Lima, 20 de Junio de 2016 Informe N° 084-2016-SUNAT/5D0000 ...
CLUB DE CONTADORES Módulo: Tributación Internacional...3 INFORME N. 024-2017-SUNAT/5D0000...
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CLUB DE CONTADORES
Módulo: Tributación Internacional
Docente: Richard Agapito
Lima, 03 de abril de 2019
I.R., pagado en el exterior
Se puede utilizar como crédito, el IR abonado en el exterior por R.F.E, siempre que no
exceda el importe de aplicar la TASA MEDIA
TASA MEDIA: Se entiende por tasa efectiva al ratio que resulte de dividir el monto total del
impuesto calculado entre la renta imponible, multiplicado por cien (100) y sin considerar
decimales
Las pérdidas de ejercicios anteriores se restan de la renta neta?
Si no se utiliza en el presente ejercicio?
Da derecho a solicitar devolución? 2
Tasa
media =
IR
R.N. + R.N.F.E
Expositor: Richard Agapito
I.R., pagado en el exterior
Caso práctico:
Negociando en Paraísos S.A.- Ejercicio 2018
R.F.E Retención
EE.UU 150,000 8,500
Argentina 157,000 12,000
Panamá 180,000 7,000
Total RFE 487,000 27,500
Crédito Panamá 2017 15,000 ?????
IR peruano: 145,800
Renta neta 750,400
Tasa media 145,800
750,400 +487,000
Tasa media 145,800 12%
1,237,400
Crédito R.F.E 487,000 X 12%= 58,440
Crédito remanente ???? Expositor: Richard Agapito
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INFORME N.° 024-2017-SUNAT/5D0000
Consulta:
Se consulta si tal impuesto que es retenido en el exterior(2), con ocasión del reparto o distribución
de utilidades a la empresa domiciliada en el Perú a la que pertenece dicha sucursal, constituye
crédito contra el impuesto a la renta que determine aquella empresa.
Conclusión:
“Ahora bien, es pertinente indicar que conforme ha señalado esta Administración Tributaria dicho
impuesto retenido en el exterior podrá ser utilizado como crédito contra el impuesto a la renta
peruano en el ejercicio en que se reconoce tal renta en el Perú, por lo que si fue pagado con
posterioridad al vencimiento del plazo para presentar la declaración jurada anual del impuesto a la
renta por el ejercicio correspondiente, no podrá compensarse en ese ejercicio ni en otros ejercicios
ni dará derecho a devolución alguna; no obstante, de haberse pagado con posterioridad al
mencionado plazo, constituirá gasto deducible para la determinación de la renta neta de fuente
extranjera de la empresa domiciliada en el país”.
I.R., pagado en el exterior
Expositor: Richard Agapito 4
PARAÍSOS FISCALES
1. Aspectos Favorables
Aumento del intercambio de bienes y servicios
Aumento de las transacciones en los mercados
financieros internacionales
2. Aspectos Negativos Proliferación de comportamientos – ingeniería tributaria
– tendientes a obtener beneficios fiscales improcedentes.
Utilización de sujetos constituidos, domiciliados o residentes en países de nula o baja tributación.
Son aquellos Estados o jurisdicciones que carecen de
imposición a sus ganancias o tienen muy bajas tasas
impositivas con restricción a brindar información
En Perú: Relación de países en RLIR Expositor: Richard Agapito C. 5
PARAÍSOS FISCALES
Nula o baja imposición fiscal
Secreto bancario
Constitución de empresas con
formalidades mínimas
Muchos de estos estados no prevé
obligaciones penales: Evasión fiscal,
falsificación de balances
Características mas relevantes
Expositor: Richard Agapito C. 6
Operaciones con Territorios No Cooperantes
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PAISES 0 TERRITORIOS NO COOPERANTES 0 DE BAJA O NULA IMPOSICIÓN 44 países (Decreto Supremo N° 340-
2018-EF) Restricción de gastos (art. 44° LIR) Aplicación de las Normas de Precios de
Transfrencia cuando se celebren operaciones con dichos territorios
Restricción para calificar los Instrumentos financieros derivados (IFD) como de COBERTURA
Supuesto de considerar como enajenación indirecta de acciones
Pérdidas derivadas de rentas de fuente extranjera
Decreto legislativo N° 1381
Expositor: Richard Agapito
Operaciones con Territorios No Cooperantes
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Decreto legislativo N° 1381
Vigente a partir del año 2019
Se incluye los “TERRITORIOS NO
COOPERANTES” a la lista de paraísos
fiscales:
Etiopía
Iraq
Serbia
Sri Lanka
Siria
Trinidad y Tobago
Tunez
Vanuatu
Yemen
Expositor: Richard Agapito
Operaciones con Territorios No Cooperantes
9 Expositor: Richard Agapito
LAS HOLDING
Que son las
holding? Se entenderá por
Holding al conjunto de
empresas organizadas
en torno a una
sociedad (Empresa
Controladora o Matriz
del Holding), que
administra y controla la
totalidad o una parte
significativa de la
propiedad de ellas.
