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Colegio María Auxiliadora- Valdivia “Desde 1937 educando a Buenas Cristianas y Honestas Ciudadanas” 2014 1 REGLAMENTO INTERNO MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR Introducción Nuestro Colegio tiene como finalidad fundamental la educación Humana y Cristiana de las alumnas. El carácter racional de las normas generales y las disposiciones disciplinarias de todo colegio salesiano, secunda las justas exigencias de la alumna, evita toda disposición no motivada, fomenta la capacidad de juicio y la formación de convicciones personales aptas para la orientación de la propia vida. Es necesario que todos los miembros de la Comunidad Educativa, conozcan y compartan las intenciones y el método educativo salesiano. Toda acción pastoral, escolar y extraescolar del Colegio María Auxiliadora de Valdivia, se desarrollará eficazmente, si existe un clima sereno garantizado por normas de convivencia claras y precisas; siendo este un requerimiento impulsado por el Ministerio de Educación y su programa de Escuela Segura. A nivel de gestión escolar institucional, se ha incorporado desde hace varios años a docentes directivos responsable de la organización, conducción y animación de la convivencia escolar denominado COORDINADOR(A) DE CONVIVENCIA ESCOLAR quien deberá velar permanentemente por la correcta ejecución de los acuerdos y decisiones de sana convivencia escolar y su información. Bajo su coordinación se encuentran los procedimientos y protocolos de : Control de asistencia e inasistencia de alumnas, Control de atrasos de alumnas, Salida de alumna durante jornada escolar, Plan de seguridad escolar, en caso de accidente escolar, de acción y prevención sobre a b u so , acoso y maltrato escolar, entre otros. En el colegio María Auxiliadora de Valdivia tal tarea, se comparte en dos áreas según niveles de enseñanza: básica y media. Las normas q u e a c o n t i n u a c i ó n s e expresan, tienen como objetivo principal crear y/o fortalecer en las estudiantes hábitos y actitudes para la vida.

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1

REGLAMENTO INTERNO

MANUAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR

Introducción

Nuestro Colegio tiene como finalidad fundamental la educación Humana y

Cristiana de las alumnas. El carácter racional de las normas generales y las

disposiciones disciplinarias de todo colegio salesiano, secunda las justas exigencias

de la alumna, evita toda disposición no motivada, fomenta la capacidad de juicio y la

formación de convicciones personales aptas para la orientación de la propia vida.

Es necesario que todos los miembros de la Comunidad Educativa,

conozcan y compartan las intenciones y el método educativo salesiano. Toda acción

pastoral, escolar y extraescolar del Colegio María Auxiliadora de Valdivia, se

desarrollará eficazmente, si existe un clima sereno garantizado por normas de

convivencia claras y precisas; siendo este un requerimiento impulsado por el

Ministerio de Educación y su programa de Escuela Segura. A nivel de gestión escolar

institucional, se ha incorporado desde hace varios años a docentes directivos

responsable de la organización, conducción y animación de la convivencia escolar

denominado COORDINADOR(A) DE CONVIVENCIA ESCOLAR quien deberá velar

permanentemente por la correcta ejecución de los acuerdos y decisiones de sana

convivencia escolar y su información.

Bajo su coordinación se encuentran los procedimientos y protocolos de : Control

de asistencia e inasistencia de alumnas, Control de atrasos de alumnas, Salida de alumna

durante jornada escolar, Plan de seguridad escolar, en caso de accidente escolar, de

acción y prevención sobre a b u s o , acoso y maltrato escolar, entre otros.

En el colegio María Auxiliadora de Valdivia tal tarea, se comparte en dos áreas

según niveles de enseñanza: básica y media.

Las normas q u e a c o n t i n u a c i ó n s e expresan, tienen como objetivo

principal crear y/o fortalecer en las estudiantes hábitos y actitudes para la vida.

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TITULO PRIMERO

DE LAS ALUMNAS

PÁRRAFO I

DEL INGRESO DE LAS ALUMNAS

ARTICULO 1º: El ingreso de una alumna al Establecimiento está mediado por los

requisitos legales establecidos en el artículo 12 y 13 de la Ley General de

Educación. A partir del presente año el establecimiento cuenta con Jornada

Escolar Completa Diurna (JECD) y un convenio de Subvención Escolar Preferencial

(SEP).

PÁRRAFO II

DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

ARTICULO 2 º: En nuestra comunidad educativa, se exige una correcta presentación

personal, a través de ella se denota disciplina interna, que contribuye a la dignidad de la

persona y ayuda a mejorar el clima de trabajo y respeto.

La Alumna debe presentarse diariamente con el uniforme completo, consistiendo

éste en:

* Falda escocesa, sweater verde con insignia bordada, polera b l a n c a y p arka

azul marino; todas estas prendas según modelo institucional. * Calcetas largas o ballerinas azul marino.

* Zapatos negros de uniforme (sin tacones, ni terraplenes altos, ni zapatillas, ni botines).

* Tomadores del cabello en los tonos del uniforme.

* Delantal cuadrillé azul tradicional será obligatorio de 1° a 6º básico, el cual debe presentar nombre y apellido bordado en la parte frontal. En los demás

cursos no se usará delantal.

“Al interior del Colegio no se pueden usar prendas que no sean las antes mencionadas”.

ARTICULO 3º: La presentación personal para cualquier acto solemne y/o ceremonias de

representación institucional debe incluir: blusa blanca, pantys azul marino, falda,

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corbata y blazer azul marino (con solapa).

ARTICULO 4º: Para clases de Educación Física se exige: buzo y/o calza corta, polera gris

institucional, zapatillas deportivas (no de lona) y camiseta blanca (de cuello redondo)

para recambio.

Las alumnas de:

- 1º a 6º básico vienen con buzo desde la casa los días que les corresponde Educación Física. (Se quedan con buzo toda la jornada y polera blanca)

- 7° básico a 4° Medio, deben venir con uniforme y cambiarse el buzo para realizar la clase. (No vienen con buzo desde la casa, aunque la clase sea a las primeras horas).

ARTICULO 5º: Todas las prendas de vestir deberán estar debidamente marcadas con

el nombre y el curso de la alumna.

No será responsabilidad del Colegio la pérdida de cualquier implemento de uso personal de las alumnas. ARTICULO 6º: La correcta presentación personal incluye: peinado sencillo, excluyendo

las tendencias de moda, sin tinturas, ausencia de maquillaje facial, de esmalte

de uñas, piercings y / o cualquier tipo de joyas y /o adornos; bufandas y/o

pañuelos de colores, chaquetas, parkas o abrigos que no sean azules.

PÁRRAFO III

DE LA PUNTUALIDAD, ASISTENCIA, ATRASOS, PERMISOS, Y CONDUCTAS

ARTICULO 7º: El comienzo de la jornada diaria es a las 07.55 horas.

ARTICULO 8°: La puntualidad es un requisito esencial para la asistencia a clases y

actividades programadas. Por lo tanto ésta será una exigencia en:

- hora de llegada al establecimiento,

- ingreso a la sala de clases,

- después de cada recreo y/o almuerzo,

- en los cambios de hora y

- a toda actividad programada por el Colegio, tanto del Plan de Estudios como a

celebraciones, actos cívico patrióticos, actividades pastorales, deportivas, culturales

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u otras a las que se haya comprometido.

ARTICULO 9º: Es obligación de la alumna portar diariamente la Agenda Escolar

con sus datos completos en ella, ya que constituye el único medio fo rmal y

exp l í c i to de comunicación entre el colegio y el apoderado.

ARTICULO 10º: Toda a lumna que se incorporé posterior a la hora de inicio de jornada escolar, se consignará como atraso.

