CLXXXIII. I F A R C P DEL G D F E · adicionales el pago de la nómina SIDEN”. ... Se verificó...
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CLXXXIII. INFORME FINAL DE AUDITORÍA,
DERIVADA DE LA REVISIÓN DE LA CUENTA PÚBLICA
DEL GOBIERNO DEL DISTRITO FEDERAL
CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DE 2015
1
DEPENDENCIA
OFICIALÍA MAYOR
AUDITORÍA FINANCIERA
Compras Consolidadas Capítulos 1000 “Servicios Personales”
y 3000 “Servicios Generales”
Auditoría ASCM/21/15
FUNDAMENTO LEGAL
La auditoría se llevó a cabo con fundamento en los artículos 122, apartado A, fracción II,
sexto, séptimo, octavo y noveno párrafos, en relación con el 74, fracción VI, de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos; 42, fracción XIX; y 43 del Estatuto de Gobierno
del Distrito Federal; 10, fracción VI, de la Ley Orgánica de la Asamblea Legislativa del Distrito
Federal; 1; 2, fracciones XIII y XXI, inciso a); 3; 8, fracciones I, II, IV, VI, VII, VIII, IX y XIX;
9; 10, incisos a) y b); 14, fracciones I, VIII, XVII, XX y XXIV; 22; 24; 27; 28; 30; 32; 33; 34;
35; 36, primer párrafo; y 37, fracción II, de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad
de México; y 1; 4; 5, fracción I, inciso b); 6, fracciones V y VII; y 30 del Reglamento Interior de la
Auditoría Superior de la Ciudad de México; y de acuerdo con el Programa General de Auditoría
Aprobado.
ANTECEDENTES
En el ejercicio de 2015, la Oficialía Mayor (OM) reportó un presupuesto ejercido de
1,317,675.0 miles de pesos, monto inferior en 8.2% (117,554.4 miles de pesos) respecto
de los 1,435,229.4 miles de pesos ejercidos en 2014.
Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales” se
gastaron 795,298.8 miles de pesos, que representaron el 60.4% del total erogado por la
dependencia. Dicha cantidad presentó un decremento de 1.3% (10,504.1 miles de pesos)
en relación con el presupuesto ejercido en el año anterior (805,802.9 miles de pesos)
y de 10.1% (72,745.1 miles de pesos) respecto del original autorizado en dicho capítulo
(722,553.7 miles de pesos).
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En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, apartado “ECG Análisis de Egresos
por Capítulo de Gasto”, la OM, en relación con el capítulo 1000 “Servicios Personales” informó
que “la diferencia se debe a que durante el ejercicio fue necesario proveer de recursos
adicionales el pago de la nómina SIDEN”.
Del presupuesto ejercido en 2015 por la OM, el gasto con cargo al capítulo 3000 “Servicios
Generales” fue de 434,042.7 miles de pesos y representó el 32.9% del total erogado por la
dependencia (1,317,675.0 miles de pesos). Dicha cantidad significó un decremento de 28.1%
(169,454.0 miles de pesos) en relación con el presupuesto ejercido en el año anterior
(603,496.7 miles de pesos) y un incremento de 36.8% (116,730.2 miles de pesos) respecto del
original autorizado en dicho capítulo (317,312.5 miles de pesos).
En la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015, apartado “ECG Análisis de Egresos por
Capítulo de Gasto”, la OM, en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales” informó
que “la variación corresponde a que durante el ejercicio se llevó a cabo la contratación de
Servicios Profesionales para la emisión de los recibos electrónicos, también a solicitud
de la Dirección General de Patrimonio Inmobiliario se pagaron Servicios Valuatorios con recursos
Autogenerados, fue necesario aumentar el presupuesto asignado a la difusión de las campañas
del Gobierno del Distrito Federal por medio de radio, prensa y medios electrónicos”.
OBJETIVO
El objetivo de la auditoría consistió en verificar que el presupuesto aplicado por la Oficialía
Mayor en los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” se haya
registrado, aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de conformidad
con la normatividad y ordenamientos aplicables.
CRITERIOS DE SELECCIÓN
La selección de la presente auditoría se basó en los criterios generales “Exposición al Riesgo”
y “Propuesta e Interés Ciudadano”, establecidos en el Manual de Selección de Auditorías de la
Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM). En cuanto al primero, se consideraron
los capítulos 1000 “Servicios Personales y 3000 “Servicios Generales” por estar propensos
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a ineficiencias e incumplimientos de objetivos y metas físicas y financieras; y en el segundo,
se seleccionaron los citados capítulos en virtud de la exposición mediática de que ha sido
objeto la OM en relación con el ejercicio de su presupuesto, lo que ha atraído la atención
de la ciudadanía.
ALCANCE Y DETERMINACIÓN DE LA MUESTRA
El alcance de la auditoría se determinó como resultado de los trabajos realizados en la
fase de planeación y del estudio y evaluación del sistema de control interno.
La auditoría se llevó a cabo en las Direcciones Generales de Administración; de Recursos Materiales
y Servicios Generales; y Administración y Desarrollo de Personal, todas adscritas a la OM.
La primera, por ser la unidad administrativa encargada de administrar los recursos humanos,
materiales y financieros; de registrar las operaciones financieras; y de conservar la documentación
justificativa y comprobatoria del gasto, de acuerdo con las políticas, lineamientos, criterios
y normas establecidos por la OM y por la Secretaría de Finanzas (SEFIN).
La segunda, por ser el área encargada de programar y realizar las compras consolidadas
del Gobierno de la Ciudad de México con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”
y 3000 “Servicios Generales” (excepto lo relativo con la difusión y publicidad de programas
gubernamentales) conforme a los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición
o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado en la Administración Pública
del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011, vigentes en 2015, así como el pago
centralizado de la compra consolidada de vales de fin de año para los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad de México.
La tercera, por ser la unidad administrativa responsable de consolidar los requerimientos
de los Entes y Órganos Autónomos de la Ciudad de México que se adhieren a la compra
consolidada de vales de fin de año de acuerdo con las especificaciones y características
de dicho bien; así como de calcular los montos que ejercerán dichos órganos cuando procesen de
manera centralizada su nómina mediante el Sistema Integral Desconcentrado de Nómina
4
(SIDEN) y resguardar los vales que fueron devueltos por los entes de la Ciudad de México
de conformidad con los mencionados Lineamientos (publicados en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 13 de mayo de 2011) y los Lineamientos por medio de los cuales se Otorga el
Estímulo de Fin de Año a través de Vales para el Ejercicio 2015 publicados en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 20 de noviembre de 2015.
Para los trabajos de auditoría, se realizaron los siguientes procedimientos:
Evaluación del Control Interno
1. Se verificó que la OM haya contado con suficientes mecanismos de control para prevenir
y minimizar los riesgos que pudieran afectar la eficiencia y eficacia de las operaciones, la
obtención de información confiable y oportuna, el cumplimiento de la normatividad
aplicable a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y el logro
de sus objetivos.
2. Se analizaron los antecedentes de la OM en las auditorías practicadas por la ASCM
con motivo de la revisión de las Cuentas Públicas de 1996 y 2000 en relación con el
capítulo 1000 “Servicios Personales” y de 1995, 2001, 2004, 2005, 2008, 2010, 2011, 2012
y 2014 en relación con el capítulo 3000 “Servicios Generales”.
3. Se constató que la OM haya contado con la autorización de su estructura orgánica vigente
en 2015 y la existencia de áreas específicas responsables de llevar a cabo las operaciones
sujetas de revisión.
4. Se analizó el manual administrativo de la OM vigente en 2015, a fin de verificar si el
apartado de organización concuerda con la estructura orgánica aprobada y dictaminada;
y si, junto con los procedimientos aplicables a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y
3000 “Servicios Generales” fueron autorizados por la Coordinación General de Modernización
Administrativa (CGMA).
5. Se aplicaron cuestionarios de control interno y de ambiente de control a servidores públicos
de las Direcciones Generales de Administración, de Recursos Materiales y Servicios
Generales y de Administración y Desarrollo de Personal relacionados con las actividades
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de registro, aprobación, modificación, compromiso, devengo, ejercicio del presupuesto
y pago de operaciones realizadas por la OM con cargo a los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales” y de las compras consolidadas de dichos capítulos.
Mediante los cuestionarios, se verificó que los procedimientos y la normatividad relacionados
con las operaciones de las compras consolidadas registradas con cargo a los capítulos
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”, se hayan difundido entre el
personal encargado de su aplicación, que se encontraran actualizados y autorizados,
y que las actividades se hayan realizado de conformidad con dichos procedimientos.
6. Se examinó el sistema de control interno y se evaluó si los mecanismos establecidos
hicieron factible la administración de los riesgos de irregularidades e ineficiencias a que
estuvieron sujetas las operaciones revisadas.
Registro Contable y Presupuestal del Gasto
1. Se verificó que los registros contables y presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”, reflejaran la evolución del ejercicio presupuestal,
así como cada uno de los momentos contables de gasto (aprobado, modificado, comprometido,
devengado, ejercido y pagado) y que coincidieran con los reportados en la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2015.
2. Se constató que la OM haya elaborado Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC), Documentos
Múltiples y afectaciones programático-presupuestales por el personal autorizado para
el registro de las operaciones con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”
y 3000 “Servicios Generales” y que las registrara en la partida de gasto que le correspondiera
de acuerdo a su naturaleza y al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal
vigente en 2015.
3. Se verificó que la OM no haya efectuado pagos de adeudos de ejercicios anteriores
con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y que
éstos se hayan registrado y reportado a la Secretaría de Finanzas (SEFIN) en el ejercicio en
que se devengaron.
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4. Se verificó que las cifras de los informes y auxiliares coincidieran con lo reportado
en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal y su reglamento; del Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012;
y del Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, todos vigentes en 2015.
Gasto aprobado
1. Se verificó que la OM hubiese tramitado oportunamente ante la SEFIN la aprobación
de su Anteproyecto de Presupuesto de Egresos y su Programa Operativo Anual (POA),
conforme a la normatividad aplicable.
2. Se analizaron el Calendario Presupuestal y el Analítico de Claves correspondientes al
ejercicio fiscal de 2015, a fin de verificar si el techo presupuestal reportado por la dependencia
se ajustó al autorizado por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) y al
reportado por la SEFIN.
3. Se verificó que existiera congruencia entre los elementos que se consideraron para determinar
las metas físicas y financieras originales aprobadas en el Decreto de Presupuesto de
Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015 publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y las operaciones de la OM;
y que la dependencia haya contado con las autorizaciones de su presupuesto y que
las cifras correspondieran con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México
de 2015.
4. Se constató que el proceso de programación, presupuestación, integración (módulos
de integración por resultados y financiera) se hayan ajustado al Manual de Programación-
Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos 2015,
a la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y a su Reglamento,
vigentes en 2015; y que la OM tuviera la documentación soporte del citado proceso.
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Lo anterior, en cumplimiento del Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el
Ejercicio Fiscal 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre
de 2014; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y de su Reglamento;
y del Manual de Programación-Presupuestación para la Formulación del Anteproyecto de
Presupuesto de Egresos 2015, todos vigentes en 2015.
Gasto modificado
1. Se analizaron 184 afectaciones programático-presupuestarias que modificaron el presupuesto
asignado a los capítulos 1000 “Servicios Personales” (79 afectaciones) y 3000 “Servicios
Generales” (105 afectaciones).
2. Se verificó que las modificaciones a los presupuestos originales asignados a los capítulos
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” realizadas mediante afectaciones
programático-presupuestales se hayan sujetado al Manual de Reglas y Procedimientos para
el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012 y a la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal, vigentes en 2015.
3. Se constató que las afectaciones programático-presupuestarias contaran con las justificaciones
correspondientes y que las cifras reportadas por la OM coincidieran con lo reflejado
en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
4. Se constató que la OM tuviera identificadas las causas por las cuales modificó los
presupuestos originales de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios
Generales”, que las modificaciones se encontraran autorizadas y que dichas causas
reflejaran un proceso de programación o de planeación.
5. Se verificó que las cifras reportadas por la OM en informes y auxiliares coincidieran
con lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal
y su reglamento; de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento; del
Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; del Manual de Reglas
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y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito
Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre de 2012; de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades
Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno, 2014), y 18 de septiembre de 2015
(Circular Uno, 2015), todos vigentes en 2015.
Gasto comprometido, devengado, ejercido y pagado
Se efectuaron pruebas de detalle para comprobar si los procedimientos y la normatividad
que regula los gastos comprometido, devengado, ejercido y pagado con cargo a los
capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y a las compras consolidadas
de dichos capítulos se aplicaron durante el período auditado; particularmente, las pruebas
consistieron en lo siguiente:
Gasto comprometido
1. Se analizaron los reportes mensuales sobre los recursos fiscales, crediticios y provenientes de
transferencias federales que fueron ejercidos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”, a fin de conocer el presupuesto comprometido
por la OM en el ejercicio fiscal de 2015 y verificar que los recursos correspondieran
a obligaciones de pago respaldadas con documentos legales.
2. Se verificó que las compras consolidadas de vales de fin de año y del servicio
de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de
México seleccionadas en la muestra de auditoría estuvieran previstas en el Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) de la
OM autorizado; que se encontraran soportadas con requisiciones de compras y de servicios
debidamente justificadas y firmadas por el personal que tuvo atribuciones para autorizarlas;
y que se contara con suficiencia presupuestal.
3. Se verificó que la OM haya conservado evidencia documental de la adhesión de los
Entes y Órganos Autónomos de la Ciudad de México a las compras consolidadas
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de vales de fin de año y de la contratación del servicio de aseguramiento de bienes
patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México que realizó la OM
para el ejercicio fiscal de 2015; que las citadas compras consolidadas hayan contado
con suficiencia presupuestal previa a la contratación de los servicios; que se contara con la
autorización del titular de la dependencia para llevar a cabo las citadas compras
consolidadas mediante algún procedimiento distinto al de licitación o por que se hayan
excedido los montos de actuación y, en los casos procedentes, con la aprobación del
Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios
de la Administración Pública del Distrito Federal; que previamente a los procesos de
contratación se hayan realizado los estudios de precios de mercado.
4. Se revisó que los procedimientos de adquisición (licitación pública nacional o internacional,
invitación restringida a cuando menos tres proveedores o adjudicación directa) seleccionados
como muestra se hubieran ajustado a la normatividad y a los montos de actuación autorizados
en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y que
los expedientes de dichos procedimientos contaran con la documentación que evidenciara
las diferentes etapas del proceso de contratación de los servicios y el cumplimiento de los
requisitos por parte de los proveedores; y que los citados expedientes contaran con la
documentación legal y administrativa de los participantes y de los proveedores adjudicados
debidamente integrados.
5. Se verificó que las compras consolidadas de vales de fin de año y de la contratación
del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de
Ciudad de México, hayan contado con los formatos de adhesión correspondientes; que se
hubieran formalizado mediante contratos en los plazos establecidos y que reunieran
los requisitos mínimos que señalan la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y su reglamento, ambos vigentes en 2015, y, en su caso, que se hayan realizado los
convenios modificatorios; que los proveedores y prestadores de servicios con los que
la OM formalizó los contratos no se encontraran inhabilitados por la Contraloría General
(CGDF) o por la Secretaría de la Función Pública (SFP), que estuvieran al corriente
en sus obligaciones fiscales y que hayan presentado las garantías correspondientes
por los montos establecidos, y en su caso, los endosos correspondientes.
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6. Se constató que los egresos seleccionados en la muestra de las compras consolidadas de
vales de fin de año y de la contratación del servicio de aseguramiento de bienes
patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México se hayan comprometido
conforme a la normatividad y ordenamientos aplicables.
Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su
reglamento; de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; de la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno, 2014) y 18 de septiembre
de 2015 (Circular Uno, 2015); el Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio
Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012; de los Lineamientos Generales
para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado
en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos,
publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011; de los contratos
revisados; y del manual administrativo en su apartado de organización de la Oficialía Mayor,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013 y 27 de
agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.
Gasto Devengado
1. Se verificó que los entes y órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron
a las compras consolidadas de vales de fin de año y a la contratación del servicio
de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de
México, hayan recibido los servicios consolidados oportunamente y que correspondieran con
las especificaciones establecidas en los contratos respectivos.
2. Se verificó que se contara con controles o evidencia documental de la recepción
de los servicios consolidados a satisfacción de la OM.
3. Se constató que se hayan recibido los servicios consolidados contratados seleccionados
como muestra, que se haya dado cumplimiento a dichos contratos, y en su caso a los
respectivos convenios modificatorios.
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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento;
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal; de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
los días 28 de mayo de 2014 (Circular Uno, 2014) y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno, 2015);
de los contratos revisados; y del Manual Administrativo en su apartado de organización de la
Oficialía Mayor, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013
y 27 de agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.
Gasto Ejercido
1. Se constató que los expedientes de las operaciones revisadas se encontraran debidamente
integrados, y que se hubiera conservado la documentación justificativa y comprobatoria
de los pagos realizados.
2. Se verificó que los prestadores de servicios a los que se les adjudicaron las compras
consolidadas seleccionadas en la muestra hayan entregado comprobantes de pago
(facturas) a nombre del Gobierno de la Ciudad de México (en el caso de las dependencias,
órganos político-administrativos u órgano desconcentrados) y para el caso de entidades
y órganos autónomos se constató que las facturas se hayan expedido a nombre de dichas
unidades.
3. Se comprobó que las facturas cumplieran los requisitos fiscales establecidos en el Código
Fiscal de la Federación vigente en 2015, y que los pagos se hubieran efectuado por
servicios que cumplieran las especificaciones establecidas en los contratos.
4. Se verificó que los pagos realizados hayan sido por la prestación de servicios que cumplieron
las condiciones pactadas en los contratos; que en su caso, se hayan aplicado correctamente las
penas convencionales o sanciones a los prestadores de servicios por incumplimiento
a las condiciones pactadas en los contratos revisados, y se hayan hecho efectivas las
garantías correspondientes; que se hayan elaborado y tramitado las Cuentas por Liquidar
Certificadas (CLC) de operaciones ajenas por el importe de las sanciones aplicadas
y los impuestos retenidos.
5. Se constató que las CLC de las operaciones revisadas se hayan expedido con los requisitos,
en las condiciones y oportunidad correspondiente.
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Lo anterior, en cumplimiento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal y su reglamento; de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 28 de
mayo de 2014 (Circular Uno, 2014) y 18 de septiembre de 2015 (Circular Uno, 2015);
del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 diciembre
de 2012; de los contratos revisados; y del manual administrativo de la Oficialía Mayor,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 17 de julio de 2013 y 27 de
agosto de 2015 (incluye el apartado de procedimientos), todos vigentes en 2015.
Gasto Pagado
1. Se confirmaron operaciones con los prestadores de servicios a quienes la OM y los
entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas en revisión les
realizaron pagos (seleccionados como muestra de auditoría) para verificar los procesos de
contratación, facturación y pago; y que los pagos correspondieran con los servicios recibidos,
por las cantidades establecidas o pactadas, que se hayan cumplido las condiciones pactadas
en los contratos y en su caso, se hayan aplicado descuentos por sanciones o penas
convencionales correspondientes y que los citados pagos se hubiesen realizado vía
electrónica o cheque con las autorizaciones correspondientes.
2. Se verificó que la documentación proporcionada por los prestadores de servicios
correspondiera con la entregada por la OM y por los entes y órganos autónomos de la
Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas en revisión.
3. Se verificó que la OM haya registrado y comunicado a la SEFIN el reporte del pasivo
circulante 2015 con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios
Generales”.
Los procedimientos analíticos sustantivos se efectuaron para verificar si las operaciones
relacionadas con las compras consolidadas capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000
“Servicios Generales” produjeron los resultados deseados, si se presentaron desviaciones
o deficiencias, o si existieron oportunidades de mejora. Los procedimientos consistieron en
integrar por partidas de gasto el presupuesto ejercido por la OM con cargo a dichos capítulos;
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en constatar que los registros contables y presupuestales correspondieran a los establecidos en la
Normatividad Contable de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015; y
que las cifras presupuestarias reportadas por el sujeto fiscalizado a la SEFIN coincidieran
con las asentadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
Asimismo, se identificaron y analizaron los tipos de afectaciones y movimientos que modificaron el
presupuesto original de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”
de la OM, que se encontraran debidamente registradas y soportadas con la documentación
correspondiente (afectaciones presupuestarias y programáticas y justificación).
Se verificó que la OM y que las entidades y órganos autónomos de la Ciudad de México
que se adhirieron a las compras consolidadas seleccionadas en la muestra conservaran la
documentación original, justificativa y comprobatoria de los pagos realizados.
Además, se constató que la OM contara con expedientes debidamente integrados con la
documentación legal y administrativa de los prestadores de servicios a los que les fueron
adjudicados los contratos consolidados de los vales de fin de año y de la contratación del
servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad
de México correspondientes al ejercicio fiscal de 2015; y se realizó la confirmación de operaciones
con los citados prestadores de servicios.
La muestra de auditoría se determinó a partir del total de los contratos de las compras
consolidadas que la OM informó que realizó en el ejercicio fiscal 2015 con cargo a los capítulos
1000 “Servicios Personales” (3,972,159.3 miles de pesos) y 3000 “Servicios Generales”
(1,367,451.0 miles de pesos) correspondientes a 166 contratos consolidados con sus
respectivos convenios modificatorios por un total de 5,339,610.3 miles de pesos. Derivado
de los trabajos realizados en la fase de planeación de la auditoría, así como del estudio y
evaluación del sistema de control interno, se determinó revisar 3,978,937.8 miles de pesos que
representó el 74.5% del universo de los contratos consolidados de los citados capítulos,
de los cuales 3,715,234.9 miles de pesos correspondieron al capítulo 1000 “Servicios Personales”
a las compras consolidadas de vales de fin de año 2015 y los seguros de vida institucional
y colectivo de retiro; y 263,702.9 miles de pesos, con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”
correspondiente a la compra consolidada del seguro de bienes patrimoniales.
