Clases Profesor Herrera

22
Grandes contenido del derecho civil parten de la teoría del patrimonio. El derecho civil es el tronco del derecho privado, es un derecho común, general y supletorio que estudia a los sujetos de derecho, fundamentalmente las personas naturales desde su nacimiento hasta su muerte, y con posterioridad a su muerte, porque el patrimonio del sujeto se transmite a sus herederos, pero también estudia al sujeto en torno a lo que es su familia y este es un derecho extra patrimonial que también va a tener este estudio integrativo. Unión Civil que entra en vigencia el 21 de octubre próximo. Derecho civil en cuanto a su contenido que no son otros que los libros que el Código Civil contempla, esos contenidos que están en el Código Civil, y leyes complementarias constituyen esta rama del derecho privado. El Código Civil promulgado en 1855, y que entró en vigencia en 1857, este Código es obra fundamentalmente de don Andrés Bello y López, sin perjuicio de que hubo comisiones a lo largo de su tramitación que algo intervinieron, pero siempre fue Andrés Bello quien en definitiva continuó haciendo modificaciones. Tiene fuentes doctrinales y legales, la ultima mas relevante es el Código Civil Francés de Napoleón de 1804, podemos decir que el libro cuarto relativo a las obligaciones en general y a los contratos en particular es una copia fiel del Código Francés, no así otras materias en que el derecho sucesorio tiene mucho del derecho español, el derecho de los bienes tiene mucho del derecho romano, de manera que tiene fuentes directas. También hay fuentes doctrinales, en especial el derecho romano, Justiniano, Gallo, son fuentes doctrinales del Código Civil, hay fuentes del derecho Francés Domay y Pottier, autores alemanes von Savigny, dentro del derecho consuetudinario inglés Kant, etc. Dicho lo cual veremos la geografía del Código, primeramente está el mensaje, que no está contemplado dentro del articulado que se destaca siempre

description

Clases Profesor Herrera

Transcript of Clases Profesor Herrera

Page 1: Clases Profesor Herrera

Grandes contenido del derecho civil parten de la teoría del patrimonio.

El derecho civil es el tronco del derecho privado, es un derecho común, general y supletorio que estudia a los sujetos de derecho, fundamentalmente las personas naturales desde su nacimiento hasta su muerte, y con posterioridad a su muerte, porque el patrimonio del sujeto se transmite a sus herederos, pero también estudia al sujeto en torno a lo que es su familia y este es un derecho extra patrimonial que también va a tener este estudio integrativo.Unión Civil que entra en vigencia el 21 de octubre próximo.

Derecho civil en cuanto a su contenido que no son otros que los libros que el Código Civil contempla, esos contenidos que están en el Código Civil, y leyes complementarias constituyen esta rama del derecho privado.

El Código Civil promulgado en 1855, y que entró en vigencia en 1857, este Código es obra fundamentalmente de don Andrés Bello y López, sin perjuicio de que hubo comisiones a lo largo de su tramitación que algo intervinieron, pero siempre fue Andrés Bello quien en definitiva continuó haciendo modificaciones.Tiene fuentes doctrinales y legales, la ultima mas relevante es el Código Civil Francés de Napoleón de 1804, podemos decir que el libro cuarto relativo a las obligaciones en general y a los contratos en particular es una copia fiel del Código Francés, no así otras materias en que el derecho sucesorio tiene mucho del derecho español, el derecho de los bienes tiene mucho del derecho romano, de manera que tiene fuentes directas.También hay fuentes doctrinales, en especial el derecho romano, Justiniano, Gallo, son fuentes doctrinales del Código Civil, hay fuentes del derecho Francés Domay y Pottier, autores alemanes von Savigny, dentro del derecho consuetudinario inglés Kant, etc. Dicho lo cual veremos la geografía del Código, primeramente está el mensaje, que no está contemplado dentro del articulado que se destaca siempre porque es una fuente que nos permite interpretar el Código muchas veces, porque aquí claramente aparece la intención del Código. Continúa con un título preliminar en que hay un aspecto que se considera fundamental, que es la interpretación de la ley, artículos 19 al 24 del Código en que se establecen todas las bases de la hermenéutica legal, partiendo de los elementos gramatical, lógico, sistemático e histórico, y terminan estas normas de hermenéutica con una norma de cierre del artículo 24, que cuando no se pueden aplicar estas normas de interpretación se debe recurrir al espíritu de las leyes y a la equidad natural. ***Estas normas se aplican a todo el derecho privado.Cuando tratemos la interpretación de los contratos volveremos sobre la hermenéutica legal, vinculando la interpretación del contrato, de los testamentos con la interpretación de la ley. Continua el Código con el libro I, relativo a las personas, están las personas naturales y las personas jurídicas, enseguida está el libro segundo que trata de los bienes, del dominio y posesión de los bienes, este es un libro fundamental, y enseguida el libro tercero que trata sobre la sucesión por causa de muerte y el contrato de donación…. Para finalizar con el libro cuarto, libro bastante extenso, que parte con el artículo 1437 y termina con el 2524 en que trata de las obligaciones en general y de los contratos en

Page 2: Clases Profesor Herrera

particular, y termina con un artículo final sin numero que se refiere a la aplicación del código que señala entra en vigencia dos años después de su ….