ARTICULO 11º: Toda Alumna que haya faltado a clases de 1º Básico a 4º Medio,

sin una licencia médica, deberá ser justificada personalmente por el Apoderado

el día que se reintegre al colegio, desde las 0 7.30 a las 10.00 horas. con su

respectiva Coordinador(a) de Convivencia Escolar.

No se aceptan justificaciones por escrito ni telefónicas.

El Certificado Médico exime de este procedimiento.

ARTICULO 12°: En caso de otorgamiento de Certificado Médico, éste debe ser

presentado en un plazo máximo de 48 horas a contar del primer día de ausencia de la

alumna a Coordinador(a) de Convivencia Escolar. Ante la aplicación de suspensión de

clases como medida disciplinaria, no se considera válida la presentación de licencias

médicas en igual período de tiempo.

ARTICULO 13º: La alumna, que ha sido suspendida, quedará ausente a clases, lo que

tiene incidencia negativa en el porcentaje de asistencia exigido para promoción.

ARTICULO 14º: La alumna, estando dentro del Colegio, no podrá ausentarse de sus

horas de clases, si por algún motivo esto sucediera, debe tener la autorización de

Coordinador(a) de Convivencia Escolar o del Profesor de asignatura

correspondiente.

En caso de no contar con autorización, C o o r d i n a c i ó n d e C o n v i v e n c i a

E s c o l a r comunicará a Dirección y citará al Apoderado para informarle la

situación, procediendo según Artículo 30º y siguientes.

ARTICULO 15º: Si la(s) alumna(s) hace(n) abandono del Colegio sin autorización, se

comunicará a Dirección y Coordinación de Convivencia Escolar citará a su(s) apoderado(s)

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y se les sancionará con las medidas que determina el Artículo 30º y siguientes.

ARTÍCULO 16º: Si la alumna presenta problemas de salud u otros, durante la jornada

de clases, deberá informar a Coordinador(a) de Convivencia Escolar, quien

realizará las gestiones correspondientes. La alumna no está autorizada para llamar a sus

padres en estos casos.

ARTÍCULO 17º: Si durante la jornada escolar una alumna debe asistir a controles

médicos o atención dental, el apoderado deberá acreditarlo, solicitar autorización a

Coordinador(a) de Convivencia Escolar con anticipación, retirar e ingresar a su

pupila p e r s o n a l m e n t e , debiendo firmar el Libro de Registro de Salidas de las

estudiantes. (según Normas y disposiciones del Ministerio de Educación y Contraloría General de la República). Dicha autorización estará sujeta al calendario de pruebas o evaluaciones programadas con

anterioridad.

ARTICULO 18º: Se prohíbe el uso de celulares, audífonos, mp3, mp4 o cualquier otro

artículo electrónico en horas de clases, momentos de oración, actos, Buenos Días u

otras actividades lectivas; incluso el tenerlos a la vista o sobre la mesa, ya que

constituyen un elemento distractor para sus actividades lectivas.

Si alguno de estos artículos es retenido en clases por el(la) profesor(a), es

Coordinador(a) de Convivencia Escolar q u i e n lo entregará al apoderado, a contar

del día siguiente de la situación.

En relación a lo mismo, es muy importante que las estudiantes no porten sumas de

dinero altas u objetos de valor por sobre lo común.

En caso de pérdida el Colegio, no se responsabiliza por estos objetos.

ARTÍCULO 19º: No se aceptan manifestaciones explícitas de afecto íntimo entre

alumnas, ya que no están de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional del

Colegio.

ARTICULO 2 0°: A partir del año 2009 carecen de autorización las actividades no

lectivas como “listas negras”, alojamientos en el colegio y en general todo

tipo de bromas que constituya ofensa a una compañera y/o que configure

maltrato escolar.

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ARTICULO 21°: MALTRATO O VIOLENCIA ESCOLAR

Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea

física o sicológica, realizada en forma escrita, verbal o a través de medios

tecnológicos o cibernéticos, en contra de cualquier integrante de la comunidad

educativa, con independencia del lugar donde se cometa, siempre que pueda:

· Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su

integridad física o síquica, su vida privada, su propiedad o en otros derechos

fundamentales;

· Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo;

· Dificultar o impedir de cualquier manera el desarrollo o desempeño

académico, afectivo, moral, intelectual, espiritual o físico.

Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:

· Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u

ofender reiteradamente a cualquier integrante de la comunidad educativa.

· Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de una

alumna o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

· Agresión verbal o sicológica por cualquier medio entre pares.

· Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse

de una alumna u otro integrante de la comunidad educativa ( por

ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de características físicas,

etc.)

· Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición

social, situación económica, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,

religión, pensamiento político o filosófico, orientación sexual, discapacidad,

defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

· Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a una alumna o cualquier otro

integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs, fotologs ,

mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que almacenan

videos o fotografías, sitios web, teléfonos o cualquier otro medio

tecnológico, virtual o electrónico.

El acoso escolar en cualquiera de sus formas es repudiable e inaceptable: las

alumnas que lo realicen, serán sancionadas como causantes de una falta muy grave,

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incluyendo el retiro formal del colegio.

PÁRRAFO IV

DEL ASEO, CUIDADO, MANTENCION Y PÉRDIDA DE MATERIALES

ARTICULO 22º: Un colegio limpio y ordenado es responsabilidad de los

integrantes de la comunidad educativa, en el caso de cada alumna debe hacerse

responsable del mantenimiento del aseo y orden de la sala de clases.

De 5º básico a 4º Medio, la alumna deberá cumplir su turno de semanera.

ARTICULO 23º: Si una alumna causa algún daño material en las dependencias del

establecimiento debe responsabilizarse de él y su apoderado quedará obligado a su

reparación o reposición, según lo estipulado en el artículo 30°.

ARTICULO 24º: El curso será responsable por la pérdida o daño de útiles de uso

común que se produzcan dentro de la sala. Se sancionará de acuerdo a lo

señalado en los artículos 30° y siguientes, de este reglamento.

TÍTULO SEGUNDO

DE LAS FALTAS Y SANCIONES.

El proceso de aplicación de sanciones por fa l tas comet idas t ip i f i cadas en

es te manual , debe tomar como base el acompañamiento de la alumna, de

acuerdo a principios formativos como el respeto, diálogo y responsabilidad.

En la práctica esto se traduce a:

- Una conversación inicial que debe llevar a un compromiso verbal

frente a la problemática surgida con el miembro de la comunidad educativa

que corresponda.

- Una nueva conversación agregando a ella una amonestación escrita.

- Una tercera instancia, contempla la aplicación de sanciones.

En caso de conductas graves o muy graves se aplicará la sanción en forma inmediata.

ARTÍCULO 25º : Las faltas se clasificarán en Leves, Graves y Muy Graves, y cada una

de ellas tendrá una sanción que corresponderá a la indicada por el presente

reglamento.

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ARTÍCULO 26°: Las faltas serán sancionadas con: amonestaciones verbales,

escritas, citaciones a tareas, reposición del daño causado, suspensión de clases y,

como última instancia término del Contrato de Servicio Educacional, al finalizar el año

escolar vigente.

ARTÍCULO 27º: Las sanciones serán registradas en la Hoja de Vida de la alumna

por los profesores o por la Coordinadora de Convivencia Escolar, quien debe

comunicar al apoderado dicha falta. La alumna tendrá el derecho a apelar ante la

aplicación de dicha sanción, mediante una conversación directa con el docente o

miembro de la comunidad educativa afectado(a) o involucrado(a).

El siguiente es un listado de faltas y su correspondiente sanción que a continuación

se entrega para el análisis de profesores, alumnas y apoderados.

ARTÍCULO 28º: Serán consideradas FALTAS LEVES:

1. Interrumpir las actividades lectivas (clases, Buenos Días, Eucaristías, Actos, entre

otras actividades).