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Las compras consolidadas seleccionadas fueron adquisición de vales para el pago del estímulo
de fin de año a los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondientes al
ejercicio fiscal 2015 y la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales
y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015, con cargo
a las siguientes partidas:
(Miles de pesos y por cientos)
Capítulo / Partida
Universo de contratos consolidados Muestra
Concepto de la compra consolidada
Número Importe Número Importe contratado
Porcentaje de compra
consolidada
Porcentaje total
de compras consolidadas
Compras consolidadas capítulo 1000 “Servicios Personales”
1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil”
1442 “Primas por Seguro de Vida del Personal de Seguridad Pública y Bomberos”
Seguro de vida institucional 1 842,207.8 1 701,355.5 83.3 13.1
1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal al Servicio de las Unidades Responsable del Gasto del Distrito Federal”
Seguro colectivo de retiro 1 51,500.9 1 9,901.6 19.2 0.2
1541 “Vales” Vales de fin de año 5 3,078,450.6 5 3,003,977.8 97.6 56.3
Subtotal capítulo 1000 “Servicios Personales” 7 3,972,159.3 7 3,715,234.9 93.5 69.6
Compras consolidadas capítulo 3000 “Servicios Generales”
3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”
Seguros: bienes patrimoniales, vehículos, accidentes de personal, semovientes y aeronaves 5 584,706.8 1 263,702.9 45.1 4.9
Otras siete partidas Telefonía, internet, radiocomunicación, fotocopiado, comunicación social 154 782,744.2 0 0.0 0.0 0.0
Subtotal capítulo 3000 “Servicios Generales”
159 1,367,451.0 1 263,702.9 19.3 4.9
Total de compras consolidadas capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”
166 5,339,610.3 8 3,978,937.8 74.5
15
La selección de las compras consolidadas por revisar se realizó considerando los siguientes
criterios:
1. Se integraron las compras consolidadas de los capítulos 1000 “Servicios Personales”
y 3000 “Servicios Generales” de 2015 que la OM realizó y se seleccionaron las dos compras
consolidadas más representativas de las siete compras consolidadas que realizó la
dependencia en 2015, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos y por cientos)
Compra consolidada Importe Porcentaje
Vales de fin de año 3,078,450.6 57.6
Seguros 1,478,415.5 27.7
Difusión de programas y actividades del Gobierno del Distrito Federal en medios de comunicación 389,767.2 7.3
Telefonía tradicional 131,593.5 2.5
Servicios de acceso a internet 123,424.2 2.3
Fotocopiado 95,140.7 1.8
Radiocomunicación 42,818.6 0.8
Total de compras consolidadas 5,339,610.3 100.0
2. Se identificaron las partidas en que se registraron los contratos de las compras
consolidadas de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y se
seleccionaron las compras consolidadas más representativas: vales relativos al estímulo de
fin de año de 2015 para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México (3,078,450.6 miles
de pesos del capítulo 1000 “Servicios Personales”) y seguros (1,478,415.5 miles de pesos
que fueron registrados en los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios
Generales”).
3. Para seleccionar el tipo de seguro por revisar, se integró la compra consolidada de seguros
por un monto de 1,478,415.5 miles de pesos y se seleccionaron los dos seguros más
representativos (seguro de vida institucional por un importe de 842,207.8 miles de pesos
y seguro de bienes patrimoniales por un importe de 263,784.6 miles de pesos) y el seguro
que ocupó el quinto lugar (seguro colectivo de retiro por 51,500.9 miles de pesos) de los
siete tipos de seguros que integraron la citada compra consolidada, como se detalla
a continuación:
16
(Miles de pesos y por cientos)
Tipo de seguro Contratos consolidados de seguros
Número Importe %
De vida institucional 1 842,207.8 57.0
De bienes patrimoniales 1 263,784.6 17.8
De vehículos 1 231,484.4 15.7
De accidentes de personales de trabajadores que laboran permanentemente en la vía pública 1 51,563.0 3.5
Colectivo de retiro 1 51,500.9 3.5
De semovientes 1 28,936.4 1.9
De aeronaves 1 8,938.4 0.6
Total 7 1,478,415.5 100.0
4. De la compra consolidada de seguro con cargo a la partida 3451 “Seguro de Bienes
Patrimoniales”, únicamente se revisará el seguro de bienes patrimoniales por un monto
de 263,702.9 miles de pesos.
Las operaciones seleccionadas en la muestra de auditoría correspondieron a dos
licitaciones públicas nacionales consolidadas que realizó la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales en coordinación con la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal ambas áreas adscritas a la Oficialía Mayor.
5. La muestra seleccionada de seguros por un monto de 974,960.0 miles de pesos
(701,355.5 miles de pesos del seguro de vida institucional, 9,901.6 miles de pesos del
seguro colectivo de retiro y 263,702.9 miles de pesos del seguro de bienes patrimoniales)
representó el 65.9% del total contratado (1,478,415.5 miles de pesos).
El alcance de la revisión a nivel de partida de gasto se señala a continuación:
Capítulo 1000 “Servicios Personales”
Partidas 1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil”, y 1442 “Primas
por Seguro de Vida del Personal de Seguridad Pública y Bomberos”
Se revisó el 83.3% (701,355.5 miles de pesos) del seguro de vida institucional de los trabajadores
del Gobierno de la Ciudad de México del monto contratado con cargo a las partidas 1441
“Primas por Seguro de Vida del Personal Civil” y 1442 “Primas por Seguro de Vida del Personal
de Seguridad Pública y Bomberos” por un total de 842,207.8 miles de pesos de la compra
consolidada de seguros 2015.
17
Asimismo, se revisó la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14
correspondiente a la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales
y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015, de la cual derivó
el contrato administrativo consolidado núm. DAS-17-2015 para la prestación del servicio de
aseguramiento en el ramo de vida de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México.
Partida 1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal al Servicio
de las Unidades Responsable del Gasto del Distrito Federal”
Se revisó el 19.2% (9,901.6 miles de pesos) de la compra consolidada del seguro colectivo de
retiro de los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México por un monto de 51,500.9 miles
de pesos de la citada licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14
y de la que derivó el contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015 relativo a la
contratación del servicio de seguro colectivo de retiro de los trabajadores del Gobierno de
la Ciudad de México.
Partida 1541 “Vales”
Se revisó el 97.6% (3,003,977.8 miles de pesos) de la compra consolidada de vales de fin de
año 2015 con cargo a la partida 1541 “Vales” por un monto de 3,078,450.6 miles de pesos.
Se examinó también, la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15
realizada para la adquisición de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 y de la cual derivó
el contrato administrativo abierto consolidado núm. DA-12-2015 y los convenios modificatorios
consolidados núms. DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4.
Capítulo 3000 “Servicios Personales”
Partida 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales”
Se revisó el 99.9% (263,702.9 miles de pesos) de la compra consolidada del seguro de bienes
patrimoniales del Gobierno de la Ciudad de México por un monto de 263,784.6 miles de pesos de
la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 relativo a seguros y
de la que derivó el contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015.
18
RESULTADOS
Evaluación del Control Interno
1. Resultado
Se analizó el dictamen de estructura orgánica y los manuales administrativos (apartados
de organización y procedimientos) de la dependencia, vigentes en 2015, a fin de identificar las
unidades administrativas de la OM que estuvieron encargadas del control y registro (aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado) de las erogaciones con cargo a
los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” de dicha dependencia
y de las compras consolidadas de los citados capítulos que realizó con cargo a los
presupuestos de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a ella; y para conocer sus
funciones, objetivos y actividades, al respecto, se determinó lo siguiente:
Estructura Orgánica
En el ejercicio fiscal de 2015 la OM contó con el dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014,
el cual fue autorizado por la (CGMA) y se comunicó mediante el oficio núm. OM/080BIS/2014 del
20 de marzo de 2014 y entró en vigor a partir del 16 de marzo de 2014 y estuvo vigente
del 16 de marzo de 2014 al 31 de diciembre de 2015.
En dicho dictamen se establecieron tres Coordinaciones Generales (de Apoyo Administrativo, de
Modernización Administrativa, y de Comunicación Social), además, se reestructuró la OM
con cinco Direcciones Generales (de Administración, de Administración y Desarrollo de Personal,
de Recursos Materiales y Servicios Generales, de Patrimonio Inmobiliario, y de Gobernabilidad de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones).
Los trabajos de auditoría se realizaron en las Direcciones Generales de Administración, de
Recursos Materiales y Servicios Generales, y de Administración y Desarrollo de Personal todas
adscritas a la OM y consideradas en el citado dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014,
como se detalla a continuación:
1. En la Dirección General de Administración de la OM, por ser la Unidad Administrativa
que se encargó de administrar los recursos humanos, materiales y financieros, de registrar
las operaciones financieras y de conservar la documentación justificativa y comprobatoria
19
del gasto conforme a las políticas, lineamientos, criterios y normas establecidas por la OM
y por la SEFIN relacionadas con los recursos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”.
2. En la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM porque se
encargó de realizar los procesos de las licitaciones públicas de las compras consolidadas
seleccionadas en la muestra (adquisición de vales relativos al estímulo de fin de año
para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondientes al ejercicio
fiscal 2015 y la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y
de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015); así
como de realizar los pagos correspondientes del sector central del Gobierno de la Ciudad de
México.
3. En la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM, debido
a que fue la encargada de consolidar los formatos de adhesión de los entes de la
Ciudad de México para la compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de
año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondientes al
ejercicio fiscal 2015; de emitir el dictamen técnico para la adquisición de los citados vales
y de entregar la documentación para la determinación del monto de vales para cada
uno de los trabajadores del sector central del Gobierno de la Ciudad de México; y de
realizar los pagos de los seguros de vida institucional y el colectivo de retiro.
Manual Administrativo
La OM contó con dos manuales administrativos (apartado de organización), como se detalla
a continuación:
1. Con el oficio núm. CG/CGMA/0723/2013 del 22 de abril de 2013, la CGMA notificó el
registro del manual administrativo (apartado de organización) núm. MA-104-9/09, elaborado
con base en el dictamen de estructura orgánica núm. 9/2009, el cual fue publicado en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 17 de julio de 2013. Dicho manual estuvo vigente del
17 de julio de 2013 al 26 de agosto de 2015 y su difusión entre las áreas y el personal
responsable se realizó mediante los oficios núms. OM/CGAA/DEATT/071/2013,
OM/CGAA/DEATT/073/2013 y OM/CGAA/DEATT/074/2013 todos del 23 de julio de 2013;
y OM/DGA/2984/2013 del 30 de julio de 2013.
20
2. Mediante el oficio núm. OM/CGMA/1427/2015 del 30 de julio de 2015 con sello de
notificación del 5 de agosto de 2015, la CGMA registró el manual administrativo de la OM
(apartados de organización y de procedimientos) núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014,
elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 4/2014, el cual estuvo vigente
del 27 de agosto al 31 de diciembre de 2015; y fue publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.
Se determinó que la CGMA notificó el citado manual a la OM el 5 de agosto de 2015
y ésta lo publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015 (dicha
publicación debió ser el 26 de agosto de 2015), es decir, un día después del plazo establecido.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó
información ni documentación que modificara la presente observación.
Por haber publicado el manual administrativo en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
un día hábil posterior al plazo establecido, la OM incumplió el lineamiento trigésimo octavo
de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de
Operación de la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015, que establece:
“Los titulares de los Órganos de la Administración y de los Órganos Administrativos,
que hayan obtenido el registro de sus Manuales, deberán gestionar su publicación
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, dentro del plazo de 15 días hábiles siguientes
a la notificación del Registro respectivo.”
La difusión interna del manual en mención, se realizó con los oficios núms.
OM/DGRMSG/1444/2015 del 27 de agosto de 2015, OM/DGRMSG/DA/737/2015 del
1o. de septiembre de 2015, DGRMSG/DSG/1649/2015 del 2 de septiembre de 2015
y OM/0556/2015 del 3 de septiembre de 2015; así como con las notas informativas
núms. DCOF/001/2016 y DRL/0002/2016 del 8 de enero de 2016; DDP/005/2016,
DAP/005/2016 y DCPN/029/2016 del 11 de enero de 2016; y DGADP/000054/2016
del 14 de enero de 2016 y que se encuentran incorporados en archivos electrónicos
en la página de transparencia de la OM.
21
En relación con el manual administrativo (apartado de procedimientos) vigente 2015, se
determinó lo siguiente:
1. Con los oficios núms. CG/CGMA/DDO/0127/11 del 13 de enero de 2011 y
CG/CGMA/DEDDEO/3273/2011 del 13 de julio de 2011, la CGMA notificó el registro
de 35 procedimientos administrativos al manual administrativo de la Dirección General de
Administración de la OM núm. MA-12007-9/09, elaborados conforme al dictamen
de estructura orgánica núm. 9/2009; los listados de los procedimientos fueron publicados en
la Gaceta Oficial del Distrito Federal los días 29 de marzo y 11 de agosto de 2011 y estuvieron
vigentes a partir de la fecha de su publicación y hasta el 26 de agosto de 2015 y fueron
difundidos entre el personal encargado de su aplicación con los oficios núms. OM/DGA/191/2011
del 2 de febrero de 2011 y OM/DGA/1589 del 29 de julio de 2011.
Del citado manual, se identificaron 15 procedimientos relacionados con el capítulo 1000
“Servicios Personales” y nueve relativos al capítulo 3000 “Servicios Generales”.
2. Mediante el oficio núm. CGMA/2079/06 del 9 de agosto de 2006, la CGMA notificó el
registro de 68 procedimientos administrativos en el manual de procedimientos de la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM núm. MA-12003-0505,
elaborado conforme al dictamen de estructura orgánica núm. 05/2005, de los cuales
27 procedimientos se relacionaron con la autorización, aprobación, control, supervisión
y segregación de actividades de las operaciones de las compras consolidadas con cargo
a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”.
La OM proporcionó su manual administrativo (apartados de organización y de
procedimientos) núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, elaborado conforme al dictamen
de estructura orgánica núm. 4/2014, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 27 de agosto de 2015 (descrito en el numeral 3, inciso b) del presente resultado)
por lo que el sujeto fiscalizado demostró que ha actualizado sus procedimientos, los ha
publicado y difundido entre el personal encargado de su aplicación; por lo tanto no se emite
observación alguna.
3. El manual administrativo de la OM (apartado de organización y procedimientos)
núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 elaborado conforme al dictamen de estructura
22
orgánica núm. 4/2014 (señalado en el numeral 3, inciso b) del presente resultado) contó
con 324 procedimientos de las Direcciones Generales de Administración (54 procedimientos);
de Recursos Materiales y Servicios Generales (59 procedimientos); y de Administración
y Desarrollo de Personal (211 procedimientos), de los cuales 239 se relacionaron con
los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” como se muestra
a continuación:
Área
Número de procedimientos administrativos
Total Capítulo 1000 “Servicios
Personales”
Capítulo 3000 “Servicios
Generales”
Dirección General de Administración 13 23 36
Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales 14 42 56
Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal 144 3 147
Total de procedimientos 171 68 239
Como se observa en el cuadro anterior, el manual administrativo de la OM contó con
procedimientos que se relacionaron con la operación de los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”, los cuales se clasificaron conforme a los
momentos contables de gasto como se detalla a continuación:
Momento contable
Número de procedimientos administrativos
Total Capítulo 1000 “Servicios
Personales”
Capítulo 3000 “Servicios
Generales”
Aprobado 15 6 21
Modificado 30 12 42
Comprometido 34 17 51
Devengado 14 18 32
Ejercido 11 10 21
Pagado 67 5 72
Total de procedimientos 171 68 239
En el análisis de los 239 procedimientos, se constató que contaron con los elementos
de control interno: ambiente de control, evaluación de riesgos, actividades de control,
información y comunicación, así como actividades de supervisión.
23
4. La OM es la unidad administrativa de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad
de México, responsable de efectuar los procedimientos de contratación consolidada
de bienes de uso generalizado que requieran las dependencias, delegaciones,
órganos desconcentrados, entidades y, en su caso, órganos autónomos, que se adhieran
a tales procedimientos; así como de efectuar, en su caso, el pago centralizado derivado de
dichas contrataciones, por lo que se analizaron los procedimientos específicos que regulan
estas operaciones y se determinó que 10 estuvieron vigentes en 2015 y se determinó
su clasificación atendiendo el momento contable como parte de los elementos del control
interno como se muestra a continuación:
a) Comprometido: “Proceso de Elaboración de Fichas y Anexos Técnicos de las Partidas
Consolidadas por la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones”;
“Proceso General de Adhesión Consolidada de la Dirección de Seguimiento Sectorial y
Telecomunicaciones”; “Elaboración de Contratos o Convenios Consolidados Derivados
de la Adquisición, Arrendamiento de Bienes o Servicios”; “Sondeo de Mercado
para las Contrataciones Consolidadas”; “Adquisición Consolidada a través de Licitación
Pública”; “Adquisición Consolidada a través de Invitación Restringida a cuando menos
Tres Proveedores”; y “Adquisición Consolidada a través de Adjudicación Directa”.
b) Devengado: “Administración de los Contratos y/o Convenios Consolidados de la Dirección
de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones”; “Coordinación de la Entrega-recepción de
Bienes en los Almacenes de las Unidades Administrativas Adheridas a Contratos
Consolidados” y “Administración de los Contratos y/o Convenios Consolidados”.
En el análisis de los 10 procedimientos relacionados anteriormente, se observó que para
las compras consolidadas la OM cuenta con los elementos de control interno: ambiente de
control, evaluación de riesgos, actividades de control, información y comunicación, así como
actividades de supervisión, parcialmente cubiertos, por lo que su manual administrativo, en
su apartado de procedimientos, debe ser actualizado.
El manual administrativo de la OM (apartados de organización y de procedimientos)
núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 no estuvo actualizado, de acuerdo con lo siguiente:
24
1. El apartado de organización de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM no establece la función o atribución para que la Subdirección
de Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicio (autorizara y elaborara)
y la Jefatura de Unidad Departamental de Mejoramiento de Inmuebles elaborara las
CLC de las compras consolidadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y
para que la Jefatura de Unidad Departamental de Registro elaborara las CLC de las compras
consolidadas con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales”, la cual es una atribución
necesaria para la operación de la compras consolidadas de dichos capítulos.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó
información ni documentación que modificara la presente observación.
La OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales
para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
30 de diciembre de 2014, vigente en 2015, que establece:
“Los Órganos de la Administración y los Órganos Administrativos deberán actualizar
sus Manuales cuando se presenten los supuestos siguientes: […]
”III. Inclusión, actualización o eliminación de procedimientos derivados de la dinámica
organizacional.”
2. La Dirección General de Administración de la OM no acreditó contar con procedimientos
para la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos
tres proveedores, adjudicaciones directas; elaboración del Programa Anual de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios (PAAAPS) y sus modificaciones; elaboración y
trámite de requisiciones de compra o servicio; registro de entrada y salida de los bienes en el
almacén; y adhesión a las compras consolidadas del Gobierno de la Ciudad de México.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, la OM no presentó información
ni documentación respecto a la carencia de los mencionados procedimientos.
25
Por lo expuesto la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación
de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
3. Las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Recursos
Materiales y Servicios Generales no acreditaron tener un procedimiento para la compra
consolidada de vales de fin de año y su pago, que les permitiera coordinarse y definir
las actividades que cada una realizan en dicha compra, la documentación que se genera y
su salvaguarda y en consecuencia, delimitar las responsabilidades respectivas.
Cabe señalar que la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal contó
con el procedimiento denominado “Vales de Despensa de Fin de Año”; sin embargo,
no fue elaborado en coordinación con la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales y careció de los elementos de control interno (ambiente de control, evaluación
de riesgos, actividades de control, información y comunicación y actividades de monitoreo)
para delimitar las responsabilidades de cada área.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no
presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por lo anterior, la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación
de la Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
4. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no
acreditó que su manual administrativo (apartados de organización y de procedimientos)
estableciera documento alguno relativo al control, ejercicio, pago, operación, informes
de las compras consolidadas que realizó y de los pagos que efectuó y periodicidad en
su emisión, con cargo a los presupuestos de los entes de la Ciudad de México que se
adhirieron a las compras consolidadas, así como de la salvaguarda de la información
y documentación que se generó en las compras consolidadas.
26
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no acreditó
información ni documentación que modificara la presente observación.
Por no establecer los documentos relativos al control, ejercicio, pago, operación, informes
de las compras consolidadas que realizó y de los pagos que efectuó y periodicidad en
su emisión, con cargo a los presupuestos de los entes del Sector Central del Gobierno
de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas, así como de la
salvaguarda de la información y documentación generada en dichas compras consolidadas,
la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales
para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
Por lo anterior, con base en el resultado del estudio y evaluación del control interno, se determinó
que la OM tuvo un grado de madurez inicial al contar con elementos de control que se
encontraron definidos y autorizados y que permitieron la realización de sus actividades
sustantivas; se constató que las áreas estuvieron estructuradas de acuerdo con el dictamen de
estructura orgánica de la OM vigente en 2015; sin embargo, del 1o. de enero al 26 de agosto
de 2015, dichas áreas trabajaron con funciones y procedimientos que no estuvieron actualizados
conforme el citado dictamen de estructura orgánica que promoviera y garantizara el cumplimiento
de la normatividad vigente en 2015 y que mitigara los riesgos de registro y control de las
operaciones de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”
y de las compras consolidadas de dichos capítulos.
