civiles 5 marzo 2013

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PSU Abogados Receptora: Carmen Balboa ([email protected] ) Teléfonos: (02) 671-5263 // (09) 90027878 Calle Teatinos Nº 251, oficina 608 SANTIAGO. Cruz del Sur Nº 133, Oficina 803, Las Condes.- Teléfonos: (02) 671-5263 // (09) 90027878 Calle Teatinos Nº 251, oficina 608 TRI B ROL PARTES CARP E ÚLTIMAS GESTIONES CIV IL STG O. 1545 0- 2010 Red de TV Chile visión / Servici o de Salud 59/ Recl amo mult a 30/11: DELEGA PODER DDO. (POR RESOLVER)6/12: OBSERVACIONES DE NOSOTROS, POR RESOLVER 4/1/12: Por recibida las compulsas bajo el ingreso corte N°7418-2011. Cúmplase.Para una mejor manipulación de la presente causa, agréguese desde la minuta de remisión de las compulsas referidas, foliándose correlativamente.Proveyendo al escrito de fojas 236, téngase presente. Lsr 5/4/12: SE CITE A OIR SENTENCIA. 10/4/12: proveyendo escrito de fj 251: previo a proveer se certifique si se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 34 cpc y si existen escritos pendientes sin ingresar. EL CERTIFICADO ESTÁ ENCARGADO. 16/5/12: CERTIFICO, QUE SE DIO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 34 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, Y QUE NO EXISTEN ESCRITOS PENDIENTES DE RESOLUCION QUE INCIDAN EN ESTOS AUTOS.- ENCARGADO ¡!! 18/5/12: Advirtiendo el Tribunal un error en la foliación de estos antecedentes se ordena corregir la misma como aparece en el expediente a contar de la foja 1 y siguientes para todos los efectos legales, siguiendo la foliación en forma correlativa. Téngase por cumplido lo ordenado a fojas 243 respecto de la presentación de fojas 251. Proveyendo derechamente le escrito de fojas 251: Como se pide, atendido el mérito de autos y según lo dispuesto en el artículo 687 del C.P.C., cítese a las partes a oír sentencia. 28/6: SENTENCIA. 10/7: NOTIFICACIÓN. 23/7: APELACION. Hay que notifcar al ddo. Correo a cajas. 30/7: Téngase por interpuesto recurso de apelación, concédase en ambos efectos y elévense, en su oportunidad, los antecedentes conjuntamente con sus documentos a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago para su conocimiento y fallo. Notifíquese válidamente a la parte demandada de la Sentencia dictada en autos. Cajas. Notificado, encargado para que suba a la CA. Deje encargado los docs,. De custodia. 4/10/12: REMISIÓN A LA CA. rol 7431-20101 13/12: cambio domicilio. 23/1/13: Previo a resolver venga con sus antecedentes al cambio de domicilio. CIV IL STG O. 4226 - 2005 Quiebra Distrib uidora 9/ Quie bra 26/9/11: CERTIFICACIÓN: COMPULSAS POR LA PARTE APELANTE, CONSIGNO $17400 PARA CONFECCIÓN DE COMPULSAS, CONFORME AL ARTÍCULO 197 DEL CPC. 17/10/11: Elévese el presente cuaderno de compulsas a la C.A. 19/10/11: Téngase por evacuado el traslado 6/6: Por recibido oficio N°1616-2012 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. A sus autos. Cúmplase. Remítase los dos cuadernos de administración referente a la presente causa a dicha Corte. Ofíciese. Lsr 6/6: OFICIO N°________-2012 Se ha ordenado oficiar a V.S. Iltma., en relación a su atento Oficio N°1616-2012, con el objeto de remitir los dos cuadernos de administración en original de la causa de la referencia, Rol N°4226-2005, caratulada “DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS NACIONAL S.A.”, para el Ingreso Corte N°7412-2011.

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PSU Abogados Receptora: Carmen Balboa ([email protected]) Teléfonos: (02) 671-5263 // (09) 90027878 Calle Teatinos Nº 251, oficina 608 SANTIAGO.Cruz del Sur Nº 133, Oficina 803, Las Condes.- Teléfonos: (02) 671-5263 // (09) 90027878 Calle Teatinos Nº 251, oficina 608TRIB ROL PARTES CARPE ÚLTIMAS GESTIONES

1º CIVIL STGO.

15450-2010

Red de TV Chile visión /Servicio de Salud

59/Reclamo multa

30/11: DELEGA PODER DDO. (POR RESOLVER)6/12: OBSERVACIONES DE NOSOTROS, POR RESOLVER4/1/12: Por recibida las compulsas bajo el ingreso corte N°7418-2011.Cúmplase.Para una mejor manipulación de la presente causa, agréguese desde la minuta de remisión de las compulsas referidas, foliándose correlativamente.Proveyendo al escrito de fojas 236, téngase presente. Lsr5/4/12: SE CITE A OIR SENTENCIA.10/4/12: proveyendo escrito de fj 251: previo a proveer se certifique si se ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el art. 34 cpc y si existen escritos pendientes sin ingresar. EL CERTIFICADO ESTÁ ENCARGADO. 16/5/12: CERTIFICO, QUE SE DIO CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 34 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, Y QUE NO EXISTEN ESCRITOS PENDIENTES DE RESOLUCION QUE INCIDAN EN ESTOS AUTOS.-ENCARGADO ¡!!18/5/12: Advirtiendo el Tribunal un error en la foliación de estos antecedentes se ordena corregir la misma como aparece en el expediente a contar de la foja 1 y siguientes para todos los efectos legales, siguiendo la foliación en forma correlativa. Téngase por cumplido lo ordenado a fojas 243 respecto de la presentación de fojas 251. Proveyendo derechamente le escrito de fojas 251: Como se pide, atendido el mérito de autos y según lo dispuesto en el artículo 687 del C.P.C., cítese a las partes a oír sentencia.

28/6: SENTENCIA. 10/7: NOTIFICACIÓN. 23/7: APELACION. Hay que notifcar al ddo. Correo a cajas.30/7: Téngase por interpuesto recurso de apelación, concédase en ambos efectos y elévense, en su oportunidad, los antecedentes conjuntamente con sus documentos a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago para su conocimiento y fallo. Notifíquese válidamente a la parte demandada de la Sentencia dictada en autos.

Cajas. Notificado, encargado para que suba a la CA. Deje encargado los docs,. De custodia.4/10/12: REMISIÓN A LA CA. rol 7431-20101 13/12: cambio domicilio. 23/1/13: Previo a resolver venga con sus antecedentes al cambio de domicilio.

1º CIVIL STGO.

4226-2005

Quiebra Distribuidora

9/Quiebra

26/9/11: CERTIFICACIÓN: COMPULSAS POR LA PARTE APELANTE, CONSIGNO $17400 PARA CONFECCIÓN DE COMPULSAS, CONFORME AL ARTÍCULO 197 DEL CPC.17/10/11: Elévese el presente cuaderno de compulsas a la C.A.19/10/11: Téngase por evacuado el traslado6/6: Por recibido oficio N°1616-2012 de la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. A sus autos. Cúmplase. Remítase los dos cuadernos de administración referente a la presente causa a dicha Corte. Ofíciese. Lsr6/6: OFICIO N°________-2012 Se ha ordenado oficiar a V.S. Iltma., en relación a su atento Oficio N°1616-2012, con el objeto de remitir los dos cuadernos de administración en original de la causa de la referencia, Rol N°4226-2005, caratulada “DISTRIBUIDORA DE ALIMENTOS NACIONAL S.A.”, para el Ingreso Corte N°7412-2011.

2º CIVIL STGO.

13161-12

Const. Carrán/ Secre. Ministerial Salud

Sumario

25/5/12: Ingreso. 6/6: acompañe documentos.8/6: A lo principal: Atendido que el libelo no da cumplimiento cabal a lo dispuesto en el N° 2 del Artículo 254 del Código de Procedimiento Civil, y la facultad conferida en el Artículo 256 del mismo cuerpo legal, NO HA LUGAR. Al primer otrosí: Déjense los documentos acompañados a disposición del demandante.Al segundo otrosí: Téngase presente. A fojas 68: Estese a lo resuelto precedentemente.13/6/12: REPOSICION.14/6; Proveyendo derechamente la demanda de fojas 48:A lo principal: Por interpuesta demanda de en Juicio de Sumario. Vengan las partes personalmente o representadas por apoderado con poder suficiente para transigir al comparendo de contestación y conciliación, a la audiencia del quinto día hábil a contar de la última notificación, o al día siguiente hábil si aquel recayere en sábado, a las 09:00 horas. Al primer otrosí: Por acompañados, con citación.Al segundo otrosí: Téngase presente.A fojas 68: Estese a lo resuelto en el primer otrosí.19/6: CAJAS. 21/6: notificación personal. 27/6: A la hora señalada, tiene lugar el comparendo decretado a fojas 75, con la asistencia del abogado de la demandante, don David Quezada Fuentes, y del apoderado de la demandada don, Alejandro Cuevas Pizarro.La parte demandante viene en ratificar la demanda en todas sus partes y solicita que sea acogida, con costas.