Nos referiremos primeramente a la teoría del patrimonio, fíjense que subyace en el Código todos los principios que vamos a señalar, porque no hay una sistematización del patrimonio sino que subyace a todo el Código. Nosotros estudiamos el patrimonio como un atributo de la personalidad, tanto las personas jurídicas el patrimonio es una universalidad jurídica que tiene elementos activos y pasivos, esto significa que es un todo, son las abstracciones propias del derecho civil. Esta universalidad jurídica está estructurada por sus elementos activos, que son los bienes y los derechos, sus elementos pasivos son las obligaciones y las deudas. Partiendo de esta teoría tradicional del patrimonio veremos los elementos activos del patrimonio. Son los bienes, las cosas los derechos, para continuar con los elementos pasivos que son las obligaciones, las deudas, viendo estos elementos activos nos adentraremos en el libro segundo libro del código civil cosas materiales y cosas inmateriales, las materiales son aquellas que tienen una ubicación dentro del espacio y que podemos apreciarlas por nuestro sentidos, y las inmateriales que son las que pueden …. Podemos imaginarnos.Las cosas materiales que cuando son susceptibles de apropiación por el hombre, y le prestan un beneficio reciben el nombre de bienes. La gran clasificación de los bienes, bienes muebles y bienes inmuebles, la clasificación se hace atendiendo a la movilidad de estas cosas, los bienes muebles son aquellos que pueden transportarse de un lugar a otro, como los animales y las …, los inmuebles son aquellos que no pueden transportarse de un lugar a otro. Los bienes muebles se clasifican en bienes muebles por naturaleza, y bienes muebles por anticipación, a su vez los bienes inmuebles o bienes raíces, predios o fundos, se clasifican en inmuebles por naturaleza, por incorporación o adherencia o inmuebles por destinación. Son aquellos que pueden transportarse de un lugar a otro por si mismos o por una fuerza externa, los muebles por anticipación, su nombre lo dice todo se anticipa su calidad de mueble, y tenemos que relacionarlos con los inmuebles por adherencia o por incorporación, un ejemplo de ellos son los edificios y los árboles, tomando el ejemplo que nos da el código de los arboles, los frutos de los arboles son muebles por anticipación, porque cuando el hombre, quiere constituir un derecho a favor de un tercero en relación a los muebles por adherencia que son los frutos de los arboles, está anticipando su calidad de mueble, y no se va a regir por las reglas de los inmuebles. Son muebles anticipadamente, necesariamente pensemos en cualquier fruto, si no se cosecha va a caer y va a ser una cosa mueble, esta es la única trascendenciaLos bienes inmuebles, predios o fundo, inmuebles por naturaleza los que no pueden transportarse de un lugar a otro como el suelo y las minas, están los inmuebles por adherencia e incorporación que son aquellos que se reputan inmuebles por estar adheridos o incorporados a un inmueble por naturaleza como los edificios y los arboles, supongamos que se va a vender este inmueble, ¿cómo desarrollan ustedes las cosa vendida en la escritura? Se hace referencia al suelo, se establecen los deslindes, departamento de obras de la municipalidad respectiva, esto porque lo fundamental es el suelo lo demás es accesorio, cláusula tipo del cv de bienes raíces que dice relación que el inmueble se vende al corpus con todo lo edificado y plantado.

Page 3: Clases Profesor Herrera

En otras legislaciones, Italia, se distingue otro derecho real que es la edificación, se separa el suelo de lo edificado.Inmuebles por destinación, son aquellos que se reputan inmuebles por estar destinados permanentemente al uso de un bien raíz, esto ha quedado obsoleto dentro del código, porque si yo quiero vender un fundo, voy a señalar sus deslindes, que se vende con todo lo edificado y plantado, y en un instrumento aparte me referiré a la maquinaria y a los animales que tenga en ese predio. Trascendente es el diferente tratamiento que le da el Código Civil, porque la riqueza estaba en la tierra, de manera que el Código Civil manifiesta esto en sus disposiciones, otorgando mayor relevancia a los bienes inmuebles. Por ejemplo la cv de bienes muebles es consensual y en los bienes inmuebles es solemne, la tradición se realiza de acuerdo al 684, en cambio en la de los bienes inmuebles se realiza de acuerdo al 686, en cuanto a los plazos de prescripción para adquirir las cosas muebles son de 2 años si hay posesión regular y 5 años si es irregular, y si es de inmueble son 5 años para la regular y 10 años para la irregular. En materia de administración de la sociedad conyugal, tiene mas trascendencia la injerencia del marido en la administración de los bienes raíces que requiere autorización de la mujer para enajenarlos, como en la administración de los bienes propios de la mujer …, hay diferencias también en lo que se refiere a la lesión enorme que solo tiene injerencia en los bienes raíces, y que acarrea la rescisión, en la condición resolutoria tacita cuando la 1490 y 1491, cuando se trata de cosa mueble el 1490 y dará acción reivindicatoria contra terceros cuando se trata de mala fe, y el 1491 cuando…… Los meros derechos, una salvedad es que hay numerosas otras clasificaciones en las cosas solo veremos las mas trascendentales, los derechos, cosas incorporales que hay que imaginar, tenemos los derechos reales 577 son aquellos que ejercemos directamente sobre las cosas sin intervención de otros, y derechos personales o créditos de acuerdo al 578 son aquellos que solo pueden reclamarse de una determinada persona que por un hecho suyo o la sola disposición de la ley han contraído obligaciones correlativas.Hay una potestad máxima que es el derecho de propiedad, que es el más relevante de los derechos reales. El de dominio o propiedad, el de herencia, … servidumbres activas, prenda e hipoteca, es un numero cerrado. Derecho de aprovechamiento de las aguas, en el código de minería, en el derecho de pedimento y … minera. Derecho de dominio, es una abstracción, la relevancia esta en que se le puede sacar un provecho, entonces el derecho mismo tiende a corporizarse en la cosa, pero es un derecho una potestad.El derecho de herencia, es el mismo derecho de propiedad que se ejerce sobre una universalidad jurídica, se tiene a corporizar en los bienes que conforman la herencia, el derecho de usufructo es más complejo corporizarlo porque la cosa que se entrega en usufructo es un título de mera tenencia, tanto es así que se puede arrendar y ceder este derecho de usufructo, lo mismo en el derecho de uso y habitación que vienen a ser usufructos mas restringidos, las servidumbres cuando son activas son un derecho real, si yo tengo un predio y hay una servidumbre esta se corporiza en la senda o camino para llegar al camino público,, en el caso de las pasivas es una limitación a su derecho de propiedad.