Además, la OM publicó su manual administrativo núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 en la
Gaceta Oficial del Distrito Federal, un día hábil después del plazo establecido en los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 30 de diciembre de 2014, vigentes en 2015. Asimismo, se constató que el citado manual
no estuvo actualizado, ya que presentó las siguientes deficiencias de control:
La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales, en el apartado de organización,
no acreditó que haya establecido la función o atribución para que la Jefatura de Unidad
Departamental de Mejoramiento de Inmuebles elaborara y la Subdirección de Administración de
27
Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicio supervisara las CLC de las compras consolidadas
con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y para que la Jefatura de Unidad Departamental
de Registro elaborara las CLC de las compras consolidadas con cargo al capítulo 1000
“Servicios Personales”.
La Dirección General de Administración no acreditó tener procedimientos administrativos
autorizados para la realización de licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando
menos tres proveedores, adjudicaciones directas; la elaboración del PAAAPS y sus modificaciones;
la elaboración y trámite de requisiciones de compra o servicio; el registro de entrada y
salida de los bienes en el almacén; y la adhesión a las compras consolidadas del Gobierno de la
Ciudad de México.
Las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Recursos Materiales
y Servicios Generales no acreditaron tener un procedimiento para la compra consolidada
de vales de fin de año y su pago; en el que dichas Direcciones Generales se coordinen
y establezcan los procedimientos y actividades que cada una realizan en dicha compra, la
documentación que se genera y su salvaguarda; y que delimite la responsabilidad de cada una
de las áreas.
En la revisión de la Cuenta Pública 2013, en el informe de la Auditoría con clave AFLA/117/13,
practicada a la OM, resultado número 1, recomendación AFLA-117-13-03-OM, se considera el
mecanismo para prevenir la falta de procedimientos administrativos para la realización de
licitaciones públicas, invitaciones restringidas a cuando menos tres proveedores, adjudicaciones
directas; elaboración del PAAAPS y sus modificaciones; elaboración y trámite de requisiciones de
compra o servicio; registro de entrada y salida de los bienes en el almacén; y adhesión a
las compras consolidadas, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte del
seguimiento de la recomendación citada.
Recomendación ASCM-21-15-1-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, establezca mecanismos de control
que aseguren la publicación de sus manuales administrativos en la Gaceta Oficial de la Ciudad
de México dentro del plazo establecido y realice la difusión entre el personal, en cumplimiento a lo
establecido en los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos
y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, vigentes.
28
Recomendación ASCM-21-15-2-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, establezca mecanismos de
control que aseguren el establecimiento de funciones y atribuciones para que la Jefatura
de Unidad Departamental de Mejoramiento de Inmuebles elabore y la Subdirección de
Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicio supervise las CLC de las
compras consolidadas con cargo al capítulo 3000 “Servicios Generales”; y para que la
Jefatura de Unidad Departamental de Registro elaborara las CLC de las compras consolidadas
con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales” en cumplimiento de los Lineamientos Generales
para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración
Pública del Distrito Federal.
Recomendación ASCM-21-15-3-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México, establezca mecanismos de control
y coordinación que aseguren que las Unidades Administrativas involucradas en el proceso
la compra consolidada de vales de fin de año y su pago, para que se actualice el manual
administrativo en su apartado de procedimientos y los Lineamientos que se emitan para la
adquisición de vales de despensa para el ejercicio correspondientes, a fin de que se delimiten
las actividades y responsabilidades específicas de cada una de ellas; así como de la documentación
que se genera y su salvaguarda en cumplimiento de los Lineamientos Generales para el Registro
de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del
Distrito Federal.
Recomendación ASCM-21-15-4-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor del Gobierno de la Ciudad de México actualice su manual
administrativo a fin de establecer mecanismos de control que aseguren la elaboración,
entrega en tiempo y forma, y resguardo de toda la documentación, informes y reportes relativos
a las operaciones de compras consolidadas en las que participe como Unidad Administrativa
Consolidadora, de conformidad con los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales
Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal
y Lineamientos Generales para Consolidar en la Administración Pública del Distrito Federal,
así como para la Centralización de Pagos.
29
Armonización Contable
2. Resultado
Se verificó si la OM, en cuanto al ejercicio de su presupuesto como unidad ejecutora del
gasto con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”,
cumplió lo dispuesto en la Ley General de Contabilidad Gubernamental y en las normas
emitidas por el Consejo Nacional de Armonización Contable (CONAC), según lo establecido en
los artículos 121 y 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigentes
en 2015. Al respecto, se determinó lo siguiente:
El 31 de diciembre de 2008, se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley General
de Contabilidad Gubernamental, con vigencia a partir del 1o. de enero de 2009 y vigente
en 2015, con objeto de establecer los criterios generales que regirían la contabilidad gubernamental
y la emisión de información financiera de los entes públicos, y lograr su adecuada armonización,
de conformidad con el artículo 4, fracción I, de dicha ley, vigente en 2015, dispone:
“Armonización: la revisión, reestructuración y compatibilización de los modelos contables
vigentes a nivel nacional, a partir de la adecuación y fortalecimiento de las disposiciones jurídicas
que las rigen, de los procedimientos para el registro de las operaciones, de la información
que deben generar los sistemas de contabilidad gubernamental, y de las características
y contenido de los principales informes de rendición de cuentas.”
En este punto en particular, la OM no emitió información contable y financiera, debido
a que ésta se concentra en la SEFIN, según lo establecido en los artículos 122 y 124 de la
Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
Se verificó el cumplimiento de las conciliaciones programático-presupuestales de conformidad
con lo establecido en el artículo 123 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2015.
Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016, la
Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN proporcionó las cuentas de mayor
afectación y los registros de las operaciones que fueron afectadas en la situación financiera
en el Gobierno de la Ciudad de México durante 2015, por importes de 795,298.8 miles de pesos
y 434,042.7 miles de pesos, recursos de la OM y que ejerció con cargo a los capítulos
30
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”, respectivamente, y que correspondieron
a las etapas del presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado y ejercido
por la OM. Dicha información correspondió únicamente a la OM y no a los entes de la Ciudad de
México que se adhirieron a las compras consolidadas en el ejercicio fiscal de 2015.
Con el oficio núm. OM/DGA/3713/2016 del 6 de octubre de 2016, la Dirección General de
Administración de la OM remitió respuesta al cuestionario de contabilidad aplicado por esta
entidad de fiscalización para evaluar el cumplimiento de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental vigente en 2015; de acuerdo con dicha respuesta y con la información
proporcionada por la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta Pública
de la SEFIN, la OM (por medio de la SEFIN) ha dado cumplimiento a las disposiciones de
la Ley General de Contabilidad Gubernamental que se refieren a la instauración de medidas para
cumplir los requerimientos y obligaciones relacionadas con la armonización contable, como son la
emisión de información contable y presupuestaria sobre la base de clasificaciones administrativas,
económicas y programáticas; la emisión del Informe de Cuenta Pública 2015, mediante consultas
realizadas a la SEFIN; y el uso del sistema informático implementado por dicha dependencia.
Se concluye que la OM por medio de la SEFIN, mediante la elaboración de las cuentas de
mayor afectación y los registros de las operaciones, realizó el registro contable de las etapas del
presupuesto aprobado, modificado, comprometido, devengado y ejercido de la OM, por
795,298.8 miles de pesos y 434,042.7 miles de pesos, con cargo a los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”, respectivamente, de conformidad con la Ley General
de Contabilidad Gubernamental vigente en 2015.
Registro Contable y Presupuestal
3. Resultado
A fin de verificar que el registro presupuestal de los momentos contables del gasto aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la OM con cargo a los capítulos
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” (sin considerar el presupuesto
de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que dicha
dependencia realizó con cargo a los citados capítulos), se haya realizado de acuerdo con
lo establecido en el artículo 121 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal, mediante los oficios núms. ACF-A/16/0639 y ACF-A/16/0788 del 4 de julio
y 31 de agosto de 2016, respectivamente, se solicitaron los registros presupuestales correspondientes.
31
Mediante el oficio núm. SFCDMX/SE/DGCNCP/DC/261/2016 del 29 de julio de 2016, la
Dirección de Contabilidad de la Dirección General de Contabilidad, Normatividad y Cuenta
Pública de la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN proporcionó las cuentas de mayor
afectación y los registros de las operaciones que fueron afectadas en la situación financiera en la
Ciudad de México durante 2015, por un importe de 795,298.8 miles de pesos y 434,042.7 miles
de pesos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”,
respectivamente, y dichos recursos fueron ejercidos por la dependencia.
1. Los registros presupuestales de los momentos contables del gasto del capítulo 1000 “Servicios
Personales” de la OM fueron los siguientes:
(Miles de pesos)
Momento contable / Cuenta Importe
Variación Debe Haber
Gasto aprobado:
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 722,553.7
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 722,553.7
Total 722,553.7 722,553.7
Gasto modificado:
8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central”
72,745.1
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 72,745.1
Total 72,745.1 72,745.1
Gasto comprometido:
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 795,298.8
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 795,298.8
Total 795,298.8 795,298.8
Gasto devengado:
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 795,298.8
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 795,298.8
Total 795,298.8 795,298.8
Gasto ejercido:
8261000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 795,298.8
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 795,298.8
Total 795,298.8 795,298.8
Gasto pagado:
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 795,298.8 (795,298.8)
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 601,754.6 601,754.6
Total 601,754.6 795,298.8 (193,544.2)
32
El registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 1000 “Servicios Personales”
fue 193,544.2 miles de pesos menor que el gasto ejercido por la OM, lo que denota deficiencias
de control, ya que la dependencia no verificó los registros presupuestales.
Mediante nota informativa del 7 de febrero de 2017, la Dirección de Recursos Financieros
informó que “la diferencia que existe entre el momento ejercido y el momento pagado
se debe a que existen CLC que aplican otros capítulos del gasto”.
2. Los registros presupuestales de los momentos contables del gasto del capítulo 3000 “Servicios
Generales” de la OM se exponen a continuación:
(Miles de pesos)
Momento contable / Cuenta Importe
Diferencia Debe Haber
Gasto aprobado:
8211000000 “Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central” 317,312.5
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 317,312.5
Total 317,312.5 317,312.5
Gasto modificado:
8231000000 “Modificaciones al Presupuesto de Egresos Aprobado Sector Central”
116,730.2
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 116,730.2
Total 116,730.2 116,730.2
Gasto comprometido:
8221000000 “Presupuesto de Egresos por ejercer Sector Central” 434,042.7
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 434,042.7
Total 434,042.7 434,042.7
Gasto devengado:
8241000000 “Presupuesto de Egresos Comprometido Sector Central” 434,042.7
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 434,042.7
Total 434,042.7 434,042.7
Gasto ejercido:
8251000000 “Presupuesto de Egresos Devengado Sector Central” 434,042.7
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 434,042.7
Total 434,042.7 434,042.7
Registro Presupuestal del Momento del Gasto Pagado:
8261000000 “Presupuesto de Egresos Ejercido Sector Central” 434,042.7 (434,042.7)
8271000000 “Presupuesto de Egresos Pagado Sector Central” 486,267.5 486,267.5
Total 486,267.5 434,042.7 (52,224.8)
33
El registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales”
fue mayor, en 52,224.8 miles de pesos, que el gasto ejercido por la OM, lo que denota
deficiencias de control, ya que la OM no verificó los registros presupuestales.
Al respecto, mediante nota informativa del 7 de febrero de 2017, la Dirección de Recursos
Financieros informó a esta entidad de fiscalización que “la diferencia que existe entre
el momento ejercido y el momento pagado se debe a que existen CLC que aplican otros
capítulos del gasto, además de que en los casos de cargos centralizados existen sanciones
aplicadas mismas que reducen el registro del gasto pagado”.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no
presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por no verificar que el importe del registro del momento contable del gasto pagado
correspondiera al monto erogado de sus recursos con cargo al capítulo 1000 “Servicios
Personales”, la OM incumplió los artículos 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal y el 121 de su Reglamento, vigentes en 2015.
El artículo 126 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente
en 2015, establece:
“Será responsabilidad de las Unidades Responsables de Gasto la confiabilidad de las
cifras consignadas en la contabilidad.”
El artículo 121 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, vigente en 2015, establece lo siguiente:
“El registro presupuestal de las operaciones será responsabilidad de las Unidades
Responsables del Gasto y se efectuará en las cuentas que para tal efecto designe la
Secretaría, las cuales reflejarán, entre otros, los siguientes momentos contables:
ingreso estimado, modificado, devengado y recaudado, así como presupuesto aprobado,
modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado, en términos de la normatividad
aplicable.”
34
La SEFIN realizó los registros presupuestales de los momentos contables de los gastos
aprobado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado de la OM con cargo
a su presupuesto de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”, de
conformidad con lo establecido en el Manual de Contabilidad del Gobierno del Distrito Federal
Sector Central, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 24 de mayo de 2012
y vigente en 2015, sin considerar el presupuesto de los entes de la Ciudad de México que
se adhirieron a las compras consolidadas que la OM realizó con cargo a dichos capítulos.
Los registros contables reflejaron cada uno de los momentos contables del gasto y la evolución
presupuestal de dichos capítulos.
No se identificaron pagos de adeudos de ejercicios anteriores.
Se constató que las Direcciones Generales de Administración, de Recursos Materiales y Servicios
Generales, y de Administración y Desarrollo de Personal de la OM elaboraron CLC, documentos
múltiples y afectaciones programático-presupuestales relativos a los recursos con cargo a los
capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y a las compras consolidadas de
estos capítulos. Dicha documentación fue elaborada por el personal autorizado mediante los
oficios núms. OM/0508/2014 del 31 de diciembre de 2014; OM/DGRMSG/0012/2015 y
OM/DGRMSG/0013/2015 del 6 de enero de 2015; OM/DGRMSG/0024/2015 del 8 de enero
de 2015; OM/DGA/0070/2015 y OM/DGA/0071/2015 del 12 de enero de 2015;
OM/DGRMSG/1097/2015 y OM/DGRMSG/1098/2015 del 3 de julio de 2015; OM/DGRMSG/1128/2015
y OM/DGRMSG/1129/2015 del 8 de julio de 2015; OM/DGRMSG/1186/2015 del 17 de julio de 2015.
Se concluye que el registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 1000
“Servicios Personales” fue menor en 193,544.2 miles de pesos en relación con el gasto ejercido
en dicho capítulo y lo reportado en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015; y el
registro del momento contable del gasto pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales” fue
superior en 52,224.8 miles de pesos del gasto ejercido por la dependencia y lo reportado
en Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015.
En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/22/14,
practicada a la OM, resultado número 3, recomendación ASCM-22-14-2-OM, se prevé
la necesidad de emitir el mecanismo de control para prevenir que el registro presupuestal
de las operaciones correspondientes al momento contable del gasto pagado que emite la
35
Secretaría de Finanzas corresponda al monto erogado por la dependencia, por lo que se
dará tratamiento a dicha circunstancia como parte de seguimiento de la recomendación
citada.
4. Resultado
Se verificó que la OM hubiera enviado a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN las
conciliaciones programático-presupuestales de su presupuesto con cargo a los capítulos
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” correspondiente al ejercicio de 2015
en cuanto a su presupuesto ejercido como unidad ejecutora del gasto con cargo a los capítulos
mencionados, para la integración de la Cuenta Pública de la Ciudad de México, sin considerar
lo relativo al presupuesto de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las
compras consolidadas que la OM realizó con cargo a dichos capítulos.
Al respecto, mediante el oficio núm. OM/DGA/2861/2016 del 1o. de agosto de 2016, la OM
proporcionó las conciliaciones en comento.
La OM presentó con desfases las conciliaciones programático-presupuestales a la SEFIN como
se detalla a continuación:
Mes Oficio Fecha
de recepción en la SEFIN
Fecha límite según
normatividad
Días hábiles
de desfase Número Fecha
Febrero OM/DGA/1083/2015 13/III/15 23/III/15 13/III/15 5
Noviembre OM/DGA/4721/2015 4/XII/15 29/XII/15 14/XII/15 10
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó
información ni documentación que modificara la presente observación.
La OM incumplió el artículo 136, fracción I, inciso a), de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente
del Distrito Federal vigente en 2015, que establece:
“Las Dependencias […] deberán proporcionar a la Secretaría la siguiente información:
”I. Mensualmente, dentro de los primeros diez días del mes siguiente.
”a) Conciliación del ejercicio presupuestal.”
36
La OM presentó las conciliaciones programático-presupuestales relacionadas con los recursos
con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” de cierre
del ejercicio. Los datos en dichas conciliaciones correspondieron con lo reportado en la Cuenta
Pública del Gobierno de la Ciudad de México del ejercicio 2015.
Se concluye que la OM remitió a la SEFIN las conciliaciones programático-presupuestales
de febrero y noviembre de 2015, con desfases de cinco a diez días hábiles.
Recomendación ASCM-21-15-5-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de control
que aseguren que las conciliaciones programático-presupuestales sean remitidas a la Secretaría de
Finanzas dentro del término que dispone la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del
Distrito Federal vigente.
Gasto Aprobado
5. Resultado
Se analizaron el techo presupuestal reportado en el Analítico de Claves, el Programa Operativo
Anual (POA), el calendario presupuestal y el Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del
sujeto fiscalizado con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios
Generales”, todos correspondientes al ejercicio fiscal de 2015 sin considerar los presupuestos de
los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que realizó la OM
con cargo a dichos capítulos, con objeto de verificar que la previsión de gasto para la OM con
cargo al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014, se haya asignado
conforme a la normatividad aplicable.
1. Con el oficio núm. SFDF/SE/4337/2014 del 5 de noviembre de 2014, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN comunicó a la OM que el techo presupuestal para la elaboración de
su Anteproyecto de Egresos para el Ejercicio Fiscal de 2015 sería de 1,067,701.2 miles
de pesos y señaló que “deberá de apegarse estrictamente al techo presupuestal comunicado,
y destinar los recursos en primer término a cubrir conceptos estrictamente indispensables
37
para su operación, tales como Servicios Personales (nómina) y Servicios Básicos (agua,
energía, teléfono, combustibles, vigilancia, entre otros)”. Asimismo, estableció que el plazo
para la entrega del anteproyecto sería el 20 de noviembre de 2014.
Mediante el oficio núm. OM/0447/2014 del 20 de noviembre de 2014, con sello de
recibido de la misma fecha, la OM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN
los reportes para la integración por resultados y la integración financiera del Anteproyecto
de Presupuesto de Egresos de la OM 2015, generados en el Sistema de Planeación
de Recursos Gubernamentales (GRP-SAP), en el plazo establecido (20 de noviembre de
2014), en cumplimiento del oficio núm. SFDF/SE/4337/2014 del 5 de noviembre de 2014.
2. Con los oficios núms. OM/DGA/3884/2014, OM/DGA/3885/2014, OM/DGA/3886/2014,
OM/DGA/3887/2014, OM/DGA/3888/2014 y OM/DGA/3889/2014 todos del 15 de septiembre
de 2014, la Dirección General de Administración de la OM solicitó a las áreas que
integraron la OM, las metas físicas calendarizadas a nivel mensual y trimestral de las
actividades institucionales, así como la descripción de las principales acciones a desarrollar
para cada actividad; que vincularan las actividades institucionales con las líneas de acción
del Programa de Derechos Humanos del Distrito Federal y que describieran las actividades
específicas a desarrollar; la estimación de los recursos con la justificación correspondiente
para las adquisiciones, arrendamientos y prestaciones de servicios; y que llenaran
el Marco de Política Pública previo a la integración del anteproyecto de presupuesto
de la dependencia 2015.
En respuesta, mediante los oficios núms. OM/CGAA/323/2014 del 23 de septiembre
de 2014; OM/CGAA/325/2014 y OM/DGGTIC/569/2014 ambos del 25 de septiembre de 2014;
OM/CGCS/0466/2014, OM/CGAA/0383/2014 y CGDF/CGMA/DEIEDGUEI/100/2014 del
22, 29 y 31 de octubre de 2014; OM/CGCS/489/2014, DGADP/004178/2014
y DGAD/004308/2014 del 6, 11 y 21 de noviembre de 2014, respectivamente, dichas áreas
remitieron la documentación solicitada por la Dirección General de Administración, la cual
las conjuntó para la integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos de la OM 2015
en cumplimiento de los artículos 11; 24, fracciones I y II; y 26, tercer párrafo de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
38
Asimismo, se determinó que existió congruencia entre los elementos que se consideraron
para determinar las metas físicas y financieras originadas aprobadas en el Decreto de
Presupuesto de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014 y las operaciones
realizadas por la OM en 2015.
3. Con el oficio núm. SFDF/SE/0039/2015 del 5 de enero de 2015, la Subsecretaría de Egresos
de la SEFIN remitió a la OM el Analítico de Claves y el Decreto de Presupuesto
de Egresos del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2015, publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 22 de diciembre de 2014; y le comunicó que el techo aprobado
por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) para el ejercicio de 2015 sería
de 1,067,701.2 miles de pesos. Dicho monto, que correspondió a gasto corriente, se les
asignó un monto de 722,553.7 miles de pesos y 317,312.5 miles de pesos a los capítulos
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” respectivamente; importes que
coincidieron con el presupuesto aprobado reportado por la dependencia en el apartado
“ECG Análisis de Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad
de México de 2015.
