COMUNICADO N°001 -2016-DDC-JUN/MC

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“Año de la Diversidad Productiva y del Fortalecimiento de la Educación” COMUNICADO N°001 -2016-DDC-JUN/MC En referencia a la noticia del desplome de parte de la infraestructura de la Escuela Estatal de Menores Nro. 31512 “Glorioso 500 virtual”, ubicado en Tarapacá Nro. 360 - Intersección con el Jr. Ayacucho – provincia de Jauja, publicada hoy, jueves 14 de enero de 2016, en el Diario Correo (Pg. 11) en la que se cita las declaraciones de la secretaria de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Jauja, Maricruz Indigoyen, “…dijo que estos ambientes se encuentran declarados en estado de emergencia y con recomendación para su demolición desde el año 2007, pero el INC, se habría negado que se realice la demolición y habría recomendado solo hacer un mantenimiento para que siga funcionando…”. Asimismo, se señala en la misma que la Municipalidad Provincial de Jauja “elaboró un perfil técnico para la construcción de una nueva infraestructura, pero el Instituto de Cultura Nacional, ha recomendado que no se pueda demoler el local por estar considerado en la zona monumental”. Por ende, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín del Ministerio de Cultura comunica a los medios de comunicación y a la población en general que: 1. El Ministerio de Cultura alienta de manera permanente la protección de todos los inmuebles que tienen la condición de Patrimonio Cultural de la Nación, a través de obras de emergencia, mantenimiento, refacción e incluso de obra nueva, por redundar en beneficio de la conservación de dichos bienes culturales; ello, en atención al Art. 32° de la Norma A.140 del Reglamento Nacional de Edificaciones, el cual menciona que “los propietarios, inquilinos u ocupantes de los Monumentos y de los inmuebles en Ambiente Urbano Monumental o Zona Monumental, sean personas naturales o jurídicas, públicas o privadas, son sus custodios y están en la obligación de velar por la integridad y conservación de su estructura”. Para lo cual, los propietarios o poseedores, únicamente deben contar con un proyecto de intervención, para su revisión técnica y autorización respectiva por parte del Ministerio de Cultura; esto, en cumplimiento del Art. 22.1° de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, el cual requiere que “Toda obra pública o privada de edificación nueva, remodelación, restauración, ampliación, refacción, acondicionamiento, demolición, puesta en valor o cualquier otra que involucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere para su ejecución de la autorización previa del Instituto Nacional de Cultura” (hoy Ministerio de Cultura). 2. Dichos proyectos de intervención deben ser presentados, en el caso de la ciudad de Jauja, en la Municipalidad Provincial, ante la cual el Ministerio de Cultura tiene acreditado, desde el mes de abril del año 2015,

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En referencia a la noticia del desplome de parte de la infraestructura de la Escuela Estatal de Menores Nro. 31512 “Glorioso 500 virtual”, ubicado en Tarapacá Nro. 360 - Intersección con el Jr. Ayacucho – provincia de Jauja, publicada hoy, jueves 14 de enero de 2016, en el Diario Correo (Pg. 11), la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín del Ministerio de Cultura comunica a los medios de comunicación y a la población en general.

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“Año de la Diversidad Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

COMUNICADO N°001 -2016-DDC-JUN/MC

En referencia a la noticia del desplome de parte de la infraestructura de la Escuela Estatal de Menores Nro. 31512 “Glorioso 500 virtual”, ubicado en Tarapacá Nro. 360 - Intersección con el Jr. Ayacucho – provincia de Jauja,

publicada hoy, jueves 14 de enero de 2016, en el Diario Correo (Pg. 11) en la que se cita las declaraciones de la secretaria de Defensa Civil de la Municipalidad Provincial de Jauja, Maricruz Indigoyen, “…dijo que estos ambientes se

encuentran declarados en estado de emergencia y con recomendación para su demolición desde el año 2007, pero el INC, se habría negado que se realice la

demolición y habría recomendado solo hacer un mantenimiento para que siga funcionando…”. Asimismo, se señala en la misma que la Municipalidad Provincial de Jauja “elaboró un perfil técnico para la construcción de una nueva

infraestructura, pero el Instituto de Cultura Nacional, ha recomendado que no se pueda demoler el local por estar considerado en la zona monumental”. Por

ende, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Junín del Ministerio de Cultura comunica a los medios de comunicación y a la población en general que:

1. El Ministerio de Cultura alienta de manera permanente la protección de todos los inmuebles que tienen la condición de Patrimonio Cultural de la Nación, a través de obras de emergencia, mantenimiento, refacción e

incluso de obra nueva, por redundar en beneficio de la conservación de dichos bienes culturales; ello, en atención al Art. 32° de la Norma A.140

del Reglamento Nacional de Edificaciones, el cual menciona que “los propietarios, inquilinos u ocupantes de los Monumentos y de los inmuebles en Ambiente Urbano Monumental o Zona Monumental, sean personas

naturales o jurídicas, públicas o privadas, son sus custodios y están en la obligación de velar por la integridad y conservación de su estructura”.

Para lo cual, los propietarios o poseedores, únicamente deben contar con un proyecto de intervención, para su revisión técnica y autorización

respectiva por parte del Ministerio de Cultura; esto, en cumplimiento del Art. 22.1° de la Ley 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la

Nación, el cual requiere que “Toda obra pública o privada de edificación nueva, remodelación, restauración, ampliación, refacción, acondicionamiento, demolición, puesta en valor o cualquier otra que

involucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación, requiere para su ejecución de la autorización previa del Instituto

Nacional de Cultura” (hoy Ministerio de Cultura).

2. Dichos proyectos de intervención deben ser presentados, en el caso de la

ciudad de Jauja, en la Municipalidad Provincial, ante la cual el Ministerio de Cultura tiene acreditado, desde el mes de abril del año 2015,

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“Año de la Diversidad Productiva y del Fortalecimiento de la Educación”

(notificado a la MPJ mediante Oficio Múltiple N° 026-2015-DDC-JUN/MC

de fecha 07-04-15), a dos arquitectos como Delegados ad hoc ante la Comisión Técnica, quienes se encargan de evaluar los proyectos de

intervención en inmuebles ubicados dentro de la Zona Monumental de Jauja, ingresados al municipio. Incluso, la misma Municipalidad Provincial de Jauja debe utilizar este mecanismo en el caso de intervenir mediante

proyectos de inversión en la Zona Monumental de Jauja.

3. La Municipalidad Provincial de Jauja no presentó ningún expediente para la demolición de la Escuela Estatal de Menores Nro. 31512 “Glorioso 500 virtual”. El 2015 se realizó la inspección ocular del

inmueble junto a la directora del Centro Educativo, la representante de Defensa Civil y la exjefa de Obras Públicas de la Municipalidad en mención

a solicitud verbal de esta última, arquitecta Jeniffer Arenas, en la cual, se constató (como figura en la acta firmada por las autoridades en mención) que existía sobrecarga en los muros de los ambientes, por lo

que se sugirió no subdividirlos y retirar el entrepiso de madera. Asimismo, se les informó que para proceder con una obra nueva, desmontaje y

ampliación, la Municipalidad debía presentar un expediente de intervención en el bien para proceder con la ejecución de la obra. Expediente que nunca se presentó ni en la comisión técnica ni en

las oficinas del Ministerio de Cultura en la ciudad de Huancayo.

4. Instamos a la Municipalidad Provincial de Jauja a trabajar en el marco de

la norma vigente. Reafirmamos ante ellos y la comunidad nuestro compromiso de trabajo y nuestra vocación por la atención con celeridad

sobretodo en casos de verse en riesgo la integridad de quienes hacen uso del inmueble y de la población en general.

AGRADECEMOS SU APOYO EN LA DIFUSIÓN Y/O PUBLICACIÓN.

Huancayo, 14 de enero de 2016.