Page 4: Clases Profesor Herrera

La prenda, la hipoteca el derecho real de hipoteca está en la facultad de que tiene el acreedor hipotecario de perseguir el bien hipotecado en manos de quien quiera que esté.De estos derechos reales nacen las llamadas acciones reales, que tienden a proteger estos derechos reales cuando son conculcados de cierta manera y recurrimos a tribunales, siguiendo principios civilista es el derecho puesto en movimiento, los derechos personales o créditos, el 578 resume todas las fuentes de las obligaciones, porque donde hay un derecho personal hay un elemento activo y un sujeto pasivo que es el deudor, cuando dice derechos personales o crédito son aquellos que pueden reclamarse de ciertas personas, que por un hecho suyo (contratos y cuasi contrato, delitos y cuasidelitos) o por la sola disposición de la ley…. Aquí todas las fuentes de las obligaciones que hay un deudor y un acreedor de estos derechos personales nacen las acciones personales, que tienen un diferente tratamiento, las acciones reales prescriben 2517, prescriben por la adquisición del derecho de que se trata, pensemos en la acción reivindicatoria, esta va a prescribir cuando el poseedor adquiera el bien de que se trata. Las acciones personales, las ordinarias en 5 años y las ejecutivas que prescriben en 3. El derecho de dominio, hay un principio del derecho civil, la autonomía privada, la responsabilidad, libertad contractual, preeminencia dominical esto es la preeminencia del derecho de propiedad, el derecho de propiedad le da carácter a nuestro Código Civil porque es un principio inspirador, su fuente está en la propia CPR, que en el 19 Nº 24 protege el derecho de dominio en todas sus formas, sin perjuicio de que estamos viendo el derecho de propiedad desde una perspectiva jurídica, este derecho puede ser visto desde otros, como por ejemplo desde un punto de vista político y sociológico se pueden sacar otras conclusiones.Artículo 582, es un derecho real que nos permite usar, gozar y disponer arbitrariamente las cosas, no siendo contra ley o contra derecho ajeno, es el máximo poder que se tiene sobre las cosas, se pueden usar arbitrariamente sin embargo tiene un margen que es el derecho ajeno. El derecho de propiedad se hace casi consustancial con el derecho de las personas, al ser humano. Este derecho de propiedad mirado desde el punto de vista jurídico, le otorga atributos a sus titulares, usar las cosas, gozar de las cosas es decir sacar frutos de ellas, y disponer de las cosas y nos vamos a quedar en esta ultima facultad, por a trascendencia del estudio de los bienes: ¿qué es disponer? Significa hacer ajena una cosa, y se puede disponer de las cosas materialmente, quizás degradando la cosa, incluso sin abusar de mi derecho hasta podría destruir materialmente la cosa, pero al mismo tiempo tengo una facultad jurídica de disposición y esta es la enajenación, que es hacer ajenas las cosas de las cuales soy propietario. Esta facultad tiene ciertos supuestos, ser propietario, ser dueño de la cosa, tener capacidad de disposición, que la cosa mirada no solo desde un punto de vista material sino que también de los derechos, sea susceptible de disponer de ellas, y que no haya un elemento exógeno que impida la disposición. Esto nos va a servir para explicar la tradición, porque el tradente tiene que tener facultad de disposición, y eso conlleva a ser dueño, tener capacidad, que no se trate de un derecho que sea inagenable como por ejemplo los derechos de uso y habitación, el derecho del pacto que acompaña a la compraventa, el pacto de retroventa, etc. Es necesario que no haya un elemento externo o extraño que lo impida, por ejemplo un embargo o una