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CONTESTACIÓN:La parte demandada, viene en contestar la demanda mediante un escrito de suma “En lo principal, contesta demanda. En el primer otrosí, se tenga presente,. En el segundo otrosí, personería. Tercer otrosí: Patrocinio y poder.” el que se agrega a fojas 79 a 85 de autos, solicitando que sea considerado parte integrante de este comparendo y proveído en consecuencia.El Tribunal provee:A lo principal, téngase por contestada la demanda, en los términos señalados. Al primer y tercer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí: Téngase presente y por acompañado, con citación. CONCILIACIÓN: Llamadas las partes a conciliación, en los términos señalados por el Tribunal, ésta no se produce.ESCRITO SE RECIBA LA CAUSA A PRUEBA. HABLAR CN CLAUDIA, SALA AUDIENCIA. Resolución para lunes 6 agosto.9/11: hable con Claudia la proveedora, dice que luego sacara resolución.6/12/12: A fojas 87 y 88: Estese al mérito de lo que se resolverá a continuación.Vistos:Se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose como hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes: 1.- Si los hechos que hayan motivado la sanción reclamada se encuentran comprobados en el respectivo sumario sanitario, de acuerdo a las normas del Código Sanitario.2.- Si los hechos que dieron lugar a la sanción administrativa reclamada, constituyen efectivamente una infracción a las leyes o reglamentos sanitarios.3.- Si la sanción reclamada corresponde a la infracción cometida.Para la testimonial que procediere, se fija la audiencia a realizarse, en un solo acto y en forma continua, dentro de los días sexto o séptimo del término probatorio, o la del octavo día si el séptimo recayere en sábado, a las 09:00 horas. (gcn)7/12/12: RESOLUCION, ATENDIDO LA NATURALEZA DE LA RESOLUCIÓN, NOTIFIQUESE POR CEDUL.A. CAJAS.27/12: informa cambio domicilio. TENGASE PRESENTE// CAJAS. 8/1/13: NOTIFICACIÓN.10/1/13: PRESENTAMOS REPOSICION. 16/1/13: TRASLADO A LA CONTRAPARTE . 21/1/13: ACOMPAÑA DOC DDO. 31/1/13: POR ACOMPAÑADO PROCEDIMIENTO SUMARIO CON CITACIÓN.

5º CIVIL STGO.

032240-2011

DENIM TRADE con comercial industria dalan.

2 FACTURAS.

30/1/12 Mav.-Como se pide, exhórtese.- 12/3/12: encargado el exhorto y pagado. ( tiene que salir la resolución para retirarlo) 30/3/12: EXHORTO DISTRIBUIDO ROL 508-2012.

4/4/12: AUTORICE PODER. (RESOLUCION PARA EL LUNES) ( EL EXHORTO TIENE RESOLUCIÓN DE HOY) 13/4/12: Cúmplase legalmente y diligenciado, devuélvase. Se fija un plazo de dos meses para su diligenciamiento, bajo apercibimiento de hacer devolución de éste al tribunal exhortante, sin

más trámite.- 20/4/12: BUSQUEDAS POSITIVAS: CERTIFICADO: Dejo constancia de haber buscado el dìa diecinueve de abril del año dos mil doce a las quince horas con treinta y cinco minutos y el dìa veinte de abril del año dos mil doce a las trece horas con cuarenta minutos en Avenida America Nº 527, Comuna De San Miguel a don (a) DAVID ALVO COLODRO, en representacion de Comercial Industrial Dalan Ltda., con el objetivo de notificarlo personalmente, sin haberlo encontrado. Me consta que se encuentra en el lugar del juicio y que ese es su domicilio laboral por que fuì informada por una persona adulta de de domicilio Vecino del Nº 543 que dijo llamarse Jessica Corvalan C.I. Nº 12.231.244-3, quien manifestò que efectivamente ese es el domicilio LABORAL del demandado no teniendo hora fija de llegada. San Miguel a veinte de abril del año dos mil doce.24/4/12: solicite notificación por 44. POR RESOLVER. 27/4/12: Como se pide, notifíquese en la forma solicitada. 2/5/12: RECEPTORA RETIRA EXPEDIENTE PARA NOTIFICAR.14/5/12: NOTIFICADA. MAÑANA RETIRO EL EXHORTO DE LOS CIVILES DE SN. MIGUEL. Retirado. 17/5/12: ACOMPAÑE EXHORTO. 25/5: omt. Agréguese a los autos exhorto con resultado positivo, con conocimiento.- 7/6: plazo vencido para oponer excepciones, art. 460 cpc. 8 dias. 12/6: se certifique que el ddo. No opuso excepciones. 15/6: A fojas 46: Atendido el estado procesal de la causa, no ha lugar al certificado de excepciones. 5/7: se certifique que el ddo. No opuso excepciones. 9/7: A fojas 48: Atendido que la presente causa es una gestión preparatoria, no ha lugar al certificado de excepciones. 23/7/12: articulo 5 ley 19.983, se certifique que la demandada no alego en plazo legal la falsificación material de la factura, ni la falta de entrega de mercadería o servicio y que el plazo para ello se encuentra vencido.25/7: Certifico; Que no consta autos que la parte demandada haya alegado la falsificación material ni falta de entrega de la mercadería, dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido.24/9/12: DEMANDA EJECUTIVA. BIENES PARA EMBARGO. SE TENGA PRESENTE. SOLICITA EXHORTO. PATROCINIO.28/9/12: A lo principal, despáchese. Al primer y segundo otrosíes, téngase presente. Al tercer otrosí, exhórtese sólo hasta la traba de embargo. Al cuarto otrosí, téngase presente el patrocinio y poder conferido en la gestión preparatoria y la delegación respecto de doña Paz Becerra Urzúa, en cuanto a la delegación de poder a don David Quezada Fuentes, venga en forma.Cuantía: $

4.421.318 28/9/12: MANDAMIENTO EJECUCIÒN Y EMBARGO. 5/10/12: PAGUE EXHORTO.19/12/12: DEMANDADO OPONE EXCEPCIONES. MEDIOS DE PRUEBA, SOLICITA SUSPENSION, ACOMP. DOC, CUSTODIA, PATROCINIO.31/12/12: Se resolverá una vez agregado el exhorto debidamente diligenciado.

……………….24/10/12: EXHORTO LISTO, ESPERAR 3 DÍAS. 30/10/12: INGRESADO EXHORTO E-3898-12 / 1º CIVIL DE SAN MIGUEL 31/10/12: APERCIBIMIENTO 3 DIAS. 5/11/12: autorice poder.9/11: CUMPLASE HASTA LA TRABA DE EMBARGO Y DILIGENCIADO, DEVUELVASE.- Se fija un plazo de tres meses para su diligenciamiento, bajo apercibimiento de hacer devolución de éste al tribunal exhortante. 16/11/12: Sergio Villalobos. 20/11: búsquedas positivas. 23/11: 44 cpc. 7/12: encargada a Villalobos. 13/12: cambio domicilio. 11/12: NOTIFICACION POR 44 CPC.

E 508-2012.

6 civil

V- 177-2012

GARCIA con ruiz y Empresa

Desig. Arbitro

13/12: INGRESO. 19/12/12: acompañe doc y autorice poder. 21/12: no es materia de las contempladas en articulo 817, interpóngase la acción que corresponda.

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Const. Modelo SA.

8º CIVIL STGO.

50156-2012

SERV. INTEGRALES MENALPHA LTDA con emp. Portuaria punta caldera s.a.

Gestión preparatoria

30/10/12: INGRESO. 5/11/12: autorice poder, acompañe doc.12/11: A fojas 14: Por cumplido lo ordenado. Estese a lo que se resolverá.Proveyendo a fojas 1:A LO PRINCIPAL: Encontrándose prescrita la acción ejecutiva que emana de la factura N° 257, no ha lugar a admitir a tramitación la demanda ejecutiva. Respecto de la factura N° 285, Notifíquese.AL PRIMER OTROSI: Por acompañada dos facturas, guárdense en custodia, y por acompañada con citación, copia de escritura pública en la que consta la representación que se invoca.AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presente.22/11: CAJAS. 4/12/12: búsquedas positivas. 7/12/12: escrito 44 cpc. 13/12: Como se pide, Notifíquese al demandado conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Código de procedimiento Civil. 13/12: cambio domicilio. 17/12: téngase presente. 27/12: CAJAS. 4/1/13: NOTIFICADA. 11/1/13:demandado Impugna factura, acompaña documentos. 15/1/13: ACREDITAR CALIDAD DE ABOGADO. 30/1/13: SOLICITO APRECIBIMIENTO. 4/3/13: dese cumplimiento dentro de 5to dia.

