CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y...

15
Avda. del Partenón, 10 Campo de las Naciones 28042 Madrid – España Tel. 91 524 55 00 CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA MOVILIDAD DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA O PERSONAL LABORAL FIJO CON DESTINO EN DEPARTAMENTOS U ORGANISMOS PUBLICOS DEL SECTOR PUBLICO ESTATAL EN ACTIVO BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PUESTO DE RESPONSABLE DE DESARROLLO DE BACK OFFICE DE PERSONAL LABORAL FIJO INCLUIDO EN CONVENIO COLECTIVO PARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA. I. INTRODUCCIÓN. Este proceso de selección es un sistema que trata de identificar al candidato que mejor se adapta al puesto de trabajo, evaluando los conocimientos, habilidades, capacidades y actitudes, para comparar las que cuenta el candidato con las requeridas para el puesto de trabajo. Con este sistema se pretende asegurar el éxito de la persona en la realización de las funciones y tareas que se exigen desempeñar en el puesto de trabajo, una vez que se incorpore a éste. De acuerdo a las necesidades organizativas, la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Valencia, con fecha 28 de noviembre de 2014, ha autorizado la convocatoria de valoración de méritos para la movilidad del personal funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en departamentos u organismos públicos del sector público estatal en activo, cuyas características y requisitos básicos que han de reunir los candidatos se indican en el Anexo que se acompaña, concretadas en las siguientes necesidades de cobertura: Responsable de Desarrollo de Back Office, Grupo 2, Banda 1, Nivel 4. II. OBJETO, ÁMBITO Y NORMATIVA REGULADORA. 1. Objeto.- Es objeto de ésta convocatoria al Sector Público Estatal, la cobertura de una plaza de Incluido de Convenio en la Autoridad Portuaria de Valencia, con el puesto de Responsable de desarrollo de Back Office, Grupo 2, Banda 1, Nivel 4 para su adscripción al Departamento de Tecnologías de la Información del organismo público Autoridad Portuaria de Valencia. 2. Ámbito territorial y funcional.- Los procesos de selección, se convocarán y celebrarán en el ámbito territorial y funcional del personal funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en departamentos u organismos públicos del sector público estatal en activo. 3. Normativa reguladora.- Este proceso de selección se regirá por lo dispuesto en estas Bases, y en lo no previsto en las mismas, serán de aplicación las prescripciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999 y restante normativa de general aplicación. Este proceso cuenta con informe favorable de la Dirección General de la Función, y respeta los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la marina Mercante, y con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Transcript of CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y...

Page 1: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

Avda. del Partenón, 10 Campo de las Naciones 28042 Madrid – España Tel. 91 524 55 00

CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA MOVILIDAD DEL PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA O PERSONAL LABORAL FIJO CON DESTINO EN DEPARTAMENTOS U ORGANISMOS PUBLICOS DEL SECTOR PUBLICO ESTATAL EN ACTIVO BASES PARA LA CONTRATACIÓN DE UN PUESTO DE RESPONSABLE DE DESARROLLO DE BACK OFFICE DE PERSONAL LABORAL FIJO INCLUIDO EN CONVENIO COLECTIVO PARA LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA. I. INTRODUCCIÓN. Este proceso de selección es un sistema que trata de identificar al candidato que mejor se adapta al puesto de trabajo, evaluando los conocimientos, habilidades, capacidades y actitudes, para comparar las que cuenta el candidato con las requeridas para el puesto de trabajo. Con este sistema se pretende asegurar el éxito de la persona en la realización de las funciones y tareas que se exigen desempeñar en el puesto de trabajo, una vez que se incorpore a éste. De acuerdo a las necesidades organizativas, la Presidencia de la Autoridad Portuaria de Valencia, con fecha 28 de noviembre de 2014, ha autorizado la convocatoria de valoración de méritos para la movilidad del personal funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en departamentos u organismos públicos del sector público estatal en activo, cuyas características y requisitos básicos que han de reunir los candidatos se indican en el Anexo que se acompaña, concretadas en las siguientes necesidades de cobertura:

• Responsable de Desarrollo de Back Office, Grupo 2, Banda 1, Nivel 4. II. OBJETO, ÁMBITO Y NORMATIVA REGULADORA. 1. Objeto.- Es objeto de ésta convocatoria al Sector Público Estatal, la cobertura de una plaza de Incluido

de Convenio en la Autoridad Portuaria de Valencia, con el puesto de Responsable de desarrollo de Back Office, Grupo 2, Banda 1, Nivel 4 para su adscripción al Departamento de Tecnologías de la Información del organismo público Autoridad Portuaria de Valencia.

2. Ámbito territorial y funcional.- Los procesos de selección, se convocarán y celebrarán en el ámbito

territorial y funcional del personal funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en departamentos u organismos públicos del sector público estatal en activo.