Uno de sus objetivos
es la tenencia de
acciones de otras
sociedades. Expositor: Richard Agapito C. 10
LAS HOLDING Ventajas fiscales
Supone minimizar en parte el gasto en impuestos, ya
que por ejemplo en algunos países se aplicaría el
diferimiento de los mismos
La posibilidad de aprovechamiento de las pérdidas y
créditos fiscales, entre las distintas sociedades que
componen el grupo
La posibilidad de reinvertir los excedentes de una
sociedad en otra del mismo grupo, mediante la
distribución de dividendos a la Holding
Nota:
En el Perú no existe disposiciones especificas que
promuevan la constitución o establecimiento de sociedades
holding
Expositor: Richard Agapito C. 11
Expositor: Richard Agapito C. 12
PLAN BEPS
Expositor: Richard Agapito C. 13
PLAN BEPS
Acción N° 1: Abordar los retos de la economía digital para la imposición
Acción N° 2: NEUTRALIZAR LOS EFECTOS DE LOS MECANISMOS
HÍBRIDOS
Acción N° 4: LIMITAR LA EROSIÓN DE LA BASE IMPONIBLE POR VÍA
DE DEDUCCIONES EN EL INTERÉS Y OTROS PAGOS FINANCIEROS
Acción N° 6: IMPEDIR LA UTILIZACIÓN ABUSIVA DE CONVENIOS
Acción N° 7: IMPEDIR LA ELUSIÓN ARTIFICIOSA DEL CONCEPTO DE
ESTABLECIMIENTO PERMANENTE (EP)
Expositor: Richard Agapito C. 14
PLAN BEPS
Compromisos asumidos por el Perú
Limitación de gastos por intereses
Expositor: Richard Agapito 15
Nuevo limite para deducir gastos por intereses A partir del año 2021: No serán deducibles los intereses netos
en la parte que excedan el treinta por ciento (30%) del EBITDA del ejercicio anterior
Los intereses que no se puedan aplicarse, se podrán aplicar a los 4 ejercicios siguientes
Se aplican las misma excepciones
(Adhesión al lineamiento de la Acción
N°4 del PLAN BEPS)
Decreto Legislativo N° 1424 publicado el 13.09.2018
Intercambio de información tributaria
Expositor: Richard Agapito 16
1) Las partes se prestarán asistencia
administrativa mutua en asuntos fiscales
2) La asistencia administrativa incluirá:
Intercambio de información, incluyendo
auditorías fiscales simultaneas y participación
en auditorías en el extranjero;
Asistencia en el cobro, incluyendo el
establecimiento de medidas cautelares;
La notificación o traslado de documentos
3) Asistencia administrativa, ya sea si la persona
afectada es residente o nacional de una Parte o de
cualquier otro Estado.
Casuística Aplicada
La empresa PISCOS CHILENOS domiciliada en Chile
dedicada a la producción y comercialización de vino está
interesada en producir y comercializar el pisco peruano,
motivo por el cual se nos solicita una consultoría en
establecer una estructura impositiva acorde con las
normas legales y a la vez poder reducir el impacto
tributario por actividades que realice en el Perú. ¿Cuál
sería la estructura impositiva que permita lo solicitado?
Expositor: Richard Agapito C. 17
PRIMERA ALTERNATIVA: Apertura una sucursal de la empresa chilena en el Perú y empezar a producir allí el pisco peruano.
• INCIDENCIA IMPOSITIVA
• Se convierte en un contribuyente domiciliado pero sólo por sus rentas de fuente
peruana.
• Hay presunción de repartición de dividendos al presentar la Declaración Jurada
Anual.