2. Comer durante la clase.

3. Tres atrasos en la hora de llegada a clases u otra actividad oficial del establecimiento.

4. Concurrir al establecimiento sin tareas, útiles, equipo de educación

física, o sin justificativo en el caso que amerite.

5. Acudir al colegio sin Agenda Escolar y/o sin comunicación firmada.

6. Presentación personal inadecuada.

7. Expresarse con garabatos o gestos ofensivos entre iguales utilizando cualquier vía de comunicación.

8. El no cumplimiento del Artículo 19º de este Manual de Convivencia. (uso de

celulares o artículos electrónicos en clases o momentos formativos, o tenencia

de ellos sobre su mesa de trabajo).

ARTÍCULO 29º: SANCIÓN.

Dentro de las sanciones establecidas para las faltas señaladas en el artículo anterior, el

(la) profesor(a) o Coordinador(a) de Convivencia Escolar deberá registrar la falta

respectiva en Hoja de Vida de la alumna, a la vez que podrá citar a su apoderado

y/o citar a la alumna en la jornada de la tarde, con el fin de realizar tareas escolares

designadas por el docente o Coordinador(a) de Convivencia Escolar.

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ARTÍCULO 30º: Todas aquellas faltas leves que se hagan reiterativas (de tres a más

ocasiones) pasarán a considerarse graves.

Se considerarán además FALTAS GRAVES:

1. Daños al colegio y sus materiales.

2. Peleas o actos agresivos para con sus compañeras.

3. Venta o comercialización de cualquier tipo de productos dentro del

establecimiento.

4. Dirigirse en forma incorrecta o displicente al profesor (a) o cualquier

persona que trabaje en el colegio.

5. Interferir manifiestamente el desarrollo de la actividad docente:

individual y/o colectivamente (impedir el ingreso del profesor a la sala).

6. Hacer abandono temporal i n te rno o ex te rno del colegio o no asistir a una hora de clases.

7. Seis atrasos en la hora de llegada a clases u otra actividad oficial del

establecimiento.

ARTÍCULO 31º: SANCIÓN

La alumna que cometa algunas de las faltas graves especificadas

anteriormente, será suspendida de 1 a 3 días, de las actividades escolares, previo

aviso al apoderado.

En 1° básico no habrá suspensión. La alumna realizará actividades dirigidas en

otro espacio educativo pudiendo ajustarse a su jornada diaria.

ARTÍCULO 32º: En referencia a los artículos 23° y 24º, el apoderado y/o el curso

deberá pagar el costo del daño ocasionado, según corresponda.

ARTÍCULO 33º: Repetición de las faltas graves por tercera vez o incumplimiento de

sanciones, serán considerada faltas muy graves.

Se considerarán además FALTAS MUY GRAVES:

1. Exponerse al peligro o exponer a un tercero (ejemplo: Sacar la silla de la

compañera y/o colocar objetos punzantes en ella, hacer zancadillas, colgarse de las barandas, lanzar proyectiles contundentes y/o punzantes)

2. Traer bebidas alcohólicas, drogas, revistas o elementos de carácter pornográfico. 3. Ser sorprendida copiando explícitamente.

4. No entregar la prueba al profesor en el tiempo señalado, reteniéndola.

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5. Transgredir las medidas propuestas a nivel: pedagógico, administrativo o

disciplinario.

6. Tener actitudes desafiantes y/o amenazantes

7. Engañar a través de :

copia implícita,

con “torpedos” ó

conversación con sus compañeras durante la aplicación de una prueba, en trabajos ó informes personales o grupales.

8. Decir groserías tanto verbales como escritas, gestuales, etc., referidas al personal del colegio, compañeras, padres y/o apoderados y visitas en general.

9. Cometer robo o hurto al interior del establecimiento. 10. Adulteración o sustracción del Libro de clases o de otro documento de

propiedad del colegio.

11. Falsificación de la firma del apoderado o de los padres, o de cualquier otra persona.

12. Fumar dentro, o en los alrededores del colegio con uniforme. 13. Consumir algún tipo de drogas lícitas o ilícitas dentro o en los alrededores del

colegio.

14. Manifestaciones explícitas de afecto íntimo entre alumnas, dentro o en los alrededores del colegio con uniforme.

15. Tener actitudes o comportamientos, manifiestamente contrarios al Proyecto

Educativo del Colegio.

16. Doce atrasos en la hora de llegada a clases u otra actividad

oficial del establecimiento.

17. Participar directa o indirectamente en la toma del colegio o alguna dependencia

del mismo.

ARTÍCULO 34º: SANCIONES

En el caso de cualquiera de las faltas señaladas en los números del artículo anterior,

se suspenderá a la alumna de 3 a 6 días, previa información y toma de conocimiento

del apoderado de la situación siendo indicado por parte de Coordinación de Convivencia

Escolar.

En 1° básico no habrá suspensión. La alumna realizará actividades dirigidas en

otro espacio educativo pudiendo ajustarse a su jornada diaria.

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ARTÍCULO 35º: Serán consideradas como causales de cancelación de matrícula, o

término anticipado del contrato de prestación de servicios educacionales:

1. Conductas que manifiestamente importen problemas morales,

entendiéndose por tal, cualquier trascendencia pública del hecho, aunque

no haya ocurrido en las dependencias del mismo colegio.

2. Desmotivación habitual y descontento frecuente, sobre el proceso de educación de la Fe consignado fehacientemente.

3. Hostilidad y falta de interés de los padres por la educación que el colegio

imparte, demostrado por la ausencia reiterada del padre o apoderado a las

reuniones citadas por el profesor u otra instancia del colegio.

4. No serán motivo de cancelación de matrícula, suspensión o expulsión de la

alumna las causales que se deriven, exclusivamente, de la situación

socioeconómica o del rendimiento académico de ésta, durante la vigencia del

respectivo año escolar.

TÍTULO TERCERO

DE LOS COMPROMISOS Y CONDICIONALIDADES.

En las situaciones que a continuación se describen, anima la intención de

superación de la alumna en su proceso de formación integral, específicamente en

los ámbitos de conducta y rendimiento escolar.

ARTÍCULO 36º:

A) POR RENDIMIENTO: Por lo tanto, se establecen tres criterios de definición semestral

para las alumnas producto del consejo de evaluación semestral de los docentes.

Compromiso: Quedará con compromiso en rendimiento la alumna que:

· Por primera vez obtenga un subsector de aprendizaje deficiente.

· Promedio general bajo 5.0, sin subsectores deficientes.

Condicionalidad: Quedará condicional por rendimiento aquella alumna que:

. No superó su compromiso.

. Repita de curso.

. Obtenga dos subsectores deficientes.

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Condicionalidad Extrema: Quedará con condicionalidad extrema aquella alumna

que:

. Obtenga la Condicionalidad por segunda vez.

. Repita de curso por segunda vez.

B) POR DISCIPLINA:

Compromiso: Quedará con compromiso aquella alumna que registre cinco faltas

leves durante el semestre.

Condicionalidad: Quedará condicional por conducta aquella alumna que no haya

superado su compromiso y/o que registre una falta grave durante el semestre.

Condicionalidad Extrema. : Quedará con condicionalidad extrema aquella

alumna que no superó su situación de condicionalidad y/o que registre una

falta muy grave durante el semestre.

TÍTULO CUARTO

DE LOS DERECHOS DE LAS ALUMNAS.

ARTÍCULO 37º: La Alumna tiene derecho a:

a) Orientación Educativa que la conduzca al desarrollo personal, a la solución de

sus problemas educativos, de convivencia y a Orientación Profesional, en el

caso de las alumnas de Terceros y Cuartos Medios.

b) Plantear sus problemas e inquietudes a quien corresponda: Profesor de

Asignatura, Profesor (a) Jefe, Coordinador(as) de Convivencia Escolar,

Orientadora, Coordinadora de U.T.P., Director. Siguiendo el conducto regular que

corresponda.

c) Sugerir ideas relativas a actividades que considere convenientes para

su mejor formación, canalizando estas iniciativas en los estamentos

pertinentes.

d) Informarse de las fechas y contenidos exactos de cada evaluación fijada por el

profesor.