3. Normativa reguladora.- Este proceso de selección se regirá por lo dispuesto en estas Bases, y en lo no

previsto en las mismas, serán de aplicación las prescripciones de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común modificada por la Ley 4/1999 y restante normativa de general aplicación.

Este proceso cuenta con informe favorable de la Dirección General de la Función, y respeta los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, de acuerdo con el Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la marina Mercante, y con la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Page 2: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 2 -

Las pruebas y demás requisitos que se establecen en esta Convocatoria se atienen a lo establecido en el modelo de Bases de Convocatoria para cubrir puestos de trabajo con el personal procedente del Sector Público Estatal que ha sido informado favorablemente por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas mediante Resolución de 6 de mayo de 2013.

III. PUESTO OFERTADO. Se convocan pruebas selectivas para cubrir un puesto en la plantilla de personal Incluido de Convenio, por el procedimiento de Concurso-Oposición. Nº de Plazas Plantilla Puesto Adscripción Salario Bruto

Anual Mínimo

Localidad

1 Dentro de Convenio

Responsable de Back Office

Grupo 2, Banda 1, Nivel

4

Departamento de

Tecnologías de la

Información

34.966,39 € Valencia

La contratación laboral tendrá carácter de indefinida. El empleado seleccionado estará sujeto a la normativa laboral aplicable a los empleados del Organismo Público Autoridad Portuaria de Valencia. La prestación del servicio quedará sometida a la normativa vigente en materia de incompatibilidades. En el Anexo I, se describen para la plaza en concurso-oposición, las siguientes características:

. Plaza convocada y salario bruto anual.

. Adscripción orgánica.

. Funciones.

. Equipo asignado.

. Perfil de competencias técnicas y genéricas.

. Experiencia.

. Disponibilidad. IV. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: 1. Ser funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en Departamentos u Organismos Públicos

del Sector Público Estatal, en activo. 2. Titulación académica: Licenciatura o Ingeniería. 3. Conocimientos a valorar para el puesto que se convoca. 4. No padecer enfermedad ni estar afectados por limitaciones físicas o psíquicas que sean incompatibles

con el desempeño de las funciones inherentes a la plaza. 5. Los aspirantes que se presenten con discapacidad, habrán de tener reconocido un grado de

discapacidad igual o superior al 33 por ciento y presentarán la certificación de los órganos competentes de las Administraciones Públicas que acredite la capacidad para el desempeño de las tareas que correspondan al puesto ofertado en la convocatoria.

Page 3: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 3 -

6. No haber sido separados del servicio por sanción disciplinaria, ni inhabilitados para el desempeño de

funciones en el sector público. 7. La falsificación de cualquier dato o documento aportado en el proceso selectivo, será causa de

eliminación del candidato en el propio proceso. V. SOLICITUDES. 1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán cumplimentar la solicitud según el

modelo Anexo II y dirigirla al Área de Capital Humano de la Autoridad Portuaria de Valencia dirigida al Director del Área de Capital Humano. A las solicitudes deberá acompañarse un Currículum actualizado. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia (Av. Muelle del Turia, s/n 46024 de Valencia), en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia o en los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la LRJ-PAC, acompañados de las certificaciones y justificantes acreditativos recogidos en la convocatoria para el puesto solicitado. No se admitirán aquellas solicitudes que no lleven el sello de entrada de las diferentes unidades registrales, dentro del plazo establecido para la presentación de instancias.

2. Cualquier solicitud que no cumpla los requisitos o que cumpliéndolos no llegase dentro de plazo,

quedará anulada a los efectos de su consideración en el proceso de selección. 3. Los aspirantes quedarán vinculados a los datos que hagan constar en su solicitud, siendo

responsabilidad exclusiva del aspirante tanto los errores descriptivos, como la no comunicación durante el proceso de selección de cualquier cambio en los datos de la solicitud.

4. Las Bases de la convocatoria se publicarán: En el Tablón de Anuncios de la página Web de la

Autoridad Portuaria de Valencia y, en todo caso, en la web de Puertos del Estado y en el portal FUNCIONA.

5. Cuando se aleguen equivalencias u homologaciones de títulos obtenidos o estudios cursados, dichas

circunstancias deberán, así mismo, acreditarse documentalmente. En otro caso no serán tenidas en cuenta.

6. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requisitos exigidos y la posesión de los méritos que

se aleguen serán al día que finalice el plazo de presentación de solicitudes. 7. En la solicitud, los candidatos con discapacidad podrán pedir la adaptación del puesto o de los puestos

de trabajo correspondientes. A la solicitud se deberá acompañar un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de la adaptación y la compatibilidad con el desempeño de las funciones que tenga atribuidas el puesto o los puestos solicitados.

