Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

download Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

of 112

Transcript of Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    1/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    2/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    3/112

    Comercio exteriorMateria y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    4/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    5/112

    Comercio exteriorMateria y ejercicios

    Ricardo Bustillo

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    6/112

    Ninguna parte de esta publicacin, incluido el diseo de la cubierta, puede ser reproducida,

    almacenada, o transmitida en manera alguna ni por ningn medio, ya sea elctrico, qumico,mecnico, ptico, de grabacin o de fotocopiado, sin permiso previo y por escrito de la enti-

    dad editora, sus autores o representantes legales.

    Debekatuta dago liburu hau osorik edo zatika kopiatzea, bai eta berorri tratamendu informa-

    tikoa ematea edota liburua ezein modutan transmitizea, dela bide elektronikoz, mekanikoz,

    fotokopiaz, erregistroz edo beste edozein eratara, baldin eta copyrightaren jebeek ez badute

    horretarako baimena aurretik eta idatziz eman.

    Servicio Editorial de la Universidad del Pas Vasco

    Euskal Herriko Unibertsitateko Argitalpen Zerbitzua

    I.S.B.N.: 84-8373-283-1

    Depsito Legal/Lege Gordailua: BI-2574-00

    Fotocomposicin/Fotokonposaketa:

    Servicio Editorial de la Universidad del Pas Vasco

    Euskal Herriko Unibertsitateko Argitalpen Zerbitzua

    Impresin/Inprimaketa: Itxaropena, S.A.

    Araba kalea, 45 - 20800 Zarautz (Gipuzkoa)

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    7/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    8/112

    2.6.1. Importacin Temporal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 47

    2.6.2. Rgimen de perfeccionamiento activo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 492.6.3. Rgimen de perfeccionamiento pasivo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 52

    2.6.4. Rgimen de transformacin bajo control aduanero . . . . . . . . . . . 56

    2.6.5. Zonas y depsitos francos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 57

    2.6.6. Depsitos aduaneros . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 59

    Cuestiones de poltica comercial comunitaria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . 61

    Problemas de la poltica comercial comunitaria. . . . . . . . . . . . . . . . 62

    3. Fiscalidad internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 653.1. I.V.A., II.EE. y la exportacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 67

    3.2. I.V.A., II.EE. y la importacin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 70

    3.3. El I.V.A. intracomunitario . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 72

    3.4. El sistema Intrastat . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 78

    3.5. Impuesto de Sociedades . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 81

    Cuestiones fiscalidad internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 92

    Problemas de fiscalidad del comercio exterior. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

    924. Contratacin internacional. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 95

    4.1. Introduccin . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 97

    4.2. Incoterms . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 99

    Ejercicios de comercio exterior . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 107

    Bibliografa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 111

    8

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    9/112

    1. Teoras y tendencias del comercio internacional

    1.1. Introduccin

    1.2. Teoras de comercio internacional

    1.3. Tendencias actuales del comercio internacional

    Cuestiones

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    10/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    11/112

    11

    1.1. Introduccin

    Definicin de comercio internacionalEl denominado comercio internacional o comercio exterior consiste en un

    intercambio ordinario, generalmente de productos a cambio de dinero, con lacaracterstica diferencial de que para poder realizar el intercambio se ha de atra-vesar una frontera. Como frontera se conoce tradicionalmente la aduana,lmite geogrfico a travs del cual cada estado pretende controlar o dificultar laentrada o salida de productos. No obstante, tambin se ha de mencionar otraclase de obstculos distintos de las aduanas: por ejemplo, aunque los bienescomercializados no tengan que pasar por una aduana o no deban pagar al menosderechos arancelarios en virtud de un tratado de libre comercio suscrito con elpas de donde son originarias las mercancas, los suministradores pueden estarobligados a que sus productos cumplan determinadas normas tcnicas distintasde las preceptivas en el pas de origen de las mercancas. Tambin se suelen esta-blecer controles sanitarios a los productos alimenticios, los cuales con la excusade proteger la salud de los consumidores se emplean con frecuencia para frenarel acceso al mercado domstico de determinados productos extranjeros.

    Las distintas legislaciones fiscales, las diferentes formas de pago, el encararmaneras de promocionar y distribuir el producto de manera diferente tambin

    podran considerarse como barreras que sirven para distinguir entre comerciointerior y comercio exterior.

    Intercambio de mercancas e intercambio de factores de produccin

    Frecuentemente, al considerar el comercio internacional recogemos sola-mente un aspecto o una manifestacin de las que podramos denominar de unamanera ms general como relaciones econmicas internacionales, esto es, losintercambios de productos. No obstante sobre todo durante los ltimos aoshan comenzado a generalizarse, dentro de lo que comnmente se conoce como

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    12/112

    proceso de globalizacin, otros intercambios o relaciones internacionales, entre

    los que principalmente podemos destacar:a. La creciente inversin exterior, es decir, la movilidad entre distintos pases

    del factor capital.b. La creciente movilidad del factor trabajo, esto es, las corrientes migratorias sobre

    todo desde los pases en vas de desarrollo hacia los pases desarrollados.c. Aparte de la compraventa de bienes o mercancas, se ha extendido durante

    los ltimos tiempos el intercambio de servicios, la prestacin de serviciospor parte de empresas no residentes, como pueden ser los servicios finan-cieros, de transporte, turismo, del sector de las telecomunicaciones o del

    espectculo, etc.

    Se ha de sealar que la movilidad del factor capital es en la actualidadmucho mayor que la movilidad del factor trabajo.

    La importacin y la exportacin de capitales mencionadas previamentetienen ambas unas ventajas y unos inconvenientes: se suele estar a favor de laimportacin de capitales porque sta complementa el ahorro interno y puedefavorecer un superior crecimiento econmico. No obstante, ms recientementese ha descubierto la necesidad o al menos las bondades de invertir en el exterior,

    como forma de consolidacin de la posicin comercial de ciertas empresas enlos mercados exteriores, todo ello a pesar del detrimento en el crecimientoeconmico y la generacin de empleo que podran causar.

    1.2. Teoras de comercio internacional

    A. Adam Smith y la teora de la ventaja absoluta

    A. S. desarroll la primera teora sobre el comercio internacional o comercioexterior, contribuyendo a explicar las razones por las que se produce el comerciointernacional, si se trata de un fenmeno que ha de considerarse como benefi-cioso o perjudicial para la sociedad y por ltimo haciendo una recomendacinpoltica al respecto.

    No hemos de olvidar que A. S. vivi en los albores de la revolucin indus-trial, aos durante los cuales Inglaterra tena una notoria superioridad tcnicasobre el resto de los pases europeos, por lo que parece muy lgico desde estepunto de vista su tendencia a justificar el librecambio y la no intervencin esta-tal. Su pensamiento econmico estaba basado en la creencia en la existencia deuna mano invisible que rige a travs de leyes regulares y naturales la economa

    12

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    13/112

    y las relaciones econmicas. Por tanto, la sociedad alcanzara un mayor bienes-

    tar si se minimizara la actuacin del Estado. As se posicion contra la organi-zacin gremial, pues impeda el librecambio. Esta postura tambin se reflej ensu teora del comercio internacional.

    La divisin del trabajo y la teora de la ventaja absoluta.

    Smith habl de las ventajas que supondra para la humanidad la progresivadivisin del trabajo, ya que gracias a ella se conseguira un abaratamiento de loscostes fruto de la especializacin y la accin de las economas de escala. Obvia-mente, pronto se dio cuenta de que no solamente podra aplicarse esta teora

    para justificar el desarrollo de las manufacturas fuera de las rigideces gremiales,sino que serva asimismo para recomendar el librecambismo en las relacionescomerciales internacionales.

    Expres a este respecto que en condiciones de libre comercio cada pas seespecializara en la elaboracin de bienes para cuya fabricacin fuera mseficiente, importando el resto de productos. As, gracias a las economas deescala y la especializacin se alcanzaran cotas superiores de bienestar. De estamanera Adam Smith se posiciona frente al proteccionismo mercantilista,situndose a favor de la liberalizacin de los intercambios internacionales para

    promover un mayor bienestar.Esta es la teora de la ventaja absoluta, ya que si existiera el libre comercio,desaparecera la produccin del bien en los pases en los que la elaboracin delmismo fuera ineficiente por dotaciones inferiores de factores de produccin orazones tecnolgicas.

    B. David Ricardo y la teora de las ventajas comparativas.

    Ricardo contradijo lo establecido anteriormente por Adam Smith cuando

    descubri que, aunque un pas tenga ventaja absoluta en la produccin de dosbienes, existen ventajas en la especializacin ya que en trminos relativos suventaja ser superior en un bien que en el otro. Para demostrar este hecho,Ricardo emplea un ejemplo de dos pases con ciertas funciones de produccin:

    Portugal Inglaterra

    1 litro de vino 80 horas 120 horas

    1 metro de tela 90 horas 100 horas

    13

    Teoras y tendencias del comercio internacional

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    14/112

    Se justifica el intercambio en condiciones de libre comercio segn Ricardo

    siempre que ambos pases salgan ganando: en este caso un comerciante ingls sedirigir a Portugal a vender un metro de tela inglesa por un importe superior a100/120 l. de vino, que es el mximo que le van a pagar en su pas. Descubrirque estn dispuestos los portugueses a pagarle hasta 90/80 litros de vino, canti-dad netamente superior a la que puede obtener en Inglaterra. Por consiguiente,los portugueses tambin saldrn beneficiados al obtener la tela ms barata.Finalmente, si persisten las condiciones de libre cambio entre los 2 pases, cadauno de los pases se especializar en la elaboracin del bien para el cual disponede ventaja comparativa.

    C. Stuart Mill y el concepto de precio internacional.

    Los economistas clsicos no se haban preocupado an de determinar a quprecio se deberan vender las mercancas en los mercados exteriores liberaliza-dos. Fue el economista ingls John Stuart Mill el primero en introducir lanocin de precio internacional, vinculndolo simplemente con aqul capaz devaciar los mercados, es decir, de hacer coincidir la oferta con la demanda.

