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CONCESIONES MINERAS
Unidad Tcnica Operativa
Concesiones Mineras
2011
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NDICE
1. Libre Denunciabilidad
2. Determinacin de reas simultanea
3. Elaboracin del Informe Tcnico Final
4. Caso especial:
- Zona de Frontera
- Franja de Traslape
- rea urbana y/o Expansin urbana
- Plano de superposicin a reas Restringidas a la Actividad
Minera
-
LIBRE DENUNCIABILIDAD
-
12
El proceso de Libre Denunciabilidad se realiza en base a la informacin ingresada en forma oportuna a la
Base de Datos de INGEMMET
LIBRE DENUNCIABILIDAD
3
-
LIBRE DENUNCIABILIDAD
Tipo de expediente (TP)
P Petitorio
T Titulado
Y Extinguido Publicado de
Libre Denunciabilidad (PE)
F Extinguido Publicado de Libre
Denunciabilidad (RD DN)
L Extinguido sin Publicar
J Extinguido Temporalmente
no peticinable
X No Peticionable
-
PUBLICACIN EN DIARIO OFICIAL EL PERUANO
Tipo de Publicacin
Mes de Publicacin
(ltima semana)
Mes de Libre Denunciabilidad(primer da hbil)
Ordinaria Marzo Mayo
Ordinaria Junio Agosto
Ordinaria Setiembre Noviembre
Caducidad Vigencia
Diciembre Febrero
Caducidad Penalidad
Depende de Informacin de la DGM
Depende de Informacin de la DGM
LIBRE DENUNCIABILIDAD
-
PROCEDIMIENTO DE SIMULTANEIDAD
Se presenta simultaneidad cuando dos o mspeticionarios solicitan la misma poligonal, cuadrcula oconjunto de cuadrculas en el mismo da, hora y minuto.
Artculo 128 del Decreto Supremo N 014-92-EM y 26 Decreto Supremo N 018-92-EM
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PROCEDIMIENTO DE SIMULTANEIDAD
CUADRCULAS SIMULTNEASREMATE DE REA
TOTAL PARCIAL
CUADRCULAS SIMULTNEASREMATE DE REA
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CUADRCULAS SIMULTNEAS
REMATE DE REA
FORMULADO ANTE
INGEMMET (SEDE LIMA)
FORMULADO ANTE
GOBIERNO REGIONAL
TOTAL PARCIAL
CUADRIULAS SIMULTNEAS
REMATE DE REA
SIMULTANEIDAD SISTEMA DE CUADRCULAS
-
SIMULTANEIDAD SISTEMA DE CUADRCULAS
-
SIMULTANEIDAD SISTEMA DE CUADRCULAS
-
SIMULTANEIDAD SISTEMA DE CUADRCULAS
-
REA SIMULTNEA
REMATE
FORMULADO ANTE
INGEMMET (SEDE TRUJILLO)
FORMULADO ANTE
GOBIERNO REGIONAL
PARCIAL TOTAL
REA SIMULTNEA
REMATE
SIMULTANEIDAD EN REDENUNCIOS
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SIMULTANEIDAD EN REDENUNCIOS
-
SIMULTANEIDAD EN REDENUNCIOS
-
SIMULTANEIDAD EN INFORME DE REDENUNCIOS
-
CASOS ESPECIALES
-
FORMULACIN DE PETITORIOS EN ZONA DE
FRONTERA
CASOS ESPECIALES
-
ZONA DE FRONTERA
Definicin:
rea comprendida entre la lnea fronteriza hasta 50 Km, dentro del territorio peruano.
ECUADORCOLOMBIA
BRASIL
CHILE
-
ECUADOR
PER
ZONA DE FRONTERA
SE UTILIZA LA DEMARCACION DEL INEI
-
REGLAMENTO DE DIVERSOS TITULOS DE LA LEY GENERAL
MINERIA, DECRETO SUPREMO No. 03-94-EM (Publ. 15/01/1994)
Artculo 7 : Por excepcin enlos casos en que por razones defrontera quede un espacio librede forma y extensin que nopermita establecer la UnidadBsica de medida superficial dela concesin minera a que serefiere el Artculo 11 de la Ley,podr solicitarse reas menoreso mayores de cien (100)hectreas, cuya forma podrser de una poligonal cerrada.