Page 5: Clases Profesor Herrera

medida precautoria que impida la enajenación. La palabra enajenar puede tomarse en un sentido restringido o en un sentido amplio que significa ….. cuando analicemos el 1464 Código Civil, dentro de los casos de objeto ilícito, hay que tener claro lo que es enajenar. La ley solo puede restringir este derecho de propiedad, leyes sanitarias lo restringen, leyes de señalización de caminos, leyes de carácter comercial que pueden restringir el derecho de propiedad, y en algunos casos incluso se puede llegar a un acto administrativo que es la requisición. El derecho ajeno, tenemos que mirarlo desde dos perspectivas, el abuso del derecho que consiste en ejercer el derecho de propiedad abusivamente, es decir no rectamente sino que en un afán de animus nocendi, de dañar a otro, se deben indemnizar los perjuicios causados, y el derecho de vecindad que restringe de cierto modo el derecho de propiedad, por ejemplo los reglamentos de copropiedad la prohibición de emitir ruidos molestos esto porque se está afectando el derecho ajeno, las relaciones de vecindad entre los predios, por ejemplo dejar que los animales del predio vecino pasen a mi predio.Derecho de propiedad cuando se ejerce por dos o más personas, estamos en presencia de la comunidad o copropiedad, que no es mas que el derecho de dominio ejercido por dos o mas personas. Aquí hay que resaltar la naturaleza jurídica de la comunidad, que puede tener diferentes fuentes, como la comunidad hereditaria, la comunidad que se conforma al termino de la sociedad conyugal, la que se conforma al termino de una sociedad de personas, la circunstancia de que dos o mas personas adquieran una cosa en común. Hay dos aspectos mirados desde la naturaleza jurídica, hay un derecho colectivo respecto del todo, y hay un derecho de propiedad a la cuota parte, eso explica que el día de mañana siendo yo comunero podría enajenar mi cuota aparte y el resto de los comuneros no podrían oponerse, ¿ocurre lo mismo en las sociedades? No, porque no se puede vender el derecho social sin la anuencia de los demás socios, en cambio en las comunidades si se puede.

Modos de adquirir el dominio

Son ciertos hechos o actos a los cuales la ley le confiere la virtud, de hacer nacer o traspasar el derecho de propiedad, en estas materias Bello siguió al pie de la letra el derecho romano. Son la ocupación, la accesión, la tradición, la prescripción adquisitiva y la ley, son los modos de adquirir el dominio, y pueden ser hechos o actos jurídicos. La ocupación es un acto juridico porque tiene que haber una manifestación de voluntad, la accesión puede ser de frutos o propiamente tal, la de frutos son actos jurídicos cuando se trata de frutos civiles, porque ahí parte del supuesto la ley de que hay de por medio un contrato, cuando habla de los frutos civiles se refiere a los intereses o los capitales a fondo perdido se refiere a la renta vitalicia, se refiere entonces a una acto jurídico, la accesión propiamente tal, podríamos decir que en todas ellas estamos en presencia de hechos jurídicos. La prescripción ¿por qué podríamos decir que es un hecho jurídico? Porque sus elementos son el transcurso del tiempo y la posesión, y ambos son hechos.

Page 6: Clases Profesor Herrera

Modos originarios y modos derivativos, esto es trascendente cuando se trata de modos derivativos, lo que significa que hay que poner atención en los antecesores, quienes han sido los dueños, esto lo podemos encontrar en la tradición y en la sucesión por causa de muerte. Ambos son modos derivativos, esto tiene trascendencia, si a nosotros nos encargan un estudio de titulo de un bien raíz, ver quien ha sido el dueño anterior, porque nadie puede transferir mas derechos de los que se tiene. Lo mismo podríamos decir de la prescripción adquisitiva, pero desde un punto de vista practico hay que ver todo lo anterior, pero desde la dogmática no porque se establece la …. De posesiones, de tal manera que si se hace presente la prescripción adquisitiva tenemos que ver esa circunstancia, por eso cuando se hace un estudio de títulos hay que ver de a lo menos 10 años atrás. 34

La ocupación es un modo de adquirir el dominio de las cosas que no pertenecen a nadie, siempre que no estén prohibidas por el derecho chileno, el derecho internacional, median te la aprehensión material de las cosas. Se pueden adquirir las cosas animadas y las inanimadas, las animadas son los animales, se clasifican en animales bravíos o salvajes, animales domésticos y animales domesticados. Animales bravíos o salvajes a propósito de la responsabilidad extracontractualLos domesticados son aquellos que le hombre los ha traido y se encuentran a su amparo, salvo que se arranquen y sean nuevamente Los domésticos son los que viven con el hombre desde los tiempos inmemoriales, como los perros.Las cosas inanimadas, el hallazgo, el descubrimiento de un tesoro, la….

La accesión es el modo de adquirir por medio el cual una persona se hace dueño de lo que las cosas producen o de lo que se junta a ella. Accesión de frutos y accesión propiamente tal, la de frutos pueden ser frutos naturales o civiles, la propiamente tal puede ser accesión de …. , accesión de …. , accesión…

Accesión de frutos, el dueño se hace dueño de lo que la cosa produce, los frutos naturales. Se perciben periódicamente, el dueño se hace dueño de los frutos por su c diferencia entre producto (genero y es todo lo que se saca de una cosa), en cambio el fruto es todo lo que se saca de una cosa periódicamente y sin el deterioro de la cosa madre. Tiene relación con el usufructo, porque el usufructuario se hace dueño de los frutos, pero no asi de los productos, por ejemplo las piedras de una cantera, a la larga se terminan. Los frutos se van renovando cuando se hace una explotación racional de los frutos, pro ejemplo la octava región es una región esencialmente maderera y hay una explotación racional de los eucaliptus, y de los pinos. Están también los frutos civiles, que son los que produce el dinero, los intereses son frutos civiles, también las rentas vitalicias, en que un capital se entrega para que a sus vez el que lo recibe tiene la obligación de entregar una renta mientras viva el que contrato esta renta vitalicia, es lo que se llama capitales a fondo perdido. Aplicación del dl 3500.¿qué son las acciones liberadas? Son las crías, son frutos civiles (ley 18046)

Page 7: Clases Profesor Herrera

accesión propiamente tal, se llama así porque hay cosas que se juntan a otras, esta la accesión de mueble a inmueble o natural del suelo, tenemos el aluvión, la avulsión, el cambio de cause de un rio o mutación del alvio y la formación d e nueva isla.El terreno que alora por el lento e imperceptible….. el propietario riberano se hace dueño de ese terreno.La avulsión, ….