• Contingencia 1: Relacionada al IGV, la sucursal es sujeto de este impuesto? Artículo
9° del TUO de la LIGV las sucursales no son sujetos del IGV, sin embargo en la
actualidad al realizar las sucursales muchas operaciones comerciales en el país en
la práctica se convierten en “sujetos reales de este impuesto”.
• Contingencia 2. Como la sucursal se va a dedicar a la exportación de pisco, al no
ser sujeto del IGV, surge la pregunta de si es o no procedente la “devolución de
saldo a favor del exportador”, es también lógico que pueda solicitar la devolución del
saldo a favor.
• Para realizar el negocio si no se cuenta con mucha liquidez se podría considerar
adquirir un inmueble, las maquinarias y los vehículos para realizar el transporte a
través de contratos de leasing, así se podría hacer uso de una tasa de depreciación
acelerada y con ello tener mayores gastos y así reducir el impuesto a la renta.
Expositor: Richard Agapito C. 18
SEGUNDA ALTERNATIVA Aperturar una empresa subsidiaria de la empresa chilena en el Perú y empezar a producir el pisco en el Peru
INCIDENCIA IMPOSITIVA
• Al constituirse en el Perú será una persona jurídica domiciliada y
por lo tanto tributará por sus rentas de fuente mundial.
• La principal contingencia para el IR peruano sería que en
principio tributaría por todas sus rentas de fuente mundial, sin
embargo al contar el Perú con un Convenio de Doble Imposición
con Chile puede la empresa matriz tomar el crédito indirecto de
su subsidiaria peruana según el artículo 23° de dicho convenio.
Expositor: Richard Agapito C. 19
SEGUNDA ALTERNATIVA Aperturar una empresa subsidiaria de la empresa chilena en el Perú y empezar a producir el pisco en el Perú
• Al ser la empresa chilena una empresa productora de vino,
lógicamente cuenta con experiencia para desarrollar sus actividades,,
y eso puede ser definido como su “know how”, el cual puede ser
transferido a la subsidiaria peruana vía un contrato por el cual se
pagarían regalías, las cuales tendrían en el Perú una retención del
15% por el Convenio de Doble Imposición con Chile y Perú y la
subsidiaria peruana podría deducir dichos gastos por el 30%.
• Para realizar el negocio si no se cuenta con mucha liquidez se podría
considerar adquirir un inmueble, las maquinarias y los vehículos para
transportar los productos a través de contratos de leasing, y así se
podría hacer uso de una tasa de depreciación acelerada y con ello
tener mayores gastos y así reducir el impuesto a la renta.
Expositor: Richard Agapito C. 20
SEGUNDA ALTERNATIVA Aperturar una empresa subsidiaria de la empresa chilena en el Perú y empezar a producir el pisco en el Perú
APRECIACIÓN DE LOS RESULTADOS SIN PAGO DE REGALIAS
CONCEPTOS PAISES
PERU CHILE
VENTAS 1,000,000.00
COSTO DE VENTAS 400,000.00
GASTOS DE OPERACIÓN 150,000.00
UTILIDAD 450,000.00
IR RETENCION REGALIAS
IR ANUAL 135,000.00
IR DIVIDENDOS 12,915.00
IR CHILENO 67,500.00
CREDITO DE IR PAGADO EN PERU -147,915.00
TOTAL DE IR GLOBAL 147,915.00
Expositor: Richard Agapito C. 21
SEGUNDA ALTERNATIVA Aperturar una empresa subsidiaria de la empresa chilena en el Perú y empezar a producir el pisco en el Perú
APRECIACIÓN DE LOS RESULTADOS CON PAGO DE REGALIAS
CONCEPTOS PAISES
PERU CHILE
VENTAS 1,000,000.00
COSTO DE VENTAS 600,000.00 200,000.00
GASTOS DE OPERACIÓN 150,000.00
UTILIDAD 250,000.00
IR RETENCION REGALIAS 30,000.00
IR ANUAL 75,000.00
IR DIVIDENDOS 7,175.00
IR CHILENO 67,500.00
CREDITO DE IR PAGADO EN PERU -112,175.00
TOTAL DE IR GLOBAL 112,175.00
Expositor: Richard Agapito C. 22
PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Expositor: Richard Agapito C. 23
Los precios de transferencia son los valores a los cuales las
empresas vinculadas realizan sus operaciones de ventas u otras
transferencias de productos, servicios y/o propiedades intangibles.