    La contribucin, aunque a priori no resulte demasiado importante, sirvi

    para basar el futuro concepto de relacin real de intercambio, la cual no se dedu-ca directamente de las proposiciones de Smith y Ricardo, por tratarse de un temadel que no se preocuparon ambos autores. Del ejemplo de Ricardo no surga elprecio internacional del vino, aunque se distinguan los lmites al intercambio.

    La diferencia existente entre los precios de exportacin y de importacin delos productos intercambiados por un pas determina de hecho cmo se va bene-ficiando dicho pas del comercio exterior a lo largo del tiempo.

    RRI= PX t / PM t : PXo / Pmo

    Si la relacin es menor que 1, esto indica que la relacin real de intercambiode un pas empeora, ya que se incrementan los precios de las importaciones enrelacin con el correspondiente a las exportaciones, al contrario de los quesucede cuando el cociente es mayor que 1: entonces concluimos que mejoranuestra relacin real de intercambio.

    D. Heckscher-Ohlin y la dotacin de factores de produccin.

    A principios del siglo XX dos economistas suecos explicaron el comerciointernacional por la existencia de diferentes dotaciones de factores de produc-

    14

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    15/112

    cin entre los pases. Hasta ese momento, ni Smith ni Ricardo se haban pregun-

    tado la razn por la que podan existir diferencias en la elaboracin de los bienescomerciados: se habla de funciones de produccin y de ventajas comparativas oabsolutas paro no se menciona porqu se producen esas ventajas, si es por facto-res tecnolgicos u otras razones. En concreto afirmaron que en condiciones delibre cambio un pas se especializar en la produccin de bienes cuya elaboracin esintensiva en el factor de produccin que resulta relativamente ms abundante en el

    pas. De esta manera, si un pas es relativamente ms rico en factor trabajo, pordisponer de una poblacin activa ms abundante y probablemente peor remune-rada, se especializar en aquellos bienes cuya elaboracin es intensiva en la utili-zacin del factor trabajo, por ejemplo la industria textil. Por el contrario, si elpas en cuestin tiene una riquezarelativa en factor capital, entonces se especia-lizar en la elaboracin de bienes que emplean intensamente el capital.

    Este modelo presupone que las tecnologas son similares entre los diferentespases, y que si bien los intercambios de bienes son libres internacionalmente,no sucede lo mismo con los factores, los cuales no pueden desplazarse de unasnaciones a otras.

    El modelo H-O expone razones desde el punto de vista de la oferta paraexplicar el comercio internacional al igual que los clsicos, aunque tambin ensu momento intentaron incorporar razones de demanda para explicar el comer-cio internacional: a pesar de la existencia de una importante riqueza en el factorcapital, por ejemplo, en un pas una fuerte demanda por bienes de capital puedeproducir que se encarezcan y el pas termine especializndose en bienes cuyaelaboracin es intensiva en el empleo del factor trabajo.

    E. Debate Librecambio-Proteccionismo y los Pases Subdesarrollados.

    El librecambio es generalmente aceptado como la mejor solucin porque

    cada pas se especializar en la elaboracin de los bienes que mejor fabrica, seconcentrar en su fabricacin y se dedicar a importar otros bienes para los queest peor dotado segn sus factores de produccin o su pericia. No obstante,hasta los economistas clsicos aceptaron que podan existir circunstancias que

    justifiquen el proteccionismo:

    1. La teora del arancel ptimo

    Expresa que el establecimiento de un arancel de importacin en ocasionespuede conducir a un mayor bienestar social. Existen dos razonamientos para

    justificar esto:

    15

    Teoras y tendencias del comercio internacional

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    16/112

    a. El efecto que produce el establecimiento de un arancel, su gravamen,

    supone ms beneficios que costes si se trata de un pas importador de grandimensin, con poder de mercado y con posibilidad de influir en los preciosmundiales, en una situacin cercana al monopsonio. La imposicin de unarancel de importacin puede tener el efecto de una bajada de los preciosde importacin, de los precios que cobran los exportadores, sencillamenteporque no les queda ms remedio que vender a ese pas, y quiz sea esta lanica forma de mantener el volumen de ventas. La consecuencia final serauna apreciable mejora en la relacin real de intercambio, que compensaracon creces la prdida de eficiencia producida por el establecimiento delarancel. La prdida de eficiencia se mide como la diferencia entre la prdidadel excedente del consumidor y la ganancia del excedente del productor.

    b. Si existen fallos de mercado dentro de los pases, de tal manera que puedaconsiderarse que el mantenimiento de los puestos de trabajo de una indus-tria, genera un bienestar social superior a la prdida de eficiencia producidapor el arancel. Debemos suponer en estos casos que no se vacan algunosmercados, en concreto el mercado de trabajo, por la existencia de desem-pleo: ah es donde aparece el fallo de mercado.

    2. La teora de las industrias nacientes

    La desarroll el pensador alemn F. List durante el siglo XIX, en 1844.Segn este autor, un pas puede tener una ventaja comparativa en la produccinde un bien, pero no puede iniciar su produccin sin proteccin ya que a cortoplazo no puede alcanzar los niveles de productividad y competitividad queposeen las empresas competidoras que se encuentran en ese momento vendiendoen el mercado.

    El pensamiento de List inspir las polticas de desarrollo industrial de nacio-

    nes tan diferentes como Alemania, los Estados unidos o Japn, pases que ensa-yaron estrategias proteccionistas cuando sus productos no eran an competitivos.Posteriormente buena parte de los llamados pases en vas de desarrollo (PVD)a lo largo de la segunda mitad del siglo XX intentaron fomentar las actividadesmanufactureras de una manera similar. Nos estamos refiriendo a las estrategiasde sustitucin de importaciones, las cuales consistieron en reservar el mercadodomstico a las producciones autctonas con la aprobacin de medidas protec-cionistas. La poltica de sustitucin de importaciones tuvo como resultado en unprincipio un notable incremento de la produccin industrial; no obstante, sibien se consigui abastecer de productos de consumo a la poblacin domstica,no sucedi lo mismo con el suministro de bienes de inversin o intermedios cuya

    16

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    17/112

    importacin era indispensable para la continuidad de las manufacturas existen-

    tes. Como la produccin industrial estaba destinada casi exclusivamente al abas-tecimiento de la demanda interna, no se exportaba, hecho que se agravaba porla inexistente poltica de desarrollo tecnolgico, la cual estrangulaba las ya escasasposibilidades de competir en los mercados exteriores. Con esto se cre una situa-cin de imposibilidad de exportar y de necesidades crecientes de bienes proce-dentes del exterior para sostener la industria local, lo cual finalmente desencadenfrecuentes crisis de balanza de pagos. El fracaso de la estrategia de sustitucin deimportaciones en la mayora de los PVD termin motivando un cambio depoltica; se comenz a instaurar a partir de entonces una estrategia ms dirigidaa vender en los mercados internacionales, denominadapoltica de promocin delas exportaciones. Si la sustitucin de importaciones empez a aplicarse en Suda-mrica, fueron Japn y los pases del Sudeste Asitico los primeros en experimen-tar las medidas de promocin de las exportaciones. El xito de esta clase deorientacin industrial ha provocado que en la actualidad prcticamente todas lasnaciones en desarrollo promuevan polticas de este tipo. En lneas generales, sedebe atribuir el xito de las polticas de promocin exportadora a los inferioresgravmenes impuestos a los inputs que necesariamente haba que adquirir en elexterior, lo cual incrementaba la competitividad de la industria local. Por otraparte, la venta en el exterior hizo que las manufacturas locales tuvieron la nece-

    sidad de ser competitivas, de tal forma que se consolidaron empresas forzosa-mente eficientes. Las estrategias de promocin han resultado en la mayora de loscasos, y especialmente para los PVD, ms positivas desde el punto de vista deldesarrollo de las fuerzas productivas domsticas.

    F. Comercio intraindustrial

    Los autores clsicos y neoclsicos a los que nos hemos referido hasta ahorahablaban exclusivamente de intercambios interindustriales, es decir, de compra-venta de bienes pertenecientes a diferentes sectores productivos. Por el contra-rio, los intercambios comerciales habituales entre los pases desarrollados sonintraindustriales en su mayora, es decir, se compran y venden productos perte-necientes al mismo sector productivo, de tal forma que un pas puede exportare importar al mismo tiempo mercancas del mismo tipo. Este hecho invalidabuena parte de las previsiones y explicaciones del comercio internacional quenos ofrecieron los clsicos.

    A decir verdad, mucho antes de que Bela Balassa definiera el comercio intra-industrial, se haban observado los primeros datos contradictorios: la denominadaparadoja de Leontieff consista en la constatacin de que los E.E.U.U. exportaban

    17

    Teoras y tendencias del comercio internacional

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    18/112

    durante los 40-50 una gran cantidad de bienes intensivos en la utilizacin de

    trabajo a pesar de su evidente riqueza en capital. La realidad del comercio interna-cional se resista por tanto a ser explicado por las sencillas teoras neoclsicas,demandando nuevos enfoques que ayuden a explicar mejor este fenmeno.

    1.3. Tendencias actuales del comercio internacional

    Las ms recientes explicaciones del comercio internacional tienen en comnque no se supone como en la poca de los clsicos la existencia competenciaperfecta, sino que se asume la influencia de la competencia imperfecta en casitodos los sectores.