4. Mediante el oficio núm. SFDF/SE/0455/2015 del 28 de enero de 2015, la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN comunicó a la OM el calendario presupuestal y el POA correspondientes
al techo presupuestal definitivo para el ejercicio fiscal de 2015, por un total de 1,067,701.2 miles
de pesos, en el cual se determinó un importe de 722,553.7 miles de pesos para el capítulo
1000 “Servicios Personales” y de 317,312.5 miles de pesos para el capítulo 3000 “Servicios
Generales”.
5. En el Analítico de Claves se asignaron recursos a 36 partidas del capítulo 1000 “Servicios
Personales” por un monto de 722,553.7 miles de pesos y 43 partidas del capítulo 3000
“Servicios Generales” por un importe de 317,312.5 miles de pesos; dichas cantidades
correspondieron al presupuesto aprobado en los citados capítulos, lo cual se constató
en el Informe de Cuenta Pública de la OM del ejercicio fiscal de 2015.
6. En relación con las compras consolidadas que realizó la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM con cargo a los capítulos 1000 “Servicios
39
Personales” y 3000 “Servicios Generales”, la dependencia no acreditó contar con documentos
que estuvieran considerados en un procedimiento de su manual administrativo vigente
en 2015 para el control de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos
aprobados para ejercer, de los importes contratados de los entes de la Ciudad de México que
se adhirieron a dichas compras consolidadas así como del número de entes adheridos a
cada una de las compras consolidadas, por lo que la OM incumplió el lineamiento vigésimo
tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales para el Registro de Manuales Administrativos
y Específicos de Operación de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015
Se concluye que la OM programó recursos con cargo a los capítulos 1000 “Servicios Personales”
y 3000 “Servicios Generales” por 722,553.7 miles de pesos y 317,312.5 miles de pesos, importes
que coincidieron con el presupuesto aprobado que se reportó en el apartado “ECG Análisis de
Egresos por Capítulo de Gasto” de la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015;
asimismo, los procesos de programación, presupuestación e integración (módulos de integración
por resultados y de integración financiera) se ajustaron a la normatividad vigente en 2015.
Sin embargo, la OM no acreditó contar con documentos para el control de los importes de
la suficiencia presupuestal, de los montos aprobados para ejercer; de los importes contratados
de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dichas compras consolidadas
así como del número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas, que estuvieran
considerados en un procedimiento de su manual administrativo vigente en 2015.
Recomendación ASCM-21-15-6-OM
Es conveniente que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México implemente mecanismos
de control y coordinación que aseguren como parte de un procedimiento administrativo, que la
documentación respecto de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos
aprobados por ejercer, y el número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas,
se encuentre debidamente soportada de conformidad con los Lineamientos Generales para el
Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública
del Distrito Federal.
40
Gasto Modificado
6. Resultado
Se analizaron las afectaciones programático-presupuestales de dichos capítulos y su
documentación soporte, a fin de verificar, en la Cuenta Pública de la Ciudad de México de 2015,
que la OM haya reportado en los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”
un presupuesto modificado por importes de 795,298.8 miles de pesos y 434,042.7 miles
de pesos, respectivamente, sin considerar el presupuesto modificado de los entes de la Ciudad
de México que se adhirieron a las compras consolidadas que la OM realizó con cargo
a dichos capítulos, al respecto, se determinó lo siguiente:
1. En el capítulo 1000 “Servicios Personales”, la dependencia reportó un presupuesto aprobado
de 722,553.7 miles de pesos, al cual le realizó las siguientes adecuaciones presupuestarias:
36 adiciones compensadas por un monto de 68,278.2 miles de pesos, 148 adiciones
líquidas por un importe de 98,651.3 miles de pesos, 1,158 ampliaciones compensadas
por un monto de 297,515.1 miles de pesos, 413 ampliaciones líquidas por un importe de
134,254.7 miles de pesos, 1,274 reducciones compensadas por un monto de 435,800.9 miles
de pesos y 334 reducciones líquidas por un importe de 90,153.3 miles de pesos; en
consecuencia, el presupuesto se incrementó en 72,745.1 miles de pesos para quedar
en un presupuesto modificado de 795,298.8 miles de pesos, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto aprobado
722,553.7
Adiciones compensadas (36) 68,278.2
Adiciones líquidas (148) 98,651.3
Ampliaciones compensadas (1,158) 297,515.1
Ampliaciones líquidas (413) 134,254.7
Subtotal
598,699.3
Reducciones compensadas (1,274) (435,800.9)
Reducciones líquidas (334) (90,153.3)
Subtotal (3,363)
(525,954.2) 72,745.1
Presupuesto modificado 795,298.8
Presupuesto ejercido 795,298.8
Diferencia
0.0
41
Se constató que los montos de los presupuestos aprobado (722,553.7 miles de pesos),
modificado (795,298.8 miles de pesos) y ejercido (795,298.8 miles de pesos) del capítulo
1000 “Servicios Personales” coincidieron con lo reportado por la OM en la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2015.
Los 3,363 movimientos derivaron de 79 afectaciones programático-presupuestarias
del capítulo 1000 “Servicios Personales” y de su análisis se determinó que las principales
causas para su realización fueron solicitudes para pagar la nómina de los trabajadores de
la OM, la contratación de personal eventual y para modificar el calendario presupuestal a
las necesidades de gasto de la dependencia.
Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias y se determinó que las
principales justificaciones por las que la OM modificó el presupuesto aprobado del capítulo
1000 “Servicios Personales” fueron las siguientes:
(Miles de pesos)
Tipo de adecuación
presupuestaria Importe Concepto
Adiciones compensadas 68,278.2 Para adecuar el presupuesto a las necesidades de gasto de la OM;
para pagar entre otras cosas: la nómina del Programa de Estabilidad
Laboral, los gastos de titulación del personal de la OM y el Programa de
Separación Voluntaria 2015; así como para la compra consolidada
de vales de despensa para el personal de base y técnico operativo de
la OM; para apoyar económicamente al Sindicato Único de Trabajadores
del Distrito Federal; y para contratar personal para el Centro de Información
de la Ciudad de México.
Adiciones líquidas 98,651.3 Para cubrir la nómina de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de
2015 del personal de base, de lista de raya y de estructura; para
apoyar económicamente a las 40 secciones sindicales y al Comité
Ejecutivo General del Sindicato de Trabajadores del Distrito Federal
para las festividades de fin de año; para el pago único extraordinario
del personal de honorarios asimilables a salarios y el pago del seguro
colectivo de retiro.
Ampliaciones compensadas 297,515.1 Para pagar principalmente la nómina del Sistema Integral Desconcentrado
de Nómina (SIDEN) de la segunda quincena de marzo de 2015,
los vales del estímulo por el día internacional de la mujer, el obsequio
del Día del Padre, el vestuario administrativo del personal de base,
el otorgamiento de recompensas 2015, los gastos de titulación del
personal de la OM y el Fondo de Ahorro y Fondo del Trabajo; así
como para contar recursos para el pago centralizado por concepto
de aportaciones de seguridad social y cuotas obreras a favor del
Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores
del Estado (ISSSTE).
Continúa…
42
… Continuación
Tipo de adecuación
presupuestaria Importe Concepto
Ampliaciones líquidas 134,254.7 Para contar con recursos para el pago de nómina de octubre, noviembre
y diciembre del personal de base, lista de raya y estructura de la OM.
Reducciones compensadas (435,800.9) Para pagar la nómina del Programa de Estabilidad Laboral, la segunda
quincena de marzo y agosto así como la primera quincena de
septiembre del SIDEN, los vales del estímulo por el día internacional de la
mujer y el Premio Nacional de Antigüedad el cual se otorga cada
año al personal de base de la OM.
Reducciones líquidas (90,153.3) Se realizaron debido a que existieron recursos que no se ejercieron del
capítulo en revisión toda vez que la nómina se ejerció con afectaciones
líquidas por tanto se generaron remanentes; el área consolidadora
no ejerció el recurso asignado para el pago de las aportaciones al
sistema de retiro o a la administradora de fondos para el retiro
y ahorro solidario y la proyección de vales de despensa no entregados
en su totalidad lo cual generaron remanentes.
Mediante nota informativa del 1o. de agosto de 2016, la Dirección de Recursos Financieros
de la Dirección General de Administración de la OM informó que las variaciones en
el ejercicio del gasto del capítulo 1000 “Servicios Personales” se debieron a que “durante el
ejercicio se fueron tramitando adecuaciones presupuestales para adecuar la disponibilidad
a las erogaciones correspondientes al pago de las quincenas y nominas especiales.
En este mismo sentido a partir del mes de septiembre se comenzó a atender el déficit
de origen con recursos adicionales originando un aumento en el presupuesto”. Lo anterior
evidencia una planeación deficiente.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó
información ni documentación que modificara la presente observación.
Por no contar con un proceso de planeación eficiente, la OM incumplió los artículos 77
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 37, fracción IV, de su
Reglamento vigentes en 2015, que establecen:
“Artículo 77.- Las adecuaciones presupuestarias, se realizarán siempre que permitan
un mejor cumplimiento de los objetivos y metas de las vertientes de gasto a cargo
de las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones y Entidades, mismas
que tomarán en cuenta:
”I. El resultado de la evaluación que realicen respecto del cumplimiento de los objetivos
y metas que lleven a cabo mensualmente, y
43
”II. Las situaciones coyunturales, contingentes y extraordinarias que incidan en el desarrollo
de las funciones.”
El artículo 37 del Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente en su fracción IV
establece:
“Artículo 37.- En la elaboración de sus respectivos calendarios presupuestarios, las
dependencias […] deberán estar a lo siguiente: […]
”IV. Se procurará una presupuestación eficiente que reduzca las solicitudes de Adecuaciones
Presupuestarias.”
2. En el capítulo 3000 “Servicios Generales”, la OM reportó un presupuesto aprobado de
317,312.5 miles de pesos, al cual le realizó las siguientes adecuaciones presupuestarias: 24
adiciones compensadas por un monto de 82,474.3 miles de pesos, 17 adiciones líquidas por
un importe de 97,911.9 miles de pesos, 547 ampliaciones compensadas por un monto
de 244,763.4 miles de pesos, 610 reducciones compensadas por un monto de
268,300.2 miles de pesos y 169 reducciones líquidas por un importe de 40,119.2 miles
de pesos; por ello, que el presupuesto se incrementó en 116,730.2 miles de pesos para
quedar en un presupuesto modificado de 434,042.7 miles de pesos, como se detalla a
continuación:
(Miles de pesos)
Movimiento presupuestal Importe
Parcial Subtotal Total
Presupuesto aprobado
317,312.5
Adiciones compensadas (24) 82,474.3
Adiciones líquidas (17) 97,911.9
Ampliaciones compensadas (547) 244,763.4
Subtotal
425,149.6
Reducciones compensadas (610) (268,300.2)
Reducciones líquidas (169) (40,119.2)
Subtotal (1,367)
(308,419.4) 116,730.2
Presupuesto modificado 434,042.7
Presupuesto ejercido 434,042.7
Diferencia
0.0
44
Se constató que los montos de los presupuestos aprobado (317,312.5 miles de pesos),
modificado (116,730.2 miles de pesos) y ejercido (116,730.2 miles de pesos) del capítulo
3000 “Servicios Generales” coincidieron con lo reportado por la OM en la Cuenta Pública
de la Ciudad de México de 2015.
Los 1,367 movimientos derivaron de 105 afectaciones programático-presupuestarias
del capítulo 3000 “Servicios Generales” y cuyas principales causas para su realización
fueron la necesidad de la dependencia para dictaminar lo relativo al Impuesto sobre Nóminas,
la liberación de los recursos con dígito 2 “consolidados” y que se adecuaron los recursos
a las necesidades de la dependencia.
3. Se analizaron las afectaciones programático-presupuestarias, y se determinó que las
principales justificaciones por las que la OM modificó el presupuesto aprobado del
capítulo 3000 “Servicios Generales” fueron las siguientes:
(Miles de pesos)
Tipo de adecuación presupuestaria
Importe Concepto
Adiciones compensadas 82,474.3 Para adecuar el presupuesto a las necesidades actuales del gasto del fondo revolvente y cubrir las necesidades de las diferentes áreas de la OM, para que la Coordinación General de Comunicación Social tuviera recursos para la contratación de medios de comunicación, para pagar pasajes y viáticos de diversas comisiones oficiales, realizar el pago de marchas del personal adscrito a la OM; y contratar los servicios de dictaminación de Impuesto sobre Nóminas.
Adiciones líquidas 97,911.9 Para contratar servicios a través de Internet para la publicación de programas y servicios gubernamentales, pago de las nóminas extraordinarias del personal de honorarios y la nómina de aguinaldo de personal de base, de lista de raya y de estructura de la OM.
Ampliaciones compensadas
244,763.4 Para adecuar el presupuesto a las necesidades del gasto y pagar el Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los Derechos por el refrendo de la vigencia anual de placas y de matrícula; para el fondo revolvente; y el pago de la renta de estacionamientos para los vehículos oficiales.
Reducciones compensadas
(268,300.2) Para el pago del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los Derechos por el refrendo de la vigencia anual de placas y de matrícula; y adecuar el presupuesto a las necesidades del gasto de acuerdo a la proyección de cierre del ejercicio 2015 de las partidas centralizadas en las cuales se determinó superávit para la conclusión del ejercicio fiscal 2015 de conformidad con lo señalado en el oficio núm. OM/DGRMSG/DSST/1968/2015 emitido por la Dirección de Seguimiento Sectorial y Telecomunicaciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM.
Reducciones líquidas (40,119.2) Se dejaron de ejercer recursos de la partida 3982 “Otros Impuestos derivados de una Relación Laboral”; los recursos con digito 2 “consolidado” fueron liberados por área consolidadora para reducir los servicios de vigilancia, de difusión por radio, televisión y otros medios de mensajes sobre programas y actividades gubernamentales.
45
Mediante nota informativa del 1o. de agosto de 2016, la Dirección de Recursos Financieros
de la Dirección General de Administración de la OM informó que las variaciones en el
ejercicio del gasto del capítulo 3000 “Servicios Generales” se debieron “a la necesidad
de la Coordinación General de Comunicación Social en llevar acabo un aumento en
actividades en cuanto a la difusión del quehacer Gubernamental en diferentes medios
de comunicación por medio de la información de campañas, programas o acontecimientos
relevantes en beneficio de los habitantes de esta ciudad”; así como para pagar
los reconocimientos que otorga el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México a visitantes
distinguidos Nacionales e Internacionales.
La OM incrementó su presupuesto aprobado (317,312.5 miles de pesos) para el del
capítulo 3000 “Servicios Generales” en 116,730.2 miles de pesos mediante afectaciones
programático-presupuestales, sin reflejar un proceso de planeación eficiente, principalmente
en la contratación de los servicios de medios de comunicación.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó
información ni documentación que modificara la presente observación.
Por no contar con un proceso de planeación eficiente, la OM incumplió los artículos 77
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y 37, fracción IV, de su
Reglamento vigentes en 2015.
Los 4,730 movimientos de las adecuaciones presupuestaria de los capítulos 1000 “Servicios
Personales” (3,363 movimientos) y 3000 “Servicios Generales” (1,367 movimientos) se ampararon
con 184 afectaciones programático-presupuestarias que realizó la OM por medio del sistema
electrónico de la SEFIN, en cumplimiento del artículo 78 de la Ley de Presupuesto y Gasto
Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015, y que fueron autorizadas por conducto de la
Dirección General de Egresos “B” y la Dirección de Análisis Sectorial “F” de la Subsecretaría de
Egresos de la SEFIN, en cumplimiento de los artículos 68, fracción V; y 71, fracción VI,
del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal vigente en 2015;
y de la Sección Tercera “Adecuaciones Presupuestarias”, numeral 72, último párrafo, Apartado A
“Adecuaciones Presupuestarias Compensadas”, numeral 79; y Apartado B “Adecuaciones
Presupuestarias Líquidas”, numeral 83, del Manual de Reglas y Procedimientos para
el Ejercicio Presupuestario de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015.
46
Se constató que las afectaciones programático-presupuestales de los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales” fueron elaboradas, justificadas, autorizadas y tramitadas
por los servidores públicos facultados para ello.
En el capítulo 1000 “Servicios Personales”, la OM programó originalmente recursos en
36 partidas por un monto de 722,553.7 miles de pesos y se ajustó al techo presupuestal aprobado
para dicho capítulo (722,553.7 miles de pesos). Mediante afectaciones programático-
presupuestales, conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de
la Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015, la dependencia incrementó su
presupuesto en 72,745.1 miles de pesos, con lo cual su presupuesto modificado ascendió
a 795,298.8 miles de pesos, los cuales ejerció en su totalidad. Dichas cantidades correspondieron al
presupuesto autorizado, modificado, comprometido, devengado, ejercido y pagado del citado
capítulo.
En el capítulo 3000 “Servicios Generales” la dependencia programó originalmente recursos en
43 partidas por 317,312.5 miles de pesos y se ajustó al techo presupuestal aprobado del
citado capítulo (317,312.5 miles de pesos). Mediante afectaciones programático-presupuestales,
conforme al Manual de Reglas y Procedimientos para el ejercicio presupuestario de la
Administración Pública del Distrito Federal publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal del 4 de diciembre de 2012, vigente en 2015, la OM incrementó su presupuesto
por un importe de 116,730.2 miles de pesos, con lo cual su presupuesto modificado ascendió a
434,042.7 miles de pesos, cantidad que fue ejercida en su totalidad por la dependencia. Dichas
cantidades correspondieron a los presupuestos autorizado, modificado, comprometido, devengado,
ejercido y pagado del capítulo 3000 “Servicios Generales”.
Se concluye que las adecuaciones presupuestarias realizadas a los presupuestos aprobados de
los capítulos 1000 “Servicios Personales” (3,363 adecuaciones) y 3000 “Servicios Generales”
(1,367 adecuaciones) contaron con las justificaciones correspondientes (oficios de solicitud de
adecuaciones presupuestarias, circulares de cierre de ejercicio, entre otros documentos);
y que los incrementos realizados a los presupuestos aprobados no reflejaron un proceso
de programación eficiente.
47
Asimismo, que las cifras de los presupuestos modificados por un monto de 795,298.8 miles
de pesos del capítulo 1000 “Servicios Personales” y de 434,042.7 miles de pesos del capítulo
3000 “Servicios Generales”, coincidieron con las reportadas en la Cuenta Pública de la Ciudad de
México de 2015.
Recomendación ASCM-21-15-7-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de control a
efecto de que se realice una planeación adecuada, así como una programación eficiente
de los recursos, y evite incrementos de los presupuestos aprobados, de conformidad al Manual de
Programación-Presupuestación para la formulación del Anteproyecto de Presupuesto
de Egresos y el Reglamento de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal,
vigentes.
7. Resultado
Al analizar el PAAAPS de la OM correspondiente al ejercicio fiscal de 2015 y sus modificaciones
(sin considerar el PAAAPS de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las
compras consolidadas que realizó la OM en 2015 con cargo a los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”), proporcionados por la OM, mediante el oficio
núm. OM/DGA/2872/2016 del 2 de agosto de 2016, se determinó lo siguiente:
1. Con el oficio núm. OM/DGA/0200/2015 del 20 de enero de 2015, la Dirección General
de Administración de la OM remitió el PAAAPS de 2015, a la Dirección General de Política
Presupuestal de la SEFIN, con copia al titular de la OM, en cumplimiento de los artículos 19,
primer párrafo, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 14 de su reglamento,
ambos vigentes en 2015.
2. Mediante el oficio núm. DGPP/0262/2015 del 23 de enero de 2015, la Dirección General
de Política Presupuestal de la SEFIN comunicó a la Dirección General de Administración de
la OM la validación presupuestal del PAAAPS de 2015, por un importe de 340,233.7 miles
de pesos, de los cuales a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios
Generales” les correspondieron un monto de 52,989.9 miles de pesos y 259,468.9 miles
de pesos, respectivamente.
48
3. La OM publicó su PAAAPS de 2015 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero
de 2015, en cumplimiento del artículo 19, segundo párrafo, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2015; sin embargo, el monto publicado fue por
340,223.7 miles de pesos, es decir, 10.0 miles de pesos menos que el monto autorizado
por la SEFIN (340,233.7 miles de pesos).
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado
no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por no verificar que el monto del PAAAPS publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 30 de enero de 2015 correspondiera al monto autorizado por la SEFIN,
la OM incumplió el artículo 19 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2015, que indica:
“Las dependencias […] enviarán a la Secretaría con copia a la Oficialía, su Programa
Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios, para su validación
presupuestal con apego al Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal
del Ejercicio Fiscal correspondiente.”
4. Con el oficio núm. OM/DGA/0307/2015 del 27 de enero de 2015, la Dirección General
de Administración de la OM envió el PAAAPS 2015 a la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM, en cumplimiento del numeral 4.2.1, segundo
párrafo, de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo
de 2014, vigente en 2015.
5. La Dirección General de Administración de la OM, en la primera sesión ordinaria del
Subcomité de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios de la OM celebrada
el 13 de febrero de 2015, presentó los montos de actuación de la dependencia para el
ejercicio fiscal de 2015; asimismo, presentó el PAAAPS a dicho Subcomité en cumplimiento
del numeral 4.1.8, fracción IX, de la Normatividad en materia de Administración de
Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas
49
de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.