8º CIVIL STGO.

2824- 2012

DENIM TRADE con comercial industria dalan.

30/1/12: autoricé poder. 2/3/12: Para proveer, acredítese la representación invocada por el compareciente y acompáñense los documentos ofrecidos dentro del plazo decretado a fojas 8, bajo el apercibimiento allí señalado. (cba)5/3/12: ACOMPAÑE DOCUMENTOS. POR RESOLVER ¡!! ( EL 12 DE MARZO INGRESÒ POR EL MESON PARA DESPACHO)VIENE CON RESOLUCION DE HOY, HAY QUE PEDIR EL CHEQUE EN GARANTIA.27/3/12: Para proveer, acompáñese el cheque fundante de la ejecución. (cba)17/4/12: acompañé cheque y solicite que se provea la demanda.RESOLUCIÓN CON FECHA DE EL LUNES, VI QUE SE TIENE POR ACOMPAÑADO EL CHEQUE, PERO PIDE ACLARAR EL CAPITAL.23/4/12: presente escrito aclarando el capital.29/5: A fojas 76:Por cumplido lo ordenado. Téngase por rectificada la demanda en los términos señalados y como parte integrante de la misma. Notifíquese en conjunto y de la misma forma.Proveyendo lo pendiente de fojas 2:A lo principal: Despáchese mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $4.512.092, más intereses y costas.Al primer otrosí: Téngase presente los bienes para la traba del embargo y, depositario provisional.Al segundo otrosí: Téngase presente.Al tercer otrosí: Por acompañado un cheque. Guárdese en custodia.En cuanto a los demás estése a lo resuelto a fojas 75 respecto a presentación de fojas 72.Al cuarto otrosí: Téngase presente. (cba)

30/5: ENCARGADO EL MANDAMIENTO. 1/6: Requiérase por un ministro de fe a don(a) COMERCIAL DALAN LIMITADA, representada por don David Alvo Colodro, para que en el acto de la intimación pague a DENIM TRADE TELAS S.A. o a quien sus derechos represente, la suma de $4.512.092.-, más intereses y costas. En caso que no pagare en el acto del requerimiento, trábese embargo sobre bienes suficientes del demandado(a) los que quedarán en su poder en calidad de depositario(a) provisional y bajo

su responsabilidad legal. (cco). 5/6 :CAJAS. 19/7: búsquedas negativas. Nuevo domicilio, exhorto san miguel.26/7: A lo principal: Téngase presente el nuevo domicilio de la parte demandada. Al otrosí: Exhórtese para los efectos de notificar la demanda de forma personal o subsidiaria; requerir de pago y embargar, hasta con el auxilio de la fuerza pública. (hpa)9/8: oficio listo, dejar 3 días para retirar.

…..28/8/12: EXHORTO DISTRIBUIDO, ROL E - 3083-2012, del 4to civil san miguel. 29/8/12: “Para resolver, acredítese la calidad de habilitado para diligenciar el exhorto de que se trata, dentro de 3°dia, bajo el apercibimiento del artículo 2° de la ley 18.120. No cumplido téngase por no presentado el exhorto y devuélvase a su tribunal de origen, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio remisorio.

3/9/12: AUTORICE PODER. 27/9/12: Cúmplase y diligenciado devuélvase. Se fija un plazo de dos meses para su diligenciamiento, bajo apercibimiento de hacer devolución de este al Tribunal

exhortante, sin más trámite.- 16/10: FABIOLA HERRERÍA. 22/10/12: ENCARGADO A SERGIO VILLALOBOS. Fondos.16/11: SERGIO VILLALOBOS 20/11: búsquedas positivas. 23/11: 44 cpc. 7/12: encargada a Villalobos. 13/12: cambio domicilio. 11/12: NOTIFICO POR 44 CPC // REQUIRIO DE PAGO.12/12: LO DA POR OPUESTO AL EMBARGO. 24/12/12: solicito auxilio fuerza pública. 28/12/12: Como se pide, ofíciese para la traba del embargo.- jecc ENCARGADO. 14/1/13: OFICIO.

8º CIVIL STGO.

032242-2011

DENIM TRADE con comercial industria dalan.

REVISAR EL LUNES EL

ESTAMOS NOTIFICADOS DEL AUTO DE PRUEBA, FALTA LA OTRA PARTE. 4/1/12: SOLICITMOS COPIAS DE LA GESTION PREPARATORIA Y DEVOLUCION DE LOS 2 CHEQUES.9/1/12: A lo principal: Como se pide, a costa del solicitante.Al otrosí: Devuélvanse sólo los documentos fundantes de su acción, dejándose en los autos y en los registros las constancias que correspondan. (llm)

10/1/12: las copias están encargadas y canceladas, se demoran 10 días aprox. 24/1/12: le deje las copias gestión preparatoria a JIU.5/4/12: PRESENTAMOS DEMANDA EJECUTIVA, PODER AUTORIZADO.13/4/12: por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese, al 1er y 2do otrosí: téngase presente. ( 16/4: encargué el mandamiento)17/4/12: Requiérase por un ministro de fe a don(a) COMERCIAL INDUSTRIAL DALAN LIMITADA, representada por don David Aldo Colodro, para que en el acto de la intimación pague a Denim Trade Telas S.A. o a quien sus derechos represente, la suma de $4.421.318.-, más intereses y costas. En caso que no pagare en el acto del requerimiento, trábese embargo sobre bienes

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EXHORTO. suficientes del demandado(a) los que quedarán en su poder en calidad de depositario(a) provisional y bajo su responsabilidad legal. (cco)

20/4/12: calle San Isidro N°1675, de Santiago. Búsquedas negativas. 25/4/12: señala nuevo domicilio, av. America 527, sn miguel, solicita exhorto.

3 /5/12: A lo principal: Téngase presente el nuevo domicilio de la parte demandada. AL otrosí: Exhórtese para los efectos de notificar la demanda de forma personal o subsidiaria; requerir de pago y embargar, hasta con el auxilio de la fuerza pública. (hpa) EXHORTO

ENCARGADO. 17/5/12: retire exhorto. MARTES SAN MIGUEL. 23/5/12: Exhorto 894-2012. 2do juzgado civil de san miguel.24/5/12: “Para resolver, acredítese la calidad de habilitado para diligenciar el exhorto de que se trata, dentro de 3°dia, bajo el apercibimiento del artículo 2° de la ley 18.120. No cumplido téngase por no presentado el exhorto y devuélvase a su tribunal de origen, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio remisorio.28/5/12: autorice poder, falta el cúmplase.1/6: Cúmplase legalmente y diligenciado, devuélvase. Se fija un plazo máximo de dos meses para su total diligenciamiento, bajo apercibimiento de hacer devolución de éste al tribunal exhortante, sin más trámite.- 7/6: MAÑANA RETIRA EL EXPEDIENTE HERRERIA.

26/6: BUSQUEDAS POSITIVAS. 11/7: notifíquese 44. 13/7: HERRERIA.

19/7: NOTIFICADO: 20/7: San Miguel, a veinte de julio del año dos mil doce, siendo las diez horas, en mi oficina ubicada en Llano Subercaseaux Nº 4005 Oficina 906, no habiendo comparecido a mi citación don David Alvo Colodro en representacion de Comercial Industria Dalan Ltda. Lo(a) di por requerido(a) de pago en su rebeldía.20/7: en San Miguel, a veinte de julio del año dos mil doce, siendo las diecisiete horas , me constituì en Avenida America Nº 527, San Miguel , con el objetivo de trabar embargo sobre bienes del ejecutado(a) don David Alvo Colodro en representación de Comercial Industria Dalan Ltda , diligencia que no pude realizar por haberse opuesto una persona adulta de dicho domicilio, la que no se identificò, por cuanto doy al demandado(a) por opuesto(a) al embargo.AUXILIO FUERZA PÚBLICA.