    Los nuevos enfoques son adems complementarios, ya que en su conjuntoy no como modelos individuales ayudan a explicar determinadas tendencias enel comercio internacional.

    a. Economas de escala

    Si suponemos que existen rendimientos crecientes a escala a nivel internacio-

    nal, los mercados estarn dominados por un nmero reducido de grandes empre-sas. Las razones por las cuales se localizan las grandes empresas en unos pases envez de en otros son mltiples (razones tecnolgicas, dimensin del mercado deorigen, organizacin de la empresa, etc.) y no tienen por que coincidir con lasrazones de abundancia relativa de factores de produccin. As, para determinadasactividades es necesario que las empresas que operen en ese mercado en concretotengan una determinada dimensin, comercializando sus productos tanto en supas como en otros para obtener las economas de escala.

    b. Comercio internacional y tecnologaEn 1961 M. V. Posner expuso que una vez que una empresa consigue dispo-

    ner de una ventaja tecnolgica, puede vender a un precio medio ms reducidoque sus competidores encontrndose en un principio en una situacin demonopolio, siendo superiores sus ganancias cuantos ms sean los mercados a losque se dirija. Posteriormente, irn reducindose sus beneficios monopolistasuna vez la competencia descubra los avances tcnicos y los aplique a sus produc-tos. No obstante, continuar el proceso de descubrimiento, aplicacin y difu-sin de nuevas tecnologas, el cual aparece ntimamente ligado al crecimientodel comercio internacional.

    18

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    19/112

    c. Diferenciacin de productos

    S. Linder en 1961 mencion la diferenciacin de productos como otro delos fenmenos que pueden ayudar a explicar la existencia de una gran cantidadde intercambios intraindustriales entre los pases OCDE. Las empresas diferen-cian sus productos adaptndolos a un segmento determinado de la demanda, ylos venden a varios mercados con estructuras de demanda similares con elobjeto de obtener economas de escala. De esta manera existen intercambiosinternacionales de productos pertenecientes a los mismos sectores, pero que seadaptan a diferentes segmentos de la demanda: como ejemplo tenemos la indus-tria del automvil.

    La diferenciacin de productos aparece emparentada con la existencia delmites a la obtencin de rendimientos crecientes a escala, lo cual explica queexistan, a pesar de que haya rendimientos crecientes a escala, varias grandesempresas que operan a nivel mundial obteniendo beneficios de escala, pero sinconseguir ninguna una posicin final monoplica. La situacin final es msparecida a la de un oligopolio o sobre todo a la competencia monopolstica.

    La relacin entre comercio internacional y la diferenciacin de productoparte, al contrario de lo que suceda con los modelos clsicos y neoclsicos, dela demanda y no de la oferta, ya que la existencia de unos patrones de demanda

    similares a nivel internacional, con una posibilidad de segmentacin de mercadoparecida, permite que las empresas puedan acudir a varios mercados con elmismo producto diferenciado y obtener los beneficios de escala. Las similitudesentre los mercados se producen especialmente entre los distintos pases desarro-llados o de la OCDE.

    d. Comercio internacional y ciclo de vida de los productos

    En 1966 R. Vernon expuso su teora sobre el ciclo de vida de los productos,que tiene la virtud de ajustarse a la evidencia emprica del comercio internacio-

    nal durante las ltimas dcadas: la vida de cada producto tiene diferentes fases;en cada fase o etapa dentro de la vida de un producto el comercio internacionalse adapta a una explicacin distinta, tanto las correspondientes a la teora clsicadel comercio internacional como las modernas, de tal manera que puede consi-derarse que esta teora tiene el acierto de aglutinar todas las anteriores.

    Etapas o fases en la vida de un producto:

    1. Etapa de introduccin

    Fase en la cual se produce la creacin de la nueva mercanca y los primerospasos en su comercializacin. En primer lugar slo se fabrica y vende en el pas

    19

    Teoras y tendencias del comercio internacional

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    20/112

    de su aparicin. El modelo reconoce que la mayora de los productos se crean y

    se comienzan a consumir en los pases de la OCDE, por disponer de unosgastos en I+D e innovacin mucho ms altos y porque resulta ms sencillovender un producto nuevo y caro en esos pases, ya que existe una poblacin derenta medio-alta mucho ms numerosa.

    Durante esa poca, el productor se beneficiar de rentas monopolistas en laventa y comercializacin del producto. Al final de esta etapa, es probable que secomience la exportacin del producto.

    2. Crecimiento

    La existencia de beneficios monopolsticos atrae a este sector a varioscompetidores potenciales. Al tiempo se est desarrollando la demanda interna yla produccin necesaria para satisfacerla, lo cual incentiva a la creacin y comer-cializacin de productos parecidos al menos por parte de competidores queacceden al mercado. A medida que acceden nuevos competidores, comenzar lapresin sobre los precios ante al incremento de la competencia, lo cual recortarlos beneficios monopolistas.

    El producto se seguir exportando, aunque empezar a plantearse la idonei-dad de fabricar y vender en mercados con dimensin suficiente a los que no

    resulte rentable exportar por estar muy alejados geogrficamente o no ser acce-sibles por las restricciones comerciales: arancelarias o cuantitativas.

    3. Madurez

    La mercanca se convierte en un bien de uso habitual tras el incremento desu demanda y del nmero de sus fabricantes. La mayor competencia existentehace patente una notable reduccin de los precios, por lo que las empresas delsector deben modificar sus estrategias para mantener su cuota de mercado. A laeterna alternativa de la reduccin de los precios se le aade la posibilidad de

    recurrir a la diferenciacin.Paralelamente se presenta la opcin de fabricar el producto en un PVD para

    reducir el coste de al mano de obra y mantener la posicin en el mercado conprecios bajos, siempre exportando toda la mercanca desde el PVD.

    4. Declive

    El producto comienza a dejar de ser atractivo, por haberse introducido enel mercado otros productos similares ms innovadores o de mejor calidad. Laproduccin y la demanda disminuye en los pases desarrollados. De todosmodos, quiz siga creciendo la demanda en los PVD, que es donde se produce

    20

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    21/112

    mayoritariamente, y desde donde se exporta la poca demanda que queda por

    satisfacer en los OCDE.Generalmente las mercancas nuevas tras ser creadas principalmente enpases desarrollados se fabrican en rgimen de cuasi monopolio en la OCDE yse exportan del pas de creacin al resto del mundo. A medida que van incorpo-rndose nuevas empresas a fabricar el nuevo producto, disminuyen los beneficiosy se comienzan a fabricar en otros pases, al principio en pases tambin desarro-llados, para finalmente localizarse su elaboracin en los PVD en las etapas demadurez, cuando resulta necesario disponer de ventajas en costes laborales si sequiere competir en precios, por tratarse de un producto de consumo masivo.

    Teora del comercio internacional. Cuestiones

    1. Menciona la implicacin poltica que puede tener la teora de Ricardofrente a la de A. Smith.

    2. Comenta asimismo qu implicacin poltica puede tener la preponderanciadel comercio intraindustrial por encima del interindustrial.

    3. Relaciona las distintas explicaciones de la existencia del comercio interna-cional con la clase de mercados (perfectos, imperfectos) que suponemos que

    existen segn cada teora. Haz lo mismo con los tipos de productos: homo-gneos o diferenciados. Razona la respuesta.

    4. Menciona si son diferentes las explicaciones de Smith, Ricardo y H-O conrelacin a la especializacin. Razona si podemos deducir que existan rendi-mientos crecientes a escala en los 3 tipos de explicacin del comercio y sicabe la posibilidad de relacionar a alguno de ellos con las modernas teorasde comercio internacional.

    5. Estima cul de estas dos teoras han tenido ms influencia en la determina-

    cin de las polticas comerciales de los pases: la de List (argumento de laindustria naciente) o las librecambistas (Smith,).

    6. Comenta cules son los supuestos tecnolgicos de los modelos neoclsicosfrente a los modernos, y si existe alguna relacin entre estas explicaciones yla reciente mayor movilidad del factor capital.

    7. Explica si son completamente incompatibles la explicacin del comercioH-O, la teora del ciclo de vida de los productos y la de Linder.

    21

    Teoras y tendencias del comercio internacional

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    22/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    23/112

    2. Poltica comercial comunitaria

    2.1. La nomenclatura arancelaria y el arancel aduanerocomn europeo

    2.2. Determinacin del origen de las mercancas

    2.3. Valor en aduana de las mercancas

    2.4. Medidas de poltica arancelaria y comercial

    2.5. Regulacin de los regmenes de importacin

    y exportacin2.6. Regmenes aduaneros econmicos

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    24/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    25/112

    2.1. La nomenclatura arancelaria y el arancel aduanero comneuropeo (AAC)

    El establecimiento de una nomenclatura arancelaria uniforme a nivelinternacional representa una condicin necesaria para garantizar la transparen-cia de cada sistema arancelario.

    El arancel no es ms que un impuesto que se grava a la entrada de las mercan-cas en la frontera de un pas y que se aplica de diferente forma (distintos porcen-tajes sobre el valor del producto que hay que pagar en frontera) para cada tipo deproducto. Por tanto, a la hora de comparar las legislaciones arancelarias de cadapas es necesario que exista una forma comn de definir cada producto.

    En relacin con el AAC de la UE, en 1988 se adopt una nueva nomencla-tura arancelaria, el Sistema Armonizado. El S. A. es un sistema comn a todoslos pases (el mismo sistema para todos los pases miembros de la OMC) de codi-ficacin y clasificacin de las mercancas. Los pases estn obligados a describir susproductos mediante definiciones comunes, asociadas a un cdigo numrico y queestn estructuradas en distintos niveles de desagregacin. En concreto, existen:

    21 secciones (II, III, III, IV,, XXI) 97 captulos 1241 partidas

    5019 subpartidasEl S.A. fue aprobado por el GATT en 1983 como sistema comn de codi-

    ficacin y clasificacin de mercancas para las partes contratantes del acuerdo(los pases).

    El S.A. tambin incluye, aparte de la clasificacin de los productos, 5normas interpretativas, las reglas generales interpretativas.

    La clasificacin se realiza a travs de una serie de partidas y subpartidas queordenan los productos de menor a mayor grado de elaboracin de las materias.

    Sin embargo, la U.E. decidi en su momento aadir dos dgitos ms a los6 dgitos del sistema armonizado, definiendo an ms las mercancas. Se ha de

    25

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    26/112

    sealar que las secciones no aparecen codificadas; simplemente agrupan los

    productos en 21 grandes apartados, designado cada uno de ellos generalmentecon nmeros romanos. Estos dos dgitos adicionales indican la subdireccin dela Nomenclatura Combinada; y son dgitos diferentes de los utilizados por lospases no pertenecientes a la UE.