VI. PLAZO DE PRESENTACIÓN Y ADMISIÓN DE ASPIRANTES. 1. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 8 de Mayo a las 14 horas. 2. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y una vez revisadas, el Tribunal, mediante

resolución, aprobará las listas de admitidos y excluidos al proceso de selección con carácter provisional. 3. Con la publicación de la citada resolución se considerará efectuada la correspondiente notificación a los

interesados con la advertencia de que, si no se subsana el defecto que haya motivado su exclusión u omisión, se archivará su solicitud sin más trámite y, en su caso, no podrán realizar las pruebas del proceso de selección.

Page 4: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 4 -

4. Los candidatos excluidos, dispondrán de un plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución, para poder subsanar el defecto que haya motivado su exclusión o su omisión de la lista de admitidos o para efectuar las reclamaciones que estimen oportunas. Dichas peticiones de subsanación se presentarán ante el Tribunal de selección y se presentarán en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia (Av. Muelle del Turia, s/n 46024 de Valencia), en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia o en los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la LRJ-PAC.

5. Las reclamaciones que se formulen contra la Resolución de la lista provisional de admitidos y excluidos

serán aceptadas o rechazadas por medio de la Resolución que apruebe la lista definitiva. 6. El hecho de figurar en la relación de admitidos no presupone que se reconozca a los candidatos la

posesión de los requisitos exigidos en la presente convocatoria. Si el Tribunal tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos, previa audiencia del/la interesado/da, deberá publicar resolución excluyendo al candidato/a del proceso de selección, comunicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas.

VII. DOCUMENTACION A PRESENTAR CON LA SOLICITUD 1. Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte.

2. Certificado de prestación de servicios emitido por el organismo público de procedencia que acredite la condición de personal fijo en activo; el grupo profesional o de clasificación en el que esta encuadrado el/la aspirante, indicando la formación requerida, el puesto de trabajo que ocupa el/la aspirante y la fecha de ingreso en el mismo.

3. Fotocopia compulsada de la titulación académica requerida en la convocatoria.

4. Informe de vida laboral.

5. Declaración jurada que acredite los requisitos 3 y 4. En el caso de discapacidad deberá presentarse también el certificado definido en el requisito 5.

6. “Curriculum Vitae” (CV) en el que consten los méritos que se alegan. El CV deberá elaborarse de manera que se acredite la idoneidad del aspirante en relación a la definición del puesto a cubrir.

7. Documentos acreditativos de los méritos:

a. Para acreditar el requisito de formación se deberá aportar fotocopia compulsada de los certificados de formación. En caso de “idiomas” sólo se aceptarán certificados oficiales.

b. Para acreditar la experiencia se deberá aportar, además del informe de vida laboral señalado en el punto 4., un certificado de prestación de servicios del organismo o empresa, donde se hagan constar los servicios prestados, los puestos de trabajo ocupados y el tiempo de prestación de servicios en el puesto.

8. Cualquier otra documentación que el/la candidato/a considere relevante para la adecuada valoración de su candidatura.

VIII. TRIBUNAL. 1. La Presidencia de la APV designará un Tribunal formado por 1 Presidente y 7 vocales de los cuales 1

actuará como secretario del proceso del Tribunal. 2. El Tribunal se reúne a convocatoria de su Presidente y se constituye con la presencia de la mayoría de

sus miembros. El Presidente del Tribunal tendrá voto de calidad.

Page 5: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 5 -

3. El Tribunal levantará acta de todas sus actuaciones y decisiones formales. 4. El Tribunal tiene la capacidad de valorar e interpretar todas las normas de procedimiento y evaluación

que sean necesarias para el desarrollo del proceso de selección, incluyendo el contenido de las presentes bases.

5. Los miembros de los Tribunales se abstendrán de intervenir en el proceso, comunicándolo al Presidente

del organismo convocante, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias siguientes:

a) Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado/a.

b) Tener parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o afinidad dentro del segundo, con

cualquiera de las personas interesadas. c) Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas interesadas. d) Haber tenido intervención como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate. e) Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o

haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

El Presidente podrá solicitar de los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias antes mencionadas.

6. Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurran las circunstancias

previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre. La recusación se planteará por escrito, y en ella se expresará la causa o causas en que se funda. En el siguiente día, el recusado manifestará al Presidente del Tribunal si se da o no en él la causa alegada. Si se diera el caso, el Presidente del Tribunal acordará su sustitución. En caso de negativa del recusado sobre la causa alegada, el Presidente del Tribunal resolverá en el plazo de 3 días, previos los informes y comprobaciones que considere oportunos. Contra las resoluciones adoptadas en esta materia no cabrá recurso, sin perjuicio de la posibilidad de alegar la recusación al interponer el recurso que proceda contra el acto que termine el procedimiento.

