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Competencias del OEFA como ente rector del SINEFA
Ymelda Olga Montoro Zamora
Jefe OEFA Junín
1 Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental
Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Sinefa
El Sinefa es un sistema funcional que forma parte del SNGA ytiene por finalidad asegurar el cumplimiento de la legislaciónambiental por parte de las personas naturales y jurídicas, asícomo supervisar y garantizar el adecuado desarrollo de lasfunciones de supervisión, fiscalización, control y potestadsancionadora en materia ambiental de las diversas entidadesdel Estado.
OEFA es el ente rector del Sinefa y, como tal, se constituyecomo su autoridad técnico normativa. Además, se encarga develar por su adecuado funcionamiento.
Sistema Nacional de Evaluación y Fiscalización Ambiental - Sinefa
El Sinefa está conformado por
las siguientes entidades:(Art. 4° Ley 29325)
Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental
(OEFA)
Entidades de Fiscalización
Ambiental (EFA)
Ministerio del
Ambiente (Minam)
¿QUE ES EL OEFA?
El OEFA es el ente encargado de la evaluación, supervisión y fiscalización
en sentido estricto en los sectores bajo su competencia (minería, energía,
pesquería, industria manufacturera, entre otros). Además desarrolla
actividades orientadas a asegurar el cumplimiento de las obligaciones
fiscalizables.
Fue creado el 14 de mayo de 2008, mediante Decreto Legislativo N° 1013,
con el que se aprobó la organización y funcionamiento del Ministerio del
Ambiente. Constituye un organismo público técnico especializado con
personería jurídica de derecho público interno adscrito al Ministerio del
Ambiente y pliego presupuestal. Lleva a cabo funciones de fiscalización,
supervisión, control y sanción en materia ambiental.
Competencias del OEFA en materia ambiental 2
Actividades bajo el ámbito de competencia del OEFA
SECTOR MINERÍA
Mediana y gran minería
en exploración,
explotación, transporte,
labor general, beneficio y
almacenamiento de
concentrados.
Subsector
electricidad
Generación,
transmisión
y distribución.
Subsector
hidrocarburos
Exploración, explotación,
transporte, refinación,
almacenamiento,
distribución y
comercialización.
SECTOR ENERGÍA
SECTOR INDUSTRIA
MANUFACTURERACerveza, curtiembre, papel,
cemento, biocombustible –
biodiesel 100 y alcohol
carburante- petroquímica
intermedia y final, industrias
básicas de hierro y acero,
fundición de metales no
ferrosos, destilación y mezcla
de bebidas alcohólicas,
INFRAESTRUCTURA Y
SERVICIOSPlantas de transferencias, de
tratamiento, de valorización y
Rellenos sanitarios, mixtos y de
seguridad. Asimismo áreas
degradadas por RRSS.
SECTOR INDUSTRIA
MANUFACTURERAProducción de alcohol etílico a
partir de sustancias
fermentadas, elaboración de
vinos, elaboración de bebidas
no alcohólicas, producción de
aguas minerales y elaboración
de azúcar y otros.
ORGANISMOS VIVOS MODIFICADOS (OVM)
• Vigilancia, control y sanción en elmarco de la moratoria al ingreso yproducción de OVM* en elterritorio nacional.
CONSULTORAS AMBIENTALES
• Fiscalización del Registro Nacionalde Consultoras Ambientales a cargodel Servicio Nacional deCertificación Ambiental para lasInversiones Sostenibles (Senace)
(*) OVM: Cualquier organismo vivo que posea una combinación nueva de material genético que se
ha obtenido mediante la aplicación de la biotecnología moderna.
Acuicultura de mayor
escala y procesamiento
industrial pesquero.
SECTOR
PESQUERÍA
Función del OEFA en calidad de ente rector del Sinefa
FUNCIÓN NORMATIVA:
Comprende la facultad de dictar normas que regulen el ejercicio de la fiscalización ambiental en el marco del Sinefa, otras de carácter
general referidas a la verificación del cumplimiento de las obligaciones fiscalizables de los administrados a su cargo, así como aquellas
necesarias para el ejercicio de la función de supervisión de las EFA, las que son de obligatorio cumplimiento para dichas entidades en
los tres niveles de gobierno.
FUNCIÓN SUPERVISORA A LAS EFA:
Comprende la facultad de realizar acciones de seguimiento y verificación del desempeño de las funciones de fiscalización a cargo de
EFA nacional, regional o local.
La Ley no le ha otorgado al OEFA la función de sancionar a las EFA. Por ello, no puede aplicar, por ejemplo, amonestaciones o multas
a las EFA o a sus funcionarios. Sin embargo, si se determina que los funcionarios de la EFA no ejercen de manera adecuada y oportuna
las funciones de fiscalización ambiental a su cargo, o que no están cumpliendo las disposiciones indicadas por el OEFA como ente
rector del Sinefa, comunicará dicha situación al órgano competente del Sistema Nacional de Control para que adopte las medidas que
correspondan.