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e) Conocer los Planes y Programas que corresponden a su formación académica.

f) Conocer la pauta de evaluación asignada previamente a cualquier trabajo,

prueba, disertación, evento, etc.

g) Conocer los resultados de sus evaluaciones.

h) Ser informada oportunamente de sus calificaciones en un plazo máximo de

15 días hábiles, después de aplicada la evaluación, y solicitar al

Profesor (a), en forma respetuosa explicación del resultado obtenido, cuando

lo estime necesario.

i) Hacer uso del CRA (Centro de Recursos Audiovisuales) y Sala de Computación del Colegio, de acuerdo al reglamento establecido y previa

autorización.

j) Utilizar adecuadamente el edificio y demás instalaciones del colegio, así

como los mobiliarios y materiales didácticos, dando a ellos el uso para el cual

están destinados.

DEL CENTRO DE ALUMNAS

ARTICULO 38º: El Centro de Alumnas, es la organización formada por las

estudiantes del Colegio. Su finalidad es servir a sus miembros en función de los

propósitos del Establecimiento y dentro de las normas de organización escolar, como

medio de desarrollar en ellas el pensamiento reflexivo, el juicio crítico y la voluntad

de acción; de prepararlas para la vida democrática y formarlas para participar en los

cambios culturales y sociales.

ARTICULO 39º: Las siguientes serán las funciones del Centro de Alumnas:

a) Promover la creación e incremento de oportunidades para que las Alumnas

manifiesten democráticamente y organizadamente sus intereses, inquietudes y

aspiraciones.

b) Promover en el alumnado la mayor dedicación en su trabajo escolar,

procurando que se desarrolle y fortalezca un adecuado ambiente educativo y

una estrecha relación humana entre sus integrantes basada en el respeto

mutuo.

c) Orientar sus organismos y actividades hacia la consecución de las

finalidades establecidas anteriormente.

d) Representar los problemas, necesidades y aspiraciones de sus miembros

ante las autoridades u organismos que correspondan.

e) Procurar el bienestar de sus miembros, tendiendo a establecer las condiciones

deseables para su pleno desarrollo.

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f) Promover el ejercicio de los Derechos Humanos universales a través

de sus organizaciones, programas de trabajo y relaciones interpersonales.

g) Designar representantes ante las organizaciones estudiantiles con las cuales el Centro de Alumnas se relacione, de acuerdo con su Reglamento.

TITULO QUINTO

DE LOS PADRES Y APODERADOS

Toda alumna debe tener un apoderado que la represente, pudiendo desempeñar

tal cargo su padre, madre, ambos indistintamente, o un tercero que haya sido

designado legalmente para desempeñar tal cargo, siempre que sea mayor de 21 años

de edad.

La persona que desempeñe tal cargo será la responsable de la alumna ante el

colegio, el cual aparece rubricando el respectivo contrato de prestación de servicios

educacionales.

Los Padres y Apoderados de este Colegio de Iglesia deben asumir responsablemente su

rol en la formación cristiana e integral de sus hijas mediante un coherente

testimonio de vida, ya que ellos son los primeros formadores de sus hijas.

ARTÍCULO 40º: Los padres de familia cuya hija ingresa al colegio se comprometen a:

o Asimilar, madurar y desarrollar el espíritu que anima al Colegio en cuanto a su

formación cristiana, colaborando a la permanencia de un espíritu de familia,

caracterizado por el respeto, la solidaridad y la buena convivencia de sus

miembros.

o Conocer el Reglamento Interno y Normas de Convivencia de las Alumnas

y hacerlo cumplir, especialmente en lo que se refiere a la asistencia a clases

y a otras actividades académicas y formativas que el Colegio realice.

o Asistir y participar en la reunión mensual de padres y apoderados de curso y

dos veces al año, a encuentros Formativos Pastorales.

o Concurrir a entrevistas personales o citaciones por parte de cualquier

integrante de la comunidad educativa.

o Justificar personalmente a su pupila cualquier inasistencia a clases o

actividades programadas por el Colegio, en el horario de: 07.30 a 10.00

horas. Cuando la alumna, tiene Certificado Médico debe presentarlo a

Coordinador(a) de Convivencia Escolar antes de su ingreso a clases y su

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Apoderado queda exento de asistir a justificar al Colegio.

o Revisar constantemente la Agenda Escolar, firmar todas las comunicaciones que

su pupila lleva, y mantenerla bien presentada.

o Preocuparse de la adecuada presentación de la alumna haciendo cumplir

lo que el Reglamento señala en cuanto a uniforme escolar.

ARTÍCULO 41º: Los padres son los encargados de colaborar en la formación de su

pupila mediante acciones que permitan:

a) Ofrecer un ambiente familiar que promueva la aceptación y correcto

desarrollo de las obligaciones escolares de la(s) alumna(s).

b) Motivar a las niñas en cuanto a su aseo personal, limpieza y debida

presentación personal.

c) Promover relaciones interpersonales asertivas actuando con tranquilidad,

tolerancia, cordialidad y respeto con los integrantes de su núcleo familiar y

comunidad educativa en general.

d) Destacar el profundo respeto que merece la propiedad ajena en

cualquiera de sus formas.

e) Informarse oportunamente sobre situaciones acaecidas a su pupila, evitando

realizar juicios precipitados.

ARTÍCULO 42º: La Dirección del colegio podrá pedir el cambio de apoderado cuando

dicha persona ha estado inasistente a tres o más citaciones del Colegio (reuniones

mensuales de curso, talleres o jornadas del ámbito pastoral y/ orientación, citaciones del

profesor jefe u otra cualquiera) puede perder su calidad de tal, debiendo ser sustituido

por una persona responsable. El Profesor Jefe deberá informar por escrito la situación a

Dirección.

DE LAS DISPOSICIONES F INALES

ARTÍCULO 43º: El Colegio María Auxiliadora de Valdivia no autoriza la realización de

giras, viajes o paseos de curso fuera de la ciudad durante el año lectivo. En caso de

sobrepasar esta disposición, los partícipes lo hacen bajo su entera responsabilidad.

ARTÍCULO 44º: Si corresponde se realizará denuncia legal de acuerdo a la gravedad

de los hechos y a la repartición pública que concierna, adjuntando los antecedentes

correspondientes.

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ARTICULO 45°: El presente Manual de Convivencia Escolar anula cualquier

Reglamento anterior y comenzará a regir a contar del año escolar 2014.

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REGLAMENTO EVALUACIÓN 2014

I.- DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1º Las disposiciones del siguiente reglamento se aplicarán en el Colegio

María Auxiliadora de Valdivia y se encuentran basados en:

Decreto de Evaluación: Nº 511/97 (Enseñanza Básica)

Decreto de Evaluación: Nº 112/99 (Primero y Segundo Enseñanza Media)

Decreto de Evaluación: Nº 83/01 (Tercero y Cuarto Enseñanza Media)

Artículo 2º Las disposiciones de este Reglamento serán dadas a conocer al inicio

del año lectivo a toda la comunidad educativa.

Artículo 3º El régimen de evaluación que se aplicará en el Establecimiento será

semestral.

Artículo 4º En la evaluación y promoción de las estudiantes se considerará

todos los subsectores, asignaturas y/o actividades del Plan de Estudio. A contar del

año 2009, desde 6° básico a 4° medio, se incluye dentro del plan de estudio la

asignatura de Cultura Religiosa.