7. El Tribunal adoptará las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares

condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización.

8. Todas las alegaciones, reclamaciones o peticiones deberán dirigirse al Tribunal en el plazo de tres (3)

días hábiles de la comunicación que se trate y se presentarán en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia (Av. Muelle del Turia, s/n 46024 de Valencia), en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia o en los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la LRJ-PAC. No se aplicará este plazo a las alegaciones, reclamaciones y peticiones establecida en la base VI de este documento (“Plazo de Presentación y Admisión de Aspirantes”) dado que tienen su plazo específico.

9. El Tribunal, si lo considera oportuno, podrá dirigirse a las personas aspirantes a través de las cuentas

de correo electrónico suministradas en su solicitud para la resolución de sus alegaciones, reclamaciones y peticiones, siendo responsable el aspirante que los datos del mismo sean correctos.

Page 6: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 6 -

IX. PROCESO DE SELECCIÓN. El proceso de selección constará de dos fases: una fase de valoración de los méritos y una fase de evaluación de competencias técnicas (conocimientos) y de competencias genéricas (perfil psico-profesional). Para la realización del proceso o de alguna de sus fases y pruebas, el Tribunal podrá requerir el auxilio de organismos competentes o empresas especializadas, incorporando los resultados de las mismas al expediente que ha de juzgar. Para la valoración del conocimiento de idiomas que posean los aspirantes se podrá plantear la realización de pruebas orales y/o escritas. La evaluación de las competencias genéricas se podrán llevar a cabo mediante la realización de una o varias pruebas psicotécnicas de modo grupal o individual, tales como baterías de test, entrevistas, dinámicas de grupo, RPG, etc. En caso de realizar varias pruebas, éstas podrán tener carácter eliminatorio, siendo necesario superar alguna de ellas para pasar a realizar la siguiente. El Tribunal llevará a cabo la valoración de méritos de los candidatos, quienes además serán convocados personalmente en tiempo y forma, y mediante su publicación en el Tablón de anuncios, para la realización de una prueba práctica y una entrevista, sin perjuicio de la realización de potras posibles pruebas práctica y/o entrevistas que se consideren precisas en su caso. De efectuarse las pruebas, se iniciarán en las fechas que señale el tribunal, mediante la publicación en el Tablón de anuncios. En el mismo lugar se expondrán al público las listas y cualquier comunicación del Tribunal. a). FASE DE EVALUACION de competencias técnicas y genéricas (máximo 50 puntos)

Las evaluaciones tendrán por objeto valorar los conocimientos del aspirante así como las cualidades, habilidades y actitudes personales y profesionales para el desarrollo idóneo de la ocupación. a.1) Evaluación de competencias técnicas. Máximo 25 puntos

Se realizará una entrevista personal que permitirá al Tribunal calificador determinar el nivel de conocimiento práctico del candidato/a sobre Desarrollo de Back Office y su experiencia en temas relacionados con él, pero también servirá para evaluar la capacidad relacional y de comunicación del/la aspirante. Esta prueba es eliminatoria y para superarla será necesario que el/la aspirante obtenga una puntuación igual o superior a 15 puntos.

a.2) Evaluación de competencias genéricas. Máximo 25 puntos

A través de diversas pruebas psicotécnicas se evaluará a cada candidato/a en las siguientes habilidades y capacidades: - Capacidad de dirección de equipos multidisciplinares. - Iniciativa, visión tecnológica y pro-actividad. - Capacidad de motivar al personal a su cargo. - Capacidad de trabajo, negociación y comunicación. - Capacidad de síntesis y análisis para su relación con el cliente interno. - Resistencia al estrés.

Page 7: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 7 -

Esta prueba se calificará como apto/a o no apto/a. El Tribunal evaluador publicará la lista correspondiente. La consideración de no apto/a supondrá la eliminación del/la candidata/a.

b) FASE DE VALORACION DE MERITOS (máximo 50 puntos)

Esta fase consistirá en la valoración de los méritos a partir de los datos alegados y documentados por las personas participantes en el proceso de selección. La calificación final de la fase de méritos vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los apartados según lo indicado a continuación. MERITO 1: Formación (máximo 35 puntos).

b.1) Formación complementaria a la titulación académica exigida (puntuación máxima 25 puntos):

En aquellos supuestos en que el/la candidato/a aporte acreditación de varias titulaciones/estudios para esta fase de valoración de méritos, el Tribunal evaluador tendrá en cuenta como máximo dos por cada epígrafe de los referidos a continuación: En cualquier caso, la puntuación máxima posible en este punto es de 25 puntos.