-
VERTIC
E
NORTE ESTE
1 9 526 000 601 000
2 9 525 000 601 000
3 9 525 000 602 000
4 9 524 000 602 000
5 9 524 000 598 000
6 9 526 000 598 000
AREA FORMULACION = 700.00 Has
CARTA DEL INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL (IGN)
CARTA: 09-C ZONA: 17
REDUCCIN DE AREA EN TERRITORIO PERUANO
1
23
45
6
-
REA ORIGINAL REA REDUCIDAECUADOR
PERU
DERECHO MINERO EN ZONA DE FRONTERA
-
FORMULACIN DE DERECHOS MINEROS EN ZONA DE TRASLAPE
CASOS ESPECIALES
-
RESOLUCIN MINISTERIAL N 320-91-EM/DGM (Pub. 11/01/1992)
Creacin del Sistema de Cuadriculas.
Artculo 3.- A partir de los puntos de origen sealados, se dividir el Territorio Nacional en una red de cuadrculas de un kilmetro de lado equivalente a 100 hectreas.
Excepcionalmente en las franjas de traslape entre zonas, se tendrn cuadrculas con extensiones mayores a 100 hectreas; para cuya determinacin se tomar como coordenada de origen el
meridiano central (MC) de la zona 18, a partir del cual se seguir la secuencia de medicin de un kilmetro, tanto hacia la zona 17 como a la 19, hasta alcanzar la primera coordenada principal de stas zonas. La ltima medicin determinar la cuadrcula de extensin mayor a 100 hectreas.
DECRETO LEY N 25998 (Pub. 26/12/1992)
Artculo 5.- Podr otorgarse ttulos de concesiones mineras por reas menores de cien (100) hectreas en las zonas fronterizas del pas; o por reas menores o mayores a (100) hectreas en
las franjas de traslape en las zonas 17, 18 y 19 de la Carta Nacional.
DECRETO SUPREMO N 03-94-EM (Pub. 15/01/1994)
CONCESIONES MINERAS. FRANJAS FRONTERIZAS O DE TRASLAPE
Artculo 7.- Por excepcin en los casos en que por razones de frontera o en las franjas de traslape en las zonas 17, 18 y 19 de la Carta Nacional quede un espacio libre de forma y extensin que no
permita establecer la Unidad Bsica de medida superficial de la concesin minera a que se refiere el Artculo 11 de la Ley, podr solicitarse reas menores o mayores de cien (100) hectreas, cuya
forma podr ser de una poligonal cerrada.
BASE LEGAL
-
Requisitos:
Franja de traslape: Zona comprendida entre dos coordenadas principalesenteras (ltima y primera) de los extremos de cada carta nacional de doszonas adyacentes.
Para las franjas de traslape entre las zonas 17 - 18, y 18 - 19 de la CartaNacional, se toman como coordenada de origen el Meridiano Central(MC) de la zona 18; a partir del cual se seguir la secuencia de medicinde un kilmetro, tanto hacia la zona 17 como a la zona 19, hastaalcanzar la coordenada principal entera de cada una de estas zonas.(ltima y primera respectivamente).
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Definicin:
rea ubicada entre las zonas 17 18 18 19 para las cules se ha establecido un procedimiento especial para solicitar concesiones mineras.