1/8/12: Como se pide, ofíciese sólo para los efectos de conceder la fuerza pública requerida. 10/8: encargado el oficio.27/8/12: OFICIO ESTÁ LISTO, ENCARGADO A FABIOLA HERRERIA. Falta pagar otros tramites a la receptora.29/8:Fabiola herrerria. LA RPIMERA SEMANA DE OCTUBRE SE HIZO EL EMBARGO PERO COMO DENIM TRADE NO HA DEPOSITADO LOS FONDOS LA RECEPTORA NO DEVUELVE EL EXPEDIENTE.

dijo que lo devolvera el 19/10/12. 6/9/12: TRABA DE EMBARGO. 30/10/12: ESCRITO SE DESIGNE MARTILLERO, SE FIJE REMATE, RETIRO DE ESPECIES.5/11/12. Habiéndose cumplido con lo dispuesto por el tribunal exhortante, devuélvase al tribunal de origen sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio remisor. Déjese constancia en los libros respectivos. A fojas 39. Estese al mérito de lo resuelto.Lo retire, acompañar en los civiles.16/11: ACOMPAÑE EXHORTO, PEDI EXHORTO CON FACULTADES DESIGNAR MARTILLERO.30/7/12: EXCEPCIONES. 21/11/12: A lo principal: Por acompañado exhorto diligenciado, a sus autos, enmiéndese la foliación.Al otrosí. Estése al mérito de autos.A fojas 26:A lo principal: Por opuestas excepciones, traslado.Al primer y tercer otrosíes: Téngase presente.Al segundo otrosí: Atendido el mérito de autos, como se pide.(cco) 26/11/12. EVACUAMOS TRASLADO.27/11: A fojas 74: Téngase por evacuado el traslado por la ejecutante. VISTOS:Se declaran admisibles las excepciones opuestas, y se las recibe a prueba por el plazo legal, debiendo recaer sobre los siguientes hechos:1º) Efectividad de que la persona que comparece en la demanda por ejecutante carece de facultades suficientes y vigentes para representarlo.2°) Fecha en que se hizo exigible la obligación. Efectividad de haberse interrumpido el plazo para la prescripción de la acción ejecutiva.Ríndase la prueba testimonial que fuera procedente en las 3 últimas audiencias del probatorio, a las 08:30 horas.Si la última de dichas audiencias recayera en día Sábado, no se entenderá prorrogada para el día hábil siguiente.Notifíquese por cédula esta resolución, en la parte que recibe la causa a prueba y fija horario para la testimonial.13/12/12: escrito de nosotros.17/12/12: A lo principal: Téngase presente el nuevo domicilio de la parte demandante.Al otrosí: Téngase por expresamente notificada a la parte demandante de la resolución que recibe la causa a prueba, con fecha de la presentación que se provee. (mcr) 4/1/13: CAJAS . 7/1/13: notificación auto de prueba al demandante. 16/1/13: ACOMPAÑAMOS DOCUMENTOS. 17/1/13: DDOS. PRESENTAN ALEGACIONES.22/1/13 A fojas 88: Téngase por acompañado con citación A fojas 89: Estese a lo que pueda resolverse en su oportunidad.5/3/13: SE DICTE SENTENCIA.

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9º CIVIL STGO.

39652-2009

BBVA / Peralta

Ejecutivo

(ejecutados)

2/3/12: A fojas 63, en lo principal y otrosí, con los autos a la vista no ha lugar, hágase la devolución de las copias acompañadas al demandante o a quien sus derechos represente, previo

recibo y constancia en autos. 7/3/12: MODIFICA BASES DE REMATE, ACOMPAÑA AVALUO FISCAL.9/3/12: A fojas 89, en lo principal, como se pide, con citación. Al otrosí, a los autos, con citación.5/4/12: se certifique que el aviso apareció publicado en el diario el mercurio stgo. En las ediciones 19, 20, 21, 22 de mayo de 2012.23/4/12: oficio para autorizar subasta en comuna la florida. POR RESOLVER.23/4/12: acompaña certificado hipotecas y gravámenes para la subasta, calle chagual Nº 10231. La Florida.24/4/12: POR ACOMPAÑADO, CON CITACIÓN.26/4/12: A fojas 96, atendido el mérito de autos, no ha lugar. Ofíciese informando.2/5/12: escrito solicitando alzamiento del embargo. POR RESOLVER.17/5/12: A lo principal de fojas 107, téngase presente el patrocinio y poder conferido. Al otrosí, por acompañado, con citación. A lo principal y primer otrosí de fojas 109, téngase presente la consignación. Extiéndase la escritura de adjudicación, con citación. Al segundo otrosí, como se pide, por ésta única oportunidad. Al tercer otrosí, como se pide, a costa del solicitante. Al cuarto otrosí, como se pide, certifíquese lo que corresponda, en su oportunidad. A lo principal y otrosí de fojas 110, se proveerá una vez vencida la citación precedente y extendida la escritura aludida.18/5/12: el demandante presento un escrito solicitando se gire cheque por $3.233.844, está en despacho.4/6: A fojas 112, previamente acompáñese copia de dominio vigente.6/6: CERTIFICO: Que la resolución de 17 de mayo del año 2012, escrita a fojas 111, fue notificada a las partes por el estado diario de ese día, que no se han deducido recursos en su contra y el plazo legal que había para hacerlo, se encuentra vencido.28/6: ESCRITO POR RESOLVER: se hace parte como acreedor hipotecario.5/7/12: DA CURSO PROGRESVIO A LOS AUTOS, POR RESOLVER.25/7: A fojas 115, como se pide y proveyendo a fojas 110, en lo principal, álzase con citación, la hipoteca inscrita a fojas 49932 N°25914 del año 1994, prohibición inscrita a fojas 67913 N°28748 del año 1994, embargo inscrito a fojas 12604 N°21254 del año 2010 y embargo inscrito a fojas 10932 N°18286 del año 2011, debiéndose diligenciar por ministro de fe; al otrosí, como se pide, certifíquese en su oportunidad.31/7/12: A fojas 118, siempre para proveer acompáñese copia de dominio vigente donde conste la posesión inscrita del adjudicatario a fin de proceder al giro solicitado.7/8: A lo principal, primer y segundo otrosí de fojas 138, téngase presente, sin perjuicio de hacer valer sus derechos de preferencia mediante la tercería respectiva. Al tercer otrosí, téngase presente y por acompañada la personería, con citación. Al cuarto otrosí, téngase presente. 13/8: acompaña certificado dominio vigente. Gírese cheque 18 mayo.21/8/12: A fojas 142, por cumplido lo ordenado a fojas 113 y 119 y proveyendo a fojas 112 y 118, gírese cheque a la orden del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, por la suma de $3.233.844.-, con cargo a la boleta N°9246384 del 26 de abril del 2012.24/8/12: CERTIFICO: Que la resolución de 25 de julio del año 2012, escrita a fojas 116, fue notificada a las partes por el estado diario de ese día, que no se han deducido recursos en su contra y el plazo legal que había para hacerlo, se encuentra vencido.16/10/12: A fojas 120, como se pide, liquídese el crédito, tásense las costas procesales y hecho autos para regular las personales.6/11/12: Se regulan las costas personales en la suma de $.200.000.-(doscientos mil pesos).Póngase en conocimiento de las partes la liquidación y tasación de costas procesales de fojas 122 y la precedente regulación de las personales y téngaselas por aprobadas si no fueren objetadas dentro de tercero día.13/11: A fojas 124, previamente y atendido lo resuelto a fojas 143 del cuaderno principal, aclárese el monto cuyo giro se solicita.3/12/12: CUMPLE LO ORDENADO.7/12/12: A fojas 126, por cumplido lo ordenado y proveyendo a fojas 124, como se pide, gírese cheque a la orden del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Chile, por la suma de $5.014.329.-, con cargo a la boleta N°9246384, atendida la liquidación, costas y suma retirada a fojas 143.18/12: Doña Astrid Guzmán Vergara, RUN 13.990.779-5, retiró cheque serie FM 0970207 de 14.diciembre de 2012 por $ 5.014.329.- y firmó.

9º CIVIL STGO.

15735-2011

“Municipalidad de Las Condes con

2/10/12: Doña Astrid Francisca Guzmán Vergara, RUN 13.990.779-5, retiró cheque serie FM 0943818 de 27.09.2012 por $ 3.233.844.- y firmó.3/10: SOLICITA LIQUIDACION.16/10/12: A fojas 120, como se pide, liquídese el crédito, tásense las costas procesales y hecho autos para regular las personales.24/8/12: opone excepciones a la ejecución. POR RESOLVER. POR INMOBILIARIA.28/8/12: A fojas 22: a todo, previo a resolver, dese de baja la presente causa del sistema computacional por la receptora judicial María Teresa Soto Aguilera, la que se encuentra virtualmente en su poder desde el 23 de julio del 2012.

Page 6: civiles 5 marzo 2013

Inmobiliaria Reindl S.A.”