La accesión industrial, tiene importancia dogmática porque confluye en esta accesión dos principios de derecho civil, el principio de accesoriedad y del enriquecimiento injusto. ¿Qué pasa si alguien edifica, planta o siembra en suelo ajeno con plantas o semillas propias? O alguien en suelo propio planta con algo ajeno? Principio de que lo accesorio sigue la suerte de lo principal, pero como alguien se está enriqueciendo a costa de otro, de manera que se debe indemnizar. Tiene importancia dogmática porque confluyen estos dos principios.La accesión de mueble a mueble, puede ser por adjunción, especificación o en la adjunción se juntan cosas que pueden separarse, pero forman una nueva cosa, hay un anillo en que se le engasta un diamante, son cosas que pueden separarse pero mediante la adjunción nace una nueva cosa. Está la especificación, aquí hay que saber distinguir, no es que se junten cosas, hay una cosa que se transforma, por ejemplo el código pone el ejemplo que de uvas ajenas se haga vino, de una piedra se haga… de manera ajena se haga una embarcación, hay una cosa en que se le agrega trabajo, tanto es asi que la especificación en el código civil italiano, la especificación es un modo de adquirir propio y no esta dentro de la accesión. ¿dónde tiene aplicación? ¿qué pasa con los legados? Como se extinguen los legados, por la revocación de un testamento, articulo 1135.La mezcla, aquí no se pueden separar las cosas, nace una comunidad o copropiedad de la nueva cosa, como por ejemplo cuando se juntan materias líquidas o áridas.

La Tradición

Hay que hacer una diferenciación entre bienes muebles e inmuebles La importancia se encuentra en los bienes raíces.Sistema registral, conservador de bienes raíces.

Artículo 670 Código Civil, en que el dueño de una cosa si lo transfiere teniendo la facultad o intención de disponer y por la otra la capacidad e intención de adquirirlo estamos en presencia de la tradición. Que no tiene nada que ver con la tradición del significado común de la palabra, porque la tradición significa transferir.La naturaleza jurídica es un modo de adquirir derivativo y a la vez es una que extingue obligaciones. ¿cuál es el titulo por el que normalmente se transfiere el dominio? Los títulos traslaticios de dominio, siendo el principal título la compraventa, de ella nace una obligación esencial que es entregar la cosa. Cuando se entrega se está

Page 8: Clases Profesor Herrera

pagado, esta extinguiendo la obligación y eso es la tradición una convención que extingue obligaciones. Tiene doble naturaleza jurídica, en definitiva es un pago. Requiere de ciertos requisitosRequisito subjetivo que es la presencia de un tradente y de un adquirente, enseguida tiene que haber voluntad porque es una voluntad, tiene que haber un titulo traslaticio de dominio y por ultimo una entrega, que va a ser diferente dependiendo si se trata de la tradición del dominio de las cosas muebles, de la tradición de las cosa inmuebles, del derecho personal de herencia o de la tradición de los créditos.Un tradente, que tiene que tener facultad de disposición, es decir tiene que ser dueño de la cosa, tiene que tener capacidad, que la cosa sea objeto de tradición y que no haya un elemento extraño o exógeno que lo impida. ¿qué pasa si no es dueño? Aquí hay que tener en consideración algunos elementos, que la venta de cosa ajena es valida sin perjuicio de los derechos del verdadero dueño, que es lo que pasa si hay tradición, si yo soy dueño la tradición actúa como justo titulo para poseer. La permuta de cosa ajena es válida, no se va a cumplir el efecto …. Si no soy dueño la tradición va a ser valida pero inoponible al verdadero dueño, y le va a servir de justo titulo para poseer. Si no soy dueño de un bien raíz, y logro inscribir ese titulo me servirá para poseer, seré poseedor irregular, entonces pasado diez años voy a sanear ese titulo y voy a ser dueño, ese es el sistema registral. Lo normal es que el tradente sea dueño, que sea capaz, que no se trate de un derecho intransferible, y que no haya un elemento extraño o exógeno como seria una medida precautoria con prohibición de celebrar actos o contratos o bien podría ser un embargo. Por su parte el adquirente tiene que tener capacidad para adquirir y tiene que tener además la intención de adquirir, esto de la capacidad para adquirir, aquí tenemos que irnos al pago, y aquí llegamos a la conclusión que la capacidad que exige el código es la capacidad de administración, 1578.En el adquirente se exige capacidad de administrar, esto no es lo mismo que la simple capacidad de ejercicio, quien es plenamente capaz y no puede administrar es la mujer casada en sociedad conyugal. Como convención requiere de la voluntad del adquirente y del tradente, la voluntad que permite hacer o no hacer lo que queramos, esta voluntad tiene que darse en el tradente y también en el adquirente y por lo tanto requiere de la voluntad de ambos.Artículo 682 caso de inoponibilidad, si la tradición que se efectúa voluntariamente por el tradente y que es inoponible, estamos en presencia de un antecedente que es la venta de cosa ajena, que es válida pero es inoponible a terceros. Va mas alla de la nulidad absoluta, se refiere a la inexistencia jurídica. Además como requisito de la tradición tiene que haber un titulo traslaticio de dominio, de acuerdo al 703 del código que se refiere al titulo en materia posesoria, titulo traslaticio de dominio es aquel que por su naturaleza sirve para transferir el dominio, la compraventa, la permuta, …….. el deposito irregular, todos esos son títulos traslaticios de dominio. Toda tradición requiere de un titulo que les antecede, que sirva para transferir el dominio, normalmente los títulos que operan son la compraventa o la permuta, la permuta es………… cuando estamos 1794 ….. la donación irrevocable 1386, el código lo califica de acto y no de contrato, pero es un contrato en que una parte se obliga a transferir a otra una cosa mueble o raíz y la otra no adquiere ninguna obligación y se perfecciona por el cooocimiento que toma…. El donante del donatario, las donaciones revocables