ZONA DE TRASLAPE
ZONA 18 ZONA 19ZONA 17
Departamentos:
Amazonas
Cajamarca
La Libertad
Ancash
Ucayali
Madre de Dios
Cusco
Arequipa
Loreto
-
DIVISIN DE LAS 3 ZONAS 70 CARTAS IGN INVOLUCRADAS
-
17 H
PALLASCA
ZONA 18
17 G
SANTIAGO DE CHUCO
ZONA 17
MERIDIANO 78
ULTIMA COORDENADA
PRINCIPAL ENTERA
PETITORIO CON COORDENADAS UTM DE
LA ZONA 17
PETITORIO CON COORDENADAS UTM DE
LA ZONA 18
PETITORIO CUBRIENDO TODA LA ZONA DE TRASLAPE
CON COORDENADAS UTM ZONA 18
ZONA DE TRASLAPE
PRIMERA COORDENADA
PRINCIPAL ENTERA
-
17 H
PALLASCA
ZONA 18
17 G
SANTIAGO DE CHUCO
ZONA 17
MERIDIANO 78
LTIMA COORDENADA
PRINCIPAL ZONA 17
ZONA DE TRASLAPE
1
23
4
COORDENADAS UTM 3 Y 4
CORRESPONDEN A LA ZONA 17
CONVERTIR A COORDENADAS
UTM DE LA ZONA 18
1
23
4
-
ZONA 17 ZONA 18CODIG
ONOMBRE DELA CARTA
ULTIMA COORDENADA ESTE PRINCIPAL ENTERA
CODIGO
NOMBRE DELA CARTA
PRIMERA COORDENADA ESTE PRINCIPAL ENTERA
07-G RIO NARAIME 833 000 07-H RIO SANTIAGO 167 000
08-G JIMENEZ BANDA 833000 08-H AYAMBIS 168 000
09-G RIO COMAINA 832 000 09-H TENIENTE PINGLO 168 000
10-G SIN NOMBRE 832 000 10-H SANTA MARIA DE NIEVA 168 000
11-G ARAMANGO 832 000 11-H CACHI YACU 168 000
12-G BAGUA GRANDE 832 000 12-H VILLA DE JUMBILLAS 168 000
13-G LONYA GRANDE 831 000 13-H CHACHAPOYAS 168 000
14-G CELENDIN 831 000 14-H LEIMEBAMBA 169 000
15-G SAN MARCOS 831 000 15-H BOLIVAR 169 000
16-G CAJABAMBA 830 000 16-H PATAZ 170 000
17-G SANTIAGO DE CHUCO 830 000 17-H PALLASCA 170 000
18-G SANTA ROSA 829 000 18-H CORONGO 171 000
19-G CASMA 829 000 19-H CARHUAZ 171 000
20-G CULEBRAS 828 000 20-H HUARAZ 172 000
21-G HUARMEY 828 000 21-H HUAYLLAPAMPA 172 000
LMITES DE LA CARTAS DEL IGN (PSAD 56)
-
ZONA 18 ZONA 19
CDIGONOMBRE DE
LA CARTAULTIMA COORDENADA ESTE
PRINCIPAL ENTERACODIG
ONOMBRE DE
LA CARTAPRIMERA COORDENADA ESTE
PRINCIPAL ENTERA
21-R LA REPARTICION 828 000 21-S RIO CURANJA 172 000
22-R VARADERO 827 000 22-S ALERTA 173 000
23-R UNION 827 000 23-S RIO LAS PIEDRAS 173 000
24-R RIO CASHPAJAL 826 000 24-S TAYACOME 174 000
25-R CALANGATO 826 000 25-S RIO PROVIDENCIA 174 000
26-RQUEBRADA
HONDA825 000 26-S POROBAMBA 175 000
27-R URUBAMBA 824 000 27-S CALCA 176 000
28-R TAMBOBAMBA 824 000 28-S CUSCO 176 000
29-R SANTO TOMAS 823 000 29-S LIVITACA 177 000
30-R CAYARANI 822 000 30-S VELILLE 178 000
31-R ORCOPAMPA 821 000 31-S CAYLLOMA 179 000
32-R HUAMBO 821 000 32-S CHIVAY 179 000
33-R APLAO 820 000 33-S AREQUIPA 180 000
34-R MOLLENDO 819 000 34-S LA JOYA 181 000
LMITES DE LA CARTAS DEL IGN (PSAD 56)
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ZONA 18 ZONA 19
CODIGO NOMBRE DELA CARTA
ULTIMA COORDENADA ESTE PRINCIPAL ENTERA
CODIGONOMBRE DE
LA CARTAPRIMERA COORDENADA ESTE PRINCIPAL ENTERA
05-R NUEVO PERU 833 000 05-S PUNCHANA 167 000
06-R QUEBRADAAIRAMBO
833 000 06-S RIO YAHUILLO 167 000
07-R HUANTA 833 000 07-S PEBAS 167 000
08-R YANASHI 833 000 08-SSAN
FRANCISCO
167 000
09-R BUENJARDIN 832 000 09-S CAROLINA 168 000
10-R BUENAVISTA 832 000 10-S LAGOGRANDE 168 000
LMITES DE LA CARTAS DEL IGN (PSAD 56)
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REDUCCIN EN ZONA DE TRASLAPE
CMO DEBE FORMULARSE EN LA ZONA DE TRASLAPE
LOS VRTICES 3 Y 4 FUERON CONVERTIDOS A VALORES DE LA ZONA 18
CONVERSIN SOFTWARE RPMTRANS DE INGEMMET
NOTESE LAS COORDENADAS ESTE
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CMO PETICIONAR EN ZONA DE TRASLAPE
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CASOS ESPECIALES:
FORMULACIN DE DERECHOS MINEROS EN REA URBANA Y/O DE EXPANSION URBANA
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DEFINICIN
I. REA URBANA
El rea Urbana se destinar a los usos del suelo fijados en el Planode Zonificacin siguientes : residenciales, comerciales,industriales, recreacionales, parques zonales, equipamiento urbano,usos especiales, zonas de reglamentacin especial, etc.