LLAME AL ARECEPTORA Y ME DIJO QUE DIO DE BAJA LA CAUSA CON FECHA 21 DE AGOSTO, PERO QUE DE TODAS FORMAS LO REVISARÁ EN EL TRIBUNAL.4/9/12: CON CARGO PARA DESPACHO PARA QUE SE PROVEAN LAS EXCEPCIONES.6/9/12: Resolviendo a fs.22, a lo principal, traslado. Al primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, téngase por acompañados, con citación. Al tercer otrosí, téngase presente el patrocinio y poder.25/9: TRASLADO EN REBELDIA SE RESUELVAN LAS EXCEPCIONES. 9/11: LO TIENE EL PROVEEDOR DE LA SALA DE AUDIENCIA.5/12/12: Proveyendo a fojas 29: Téngase por evacuado el traslado en rebeldía de la parte demandante, estése a lo que se resolverá.Vistos:Se declaran admisibles las excepciones y se las recibe a prueba por el término legal fijando al efecto los hechos substanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los que ha de recaer, los siguientes:1°Hechos y circunstancias que acreditan la falta de requisitos o condiciones establecidas por las Leyes para que dicho título tenga fuerza ejecutiva.2°Hechos y circunstancias que acreditan el cumplimiento de los requisitos legales, necesarios para que sea procedente la declaración de prescripción de la deuda o sólo de la acción ejecutiva.Para la testifical que deseen rendir las partes se fijan las audiencias de los tres últimos días del probatorio a las 09:30 horas, excepto en sábado. Notifíquese por cédula. 12/12/12: ESCRITO SE NOTIFICA, TENGASE PRESENTE, REPONE.17/12/12: Proveyendo a fojas 31: A lo principal, téngase por notificada a la parte demandante de la resolución de fecha 5 de Diciembre de 2012, rolante a fojas 30 de autos, con esta fecha. Al primer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí, no ha lugar. Sin perjuicio de lo anterior y en lo sucesivo, indíquese correctamente la parte por quien comparece.19/12: cumple lo ordenado, aclara comparecencia.28/1/13: A fs.43, por cumplido lo ordenado, en cuanto a lo demás estese al merito de autos.

10 Civil de Stgo.

C- 7927-2012

Fondo de Inversion Neohaus La Serena con Marcel Ghering

Ejecutivo.

10/4/12: Ingresa demanda. 18/4/12: Venga en forma el poder. AUTORICÉ PODER Y ACOMPAÑE LOS DOCUMENTOS.

27/4/12: Previo a resolver, acompáñese titulo ejecutivo en original. 4/5/12: ACOMPAÑAMOS EL TITULO EJECUTIVO ORIGINAL.

10/5/12: Por cumplido con lo ordenado.A lo principal; por interpuesta demanda ejecutiva, despáchese Al primer y quinto otrosíes; téngase presente.Al segundo otrosí; ténganse por acompañados los documentos, bajo apercibimiento legal, custódiense.Al tercer otrosí; como se pide exhórtese como se pide exhórtese con facultades hasta la traba del embargo, en caso necesario.Al cuarto otrosí; no ha lugar por ahora. Custodia N° 2063-2012. en la carpeta las copias. ESTOS EXHORTOS ESTÀN

11/5/12: Mandamiento. 17/5/12: ENCARGADO EL EXHORTO. $2000. PARA EL MARTES.22/5/12: son 2 exhortos, jiu tiene los originales, ENCARGADOS EN EL NORTE?? TENEMOS LOS ROLES??????? 21/9/12: QUEDO INGRESADO A DESPACHO EL EXHORTO DE 2 civil de COQUIMBO E- 111-201225/9/12: Por recibido exhorto diligenciado, agréguese a los autos y fóliese correlativamente.Proveyendo a fojas 57;A lo principal: traslado.Al primer y tercer otrosíes: téngase presente.Al segundo otrosí: no aludiendo la objeción a circunstancias que afecten la integridad o autenticidad de los documentos, no ha lugar a la objeción, sin perjuicio del mérito que se les asigna en

definitiva.A fojas 62;Téngase presente. 28/9/12: evacuamos traslado excepciones.3/10/12: Téngase por evacuado el traslado.VISTOS:Se declaran admisibles las excepciones opuestas a lo principal de fojas 57 de autos.Se recibe la causa a prueba por el término legal, fijándose como hechos pertinentes, substanciales y controvertidos sobre los cuales ha de rendirse, los siguientes:1° Efectividad de concurrir la causal de incompetencia del Tribunal alegada por el ejecutado.2° Efectividad de faltar la personería o representación legal del que comparece a nombre del demandante.3° Efectividad de ser inepto el libelo por faltar algún requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil.4° Efectividad de faltar alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que el título tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, sea con relación al demandado.5° Efectividad de haberse producido la novación alegada por el ejecutado.Efectividad de ser inepto el libelo por faltar algún requisito legal en el modo de formular la demanda, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil.Para la testimonial procedente se fijan las audiencias de los últimos 3 días del probatorio, a las 10:00 horas. Notifíquese por cédula.23/10: NOTIFICADO. 26/10/12: LA PARTE DEMANDADA PRESENTO ESCRITO, NO DEJO COPIA. PATROCINIO Y PODER.26/10/12: LISTA DE TESTIGOS ( NO SE RINDIÓ) 30/10/12: TENGASE PRESENTE.30/10/12: PARTE DDA. PRESENTA OTRO ESCRITO, EN DESPACHO.5/11: PRESENTAMOS ABSOLUCION DE POSICIONES, ACOMPAÑA SOBRE DE POSICIIOONES// ACOMPAÑA DOC. EN PARTE DE PRUEBA.6/11/12: Como se pide, cítese a absolver personalmente las posiciones que en sobre cerrado se acompañan a don Marcel Gehring, en la audiencia del quinto día hábil siguiente a su notificación o a la del día siguiente hábil si el señalado recayere en día sábado, a las 10:00 horas, en primera citación. Notifíquese por cédula esta resolución a su apoderado, a fin de que lo haga comparecer a la audiencia decretada. Guárdese el sobre en custodia.6/11/12: A fojas 78;Téngase por acompañada la nómina de testigos, cíteseles.A fojas 94;Agréguense a los autos los documentos signados con los números 1 y 2 y ténganse por acompañados los documentos signados con los números 3 y 4.Guárdense en custodia los documentos

Page 7: civiles 5 marzo 2013

signados con los números 1 y 2. 26/11: DDO. NO COMPARECE A ABSOLVER POSICIONES. 27/11: ESCRITO SEGUNDA CITACION.4/12: Como se pide, cítese a absolver personalmente las posiciones que en sobre cerrado se encuentran acompañadas en autos a don Marcel Gehring, ejecutado en autos, en la audiencia del quinto día hábil siguiente a su notificación o a la del día siguiente hábil si el señalado recayere en día sábado, a las 10:00 horas, en segunda citación, bajo apercibimiento legal. Notifíquese por cédula esta resolución a su apoderado, a fin de que lo haga comparecer a la audiencia decretada.5/12: encargada a cajas. 20/12:audiencia absolución de posiciones, no comparece el ddo. 24/12: apercibimiento que indica.27/12/12: Como se pide, téngase por confeso al absolvente de todos aquellos hechos categóricamente afirmados en el pliego de posiciones. Ábrase el sobre acompañado y agréguese materialmente con el pliego al proceso. 4/1/13: SE TENGA PRESENTE, SE CITE A OIR SENTENCIA. 10/1/13: certifico que el termino probatorio está vencido.11/1/13: ESCRITO CONTRAPARTE, NULIDAD PROCESAL, SUSPENSIÓN PROCEDIMIENTO.17/1/13: A lo principal, atendido el mérito de los antecedentes que obran en autos y, en especial, el estampado receptorial de fojas 101, en que consta que el apoderado de la parte demandada fue notificado por cédula de la resolución de fojas 100 en el domicilio señalado por aquél en su escrito de fojas 76, no existiendo un vicio que irrogue a alguna de las partes un perjuicio reparable sólo con la declaración de nulidad y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 82, 84, 85 y 89 del Código de Procedimiento Civil, no se hace lugar al incidente de nulidad.Al otrosí, estese a lo resuelto precedentemente.21/1/13: CITESE A OIR SENTENCIA. 22/1/13: SENTENCIA. 24/1/13: ME NOTIFICO Y ENCARGO A CAJAS.

14 CIVIL STGO.

C-729-2013

CONST. CARRAN con SEREMI

16/1/13: INGRESO. 17/1/13: apercibimiento de 8 días. ( CAUSA LA TENÍA LA JUEZ OARA FIRMA, NO PUDE AUTORIZAR)21/1/13: AUTORICE PODER. 30/1/13: PROVEIDA. CAJAS.