6. Los Informes trimestrales del PAAAPS de 2015 (sin considerar las operaciones de los
entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas que realizó
la OM en 2015) fueron presentados a la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la OM en los plazos establecidos de conformidad con lo dispuesto
en el numeral 4.2.1, último párrafo, de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2015.
La información de las modificaciones trimestrales del PAAAPS de 2015 incluyó la adquisición
de vales de fin de año y las contrataciones de servicios seleccionadas en la muestra de
auditoría en las que la OM se adhirió para el ejercicio de los recursos en los capítulos
1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales”.
7. Los informes de enero a diciembre de 2015 de las adjudicaciones directas e invitaciones
restringidas realizadas por la OM con fundamento en los artículos 54 y 55 de la Ley de
Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015 fueron presentados a la SEFIN, con
copia a la Contraloría Interna en la OM y al titular de OM, en los plazos establecidos
en el artículo 53 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.
8. Mediante los oficios núms. OM/DGA/2726/2015 y OM/DGA/83/2016 del 10 de julio de 2015
y 8 de enero de 2016, respectivamente, la Dirección General de Administración de la OM
envió al Secretario Ejecutivo del Comité de Autorizaciones de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal los informes
semestrales de las Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del sujeto
fiscalizado del ejercicio de 2015, a fin de que fueran analizados por dicho Comité, en
cumplimiento del artículo 21, fracciones IX y XII, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2015.
50
Se concluye que la Dirección General de Administración de la OM no verificó que el PAAAPS
de 2015 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero de 2015 correspondiera
al monto informado por la SEFIN a la OM.
Recomendación ASCM-21-15-8-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de
control para asegurar que el monto del Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos
y Prestación de Servicios publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 30 de enero
de 2015 corresponda al autorizado por la Secretaría de Finanzas, en cumplimiento de la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.
Gasto Comprometido
8. Resultado
A fin de verificar si la OM realizó, en el ejercicio fiscal de 2015, compras consolidadas de
los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” mediante los oficios
núms. ACF-A/16/0639 y ACF-A/16/0788 del 4 de julio de 2016 y 31 de agosto de 2016,
se solicitó a la dependencia que informara las citadas compras consolidadas y los contratos
consolidados que formalizó. Al respecto, mediante los oficios núms. OM/DGAJ/0206/2016,
OM/DGRMSG/1651/2016, OM/DGA/2861/2016 del 1 de agosto; OM/DGA/2872/2016 del
2 de agosto; OM/DGAJ/0213/2016 del 8 de agosto; OM/DGRMSG/1774/2016 del 12 de agosto;
OM/DGRMSG/1875/2016 del 25 de agosto; OM/DGRMSG/1913/2016 del 30 de agosto,
y; OM/DGRMSG/1971/2016 del 5 de septiembre todos de 2016, la OM proporcionó la
información requerida y de su análisis se determinó lo siguiente:
En 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM
realizó compras consolidadas por las que comprometió mediante contratos consolidados
y convenios modificatorios consolidados formalizados por la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM un monto de 5, 339,610.3 miles de pesos con cargo
a los capítulos 1000 “Servicios Personales” (3, 972,159.3 miles de pesos) y 3000 “Servicios
Generales” (1, 367,451.0 miles de pesos).
51
Se seleccionaron para su revisión las compras consolidadas de vales relativos al estímulo
de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente
al ejercicio fiscal 2015; y a la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales
y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015.
De la compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad de México con cargo a la partida 1541 “Vales”, se determinó revisar un
monto de 3,003,977.8 miles de pesos que representó el 97.6% de dicha compra (3,078,450.6 miles
de pesos) y el 56.2% del total de las compras consolidadas con cargo a los capítulos 1000
“Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” (5,339,610.3 miles de pesos).
De la compra consolidada del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del
Gobierno de la Ciudad de México, se determinó revisar un monto de 974,960.0 miles
de pesos, que representó el 65.9% del total contratado en seguros de forma consolidada
(1,478,415.5 miles de pesos) y el 18.2% del total de las compras consolidadas con cargo
a los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” (5,339,610.3 miles de
pesos), como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Concepto
Importe Porcentaje de la muestra
respecto al total contratado
Contratado Muestra
Seguro de vida institucional 842,207.8 701,355.5 47.4
Seguro colectivo de retiro 51,500.9 9,901.6 0.7
Seguro integral de bienes patrimoniales 263,784.6 263,702.9 17.8
Seguro de vehículos 231,484.4 0.0 0.0
Seguro de accidentes personales 51,563.0 0.0 0.0
Seguro contra daños a semovientes 28,936.4 0.0 0.0
Seguro de daños a aeronaves (helicópteros) 8,938.4 0.0 0.0
Total 1,478,415.5 974,960.0 65.9
Se determinó revisar un monto de 701,355.5 miles de pesos del seguro de vida institucional por
con cargo a la partida 1441 “Primas por seguro de vida del personal civil”; un importe de
9,901.6 miles de pesos del seguro colectivo de retiro por con cargo a la partida 1443 “Primas
por seguro de retiro del personal al servicio de las unidades responsables del gasto del Distrito
52
Federal”; y 263,702.9 miles de pesos del seguro integral de bienes patrimoniales por un importe
de con cargo a la partida 3451 “Seguro de bienes patrimoniales”.
La cantidad que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM
comprometió en los contratos seleccionados para su revisión se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Contratos y convenios modificatorios consolidados Importe (IVA incluido)
Número Concepto Proveedor Contrato (monto máximo)
Pagado
Compra consolidada de vales de fin de año
DA-12-2015 Vales de fin de año Sí Vale México, S.A. de C.V. 3,078,450.6* 3,003,977.8
Compra consolidada de seguros
DAS-12-2015 Seguro colectivo de retiro
Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. 51,500.9** 22,921.6
DAS-13-2015 Seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana)
Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte 263,784.6 263,611.8
DAS-17-2015 Seguro de vida institucional Seguros Atlas, S.A. 842,207.8* 701,355.5
Total 4,235,943.9 3,991,866.7
* El importe de los contratos en revisión no causaron Impuesto al Valor Agregado (IVA). ** El importe incluye los convenios modificatorios consolidados núms. DA-12-2015-C1 y DA-12-2015-C3 y tampoco causó IVA.
La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM realizó la
compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 mediante la licitación
pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 con acta de fallo del 2 de diciembre
de 2015 y de la que derivó el contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015
y los convenios modificatorios consolidados núms. DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2,
DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4 por un monto máximo de 3,078,450.6 miles de pesos.
Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. Mediante el oficio núm. DGADP/004233/2015 del 27 de octubre de 2015, la Dirección
General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM, solicitó a la Dirección General
de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, el inicio del procedimiento
para la adquisición consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año para los
trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 por
un monto máximo a contratar de 3,300,000.0 miles de pesos.
53
2. La Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM dio el visto bueno al estudio de precios de vales de fin de año
para el ejercicio 2015, previo al proceso de la licitación pública nacional consolidada
núm. OM-DGRMSG-010-15 con la cotización del 17 de noviembre de 2015 del proveedor
Sí Vale México, S.A. de C.V., en cumplimiento del numeral 4.8.1, fracción II de la Normatividad en
materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, vigente en 2015.
Al respecto, se determinó lo siguiente:
a) Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/DA/1013/2015, OM/DGRMSG/DA/1014/2015,
OM/DGRMSG/DA/1015/2015 y OM/DGRMSG/DA/1016/2015 todos del 17 de noviembre
de 2015, la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la OM solicitó cotizaciones a cuatro empresas para realizar
el estudio de precios de los vales de fin año 2015. El proveedor Sí Vale México,
S.A. de C.V., fue el único en proporcionar su cotización.
Con el oficio núm. SFDF/SE/3944/2015 del 21 de octubre de 2015, la Subsecretaría
de Egresos de la SEFIN estableció que la fecha límite para que las dependencias,
órganos desconcentrados, entidades y delegaciones de la Administración Pública
del Distrito Federal establecieran compromisos con cargo al capítulo 1000 “Servicios
Personales” sería el 31 de diciembre de 2015; así como el envío de los reportes de
compromiso a dicha Subsecretaría sería el 31 de diciembre de 2015. Por ello la Dirección
de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de
la OM solicitó las cotizaciones para la elaboración del estudio de mercado dentro
del plazo establecido para comprometer recursos debido a que la compra consolidada de
vales de fin de año se registró en la partida 1541 “Vales” del capítulo 1000 “Servicios
Personales”.
b) El estudio de mercado especificó la fecha de su elaboración, el precio promedio
de los precios ofertados, nombre y firma de los servidores públicos que lo elaboraron
y lo autorizaron, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.8.2, fracciones I, III y V
54
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre
de 2015, vigente en 2015.
3. Se adhirieron 76 entes de la Ciudad de México a la compra consolidada de vales de
fin de año 2015 mediante el oficio correspondiente dentro del plazo establecido de acuerdo
con el lineamiento trigésimo sexto, inciso a), de los Lineamientos por medio de los cuales
se otorga el Estímulo de Fin de Año a través de Vales para el Ejercicio 2015, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de noviembre de 2015 y de la circular
núm. DGADP/000085/2015 del 27 de octubre de 2015 y su alcance correspondiente,
numeral 1, emitido por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal
de la OM.
4. En la revisión de la suficiencia presupuestal para la compra consolidada de vales de fin
de año 2015, se determinó lo siguiente:
a) Los entes de la Ciudad de México informaron el monto de la suficiencia presupuestal
con la que contaban para adherirse a dicha compra indicando la clave presupuestal a la
que se le aplicaron los cargos derivados de la citada compra consolidada en cumplimiento
de la circular núm. DGADP/000085/2015 del 27 de octubre de 2015, numeral 3,
que emitió la citada Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal
relativa a los requisitos para adherirse a la mencionada compra consolidada
y del numeral 17, inciso a), de los Lineamientos Generales para Consolidar la Adquisición
o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado en la Administración
Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos, publicados
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011, vigente en 2015.
Asimismo, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de OM
verifica mediante la consulta en el Sistema de Planeación de Recursos Gubernamentales
(GRP SAP) el monto de la suficiencia con el que contaron dichos Entes.
55
b) Las Direcciones Generales de Administración y Desarrollo de Personal y de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM acreditaron la copia certificada de la
suficiencia presupuestal de los entes de la Ciudad de México, y con ella se cumplió al
lineamiento trigésimo sexto, inciso c) de los Lineamientos por medio de los cuales
se otorga el Estímulo de Fin de Año a través de Vales para el Ejercicio 2015,
publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 20 de noviembre de 2015.
c) Se revisaron los oficios de adhesión a la compra consolidada de vales que proporcionó
la OM y los remitidos por los 76 entes de la Ciudad de México que se adhirieron a la
compra consolidada de vales de fin de año 2015, así como los formatos de consulta de
suficiencia presupuestal en el GRP-SAP que remitió la OM. Al respecto, se determinó
que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM
acreditó la suficiencia presupuestal para cubrir los compromisos que formalizó mediante
los contratos y convenios modificatorios consolidados de la compra consolidada de vales
de fin de año 2015, y cumplió lo dispuesto en los artículos 51, fracción I; y 54, fracción IV,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
Asimismo, se constató que la suficiencia presupuestal de los entes de la Ciudad de
México cumplieron lo señalado en el numeral 17 de los Lineamientos Generales para
Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado
en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de
Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011,
vigente en 2015.
d) Los entes de la Ciudad de México de los cuales las Direcciones Generales de
Administración y Desarrollo de Personal (área requirente) y de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la OM proporcionaron información sobre el monto de la
suficiencia presupuestal con la que contaban para adherirse a la compra consolidada
de vales de fin de año fueron en atención a lo dispuesto en el numeral 10, incisos b),
fracción IV y c), apartado Normas y Criterios de Operación del procedimiento
administrativo “Adquisición Consolidada a través de Licitación Pública” del Manual
Administrativo de la OM núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 publicado en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.
56
5. Por tratarse de una licitación pública, el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito Federal no
dictaminó la compra consolidada de vales de fin de año 2015, con fundamento en el artículo
21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.
6. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM publicó
la convocatoria núm. 010 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 23 de noviembre
de 2015, relativa a la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15
para la adquisición de vales de despensa relativos al estímulo de fin de año para los
trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015, en
cumplimiento de los artículos 32 y 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2015.
7. La citada convocatoria núm. 010 reunió los requisitos que estableció el artículo 32 de
la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015; sin embargo, no precisó que
se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir los mejores precios y condiciones
de entrega por parte de los proveedores.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no presentó
información ni documentación que modificara la presente observación.
Por ello la OM incumplió el numeral 4.3.1, fracción IV, de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades
Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015, que establece:
“Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 32 de la LADF, para la elaboración
de convocatorias a licitación pública, se considerará lo siguiente: […]
”IV. Precisar que se convoca a todos los interesados, con la finalidad de conseguir mejores
precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.”
57
8. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM publicó
en su página de internet la descripción genérica de los vales a adquirir, los anexos y en su
caso, la ficha técnica correspondiente, cuando menos un día hábil antes de la publicación de
la convocatoria, por lo que la OM cumplió el numeral 4.3.2 de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de septiembre de 2015.
9. Las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 para la
adquisición de vales de despensa relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al ejercicio fiscal 2015 reunieron los
requisitos establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
y 37 de su reglamento, vigentes en 2015, así como lo establecido en los numerales
4.4.1, 4.4.2, 4.4.4, 4.4.5 y 4.4.6 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del
Distrito Federal (Circular Uno, 2015), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 18 de septiembre de 2015.
10. La Subdirección de Compras Consolidadas de la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la OM emitió los formatos “Comprobante de Pago de Bases”
el 24 de noviembre de 2015 a los participantes Sí Vale México, S.A. de C.V.,
y EdenRed, S.A. de C.V., por un total de 8.0 miles de pesos; y acreditó el pago de las
bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 mediante el
acuse del depósito realizado por los participantes, por lo que la OM dio cumplimiento
a la actividad núm. 49 del procedimiento administrativo “Adquisición Consolidada a
través de Licitación Pública” del Manual Administrativo de la Oficialía Mayor
núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014 publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 27 de agosto de 2015, así como al numeral 7.3, incisos a) y b) de las bases de la licitación
pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15.
58
11. El 27 de noviembre de 2015 se realizó el acto de la junta de aclaración de bases, a la
que asistieron dos participantes, los cuales realizaron 17 cuestionamientos que fueron
aclarados por la Dirección de Adquisiciones, la Subdirección de Compras Consolidadas
ambas de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y la Jefatura
de Unidad Departamental de Prestaciones Sociales de la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal, todas adscritas a la OM. Asimismo. Se realizaron modificaciones al
porcentaje requerido para la garantía de cumplimiento. Se dio a conocer el plazo para
la entrega de los vales por parte de la empresa de traslado de valores que “deberá
realizarse en los tiempos necesarios para garantizar la entrega satisfactoria de los vales en
las pagadurías del Gobierno del Distrito Federal”, la vigencia del canje de los vales
o redimirse que sería del 7 de diciembre de 2015 al 6 de diciembre de 2016. El número
de cadenas de tiendas de autoservicios para poder canjear los vales se disminuyó a tres.
Se cambió la fecha y hora del acto de fallo al 2 de diciembre de 2015 a las diecisiete horas.
Además, la dependencia entregó a los participantes copia de la citada acta.
12. El 1o. de diciembre de 2015, la Dirección de Adquisiciones, la Subdirección de Compras
Consolidadas y la Jefatura de Unidad Departamental de Control de Licitaciones todos
adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y la
Dirección de Administración de Personal, la Subdirección de Prestaciones y la Jefatura de
Unidad Departamental de Prestaciones Sociales todos adscritos a la Dirección General
de Administración y Desarrollo de Personal, servidores públicos de la OM realizaron el
acto de presentación y apertura de las propuestas en cumplimiento del numeral 8.2 “Primera
Etapa: Acto de Presentación y Apertura de la Propuesta” de las bases de la licitación
pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15. En dicho acto, el participante
que presentó su propuesta fue Sí Vale México, S.A. de C.V., y garantizó el sostenimiento
de su propuesta económica mediante póliza de fianza, en cumplimiento del numeral
4.1 “Garantía de Formalidad de la Propuesta” de las citadas bases.
Con el oficio núm. DAP/SP/14532/2015 del 1o. de diciembre de 2015, la Dirección de
Administración de Personal de la Dirección General de Administración y Desarrollo
de Personal de la OM remitió a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM, el dictamen sin fecha de la evaluación de la propuesta técnica de la
citada licitación emitido por la Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal
de la OM, en el cual manifestó que el participante Sí Vale México, S.A. de C.V., cumplió los
requisitos establecidos en las citadas bases.
59
13. Mediante el acta de fallo del 2 de diciembre de 2015, la Dirección de Adquisiciones, la
Subdirección de Compras Consolidadas y la Jefatura de Unidad Departamental de Control
de Licitaciones todos adscritos a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales y la Dirección de Administración de Personal, la Subdirección de Prestaciones y la
Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones Sociales todos adscritos a la Dirección
General de Administración y Desarrollo de Personal, servidores públicos de la OM determinaron
que el participante Sí Vale México, S.A. de C.V., reunió los requisitos legales
y administrativos y cumplió los requisitos solicitados para la propuesta técnica y económica,
por lo que le adjudicaron el contrato abierto para la adquisición de vales relativos al estímulo
de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México correspondiente al
ejercicio fiscal 2015, en cumplimiento del numeral 8.4 “Presentación de Precios más Bajos”,
de las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15.
En los actos de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de propuestas
y de fallo de la citada licitación, asistió un representante de la Contraloría Interna en la
OM en cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal
vigente en 2015.
14. El 3 de diciembre de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales y la Dirección de Adquisiciones de la OM formalizaron el contrato administrativo
consolidado abierto núm. DA-12-2015 con el apoderado legal de Sí Vale México, S.A. de C.V.,
por un monto máximo de 2,783,750.4 miles de pesos (no causó IVA), por la adquisición de
vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad
de México, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, en cumplimiento del numeral 10
“Contrato” de las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15
y del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente en 2015.
En la compra de vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del
Gobierno de la Ciudad de México, correspondiente al ejercicio fiscal 2015, originalmente
la OM formalizó el citado contrato por un monto máximo de 2,783,750.4 miles de
pesos (no causó IVA), y realizó cuatro convenios modificatorios consolidados abiertos
por monto máximo de 294,700.2 miles de pesos, que incrementaron la compra consolidada
a 3,078,450.6 miles de pesos, como se detalla a continuación:
60
(Miles de pesos)
Número de contrato Fecha Concepto Importe
DA-12-2015 3/XII/15 Vales relativos al estímulo de fin de año para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México. 2,783,750.4
DA-12-2015-C1 3/XII/15 Incremento derivado de los requerimientos del Sistema de Transporte Colectivo y Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal. 172,179.4
DA-12-2015-C2 4/XII/15 Ampliación en el plazo para la entrega de los vales. 0.0
DA-12-2015-C3 7/XII/15 Incremento derivado de la adhesión de los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y aumento en la cantidad de vales para el Instituto Técnico de Formación Policial. 122,520.8
DA-12-2015-C4 11/XII/15 La Secretaría de Salud del Distrito Federal solicitó que las facturas por un monto de 51,868.0 miles de pesos le sean remitidas para que realice el pago correspondiente. 0.0
Total contratos y convenios 3,078,450.6
La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM realizó
los convenios modificatorios consolidados señalados en el cuadro anterior. Las modificaciones
se debieron a que el Sistema de Transporte Colectivo y el Sistema para el Desarrollo
Integral de la Familia del Distrito Federal le solicitaron incrementar el número de vales
a adquirir, los Servicios de Salud Pública del Distrito Federal y el Instituto Técnico
de Formación Policial le solicitaron adherirse a la compra consolidada de vales de fin de
año 2015; y la Secretaría de Salud del Distrito Federal le solicitó que las facturas por
un monto de 51,868.0 miles de pesos le fueran enviadas para que ella realizara el pago
correspondiente. Además, la empresa Sí Vale México, S.A. de C.V., derivado del incremento
en el número de vales a adquirir, le solicitó la ampliación en el plazo de la entrega de
dichos vales.
15. En la revisión de los contratos y convenios modificatorios consolidados abiertos
núms. DA-12-2015, DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4
que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales y la Dirección
de Adquisiciones de la OM formalizaron con el apoderado legal de Sí Vale México,
S.A. de C.V., relativos a la compra consolidada de vales relativos al estímulo de fin de año
para los trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México, se determinó lo siguiente:
61
a) La declaración I.6 del contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015,
señala que, “en términos del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal se cuenta con la debida suficiencia presupuestal para cumplir con las obligaciones
que deriven del presente contrato, el cual afecta la partida presupuestal 1541
‘Vales’, conforme a lo establecido por la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal”.
Sin embargo, en dicha declaración no se estableció la autorización específica de
la suficiencia presupuestal, ni, en los convenios modificatorios consolidados abiertos
núms. DA-12-2015-C1 y DA-12-2015-C3, por lo que la OM incumplió el artículo 56,
fracción III, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal vigente
en 2015, que establece:
“Los contratos que celebren las Dependencias, Órganos Desconcentrados, Delegaciones
o Entidades, contendrán como mínimo lo siguiente:
”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso
derivado del contrato, así como la partida a afectar.”
