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Coacalco de Berriozábal, Estado de México a 29 de abril de 2020. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26 y 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 122, 129 y 139 fracción I, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 4 fracción XII, 61 numeral II inciso C, 79 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental; artículos 84 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; artículos 1, fracción II y IV; 7, 19 fracción II y VI, 36 y 38 de la Ley de Planeación del Estado de México y Municipios; 294, 296 y 327, del Código Financiero del Estado de México y Municipios; y de acuerdo con las disposiciones plasmadas en los Lineamientos para la Evaluación de los Programas Presupuestarios Municipales de Coacalco de Berriozábal, Estado de México, se establece el: “Programa Anual de Evaluación (PAE) para el Ejercicio Fiscal 2020 de los Programas Presupuestarios del Gobierno Municipal de Coacalco de Berriozábal, Estado de México”

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Coacalco de Berriozábal, Estado de México a 29 de abril de 2020.

Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 26 y 134 de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos; 122, 129 y 139 fracción I, de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de México; 4 fracción XII, 61 numeral II inciso C, 79 de la Ley General de

Contabilidad Gubernamental; artículos 84 y 110 de la Ley Federal de Presupuesto y

Responsabilidad Hacendaria; artículos 1, fracción II y IV; 7, 19 fracción II y VI, 36 y 38 de la Ley

de Planeación del Estado de México y Municipios; 294, 296 y 327, del Código Financiero del

Estado de México y Municipios; y de acuerdo con las disposiciones plasmadas en los

Lineamientos para la Evaluación de los Programas Presupuestarios Municipales de Coacalco

de Berriozábal, Estado de México, se establece el:

“Programa Anual de Evaluación (PAE) para el Ejercicio Fiscal 2020 de los Programas

Presupuestarios del Gobierno Municipal de Coacalco de Berriozábal, Estado de México”

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Introducción.

Es de la importancia de la presente administración el actuar de manera responsable y

consolidar acciones al beneficio del interés público, por ello a través de este documento se

presenta el Programa Anual de Evaluación 2020, con la finalidad de que a través de los

resultados de este programa se logre otorgar una visión de cómo se ha estado ejerciendo el

recurso, de igual manera también sirve como un elemento de transparencia y rendición de

cuentas a la ciudadanía.

La evaluación es de fundamental y de suma importancia para los gobiernos ya que ellos a

través de este mecanismo pueden observar y verificar si las acciones y el recurso empleado

está dando el resultado esperado. En el mismo sentido, la evaluación funciona como una

herramienta clave para lograr un mayor desarrollo municipal y poder dotar de mejores servicios

a la comunidad.

La Dirección de Planeación (UIPPE), en conjunto con la Tesorería y Contraloría Municipales,

cumple y hace cumplir las disposiciones en materia de evaluación del gasto público,

estableciendo las medidas específicas para su correcta aplicación, así como determinar que

normas y procedimientos administrativos se pueden realizar para llevar a cabo un mejor control

del gasto público. Con ello, se da continuidad en lo establecido en el Plan de Desarrollo

Municipal de Coacalco de Berriozábal 2019-2021, y a las políticas y programas que garantizan

un buen desempeño por parte de la administración local.

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Justificación.

Considerando que la evaluación tiene como finalidad determinar el grado de eficacia, eficiencia,

calidad, resultados e impacto con que han sido empleados los recursos destinados a alcanzar

los objetivos previstos, posibilitando la identificación de las desviaciones y la adopción de

medidas correctivas que garanticen el cumplimiento adecuado de las metas, considerando lo

anterior resulta fundamental para los gobiernos municipales implementar programas de

evaluación que permitan esquemas de mejora para un mejor desempeño de sus acciones.

Como parte de una obligación de los gobiernos municipales del Estado de México, se tienen

que instrumentar acciones orientadas a la consolidación del Presupuesto basado en

Resultados (PbR), y el Sistema de Evaluación del Desempeño (SED), con la finalidad de que

los recursos económicos que ejerzan, se administren con eficiencia, eficacia, economía,

transparencia y honradez, en cumplimiento a los objetivos de los programas a los que estén

destinados, en apego a lo que establece el artículo 129 de la Constitución Política del Estado

Libre y Soberano de México;

Por lo que el Sistema de Planeación Democrática para el Desarrollo del Estado de México y

Municipios, considera el planteamiento de la problemática con base en la realidad objetiva, los

indicadores de desarrollo, la proyección genérica de los objetivos para la estructuración de

planes, programas y acciones que regirán el ejercicio de sus funciones públicas, así como su

control y evaluación.