14 CIVIL STGO.

20268-2012

ACF CAPITAL con PRODUCTOS Y SERVIIOS MEDICOS

DEMANDADOS

11/10/12: PRESENTAMOS ALEGACIÓN. 12/10: AUTORICE PODER.6/11/12: A fojas 18: Se resolverá, una vez el receptor actuante agregue materialmente el atestado de notificación de la gestión preparatoria.(cva)26/11: Habiéndose cumplido con lo ordenado a fojas 25, se provee derechamente la solicitud de fojas 18: A lo principal, traslado; Al primer otros í, por acompañados los documentos, con citación; Al segundo otrosí, téngase presente.4/12/12:A fojas 28: Por evacuado el traslado.Vistos:Se recibe la impugnación a prueba por el término legal, señalándose como hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos, sobre los cuales deberán recaer las mismas, los siguientes: 1.- Efectividad de haberse prestado los servicios por parte de AFP Capital S.A., de la forma acordada entre las partes.2.- Efectividad de haberse abonado a la deuda el monto de $6.000.000.-.3.- Efectividad de haberse anulado la factura. Circunstancias en las que se habría producido dicha anulación.Se fija para rendir la testimonial que procediera los tres últimos días del probatorio o el siguiente día hábil, si el último recayera en sábado, a las 10:00 horas.(cva) Dictado por don OSVALDO CORREA ROJAS, Juez Titular.6/12: RECURSO REPOSICIÓN. RECURSO DE REPOSIIOCN DE LA CONTRAPÁRTE. 13/12: cambio domicilio.11/12: A fojas 32: A lo principal, atendido el mérito de lo expuesto, se acoge el recurso de reposición. Agréguese el punto de prueba propuesto quedando este de la siguiente forma:4.- Gestiones realizadas entre ACF Capital S.A. y la empresa Productos y Servicios Médicos S.A., respecto de la factura materia del cobro.Al otrosí, en cuanto a la apelación subsidiaria, estese a lo resuelto.A fojas 34: A lo principal, atendido el mérito de lo expuesto, se acoge el recurso de reposición. Se modifican los puntos primero y tercero de la interlocutoria de prueba, quedando estos de la siguiente forma:1.- Efectividad de haberse prestado los servicios por parte de la empresa Productos y Servicios Médicos S.A., de la forma acordada entre las partes.}3.- Efectividad de haberse anulado la factura. Circunstancias en las que se habría producido dicha anulación y si la referida anulación hubiese sido realizada en forma legal.Al otrosí, en cuanto a la apelación subsidiaria, estese a lo resuelto.13/12/12: ACOMPAÑAMOS LISTA DE TESTIGOS.// señala nuevo domicilio. 18/12/12: A fojas 37: Téngase presente. A fojas 38: Téngase por presentada la lista de testigos. Cíteseles en forma legal.Prueba testimonial parte demandada.20/12/12: absolución de posiciones . 10/1/13: COMPAREZCA PERSONALMENTE. CAJAS. 15/1/13: ESCRITO CONTRAPARTE, OBJETA DOCUMENTOS. 17/1/13: A fojas 59: Atendido a que las alegaciones vertidas no constituyen causal suficiente para objetar los documentos señalados, se rechaza la objeción planteada.

39668-2009

BBVA c/ Hoffmans.

Juicio ejecutivo

17/11/10: Embargo furgón Fiat Fiorino.21/12/10: Se devuelve expediente no se encontró vehículo. (ultima res)6/10/11: Escrito delega poder. (por la parte demandante.)11/10/11:A fojas 25; Téngase presente.- Notifíquese por cédula.-

15º 33133- Soc. Com 55/ 06/06/11: Por interpuesto recurso de apelación, en sólo efecto devolutivo C

Page 8: civiles 5 marzo 2013

CIVIL STGO.

2009Relacionado4313-2011

Tello c/Inve Queltehue4313-2011ICA Stgo.

Arrendamiento

07/06/11: Pago de compulsas23/06/11: Expediente remitido a ICA Stgo. (Última Actuación en 1ª instancia)29/06/11: Ingresa recurso a ICA Stgo.30/06/11: Contraria se adhiera a la apelación22/1(13: paus.- A fojas 287: Como se pide al cumplimiento incidental, con citación.Notifíquese por cédula.

ORTE

16º CIVIL STGO.

2690-2009

Atria Reyes c/ Mellado Muñoz

LEGAJO 59-2012

25/ Ejecutivo

EJECUTADOS

28/10/11: Presentamos reposición. ( por resolver).4/11/11: Atendida la incompatibilidad de las defensas esgrimidas por quienes comparecen, para proveer comparezca personalmente ésta al tribunal a ratificar el patrocinio que se encuentra vigente en estos autos.23/11: LA PARTE DEMANDANTE PRESENTO SOLICITUD QUE INDICA: COPIA AUTORIZADA DE TODO LO OBRADO.28/11/11: Para resolver fundamente su solicitud.-cr

16º CIVIL

V-134-2010

Carrasco Carrasco (Sepúlveda)

72/Posesión efectiva

18/10/11: entregue documentos a la receptora para hacer la tasación.4/11/11: retire expediente de la of. De la receptora.

16º CIVIL STGO.

3080-2010

Banco Itaú c/ Peralta

Ejecutivo

5/3/12 SE GIRE CHEQUE, por resolver. 13/3/12: Para proveer, acompáñense los autos rol 3105-2010 del 30° Jdo y 4940-2010 del 28° Jdo. Civil, ambos de Santiago conjuntamente con sus

títulos fundantes en original.cic 28/3/12: Como se pide, constátese por receptor la efectividad de encontrarse desocupado el inmueble y libre de moradores.cic3/4/12: Se complementa la resolución de fojas 219, en cuanto al giro ordenado, en el sentido que se realiza, también, con cargo a la boleta n° 290 de que da cuenta la parte final de fojas 12713/4/12: CERTIFICO: Que me constituí en el domicilio ubicado en calle Celerino Pereira Nº1879 Comuna de Ñuñoa, a fin de constatar personalmente, el estado del inmueble materia de autos, ordenado a fs.222, dejo constancia que el inmueble casa y local (peluquería), se encuentra, con moradores. Santiago, trece de Abril de dos mil doce.23/4/12: Con esta fecha se retira cheque n° 617666, fecha 5/4/12, por la suma 64.930.561 a la orden de bco. Itau, Don Marcelo Pereira.27/4/12: escrito, certificación, por resolver, no lo pude revisar, está en despacho.2/5/12: Por recibidos los antecedentes, custódiense con el N° 1991-2012.- crf2/5/12: ESCRITO POR RESOLVER: SOLICITA AUXILIO DE LA FUERZA PUBLICA.8/5/12: Como se pide, ofíciese previa constatación de oposición.cic11/5/12: PRESENTAMOS ESCRITO, oposición al lanzamiento.16/5/12: LLEGO UN OFICIO DEL 30 JUZGADO CIVIL, LA CAUSA ESTA EN DESPACHO, AÚN NO RESUELVEN EL ESCRITO QUE PRESENTAMOS.13/6/12: A fojas 229: habiéndose recepcionado los autos del 28° y 30° Juzgado Civil de Santiago, para proveer, aclárese la suma por la que se solicita el giro del cheque. A fojas 240: A lo principal: traslado. Al primer otrosí: se resolverá si procediere. Al segundo otrosí: como se pide, mientras se resuelve. Al tercer otrosí: por acompañados los documentos, con citación. Al cuarto otrosí: téngase presente. A fojas 246: por recibidos los autos Rol N°3105-2010 del 30° Juzgado Civil de Santiago, custódiense con el N°2375-12 A fojas 248: A lo principal: estese a lo que se resuelve. Al otrosí: por acompañado el documento, con citación.( FOJAS 248, ESCRITO DE OCTAVIO VALLE, EN LO PPAL. SE DE CURSO PROGRESIVO A LOS AUTOS, OTROSI: ACOMAPAÑA CONCITACIÍN COPIA DE CERTIFICADO DE HIPOTECAS Y GRAVAMENES, DEL INMUEBLE CELERINO PEREIRA, ÑUÑOA, EN EL CUAL CONSTA QUE NO EXISTE A LA FECHA CTO. DE ARRIENDO.25/6: A fojas 251: A lo principal: por evacuado el traslado. Al otrosí: téngase presente. A fojas 253: para proveer, aclárese la suma por la que se solicita el giro del cheque.Vistos: Resolviendo el incidente de corrección del procedimiento promovido por el tercero Artgrafic E.I.R.L representada doña María Andrea Garín Figueroa a lo principal del escrito de fojas 240, mediante el cual solicita dejar sin efecto la orden de lanzamiento, con el mérito de autos, lo expuesto por la solicitante y el adjudicatario, y especialmente por no existir vicio que anule el proceso de conformidad con lo dispuesto en el artículo 84 inciso tercero del Código de Procedimiento Civil, y que el presente juicio se inició por un acreedor hipotecario cuya inscripción era anterior a la inscripción del arriendo, quien no estaba obligado a respetar el arriendo según el artículo 1962 del Código Civil, no ha lugar. Al primer otrosí: no existiendo errores en la tramitación, no ha lugar a dejar sin efecto de oficio la orden de lanzamiento. 27/6/12: APELACION ¡!!!!!!!!!!! HAY UN CUMPLE LO ORDENADO EN EL CUADERNO DE APREMIO DE PARTE DEL DTE. ESTA POR RESOLVER.3/7: PAGUE COMPULSAS. 12.08023/7: No habiéndose remitido oportunamente estas compulsas a la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, según lo ordenado a fojas 317, elévense estas dentro de 48,00 horas.