La OM cumplió con lo establecido en el numeral 20 de los Lineamientos Generales
para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de Uso Generalizado
en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de
Pagos, publicados en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 13 de mayo de 2011,
vigente en 2015, como se informó en los numerales 3 y 4 del presente resultado.
b) El proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., presentó la póliza de fianza y los
endosos correspondientes en los plazos establecidos y por el 10.0% del monto
máximo contratado, sin considerar impuestos, por un total de 307,845.1 miles de pesos,
a nombre de la SEFIN, para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas
en el contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015 y en los convenios
modificatorios consolidados abiertos núms. DA-12-2015-C1 y DA-12-2015-C3, en
cumplimiento del artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2015 y de las cláusulas décima sexta “Garantía de Cumplimiento” del
citado contrato y la cláusula cuarta y quinta para los citados convenios modificatorios.
El monto de las garantías correspondió con el determinado por este órgano de fiscalización.
62
c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM
comprobó que el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., presentó a la firma del
contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015 del 3 de diciembre de
2015, los originales de las constancias de no adeudos del Impuesto sobre Nóminas,
Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos y Derechos por Refrendo de Vigencia
Anual y de Placas de Matrícula y Derechos por el Suministro de Agua a que estaba
obligado el proveedor emitidas por la Subtesorería de Administración Tributaria
Mina del 20 de noviembre de 2015 y por el Sistema de Aguas de la Ciudad
de México del 27 de noviembre de 2015, en cumplimiento del numeral 2.14.2
“Constancia de Adeudos”, de las bases de la licitación pública nacional consolidada
núm. OM-DGRMSG-010-15 y del artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
d) El 4 de diciembre de 2015, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales y la Dirección de Adquisiciones de la OM formalizaron con el apoderado legal
de Sí Vale México, S.A. de C.V., el segundo convenio modificatorio al contrato
administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015-C2, mediante el cual se le otorgó
una ampliación de 8 días hábiles para la entrega de los vales a los Trabajadores
del Gobierno de la Ciudad de México.
16. Mediante los oficios núms. ACF-A/16/0822 y ACF-A/16/0823 ambos del 12 de septiembre
de 2016, la Auditoría Superior de la Ciudad de México (ASCM) solicitó a la Contraloría
General de la Ciudad de México (CGDF) y a la Secretaría de la Función Pública (SFP)
que informaran si la empresa Sí Vale México, S.A. de C.V., se encontraba inhabilitada
para celebrar contratos con el Gobierno de la Ciudad de México.
En respuesta, con los oficios núms. CGDF/DGL/0797/2016 y DGCSCP/312/DGAS/572/2016
del 22 y 20 de septiembre de 2016, respectivamente, la CGDF y la SFP, respectivamente,
informaron que no encontraron registros de que la citada empresa estuviera inhabilitada
en 2015.
Se concluye que la OM en el estudio de mercado realizado previo a la licitación pública
nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-010-15 relativa a la compra consolidada de vales de
fin año 2015, especificó la fecha de su elaboración, el precio promedio de los precios ofertados,
63
nombre y firma de los servidores públicos que lo elaboraron y lo autorizaron; recibió los
oficios de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dicha compra consolidada
dentro del plazo establecido. Contó con la copia certificada de la suficiencia presupuestal de los
entes de la Ciudad de México, y con suficiencia presupuestal para hacer frente de las obligaciones
que se comprometió mediante la formalización del contrato administrativo consolidado
abierto núm. DA-12-2015 y sus convenios modificatorios consolidados núms. DA-12-2015-C1
y DA-12-2015-C3. Sin embargo, en la convocatoria no se precisó que se convocaba a los
interesados, con la finalidad de conseguir los mejores precios y condiciones de entrega, y
tampoco consideró en las declaraciones contenidas en el contrato administrativo consolidado
núm. DA/2-2015 lo referente a la autorización específica de la suficiencia presupuestal.
En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe final de auditoría ASCM/23/14, practicada
a la OM, resultado núm. 10, recomendación ASCM-23-14-8-OM, se prevé el mecanismo
de control para garantizar que las convocatorias de la licitaciones públicas consolidadas
contengan los requisitos que establece la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno), por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia
como parte del seguimiento de la recomendación citada.
Recomendación ASCM-21-15-9-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de control
para garantizar que los contratos consolidados y convenios modificatorios que celebre especifiquen
la suficiencia presupuestal correspondiente, de conformidad con el Reglamento de la Ley
de Adquisiciones para el Distrito Federal.
9. Resultado
Se revisó la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 con acta
de fallo del 23 de diciembre de 2014 para la contratación del servicio de aseguramiento de
bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio
fiscal 2015, que fue realizada por la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
64
Generales de la OM y en la que se licitaron 21 partidas; asimismo, se revisaron los siguientes
contratos administrativos consolidados que derivaron de dicha licitación:
(Miles de pesos)
Contratos consolidados Importe (IVA incluido)
Número Concepto Proveedor Contrato Pagado
DAS-12-2015 Seguro colectivo de retiro Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
51,500.9* 22,921.6
DAS-13-2015 Seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana)
Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte
263,784.6 263,611.8
DAS-17-2015 Seguro de vida institucional Seguros Atlas, S.A. 842,207.8* 701,355.5
Total 1,157,493.3 987,888.9
* El importe de los contratos en revisión no causaron Impuesto al Valor Agregado (IVA).
En la revisión de la citada licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 y
de los contratos consolidados seleccionados como muestra de auditoría se determinó lo siguiente:
1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM elaboró
el estudio de mercado para la contratación del servicio de aseguramiento de bienes
patrimoniales y de personal del Gobierno de la Ciudad de México del ejercicio 2015,
previo al proceso de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, en
cumplimiento del numeral 4.8.1, fracción II de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración
Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015. Al respecto, se determinó lo siguiente:
Mediante los oficios núms. OM/DGRMSG/DA/2133/2014 al OM/DGRMSG/DA/2142/2014
y del OM/DGRMSG/DA/2144/2014 al OM/DGRMSG/DA/2146/2014 todos del 10 de noviembre
de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM
invitó a cotizar 13 empresas para el estudio de mercado para la contratación del
servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personal del Gobierno de la
Ciudad de México del ejercicio 2015. Al respecto, únicamente 10 empresas presentaron
su cotización.
65
El estudio de mercado no especificó el precio promedio de los precios ofertados o de
referencia para el fallo de la citada licitación, a fin de establecer que el precio que ofertó
el participante ganador no haya sido superior a 1.3 veces el precio promedio del mercado.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no
presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por lo expuesto, la OM incumplió el numeral 4.8.1, último y ante antepenúltimo párrafos,
de la Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos
Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular
Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014,
vigente en 2015, que establece:
“El estudio de referencia se realizará previo a cualquiera de los procedimientos
de adjudicación indicados en el artículo 27 de la LADF, y podrá ser utilizado como precio de
referencia o bien para calcular el monto de la suficiencia presupuestal. Para la determinación
del precio de referencia se tomará en cuenta el promedio de los precios cotizados […]
”Ninguna adquisición podrá autorizarse si el precio propuesto es superior a 1.3 veces
el precio promedio del mercado de la misma, a pesar de que sea la propuesta ganadora de
una licitación.”
El estudio de mercado especificó la fecha de su elaboración, el área encargada de su
emisión, nombre y firma de los servidores públicos encargados de su elaboración, revisión
y autorización, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 19, apartado Normas y Criterios
de Operación del procedimiento administrativo “Sondeo de Mercado para las Contrataciones
Consolidadas” de su manual administrativo núm. MA-28/300715-D-OM-4/2014, publicado
en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 27 de agosto de 2015.
2. A la contratación del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del
Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015, se adhirieron 103 entes
de la Ciudad de México.
66
3. En relación con los seguros colectivo de retiro, integral (bienes muebles e inmuebles y
a la infraestructura urbana) y de vida institucional seleccionados para su revisión, se determinó
lo siguiente:
a) Mediante el oficio núm. DCOF/1452/2016 del 9 septiembre de 2016, la Dirección
de Control de Obligaciones Fiscales de la Dirección General de Administración y
Desarrollo de Personal de la OM informó que se adhirieron cuatro entes de la Ciudad de
México al seguro colectivo de retiro 2015; sin embargo, mediante oficios de confirmación
de operaciones con los entes de la Ciudad de México se constató que a dicho seguro
se adhirieron nueve de ellos.
Lo anterior evidencia deficiencias de control de la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal de la OM para el control y determinación del número de entes
de la Ciudad de México que se adhirieron al seguro colectivo de retiro que derivaron de la
falta de un procedimiento administrativo que estableciera los controles, documentos,
funciones, personal encargado de la adhesión, control y pago del citado seguro.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no
presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por ello la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
b) La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM adhirió
a la contratación consolidada del seguro colectivo de retiro 2015 a los entes de la Ciudad
de México, en cumplimiento de lo dispuesto en la circular núm. DGADP/000087/2014 del
15 de septiembre de 2014.
c) Para la contratación consolidada del seguro de vida institucional 2015, la Dirección
General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM informó que se adhirieron
32 entes de la Ciudad de México. Sin embargo, mediante confirmación de operaciones
con los Entes de Gobierno de la Ciudad de México se constató que fueron 34,
67
lo que denota deficiencias de control de la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal de la OM para el control y determinación del número de
entes de la Ciudad de México que se adhirieron a dicho seguro y que derivaron
de la falta de un procedimiento administrativo que estableciera los controles, documentos,
funciones, personal encargado de la adhesión, control y pago del citado seguro. Por ello,
la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación
de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial
del Distrito Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
d) La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM adhirió
a la contratación consolidada del seguro de vida institucional 2015 a los entes
de la Ciudad de México dentro del plazo establecido para dicho fin, cumpliendo
lo dispuesto en la circular núm. DGADP/000087/2014 del 15 de septiembre de 2014.
e) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM informó
que se adhirieron 102 entes de la Ciudad de México al seguro integral (bienes
patrimoniales) 2015, y contó con todos los oficios y formatos de adhesión al citado
seguro. Por ello, esta entidad de fiscalización confirmó operaciones con los entes de la
Ciudad de México que se establecieron en el contrato relacionado con el seguro
en mención.
f) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM adhirió a
los entes de la Ciudad de México a la contratación consolidada del seguro integral (bienes
patrimoniales) 2015, dentro del plazo que estableció para tal fin, por lo que la OM
cumplió lo dispuesto en la circular núm. OM/DGRMSG/041/2014 del 28 de agosto de 2014.
g) En el expediente de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,
la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no
integró los formatos de adhesión a la contratación del servicio de aseguramiento
de bienes patrimoniales y de personas 2015 dentro del expediente antes citado, derivado
principalmente a la falta de un procedimiento administrativo que estableciera
los documentos que se debieron integrar al expediente de la licitación.
68
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado
no presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por ello la OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos
Generales para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
4. En la revisión de la suficiencia presupuestal para la realización de la licitación pública
nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 para la contratación del servicio de
aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas, se constató que la OM contó
con una suficiencia presupuestal de 2,042,417.9 miles de pesos, monto que cubrió el importe
adjudicado en el fallo del 23 de diciembre de 2014 (1,938,303.2 miles de pesos, (IVA incluido),
por lo que cumplió lo dispuesto en los artículos 51, fracción I; y 54, fracción IV, de la Ley
de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
5. Por tratarse de una licitación pública, el Comité de Autorizaciones de Adquisiciones,
Arrendamientos y Prestación de Servicios de la Administración Pública del Distrito
Federal no dictaminó la compra consolidada del servicio de aseguramiento de bienes
patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio
fiscal 2015, con fundamento en el artículo 21, fracción VI, de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2015.
6. El 11 de diciembre de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
de la OM publicó la convocatoria núm. 14 en la Gaceta Oficial del Distrito Federal,
vigente en 2015, mediante la cual invitó a los interesados a participar en la licitación
pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 para la contratación del servicio
de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas del Gobierno de la Ciudad de
México para el ejercicio fiscal 2015. Al respecto se determinó lo siguiente:
a) La convocatoria únicamente señaló cuatro partidas o conceptos de mayor monto
y no por lo menos cinco partidas.
69
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no
presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por ello la OM cumplió el artículo 32, fracción VII, de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2015, que establece:
“Las convocatorias podrán referirse a uno o más bienes y servicios, las cuales se
publicarán en la Gaceta Oficial del Distrito Federal y en los medios electrónicos que,
en su caso, determine la Oficialía para su mayor difusión y contendrán: […]
”VII. La descripción detallada de la cantidad y unidad de medida de los bienes o Servicios
que sean objeto de la Licitación, así como mención específica de por lo menos, cinco de
las partidas o conceptos de mayor monto, en su caso.”
b) En la citada convocatoria no se precisó que se citaba a todos los interesados a fin
de conseguir los mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.
En la reunión de confronta, celebrada el 19 de abril de 2017, el sujeto fiscalizado no
presentó información ni documentación que modificara la presente observación.
Por lo que la OM incumplió el numeral 4.3.1, fracción IV de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014)
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente
en 2015, que establece:
“Adicionalmente a lo dispuesto en el artículo 32 de la LADF, para la elaboración de
convocatorias a licitación pública, se considerará lo siguiente: […]
”IV. Precisar que se convoca a todos los interesados, con la finalidad de conseguir
mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores.”
70
c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM publicó,
en la página de internet de la dependencia, las bases de la licitación pública nacional
consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, en cumplimiento del numeral 4.3.2 de la
Normatividad en materia de Administración de Recursos para las Dependencias,
Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo,
Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal
(Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo
de 2014, vigente en 2015.
7. Las bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 para la
contratación de del servicio de aseguramiento de bienes patrimoniales y de personas
del Gobierno de la Ciudad de México para el ejercicio fiscal 2015 reunieron los requisitos
establecidos en los artículos 33 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y 37
de su reglamento, vigentes en 2015, así como lo establecido en los numerales 4.4.1,
4.4.2, 4.4.4, 4.4.5 y 4.4.6 de la Normatividad en materia de Administración de Recursos
para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de Apoyo
Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal
el 28 de mayo de 2014, vigente en 2015.
8. La Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM emitió 18 formatos denominados “Comprobante de Pago de Bases” con
fechas del 11(2) 12 (4) y 15 (12) de diciembre de 2014 a los participantes Seguros
Inbursa, S.A., Grupo Financiero Inbursa; Ace Seguros, S.A.; Aba Seguros, S.A. de C.V.;
Seguros de Vida Sura México, S.A. de C.V.; Metlife México, S.A.; Aseguradora Interacciones,
S.A. de C.V., Grupo Financiero Interacciones; Axa Seguros, S.A. de C.V.; General de
Seguros, S.A.B.; La Latinoamericana Seguros, S.A.; Seguros Argos, S.A. de C.V.;
Royal & Sunalliance Seguros (México), S.A. de C.V.; Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme
Grupo Financiero; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; Grupo
Mexicano de Seguros, S.A. de C.V.; Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.;
Thona Seguros, S.A. de C.V.; Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; y Seguros
Atlas, S.A., por un total de 72.0 miles de pesos por la venta de las citadas bases, en
cumplimiento de la convocatoria núm. 014 y de los numerales 7.1 y 7.2 de las bases
de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14.
71
El participante Seguros Inbursa, S.A. Grupo Financiero Inbursa realizó el depósito
bancario a nombre de la SEFIN el 22 de diciembre de 2014, es decir, cinco días hábiles
posteriores al plazo establecido (15 de diciembre de 2014). Sin embargo, la Dirección
de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
de la OM emitió el comprobante de Pago de Bases del 11 de diciembre de 2014, por lo
que la OM incumplió el numeral 7.1 “Período de Disponibilidad y Venta de Bases” de las
bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,
que establece:
“7.1. ‘Período de Disponibilidad y Venta de Bases’
”Las Bases estarán disponibles para su consulta y venta los días 11,12 y 15 de diciembre
de 2014…”
9. La Direcciones de Adquisiciones y de Servicios Generales, y la Subdirección de Administración
de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicios de la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales, así como la Subdirección de Prestaciones y la Jefatura de
Unidad Departamental de Prestaciones ambos de la Dirección General de Administración
y Desarrollo de Personal, todas adscritas a la OM, realizaron el acto de la junta de aclaración
de bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,
a la que asistieron 10 participantes, los cuales realizaron 711 cuestionamientos. Al respecto,
se determinó lo siguiente:
a) La junta de aclaración de bases se celebró en el día y hora establecidos en las
bases de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, derivado
del número de cuestionamientos (711) la Dirección de Adquisiciones asistida por
la Subdirección de Control de Adquisiciones y Dictaminación de la Dirección General
de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM declaró un receso a fin de
concluir dicha junta el 17 de diciembre de 2014.
b) Las Direcciones de Adquisiciones y de Servicios Generales así como la Subdirección de
Administración de Riesgos, Aseguramiento y Control de Servicios todos de la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, dieron contestación a
todas las preguntas presentadas por todos los participantes en forma verbal y escrita,
en cumplimiento del artículo 43, quinto párrafo de la Ley de Adquisiciones para el
Distrito Federal vigente en 2014.
72
c) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM no
entregó copia del acta de la junta de aclaración de bases a cinco participantes derivada
de las modificaciones realizadas a las bases de la licitación en revisión.
Cabe señalar que en el expediente de la licitación en revisión no existió evidencia
documental de que la OM haya recibido de los participantes solicitudes de copias
del acta de la junta de aclaración de bases; requisito para que los licitantes entregaran sus
propuestas técnicas y económicas con las modificaciones realizadas a las bases
para continuar con el proceso de la licitación.
La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, por
no entregar copia del acta de la junta de aclaración de bases, incumplió el numeral 7.4
“Modificaciones a la Convocatoria y a las Bases”, inciso b), de las bases de la licitación
pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, que establece:
“La Convocante podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria y las presentes
Bases, siempre que no implique la sustitución, variación o disminución de los bienes
requeridos originalmente, las que podrán realizarse desde la publicación de la Convocatoria y
hasta la(s) Junta(s) de Aclaración a las Bases, en cuyo caso se seguirá el siguiente
procedimiento: […]
”b) Tratándose de las Bases, no será necesaria notificación personal, si derivan de
la(s) Junta(s) de Aclaración a las Bases y se entrega copia del acta respectiva a cada
uno de los licitantes que hayan adquirido las Bases, debiendo notificarse personalmente a
aquellos que habiéndolas adquirido, no asistieron a dicha Junta. La copia del acta
circunstanciada de la junta podrá obtenerse en la Unidad Departamental de Control
de Licitaciones de la Dirección de Adquisiciones, ubicada en el domicilio de la convocante.”
Asimismo, la OM incumplió el artículo 40 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para
el Distrito Federal vigente en 2014, que establece:
“La inasistencia de alguno de los participantes a la junta de aclaraciones será bajo
su estricta responsabilidad, sin embargo, la Dependencia, Órgano Desconcentrado,
Delegación o Entidad de que se trate, estará obligada a entregar copia del acta que
73
se hubiese levantado en la junta respectiva, en los términos que establece la Ley,
cuando dichos participantes acudan a sus instalaciones a solicitarla.
”En el caso de que durante la junta de aclaraciones se efectúen modificaciones a las bases
de licitación, la convocante estará obligada a entregar copia del acta correspondiente con
acuse de recibo a cada uno de los participantes que hayan adquirido las bases de
licitación, incluyendo aquellos que no hubiesen asistido a dicha junta.”
10. En el análisis del acto de presentación y apertura de propuestas de la licitación pública
nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, se determinó lo siguiente:
a) El acto de presentación y apertura de propuesta fue realizado el 19 de diciembre
de 2014, en la fecha establecida para su realización, y fue presidido por la Dirección de
Adquisiciones y por el área técnica la Dirección de Servicios Generales, ambas
áreas adscritas a la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales
de la OM. El acta correspondiente a referido acto, fue firmada por los asistentes
en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8.2 “Primera Etapa: Acto de Presentación
y Apertura de la Propuesta” de las bases de la licitación pública nacional consolidada
núm. OM-DGRMSG-014-14. Asimismo, la OM cumplió el artículo 43, último párrafo,
de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, vigente en 2014.
b) En el acto de presentación y apertura de propuesta únicamente nueve licitantes entregaron
sus propuestas y la garantía de sostenimiento correspondiente al 5.0% de su propuesta.
11. Mediante el acta de fallo del 23 de diciembre de 2014, las Direcciones de Adquisiciones y de
Servicios Generales, la Subdirección de Administración de Riesgos, Aseguramiento
y Control de Servicios y la Jefatura de Unidad Departamental de Siniestro de la Dirección
General de Recursos Materiales y Servicios Generales, así como la Subdirección Prestaciones
y la Jefatura de Unidad Departamental de Prestaciones de la Dirección General de
Administración y Desarrollo de Personal, todas de la OM determinaron que los siguientes
participantes reunieron los requisitos legales y administrativos y cumplieron los requisitos
solicitados para las propuestas técnicas y económicas y les adjudicaron las partidas en
cumplimiento del numeral 8.4 “Presentación de Precios más Bajos”, de las bases
de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14:
74
(Miles de pesos)
Licitante adjudicado Partida
Importe IVA Total Número Concepto
Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
7 Póliza de seguro colectivo de retiro (Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal) 51,500.9 0.0 51,500.9
13 Seguro de vida (Red de Transporte de Pasajeros del Distrito Federal) 3,700.9 0.0 3,700.9
19 Seguro de vida (Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal) 3,150.9 0.0 3,150.9
Subtotal 58,352.7 0.0 58,352.7
Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte
1 Póliza de seguro integral (Gobierno del Distrito Federal) 227,400.6 36,384.1 263,784.7
Subtotal 227,400.6 36,384.1 263,784.7
Grupo Mexicano de Seguros, S.A. de C.V.