II.- DE LA EVALUACIÓN:

Artículo 5º La evaluación será entendida como un procedimiento que

entregará información que permita tomar decisiones pertinentes, corregir

desviaciones de los objetivos y cambiar prácticas pedagógicas cuando sea oportuno.

Estará inserta en el proceso y no será sólo terminal.

Artículo 6º Durante el proceso de aprendizaje, los profesores deberán

realizar actividades de reforzamiento y ejercitación permanente con el fin de atender

las dificultades que presenten las alumnas.

Artículo 7º La evaluación será una práctica habitual y sistemática, esto es, que

en cada momento el profesor recogerá información de cada estudiante, de manera

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que pueda tener claro el avance, los remediales necesarios y los logros obtenidos.

Artículo 8º La alumna está obligada a asistir a la totalidad de las clases

establecidas en horario normal y en horario extraordinario cuando se requiera. Las

inasistencias superiores al 15% fundadas en razones de salud y otras debidamente

justificadas, deberán ser respaldadas con documentación presentada a Coordinadora

de Convivencia Escolar.

Artículo 9º Durante el proceso, se emplearán diversas formas de evaluación: diagnóstica, formativa, acumulativa, diferenciada, sumativa, etc.

De los Momentos y Funciones de la Evaluación

Artículo 10º Evaluación al iniciar la acción educativa o Evaluación diagnóstica:

Se utilizará para determinar las capacidades - destrezas y conocimientos

específicos que poseen las estudiantes al iniciar el proceso de aprendizaje, con

el fin de planificar las actividades pedagógicas.

Artículo 11º Evaluación durante el aprendizaje:

Permitirá al profesor recibir información sobre el avance de las estudiantes para así

adecuar su acción pedagógica. También las alumnas conocerán y mejorarán

su propio quehacer educativo.

Mediante este procedimiento se obtendrán las calificaciones parciales y también la

información requerida para el logro y evaluación de los Objetivos

Fundamentales Transversales. (Valores – Actitudes)

Artículo 12º Evaluación diferenciada:

Se utilizará en el caso que existieran alumnas con dificultades temporales

o permanentes para cursar en forma regular una asignatura o actividad de

aprendizaje, presente en el plan de estudios.

Las alumnas que presenten Necesidades Educativas Especiales podrán solicitar la

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aplicación de estrategias diferenciadas a través de carta dirigida a la Unidad

Técnico Pedagógica, dentro de un plazo, no mayor a 15 días de iniciado el año

escolar, acreditando el problema específico que la afecta, acompañado de certificado

original y con fecha actualizada del profesional competente. Las solicitudes serán

evaluadas por el Equipo de UTP e informadas al Departamento de Orientación, quien

comunicará a los profesores jefes y de asignatura las medidas que se asumirán

institucionalmente, referidas a procedimientos tales como:

• Priorizar ciertos objetivos y/o contenidos

• Proponer actividades pedagógicas alternativas.

• Tener en cuenta el grado de avance que las estudiantes presentan.

• Evaluar con una exigencia del 50%

III.- DE LAS CALIFICACIONES.

Artículo 13º Las alumnas serán calificadas en todos los subsectores utilizando

escala numérica de 1,0 a 7,0 expresada con 1 decimal.

Artículo 14º La calificación mínima de aprobación es 4,0, con una exigencia del

60%. Cualquier situación que requiera un cambio en el grado de exigencia deberá

ser revisada por UTP.

Artículo 15º Cada subsector y/o asignatura será evaluada de acuerdo

a los siguientes aspectos:

a) Prueba de diagnóstico

· Se aplicará al inicio de cada unidad o cuando se requiera.

· Sus resultados serán expresados en conceptos y no incidirán en el promedio

de la asignatura.

b) Eventos Especiales de Evaluación o Pruebas Parciales:

1. Todos los eventos especiales de evaluación deben ser anunciados y planificados

al inicio de cada semestre, y registrados en el calendario semestral del establecimiento, entregado a la Unidad Técnico Pedagógica, quien

velará por el cumplimiento de éste.

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2. Los eventos Especiales estarán orientados a medir tanto

conocimientos como habilidades.

3. Los eventos especiales de evaluación corresponderán a pruebas escritas que

incluyan distintos ítems. Para el caso de las asignaturas de Inglés, Religión, Cultura

Religiosa y Planes Diferenciados se podrá considerar como evaluación parcial la

realización de Disertaciones.

4. Los resultados de los eventos especiales de evaluación, deberán ser entregados

antes de 7 días hábiles desde su aplicación, lo cual será requisito para la aplicación

del siguiente evento. Lo anterior no rige para el caso de eventos que midan el logro

de comprensión lectora, los cuales contarán con 15 días hábiles para este fin.

5. Cada subsector y/o asignatura considerará un mínimo de calificaciones de

acuerdo al número de horas dispuesto en la carga horaria:

• Subsectores con 2 horas semanales: 4 notas

• Subsectores con 3 horas semanales: 5 notas

• Subsectores con 4 horas semanales o más: 6 notas

c) Actividades Propias de cada Asignatura (Acumulativas).

1. Son actividades inherentes al subsector de aprendizaje.

2. Las actividades propias de la asignatura se desarrollarán durante la clase.

3. Pueden ser desarrolladas en forma INDIVIDUAL o GRUPAL.

4. El objetivo es motivar, orientar y reforzar a los estudiantes a desarrollar

las capacidades, destrezas y contenidos para el subsector de aprendizaje.

5. Las Actividades Propias de la Asignatura corresponderán a:

a. Eventos de menor complejidad como pruebas de entrada o quiz.

b. Trabajos prácticos

c. Desarrollo de guías.

d. Disertaciones

e. Investigaciones

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f. Interrogaciones

g. Ensayos

6. Serán evaluadas con escala numérica de 1,0 a 7,0 y su promedio

corresponderá al 90% de la última nota parcial.

7. El mínimo de evaluaciones acumulativas será de 5 en el primer ciclo básico, 4

en el segundo ciclo básico y de 3 en enseñanza media.

d) Autoevaluaciones

1. El objetivo de las Autoevaluaciones es favorecer la participación responsable

de las estudiantes en su aprendizaje y formación valórica.

2. Se aplica durante el proceso de enseñanza y aprendizaje, antes de

finalizar el semestre, según pauta diseñada para este propósito por Unidad

Técnico Pedagógica.

3. Su calificación corresponderá al 10% de la nota acumulativa.

Artículo 16º Se podrán realizar como máximo 2 evaluaciones (pruebas parciales)

en un día.

IV.- CÁLCULO DE NOTAS SEMESTRALES Y ANUAL.

Artículo 17º El promedio semestral de evaluaciones sumativas y acumulativas se

calculará sin aproximación, al igual que la autoevaluación, en cada uno de las

asignaturas.

Artículo 18º El promedio semestral corresponderá al promedio aritmético de

todas las asignaturas. Se expresará con 1 decimal, sin aproximación.

Artículo 19º El promedio final anual de cada asignatura se expresará con 1

decimal, con aproximación.

Artículo 20º El promedio general (promoción) que incluye todas las

asignaturas, se expresará con 1 decimal sin aproximación.

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V.- INASISTENCIA A PRUEBAS PARCIALES:

Artículo 21º La inasistencia a los eventos de evaluación, deberá ser

justificada con certificado médico a Coordinador(a) de Convivencia del nivel

respectivo, para mantener el % de dificultad. De lo contrario se aplicará un 70% de

exigencia para la nota 4,0.

Artículo 22° Para calendarizar las evaluaciones se considerará un período por

sobre los dos días de inasistencia, por menos tiempo la evaluación será rendida al

reintegrarse a clases.