Page 9: civiles 5 marzo 2013

23/7: certificado remisión a la CA. 23/7: Con esta fecha retira cheque N° 895.166, de fecha 19 de julio de 2012, por la suma de $ 6.069.439, a la orden de BANCO ITAU, don MARCELO ANIBAL PEREIRA SOTO, 25/7: Fs. 265En me constituí en el domicilio ubicado en calle Celerino Pereira 1879 Comuna de Ñuñoa, a fin de proceder al lanzamiento ordenado en autos, diligencia que no pude realizar por oposición de persona adulta la que no se identificó.27/7: OFICIO DESDE EL 20 CIVIL POR RESOLVER.

28/8/12: escrito por resolver, 29/8/12: Como se pide, solicítese al Vigésimo Juzgado Civil de Santiago, la devolución de estos autos.arr29/8/12: OFICIO Nº Por resolución de esta fecha, se ha ordenado oficiar a SS. a fin de solicitarle la devolución del expediente Rol 3080-2010, caratulada “Banco Itau con Peralta”, que fuere remitido a vuestro Tribunal por un plazo de quince días hábiles, a fin de ser tenidos a la vista, en causa Rol 15.362-2012 caratulado “Artigrafic E.I.R.L con Valle” Dios guarde a SS. 18/10/12: EXPEDIENTE A DESPACHO, DEVUELTA DEL 20 CIVIL.24/10/12: se tiene por ingresado el expediente.25/10/12: solicitamos copias. 8/11: Para resolver fundamente su petición. 12/11/12: escrito copias.15/11/12: Por cumplido lo ordenado, proveyendo derechamente a fs. 39: como se pide, a costa del solicitante.-crf15/11: OFICIO DE FUERZA PUBLICA. 27/11: RETIRA LA CAUSA EL RECEPTOR. Luis Patricio Silva Durán14/12: LANZAMIENTO. 21/12: oficio del 16 civil. 24/12: CON ESTA FECHA ENVIARON EL EXPEDIENTE AL 20 CIVIL.

17º CIVIL STGO.

35574-2011

PSU ABOGADOS con RAMIREZ PARDO.

3/7/12: LIQUIDACION DE CREDITO.6/8: Se regulan las costas personales en la suma de $30.000.-Téngase por aprobada la liquidación, tasación y regulación de costas que antecede, sino fueran objetadas dentro de tercer día.9/8: presente escrito se regulen costas, ERROR. 14/8/12: A fojas 13: Estese al merito de autos.9/10/12: SECERTIFIQUE QUE NO SE HAN CONSIGNADO FONDOS.12/10/12: Certifico que no hay constancia en autos que el girador de los cheques fundantes de esta gestión haya consignado las costas e intereses de los referidos documentos dentro del plazo legal.-

18º CIVIL STGO.

24275-12

muni. las condes con INM. REINDL

Cobro patente municipal

8/1/13: ingrese excepciones, autoricé poder, sin expediente. ( LA CAUSA NO HA INGRESADO A DESPACHO PORQUE EL EXPEDIENTE ESTÁ EXTRAVIADO, EL RECEPTOR ESTAMPO LA NOTIFICACIÓN Y LOS FUNCIONARIOS DICEN QUE LA HAN BUSCADO.. ) 24/1/13: contraparte solicita auxilio de fza publica. (por resolver).5/3/13: SE RESUELVAN EXCEPCIONES.

18º CIVIL STGO.

27926-2009Relacionado:3276-2010ICA Stgo.

Matta c/ Matta

41/Arriendo

05/05/11: Fallo ICA Stgo.24/05/11: Deduce casación17/06/11: Remite autos a Corte Suprema08/07/11: Cúmplase.24/5: DEMANDANTE SOLICITA COPIAS DE TODO LO OBRADO.25/5: Proveyendo a fojas 25. Como se pide, dese copia a costa del solicitante. Ppg.CS. ARCHIVADA 284-12

16847-2010

Ingeniería c/ InversionesQueltehue

85/Cobro facturas

06/01/11: Atendido a que no consta el estampado receptoría indicando la fecha de notificación, reitérese en su oportunidad26/01/11: ingreso a despacho, traslado. ARCHIVADA. ARCHIVADA LA CAUSA.Legajo 271-2011

19 CIVIL STGO

26445-2011

Bravo con Rubilar y PY.

DDA. INDEM. DE PERJUICIOS

12/10/11: INGRESA. 6/7: NOTIFICACIÓN py. 27/7:excepcion dilatoria.17/8/12: A lo principal: Por opuesta la excepción dilatoria, Traslado; Al primer otrosí: Traslado; Al segundo otrosí: Por acompañado, con citación; Al tercer otrosí: Téngase ´presente. 21/8/12: presentaron evacua traslado. 22/8/12: proveedor Alejandro.30/8/12: Proveyendo a fojas 50. Por evacuado el traslado. Autos.Vistos y considerando:Que a fojas 45 de estos autos, comparece don Federico Cumming Godoy, factor de comercio, en representación de INMOBILIARIA PY S.A., el cual interpone la excepción dilatoria contemplada en el artículo 303 Numeral 4° del Código de Procedimiento Civil, esto es, la Ineptitud del Libelo por razón de falta de algún requisito legal en el modo de proponer la demanda, en relación con el artículo 254 n° 4 del mismo cuerpo legal, esto es “la exposición clara de los hechos y fundamentos de derecho en que se apoya”, atendido a que en la exposición que se hace al inicio de la demanda, específicamente antes de la parte denominada ANTECEDENTES, se indica que

Page 10: civiles 5 marzo 2013

INMOBILIARIA PY S.A., debiera responder solidariamente. No obstante ello, en el petitorio de la demanda, se solicita que INMOBILIARIA PY S.A., sea condenada “subsidiariamente” al pago de las sumas demandadas, y no en forma solidaria como se había expresado.Que a fojas 50, la parte demandante estando dentro de plazo, vino en evacuar el traslado conferido subsanando los defectos alegados por la demandada, en el sentido de que se solicita que se condene solidariamente a la sociedad demandada y no subsidiariamente como allí aparece.Atendido lo señalado precedentemente y habiendo sido subsanada la demanda por la demandante, se declara que se acoge, sin costas, la excepción de ineptitud del libelo opuesta en lo principal de fojas 45, debiendo la parte demandada contestar la demanda dentro del plazo establecido en el artículo 308 del Código de Procedimiento Civil.

10/9/12: CONTESTACION. 12/9/12: TRASLADO. 21/9/12: REPLICA.8/10/12: A lo principal: Por evacuada la replica; Al primer otrosí: Por acompañados, con citación; Al segundo otrosí: Téngase presente.Traslado para duplicar.-16/10/12: DUPLICA. DESDE 18 EN ADELANTE INGRESA A DESPACHO.6/11: Por evacuado el trámite de la dúplica. Atendido el mérito de los antecedentes y lo dispuesto en el artículo 262 del Código de Procedimiento Civil, cítese a las partes a una audiencia de conciliación para del sexto día hábil a las 09:00 horas y si el último recayere en sábado al día siguiente hábil a la hora señalada, después de la última notificación; Notifíquese por cédula.7/12/12: DEMANDANTE ACOMPAÑA DOCUMENTOS. 13/12: cambio domicilio.17/12/12: A LO PRINCIPAL: Por acompañados los documentos con citación. Al Otrosí: téngase por acompañado sobre de posiciones que se guardó bajo el N° 128 en la custodia del tribunal.- 20/12/12: parte demandante presenta escrito.26/12/12: Proveyendo a fojas 152. Como se pide, se complementa la resolución de fojas 151 en el siguiente sentido:Como se pide, Cítese a absolver posiciones a don Federico Cummnig Godoy, a la audiencia del quinto día hábil a las 09:00 horas y si recayere en sábado al día siguiente hábil a la hora señalada. Notifíquese por cédula.- Proveyendo a fojas 153. Traslado a la objeción de documentos. 27/12: informa cambio domicilio. 2/1/13: TENGASE PRESENTE. . 8/1/13: RETIRÓ EL RECEPTOR . 10/1/13:NOTIF. NUESTRA. 17/1/13. AUDIENCIA, NO CONCILIAMOS. 21/1/13: EVACUA TRASLADO DE OBJECION DOCUMENTAL.22/1/13:             Por evacuado traslado, dejese la objeci ó n formulada a fs. 1534 de autos, para la definitiva 5/3/13: ESCRITO/ ACUERDO.