3 Póliza de seguros de semovientes (Gobierno del Distrito Federal) 24,945.2 3,991.3 28,936.5
10 Póliza de seguro integral (Metrobús) 8,995.2 1,439.2 10,434.4
15 Póliza de seguro múltiple empresarial (Red de Transporte de Pasajeros) 1,075.2 172.0 1,247.2
Subtotal 35,015.6 5,602.5 40,618.1
Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero
4 Póliza de seguro de aeronaves (Gobierno del Distrito Federal) 7,705.5 1,232.9 8,938.4
21 Póliza de seguro integral (Sistema de Transporte Colectivo) 199,555.5 31,928.9 231,484.4
Subtotal 207,261.0 33,161.8 240,422.8
Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
2 Póliza de seguro de vehículos (Gobierno del Distrito Federal) 199,555.5 31,928.9 231,484.4
11 Póliza de seguro de responsabilidad Civil (Red de Transporte de Pasajeros) 15,555.5 2,488.9 18,044.4
12 Póliza de seguro de equipo rodante (Red de Transporte de Pasajeros) 1,515.5 242.5 1,758.0
14 Póliza de seguro de administración de pérdidas de vehículos (Red de Transporte de Pasajeros) 355.6 56.9 412.5
16 Póliza de seguro de autos (Servicio de Transportes Eléctricos) 495.6 79.3 574.9
20 Póliza de seguro de vehículos y camiones (Sistema de Transporte Colectivo Metro) 2,000.6 320.0 2,320.6
Subtotal 219,478.3 35,116.5 254,594.8
Seguros Atlas, S.A. 6 Póliza de seguro de vida institucional (Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal) 842,207.8 0.0 842,207.8
17 Póliza de seguro de equipo rodante (Servicio de Transportes Eléctricos) 27,450.6 4,392.1 31,842.7
18 Póliza de seguro integral (Servicio de Transportes Eléctricos) 33,150.0 5,304.0 38,454.0
Subtotal 902,808.4 9,696.1 912,504.5
Thona Seguros, S.A. de C.V.
5 Póliza de seguro de accidentes personales de trabajadores que laboran permanente en vía pública (Gobierno del Distrito Federal) 44,450.8 7,112.1 51,562.9
8 Póliza de seguro de vida (COMISA) 635.5 0.0 635.5
9 Póliza de seguro de accidentes Personales Escolares (FEGA) 99,851.0 15,976.2 115,827.2
Subtotal 144,937.3 23,088.3 168,025.6
Total 1,795,253.9 143,049.3 1,938,303.2
75
El dictamen técnico fue elaborado por la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a
Siniestros, revisado por la Subdirección de Administración de Riesgo, Aseguramiento
y Control de Servicios y autorizado por la Dirección de Servicios Generales, todas de
la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM. En él
manifestaron que los participantes señalados en el cuadro anterior cumplieron los requisitos
establecidos en las citadas bases.
En los actos de junta de aclaración de bases, de presentación y apertura de propuestas y de
fallo de la citada licitación, asistieron un representante de la Contraloría Interna en la OM y
el Jefe de Unidad Departamental de Auditoría Operativa y Administrativa “A” de la
citada Contraloría, en cumplimiento del artículo 43 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2015.
12. En la formalización de los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015,
DAS-13-2015 y DAS-17-2015 seleccionados para su revisión, se determinó lo siguiente:
a) El 31 de diciembre de 2014, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales y la Dirección de Servicios Generales de la OM formalizaron los contratos
administrativos consolidados núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015
con los apoderados legales de Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.;
de Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; y de Seguros Atlas, S.A.,
en cumplimiento del numeral 10 “Contrato” de las bases de la licitación pública nacional
consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 y del artículo 59 de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2015, como se detalla a continuación:
(Miles de pesos)
Número de contrato
Fecha Proveedor Concepto Importe
(IVA incluido)
DAS-12-2015 31/XII/14 Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.
Seguro colectivo de retiro 51,500.9*
DAS-13-2015 31/XII/14 Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte
Seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana) 263,784.6
DAS-17-2015 31/XII/14 Seguros Atlas, S.A. Seguro de vida institucional 842,207.8*
Total 1,157,493.3
* El importe de los contratos no causó Impuesto al Valor Agregado (IVA).
76
b) La declaración I.6 de los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015,
DAS-13-2015 y DAS-17-2015 señala que “cuenta con la debida suficiencia presupuestal
para el período de su vigencia”. La suficiencia citada se constató mediante la revisión de
los formatos de adhesión y de la nómina del SIDEN por ser la forma idónea para
comprobar que los entes de la Ciudad de México, efectivamente contaron con los
recursos necesarios para formalizar el contrato. Sin embargo, el contrato no contó
con la autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso
derivado del contrato, así como las partidas a afectar. Por lo anterior la OM no atendió el
artículo 56, fracción III, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones para el Distrito
Federal vigente en 2015, que dispone lo siguiente:
“Artículo 56. Los contratos que celebren las Dependencias, Órganos Desconcentrados,
Delegaciones o Entidades, contendrán como mínimo lo siguiente: […]
”III. La autorización específica de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso
derivado del contrato, así como la partida a afectar.”
c) Los proveedores Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V. Seguros
Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte y Seguros Atlas, S.A., presentaron el
31 de diciembre de 2014, las pólizas de fianza por el 15.0% del monto contratado
sin considerar el IVA, por un total de 168,166.4 miles de pesos, a nombre de la SEFIN,
para garantizar el cumplimiento de sus obligaciones estipuladas en los contratos
administrativos consolidados núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015,
respectivamente, en cumplimiento del artículo 73, fracción III, de la Ley de Adquisiciones
para el Distrito Federal vigente en 2015 y de la cláusula vigésima tercera “Garantía
de Cumplimiento” de dichos contratos. El importe de las garantías correspondió
al determinado por este órgano de fiscalización.
d) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM, mediante
la constancia de adeudo emitida el 16 de diciembre de 2014 por la Subtesorería
de Administración Tributaria Parque Lira, verificó que el proveedor Chubb de México,
Compañía de Seguros, S.A. de C.V., con el que la OM formalizó el contrato administrativo
consolidado núm. DAS-12-2015, se encontrara al corriente del Impuesto sobre Nóminas
77
en cumplimiento del numeral 2.18.2 “Constancia de Adeudos”, de las bases de la
licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14.
e) En el expediente del contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015 del
31 de diciembre de 2014, no se localizó evidencia documental que acredite la entrega
de la Constancia de No Adeudos emitida por la Subtesorería de Administración
Tributaria por parte del proveedor Seguros Banorte S.A. de C.V., Grupo Financiero
Banorte y de la recepción de la misma por parte de la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM, utilizada para comprobar que el proveedor
se encontrara al corriente de su obligación fiscal del Impuesto sobre Nóminas
a que estaba obligado el proveedor, a la firma del contrato.
Con el escrito del 19 de diciembre de 2014, el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V.,
Grupo Financiero Banorte, manifestó que era sujeto de la obligación fiscal del Impuesto
sobre Nóminas, y con escrito del 16 de diciembre de 2014, solicitó a la Subtesorería
de Administración Tributaria Anáhuac la constancia de no adeudos del citado impuesto.
Asimismo, entregó a la OM el pago realizado el 13 de noviembre de 2014, de dicho
Impuesto correspondiente al mes de octubre de 2014. El ente sólo entregó un pago
del impuesto sobre nómina (mes de octubre) derivado de ser el que corresponde
al período que aplica en la Ciudad de México de acuerdo a las precisiones 2 y 4 realizadas
en la Junta de Aclaración a las Bases celebrada el 16 de diciembre de 2014,
derivada de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14.
En el acto de la junta de aclaración de bases del 16 de diciembre de 2014, la OM
precisó que “en caso de resultar adjudicado, invariablemente deberá presentar a la firma
del contrato el original de la(s) Constancia(s) de No Adeudos y/o cuando las mismas
sean expedidas y entregadas por la Administración Tributaria del Distrito Federal que le
corresponda y, en su caso, por el Sistema de Aguas de la Ciudad de México, y si éstas
presentan adeudo se rescindirá el Contrato”. Sin embargo, en el expediente no se
localizó la citada constancia.
Se concluye que la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de
la OM no integró las constancias de no adeudo de los impuestos locales al expediente
78
de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14, derivado
principalmente de la falta de un procedimiento administrativo que estableciera los
documentos que se debieron integrar al expediente de dicha licitación. Por ello la
OM incumplió el lineamiento vigésimo tercero, fracción III, de los Lineamientos Generales
para el Registro de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la
Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 30 de diciembre de 2014, vigente en 2015.
Asimismo, incumplió lo dispuesto en el numeral 4.7.4 de la Normatividad en materia
de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados
y Entidades de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014),
publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, vigente
en 2015, que establece:
“4.7.4. En los contratos respectivos además de las señaladas en el artículo 56
del Reglamento de la LADF, deberán insertarse las siguientes declaraciones: […]
”II. La afirmación que el proveedor tiene su domicilio fiscal en México, Distrito Federal, se
encuentra al corriente de su declaración de impuestos, aprovechamientos y productos
referidos en el CFDF, además de que el proveedor deberá presentar constancia
de adeudos expedida por la SF o la autoridad competente que corresponda, de las
contribuciones siguientes: impuesto predial, impuesto sobre la adquisición de inmuebles,
impuesto sobre nóminas, impuesto sobre tenencia o uso de vehículos, impuesto sobre la
adquisición de vehículos automotores usados, impuesto por la prestación de servicios
de hospedaje y derechos por el suministro de agua, según le resulten aplicables.”
f) La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM
verificó que el proveedor Seguros Atlas, S.A., se encontrara al corriente de todas
sus obligaciones fiscales del Impuesto Predial y del Impuesto sobre Nóminas a que
estaba obligado el proveedor, a la firma del contrato administrativo consolidado
núm. DAS-17-2015 del 31 de diciembre de 2014, por un monto de 842,207.8 miles
de pesos, como se detalla a continuación:
79
Mediante escrito del 19 de diciembre de 2014, el proveedor Seguros Atlas, S.A.,
manifestó que era sujeto de la obligación fiscal de los Impuestos Predial, sobre Nóminas
y sobre Tenencia o Uso de Vehículos y los Derechos por Suministro de Agua; asimismo,
informó que contaba con 56 cuentas prediales, 42 placas de vehículos en el Distrito
Federal y 4 cuentas de agua, lo cual se comprobó mediante la revisión de las
constancias entregadas por dicha aseguradora, en cumplimiento de lo dispuesto en
el artículo 51, último párrafo, de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2015.
13. Con los oficios núms. ACF-A/16/0822 y ACF-A/16/0823 ambos del 12 de septiembre
de 2016, la ASCM solicitó a la CGDF y a la SFP que informaran si las empresas
Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; Grupo Mexicano de Seguros,
S.A. de C.V.; Quálitas Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V.,
Grupo Financiero Banorte; Seguros Afirme, S.A. de C.V., Afirme Grupo Financiero; Seguros
Atlas, S.A.; y Thona Seguros, S.A. de C.V., se encontraban inhabilitadas para celebrar
contratos con el Gobierno de la Ciudad de México.
En respuesta, con los oficios núms. CGDF/DGL/0797/2016 y DGCSCP/312/DGAS/572/2016
del 22 y 20 de septiembre de 2016, en el mismo orden, la CGDF y la SFP, respectivamente,
informaron que no encontraron registros de que las citadas empresas estuvieran inhabilitadas
en 2015.
Se concluye que la OM adhirió a los entes de la Ciudad de México a los citados seguros
consolidados dentro del plazo que estableció; en la junta de aclaración de bases, la dependencia
contestó las preguntas de todos los participantes, que recibió mediante escrito, el día en
que celebró dicha junta; el acto de presentación y apertura de propuestas se realizó durante
el plazo establecido para su realización; y las fianzas de sostenimiento de las propuestas
de los participantes se entregan dentro del plazo establecido.
Asimismo, la OM en los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015
y DAS-17-2015 constató que se contara con la suficiencia presupuestal con la que contaba
para hacer frente a las obligaciones de pago de dichos contratos; y verificó que los
proveedores Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte, y Seguros Atlas, S.A.,
se encontraran al corriente de sus obligaciones fiscales a la firma de los contratos
administrativos consolidados núms. DAS-13-2015 y DAS-17-2015
80
Sin embargo, la OM, en el estudio de mercado para la licitación pública nacional consolidada
núm. OM-DGRMSG-014-14 relativa a la contratación consolidada del servicio de aseguramiento
de bienes patrimoniales y de personal del Gobierno de la Ciudad de México 2015, no especificó el
precio promedio o de referencia para el fallo de la licitación para verificar que el precio del
participante ganador no haya sido superior a 1.3 veces el precio promedio. La dependencia tuvo
deficiencias de control para determinar el número de entes de la Ciudad de México que se
adhirieron a los seguros : colectivo de retiro, de vida institucional e integral (bienes patrimoniales)
derivado de la falta de procedimientos administrativos que establecieran los controles, documentos,
funciones, persona encargado de la adhesión, control y pago de dichos seguros; no integró
los formatos de adhesión de los seguros en mención ni las constancias de no adeudos de los
impuestos locales de Seguros Banorte, S.A. de C.V. Grupo Financiero Banorte al expediente de
la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14 derivado de la falta
de un procedimiento administrativo que estableciera los documentos que se deben integrar
en los expedientes de las licitaciones que realizó.
En el proceso de la licitación pública nacional consolidada núm. OM-DGRMSG-014-14,
se determinó que la convocatoria no señaló por lo menos cuatro partidas o conceptos de
mayor monto y no precisó que se convocaba a todos los interesados a fin de conseguir
los mejores precios y condiciones de entrega por parte de los proveedores. El licitante
Seguros Inbursa, S.A., Grupo Financiero realizó el depósito bancario, para comprar las
bases cinco días hábiles posteriores al plazo establecido. Asimismo, no se entregó copia
del acta de la junta de aclaración de bases a cinco participantes.
En las declaraciones de los contratos administrativos consolidados núms. DAS-12-2015,
DAS-13-2015 y DAS-17-2015, no se estableció la información específica a la autorización
de suficiencia presupuestal para cubrir el compromiso derivado del contrato, así como las
partidas a afectar.
En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/23/14,
practicada a la OM, resultado número 10, recomendación ASCM-23-14-8-OM, se prevé
la implantación de un mecanismo de control para garantizar que las convocatorias de la
licitaciones públicas consolidadas contengan los requisitos que establece la Normatividad
en materia de Administración de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas,
Unidades Administrativas de Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades
81
de la Administración Pública del Distrito Federal (Circular Uno, 2014), publicada en la Gaceta
Oficial del Distrito Federal el 28 de mayo de 2014, por lo que se dará tratamiento a dicha
circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
En la revisión de la Cuenta Pública 2014, en el Informe Final de Auditoría con clave ASCM/21/14,
practicada a la OM, resultado número 11, recomendación ASCM-21-14-7-OM, se prevé el
mecanismo de control para garantizar que se entreguen copia de los actos de las licitaciones
consolidadas a los participantes que hayan pagado las bases correspondientes, en cumplimiento de
las bases de la licitaciones públicas consolidadas, por lo que se dará tratamiento a dicha
circunstancia como parte del seguimiento de la recomendación citada.
En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe final de auditoría ASCM/21/14, practicada
a la OM, resultado núm. 11, recomendación ASCM-21-14-4-OM, se prevé el mecanismo
de control para garantizar que en los procesos de las compras consolidadas, se realicen los
estudios de precios de mercado en cumplimiento de la Normatividad en materia de Administración
de Recursos para las Dependencias, Unidades Administrativas, Unidades Administrativas de
Apoyo Técnico Operativo, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública
del Distrito Federal (Circular Uno), por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia
como parte del seguimiento de la recomendación citada.
En la revisión de la Cuenta Pública 2014, el informe final de auditoría ASCM/21/14, practicada a la
OM, resultado núm. 11, recomendación ASCM-21-14-6-OM, se prevé el mecanismo de control
para garantizar que el pago de las bases de las licitaciones consolidadas se realice a la
Secretaría de Finanzas en el plazo establecido en cumplimiento de las bases de las licitaciones
públicas consolidadas, por lo que se dará tratamiento a dicha circunstancia como parte
del seguimiento de la recomendación citada.
En el resultado núm. 5, recomendación ASCM-21-15-5-OM del presente informe se prevé
el mecanismo de control que aseguren como parte de un procedimiento administrativo,
que la documentación respecto de los importes de la suficiencia presupuestal, de los montos
aprobados por ejercer, y el número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas,
se encuentre debidamente soportada, por lo que no se emite nuevamente recomendación
al respecto.
82
Recomendación ASCM-21-15-10-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México implemente mecanismos de
control que aseguren como parte de un procedimiento administrativo, que la documentación
respecto al número de entes adheridos a cada una de las compras consolidadas, se encuentre
debidamente soportada; asimismo, que se contemplen las funciones del personal encargado de
la adhesión de conformidad con lo dispuesto en los Lineamientos Generales para el Registro
de Manuales Administrativos y Específicos de Operación de la Administración Pública del
Distrito Federal.
Recomendación ASCM-21-15-11-OM
Es necesario que la Oficialía Mayor de la Ciudad de México establezca mecanismos de
control que aseguren y puntualicen la documentación relacionada al proceso de adjudicación y
contratación, que se debe de integración a los expedientes de las compras consolidadas
en cumplimiento de las bases de los procedimientos licitatorios consolidadas, los Lineamientos
Generales para Consolidar la Adquisición o Arrendamiento de Bienes o Servicios de uso Generalizado
en la Administración Pública del Distrito Federal, así como para la Centralización de Pagos y la
Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su reglamento.
Gasto Devengado
10. Resultado
Para verificar si la OM reconoció las obligaciones de pago en favor del proveedor Sí Vale,
México, S.A. de C.V., por la compra consolidada de vales para los trabajadores del Gobierno
de la Ciudad de México 2015, se revisó la documentación que soporta el cumplimiento del contrato
consolidado abierto núm. DA-12-2015 y sus convenios modificatorios consolidados
núms. DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4, formalizados
con el proveedor Sí Vale, México, S.A. de C.V., por un total de 3,078,450.6 miles de pesos (no
causó IVA), y se emitieron 76 oficios de confirmación de operaciones a los entes de la Ciudad
de México que se adhirieron a dicha compra consolidada. Al respecto, se determinó lo siguiente:
83
1. Mediante los oficios de respuesta de la confirmación de operaciones con los 76 entes
de la Ciudad de México se conoció que la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales elaboró y proporcionó a esta ASCM las Actas Circunstanciadas
de Recepción de Bienes y/o Servicios Consolidados 2015, con folios núms. DA-12-2016-C3/01
y DA-12-2015-C1/01 de fechas 11 y 21 de Diciembre de 2015, mediante los cuales se
entregaron los vales en las pagadurías de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron
a la compra consolidada, en atención a lo dispuesto en la cláusula cuarta “Pago” del contrato
administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015. Asimismo, la OM dio cumplimiento
al numeral 3.2 “Pago”, inciso b) de las bases de la licitación pública nacional consolidada
núm. OM-DGRMSG-010-15
2. Los vales fueron entregados en las pagadurías de los 76 entes de la Ciudad de México
mediante la empresa Compañía Mexicana de Traslado de Valores, S.A. de C.V., quien
emitió un total de 1,208 comprobantes de servicios para la entrega de vales por un total de
3,004,789.1 miles de pesos. Al respecto, se analizaron los comprobantes de servicios
determinando lo siguiente:
a) Los treinta y nueve comprobantes de servicios fueron sellados por todas las pagadurías
de los entes de la Ciudad de México en atención a lo dispuesto en la cláusula novena
“Entrega de los Bienes” del contrato administrativo consolidado abierto núm. DA-12-2015.
“… El proveedor se obliga a verificar que los comprobantes de servicio que amparan la
entrega de vales, se encuentren debidamente firmados por el personal de las pagadurías
de las áreas requirentes y sellados a la fecha de entrega de los mismos, de lo contrario
no se consideraran para efecto de pago.”
b) Con el oficio núm. DAP/SP/009752/2016 del 16 de noviembre de 2016, la Dirección
de Administración de Personal de la Dirección General de Administración y Desarrollo de
Personal de la OM anexó relación en la que los entes de la Ciudad de México
le devolvieron físicamente vales de fin de año 2015 por 4,893.2 miles de pesos.
Respecto a los vales devueltos mediante el oficio núm. OM/DGRMSG/0889/2017
del 18 de abril del 2017, la Dirección General de Recursos Materiales y Servicios
Generales de la OM, informó que dichos vales fueron entregados al Sindicato Único
84
de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad de México de conformidad con lo dispuesto en
la segunda cláusula, del Convenio celebrado por la Dirección General de Administración y
Desarrollo de Personal y el Sindicato Único de Trabajadores del Gobierno de la Ciudad
de México.
Por lo anterior, la citada Dirección acreditó el destino final de los vales de fin de año
por 4,893.2 miles de pesos, en atención a lo dispuesto en el artículo 69, fracción I,
de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
3. Mediante la confirmación de operaciones con los 76 entes de la Ciudad de México
que se adhirieron a la compra consolidada de vales de fin de año 2015, se constató que
63 entes contaron con el destino final de los vales, los cuales fueron entregados mediante la
firma de los trabajadores que recibieron los vales en las listas de nóminas o en contra recibos
de pago; asimismo, 13 entes informaron que entregaron los vales con listas de nómina. Lo
anterior evidencia que 76 entes contaron con documentación soporte del destino final.