Un propósito fundamental de la administración pública es lograr que dentro de los Programas

presupuestarios se logre el análisis, monitoreo y evaluación que conforman el Presupuesto de

Egresos Municipal y así puedan lograr afianzar la elaboración del Presupuesto con base en

Resultados y consoliden el Sistema de Evaluación del Desempeño como un elemento

fundamental para la generación de valor público.

Por tal motivo se considera que el Programa Anual de Evaluación es necesario para generar

una mayor oportunidad de funcionamiento y ejercicio del gasto.

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Objetivos del PAE 2020

Objetivo General:

• Lograr una evaluación objetiva con miras a mejorar el desempeño de los programas

presupuestarios a través de una retroalimentación para futuros ejercicios, y así lograr un gasto

más eficiente y de mayores resultados para el interés público, apegándose a los lineamientos

legales y metodología aplicable para el desempeño del PAE 2020.

Objetivos Específicos:

• Determinar el tipo de evaluación que se aplicará al programa presupuestario del Gobierno de

Coacalco de Berriozábal, Estado de México.

• Establecer el calendario de ejecución de la evaluación para el programa presupuestario en

ejecución.

• Definir la evaluación como elemento insustituible para presupuestar en base a resultados.

• Efectuar la evaluación al programa presupuestario, aplicando el tipo de evaluación,

establecido en el programa anual de evaluación.

• Retroalimentar el funcionamiento de las políticas municipales para elevar los indicadores de

eficacia y eficiencia en la ejecución de los programas.

• Desempeñar un elemento de transparencia y rendición de cuentas que sirva como una

herramienta que dé certeza a los habitantes del municipio del actuar de la administración

pública municipal.

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Áreas Responsables e Involucradas en la Coordinación Interinstitucional

Coordinación del PAE 2010 (responsables).

Director de Planeación (UIPPE)

C. Arturo Iván Vargas Campos

Tesorero Municipal

C. José Castillo García

Contralora Municipal

C. Ana Bertha Mendoza Olvera

Sujetos Evaluados (Responsables).

Dirección de Obras Públicas

C. Francisco Corona Sánchez

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Tipo de Evaluación

Las evaluaciones se llevarán a cabo por la Dirección de Planeación (UIPPE) o Evaluador externo, verificando se dé cumplimiento con lo establecido en el presente programa.

Para las evaluaciones de los programas presupuestarios, los sujetos evaluados deberán tomar como base el Modelo de Términos de Referencia que emita el CONEVAL, los cuales junto con la Dirección de Planeación (UIPPE) los adecuaran a las necesidades de cada uno de los programas evaluados.

Cada evaluación incluirá: el objetivo de la evaluación, los alcances, metodología, perfil del equipo evaluador y productos esperados.

Las evaluaciones se realizarán atendiendo lo establecido en los “Lineamientos para la Evaluación de los Programas Presupuestarios del Gobierno de Coacalco de Berriozábal, Estado de México”.

En el cual para objeto de este programa se empleará la Evaluación de Diseño, en el cual los

lineamientos establecen:

Evaluación del Diseño Programático.- Analiza sistemáticamente el diseño y desempeño global

de los programas, para mejorar su gestión y medir el logro de sus resultados con base en la

Matriz de Indicadores para Resultados.

Sujetos evaluados

Se evaluaran a las dependencias administrativas, la tesorería municipal, la contraloría

municipal y los organismos auxiliares, que ejecuten Programas presupuestarios;

En materia del Diseño Programático:

a) Si el programa identificó correctamente el problema o necesidad prioritaria al que va dirigido,

y está diseñado para solventarlo;

b) La contribución del programa al cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal, de los

objetivos, estrategias y líneas de acción, así como de los objetivos estratégicos del sujeto

evaluado;

c) Si existe evidencia que muestre que el tipo de bienes y/o servicios que brinda el programa

presupuestario, contribuye positivamente a la consecución de su propósito y fin;

d) La lógica vertical y horizontal de la MIR del programa presupuestario;

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e) La población potencial y objetivo, con base en la distribución de la necesidad, especificando

la población atendida respecto a la población potencial, desglosado por características

socioeconómicas y/o niveles geográficos pertinentes;

f) En su caso las reglas de operación o equivalente que explique el funcionamiento y operación

del programa presupuestario, incluyendo el padrón de beneficiarios; y

g) Las posibles coincidencias, complementariedades o duplicidades de acciones con otros

programas presupuestarios estatales y federales.