1. Título universitario de grado superior en materias relacionadas con las funciones a desempeñar

(carreras técnicas, ingenierías, de ciencia o náutica). Hasta 4 puntos cada título. Máximo 8 puntos.

2. Título universitario de grado medio en materias relacionadas con las funciones a desempeñar (carreras técnicas, ingenierías, de ciencias o náutica). Hasta 3 puntos cada título. Máximo 6 puntos.

3. Se valorarán estudios de postgrado finalizados, a nivel de master, doctorado, cursos de experto universitario, etc. con un mínimo de 60 créditos europeos (ECTS), en materia relacionadas con las titulaciones de los apartados 1 y 2 (hasta 3 puntos cada título). Máximo 6 puntos.

4. Otras titulaciones universitarias en materias relacionadas con las titulaciones de los apartados 1 y 2 a juicio del Tribunal. Hasta 2’5 puntos cada título. Máximo 5 puntos.

b.2) Idiomas (puntuación máxima 10 puntos)

Se admitirán certificaciones oficiales conforme al marco común europeo de referencia (MCERL.CFER) o equivalente con los estándares norteamericanos (TOFL/ELR/ACTFCL), o cualquier otra superación de pruebas equivalentes para otros idiomas. • Inglés: B2 (Ej.:FCE) o superior (10 Puntos). • Inglés: B1 (Ej.: PET) (5 puntos) En aquellos casos en que la persona aspirante alegue en sus méritos el conocimiento del idioma inglés pero el mismo no pueda ser acreditado de la forma indicad en el párrafo anterior, y si a criterio del Tribunal se considera necesario, se convocará a las personas aspirantes a la realización de una prueba oral y/o escrita del idioma inglés.

Las personas aspirantes consideradas aptas, puntuarán en esta prueba en función del resultado de la misma.

Page 8: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 8 -

MERITO 2. Experiencia (Máximo 15 puntos)

b.3) El Tribunal evaluador valorará los años de experiencia profesional del/la candidata/a en puestos similares al que se solicita, teniendo en cuenta la similitud de las funciones desarrolladas y las responsabilidades desempeñadas en los mismos por el/la candidata/a, hasta un máximo de 15 puntos.

Será necesario demostrar la duración de la experiencia profesional desarrollando las funciones descritas en el puesto y su contenido, mediante la presentación de la acreditación documental señalada en estas bases (vida laboral, certificado de empresa, etc.). La puntuación de los candidatos que cumplan lo anteriormente indicado será puntuada con el siguiente baremo: - De 1 a 5 años de experiencia profesional justificada, hasta 5 puntos. - De 5 a 10 años de experiencia profesional justificada, hasta 10 puntos. - De 10 años en delante de experiencia profesional justificada, hasta 15 puntos.

c) OTRAS PRUEBAS

Sin perjuicio de lo anterior, si el Tribunal evaluador lo estimase necesario, por el número de candidatos o por el puesto convocado, se podrán establecer pruebas y/o entrevistas personales adicionales que irán destinadas a verificar la idoneidad del candidato/a. Tanto la naturaleza de la prueba como su valoración se comunicará por el Tribunal oportunamente.

X. CALIFICACION FINAL DEL PROCESO DE SELECCIÓN. 1. La calificación final de ambas fases vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas

tanto en la valoración de los méritos como en la evaluación de competencias técnicas y genéricas, conforme con lo indicado anteriormente (de existir pruebas y/o entrevistas adicionales, la calificación se adicionará dentro de la fase de evaluación).

2. La puntuación ordenada de mayor a menor, determinará el número de orden obtenido por los aspirantes

en el proceso de selección. 3. El Tribunal podrá declarar desierto el proceso si ninguna de las personas aspirantes obtuviera una

puntuación global igual o superior a 50 puntos. 4. Para ser declarado APTO en este proceso selectivo deberán obtenerse, como mínimo las siguientes

puntuaciones en cada una de las pruebas: • 30 puntos entre las fases a.1 y a.2 • 7 puntos en la fase b.1 • 5 puntos en la fase b.2 • 8 puntos en la fase b.3

XI. RESOLUCIÓN DEL PROCESO SELECTIVO.- PROPUESTA DE NOMBRAMIENTO. 1. El Tribunal, si procede, emitirá la resolución provisional del proceso en la que figurarán las puntuaciones

de los aspirantes aprobados por orden de puntuación final. En la misma resolución figurará la persona propuesta para cubrir el puesto por haber alcanzado la mayor puntuación.