Se concluye que la OM elaboró las Actas Circunstanciadas de Recepción de Bienes
y/o Servicios Consolidados mediante los cuales entregó los citados vales a las pagadurías
de los entes de la Ciudad de México; los comprobantes de servicio contienen los sellos de dichos
entes que recibieron los vales; y la Dirección General de Administración y Desarrollo de
Personal entregó vales de fin de año por 4,893.2 miles de pesos al Sindicato Único de Trabajadores
del Gobierno de la Ciudad de México.
11. Resultado
Se revisó la documentación que soporta el cumplimiento de los contratos consolidados
núms. DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015 por un total de 1,157,493.3 miles de pesos
(no causó IVA), y se emitieron 100 oficios de confirmación de operaciones con los entes
de la Ciudad de México que se adhirieron a dichos seguros a fin de verificar si la OM reconoció
las obligaciones de pago en favor de los proveedores Chubb de México, Compañía de
Seguros, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; y Seguros
Atlas, S.A., por la contratación de los seguros colectivo de retiro, integral (bienes muebles
e inmuebles y a la infraestructura urbana) y de vida institucional. Al respecto, se determinó
lo siguiente:
85
La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM acreditó que las
empresas seguradoras entregaron las pólizas correspondientes a los seguros contratados
dentro de los 20 días posteriores al fallo de la licitación pública nacional consolidada
núm. OM-DGRMSG-014-14. Por ello cumplió lo dispuesto en la cláusula décima segunda “Entrega
de Póliza” del contrato administrativo consolidado respectivo.
Mediante los oficios de respuesta de la confirmación de operaciones de 95 de los 100 oficios de
confirmación suscritos a los entes de la Ciudad de México, la información y documentación
proporcionada por dichos entes correspondió con la documentación facilitada por la OM.
Por lo anterior, se concluye que la OM recibió las pólizas de los seguros contratados por parte
de las aseguradoras dentro del plazo establecido en los contratos consolidados.
Gasto Ejercido
12. Resultado
Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central de la Ciudad
de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados
para ello; y que las entidades y órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron a la
compra consolidada de vales de fin de año 2015 hayan emitido los documentos que acrediten
el ejercicio de los recursos y que estuvieran soportadas con la documentación comprobatoria del
gasto. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitió
20 Cuentas por Liquidar Certificadas (CLC) por un monto de 2,517,090.0 miles de pesos
(no causó IVA), que se encontraron soportadas por 55 facturas emitidas por el proveedor
Sí Vale México, S.A. de C.V.
2. En relación con las entidades de la Ciudad de México, se constató mediante confirmación
de operaciones que ejercieron los recursos mediante transferencias electrónicas de
los cuales proporcionaron las pólizas correspondientes por un total de 475,755.0 miles
de pesos (no causó IVA), que estuvieron soportadas por 24 facturas emitidas por el
proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V.
86
3. Los tres órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron a la compra
consolidada de vales de fin de año 2015, ejercieron los recursos mediante transferencias
electrónicas y proporcionaron las pólizas de cheque correspondientes por un monto
de 11,132.8 miles de pesos (no causó IVA), que estuvieron soportadas con cuatro facturas
emitidas por el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V.
4. Las CLC que expidió la OM, por un monto de 2,517,090.0 miles de pesos (no causó IVA)
y las pólizas de cheque que emitieron las entidades (475,755.0 miles de pesos que
no causaron IVA) y órganos autónomos del Gobierno de la Ciudad de México
(11,132.8 miles de pesos, no causaron IVA) por 486,887.8 miles de pesos, fue para el
pago de los contratos administrativos consolidados abiertos núms. DA-12-2015, por un
monto máximo de 2,783,750.4 miles de pesos (no causó IVA), DA-12-2015-C1, por un monto
máximo de 172,179.4 miles de pesos (no causó IVA) y DA-12-2015-C3, por un monto máximo
de 122,520.8 miles de pesos (no causó IVA).
5. Las CLC que emitió la OM, fueron elaboradas por la Jefatura de Unidad Departamental de
Registro y autorizadas por la Dirección de Adquisiciones de la Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios Generales de la OM, lo que significa que fueron elaboradas
por servidores públicos facultados para ello en el ejercicio fiscal de 2015.
6. Todas las facturas que emitió el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., con las que
se pagaron los contratos administrativos consolidados abiertos núms. DA-12-2015, por un
monto máximo de 2,783,750.4 miles de pesos (no causó IVA), DA-12-2015-C1, por un monto
máximo de 172,179.4 miles de pesos (no causó IVA) y DA-12-2015-C3, por un monto máximo
de 122,520.8 miles de pesos (no causó IVA), fueron expedidas a nombre del Gobierno de
la Ciudad de México así como de las entidades y de los órganos autónomos del Gobierno
de la Ciudad de México y reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en
los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y del Capítulo III “Registro
de Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”, del
Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el
4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.
87
7. Los pagos de los contratos revisados se registraron en la partida de gasto 1541
“Vales” conforme al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015,
en cumplimiento del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal, vigente en 2015.
8. En la página de internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), se verificó la
emisión de los comprobantes fiscales y se constató que fue aprobada la impresión
de las facturas que presentó el proveedor Sí Vale México, S.A. de C.V., por un total de
3,003,977.8 miles de pesos (no causó IVA).
Se concluye que en la compra consolidada de vales de fin de año 2015, se ejercieron
recursos por un monto de 3,003,977.8 miles de pesos (sin causar IVA) con cargo a la
partida 1541 “Vales”, mediante la expedición de 20 CLC, las cuales contaron con
la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente; asimismo, las entidades
y órganos autónomos de la Ciudad de México ejercieron recursos mediante 28 transferencias
electrónicas que tuvieron la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente; los
pagos se registraron de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal,
vigente en 2015; y la impresión de las facturas fue aprobada por el SAT. Por lo expuesto,
no se hace observación al presente resultado.
13. Resultado
Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central del Gobierno
de la Ciudad de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores
públicos facultados para ello; y que las entidades y órganos Autónomos de la Ciudad de
México que se adhirieron a la contratación del seguro colectivo de retiro 2015 hayan emitido los
documentos que acrediten el ejercicio de los recursos por un monto 9,901.6 miles de pesos
(no causó IVA) seleccionados para su revisión y que estuvieran soportados con la documentación
comprobatoria del gasto. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM emitió CLC
y mediante los escritos del 2 y 15 de diciembre de 2016, el representante legal de Chubb
de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., proporcionó sus estados de cuenta bancarios
donde se constataron transferencias por 12,039.2 miles de pesos (no causaron IVA).
88
2. Mediante 43 transferencias electrónicas realizadas por cinco entes de la Ciudad de México le
pagaron a Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., un monto de 9,901.6 miles
de pesos (no causaron IVA) conforme al contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015.
3. Todas las facturas que emitió el proveedor Chubb de México, Compañía de Seguros,
S.A. de C.V., para el pago respecto del contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015
(no causó IVA), fueron expedidas a nombre de las entidades de la Ciudad de México
que se adhirieron al seguro colectivo de retiro; y reunieron los requisitos fiscales
y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y en
el Capítulo III “Registro de Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por
Liquidar Certificada”, del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del
Distrito Federal el 4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.
4. Los pagos relacionados con el contrato administrativo consolidado núm. DAS-12-2015
se registraron en la partida de gasto 1443 “Primas por Seguro de Retiro del Personal
al Servicio de las Unidades Responsables del Gasto del Distrito Federal” conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento
del artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente
en 2015.
5. En la página de internet del SAT, se verificó la emisión de los comprobantes fiscales
y se constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentó el proveedor
Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., por 9,901.6 miles de pesos
(no causaron IVA).
14. Resultado
Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central de la Ciudad
de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores públicos facultados
para ello; y que las entidades y órganos autónomos de la Ciudad de México que se adhirieron a la
contratación del seguro integral (bienes muebles e inmuebles y a la infraestructura urbana) 2015
hayan emitido los documentos que acrediten el ejercicio de los recursos por un monto
89
de 263,702.9 miles de pesos (IVA incluido) seleccionados para su revisión y que estuvieran
soportados con la documentación comprobatoria del gasto. Al respecto, se determinó lo
siguiente:
1. La Dirección General de Recursos Materiales y Servicios Generales de la OM emitió
76 CLC por un monto de 248,138.0 miles de pesos (IVA incluido), que se encontraron
soportadas por 602 facturas emitidas por el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V.,
Grupo Financiero Banorte.
2. En relación con las entidades de la Ciudad de México, se constató mediante confirmación
de operaciones que ejercieron los recursos mediante transferencias electrónicas por
15,564.9 miles de pesos (IVA incluido), que estuvieron soportadas por 492 facturas
emitidas por el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte.
3. Las CLC que expidió la OM, por un monto de 248,138.0 miles de pesos (IVA incluido),
y las transferencias electrónicas que realizaron las entidades por 15,564.9 miles de pesos
(IVA incluido) fueron para el pago del contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015,
por un importe de 263,784.6 miles de pesos (IVA incluido).
4. Las CLC que emitió la OM fueron elaboradas por el Jefatura de Unidad Departamental de
Mejoramiento de Inmuebles y autorizadas por la Subdirección de Administración de Riesgo,
Aseguramiento y Control de Servicios de la Dirección General de Recursos Materiales
y Servicios Generales de la OM, lo que significó que fueron elaborados por servidores
públicos facultados para ello en el ejercicio fiscal de 2015.
5. Todas las facturas que emitió el proveedor Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero
Banorte y con las que se pagó lo relacionado al contrato administrativo consolidado
núm. DAS-13-2015 (IVA incluido), fueron expedidas a nombre del Gobierno de la Ciudad
de México y de las entidades del Gobierno de la Ciudad de México que se adhirieron
al seguro integral; y reunieron los requisitos fiscales y administrativos establecidos en
los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación y del capítulo III “Registro
de Operaciones Presupuestarias”, Sección Primera “Cuenta por Liquidar Certificada”, del
Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario de la Administración
Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 4 de diciembre
de 2012 y vigente en 2015.
90
6. Los pagos en relación con el contrato administrativo consolidado núm. DAS-13-2015
se registraron en la partida de gasto 3451 “Seguro de Bienes Patrimoniales” conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento del
artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015.
7. En la página de internet del SAT, se verificó la emisión de los comprobantes fiscales
y se constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentó el proveedor
Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte por 263,702.9 miles de pesos
(IVA incluido).
Se concluye que en el pago del seguro integral 2015, se ejercieron recursos por un monto
de 263,702.9 miles de pesos (IVA incluido), con cargo a la partida 3451 “Seguro de Bienes
Patrimoniales”, mediante la expedición de 76 CLC, las cuales contaron con la documentación
justificativa y comprobatoria correspondiente; asimismo, las entidades y órganos autónomos del
Gobierno de la Ciudad de México ejercieron recursos mediante 492 transferencias electrónicas
que tuvieron la documentación justificativa y comprobatoria correspondiente; los pagos se
registraron de acuerdo con el Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente
en 2015; y la impresión de las facturas fue aprobada por el SAT. Por lo expuesto, no se hace
alguna observación al presente resultado.
15. Resultado
Se verificó que la OM haya emitido las CLC de los entes del Sector Central del Gobierno
de la Ciudad de México debidamente elaboradas, revisadas y aprobadas por los servidores
públicos facultados para ello que se adhirieron a la contratación del seguro de vida 2015
y que haya emitido los documentos que acrediten el ejercicio de los recursos por un monto de
701,355.5 miles de pesos (no causó IVA) seleccionados para su revisión y que estuvieran
soportados con la documentación comprobatoria del gasto. Al respecto, se determinó lo siguiente:
1. La Dirección General de Administración y Desarrollo de Personal de la OM emitió 119 CLC
por un monto de 779,423.7 miles de pesos (no causó IVA), que se encontraron soportadas
por 48 facturas emitidas por el proveedor Seguros Atlas, S.A.
Asimismo, dicha Dirección emitió 24 CLC de operaciones ajenas por un monto de
78,068.2 miles de pesos, por lo que el total ejercido fue por 701,335.5 miles de pesos
que no causaron IVA.
91
2. Las CLC que emitió la OM fueron elaboradas por el Jefatura de Unidad Departamental de
Programas Especiales y Apoyo a la Vivienda y autorizadas por la Dirección de Control
de Obligaciones Fiscales de la Dirección General de Administración y Desarrollo de
Personal de la OM, lo que significó que fueron elaborados por servidores públicos facultados
para ello en el ejercicio fiscal de 2015.
3. Todas las facturas que emitió el proveedor Seguros Atlas, S.A., para el pago relacionado con
el contrato administrativo consolidado núm. DAS-17-2015 fueron expedidas a nombre
del Gobierno de la Ciudad de México para el seguro de vida; y reunieron los requisitos
fiscales y administrativos establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de
la Federación y del capítulo III “Registro de Operaciones Presupuestarias”, Sección
Primera “Cuenta por Liquidar Certificada” y apartado D “Cuenta por Liquidar Certificada de
Operaciones Ajenas” del Manual de Reglas y Procedimientos para el Ejercicio Presupuestario
de la Administración Pública del Distrito Federal, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito
Federal el 4 de diciembre de 2012 y vigente en 2015.
4. Los pagos del contrato administrativo consolidado núm. DAS-17-2015 se registraron
en las partidas 1441 “Primas por Seguro de Vida del Personal Civil” y 1442 “Primas por
Seguro de Vida del Personal de los Cuerpos de Seguridad Pública y Bomberos” conforme
al Clasificador por Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015, en cumplimiento del
artículo 44 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, vigente en 2015.
5. En la página de internet del SAT, se verificó la emisión de los comprobantes fiscales
y se constató que fue aprobada la impresión de las facturas que presentó el proveedor Seguros
Atlas, S.A., por 701,335.5 miles de pesos (no causó IVA).
Se concluye que en el pago del seguro de vida 2015, se ejercieron recursos por un
monto de 701,355.5 miles de pesos (no causó IVA), con cargo a las partidas 1441 “Primas
por Seguro de Vida del Personal Civil” y 1442 “Primas por Seguro de Vida del Personal
de los Cuerpos de Seguridad Pública y Bomberos”, mediante la expedición de 119 CLC
y 24 CLC de operaciones ajenas, las cuales contaron con la documentación justificativa
y comprobatoria correspondiente; los pagos se registraron de acuerdo con el Clasificador por
Objeto del Gasto del Distrito Federal, vigente en 2015; y la impresión de las facturas fue
aprobada por el SAT. Por lo expuesto, no se hace observación al presente resultado.
92
Gasto Pagado
16. Resultado
Se verificó que los pagos realizados a los proveedores Sí Vale México, S.A. de C.V.; Chubb
de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero
Banorte; y Seguros Atlas, S.A., hubieran sido para cancelar total o parcialmente las obligaciones a
cargo de los entes de la Ciudad de México que se adhirieron a las compras consolidadas
de vales de fin de año 2015 y al servicio de aseguramiento colectivo de retiro, integral
y de vida institucional correspondiente a los contratos consolidados núms. DA-12-2015,
DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2, DA-12-2015-C3, DA-12-2015-C4, DAS-12-2015, DAS-13-2015
y DAS-17-2015.
Mediante los oficio núms. ACF-A/16/1163, ACF-A/16/1183, ACF-A/16/1184 y ACF-A/16/1185
todos del 23 de noviembre de 2016; y ACF-A/16/1259, ACF-A/16/1260 y ACF-A/16/1262
todos del 5 de diciembre de 2016, se solicitó a los representantes legales de los proveedores Sí
Vale México, S.A. de C.V.; Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte; Seguros
Atlas, S.A.; y Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., que indicaran la forma en
que fueron pagados la adquisición de vales de fin de año 2015 y los seguros colectivo de retiro,
integral y de vida institucional y el monto de los pagos por el período del 1o. de enero al 31 de
diciembre de 2015. En la respuesta que presentaron los proveedores se conoció lo siguiente:
1. Mediante los escritos del 2 y 16 de diciembre de 2015, el proveedor Sí Vale México,
S.A. de C.V., proporcionó información relativa a los contratos consolidados y sus convenios
modificatorios consolidados celebrados con la OM, facturas y fechas de pago.
Luego de analizar la información proporcionada, se determinó que coincide con la
entregada por la OM y que los pagos que realizó fueron para cancelar los contratos
administrativos consolidados abiertos núms. DA-12-2015, DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2,
DA-12-2015-C3 y DA-12-2015-C4.
2. Con escritos del 15, 16 y 20 de diciembre de 2015, los proveedores Chubb de México,
Compañía de Seguros, S.A. de C.V., Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero
Banorte y Seguros Atlas, S.A., remitieron información relativa a los contratos celebrados con
la OM, a las facturas, pólizas de aseguramiento y fechas de pago. De su análisis se determinó
lo siguiente:
93
a) El proveedor Chubb de México, Compañía de Seguros, S.A. de C.V., remitió la
relación de pagos que le realizó la OM por un importe de 22,921.6 miles de pesos,
respaldado con sus facturas correspondientes.
b) La documentación proporcionada por Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero
Banorte y Seguros Atlas, S.A., y los pagos que realizaron la OM y los entes de la Ciudad
de México que se adhirieron a los seguros de vida institucional e integral constituye la
documentación soporte para cancelar los contratos administrativos consolidados
núms. DAS-13-2015 y DAS-17-2015.
Se concluye que la OM pagó los contratos núms. DA-12-2015, DA-12-2015-C1, DA-12-2015-C2,
DA-12-2015-C3, DA-12-2015-C4, DAS-12-2015, DAS-13-2015 y DAS-17-2015 y que la información
proporcionada por los proveedores Sí Vale México, S.A. de C.V.; Chubb de México, Compañía
de Seguros, S.A. de C.V., Seguros Banorte, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte y Seguros
Atlas, S.A., corresponden a los pagos realizados tendientes a cancelar las obligaciones contractuales.
17. Resultado
Se verificó que la OM hubiese remitido en tiempo y forma a la SEFIN su informe de pasivo
circulante del ejercicio de 2014 pagado en 2015 y el de 2015 pagado en 2016, por lo que
con el oficio núm. ACF-A/16/0639/2016 del 4 de julio de 2016, se solicitó a la dependencia
que indicara el monto y características de su pasivo circulante con cargo a las partidas
de los capítulos 1000 “Servicios Personales” y 3000 “Servicios Generales” y que proporcionara
los oficios mediante los cuales remitió dicha información a la SEFIN.
Mediante los oficios núms. OM/DGA/2861/2016 y OM/DGA/2872/2016 del 1 y 2 de agosto
de 2016, respectivamente, la Dirección General de Administración de la OM proporcionó
la siguiente documentación:
1. Oficio núm. OM/DGA/0082/2016 del 8 de enero de 2016, con sello de recibido en la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN en la misma fecha, con el cual la Dirección
General de Administración de la OM remitió a la Subsecretaría de Egresos de la SEFIN, en
forma impresa y en medio magnético, los formatos “Reporte de Pasivo Circulante”
relativos al monto y características del pasivo circulante del ejercicio fiscal de 2015, en el
plazo establecido en el artículo 60 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito
Federal vigente en 2015 y en la circular núm. SFDF/SE/3944/2015 del 21 de octubre de 2015.
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2. En los formatos “Reporte de Pasivo Circulante” de 2015, se identificaron 169 registros
por un monto de 370,393.8 miles de pesos con cargo al capítulo 1000 “Servicios Personales”
y 98 registros por un importe de 76,659.2 miles de pesos con cargo al capítulo 3000
“Servicios Generales”.
3. Oficio núm. OM/DGA/0153/2015 del 15 de enero de 2015, con sello de recibido en la
Subsecretaría de Egresos de la SEFIN del 9 de febrero de 2015, con el cual la Dirección
General de Administración de la OM remitió a dicha Subsecretaría, los formatos “Reporte de
Pasivo Circulante” del ejercicio fiscal de 2014, con 19 días hábiles posteriores a la fecha
límite (15 de enero de 2015).
La Dirección General de Administración de la OM, mediante el oficio núm. OM/DGA/6064/2015
del 18 de diciembre de 2015, solicitó a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios
Generales que considerara las medidas que aseguraran la presentación de los reportes de
compromiso del pasivo circulante dentro de los plazos que establece la Ley de Presupuesto y
Gasto Eficiente del Distrito Federal. Asimismo, el sujeto fiscalizado remitió el oficio
núm. OM/DGA/0082/2016 del 8 de enero de 2016, recibido en la SEFIN en la misma fecha,
con el cual la citada Dirección General envió los reportes mencionados en el plazo
establecido en dicha ley. Por ello no se emite observación alguna.
4. Reportes mensuales de los recursos comprometidos sobre los recursos fiscales, crediticios
y provenientes de transferencias federales, correspondientes al ejercicio de 2015, en
los cuales se registraron los recursos comprometidos de los capítulos 1000 “Servicios
Personales” y 3000 “Servicios Generales”.
Se constató que la OM remitió a la SEFIN los reportes correspondientes al ejercicio 2015
en los plazos establecidos en el artículo 56, párrafo primero, de la Ley de Presupuesto
y Gasto Eficiente del Distrito Federal vigente en 2015.
Se concluye que la OM reportó a la SEFIN el pasivo circulante del ejercicio de 2014
fuera del plazo establecido, sin embargo, ha establecido mecanismos de control que
le han permitido entregar el pasivo circulante del ejercicio fiscal de 2015 en los plazos
establecidos.