Reglamento de Organización y Funciones del OEFA
¿Qué son las EFA?
Son las entidades públicas de
ámbito nacional, regional o local
que tienen atribuidas alguna o
todas las acciones de
fiscalización ambiental en sentido
amplio.
Excepcionalmente, y por
disposición legal, puede ser
considerada EFA aquel órgano de
línea de la entidad que se
encuentra facultad para realizar
funciones de fiscalización
ambiental.
ENTIDADES DE FISCALIZACIÓN AMBIENTAL (EFA)
EFA Nacional
• Algunos ministerios y organismos técnicos especializados ejercen funciones de fiscalización ambiental a través de sus direcciones, áreas u oficinas ambientales. Ejemplo: La ANA supervisa la calidad ambiental de los recursos hídricos.
EFA Regional
• Los gobiernos regionales ejercen funciones de fiscalización ambiental a través de las áreas derecursos naturales, minas, salud ambiental, acuicultura y pesca artesanal. Ejemplo: losgobiernos regionales tienen a su cargo la fiscalización de la pequeña minería y mineríaartesanal.
EFA Local
• Las municipalidades provinciales y distritales ejercen funciones de fiscalización ambiental através de las unidades orgánicas ambientales, las áreas de fiscalización u otras. Ejemplo: lasmunicipalidades distritales tienen a su cargo la fiscalización ambiental sobre ruidos generadosen su jurisdicción.
EFA por excepción
• Ejemplos:
• La Dirección General de Minería es competente para fiscalizar las actividades de la mineríaartesanal y pequeña minería en el departamento de Lima.
• La Dirección de Capitanías y Guardacostas es competente para supervisar las obligacionesambientales de todo instrumento de gestión ambiental relacionado con el medio acuático y lafranja ribereña.
3 Competencias de EFA nacionales en materia ambiental
Competencias de EFA nacional en materia ambiental
La Dirección General de
Asuntos Ambientales
Agrarios - DGAAA (Lima)
La fiscalización ambiental
de actividad agraria:
camales, granjas, cultivos
extensivos, transformación
primaria de productos
agrícolas.
Ejerce funciones de
fiscalización ambiental en
materia forestal y de fauna
silvestre, supervisando el
cumplimiento de las
obligaciones ambientales
derivadas de los actos
administrativos a su cargo,
al margen de las
competencias del Osinfor.
Vela por el cumplimiento
de las normas sobre
contaminación ambiental
en la explotación de la
infraestructura pública de
transporte
Ejercicio de potestad
sancionadora por
afectación de áreas
naturales protegidas de
administración nacional
(dentro de las ANP, no
ZA). No ACR, no ACP, no
ACM.
Realizan la instrucción y el
inicio del procedimiento
administrativo sancionador
cuando existen indicios de
infracciones (vertimiento
de aguas residuales sin
autorización a cuerpos
naturales de agua,
afectación de bienes
asociados del agua, arrojo
de residuos sólidos a
cuerpos naturales de agua
Fiscalización del
funcionamiento de plantas
de tratamiento de aguas
residuales. Fiscalización de
los proyectos inmobiliarios
de gran densidad.
Fiscalización de residuos
generados por las
actividades de la
construcción y demolición
de los proyectos
inmobiliarios de gran
densidad.
Fiscalización de derechos de uso
de área acuática. Actividades
que se desarrollan o que tengan
alcance en el medio acuático.
Actividades realizadas en
terrenos ribereños hasta los
cincuenta metros medidos a
partir de la línea de más alta
marea del mar y las riberas hasta
la línea de más alta crecida
ordinaria en los márgenes de los
ríos y lagos navegables.
Dirección General de
Asuntos Socio Ambientales
Fiscalización ambiental de
los proyectos de
infraestructura de
transportes.
Fiscalización ambiental de
los impactos ocasionados
por antenas.
Fiscalización de
actividades de transporte.
Competencias de EFA nacional en materia ambiental
Fiscaliza y sanciona en
materia de ordenamiento
pesquero, estando
encargado de cautelar la
conservación de los
recursos hidrobiológicos y
su aprovechamiento
racional, así como fiscaliza
la actividad extractiva
marítima de mayor escala.
Dirección General de
Salud Ambiental e
Inocuidad Alimentaria -
DIGESA
Establecimiento de salud y
servicios médicos de
apoyo públicos y privados.
Establecimientos de
atención veterinaria y
afines.
Cementerios y
crematorios.
Actividades turísticas
dentro de Lima
Metropolitana y de la
Provincia Constitucional
del Callao.
El proceso de
transferencia de funciones
en materia de turismo han
concluido para todos los
gobiernos regionales,
excepto Lima
Metropolitana.
• Actividades que se
desarrollen al interior de
una infraestructura
portuaria.
• La APN realiza las
acciones de supervisión
y la DGASA del MTC da
inicio al procedimiento
administrativo
sancionador de ser el
caso.