    1 2 3 4 5 6 7 8Captulo Partida Subpartida Subdivisin NC

    No obstante, las autoridades comunitarias se dieron pronto cuenta de que

    era necesario ampliar la codificacin existente para cada producto, con el fin dedefinir la poltica comercial a la que est sometido cada mercanca. Es decir, novala solamente con asignar un arancel de importacin a cada codificacin ovariedad de bien, sino que tal codificacin debera explicar asimismo las medi-das comerciales aplicadas al producto.

    En este caso nos estamos refiriendo a productos cuya importacin puedeestar sometida a restricciones cuantitativas, arancelarias, etc. las cuales sernvistas posteriormente.

    Con este fin se cre el TARIC (Arancel Integrado Comunitario), que incluyeadems de los dgitos correspondientes a la Nomenclatura Combinada unassubdivisiones complementarias denominadas subdivisiones TARIC. El TARICcuenta con 20.000 posiciones o codificaciones distintas.

    El TARIC recopila y codifica, para facilitar la informatizacin, todas lasnormas aduaneras de derecho comunitario, dispuestas de forma sencilla parasimplificar su utilizacin por parte de las administraciones y los particulares. Enconcreto, permite identificar con rapidez las peculiaridades de un determinadoproducto y su rgimen de importacin. La subpartida Taric aade dos dgitosms a los 8 anteriores, quedando finalmente un cdigo de 10 dgitos.

    El TARIC debe incluirse en las declaraciones de aduana y en la declaracinestadstica intrastat.

    A pesar de contar cada producto de un cdigo de 10 dgitos, a veces no essuficiente para describir por completo el rgimen comercial al que estn sujetosalgunos productos. Por ello, y solamente para ciertos productos se aade uncdigo adicional TARIC de 4 cifras. Sirve para describir ciertas medidas comer-ciales, tales como los derechos antidumping o ciertas restricciones comercialesde la Poltica Agraria Comn.

    A la codificacin TARIC se le aaden otras columnas (US: unidad suple-mentaria, OBS: observaciones) antes de incorporar las columnas correspondien-tes a los derechos aplicables en la presentacin grfica del arancel (pgina 2).

    26

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    27/112

    La unidad suplementaria indica la medida (de peso, volumen, % de alco-hol, etc.) que se utiliza para aplicar correctamente el arancel. Las observacionessealan normas comerciales no incorporadas en los cdigos TARIC, como sonlos lmites y las restricciones a la importacin de productos textiles, prohibicio-nes de pases con los que se mantiene un boicot comercial, etc. Tambin deter-minan qu productos tienen el cdigo adicional TARIC de 4 cifras. Lapresentacin se hace en dos pginas, tal y como aparece en la figura 1.

    Derechos convencionales y derechos autnomos

    La pertenencia de los pases de la UE a la OMC les obliga a mantener unaestructura arancelaria comn para todos los pases miembros de la organizacincomercial. Las naciones OMC se conceden mutuamente el mismo tratamientocomercial. Se aplica la clusula de no discriminacin contenida en el antiguoGATT, la cual obligaba a otorgar a cualquier pas miembro o firmante del

    acuerdo el ms favorable trato aduanero que se hubiera dado previamente. Elreflejo de este principio en la legislacin comunitaria es la existencia de losdenominados como derechos convencionales, comn aplicables o erga omnes,los cuales representan los derechos mximos de importacin de las mercancas,y se han de aplicar siempre que los productos no puedan disfrutar de una rebajaarancelaria en funcin del origen que tengan las mercancas. Los convencionalesson derechos de aplicacin general, y se utilizan tambin para los pases que nopertenezcan a la OMC, siempre que tales pases no disfruten de acuerdos prefe-renciales con la UE. Los derechos autnomosson por el contrario rebajas arance-larias, reducciones respecto de la tasa convencional, otorgadas a vecesunilateralmente por la UE a determinados pases, generalmente los cercanos

    27

    Poltica comercial comunitaria

    CDIGO NOMBRE PROD. U.S. OBS CDIGO CONVENCNL SPG ACP

    Pg. 1 Pg. 2

    Figura 1.

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    28/112

    geogrficamente o los PVD. Cuando no exista derecho autnomo que aplicar,

    se emplear directamente el convencional, aplicando el principio de libertad decomercio. Tambin se utilizarn los convencionales cuando, en aplicacin de lasnormas de origen, no se pueda conceder el tratamiento preferencial (d. aut-nomo), independientemente de donde sean originarias las mercancas.

    Existen varios niveles de preferencias arancelarias concedidas, entre las quese pueden destacar:

    28

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

    UE

    EEE (ZLC con Islandia, Noruega, Suiza).PECOS: acuerdos preferenciales con cada pas.OCDE no europeo: tratamiento convencional. Turqua recibe trata-

    miento OCDE no europeo.ACP: PVD ms pobres, antiguas colonias europeas. frica (subsaha-

    riana), Caribe y Pacfico.3.os pases mediterrneos: Magreb, Machrak (Oriente Medio: Siria,

    Lbano, Jordania, Egipto).

    Sistemas de Preferencias Generalizadas (SPG): aplicable a los pases deCentro y Sudamrica, China, India, Sudfrica, Rusia y CEI.Libia e Irak: boicot comercial.

    Pases cuyo rgimen comercial resulta dudoso

    Vietnam, Laos, Tailandia, Kampuchea, Myanmar: SPG.India, Bhutn, Nepal, Bangladesh, Sri Lanka, Afganistn, Pakistn:

    SPG.Mongolia, China: SPG.

    Corea del Norte, Corea del Sur, Taiwan: Convencional.Sudfrica: SPG.Irn, Yemen: SPG.Indonesia, Filipinas, Malasia, Hong Kong: SPG.Papua-Nueva Guinea: ACP.

    En cuanto a los niveles de cada esquema, difieren dependiendo de los produc-tos; se puede sin embargo afirmar que las preferencias concedidas a los PECOS,

    ACP, TPM son similares, siendo superiores a las concedidas a los SPG.

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    29/112

    Tipos de derechos o tipos de gravamen

    Los aranceles a la importacin de las mercancas se aplican de diferentesformas; existen seis tipos diferentes de derechos segn su aplicacin o forma decalcular la cuota impositiva.

    1. Derechos Ad Valorem: son los ms empleados tanto en la UE como enotros pases, y consisten en gravar un porcentaje del valor en aduana delas mercancas.

    2. Derechos Especficos: el impuesto que hay que pagar por la importacin

    de la mercanca se determina asignando una cantidad de euros por cadaunidad de medida fsica (las unidades empleadas son de todo tipo,dependiendo del producto: longitud, peso, superficie, capacidad, gradoalcohlico, etc.). Es utilizado para gravar la importacin de materiasprimas sin transformar.

    3. Derechos Mixtos: son productos a los que se les grava simultneamenteun derecho ad valoremy un derecho especfico. Los derechos o tipos degravamen mixtos son utilizados para productos agrcolas o materiasprimas con cierto grado de transformacin.

    4. Derechos Compuestos: consisten en derechos ad valorema los que se lespone un lmite inferior mnimo. Si calculado el derecho ad valorem, estees menor que el lmite inferior, el importador se ver obligado a pagarel mnimo. Tambin se puede establecer un lmite superior mximo, demanera que si la cuota resultado de la aplicacin de un derecho advaloremes superior a la cuota mxima, el importador solamente se verobligado a pagar la cuota mxima.

    5. Imposicin a tanto alzado. Es una modalidad de aplicacin del arancel,

    que se utiliza en la importacin de pequeos envos entre particulares ypara los equipajes de los viajeros. En todo caso, solamente se puedeemplear si la importacin no tiene carcter comercial. Con la imposi-cin a tanto alzado se aplica un tipo ad valoremnico para un conjuntode artculos diferentes. As se pretende evitar una complejidad despro-porcionada en la liquidacin del arancel, lo que sucedera si se aplicaranestrictamente todas las tasas ad valorem diferentes correspondientes acada artculo o mercanca.

    El derecho ad valorem que se aplica alcanza el 3,5%, siempre que elvalor del envo o equipaje de los viajeros no exceda de los 350 euros.

    29

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    30/112

    2.2. Determinacin del origen de las mercancas

    Como en la legislacin aduanera comunitaria se aplican diferentes tasasarancelarias a productos similares originarios de distintos pases, resulta impres-cindible regular una serie de normas que determinen de forma concreta elorigen de las mercancas.

    El origen de las mercancas se debe demostrar cuando su importacin puedaestar sujeta a un rgimen preferencial. Teniendo en cuenta el esquema de dere-chos arancelarios utilizado en la legislacin comunitaria (derechos convenciona-les, negociados multilateralmente en la OMC, aplicables con carcter general a

    mercancas procedentes de cualquier pas), solamente resulta pertinente demos-trar el origen cuando las mercancas puedan beneficiarse de alguna reduccinarancelaria (mercancas originarias de pases a los que se les conceden preferen-cias comerciales, como los Mediterrneos, ACP, SPG, etc.).

    La normativa comunitaria exige la presentacin de ciertos documentos queprueben el origen de las mercancas; adems, define unos criterios que confierenel origen a las mercancas. Se ha de tener en cuenta la diferencia entre origen yprocedencia. La procedencia es simplemente el ltimo destino desde dondeparti el transporte, mientras que el origen tratar de vincular de una manerams estrecha productos y territorios de donde presumimos que son originarioslos productos. Con esto se pretende evitar que las mercancas se dirijan haciapases con tratamiento preferencial, para luego beneficiarse de la reduccin delimpuesto por pagar, aunque no hayan sido realmente elaboradas en el pas dedonde salieron hacia la UE.