Page 9: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 9 -

2. El/los aspirante/es seleccionado/os en esta fase del proceso, dispondrán de un plazo de veinte (20) días naturales desde la publicación de la lista correspondiente, para presentar en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia (Av. Muelle del Turia, s/n 46024 de Valencia), en el Registro General de la Autoridad Portuaria de Valencia o en los Registros a que se refiere el artículo 38.4 de la LRJ-PAC o bien en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes documentos:

2.1. Fotocopia compulsada del título exigido en la base IV de la convocatoria. Los aspirantes con

titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Al amparo de lo dispuesto en la Orden PRE/2061/2009, de 23 de julio, por la que se modifica la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre, por la que se establecen las bases comunes, el requisito anterior no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

2.2. Fotocopias compulsadas de títulos, certificaciones y diplomas, no siendo objeto de valoración

aquellos méritos alegados que no se detallen en la solicitud y no se acrediten documentalmente. 2.3. Declaración bajo juramento o promesa de no haber sido separado mediante expediente

disciplinario de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

2.4. Autorización debidamente cumplimentada, prestando consentimiento para consultar sus datos de

identidad. 2.5. Declaración de compatibilidad si fuese el caso.

3. Los/as candidatos/as estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos

ya probados para obtener su anterior nombramiento como personal funcionario o laboral fijo, debiendo presentar certificado del Registro Central de Personal o del Ministerio u organismo del que dependieran para acreditar la condición de funcionario, u órgano similar para el caso de personal laboral fijo y demás circunstancias que consten en su expediente personal.

4. La Dirección del Área Capital Humano dará traslado de la resolución del Tribunal al Presidente de la

Autoridad Portuaria de Valencia para su aprobación a efectos de realizar el correspondiente nombramiento.

5. Ante la renuncia del candidato seleccionado, bien de forma tácita como consecuencia de lo

contemplado en los puntos anteriores o bien de forma expresa mediante la oportuna comunicación, el mismo será dado de baja, sin conservar derechos de ninguna clase derivados del proceso selectivo. La consecuencia de la renuncia habilita a nombrar al siguiente candidato de la lista de candidatos que hayan superado el proceso selectivo, según el orden de puntuación como acreedor de la plaza, o dejar desierto el proceso si no existiese ningún candidato que haya superado el referido proceso.

6. La Autoridad Portuaria de Valencia podrá anular todo el proceso cuando existan causas debidamente

justificadas. Esta deberá ser motivada mediante Resolución del Presidente de la APV, dándose traslado de la misma al Tribunal y publicarlas en los mismos medios preestablecidos.

7. Por razones organizativas y/o presupuestarias debidamente acreditadas la Autoridad Portuaria de

Valencia podrá dejar sin cubrir la plaza objeto de selección. Dicha acreditación será expuesta ante el Tribunal.

Page 10: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 10 -

8. Contra las resoluciones del Tribunal calificador recaídas a lo largo del proceso se podrán presentar el

correspondiente recurso ante el Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia, de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

9. Contra la Resolución del Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia recaída en el proceso de

selección podrá interponerse los recursos potestativos correspondientes o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en la mencionada Ley anterior.

10. En los supuestos en los que haya habido evaluación de competencias técnicas y genéricas, la

publicación de las listas tras el proceso, sólo contendrá la calificación de "apto/a" o "no apto/a". Todo ello sin perjuicio de que en las respectivas Actas del Tribunal Calificador se recojan las calificaciones completas a los efectos de posibles reclamaciones judiciales.

11. Los datos y valoraciones que consten en las Actas del Tribunal de Calificación no serán públicos, al ser

una combinación de méritos y de valoraciones resultantes de las entrevistas personales, que forma un conjunto indivisible. Estas Actas reflejan el resultado de las entrevistas personales, así como a los méritos alegados en los distintos “curricula vitae” de los aspirantes, en dónde conjuntamente con los mismos coexisten datos personales.

12. Los datos personales de los candidatos sólo se podrán utilizar o transferir para los procesos de

selección en curso y con el consentimiento expreso por parte de los afectados. Todo ello en función a lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre.

13. Una vez iniciado el proceso de cobertura, todas las comunicaciones, listados, documentos y normas

aplicables derivadas de la convocatoria, se publicarán necesariamente en la página web y en el tablón de anuncios de la Autoridad Portuaria de Valencia.