Supervisa y fiscaliza los
títulos habitantes otorgados
por el Estado para fines del
aprovechamiento
sostenible y conservación
de los recursos forestales y
de fauna silvestre:
concesiones, permisos y
autorizaciones forestales y
de fauna silvestre.
Qué se fiscaliza y quien fiscaliza en materia forestal y
de fauna silvestre
ÁreasEntidad de Fiscalización
Ambiental
Títulos habilitantes (concesiones, permisos y autorizaciones),
incluido zonas de amortiguamiento de ANPOSINFOR
Tala y caza sin autorización o permiso, incluido zonas de
amortiguamiento de ANP
ATFFS de SERFOR (12)
Gobiernos Regionales
Actos administrativos que no constituyen títulos habilitantes,
incluido zonas de amortiguamiento en ANP
SERFOR sede central y ATFFS de
SERFOR (12) Gobiernos Regionales (9)
Contratos de aprovechamiento de recursos naturales, tala y
caza ilegal dentro de ANPSERNANP
Competencias de EFA regional en materia ambiental4
Competencias de EFA regional en materia ambiental
Ley N° 27783
Ley de Bases de la Descentralización
Ley N° 27867
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
Planes Anuales de Transferencia de
Funciones
Resoluciones ministeriales
MineríaPesquería TurismoSalud Agricultura
Tra
ns
fere
ncia
de
fun
cio
ne
s a
GO
RE
La función fiscalizadora en materia de pesca, salud, minería, turismo y agricultura (forestal), se precisan en la Ley N°27867 -
Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
En materia de agricultura, 9 GORE son
quienes tienen transferido la competencia:
1.- GORE Madre de Dios
2.- GORE San Martín
3.- GORE Ucayali
4.- GORE Loreto
5.- GORE Huánuco
6.- GORE La Libertad
7.- GORE Amazonas
8.- GORE Ayacucho
9.- GORE Tumbes
La función fiscalizadora en materia de pesca, salud, minería, turismo y forestal,
se precisan en la Ley N°27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales
Artículo 51°. - Funciones en materia agraria(…)e) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción.(…)q) Otorgar permisos, autorizaciones y concesiones forestales, en áreas al interior de la región, así como ejercer labores de promoción y fiscalización en estricto cumplimiento de la política forestal nacional.(…)”
Materia Agraría
Artículo 49°.- Funciones en materia salud(…)h) Supervisar y fiscalizar los servicios de salud públicos y privados.(…)k) Promover y preservar la salud ambiental de la región.(…)
Materia de Salud
Artículo 52°.- Funciones en materia de pesca(…)b) Administrar, supervisar y fiscalizar la gestión de actividades y servicios pesqueros bajo su jurisdicción.c) Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos bajo su jurisdicción.(…)
Materia de Pesca
Artículo 59°.- Funciones en materia
de energía, minas e hidrocarburosa) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, fiscalizar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia de energía, minas e hidrocarburos de la región, en concordancia con las políticas nacionales y los planes sectoriales.(…)c) Fomentar y supervisar las actividades de la pequeña minería y la minería artesanal y la exploración y explotación de los recursos mineros de la región con arreglos a Ley.(…)
Materia de Minería
Artículo 63°.- Funciones en materia de turismo(…)a) Formular, aprobar, ejecutar, evaluar, dirigir, controlar y administrar las políticas en materia de desarrollo de la actividad turística regional, en concordancia con la política general del gobierno y los planes sectoriales.(…)k) Verificar el cumplimiento de las normas de medio ambiente y preservación de recursos naturales de la región, relacionadas con la actividad turística. (…)
Materia de Turismo
Competencias de EFA regional en materia ambiental
Intervención integral
Competencias de EFA local en materia ambiental5
Competencias de EFA local en materia ambiental
Las municipalidades distritales y municipalidades
provinciales en su distrito capital son competentes
para fiscalizar en materia ambiental a las actividades
de servicios y comercio que se desarrollan dentro de
sus jurisdicciones, con excepción de aquellas que,
conforme el Listado de proyectos del Sistema
Nacional de Evaluación de Impactos Ambientales-
SEIA, se encuentren bajo el ámbito de competencias
de otras entidades de fiscalización ambiental (EFA).
Competencias de EFA local en materia ambiental
Municipalidades provinciales:
1.1. Regular y controlar el proceso de
disposición final de desechos sólidos,
líquidos y vertimientos industriales en el
ámbito provincial.
1.2. Regular y controlar la emisión de
humos, gases, ruidos y demás
elementos contaminantes de la
atmósfera y el ambiente.
Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades
Artículo 80.- Saneamiento, Salubridad y Salud
Municipalidades distritales:
3.1. Proveer del servicio de limpieza públicadeterminando las áreas de acumulación dedesechos, rellenos sanitarios y elaprovechamiento industrial de desperdicios.
(…)
3.4 Fiscalizar y realizar labores de controlrespecto de la emisión de humos, gases,ruidos y demás elementos contaminantes dela atmósfera y el ambiente.
Avenida Faustino Sánchez Carrión
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