    La normativa comunitaria sobre legislacin en origen se basa en el Conve-nio Internacional para la Simplificacin y Armonizacin de los regmenes adua-neros que fue redactado y aprobado por el Consejo de Cooperacin Aduaneraen 1973, y posteriormente ratificado por el GATT y la OMC.

    Este convenio utiliza dos criterios de base para determinar el origen de lasmercancas; se considera que unas mercancas son originarias de un pas si:

    a. Las mercancas han sido totalmente producidas en ese mismo pas.

    b. Si los productos en cuestin no hubieran sido totalmente producidas enese mismo pas, se atribuir el origen de la mercanca al ltimo pasdonde se haya realizado una transformacin sustancial o suficiente.

    a. Las mercancas se considerarn totalmente producidas en un pas si:

    Son productos minerales extrados del subsuelo o el fondo de losmares territoriales.

    30

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    31/112

    Son productos vegetales cosechados en el pas.

    Se trata de animales vivos nacidos y criados en el pas y los productosprocedentes de ellos. Productos de la caza y la pesca interior. Los productos de pesca extrados por barcos de ese pas, y los que

    resulten de los mismos en los buques factora. Desechos y chatarra que se recogen en el pas. Los fabricados exclusivamente a partir de los anteriores.

    b. Se incluyen en el segundo grupo aquellos productos importados que,

    clasificados en una partida de la Nomenclatura Combinada, son objetode un trabajo (elaboracin o transformacin sustancial o suficiente) detal naturaleza que el producto acabado se clasifica en otrapartidaaran-celariadistinta.

    Este es el principio general, que es modificado dependiendo de la transforma-cin realizada sobre el producto cuya importacin se grave. Para introducir lasmodificaciones o excepciones al principio general, se utilizan unas listas, denomi-nadas listas A y B, que especifican la utilizacin correcta del principio general.

    Listas A: se definen una serie de transformaciones concretas sobre determi-nados productos, que, aun produciendo un cambio de partida arancelaria, nose consideran como una transformacin suficiente para conceder al carcter deproductos originarios. En estos caso se puede exigir un criterio alternativo alcambio de partida arancelaria. Los criterios alternativos al cambio de partidaarancelaria son:

    Definir una serie de transformaciones concretas sobre determinadosproductos que confieran el origen al producto. Ejemplo: la elaboracin

    textil exige siempre que se produzca una doble transformacin, aunqueuna sola sea capaz de cambiar la partida arancelaria. Entre fibra de algo-dn, hilo, tejido, prenda confeccionada, se exige que se produzcan dosoperaciones como mnimo, por ejemplo de fibra a tejido.

    Estimar que la transformacin ha sido suficiente si su coste supera unporcentaje del valor final de la mercanca, la transformacin ser sufi-ciente dependiendo del valor aadido al producto sin transformar.

    Listas B: se trata de transformaciones sobre determinados bienes que, auncuando no produzcan el cambio de partida arancelaria, s se considera que otor-gan el origen al producto.

    31

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    32/112

    Elaboraciones o transformaciones mnimas

    Son aplicables a cualquier producto, al contrario de las anteriores excepcio-nes; en este caso, no le conceden a la mercanca el carcter de originaria aunquese cambie de partida. Son las siguientes operaciones:

    Manipulaciones para asegurar la conservacin de las mercancas durantesu transporte y almacenamiento.

    Operaciones sencillas de clasificacin: lavado, pintado, corte, etc. Cambios de envase o embalaje y otras operaciones de divisin o reunin

    de bultos.

    Colocacin de marcas. Ensamblaje o montaje de partes para reunir el artculo completo. Matanza de animales.

    Se establecen estas limitaciones para que las mercancas no adquieran elcarcter de originarias de un pas preferencial con operaciones muy sencillas.

    Los elementos neutros

    Son elementos que intervienen en los procesos productivos pero que no setienen en cuanta a la hora de considerar los productos como enteramente origi-narios de un pas. Los elementos neutros son los combustibles y el empleo demaquinarias, herramientas, instalaciones o bienes de capital en general.

    Transporte de las mercancas

    A pesar de que es el origen del producto, y no su ltima procedencia geogr-fica el criterio para determinar el arancel de importacin que pagar, la legisla-

    cin comunitaria tambin establece ciertas condiciones para el transporte de lasmercancas hasta su llegada al Territorio Aduanero Comunitario.Como principio general se exige que los productos originarios de pases con

    regmenes preferenciales sean transportados directamente del pas preferencial ala UE. Sin embargo, las mercancas podrn atravesar otros pases antes de entraren el Territorio Aduanero Comunitario, pero solamente si est justificado porrazones geogrficas, es decir, cuando sea imprescindible cruzar un territorio paraalcanzar el T.A.C.

    Siempre que estas mercancas deban atravesar otros pases, tendrn quemantenerse bajo la vigilancia de las autoridades aduaneras del territorio de trn-sito: existe la prohibicin expresa en la legislacin europea de no permitir

    32

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    33/112

    ninguna transformacin de las mercancas, y tambin est prohibido que sean

    objeto de venta en el pas de trnsito. La manera de demostrar que se hancumplido estas condiciones es facilitar un documento de transporte nico hastala UE y una certificacin de las autoridades aduaneras del pas de trnsito.

    Documentos que certifican el origen

    Para justificar el origen preferencial de unas mercancas, las autoridadescomunitarias exigen la presentacin en la aduana de unos documentos formali-zados, sellados por instituciones del pas de origen (Cmaras de Comercio,

    Autoridades Pblicas). El modelo de documento difiere dependiendo del paspreferencial de origen:

    Territorios SPG: Documento Modelo A si el importe del valor en aduanade las mercancas supera los 2000 euros; modelo APR si no se supera la cantidadde euros citada.

    ACP, 3.os Mediterrneos, Europeos no comunitarios: documento EUR 1 sise superan los 2.355 euros, modelo EUR 2 si no se supera esa cantidad.

    Regla del non draw backA la hora de conceder el origen preferencial a unas mercancas que han sido

    transformadas de forma suficiente en un pas SPG por ejemplo, se exige que loscomponentes que se emplearon en la elaboracin del bien y que procedan deterceros pases hayan satisfecho los derechos de importacin en el pas preferen-cial donde se transforman. No se permite que esos componentes entren es elpas, sean transformados bajo el rgimen de importacin temporal o perfeccio-namiento activo y puedan salir como productos originarios sin que satisfaganderechos de importacin, o que sean devueltos, draw back cuando salen delterritorio del pas preferencial hacia el TAC.

    Acumulacin en origen.

    a. Acumulacin bilateral

    Se concede que unos productos originarios del TAC que sean transforma-dos de forma insuficiente en un pas preferencial (SPG) puedan beneficiarse dela reduccin arancelaria merced al SPG concedido al pas transformador a lahora de reimportar hacia la comunidad los productos.

    33

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    34/112

    b. Acumulacin multilateral

    Acumulacin totalSe permite que un conjunto de pases, todos ellos beneficiarios de un

    mismo trato preferencial, puedan acumular el conjunto de operaciones querealicen sobre una mercanca no originaria de sus pases (procedente de unOCDE) para hacer que la transformacin conjunta pueda ser considerada comosuficiente. En este caso se concede que a pesar de que las transformacionesindividuales no otorguen el origen, se sumen todas (convirtindose en unasuficiente) para que a la hora de exportar el producto hacia la comunidad puedabeneficiarse de la rebaja arancelaria.

    Acumulacin parcial

    En este caso cuando un producto originario de un pas preferencial es trans-formado de forma insuficiente en otro pas del mismo sistema preferencial, sele concede el origen y las ventajas arancelarias del primer pas.

    2.3. Valor en aduana de las mercancas

    La determinacin del valor en aduana es fundamental, ya que la mayorparte de los aranceles aplicados son ad valorem, y por tanto el valor en aduanarepresenta la base imponible del derecho de importacin. La forma actual devaloracin de las mercancas en aduana est basada en el Cdigo de valoracindel GATT, adoptado en 1980 por la legislacin aduanera comunitaria, y porsupuesto comn al del resto de los pases de la OMC. La legislacin de la UEindica que el mtodo principal de valoracin de mercancas en aduana es elvalor de transaccin. Si no pudiera emplearse el valor de transaccin se utili-zara alguno de los mtodos subsidiarios de valoracin de mercancas enaduana.

    El valor de transaccin es el precio efectivamente pagado o por pagar porlas mercancas cuando se venden para la exportacin, dicho de una manera mscoloquial, el valor que figura en la factura que se presenta a la hora de hacer eldespacho de importacin de los productos.

    Para emplear el valor de transaccin como base imponible no deben existir:

    A. Restricciones para la cesin o utilizacin de las mercancas por el comprador

    Si as sucediera, el comprador podra pactar un precio de compra ms bajo,y por consiguiente no se estaran valorando correctamente las mercancas.

    34

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    35/112

    Excepciones, segn las cuales las restricciones son aceptadas:

    Legales impuestas por el pas importador. Ejemplo: utilizacin de deter-minadas sustancias qumicas exclusivamente como insecticidas.

    Las que limitan el rea de venta. Tales como las ventas a distribuidoresexclusivos regionales.

    Que no influyan en el precio. Por ejemplo, las limitaciones de fechas deventa que se les suelen imponer a los distribuidores de automviles y queno afectan sustancialmente al precio del bien

    B. Condiciones o prestaciones no cuantificables

    En este caso se pretende evitar que se reduzca el precio a cambio de esasprestaciones no cuantificables, que pueden consistir en entregar otros productospor parte del comprador al vendedor.

    C. Reversiones al vendedor

    Se prohibe que parte de la cesin, venta o utilizacin del bien posterior a laimportacin revierta sobre el vendedor.

    D. Vinculacin entre vendedor y comprador

    Si se sospecha que el precio se ha infravalorado como consecuencia de unarelacin matriz-filial entre las empresas, se impedir la utilizacin del valor detransaccin.

