Comunicado firme ocma
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COMUNICADO DE LA JEFATURA
SUPREMA DE LA OCMA
A LOS SEÑORES PRESIDENTES DE LAS CORTES SUPERIORES DE LA
REPÚBLICA DEL PERÚ.
A LOS JEFES DE LAS ODECMAS DE LOS DISTRITOS JUDICIALES DE LA
REPÚBLICA DEL PERÚ.
A LOS MAGISTRADOS, AUXILIARES JURISDICCIONALES Y PERSONAL
ADMINISTRATIVO DEL PODER JUDICIAL.
A LA ASOCIACION NACIONAL DE MAGISTRADOS DEL PERÚ.
A LA ASOCIACIÓN DISTRITAL DE MAGISTRADOS DE UCAYALI - PERÚ.
La oficina de control de la magistratura ( OCMA) del Poder Judicial es el
órgano designado por la ley cuya función esencial - entre otras- consiste en
procesar las quejas de hecho y las reclamaciones contra los Magistrados y
auxiliares jurisdiccionales del Poder Judicial ante la existencia de actos
disfuncionales que afecten el normal desarrollo de las actividades judiciales; en
ese sentido corresponde a la Jefatura Suprema, planificar, organizar, dirigir y
evaluar la OCMA conforme el art. 11 inc. 1 del ROF de la OCMA- Resolución
Administrativa N° 229- 2012- CE- PJ.
Ante la difusión por los medios de comunicación de una serie de denuncias
por presuntos actos irregulares cometidos en el Distrito Judicial de Ucayali, resulta
pertinente señalar que la OCMA inició las investigaciones correspondientes y dictó
las medidas cautelares de suspensión preventiva contra: Ricardo Raúl Castro
Belapatiño, Juez Mixto de Yarinacocha,Wenceslao Vladimir Portugal Cerruche,
Juez Mixto de Campo Verde y Luis Amilcar Palomino Morales, Juez del
Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Atalaya.
Asimismo, se reitera una vez más, que esta Jefatura Suprema de OCMA
no ha emitido ninguna resolución de absolución y menos de archivo contra
el investigado Wenceslao Vladimir Portugal Cerruche ( mencionado en la
publicación del Diario "El Comercio" del 13-01-2013 bajo el titular "Al descubierto
'secuestro' de 316 kilos de oro ilegal intervenidos por Aduanas"); por lo que, ante
la difusa información que viene siendo publicitada respecto de los hechos
suscitados en el Distrito Judicial de Ucayali, es menester precisar que el
magistrado Jonatan Basagoitia Cárdenas no es magistrado integrante de la
OCMA, sino de la Odecma - Ucayali ( en adición a sus funciones ) y el encargo
que le comisionó la Unidad de Investigación y Anticorrupción de la OCMA se limitó
a la obtención de las copias del expediente judicial referidas a la citada
publicación y que luego se remitieron a la OCMA; Por lo tanto el magistrado
Basagoitia Cárdenas no estuvo ni está a cargo de la investigación promovida por
la OCMA contra el citado Portugal Cerruche y no está a facultado de emitir
opiniones sobre los hechos o el resultado de la investigación que tiene carácter de
reservado.
Por lo que llama la atención a esta Jefatura Suprema el Punto 1) del
“Pronunciamiento” de los miembros integrantes de la Asociación Distrital de
Magistrados del Distrito Judicial de Ucayali de fecha 14-03-2013 (elevado por el
referido Basagoitia Cárdenas) que en un claro desconocimiento del debido
procedimiento administrativo solicita a esta Jefatura Suprema "un pronunciamiento
inmediato sobre irregularidades denunciadas en el semanario Caretas y el Diario
La República..." y a continuación se acusa una "falta de pronunciamiento de la
Ocma sobre los casos denunciados" sin antes recordar que toda persona e
inclusive los firmantes del indicado pronunciamiento tiene expedito su derecho de
formular las denuncias de carácter funcional ante la existencia de actos irregulares
ante los órganos contralores competentes, no siendo necesario que se mediaticen
las denuncias a fin de sumarse a éstas, más aún que en algunas ocasiones las
publicaciones periodísticas no resultan del todo objetivas y en los casos aludidos
este despacho Supremo ya ha emitido las medidas cautelares contra los
mencionados magistrados , tal como se ha publicitado en la página web del poder
Judicial y la OCMA, y los procedimientos administrativos instaurados - como es de
conocimiento de cualquier operador jurídico- están sujetos a etapas y plazos
procesales cuya observancia es obligatoria para el órgano contralor.
Finalmente, expreso que esta Jefatura Suprema viene realizando una permanente
evaluación del desempeño funcional de todos los magistrados y auxiliares
jurisdiccionales en general y particularmente de los magistrados y auxiliares del
citado Distrito Judicial de Ucayali, tan es así que se han realizado 2 Visitas de
Control y se han adoptado acciones concretas, tales como el inicio de los
procedimientos administrativos y el dictado de las medidas cautelares de
suspensión preventiva antes citados; por lo que esta Jefatura Suprema no
claudicará en la labor contralora y reitera que cualquier hecho irregular de carácter
funcional sea denunciado ante los órganos contralores competentes.
Lima , 20 de marzo de 2014.