II. REA DE EXPANSION URBANA
El rea de expansin urbana comprende aquellos territorios previstospara el futuro crecimiento de la Metrpoli as como aquellosterritorios de entorno necesarios para proporcionar a su poblacin,las mejores condiciones ambientales, de seguridad y de habitabilidad.
REA URBANA Y/O DE EXPANSIN URBANA
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REQUISITOS
Por Ordenanzas Municipales Provinciales, se definen las reas urbanas y/o de expansin urbana, publicadas en el Diario Oficial El Peruano, aprobando el plano georeferenciado, con las siguientes caractersticas tcnicas:
a. Datum (PSAD56 WGS84)b. Coordenadas UTM, en nmero mnimo de cuatro.c. Zona UTM (17, 18 19)d. Delimitacin diferenciada del rea urbana y del rea de expansin
urbana.e. La versin impresa debe estar a escala apropiada (1/2,000 hasta
1/10,000).f. La versin digital debe ser de tipo Vectorial: SHP, DWG o IMG.
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CASO I: REAS URBANASNO SE PUEDEN FORMULAR PETITORIOS
SOBRE AREAS SUPERPUESTAS A
REA URBANA
REA EXPANSION URBANA
SUPERPOSICION TOTAL: El petitorio se encuentra dentro del rea urbanade acuerdo al sistema de graficacin Catastral Minero.
SUPERPOSICION PARCIAL: El petitorio se superpone parcial ala zona urbana (de ser el caso del derecho minero, puede reducir o fraccionar salvo que el petitorio haya sido formulado por la extensin mnima de 10 hectreas)
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CASO II: REA DE EXPANSIN URBANA
EXPANSION URBANA
SUPERPOSICION TOTAL: El petitorio se encuentra dentro del rea de expansin urbana de acuerdo al sistema de graficacin Catastral Minero.
SUPERPOSICION PARCIAL: El petitorio se superpone parcial a la zona urbana (de ser el caso del derecho minero, puede reducir o fraccionar salvo que el petitorio haya sido formulado por la extensin mnima de 10 hectreas)
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Posible rea Urbana sin Ordenanza de la Municipalidad Provincial: Si se advierte que el rea se encuentra en posible rea urbana, pero no hay informacin que haya sido declarada mediante Ordenanza; se procede oficiar a la Municipalidad Provincial, a fin que comunique si el rea peticionada, se encuentra superpuesta a alguna zona declarada como zona urbana.
CASO III: POSIBLE REA URBANA
rea Urbana con Ordenanza de la Municipalidad Provincial sin los requisitos de Ley:
EXPANSION URBANA
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Formulacin de petitorios superpuestos parcial o total al rea de Expansin Urbana
INFORMACION TECNICA:
Generado el plano Catastral, y advertido la superposicin parcial o total al rea de Expansin Urbana, para la admisin del petitorio, ste debe reunir los siguientes requisitos tcnicos:
a) El rea solicitada no debe ser mayor a 100 has, nimenor de 10 has. b) Debe estar formado por rectngulos de 500 m por 200 m, colindantes al menos por un lado.
En la solicitud de formulacin, se debe haber consignado los siguientes datos: Coordenadas UTM de los vrtices, Zona geogrfica, Nombre y Cdigo de la Carta Nacional, demarcacin geogrfica y, dems datos generales de ley.