Page 9: Clases Profesor Herrera

se rigen por las reglas de los testamentos y si se entrega en vida una donación revocable el donatario adquiere el usufructo…. El aporte en dominio a una sociedad, los aportes a una sociedad pueden ser en dominio o en usufructo, si yo aporto en dominio un bien raíz, ese constituye un titulo traslaticio de dominio. El cuasi usufructo es el usufructo pero que recae sobre cosas fungibles, en que el usufructuario se obliga a restituir otras tantas del mismo género o calidad, el mutuario se hace dueño de las cosas fungibles que se le dio en… el deposito irregular que es el que se realiza en instituciones bancarias, en que no hay una forma de distinción de lo que es el mutuo de dinero, se rigen por la ley 18010 relativa a las operaciones de crédito de dinero.Por ultimo está la entrega de la cosa, hay que distinguir la entrega tratándose de cosas muebles, de inmuebles, del derecho real de herencia, de los derechos personales. La tradición del dominio de las cosas muebles se realiza de acuerdo a l 684 del cc, significando a una de las partes…. Ya sea por formas figuradas o materiales, materiales permitiéndole la aprehensión de una cosa presente, de manera simbólica entregándole las llaves donde se encuentra la cosa, mostrándoselas, etc. Normalmente se confunde el contrato que se va a cumplir con la tradición.

La tradición del dominio de los bienes raíces, la tradición del dominio de los bienes raíces se realiza por la inscripción del titulo en el registro del conservador de bienes raíces, este registro de conservador de bienes raíces esta en todas las comunas o agrupación de comunas, conforma el registro ciertos libros, el repertorio y los registros que son el registro de propiedad, el registro de hipotecas y gravámenes y el registro de interdicciones y prohibiciones de enajenar, además lleva un índice por trimestres o cuatrimestres. En el repertorio no se inscriben cosas, sino que se anotan todo lo que llega, y al conservador solo pueden llegar instrumentos públicos, escrituras publicas, sentencias judiciales, a lo sumo a veces los conservadores permiten aclaraciones mediante minutas privadas. Con indicación incluso de la hora, es trascendente el repertorio porque ….. el registro de propiedad en que se inscriben las traslaciones del dominio, hay normas que están en el reglamento del conservador de bienes raíces, el registro de hipotecas y gravámenes en que se isncriben todas las hipotecas y gravámenes que afectan a los bienes, las servidumbres pueden inscribirse no es obligación la inscripción, los embargos, las medidas precautorias. Por ultimo el registro de interdicciones y prohibiciones de enajenar, interdicciones dicen relación con las resoluciones judiciales en que a una persona se le declara interdicta ya sea por demencia o por disipación. Las prohibiciones de enajenar pueden ser legales, esas mientras subsista la prohibición , las convencionales hay un incumplimiento contractual, y las prohibiciones judiciales que ya dijimos que podían ser prohibiciones de enajenar o gravámenes de los bienes raíces. La tradición del dominio de los bienes se realiza por… como se realiza la tradición de los otros derechos reales que afectan a un bien raíz, por ejemplo que pasa con un usufructo que recaiga sobre un bien raíz, o con una hipoteca, que sucede con una servidumbre que afecte a un bien raíz, como se efectúa la tradición, si se trata de un usufructo mediante la inscripción del usufructo en el registro del conservador, si es una hipoteca en el registro de ….., la servidumbre se realiza mediante escritura publica que puede ser la misma del acto o contrato en que se constituye, la tradición no se

Page 10: Clases Profesor Herrera

efectúa por la inscripción sino que por el simple contrato en que consta la venta, la permuta, la donación de la servidumbre. La tradición de los derechos personales o créditos 699 Por la entrega del titulo que hace el cedente al cesionario, 1901, disposición que está dentro de todos los contratos, ….. se efectúa

Tradición del derecho de herencia, se efectúa significando una a la otra …. Puede materializarse en que el cesionario pida la posesión efectiva, o la partición de los bienes, cuando opera esto se cede la universalidad jurídica, no ceden bienes determinados, que sucede cuando dentro de esta universalidad hay bienes inmuebles, para mantener la historia de la propiedad raíz,