Tipos de Evaluación que se llevaran a cabo

Para garantizar la evaluación orientada a resultados y retroalimentar el SED, se aplicarán los

siguientes tipos de evaluación:

Evaluación de Programas Presupuestarios:

1) Evaluación del Diseño Programático: Se deberá analizar sistemáticamente el diseño y desempeño global de los programas, para mejorar su gestión y medir el logro de sus resultados con base en la Matriz de Indicadores para Resultados; a) Si el programa identificó correctamente el problema o necesidad prioritaria al que va dirigido, y está diseñado para solventarlo; b) La contribución del programa al cumplimiento del Plan de Desarrollo Municipal, de los objetivos, estrategias y líneas de acción, así como de los objetivos estratégicos del sujeto evaluado; c) Si existe evidencia científica, nacional o internacional, que muestre que el tipo de bienes y/o servicios que brinda el programa presupuestario, contribuye positivamente a la consecución de su propósito y fin; d) La lógica vertical y horizontal de la MIR del programa presupuestario; e) La población potencial y objetivo, con base en la distribución de la necesidad, especificando la población atendida respecto a la población potencial, desglosado por características socioeconómicas y/o niveles geográficos pertinentes; f) Las reglas de operación o equivalente que explique el funcionamiento y operación del programa presupuestario, incluyendo el padrón de beneficiarios;

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2) Evaluación de Procesos:

Analizar mediante trabajo de campo, si el programa lleva a cabo sus procesos operativos de manera eficaz y eficiente, y si contribuye al mejoramiento de la gestión; a) La observancia de las reglas de operación y otras disposiciones normativas aplicables al programa presupuestario; b) Los mecanismos de organización y gestión del programa presupuestario, incluyendo las acciones de mejora y simplificación recientes; c) La administración financiera de los recursos; d) La eficacia operativa del programa; e) La sistematización de la información; f) Los mecanismos de actualización y depuración del padrón de beneficiarios o listados de beneficiarios, tratándose de programas presupuestarios que deban operar con dichos padrones o listados; g) El cumplimiento y avance en los indicadores de gestión; h) La rendición de cuentas y difusión de información estratégica: i) Los instrumentos disponibles que le permiten al programa presupuestario medir el nivel de satisfacción de la población objetivo y de otros actores clave respecto de los bienes y/o servicios que entrega el programa.

3) Evaluación de Consistencia y Resultados: Analizar el diseño, operación y medición de los resultados de un Programa presupuestario de manera general, identificando áreas de mejora en cualquiera de los aspectos analizados. a) Se identifican las deficiencias en el diseño, operación y medición de los resultados; b) El diseño y operación del programa presupuestario permite proveer de información que retroalimente su gestión y resultados;

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c) La operación del Pp en los distintos niveles; d) La eficacia, oportunidad, suficiencia y pertinencia de los procesos operativos del Pp para el logro de sus objetivos; e) La identificación de los problemas que obstaculizan la operación del Pp, f) La descripción de buenas prácticas; y g) La adecuación, aplicación, deficiencia o insuficiencia de los procesos para lograr sus objetivos planteados.

4) Evaluación de Impacto: Identificar el cambio en los indicadores a nivel de resultados, atribuible a la ejecución del programa presupuestario; a) Los instrumentos disponibles que le permiten al programa presupuestario medir los resultados alcanzados en el ámbito de sus propósitos y fines; b) La calidad de las evaluaciones de impacto que se hayan realizado tanto en el ámbito de Fin como de Propósito, considerando la metodología aplicada, el impacto logrado en el bienestar de la población, los resultados identificados, así como el uso y aplicación de los mismos; c) Si el diseño y operación del programa presupuestario permite realizar una evaluación de impacto; d) La difusión de los resultados y evaluaciones del programa; y e) La utilización de la información generada para mejorar su desempeño.

5) Evaluación Específica de Desempeño Identificar el avance en el cumplimiento de los objetivos y metas establecidas en un Programa presupuestario, mediante el análisis de indicadores de resultados, de servicios y de gestión de los programas sociales a) Se valora de manera sintética el avance en el cumplimiento de los resultados de los indicadores del Programa presupuestario; b) Identifica el avance en el cumplimiento de los objetivos y metas del Programa Presupuestario;

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c) Identifica los cambios en los recursos ejercidos por el programa en el ejercicio fiscal evaluado y anterior; d) Analiza la definición y cuantificación de la Población Potencial, Objetivo y Atendida, así como la localización geográfica de la Población Atendida; y e) Analiza la atención del problema o necesidad del Programa presupuestario y la entrega de bienes y servicios;