    Si no se cumplen todas estas condiciones, entonces tendremos que emplear

    los denominados como mtodos subsidiarios de valoracin de mercancas enaduana.Si se cumplen las coindiciones, se debern de todos modos aplicar unos

    ajustes al precio en factura para determinar la base imponible:

    BI = precio en factura + ajustes positivos - ajustes negativos.Artculo 32 del cdigo aduanero comunitario: ajustes positivos.Artculo 33 del cdigo aduanero comunitario: ajustes negativos.

    Los ajustes positivos ms importantes son los correspondientes al coste deltransporte, seguro, carga y manipulacin hasta el punto de entrada en el TAC,

    35

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    36/112

    que deben incluirse en la base imponible, adems del coste del embalaje y las

    reversiones al vendedor.Entre los negativos figuran los gastos de transporte posteriores a la entradaen el TAC, intereses, gravmenes pagaderos por la importacin y gastos deinstalacin.

    Cuando no se pueda utilizar el valor de transaccin, como se ha comentadoantes, se emplearn los siguientes mtodos subsidiarios:

    Mtodos Subsidiarios de valoracin de las mercancas en aduana

    1. Valor de transaccin de mercancas idnticas.Mismo producto, pas de origen, fabricante y marca.

    2. Valor de transaccin de mercancas similares.Mismo producto, pas de origen, distinto fabricante y marca.

    3. Procedimiento Sustractivo.P.V.P. en el T.A.C. menos costes de comercializacin de mercancassimilares o idnticas.

    4. Mtodo del coste de produccin.

    Reconstruccin de los elementos del precio del producto.

    5. Mtodo de ltimo recurso.Flexibilizacin de los anteriores, siempre que se cumplan las condicionesque figuran en el artculo 31 punto 2 del Cdigo Aduanero Comunita-rio.

    Soporte Documental del valor en aduana de las mercancas

    Se debe presentar el documento DV1 para probar el valor en aduana de lasmercancas; se trata de una declaracin fiscal, donde se consigna que se cumplenlas condiciones a las que antes nos hemos referido y los ajustes positivos y nega-tivos. El DV1 siempre ir acompaado de su correspondiente factura comercial.No ser necesaria la presentacin del DV1 en los siguientes casos:

    Importaciones de valor inferior a las 750.000 pesetas. Importaciones desprovistas de carcter comercial: equipajes y pequeos

    envos entre particulares. Cuando no se pueda usar el valor de transaccin como determinante de

    la base imponible.

    36

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    37/112

    2.4. Medidas de poltica arancelaria y comercial

    2.4.1. Franquicias Aduaneras

    Las franquicias aduaneras son medidas correctoras del arancel de carcterdefinitivo o permanente que permiten la exencin total o parcial al pago de losderechos bajo determinadas circunstancias. Todas las franquicias se conceden aimportaciones que no tienen carcter comercial. Existen numerosos supuestosde importaciones de bienes que se benefician de las franquicias. Entre los prin-cipales se encuentran los siguientes:

    1. Pequeos envos entre particulares, sin carcter comercial. (Menos de45 euros por envo). La franquicia es total y no debe existir ningn pagoa cambio del envo.

    2. Mercancas contenidas en los equipajes de los viajeros. Franquicia total.(Por debajo de los 175 euros por viajero). No ha de tener fin comercial.

    3. Instrumentos o aparatos cientficos.Importaciones con fines exclusivamente cientficos, educativos o culturales.Se concede una franquicia total a condicin de que no se vendan dentro delTAC y estn destinados a Organismos Pblicos o declarados de utilidadpblica, cuya actividad sea la investigacin cientfica o la educacin.

    4. Mercancas destinadas a organismos de carcter caritativo o filantrpico.Se trata de unas franquicias de carcter muy amplio; se concede unafranquicia total. El ejemplo ms frecuente de este tipo de franquicias esel envo de ayuda humanitaria.

    5. Otros: Bienes de personas que trasladan su residencia de un pas tercero a la UE.

    Bienes de equipo de empresas que trasladan su residencia de un pastercero a la UE.

    Mercancas destinadas a la prospeccin comercial, muestras de mercan-cas, etc.

    2.4.2. Destinos Especficos

    Los destinos especficos consisten en la aplicacin temporal de exencionesparciales o temporales a la importacin de determinados bienes de equipo omaquinarias. El objeto de tal modificacin temporal de la estructura arancelaria

    37

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    38/112

    es abaratar las inversiones que se han de efectuar para iniciar ciertas actividades

    productivas, consideradas de carcter prioritario por parte de las institucionescomunitarias.Con ello se consigue en la medida de lo posible fomentar el comienzo de tales

    actividades, adems de incidir en la cuenta de resultados de las empresas indus-triales. Los bienes de inversin cuya importacin se abarata no deben producirsedentro de la comunidad, o de lo contrario producirse a precios muy elevados.

    Para poderse aprovechar de la reduccin arancelaria, la empresa debertramitar una autorizacin ante las autoridades aduaneras del pas miembrodonde va a penetrar la mercanca. La concesin de la autorizacin obliga a laempresa a afectar la mercanca al fin prescrito en la misma autorizacin; adua-nas podr en todo momento efectuar las inspecciones necesarias con el fin deverificar que la maquinaria se est empleando en las labores industriales, y no seha revendido o utilizado con fines distintos.

    Las autoridades suelen determinar un plazo mximo, nunca superior al ao,durante el cual se deben incorporar las mquinas importadas a los procesosindustriales que la UE quiere fomentar. Si la empresa no ofreciera garantas decumplimiento de los fines establecidos a la Administracin, sta por supuestotiene la capacidad de denegar la posibilidad de beneficiarse del correspondientedestino especfico.

    Ejemplosde productos ms habituales favorecidos por este rgimen:

    Bienes de equipo destinados a la produccin, mantenimiento o repara-cin de barcos o aeronaves.

    Bienes de Equipo destinados a la construccin de componentes para laindustria de automocin.

    Productos intermedios o materias primas destinadas a la elaboracin deproductos petrolferos o productos siderrgicos.

    2.4.3. Suspensiones Arancelarias

    Las SS.AA. como su propio nombre indica suspenden el pago del arancel,total o parcialmente, de forma temporal, si se trata de bienes intermedios quevayan a emplearse en las actividades industriales comunitarias.

    La suspensin suele durar seis meses o un ao con posibilidad deprrroga.

    Suelen ser aplicables a todos los productos incluidos en una partida osubpartida arancelaria, aunque tambin pueden afectar solamente a un productoconcreto.

    38

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    39/112

    Las suspensiones pueden ser autnomas, esto es, decididas unilateralmente

    por la Unin, o convencionales, pactadas bilateralmente con otros pases. Lasprimeras afectarn a las importaciones procedentes de cualquier pas, mientrasque las segundas sern solamente aplicables a los productos originarios de lospases firmantes del acuerdo.

    Las empresas, patronales sectoriales u otras agrupaciones de inters solicitanla suspensin de los pagos de derechos; posteriormente, son los Estados miem-bros los que centralizan las peticiones de suspensin, que enviarn a la Comi-sin. La Comisin har una propuesta que ser o no aceptada por el Consejode Ministros a travs de un reglamento. A partir de la publicacin del regla-

    mento todas las empresas comunitarias podrn beneficiarse de la suspensin, adiferencia de lo que suceda con los destinos especficos, para los cuales eranecesaria una autorizacin administrativa.

    Las suspensiones afectan a productos intermedios, cuya produccin es insu-ficiente o nula dentro del Territorio Aduanero Comunitario. Dependiendo desi la produccin es nula o simplemente insuficiente, se aplicar una suspensintotal o parcial al pago de los derechos arancelarios.

    Las suspensiones solamente pueden afectar a materias primas, productosintermedios o componentes que se vayan a emplear en la industria comunitaria.

    Los derechos suspendidos tienen cierta importancia cuantitativa, ya que supo-nen el 5% de los derechos de aduana percibidos.La distribucin de las suspensiones es la siguiente:

    60%: Productos de la industria qumica y farmacetica.

    20%: Componentes para la industria microelectrnica.

    10%: Productos agrcolas.

    10%: Componentes para la industria aeronutica.

    Las suspensiones tienen como objeto abaratar los inputs de los que se surtela industria comunitaria, de tal manera que las compaas europeas ganen enproductividad frente a sus competidores exteriores. Condiciones para el estable-cimiento de las suspensiones arancelarias:

    a. No podr existir dentro de la UE produccin suficiente de mercancasidnticas, equivalentes o sustitutivas del bien al que se conceda lasuspensin, con el fin de no daar los intereses de la actividad industrialen la Unin.

    b. No se concedern nunca a producto finales destinados a los consumidores.

    39

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    40/112

    c. Las mercancas importadas no podrn ser objeto de un contrato en exclu-

    sividad, esto es, cuando exista slo un suministrador de un tercer pas.d. Tendr que demostrarse que la suspensin proporciona ventajas a los

    productores comunitarios.

    e. La concesin del beneficio arancelario no poder ir en contra de otrapoltica comercial diferente de la UE.

    2.4.4. Contingentes y lmites Arancelarios

    Los contingentes arancelariosson exenciones totales o parciales al pago de losderechos de importacin de un producto durante un determinado periodo detiempo, generalmente 6 meses o un ao, pero solamente mientras no se supereun determinado volumen de importacin durante el periodo. Cuando se superala cantidad mxima establecida a priori, se podr seguir importando el productopero pagando la totalidad de los derechos arancelarios.

    Objeto de la concesin:

    a. Se pueden establecer contingentes arancelarios para la importacin de

    productos cuya elaboracin es nula o escasa en el TAC. Con esto seevitan alzas injustificadas de los precios de productos, en el caso de quese aplicara estrictamente el arancel. Se trata de una medida ms suave,desde el punto de vista de las arcas comunitarias, que la aprobacin deuna suspensin arancelaria.

    b. Se utiliza asimismo en las rebajas arancelarias de los Sistemas de Preferen-cias Generalizadas, concedidas a productos industriales de determinadosPVD. Se concede una disminucin del arancel para determinados produc-tos originarios de parte del tercer mundo, pero nicamente si no se supera

    un volumen de importacin durante un periodo de tiempo. Son produc-tos sensibles, cuya entrada libre de derechos puede afectar a la actividadproductiva comunitaria. Cuando se supera la cantidad mxima se dejarade aplicar el arancel autnomo para aplicar el arancel convencional.