Artículo 23º El plazo máximo para presentar certificado médico será de dos días

hábiles (48 Horas) desde el primer día de inasistencia a clases, de lo contrario se

aplicará 70% de exigencia para la evaluación.

Artículo 24º Toda alumna que ingrese con posterioridad a la jornada respectiva o

bien sea retirada antes de concluirla, teniendo calendarizadas evaluaciones, deberá

rendir dicha (s) prueba (s) al inicio del día siguiente, con una exigencia del 70%.

Artículo 25º De 5º año de Enseñanza Básica a 4º año de Enseñanza Media,

son las alumnas las únicas responsables de fijar sus fechas de evaluaciones

pendientes en la Unidad Técnico Pedagógica, dentro de los dos días siguientes a su

inasistencia.

Artículo 26º Las alumnas que teniendo recalendarizadas evaluaciones pendientes

no se presenten a rendirlas, serán calificadas con la nota mínima dejando constancia

en su hoja de vida.

Artículo 27º Si la inasistencia a un Evento fuese por actividades de

participación en representación del colegio, se aplicarán instrumentos diferentes pero

se mantendrá el grado de dificultad en 60% para la nota 4,0. Es deber de las

alumnas calendarizar, en forma previa, en Unidad Técnico Pedagógica cada uno de

los eventos.

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Artículo 28º Toda alumna que sea sorprendida copiando, entregando información

o adulterando pruebas o trabajos escolares de cualquier índole, s e r án ca l i f i c ada s

con l a no t a m ín ima y s e l e ap l i ca rá el manual de convivencia escolar, para

las faltas muy graves art. 34 número 7.

Este hecho será registrado en la Hoja de Vida y se informará al apoderado en forma

personal por el (la) Profesor(a) Jefe y/o Coordinadora de Convivencia.

Artículo 29º Toda alumna que sea suspendida, no importando la causal y que tenga

evaluaciones calendarizadas durante el período que dure su sanción, será evaluada a su

reintegro, con un 70% para la nota 4.0.-

VI.- DE LA PROMOCIÓN

ASISTENCIA

Artículo 30º Para la promoción de las estudiantes de Enseñanza Básica y

Enseñanza Media, se considerará conjuntamente el logro de objetivos de las

asignaturas del Plan de Estudio y la asistencia a clases que debe ser a lo menos

85%, no obstante la Dirección podrá autorizar la promoción de los estudiantes

con porcentajes menores de asistencia por razones de salud u otras causas

debidamente justificadas.

CALIFICACIONES

ENSEÑANZA BÁSICA

Artículo 31º

1.- Serán promovidas las estudiantes que no hubieran aprobado una asignatura de

Aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda a un promedio de

4,5 o superior. Para efecto de cálculo se considerará la calificación de la asignatura de

Aprendizaje no aprobada.

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2.- Serán promovidas las estudiantes que hubieran reprobado 2 asignaturas de

aprendizaje, siempre que su nivel general de logros corresponda a un promedio 5.0 o

superior, incluidas las asignaturas reprobadas.

Artículo 32º (D.S. Ex N°.511-97. Art.10 (Vigencia desde año escolar 2003)

1. No obstante, lo señalado en el Art. 31º el Equipo de Gestión del Establecimiento

podrá decidir excepcionalmente, previo informe fundado en las evidencias del

Profesor(a) Jefe del curso de las estudiantes afectadas, no promover de 1º a 2º año de

Enseñanza Básica o de 3º a 4º año de Enseñanza Básica a aquellos estudiantes

que presenten un retraso significativo en Lectura, Escritura y/o Matemática. El no

lograr los aprendizajes esperados en estos niveles afectará seriamente la

continuidad de ellos en los cursos superiores.

2. Para adoptar la medida anterior, el establecimiento deberá tener un

registro de las actividades de reforzamiento realizadas a la estudiante, la constancia

de haber informado y comprometido al apoderado en esta tarea.

ENSEÑANZA MEDIA

Artículo 33º Para la promoción de las estudiantes de Iº a IVº año de Enseñanza

Media, se considerará conjuntamente el logro de todos los objetivos de los

subsectores de aprendizaje del Plan de Estudio del Establecimiento y la asistencia a

clases.

Artículo 34º Serán promovidas las estudiantes que no hubieran aprobado un

subsector de aprendizaje siempre que su nivel general de logros corresponda a un

promedio 4.5 o superior. Para efecto de cálculo se considerará la calificación de la

asignatura no aprobada.

Artículo 35º Serán promovidas las estudiantes que no hubieran aprobado dos

asignaturas de aprendizaje, siempre que su nivel general de logro corresponda

a un promedio 5.0 o superior. Para efecto de cálculo se considerará la

calificación de las dos asignaturas de aprendizaje no aprobadas.

Artículo 36º No obstante lo establecido en el artículo anterior, si entre las dos

asignaturas de aprendizaje no aprobadas se encuentran Lengua

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Castellana y Comunicación y/o Matemática, los estudiantes de I I I º y IVº año de

Enseñanza Media serán promovidos (as), siempre que su nivel de logro corresponda a

un promedio 5.5 o superior.

Para efecto de cálculo de este promedio se considerará la calificación de las dos

asignaturas de aprendizaje no aprobadas.

Es decir, si un estudiante reprueba dos asignaturas y una de ellas es Lenguaje o

Matemática, repite curso, si su promedio no alcanza la nota 5.5.

En el caso que repruebe las dos asignaturas: Lenguaje y Matemática, su promedio

general debe ser igual o superior a 5.5, para ser promovido.

Artículo 37º Se aplicará, al término del año escolar, una prueba escrita a alumnos

con notas limítrofes (3,9) en cualquier asignatura de aprendizaje, siempre que

ello implique riesgo de repitencia, otorgando una nota máxima de 4.0, la que

reemplazará al promedio anual en dicha asignatura.

Artículo 38º La calificación de la asignatura de Cultura Religiosa incidirá en la

promoción.

Artículo 39º La evaluación de los Objetivos Transversales y de la asignatura

Consejo de Curso y Orientación no incidirá en la promoción escolar de las estudiantes.

VII.- DISPOSICIONES FINALES

Artículo 40º Toda situación específica que no se haya considerado en el

presente reglamento, será resuelta por la Dirección del Colegio, la que podrá consultar

y asesorarse para una decisión por Profesores de Asignatura. Profesores Jefes,

Departamentos de Asignatura y/o Nivel, Coordinador(a) de Convivencia, Unidad

Técnica Pedagógica y Consejo General de Profesores.

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PROTOCOLO INSTITUCIONAL SOBRE ACOSO ESCOLAR

( BULLYING )

I. INTRODUCCIÓN

En la actualidad una problemática creciente que aqueja a la escuela como

institución y a los alumnos/as a nivel personal es el maltrato escolar o bullying.

Tomar conocimiento, manejar sus conceptos, tener capacidad para prevenirlo,

abordarlo adecuadamente y erradicarlo es un desafío de todos quienes formamos

parte de la comunidad educativa del Colegio María Auxiliadora de Valdivia.

Es fundamental abordar, a partir de los lineamientos del Proyecto Educativo

Institucional, una política de prevención, en dónde las normas de convivencia, los

procedimientos de abordaje y/o mediación, resolución de los conflictos y las

sanciones que corresponda se expliciten claramente, ya que cuando las normas

escritas son claras, efectivas y conocidas por todos, es posible crear y mantener un

ambiente de sana convivencia escolar.

Para ayudar a generar un buen clima al interior del Colegio María Auxiliadora,

se ha definido el presente protocolo de prevención, intervención y seguimiento

frente a manifiestas situaciones de matonaje o abuso escolar, que ocurran al

interior de nuestra comunidad. Al respecto, nuestro Proyecto Institucional nos

interpela a brindar ambientes educativos de familia y reciprocidad, a través del

Sistema Preventivo, donde eduquemos evangelizando y evangelicemos educando,

promoviendo así el desarrollo integral de las niñas y jóvenes.