XII. PROTECCION DE DATOS De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa a las persona interesadas que los datos personales que en su caso se generen como consecuencia de su participación en el proceso selectivo quedarán almacenados en un fichero titularidad de la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante APV) con la finalidad de hacerle partícipe en el proceso de selección desarrollado por la APV. La presentación y entrega de la instancia junto con la documentación requerida por la APV para participar en el proceso selectivo, comporta la manifestación del consentimiento expreso de quienes concurran para que la APV efectúe el tratamiento de sus datos con las finalidades indicadas en el apartado anterior. La presentación y el tratamiento de dicha información resultan obligatorios para poder participar en el proceso selectivo, por lo que la falta de presentación o la oposición al tratamiento por las personas interesadas, impedirá la participación de quien aspire en el proceso selectivo. Asimismo, las personas interesadas deberán proporcionar datos veraces, exactos y actuales. Asimismo la APV informa a las personas interesadas que conforme al artículo 12.f) del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias publicado en el BOE nº 9 de 11 de enero de 2006, las pruebas de selección podrán realizarse con el auxilio de Organismos competentes o empresas especializadas, incorporando los resultados de las mismas al expediente que ha de juzgar el Tribunal. En caso de ser inadmitida la instancia de las personas interesadas por falta de acreditación de los requisitos exigidos o ser declarado no apto o no apta en cualquiera de las pruebas previstas en el proceso de

Page 11: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera
Page 12: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 12 -

ANEXO I DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Plaza convocada: Responsable de Desarrollo de Back Office Adscripción orgánica: Dependerá directamente del Jefe de Departamento de Tecnologías de la Información del organismo público Autoridad Portuaria de Valencia. Funciones: Definir, ejecutar y controlar aquellos proyectos referentes al desarrollo y/o adquisición de nuevas aplicaciones o al mantenimiento correctivo y evolutivo de las existentes, garantizando la disponibilidad y el correcto funcionamiento de las mismas en base a las necesidades corporativas y conforme a las directrices marcadas desde el departamento, para aquellas aplicaciones que den soporte típicamente a las unidades organizativas Económico Financiero, Capital Humano, Gabinete de Presidencia, Gabinete de Dirección, Secretaría General, Transformación y Control de Gestión (a excepción de Estadística), Tecnologías de la Información y Auditoría Interna y de Seguridad Informática. Retribución: Grupo 2, Banda 1, Nivel 4 del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias, aplicado a la APV= 34.966,39 €. Se reconocerá la antigüedad correspondiente a los servicios prestados en el sector público. Equipo asignado: Contará con el apoyo directo del personal y técnico adscrito al Desarrollo de Back Office e indirecto del Departamento de Tecnologías de la Información. Perfil de competencias técnicas y genéricas: Las Tecnologías de la Información y, en concreto, las aplicaciones de Back Office son consideradas estratégicas para la APV, ya que de ellas depende, entre otras funciones, el buen gobierno económico de la entidad. Por tanto, este puesto tiene un alto nivel de exigencia y debe tener un alto nivel de disponibilidad y dedicación. Por ello se requiere que la persona que lo ocupe disponga de las siguientes competencias: Formación:

Podrá ser seleccionado un:

Ingeniero Informático o Ingeniero Técnico Informático preferiblemente en la rama de Informática de Gestión.

O bien un:

Ingeniero de Telecomunicaciones o Ingeniero Técnico de Telecomunicaciones. Conocimientos:

Específicamente debe tener conocimientos demostrables de:

- ERPs, preferentemente Microsoft Navision. - Gestión de Proyectos de Software. - Metodologías Ágiles.

Page 13: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 13 -

- Tecnología Microsoft .NET (nivel básico) - Microsoft SharePoint (nivel básico)

Habilidades y capacidades:

- Capacidad de dirección de equipos multidisciplinares. - Iniciativa, visión tecnológica y pro-actividad. - Capacidad de motivar al personal a su cargo. - Capacidad de trabajo, negociación y comunicación. - Capacidad de síntesis y análisis para su relación con el cliente interno. - Resistencia al estrés.

Conocimientos informáticos:

Dominio a nivel usuario de las siguientes aplicaciones:

- Word - Excel - Power Point - Access - Las asociadas a Internet - Conocimientos básicos de SQL Server

Idiomas:

- Inglés Experiencia laboral:

Experiencia mínima de 5 años en:

- Elaboración de pliegos técnicos de desarrollo de aplicaciones. - Elaboración de expedientes de contratación en puertos. - Captación y concreción de requisitos. - Análisis funcional. - Seguimiento e implantación de aplicaciones informáticas.

Otros requisitos:

Carnet de conducción B. Disponibilidad:

Inmediata

Page 14: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 14 -

ANEXO II

SR. DIRECTOR DEL AREA DE CAPITAL HUMANO DE LA AUTORIDAD PORTUARIA DE VALENCIA

Yo

de años de edad, con DNI nº teléfono de contacto

con domicilio a efectos de comunicaciones en

y dirección de correo electrónico

ante usted, comparece y atentamente EXPONE: Que habiendo sido convocadas pruebas de valoración de méritos para la movilidad del personal funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en departamentos u organismos públicos del sector público estatal en activo, para la contratación de un puesto de RESPONSABLE DE DESARROLLO DE BACK OFFICE en esa Autoridad Portuaria de Valencia y, reuniendo los requisitos exigidos en las bases de la convocatoria. SOLICITA: A Vd. tenga a bien dar por presentado este escrito para poder participar en las pruebas correspondientes. A tales efectos adjunto la siguiente documentación acreditativa:

En Valencia, a de de 2015. De conformidad con la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, la persona interesada queda informada de que los datos personales derivados de la cumplimentación de la presente instancia así como los que en su caso se generen como consecuencia de su participación en el proceso selectivo quedarán almacenados en un fichero titularidad de la Autoridad Portuaria de Valencia (en adelante APV) con la finalidad de hacerle partícipe en el proceso de selección de promoción interna desarrollado por la APV. La presentación y entrega de la instancia junto con la documentación requerida por la APV para participar en el proceso selectivo, comporta la manifestación del consentimiento expreso de la persona interesada para que la APV efectúe el tratamiento de sus datos con las finalidades indicadas en el apartado anterior. La presentación y el tratamiento de dicha información resultan obligatorios para poder participar en el proceso selectivo, por lo que la falta de presentación o la oposición al tratamiento por las personas interesadas impedirá la participación del aspirante en el proceso selectivo. Asimismo, las personas interesadas deberán proporcionar datos veraces, exactos y actuales. Asimismo la APV informa a la persona interesada que conforme al artículo 12.f) del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y de las Autoridades Portuarias publicado en el BOE nº 9 de 11 de enero de 2006, las pruebas de selección podrán realizarse con el auxilio de Organismos competentes o empresas especializadas, incorporando los resultados de las mismas al expediente que ha de juzgar el Tribunal. En caso de ser inadmitida la instancia de la persona interesada por falta de acreditación de los requisitos exigidos o ser declarada no apta en cualquiera de las pruebas previstas en el proceso de selección, la APV procederá al bloqueo de los datos obtenidos o generados por la participación en el proceso de selección. Resueltas las impugnaciones y recursos previstos en los términos y condiciones de las bases del proceso de selección, la APV procederá a la supresión de los mismos. Por su parte, en caso de que el aspirante sea declarado apto o apta, pero no cubra ninguna de las vacantes del proceso de selección, salvo que la persona interesada comunique lo contrario a la APV mediante la marcación de la siguiente casilla □ o en el plazo de los treinta días siguientes a contar desde la publicación de los resultados del proceso, la APV incorporará a su expediente laboral los datos personales obtenidos o generados durante el proceso de selección. La persona interesada queda informada de que concluida cada una de las fases previstas en el proceso de selección, sus datos de nombre, apellidos y DNI así como su condición de persona apta o no apta para cubrir el puesto de trabajo, serán publicados en los tablones de anuncios de la APV ubicados en los edificios oficiales de la APV con la finalidad de dar publicidad a los resultados del proceso. No obstante, transcurrido el plazo de treinta días desde la publicación, dichos listados serán retirados de los tablones. La revocación del consentimiento para el tratamiento de los datos comportará la renuncia de la persona interesada a la posibilidad de cubrir posibles vacantes en el proceso de selección. La persona interesada podrá ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación mediante escrito dirigido a Autoridad Portuaria de Valencia, Avda. Muelle del Turia, s/n, 46024, Valencia o aquella que le sustituya en el Registro General de Protección de Datos, en los términos previstos en la normativa aplicable. Todos los datos proporcionados por la persona interesada serán considerados al amparo de la normativa vigente exactos y actuales por lo que con el fin de mantener la información debidamente actualizada, las personas interesadas deberán comunicar a la APV cualquier cambio sobre la información suministrada.

Page 15: CONCURSO DE VALORACIÓN DE MÉRITOS PARA LA … de Empleo/01 Bases Responsable... · territorial y funcional del personal funcionario o personal laboral fijo con destino en de carrera

- 15 -

ANEXO III TRIBUNAL: El Tribunal Calificador de las pruebas del concurso-oposición para la cobertura, mediante el concurso de valoración de méritos para la movilidad del personal funcionario de carrera o personal laboral fijo con destino en departamentos u organismos públicos del sector público estatal en activo, de una plaza de Responsable de Desarrollo de Back Office, dentro de convenio, Grupo 2, Banda 1 y Nivel 4 y cuyas características y requisitos básicos del puesto se indican en las Bases de la Convocatoria, estará formada por 1 Presidente/a, 1 Secretario/a y 6 vocales. COMPOSICION: Presidente: Vicente Jiménez Fernández. Suplente: Lorenzo Martin Casas Secretaria: Maribel Blasco Alarcón. Suplente : Rafael Romero Noguera Vocales: José García de la Guía. Suplente: Xavier Mulet Baixauli Víctor Giner Bayarri. Suplente: Luis Domingo Blanco 4 Vocales designados por la parte social