    Los lmites arancelarios componen una figura similar a los contingentesarancelarios. Si se aprueba un lmite, se produce igualmente una exencin totalo parcial al pago de los derechos arancelarios para un determinado producto ydurante un periodo de tiempo. Asimismo, existe un lmite mximo de cantidadimportada con la reduccin de derechos. No obstante, en el caso de los lmitesno se produce el restablecimiento automtico del pago de la totalidad del aran-

    40

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    41/112

    cel una vez se ha agotado la cantidad mxima por importar, sino que es necesa-

    ria una decisin por parte de la Comisin Europea a partir del momento en elque se agota la cantidad mxima. La decisin se puede producir a peticin deun pas miembro o un sector econmico afectado por el incremento de laimportacin a derechos reducidos, o incluso sin que medie peticin si as loconsidera conveniente la Comisin. Los lmites se suelen aprobar en la conce-sin de preferencias comerciales (ejemplo, SPG), cuando el riesgo de prdida demercado por parte de las empresas europeas no es excesivamente grande,aunque convenga vigilar estrechamente la evolucin de tales entradas deproductos en la UE.

    2.4.5. Contingentes cuantitativos

    Los contingentes cuantitativos prohiben la importacin de determinadosproductos, siempre que se sobrepase un volumen mximo de importacindurante un periodo de tiempo, generalmente un ao.

    Siempre hay que pagar las tasas arancelarias, en concreto el derecho conven-cional, por supuesto cuando se puedan despachar las mercancas a la importa-

    cin. Se suele aplicar este instrumento comercial a productos cuyasimportaciones puedan daar gravemente los intereses de los productores comu-nitarios. La importacin de automviles japoneses ha estado sometida tradicio-nalmente a un contingente cuantitativo.

    Conjuntamente con los contingentes cuantitativos, existen otros instrumen-tos de poltica comercial que tienen un efecto y un objeto similar a aqullos. Larazn para la creacin de otras medidas diferentes es la prohibicin explcita porparte del GATT y la OMC de la utilizacin de los contingentes cuantitativos,por considerarse una medida proteccionista contraria a la normativa de la

    OMC. Los gobiernos de todas las naciones han recurrido a firmar acuerdos conlos pases exportadores, a travs de los que se comprometan los exportadores alimitar la cantidad exportada de un determinado producto. Estos pactos se hanconocido como las restricciones voluntarias a la exportacin, con efectos similaresa los contingentes cuantitativos. Lo mismo sucede con la proliferacin de medi-das tcnicas, sanitarias, de calidad, etc. que cada vez se exigen ms para permitirla importacin. Con su empleo se consigue reducir la cantidad importada de undeterminado bien, por lo que se suele estar de acuerdo en que adems de unamanera de garantizar la calidad de un producto, la aprobacin de normas sani-tarias y tcnicas de calidad de las mercancas sirve para proteger la actividadproductiva domstica.

    41

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    42/112

    2.4.6. Medidas de defensa comercial

    Las medidas de defensa comercial o medidas de retorsin tienen comofinalidad evitar los graves perjuicios para la industria comunitaria que supone lapenetracin en el mercado europeo de ciertos productos, generalmente bienescon muy reducidos precios de importacin. Ser trata de medidas temporales yque se aplican excepcionalmente, cuando disminuyen notablemente las ventasde las empresas residentes en la UE.

    Derechos Antidumping

    El dumping consiste en la introduccin de mercancas en un mercado deexportacin a precios inferiores a su valor normal, entendiendo como valornormal el precio equivalente al coste del producto o el precio de venta delmismo en el mercado de origen.

    La existencia de dumping produce un efecto negativo en la manufactura delpas importador, que no puede competir con los productos vendidos a preciosms bajos procedentes del extranjero.

    Margen de dumping: es la diferencia existente entre el clculo del valornormal del producto importado y el precio de exportacin de tales mercancas.El margen de dumping es la base imponible adicional que se aade al precio deexportacin y aumenta la cuota tributaria que se desembolsa por importar elproducto. El clculo del margen de dumping es complejo y difiere de unasimportaciones a otras.

    MD = valor normal - precio de exportacin. MD = DBI

    Los derechos compensatorios por la existencia de dumping suelen estable-cerse para las exportaciones de un pas (determinados productos originarios de

    un pas) o incluso se pueden imponer derechos compensatorios nicamente alas ventas de mercancas fabricadas por una empresa residente en un tercerpas.

    Para el establecimiento de un derecho antidumping es necesario que secompruebe el dao causado a la produccin comunitaria de mercancas idnti-cas o similares a las importadas. Se comprueba a travs del examen de la evolu-cin de las cifras de venta de las empresas residentes en la UE a partir de laimportacin sospechosa de dumping. Esta condicin es indispensable para quese acte en contra del dumping, pues la importacin a precios reducidos resultabeneficiosa para lo consumidores y empresas que empleen los bienes importa-dos como productos intermedios. Por supuesto, se esgrime la justificacin por

    42

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    43/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    44/112

    Las autoridades aduaneras permiten que se utilice como declaracin suma-

    ria cualquier documento comercial o administrativo que contenga la informa-cin necesaria para la identificacin de la mercanca.Podr igualmente no exigirse la declaracin sumaria cuando a las mercan-

    cas se les asigne un destino aduanero (como tramitar directamente el despachode importacin, reexportar la mercanca o someter las mercancas a algn rgi-men econmico aduanero). Cuando las mercancas sean transportadas porviajeros, slo ser necesaria una declaracin verbal.

    Depsito Temporal o Provisional en los lugares destinados por la Aduana

    Tras presentar las mercancas y habiendo realizado la declaracin sumaria,las Autoridades obligan a que los productos queden bajo vigilancia aduanera,pudiendo permanecer en los depsitos destinado a tal efecto hasta que seculmine el despacho de importacin de las mercancas o se les otorgue otrodestino aduanero.

    Las mercancas podrn permanecer en depsito temporal o provisional:

    45 das para mercancas llegadas por va martima. 15 das para mercancas llegadas por va diferente de la martima.

    Transcurridos tales plazos, la administracin podr hacerse cargo de losproductos tras obligar al propietario a asignarles un destino aduanero.

    Declaracin aduanera de despacho de importacin

    El destino aduanero ms habitual para las mercancas que se han introdu-cudo en el TAC es el despacho de importacin. Para cumplimentar el despachode importacin el importador debe hacer una declaracin por escrito en un

    impreso oficial. Este impreso o documento oficial donde se lleva a cabo la decla-racin es el Documento nico Aduanero, D.U.A.El DUA no solamente se utiliza para la declaracin de despacho de impor-

    tacin, sino que como su propio nombre indica es obligatoria su tramitacinpara la asignacin de cualquier otro destino aduanero (despacho de exporta-cin, trnsito de mercancas no comunitarias, inclusin en cualquier rgimenaduanero econmico).

    A efectos estadsticos, las declaraciones expresadas en el DUA se utilizanpara la recogida de datos en el mbito del comercio con terceros pases.

    La presentacin de la documentacin y de las mercancas para culminar eltrmite del despacho de importacin supone asimismo que las Autoridades Adua-

    44

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    45/112

    neras tienen el derecho de comprobar la veracidad de los datos expresados en los

    documentos y examinar las mercancas. Una vez comprobada la veracidad de losdatos y realizada la inspeccin de las mercancas, nace la obligacin del importa-dor de satisfacer el pago de la deuda aduanera (derechos de importacin, IVA) ytras desembolsar el importe de la deuda, se producir el levante de las mercancas,es decir, el importador podr libremente disponer de los productos importados.

    Documentos ms usuales que acompaan al DUA al realizar el despacho:

    a. Factura comercial.

    b. Declaracin del valor en aduana, DV1.c. Documento de transporte.d. Documento necesario para la aplicacin de un rgimen preferencial.

    (Modelo A, EUR1).e. Documento exigido segn las regulaciones comerciales a la importacin:

    Notificacin Previa a la Importacin (NOPI). Autorizacin Administrativa de Importacin (AAI). Certificados de Importacin.

    Regmenes de importacin

    El principio que inspira la reglamentacin comercial de la UE es el librecomercio, y por tanto la norma general es la libertad y la excepcin son las restric-ciones al comercio. Con esta filosofa se establecen dos tipos de regmenes:

    a. Libertad comercial.b. Importaciones sometidas a autorizacin administrativa.

    a. Libertad comercial

    Para la gran mayora de los productos no es necesario tramitar documentoadministrativo adicional a lo que hemos visto antes (DUA, factura, etc.) de noti-ficacin de la importacin. Esta es la libertad comercial que podramos denomi-nar como pura o absoluta. No obstante, dentro del rgimen de libertadcomercial existen determinados bienes para los cuales se exige la tramitacin deunaNotificacin Previa a la Importacin(NOPI). En todo caso, las autoridadesaduaneras no podrn nunca prohibir la importacin. Fundamentalmente sedemanda la presentacin de este documento como mtodo de vigilancia sobre

    45

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    46/112

    determinadas importaciones. Por ejemplo, se suele exigir la presentacin de

    NOPIS en caso de querer importar algunos productos textiles originarios deChina y Rusia. Lo ms comn es que solamente se exija la presentacin de laNOPI cuando se trata de productos sensibles, esto es, cuya introduccin en elTAC pueda suponer algn perjuicio para la industria comunitaria.

    En el caso particular de los productos agrcolas, la NOPI se sustituye porotro documento diferente, pero con una finalidad similar, denominado Certifi-cado de Importacin.

    b. Importaciones sometidas a autorizacin administrativa

    Existen determinados bienes originarios de algunos pases cuya importa-cin est sometida a la autorizacin previa de los servicios aduaneros del pasdonde se introduce la mercanca. En este caso se podr denegar la solicitud deimportacin por parte de la Secretara de Estado de Comercio o las Direccio-nes Territoriales, una vez que el importador hubiera solicitado el permiso atravs del intento de tramitacin de laAutorizacin Administrativa de Impor-tacin(AAI).