Aquel valor del pago (precio) que se pacta y realiza entre
sociedades vinculadas de un grupo multinacional, por transacciones
de bienes o servicios y que pueden ser diferente a los que se
hubieran pactado entre sociedades independientes
LOS PRECIOS DE TRANSFRENCIA
¿Qué regulan las normas de Precios de Transferencia?
Los precios máximos a los cuales las empresas pueden comprar bienes y/o servicios de empresas vinculadas.
Los precios mínimos a los cuales las empresas pueden vender bienes y/o servicios a empresas vinculadas.
Expositor: Richard Agapito C. 25
Normas sobre Precios de Transferencias
A partir del 1° de enero 2017 se establece la obligación de cumplir el test de beneficio y
proporcionar la documentación e información solicitada
¿Qué es el test de
beneficio? Es cuando el servicio prestado
proporciona valor económico o
comercial para el destinatario
del servicio, mejorando o
manteniendo su posición
comercial. ¿Cuándo ocurre
esto?
Decreto legislativo N° 1312
Requisito para la deducción del costo o gasto de servicios intragrupos recibidos
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Documentación e información La prestación efectiva del servicio.
La naturaleza del servicio.
La necesidad real del servicio.
Los costos y gastos incurridos por el
prestador del servicio, así como los
criterios razonables de asignación de
aquellos.
La justificación de la razón y/o
necesidad del cambio del criterio de
asignación, de ser el caso.
Expositor: Richard Agapito
Normas sobre Precios de Transferencias
Decreto legislativo N° 1369
Vigente a partir del año 2019
27 Expositor: Richard Agapito
i) Servicios
Sin perjuicio de los requisitos, limitaciones y prohibiciones dispuestos por esta Ley,
tratándose de servicios prestados al contribuyente por sus partes vinculadas,
aquel debe cumplir el test de beneficio y proporcionar la documentación e
información solicitada, como condiciones necesarias para la deducción del costo o
gasto.
Texto anterior:
Servicios sujetos al ámbito de aplicación del inciso a):
Operaciones entre partes vinculadas o,
Las que se realicen desde, hacia o través de países o territorios de baja o nula imposición
Incentivos fiscales detrás de los PT
Empresa A Empresa B Grupo
Tasa Impositiva 18% 30%
Con margen de 10%
Ingresos 110 200 200
Costos y Gastos 100 110 100
Utilidad de Operación 10 90 100
Impuestos 1.8 27 28.8
Utilidad desp. Impuestos 8.2 63 71.2
Tasa Impositiva 18% 30%
Con margen de 40%
Ingresos 140 200 200
Costos y Gastos 100 140 100
Utilidad de Operación 40 60 100
Impuestos 7.2 18 25.2
Utilidad desp. Impuestos 32.8 42 74.8
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Principio de plena competencia
Es el estándar internacional para los precios de transferencia, el cual los miembros de la OCDE han acordado que sea usado para fines fiscales por los grupos multinacionales y administraciones fiscales
LOS PRECIOS DE PLENA COMPETENCIA
Son aquellos que han sido acordados entre empresas no vinculadas, en las mismas o similares
transacciones y en un mercado abierto.
Expositor: Richard Agapito C. 29
Ser comparables significa que ninguna de las diferencias
entre las situaciones que se están comparando afectaría
en forma significativa la condición que se esta examinando
en la metodología (por ejemplo, precio o margen) o que se
pueden efectuar ajustes adecuados lo suficientemente precisos
para eliminar el efecto de cualquier diferencia
Compañías comparables
– Resultados del MMNT
El rango intercuartil obtenido en la mencionada búsqueda, se muestra a
continuación
De acuerdo al MMNT utilizado en este análisis, la utilidad operativa que debe obtener la Empresa Prestadora S.A. en la prestación de servicios administrativos a Empresa Receptora S.A. se debe ubicar dentro del
rango intercuartil de utilidades de las compañías comparables.
Método del Margen Neto Transaccional Ejemplo: Prestación de Servicios Administrativos ( back office)
Cuartil Inferior Mediana Cuartil Superior
3.20% 4.50% 6.03%
Expositor: Richard Agapito C. 31
CLUB DE CONTADORES
Tributación Internacional
Docente: Richard Agapito
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