Cómo Manejar Las Acusaciones de Abuso o Maltrato (Violencia)

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PRESIDENCIA DE ÁREA Sudamérica Sur Bonpland 2349/55 (C1425FWE) Buenos Aires Argentina 3 de febrero de 2015 Para: Setentas de Área; presidentes de estaca, misión y distrito; obispos y presidentes de rama Estimados Hermanos: Cómo Manejar las Acusaciones de Abuso o Maltrato (Violencia) De vez en cuando los obispos y los presidentes de estaca se enteran de acusaciones de abuso o violencia que involucran a miembros de la Iglesia. Esta información puede llegar a través de confesiones o de acusaciones en contra de supuestos abusadores. También pueden surgir inquietudes en cuanto a si se puede o se debe llevar a cabo un consejo disciplinario antes o durante una investigación de la policía o de las autoridades gubernamentales. Les rogamos estudiar detenidamente el MANUAL 1, Secciones 17.3.2 y 6.10.12, en particular, los siguientes puntos claves: “En casos de abuso o de maltrato, la primera responsabilidad de la Iglesia es ayudar a los que hayan sido víctimas del abuso o maltrato y proteger a los que puedan ser vulnerables a él en el futuro (…). Los líderes de la Iglesia deben ser sensibles a esas víctimas y prestarles atención dedicada a fin de ayudarles a sobreponerse a los efectos destructivos del abuso.” MANUAL 1, 17.3.2. “En los países donde no cuenten con la línea telefónica de ayuda, el obispo que se entere de abuso o maltrato debe comunicarse con el presidente de estaca, quien buscará la guía de la Presidencia de Área.” MANUAL 1, 17.3.2. “Normalmente, no se convoca un consejo disciplinario para considerar un acto de conducta que un tribunal penal esté examinando hasta después que ese tribunal haya pronunciado la decisión judicial. En algunos casos sería prudente demorar los trámites disciplinarios hasta que el período de apelación haya vencido o la apelación se haya rechazado.” MANUAL 1, 6.10.12. Para implementar lo arriba mencionado en el Área Sudamérica Sur, antes de realizar cualquier investigación o de llevar a cabo un consejo disciplinario, el presidente de estaca debe contactar al Presidente del Área (o a uno de sus consejeros) y coordinar el asunto con la Oficina del Asesor Legal tan pronto se entere de la acusación o confesión de abuso o violencia. A medida que surjan preguntas o inquietudes, también puede contactar al Hermano Sebastian Porri, Coordinador de Asuntos Legales de la Oficina del Asesor Legal, (oficina +54 11 4779-6574, celular +54 (911) 3686- 5174) para obtener información específica en cuanto a la forma de informar las acusaciones o confesiones de abuso o violencia. Les agradecemos por su fidelidad y diligencia al manejar estos asuntos delicados. Sinceramente, Presidencia de Área Sudamérica Sur

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  • PRESIDENCIA DE REA Sudamrica Sur Bonpland 2349/55 (C1425FWE) Buenos Aires Argentina

    3 de febrero de 2015 Para: Setentas de rea; presidentes de estaca, misin y distrito; obispos y presidentes de rama

    Estimados Hermanos: Cmo Manejar las Acusaciones de Abuso o Maltrato (Violencia)

    De vez en cuando los obispos y los presidentes de estaca se enteran de acusaciones de abuso o violencia que involucran a miembros de la Iglesia. Esta informacin puede llegar a travs de confesiones o de acusaciones en contra de supuestos abusadores. Tambin pueden surgir inquietudes en cuanto a si se puede o se debe llevar a cabo un consejo disciplinario antes o durante una investigacin de la polica o de las autoridades gubernamentales.

    Les rogamos estudiar detenidamente el MANUAL 1, Secciones 17.3.2 y 6.10.12, en particular, los siguientes puntos claves:

    En casos de abuso o de maltrato, la primera responsabilidad de la Iglesia es ayudar a los que hayan sido vctimas del abuso o maltrato y proteger a los que puedan ser vulnerables a l en el futuro (). Los lderes de la Iglesia deben ser sensibles a esas vctimas y prestarles atencin dedicada a fin de ayudarles a sobreponerse a los efectos destructivos del abuso. MANUAL 1, 17.3.2.

    En los pases donde no cuenten con la lnea telefnica de ayuda, el obispo que se entere de abuso o maltrato debe comunicarse con el presidente de estaca, quien buscar la gua de la Presidencia de rea. MANUAL 1, 17.3.2.

    Normalmente, no se convoca un consejo disciplinario para considerar un acto de conducta que un tribunal penal est examinando hasta despus que ese tribunal haya pronunciado la decisin judicial. En algunos casos sera prudente demorar los trmites disciplinarios hasta que el perodo de apelacin haya vencido o la apelacin se haya rechazado. MANUAL 1, 6.10.12.

    Para implementar lo arriba mencionado en el rea Sudamrica Sur, antes de realizar cualquier investigacin o de llevar a cabo un consejo disciplinario, el presidente de estaca debe contactar al Presidente del rea (o a uno de sus consejeros) y coordinar el asunto con la Oficina del Asesor Legal tan pronto se entere de la acusacin o confesin de abuso o violencia. A medida que surjan preguntas o inquietudes, tambin puede contactar al Hermano Sebastian Porri, Coordinador de Asuntos Legales de la Oficina del Asesor Legal, (oficina +54 11 4779-6574, celular +54 (911) 3686-5174) para obtener informacin especfica en cuanto a la forma de informar las acusaciones o confesiones de abuso o violencia. Les agradecemos por su fidelidad y diligencia al manejar estos asuntos delicados.

    Sinceramente,

    Presidencia de rea Sudamrica Sur