    Requieren siempre la AAI:

    a. Importaciones mediante operaciones de compensacin, esto es, cuandoel pago se realice con la entrega de otras mercancas por haberse pactadoun trueque.

    b. Operaciones de maquila de crudos (operaciones de importacin deproductos petrolferos sin adquirir la propiedad, para llevar a cabociertas transformaciones en el TAC, normalmente operaciones derefino del crudo).

    c. Mercancas sujetas a contingentes cuantitativos.d. Material de defensa, armas o tecnologa de doble uso.

    2.5.2. La exportacin

    El rgimen que regula las exportaciones es similar al correspondiente alas importaciones, es decir, se siguen manteniendo las figuras del despacho ala importacin, por tener que presentar en algunos casos documentos pararealizar las exportaciones (generalmente los mismos documentos, DUA deexportacin, factura, certificados de origen, NOPE, AAE), e incluso lasautoridades pueden reservarse la facultad de imponer el pago de un derechoa la exportacin. El pago de tasas est contemplado en la legislacin comu-

    46

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    47/112

    nitaria, en concreto en el Cdigo Aduanero Comunitario, para productos

    muy escasos en el TAC, pero se aplica excepcionalmente. Por el contrario, enla Poltica Agraria Comn han existido figuras como las restituciones a laexportacin que suponan un ingreso adicional desembolsado por las adua-nas al exportador en el momento de efectuar el despacho. En todo caso, y apesar de existir figuras limitativas a la exportacin de mercancas similares alas correspondientes a la importacin, las obligaciones son mucho menoresy prcticamente nunca hay que pagar tasas por vender en el exterior, msbien todo lo contrario, se pretende favorecer por parte de la UE la exporta-cin de productos. Las medidas limitativas (AAE o NOPE) afectan a unnmero de destinos y de productos muy inferior en comparacin con lasnormas de la importacin.

    2.6. Regmenes aduaneros econmicos

    Los regmenes aduaneros econmicos estn destinados a favorecer determi-nadas actividades econmicas dentro del Territorio Aduanero Comunitario.

    Generalmente eximen del pago de los derechos de importacin y otrosgravmenes pagaderos a la entrada de las mercancas en la UE, adems de rela-

    jar otras medidas comerciales restrictivas, fundamentalmente los contingentescuantitativos.

    Para poder disfrutar de los beneficios arancelarios que se conceden, elimportador en todos los casos deber garantizar los fines para los que es otor-gada la rebaja de derechos por pagar.

    2.6.1. Importacin Temporal

    La importacin temporal es la exoneracin total o parcial al pago de losderechos de importacin por tratarse de mercancas que sern reexportadas trasuna permanencia en el territorio Aduanero Comunitario, para los fines contem-plados en cada supuesto especfico, y sin que sufran transformaciones o modi-ficaciones durante el periodo de permanencia en la UE.

    Generalmente su entrada en la UE no ha sido motivada por un contrato decompraventa; no son importaciones comerciales.

    Existen varios supuestos que permiten que determinadas mercancas seacojan al rgimen de importacin temporal; antes de contemplar cada uno delos supuestos vamos a analizar las caractersticas comunes a todos ellos.

    47

    Poltica comercial comunitaria

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    48/112

    Caractersticas comunes a todos los supuestos

    La posibilidad de acoger mercancas al rgimen de importacin temporal hade ser solicitada al Estado Miembro donde se introducirn las mercancas.Consiguientemente, las Aduanas tienen la opcin de denegar el permiso. Sola-mente se suele negar si no es posible efectuar la identificacin de las mercancasal importarlas y posteriormente exportarlas.

    Tras disponer de la autorizacin, las mercancas se presentarn en aduana,donde se calcular el cmputo de los derechos de importacin, dependiendo dela naturaleza del producto y el origen de las mercancas. Sin embargo, se susti-tuye el pago de la deuda aduanera por la concesin de un aval bancario enbeneficio de la administracin, o tambin se puede efectuar un ingreso en met-lico que se devolver en el momento de la reexportacin.

    Aduanas concede un plazo de permanencia de las mercancas en el territorioaduanero Comunitario segn el objeto que tenga la importacin temporal. Elplazo en ningn caso podr exceder de 24 meses.

    Supuestos de importacin temporal:

    A. Exoneracin Totaldel pago de derechos

    I. Material profesional:que ser utilizado dentro del TAC por personasfsicas no residentes en el ejercicio de su profesin. No podrn venderseen la UE.

    II. Mercancas por presentar en ferias, congresos, etc.

    III. Material pedaggico o cientfico. Importado por instituciones pblicaso autorizadas por las administraciones pblicas con fines pedaggicos ocientficos. Plazo mximo: 6 meses.

    IV. Material mdico o sanitario. Mercancas prestadas gratuitamente ahospitales o centros sanitarios con fines teraputicos o de diagnstico.Plazo: 6 meses.

    V. Envases. Utilizados en el transporte de mercancas y no destinados a laventa. Plazo: 6 meses.

    VI. Otros.

    Instrumentos para fabricar bienes destinados a la exportacin, siem-pre que no se produzca la venta de tales bienes.

    Artculos con el fin de homologarlos.

    Muestras para efectuar gestiones de venta.

    48

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    49/112

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    50/112

    A. Sistema de Suspensin

    Modalidades dentro el sistema de suspensin:

    1. Compensacin por equivalencia

    La secuencia de acontecimientos es similar a la descrita en la figura 2, segnla cual se concede una suspensin del pago de los derechos de importacin enel momento de introducir los productos de importacin temporal acogidos alr.p.a. En el momento posterior de exportacin de los productos transformados,las autoridades aduaneras exigen que las mercancas importadas previamente sepuedan identificar en los productos compensadores que se van a exportar (losproductos compensadores son los bienes transformados que se despachan a laexportacin). Las mercancas debern ser equivalentes, es decir, pertenecientesa la misma subpartida arancelaria y con la misma calidad y caractersticas tcni-cas. De hecho, se pueden reexportar productos transformados en cuya elabora-cin se hayan utilizado las mercancas importadas u otras mercancasequivalentes comunitarias o no comunitarias.

    50

    Comercio exterior. Materia y ejercicios

    1. fase

    Autorizacinadministrativa

    de la suspensin

    Importacinde inputs sin pago

    de derechosTransformacin

    Exportacindel producto

    final

    2. fase 3. fase 4. fase

    1. fase

    Autorizacinadministrativa

    de la suspensin

    Exportacindel productotransformado

    Importacin consuspensin de los

    inputs equivalentes alos usados en la trans-

    formacin anterior

    Transformacin

    2. fase 3. fase 4. fase

    2. Exportacin anticipada

    En este caso se permite la exportacin previa de los productos compensado-res, los cuales podrn haber sido elaborados con mercancas equivalentes

    (comunitarias o no comunitarias) a las que posteriormente se van a importarcon la suspensin de derechos.

    Figura 3. Exportacin anticipada.

    Figura 2. Compensacin por equivalencia.

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    51/112

    3. Trfico triangular

    En este caso se precisa que haya sido autorizada una exportacin antici-pada. Tras la cuarta fase de la exportacin anticipada, la transformacin, oincluso sin haberse producido sta, los productos compensadores o inputsimportados podrn ser objeto de una exportacin temporal para operacionesde perfeccionamiento complementarias fuera de la UE, previa autorizacin ysegn las condiciones del rgimen de perfeccionamiento pasivo. Se sueleemplear este procedimiento cuando sea necesario efectuar operaciones que nose realicen en la UE o de realizarse tengan costes muy superiores en compara-cin con el exterior.

    51

    Poltica comercial comunitaria

    1. fase

    Autorizacinadministrativa

    Importacinde inputs con pago

    de derechosTransformacin

    Exportacin delproducto finalcon reembolso

    de derechos

    2. fase 3. fase 4. fase

    Figura 5. Sistema de Reintegro.

    5. fase

    Autorizacinadministrativa

    de la suspensin

    Exportacin desdela UE del producto

    compensador

    Transformacinen un tercer pasno perteneciente

    a la UE

    Reimportacinen la UE pagando

    por el valor aadido

    6. fase 7. fase 8. fase

    Figura 4. Trfico triangular.

    B. Sistema de Reintegro (draw back)

    El sistema de reintegro tambin permite que el producto exportado puedahaber sido elaborado con mercancas equivalentes a las importadas.

    Concesin del rgimen de perfeccionamiento activo

    Es necesario disponer de una autorizacin otorgada por las aduanas del pascomunitario donde vaya a introducirse la mercanca para disfrutar de los bene-ficios del rgimen.

  • 7/28/2019 Comercio Exterior. Materia y Ejercicios

    52/112

    Requisitos de concesin del r.p.a.

    a. Residencia en el T.A.C.b. Que sea posible la identificacin de las mercancas de importacin

    temporal en los productos compensadores.c. Cumplimiento de las condiciones econmicas:

    Debe tratarse de materias primas o productos semielaborados deproduccin escasa o nula en el T.A.C. para que no se perjudiquen losintereses de los productores residentes en la UE. No obstante, no seexigirn las condiciones econmicas:

    a. Cuando el valor de cada tipo de mercanca importada acogida alrgimen no supere un importe de 100.000 200.000 euros poroperador y ao, dependiendo del tipo de mercanca.

    b. Tampoco se exigirn las condiciones econmicas en las operacionesde maquila.

    c. Cuando la operacin de perfeccionamiento se produzca en determi-nado lugares: las aduanas, los depsitos francos o las zonas francas.

    Funcionamiento del rgimen

    Al conceder la autorizacin se fija el plazo a lo largo del cual se deberanreexportar los productos compensadores. El plazo suele ser de 6 meses.

    Los coeficientes de rendim