Informe Tcnico mostrando la probable ubicacin de las zonas de explotacin, campamento, instalaciones, etc.
ACTIVIDAD MINERA
PETITORIO MINERA
EN EXPANSION URBANA
200 mt
5
0
0
m
t
-
ACTIVIDAD MINERA
PETITORIO MINERA
EN EXPANSION URBANA
PLANO DE UBICACIN REFERENCIAL REA DE PETITORIO
sobre reas de Expansin Urbana; articulo 2.3 de la Ley 27560:
... un plano de ubicacin referencial, especificando los posibles permetros escogidos para las instalaciones y explotacin minera, sealando la ubicacin de viviendas, trazado de carreteras y caminos, lneas de alta y baja tensin, las reas agrcolas cultivadas o de vocacin agrcola y cuantos datos sirvan para localizar el yacimiento y caracterizar la explotacin.
-
CASOS ESPECIALES:
Plano de superposicin a reas Restringidas a la Actividad Minera
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Artculo 22 del Reglamento de Procedimientos Mineros
Los petitorios cuyas cuadrculas comprendan terrenos ocupados por:
Monumentos arqueolgicos o histricos Red Vial Nacional Oleoductos, gasoductos, poliductos Cuarteles Puertos u obras de defensa nacional Instituciones del Estado con fines de investigacin cientfico
tecnolgico . reas Naturales Protegidas (Ley N 26834, Ley de reas Naturales
Protegidas).
-
Zonas Arqueolgicas (Ley N 28296, Ley General del PatrimonioCultural de la Nacin).
reas Naturales Protegidas (Ley N 26834, Ley de reasNaturales Protegidas).
reas de Defensa Nacional (Decreto Supremo N 024-DE/SG).
Zona Urbana y de Expansin Urbana (Ley N 27015).
Petitorios no metlicos en tierras rsticas de uso agrcola (LeyGeneral de Minera).
Petitorios no metlicos en Proyectos Especiales Hidrulicos (LeyGeneral de Minera y Decreto Supremo N 011-97-AG).
reas de No Admisin de Petitorios.
Otras reas que la ley seale.
RESTRICCIONES A LA ACTIVIDAD MINERA
-
ZONA
ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
Son aquellas zonas adyacentes a las reas Naturales Protegidas del Sistema,
que por su naturaleza y ubicacin requieren un tratamiento especial para
garantizar la conservacin del rea protegida. El Plan Maestro de cada rea
definir la extensin que corresponda a su Zona de Amortiguamiento. Las actividades
ANP
NO
NO/SI
NO/SINO/SI
NO/SI: OPININ DEL SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS (SERNANP)
USO INDIRECTO:
(Son aquellas que permiten la investigacin
cientfica no manipulativa)
PARQUE NACIONAL HUASCARN
SANTUARIO HISTRICO
SANTUARIO NACIONAL
SUPERPOSICIN A REAS NATURALES PROTEGIDAS
-
ZONA
ZONA DE AMORTIGUAMIENTO
ANP
NO/SI
NO/SI
NO/SI
NO/SI
USO DIRECTO:
(Son aquellas que permiten el aprovechamiento
o extraccin de recursos)- COTO DE CAZA SUNCHUBAMBA
- ZONA RESERVADA
- BOSQUE DE PROTECCION
- RESERVA PAISAJISTICA NOR YAUYOS COCHAS
- REA DE CONSERVACION REGIONAL
SUPERPOSICIN A REAS NATURALES PROTEGIDAS
NO/SI: OPININ DEL SERVICIO NACIONAL DE AREAS NATURALES PROTEGIDAS (SERNANP)
-
Planos de Superposicin
SUPERPOSICIN A REAS NATURALES PROTEGIDAS
-
Informe Tcnico.
SUPERPOSICIN A REAS NATURALES PROTEGIDAS
-
8187
8193
8191
8189
229 235233231
S
A
N
T
U
A
R
I
O
N
A
C
I
O
N
A
L
M
A
C
H
U
P
I
C
C
H
U
AREA A RESPETAR
-
SUPERPOSICION A REAS PROTEGIDAS
-
MUCHAS GRACIASMUCHAS GRACIAS
Ing. Vctor Hugo Moreno lvarezemail: [email protected]