Es una institución trascendente en el derecho en general, porque la prescripción en sus dos formas da certeza jurídica, por la prescripción vamos a tenr certeza jurídica acerca del dueño de un bien. Con la prescripción extintiva vamos a tenr certeza jurídica de que las obligaciones no pueden eternizarse, es de esas instituciones que son institucionaes de cierre del sistema, nuestro código civil trata someramente la prescripción porque con ello pone termino a lo que es el código civil, dando certeza jurídica en cuanto al dominio de los bienes y en cuanto a la extinción de las obligaciones, es una institución de la mayor trascendencia, sin ella no podrían haberse dado una serie de circunstancias en que se avanza en estos criterios, por ejemplo los delitos de lesa humanidad, ese principio nace al termino de la segunda guerra mundial, en que en los juicios de nuremberg se intento hacer valer la prescripción de estos delitos. El código establece reglas comunes a la prescripción, ambas están definidas en el 2492, señalando que es el modo de adquirir ……….extingue las acciones y los derechos, no las obligaciones porque estas subsisten como naturales. La prescripción adquisitiva como modo de adquirir el dominio de las cosas, los elementos que conforman la prescripción adquisitiva son la posesión y el transcurso del tiempo, la posesión esta definida en el articulo 700 del código civil, es la tenencia de una cosa determinada con animo de señor y dueño sea que el dueño o el que se da por tal tenga la cosa por si mismo o en lugar y nombre de otro, es decir cabe la representación. El poseedor será reputado dueño mientras otro no alegue serlo. El dominio se prueba con la prescripción adquisitiva, entones el elemento fundamental es la posesión de las cosas, la posesión de cosas determinadas con animo de señor y dueño, sea que el dueño, es decir lo normal es que la posesión vaya junta con el dominio, lo anormal es que la posesión vaya sola. El plazo máximo de prescripción es de 10 años.La posesión admite clasificación: posesión regular y posesión irregular, posesión regular articulo 702 del Código que es la que proviene de justo titulo, ha sido adquirida de buena fe y que si se invoca un titulo traslaticio de dominio se requiere de la tradición; 708 posesión irregular, es aquel a que le falta uno o mas requisitos del 70… para ser poseedor regular es necesario la existencia de un titulo justo, es decir un titulo legitimo, legal, pero el código no define el justo título, sino que establece en el 704 casos, tiene una enumeración taxativa pero genérica de los títulos injustos, la doctrina ha definido el justo titulo como aquel que se aviene a la ley, pero el código

Page 11: Clases Profesor Herrera

señala los casos de los títulos injusto, y dentro de ellos está el falsificado, el otorgado por una persona en calidad de representante de otra pero sin serlo, el titulo nulo ya sea absoluto o relativo y el del heredero aparente. Supongamos que se falsifica un titulo en una notaría……….Titulo putativo, el heredero aparente que en realidad no es heredero, aquí hay una materia relevante que es la apariencia jurídica, en que situaciones que son nulas pero por la apariencia jurídica le dan validez a eos actos, y tenemos varias situaciones de este tipo, como por ejemplo el error común, en el que incurren varias personas en un lugar y en un momento determinado, todos los actos son válidos por la apariencia jurídica, o el caso de la apariencia jurídica que tenemos en el caso del matrimonio putativo, que es un matrimonio nulo pero que si ha sido celebrado ante oficial del registro civil o ministro de culto de iglesia que tenga personalidad jurídica de derecho publico y que haya sido celebrado de buena fe tenemos un matrimonio putativo, es decir produce los mismos efectos que el valido, pero que en realidad debería ser nulo, otro caso es la del heredero putativo…. 1289 la prescripción de la acción de petición de herencia, el caso del testigo putativo en los testamentos, cuando la apariencia de ese testigo presume de que es real para serlo vale como testigo.Para ser poseedor regular hay que haber adquirido el dominio de buena fe, es una buena fe inicial, la conciencia de haber adquirido el dominio, es una buena fe creencia, subjetiva. Cuando se invoca un titulo traslaticio de dominio, para que se sea poseedor regular es necesaria la tradición, si yo invoco un titulo traslaticio aunque sea falsa, aunque el mandatario se haya extralimitado, aunque sea nulo de nulidad absoluta, pero si el titulo que estoy invocando es un titulo, el requisito es la inscripción en ele registro de bienes raíces. En todos estos casos a lo mejor voy a ser poseedor irregular, pero me va a llevar a la adquisición del dominio por prescripción extraordinaria, porque de acuerdo al 708 la posesión pasa a ser irregular cuando falta alguno de los requisitos del artículo 702, entonces perfectamente podemos preguntarnos ¿cuándo dice uno o mas podrán ser todos? Fíjense que si se invoca un titulo traslaticio de dominio, tiene que haber necesariamente tradición, porque la posesión significa la tenencia de una cosa, y tiene que haber tradición para que haya tenencia, de manera que cualquiera sean las circunstancias si se invoca un título traslaticio de dominio es siempre necesaria la tradición, porque o sino no voy a ser poseedor. Se puede tener un título falsificado, pero si se inscribió se cumplió con la tradición, entonces se es poseedor irregular porque es un titulo falsificado, pero no puede faltar la tradición porque sino no hay posesión. La prescripción extintiva y adquisitiva tienen reglas comunes a ambas clases de prescripción, y estas son: La prescripción debe ser alegada, se puede renunciar pero una vez cumplidos los plazos de prescripción y la prescripción opera a favor y en contra de todas las personas sean naturales o jurídicas. Ambas deben ser alegadas, la prescripción adquisitiva se alega como acción reconvencional, en tanto la prescripción extintiva hay que alegarla por excepción, si a mi me demandan ejecutivamente y han transcurrido más de tres años voy a alegar la prescripción mediante una excepción. Hay un solo caso en que el juez de oficio puede declarar de oficio la prescripción, que es la prescripción del titulo ejecutivo, entonces si esta prescrito lo puede declarar de oficio.