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Conducidos por el Sistema Preventivo velaremos por mantener un clima

propicio para el aprendizaje, un clima de sana convivencia, a través de las

siguientes acciones:

a. Diagnosticar, a través de instrumentos, situaciones de convivencia y/o

nivel de violencia escolar en los cursos.

b. Incorporar al plan de inducción del personal nuevo esta temática y su

protocolo de acción.

c. Incorporar en las jornadas de formación de padres, esta temática y su

protocolo de acción.

d. Informar a todo el personal de la comunidad Colegio María Auxiliadora,

sobre políticas ministeriales e institucionales de bullying.

e. Incorporar en las entrevistas realizadas a las alumnas por parte del

profesor(a) jefe, temáticas asociadas a este tema.

f. Incorporar en el programa de orientación, unidades temáticas que aborden

los elementos de una adecuada convivencia escolar y protocolo de

bullying.

g. Intencionar en retiros o jornadas de formación pastoral, la propuesta de

valores favorecedores de una buena convivencia escolar.

h. Difundir de forma explícita las consecuencias y sanciones asociadas a las

conductas de bullying (según Manual de Convivencia Escolar).

i. Fomentar los buenos modales como una forma de generar un clima y/o

ambiente favorable (saludo, despedida, por favor, con permiso, gracias,

etc.).

j. Reforzar conductas positivas, de tal forma que se promuevan las

habilidades sociales entre las alumnas.

k. Conducir a las alumnas a determinar clara y precisamente cuáles son las

situaciones de abuso y motivarlas a frenarlas a tiempo.

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l. Centralizar la información de las situaciones de convivencia que surjan en

los cursos con el profesor jefe, para que así éste se encuentre atento frente

a cualquier situación de bullying al interior del curso.

m. Implementar un sistema que facilite el reporte de situaciones de bullying

por ejemplo: buzón de denuncias de bullying, ubicado en el exterior de las

oficinas de orientadoras.

n. Incorporar el antibullying como contenido transversal en las diferentes

asignaturas.

o. Potenciar el trabajo formativo con las alumnas en torno al ciberbullying

que se trabaja desde las clases de orientación, religión, cultura religiosa y

tecnología.

p. Intencionar el trabajo formativo del desarrollo de los valores/actitudes del

PEI en el currículum de todas las asignaturas y niveles escolares. Ej:

concurso de afiches, obras teatrales, videos, ensayos, cuentos.

q. Capacitar a los profesores, religiosas y asistentes de la educación en el

tema de bullying.

r. Comprometer a las alumnas por curso, a realizar actividades en los recreos

para mejorar la convivencia y las relaciones humanas.

s. Asistir salesianamente las horas de recreo, por parte de los docentes y

asistentes de la educación para observar comportamiento de las alumnas y

maneras de interrelación.

A todos los actores de la comunidad nos compete el manejo adecuado del

“bullying”, desde la dirección hasta quienes trabajan apoyando la labor docente,

cada uno tiene un rol importante que cumplir. Sin embargo, es el profesor jefe a

quien le corresponde asumir un rol protagónico en su prevención, constatación y

abordaje debido al conocimiento que tiene de las alumnas de su curso.

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Consideraciones importantes:

Los problemas de violencia escolar requieren de una visión sistémica, que fortalezca los procesos formativos de las alumnas en los distintos niveles y espacios educativos, considerando a todos los actores de la comunidad educativa.

Se debe considerar estrategias de prevención que deben ser amplias y estimular a todos los actores a crear múltiples estrategias paralelas, que incluyan un cambio significativo en el tipo de relaciones interpersonales1.

La prevención, intervención y seguimiento del bullying comienza por reconocer el problema y sus consecuencias.

Las intervenciones deben atender tanto a la recuperación del que comete la agresión, como de la víctima.

II. DEFINICION

La ley 20.536 sobre Violencia Escolar establece que: “ Se entenderá por

acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento

reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por

estudiantes que, en forma individual o colectiva, sienten en contra de otro

estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión

del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o

fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios

tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad o condición”.

1 ABSCH, 2008. “Políticas para abordar la violencia escolar”.

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Cabe destacar que bullying es una palabra de origen inglés que hace

referencia a las situaciones de matonaje, intimidación o acoso escolar. El bullying

o acoso escolar tiene 3 características centrales que permiten diferenciarlo de

otras expresiones de violencia:

Se produce entre pares.

Existe abuso de poder e imposición de criterios a los demás.

Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido

El hostigamiento presenta diversos matices, desde los más visibles (de tipo físico, insultos, descalificaciones) hasta los más velados (aislamiento, discriminación permanente, rumores); lo que hace de este fenómeno un proceso complejo, que provoca daño profundo y sufrimiento en quien lo experimenta. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas: · Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o

amenazantes u ofender reiteradamente a cualquier integrante de la

comunidad educativa.

· Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de una

alumna o de cualquier miembro de la comunidad educativa.

· Agredir verbal o sicológicamente a cualquier integrante de la comunidad educativa. · Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o

burlarse de una alumna u otro integrante de la comunidad

educativa ( por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de

características físicas, etc.)

· Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su

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condición social, situación económica, ascendencia étnica, nombre,

nacionalidad, religión, pensamiento político o filosófico, orientación

sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia.

· Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a una alumna o cualquier

otro integrante de la comunidad educativa a través de chats, blogs,

fotologs, mensajes de texto, correos electrónicos, foros, servidores que

almacenan videos o fotografías, sitios web, teléfonos o cualquier otro

medio tecnológico, virtual o electrónico.

. El acoso escolar en cualquiera de sus formas es repudiable e

inaceptable: las alumnas que lo realicen, serán sancionadas como

causantes de una falta muy grave.

Otras situaciones que pueden afectar la convivencia escolar

Es importante distinguir que existen diversas situaciones que pueden

afectar la convivencia escolar y cada una de ellas debe ser abordada de manera

diferente; identificarlas con claridad es fundamental, pues cada una de estas

situaciones afectan o pueden afectar –en diversos grados- a todos los integrantes

de la comunidad educativa.

Por eso, es importante tener presente las siguientes distinciones:

AGRESIVIDAD

Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de

enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve

enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La

agresividad no implica, necesariamente, un hecho de violencia, pero cuando está

mal canalizada o la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en

una agresión o manifestarse en hechos de violencia. Los impulsos agresivos deben

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ser modulados, orientados y canalizados mediante la autorregulación, el

autocontrol y la autoformación.

CONFLICTO

Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo

debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. El conflicto no es

sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a

tiempo, puede derivar en situaciones de violencia. Es un hecho de connotación

social y se puede resolver a través de diversos mecanismos, como por ejemplo:

mediación, negociación y/o arbitraje.

VIOLENCIA

Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se

adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas:

i. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica; y,

ii. El daño al otro como una consecuencia.

La violencia no es un acto innato de los seres humanos, sino un hecho

cultural, por lo tanto aprendido. Esto permite que pueda ser deconstruido en favor

de relaciones sociales pacíficas. Es un fenómeno relacional y multicausal, ya que se

produce en el contexto de la interacción social y no es posible atribuir su origen a

un solo factor.

Tipos de violencia en el ámbito escolar

Una situación de violencia puede responder a un episodio aislado y, por lo tanto, no constituye un fenómeno de hostigamiento permanente (bullying). También pueden producirse actos violentos en respuesta a una agresión o como

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mecanismo de autodefensa. Precisar estas distinciones ayuda a tomar decisiones remediales más apropiadas y oportunas.