6) Evaluación Específica: Se tendrán que identificar aquellas evaluaciones no comprendidas en los presentes lineamientos, y que se realizarán mediante trabajo de administración y/o de campo. Las evaluaciones específicas a programas presupuestarios, serán de aplicación opcional de acuerdo con las necesidades de los sujetos evaluados, siempre y cuando no se encuentren previstas en el PAE, y contribuyan a mejorar la gestión y permitan obtener evidencia adicional sobre su desempeño. Las propuestas de evaluación que correspondan, se presentarán ante la UIPPE para su aprobación. Los sujetos obligados a que se refiere la disposición SEGUNDA, que tengan la necesidad de ejecutar procesos de evaluación específicos a los recursos federalizados, deberán solicitar la inclusión del tipo de evaluación ante la UIPPE, a más tardar el último día hábil del mes de marzo, para incorporarse al PAE del ejercicio fiscal correspondiente Dicha solicitud deberá contener como mínimo: a) Fundamento Legal;

b) Tipo de Evaluación;

c) Propuesta de Términos de Referencia (TdR);

d) Cronograma de Ejecución;

e) Responsable de la Evaluación;

f) Modalidad de Ejecución de la Evaluación (Externa o Interna);

g) En su caso, los datos del Evaluador Externo.

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La UIPPE o el área encargada de llevar a cabo dichas funciones, en coordinación con la Tesorería, establecerán un PAE en el que se identificarán los Programas presupuestarios, los sujetos evaluados y los tipos de evaluación que se llevarán a cabo, así como el calendario de ejecución correspondiente. El PAE, se emitirá a más tardar el último día hábil del mes de abril de cada ejercicio fiscal.

Definición de los Programas Presupuestales a Ser Evaluados, Cronograma de Ejecución y

Resultado del PAE 2020

Los programas presupuestarios sujetos a evaluación para el ejercicio fiscal 2020, son los

siguientes:

Sujeto Evaluado Programa Presupuesto Tipo de Evaluación

Dirección de Obras Públicas

FISMDF-2020 Externa / de Diseño

Nota: Los programas presupuestarios a evaluar, el tipo de evaluación y el sujeto evaluado está sujeto a

modificaciones dependiendo de la viabilidad presupuestal al momento de efectuarse dicha evaluación, esto debido a

los actuales acontecimientos en el país.

Con la finalidad de llevar a cabo las evaluaciones señaladas anteriormente se establece el

siguiente calendario de ejecución, publicación de resultados y seguimiento a recomendaciones:

Actividad Fecha

Publicación del PAE 2019 27 de abril de 2020

Publicación del Modelo de Términos de Referencia de las evaluaciones

01 de julio de 2020

Publicación del Modelo del “Convenio para la mejora del Desempeño y Resultados Gubernamentales”

20 de julio de 2020

Evaluación de programas presupuestarios De 01 septiembre de 2020 al 19 de febrero de 2021

Informe y publicación de los resultados de las evaluaciones

26 de febrero de 2021

Seguimiento a recomendaciones derivadas del proceso de evaluación

Marzo – abril de 2021

Es importante destacar que las fechas que se establecen son fechas probables de entrega,

estas pueden variar dada la propia dinámica de la administración municipal.

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CALENDARIO DE EJECUCIÓN

Actividad Abril Julio Sep. Oct. Nov. Dic. Ene. Feb. Mar. Abril

Publicación del

PAE 2020

Modelos de

Términos de

Referencia de las

evaluaciones

Modelo del

“Convenio para la

mejora del

Desempeño y

Resultados

Gubernamentales”

Evaluación de

programas

presupuestarios

Informe y

publicación de los

resultados de las

evaluaciones

Seguimiento a

recomendaciones

derivadas del

proceso de

evaluación

Es importante destacar que las fechas que se establecen son fechas probables de entrega,

estas pueden variar dada la propia dinámica de la administración municipal.

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Difusión, Transparencia y Rendición de Cuentas

En cumplimiento con la normatividad aplicable en materia de transparencia y acceso a la

información pública, la cual establece lo siguiente:

Ley General de Transparencia y acceso a la Información Pública.

Artículo 70. En la Ley Federal y de las Entidades Federativas se contemplará que los sujetos

obligados pongan a disposición del público y mantengan actualizada, en los respectivos medios

electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según

corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a

continuación se señalan

(…)

Fracción XL. Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas

financiados con recursos públicos.

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de México y Municipios.

Artículo 92. Los sujetos obligados deberán poner a disposición del público de manera

permanente y actualizada de forma sencilla, precisa y entendible, en los respectivos medios

electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social, según

corresponda, la información, por lo menos, de los temas, documentos y políticas que a

continuación se señalan:

(…)

Fracción XLIV: Todas las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a

programas financiados con recursos públicos.

En lo consecuente se dará cumplimiento a lo establecido por las disposiciones anteriores y se

publicara el PAE 2019 y sus resultados a través de las plataformas digitales de transparencia y

la página oficial del municipio.

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_____________________________

Director de Planeación (UIPPE)

C. Arturo Iván Vargas Campos

__________________________

Tesorero Municipal

C. José Castillo García

________________________

Contralora Municipal

C. Ana Bertha Mendoza Olvera