Page 12: Clases Profesor Herrera

La prescripción puede renunciarse pero una vez transcurridos los plazos de prescripción, esto porque si se pudiera renunciar anticipadamente la prescripción sería parte de todos los contratos, la parte preponderante impondría a la otra la imposibilidad de alegar la prescripción. Antes de que terminen los plazos es un instituto de carácter general, que da certeza jurídica, entonces hay un interés general de la comunidad, así como lo hay en la nulidad absoluta, pero una vez cumplidos los plazos ya no hay un interés general sino que un interés particular, por lo tanto es renunciable.Que corre a favor y encuentra de todas las personas, naturales y jurídicas: esta disposición está en que antes del código civil.2497

Otras reglas comunes, que son por ejemplo el transcurso del tiempo.Interrupción y suspensión e la prescripción, aquí hay normas que son propias de la prescripción adquisitiva y otras de ambas.

La interrupción de la prescripción, si se trata de la prescripción adquisitiva, 2502, esta interrupción puede ser una interrupción natural o una interrupción por haber entrado otra persona a poseer. La interrupción natural es aquella en que no se pueden realizar actos posesorios, por ejemplo una heredad que permanece inundada, entonces naturalmente no se pueden realizar actos posesorios y se interrumpe la prescripción. En el segundo caso hay que distinguir en inmuebles no inscritos e inmuebles inscritos, no se cumplió lo que pensaba Bello, de que todos los bienes iban a estar inscrito, esto porque hay bienes que no han ingresado al sistema conservatorio, entonces que pasa cuando se interrumpe la prescripción por entrar otra persona a poseer, en ese caso se pierde todo el tiempo que se encontraba poseyendo 693 si se trata de inmuebles no inscritos se debe cumplir con esas edidas de publicidad.

Cuando el ve

Interrupción Natural y Civil de la prescripcion

Artículo 2503 tiene 3 casos en que no se produce la interrupción civil, y eso ocurre cuando la demanda no se notificó legalmente o se declaró abandonado el procedimiento o hubo desistimiento de la demanda o lisa y llanamente fue rechazada, en todos estos casos no se produce la interrupción civil de la prescripción.

La inscripción es requisito prueba y garantía de posesión

La suspensión de la prescripción

2509

Es un beneficio que la ley establece a favor de ciertas personas en contra de las cuales se detiene el curso de la prescripción mientras subsista la causa que ….

Page 13: Clases Profesor Herrera

- Los incapaces; - La herencia yacente (se refiere al heredero que no ha aceptado y que no ha….);- La mujer casada bajo el régimen de sociedad conyugal; - Se suspende siempre entre cónyuges

El efecto es que se detiene el curso de la prescripción mientras subsista la incapacidad.

Ha dado origen a discusión docrinaria del 2511 que trata la prescripción extraordianria, a caso si tiene cabida por…. Va contra los principios del matrimonio.

Acciones

- Acción que protege el derecho de propiedad, la acción de dominio o reivindicatoria;- Acciones posesorias

Artículo 889 a 915

Del derecho real de dominio nace la acción reivindicatoria.Rei significa Cosa, vindicatoria significa que vuelva hacia mi.

Legitimidad activa la tiene el dueño en todas sus formas, incluso el comunero en relación a su cuota. También el titular es el poseedor regular que se encuentra en el caso de adquirir la cosa por prescripción, de tal manera que normalmente va a ser el dueño. Acción publiciana cuyo titular es el poseedor regular, que tiene esta expectativa, no puede ejercerla ni contra el verdadero dueño ni contra el que tenga mejor derecho.

Es aquella que tiene el dueño de una cosa singular de la que no está en posesión en contra del actual poseedor.

Lo que se discute en estos juicios es el dominio

Tener presente el 924 y 925 CC

DL 2695 que se refiere a la regularización de la pequeña propiedad raíz, que por alguna circunstancia bienes raíces que no se hayan inscritos hay una forma de acreditar posesión, es el hecho de haber pagado las contribuciones de los bienes raíces.

Legitimado pasivo… es el actual poseedor, el que dejó de poseer y el injusto detentador.

Page 14: Clases Profesor Herrera

Las prestaciones mutuas

904 y siguientes

Las acciones posesorias

Hay ordinarias generales, son la acción posesoria de amparo, de restitución y la acción posesoria de restablecimiento 928 y especiales, la denuncia de obra nueva y la denuncia de obra ruinosa.

Hay que vincularlas con los inmuebles, porque no hay acciones posesorias de cosas mueblesEl objeto es recuperar….. los bienes raíces o los derechos reales