Existen abundantes manifestaciones de violencia en el ámbito escolar, con características y niveles muy diferentes entre sí, tanto por la gravedad como por su impacto. Entre ellas se pueden mencionar:

i. Violencia psicológica y/o emocional: amenazas; insultos; aislamiento; burlas

frecuentes; hostigamiento permanente; ii. Violencia física: golpes, patadas, tirones de pelo, etc.; iii.Violencia física con uso de artefactos o armas: palos, cadenas, arma blanca o de fuego; iv.Violencia de connotación sexual: tocaciones, insinuaciones, abuso sexual; v. Violencia a través de medios tecnológicos: insultos, amenazas o burlas a través de mensajes de textos, internet, messenger, teléfonos celulares, etc.

Cada una de estas situaciones puede afectar de modo diferente al otro y

reaccionar, por lo tanto, de modo distinto. Esto indica que, las consecuencias de una acción violenta se relacionan con los recursos y características individuales que él o la afectada posee y por la situación o contexto en el que se producen.

III. DE LOS RESPONSABLES

Frente a una denuncia de acoso o agresión, la afectada, sus padres,

Profesor(a) Jefe o de Asignatura, Asistente de la Educación o quien tenga

conocimiento de dicha situación, deberá informar a la Coordinadora de

Convivencia Escolar respectiva y seguir los pasos indicados en el presente

protocolo.

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Este protocolo será llevado a cabo por el Comité de Buena Convivencia

Escolar integrado por Coordinadora de Convivencia Escolar E. Básica y / o E.

Media, Orientadora del respectivo nivel y el Profesor (a) Jefe correspondiente.

La Dirección debe velar para que el Comité de Buena Convivencia Escolar

cumpla con los pasos establecidos. Una vez realizado el protocolo respectivo y

descrita la situación, se informará a Dirección quien deberá respaldar las medidas

establecidas por el comité. En aquellos casos, en que la situación de agresión

persista en el tiempo, a pesar de las medidas aplicadas por el Comité de Buena

Convivencia, Dirección será responsable de hacer efectiva medidas más extremas.

Es responsabilidad del Comité de Buena Convivencia Escolar del

establecimiento dar a conocer el protocolo existente a toda la Comunidad

Educativa: Profesores, Asistentes de la Educación, Alumnas y Apoderados.

IV. PROCEDIMIENTO

Este protocolo consta de 4 etapas, que son las siguientes:

1. Recepción del reporte de acoso escolar o bullying.

2. Búsqueda de evidencias de dicho reporte.

3. Toma de decisiones y acciones remediales.

4. Acompañamiento.

IV.1) Recepción del Reporte de bullying.

La persona que reciba el reporte de bullying debe acoger, escuchar con

atención y tomar nota en el formulario destinado para ello, sin hacer juicios

previos al respecto.

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Cuando se realice cada entrevista la alumna deberá estar acompañada de

su apoderado y algún integrante del Comité de Buena Convivencia.

Se entrevistará a alumna con apoderado/a para conocer la versión frente a

la situación reportada por su hija.

El apoderado será informado que una vez que se reúnan todos los

antecedentes del caso se comunicará, dentro de un plazo máximo de 7 días

hábiles, los resultados de ésta.

Se solicitará al apoderado que mantenga informado al Comité de Buena

Convivencia, de cualquier situación nueva de agresión que sufra la alumna.

Se aplicará una pauta de entrevista en cada encuentro con la alumna y/ o

apoderado(a) la cual deberá ser firmada por ambos.

Cualquier persona integrante de la Comunidad Educativa que reciba un

reporte de acoso u hostigamiento de parte de una alumna deberá informar

inmediatamente a la encargada de convivencia escolar respectiva, quien a

su vez informará al Profesor Jefe y de asignaturas para que estén atentos

frente a cualquier indicio que testifique el bullying.

IV.2) Búsqueda de evidencias.

La Orientadora entrevistará a la/s alumna/as afectada(s) todas las

veces necesarias para que pueda manifestar y confiar la situación

que está viviendo (se aplicará la pauta de entrevista

correspondiente).

La Orientadora entrevistará a la/las alumna/as calificada como

agresora o victimaria junto a su apoderado y se le dará a conocer el

detalle de la acusación.

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La Orientadora entrevistará a la/as alumna/as calificada como

agredida o víctima junto con su apoderado para informarle de esta

situación.

La Orientadora entrevistará a o las alumnas testigos mencionadas

en la acusación o a cualquier otro integrante de la comunidad

educativa involucrado en la situación.

Se solicitará información a los Profesores que trabajan con el curso

a través de una encuesta que deberán responder. Si amerita se

realizará una entrevista.

Los Profesores que imparten las diversas asignaturas completarán

una pauta de observación facilitada por el Departamento de

Orientación.

Se recopilarán todos los antecedentes disponibles para evidenciar

los hechos.

IV.3) Toma de decisiones.

Respecto a la/las agresora/as:

Una vez que se comprueba el hecho agresor, se toman las medidas cautelares

establecidas por el Comité de Buena Convivencia.

El Comité de Buena Convivencia Escolar informará a los padres y / o apoderado

de la alumna o alumnas agresoras, quiénes deberán cooperar y seguir las

instrucciones dadas para terminar con el bullying que ejerce su pupila.

Se informará que la (o las) alumna(s) tendrán acompañamiento cada 15 días

desde Orientación y se llevará un registro de tales encuentros.

El (o la) apoderado/a deberá buscar apoyo de especialista externo si así se

requiriera.

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Como última medida, si la alumna no cesa su accionar, desde Dirección se le

informará al apoderado que la alumna deberá rendir exámenes libres.

Desde Dirección se hará la denuncia respectiva a la Superintendencia de

Educación o juzgado de menores o bien PDI, si fuera necesario.

De ser necesario no se renovará Contrato de Prestación de Servicio

Educacional.

Respecto a la/as víctima/as.

El Comité de Buena Convivencia Escolar informará a la alumna, padres y / o

apoderado/a sobre el plan de acción y las medidas de apoyo a su pupila.

Desde Orientación cada 15 días se ofrecerá acompañamiento y se llevará un

registro de tales encuentros.

En caso que se requiera, desde Orientación se indicará al (o la) apoderado/a

derivación para apoyo de especialista externo a su pupila.

IV.4) Acompañamiento

Desde Orientación se entrevistará en forma periódica (cada 15 días)

tanto a la/s víctima/as o agresora/as por separado, aunque no

hayan nuevos reportes, con el propósito de monitorear la situación.

Luego de un mes, se citará desde Orientación y Convivencia Escolar,

a los padres de ambas partes, con el fin de hacer el seguimiento del

plan de acción y se les hará ver que la comunicación entre ambas

partes, Colegio y Familia, es fundamental en este proceso de

reconstrucción.

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Dentro de las medidas de apoyo que se podrán proponer están:

acompañamiento por parte de un tutor, solicitar informes de

especialistas externos, instancias de mediación entre pares,

realización de talleres, etc.

El Profesor Jefe deberá hacer seguimiento permanente con ambas

partes involucradas, con el curso y compañeras-amigas de la víctima

con apoyo del departamento de Orientación y de los Profesores del

curso.

El Departamento de Orientación deberá mantener contacto con los

profesionales externos si los hubiera y solicitar, a través del o la

apoderado/a, un informe de avance.

V. CIERRE.

Después de entrevistadas todas las partes involucradas y dado por

superado el conflicto que se generó, la orientadora del nivel respectivo entregará

un informe escrito al apoderado, en el cual se plasme en forma resumida, las

medidas que abordó el comité para la superación de esta situación de bullying.

Todas las personas que trabajan en el Colegio María Auxiliadora de Valdivia

se comprometen a respetar y ser fiel a este protocolo cuyo propósito es reforzar

los valores asociados a la tolerancia, respeto, solidaridad y cuidado por el otro.