su caso, igualmente a otrosórganos como Fuerzas y Cuerpos deSeguridad del Estado y a los ÓrganosJudiciales.

Asimismo, el Tomador/Asegurado entiendenque Sanitas puede solicitar, requerir ycompartir sus Datos Personales y de salud alos profesionales o centros sanitarios,hospitales y,por otro lado, con entidades conlas que se mantenga relación deco/reaseguro o colaboración, y por tantoentiende que será necesario que se facilitenrecíprocamente sus Datos Personales, parala gestión del reaseguro, coaseguro, gestiónde los programas integrales asistenciales, elmejor conocimiento y valoración de losriesgos a cubrir, para prevención del fraude,determinación de la asistencia sanitaria,abono a los prestadores sanitarios o reintegroal Asegurado de los gastos de asistenciasanitaria y para la atención de lasreclamaciones presentadas por los propiosAsegurados.

7.7 Derechos del Tomador/Asegurado

Sanitas informa al Tomador/Asegurado sobrela posibilidad que le asiste de ejercitar losderechos de acceso, rectificación,oposición, supresión, portabilidad ylimitación del tratamiento así como arechazar el tratamiento automatizado de losDatos Personales recogidos por Sanitas.

Dichos derechos podrán ser ejercitadosgratuitamente por el Tomador/Asegurado, yen su caso por quien lo represente, mediantesolicitud escrita y firmada, acompañada decopia de su DNI o documento equivalenteque acredite su identidad, dirigida a lasiguiente dirección: Calle Ribera del Loira nº52, 28042, Madrid, EspañaAtt. LOPDSeguros o, a través de Mi Sanitas ahttp://www.sanitas.es/misanitas/online/clientes/contacto/index.html. En el caso derepresentación, deberá probarse la mismamediante documento escrito y acompañandocopia del DNI o documento equivalente queacredite su identidad del representado u otradocumentación acreditativa que se indique enwww.sanitas.es/RGPD (Sanitas Seguros).

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Además de los anteriores derechos, elTomador/Asegurado tendrá derecho a retirarel consentimiento otorgado en cualquiermomento mediante el procedimiento antesdescrito, sin que dicha retirada deconsentimiento afecte a la licitud deltratamiento anterior a la retirada del mismo.Sanitas podrá continuar tratando los DatosPersonales del Tomador/Asegurado en lamedida en que la ley aplicable lo permita.

Sanitas recuerda al Tomador/Asegurado quetiene derecho a presentar una reclamaciónante la autoridad de control pertinente.

El Tomador/Asegurado podrá ponerse encontacto con el Delegado de Protección deDatos (en adelante, “DPO”) del GrupoSanitas a través del correo electrónico“[email protected]” o en la dirección postal enCalle Ribera del Loira 52, 28042 Madrid,España para cualquier duda o necesidad quetuviere en materia de protección de datos.

7.8 Baja en el servicio del envío decomunicaciones comerciales

Tal y como se ha mencionado en el apartadoanterior, el Tomador/Asegurado tiene derechoa revocar en cualquier momento elconsentimiento prestado para el envío decomunicaciones comerciales notificando aSanitas que no desea seguir recibiendo lasmismas. Para ello, el Tomador/Aseguradopodrá o bien revocar su consentimiento en laforma descrita en el apartado anterior o bienpinchar en el enlace incluido en cadacomunicación comercial cancelando portanto, el envío de comunicacionescomerciales electrónicas.

7.9 Menores de edad

Con carácter general, Sanitas solamentetratará los Datos Personales de menores dedieciocho años cuando sus padres o tutoreslegales hayan prestado su consentimientopara dicho tratamiento, sea necesario para laejecución del contrato de seguro o para elcumplimiento de una obligación legal y/o parala satisfacción de un interés legítimo deSanitas.

No obstante, de acuerdo con la normativavigente, los mayores de 14 años (o aquellaedad que pueda fijarse legalmente a estosefectos) tendrán derecho de acceso a supropia información médica y aquellosderechos que les reconozca la ley.

7.10 Modificación de la Política dePrivacidad

Sanitas podrá modificar su Política dePrivacidad de acuerdo con la legislaciónaplicable en cada momento. En todo caso,cualquier modificación de la Política dePrivacidad le será debidamente notificada alTomador/Asegurado para que quedeinformado de los cambios realizados en eltratamiento de sus Datos Personales y, encaso de que la normativa aplicable así loexija, el Tomador/Asegurado pueda otorgarsu consentimiento.

8. Otros

El Tomador del Seguro y/o el Aseguradoautorizan a SANITAS para que, si este loconsidera necesario, pueda grabar lasconversaciones telefónicas que mantenganen relación con la presente póliza y utilizarlasen sus procesos de control de calidad y, ensu caso, como medio de prueba paracualquier reclamación que pudiera surgirentre ambas partes, preservando en todocaso la confidencialidad de lasconversaciones mantenidas.

El Tomador del Seguro y/o el Aseguradopodrá solicitar SANITAS copia o trascripciónescrita del contenido de las conversacionesgrabadas entre ambos.

9. Jurisdicción

Será Juez competente para elconocimiento de las acciones derivadasdel Contrato del Seguro el del domiciliodel Asegurado.

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Hecho por duplicado en Madrid a 10 de julio de 2018Por el Asegurado /Tomador del seguro

Por SANITAS