19 CIVIL STGO

13945- 2012

AZAGRA/ GUIÑEZ

8/6: ingreso. 15/6: autorice poder, acomp. Doc. 19/6: A lo principal: Por interpuesta la demanda. Practíquese la primera reconvención de pago y para efectos de la segunda, vengan las partes a comparendo de contestación, conciliación y prueba a la audiencia del quinto día hábil posterior a la última notificación y si recayere en sábado al día hábil siguiente, siempre a las 09:00 horas. Al primer otrosí: Se resolverá en su oportunidad. Al segundo cuarto y quinto otrosíes: Téngase presente. Al tercer otrosí: Por acompañado, con citación.

22/6: CAJAS. NOTIFICADO. AUDIENCIA PARA JUEVES.26/7: COMPARENDO: La parte demandante ratifica la demanda en todas sus partes y solicita que se efectúe la segunda reconvención de pago. Se practica la segunda reconvención de pago, el

que no se produce. Se tiene por contestada la demanda en rebeldía del demandado por no haber comparecido representado por abogado habilitado. Llamadas las partes a conciliación ésta no se produce. Se recibe la causa a prueba fijándose como puntos controvertidos los siguientes: Términos y condiciones del contrato que liga a las partes;Monto de las rentas pactadas;Monto

de las rentas adeudadas; ySi al momento de la segunda reconvención de pago la demandada se encontraba al día en el pago de las rentas. PRUEBA DE LA PARTE DEMANDANTE:La parte demandante ratifica los documentos acompañados con la demanda y que rolan desde fs. 1 a fs. 4 y siguientes, bajo los mismos apercibimientos. El tribunal provee: Ténganse por ratificados, en la forma solicitada.

3/8/12: SE DICTE SENTENCIA 6/8/12: proveedor hugo. 14/11: Por ingresado a mi despacho con esta fecha. Cítese a las partes para oir sentencia. 2/1/13: SENTENCIA.

19 CIVIL STGO.

27253-2009

Lagos c/ Criadero

14/Cobro pesos

10/08/11: Esc. Se cite a las partes a oír sentencia.16/08/11; res: como se pide cítese a las partes a oír sentencia.SENTENCIA PRONTO SEGÚN LAS AVERIGUACIONES DE DAVID.Libro de fallos, pagina 121.1/10/12: DEJA SIN EFECTO CITACION A OIR SENTENCIA.DAVID HABLA CON LA MAGISTRADO, LA RESOLUCIÓN ESTA EQUIVOCADA.16/11: LA CAUSA LA TIENE LA MAGISTRADO

19 CIVIL STGO.

26648-2007Relacionado5818-

Valdés c/ SERVIU

19/Expropiación

6/1/12: COMO SE PIDE, DESE A COSTA DEL SOLICITANTE. LAS PUEDO ENCARGAR EL LUNES, TODAVÌA NO LLEGA A LA LETRA.

10/1/12: ENCARGUÉ LAS COPIAS. 17/1/12: ENCARGUE OFICIO.12/3/12: PROXIMA SEMANA OFICIO.( ME DIJERON QUE PARA EL 26 DE MARZO EL OFICIO)2/4/12: EN ESTA CAUSA FALTABA PEDIR EL CERTIFICADO DE EJECUTORIA, LO SOLICITÉ HOY DÍA, DE LO CONTRARIO EL OFICIO NO TIENE VALIDEZ.

UE

Page 11: civiles 5 marzo 2013

2010ICA Stgo.

4/4/12; CERTIFICO QUE LA SENTENCIA SE ENCUENTRA EJECUTORIADA. ENCARGUÉ EL OFICIO: PAGUÉ $7.80011/4/12: Deje el oficio en el serviu, llamar a Joel Leiva, 7820603.4/5/12: el abogado de serviu dice que se hizo una refrendación que autoriza el pago, son fondos para el cumplimiento de la sentencia, la resolución que autoriza el pago se despacho ayer, de todas formas esto puede demorar unas 2 semanas más. 7820611 MARIA JOSE MARIN, SECRE DEPTO JUDICIAL.6/11/12: A lo Principal: Téngase Presente. Al otrosí: Téngase por acompañadas boleta de consignación.27/11: A lo principal: Como se pide, gírese cheque nominativo a nombre de los demandantes doña María Elena Valdés Celis., Rut. N°1.777.429 y don Mario Valdés Celis, Rut N° 2.980.175-1, por la suma de $4.129.591, con cargo a la boleta N° 9371361 de fecha 26 de octubre del año en curso, con  citación. Al otrosí: Téngase presente5/12/12: CERTIFICO QUE SE HA GIRADO CHEQUE 958494, POR $ 4.129.591, A NOMBRE DE MARIA VALDES CELIS Y MARIO VALDES CELIS, CON CARGO A LA BOLETA 9377361 DE 26-10-12. 10/12: RETIRE CHEQUE.// 17/12: señala domicilio.18/12/12: téngase presente.

20º civil Stgo.

15362-2012

Artgrafic/ Valle

29/6: ingreso. 5/7: acomp. Documentos. 19/7: apure causa, estará para esta semana.20/7: A fojas 11. A lo principal: vengan las partes a comparendo de contestación, conciliación y prueba, a la audiencia del quinto día hábil siguiente a la última notificación a las 08:30 horas. Si ese día fuese sábado, la audiencia se llevará a efecto el primer día hábil siguiente a la hora señalada. Para los efectos de la prueba que procediere, llévese a efecto a través de receptor designado por la parte; al primer otrosí: téngase presente; al segundo otrosí: téngase por acompañados, bajo el apercibimiento del artículo 346 N° 3 del Código de Procedimiento Civil el contrato de arrendamiento, y con citación los demás señalados; al tercer otrosí: como se pide, ofíciese; al cuarto y quinto otrosíes: téngase por acompañado pliego de posiciones. Guárdese en custodia del tribunal. Se fija para la diligencia de absolución de posiciones de don Osvaldo Gonzalo Valle Toledo, la audiencia señalada a lo principal, cítesele bajo apercibimiento legal; al sexto otrosí: téngase presente.-

26/7: OFICIO AL 16. 13/8/12: búsquedas negativas. 20/8: nuevo domicilio.

23/8/12: téngase presente. 27/8/12: CAJAS. Le fue mal con las búsquedas pero lo intentará denuevo.

4/9/12: notificación. 10/9/12:comparendo. Contraparte presento excepción de incompetencia por declinatoria.7/9/12: A fojas 41, a lo principal, traslado; al primer otrosí, suspéndase el procedimiento; al segundo otrosí, por acompañados con citación; al tercer y cuarto otrosí,téngase presente. A fojas 47, remítase los autos tenidos a la vista del Décimo Sexto Civil de Santiago. Ofíciese al efecto.rcd 7/9/12: PRESENTAMOS MEDIDAS PRECAUTORIAS.

7/9/12: VISTOS: 1°.- Que del examen de los autos tenidos a la vista del Décimo Juzgado Civil de Santiago, rol.3080-2010, no aparece inscrito algún contrato de arrendamiento al margen del dominio de la propiedad subastada por dicho tribunal.2°.- Que el incumplimiento demandado en esta sede, no dice relación con el procedimiento ejecutivo, el cual no le empece al subastador, en razón de que no existe la limitante para el uso y goce del bien subastado, teniendo el pleno dominio de éste.3°.- Que no resulta posible acceder a decretar las medidas cautelares pedidas, por cuanto, en la especie el dueño actual del inmueble, es un tercero ajeno al juicio.4°.- Que el vínculo jurídico emanado del contrato de arrendamiento acompañado a fojas 1, es con la demandante y don Ricardo Peralta Henríquez. POR LO EXPUESTO, el mérito de los antecedentes, y .lo dispuesto en el artículo 290 del Código de Procedimiento Civil, se niega lugar a las medidas cautelares solicitada; al primer y segundo otrosí, estése al mérito de autos. Fórmese cuaderno separado.

11/9/12: EVACUAMOS TRASLADO. 1/10/12: POR EVACUADO EL TRASLADO. 17/10/12: OFICIO AL 16 CIVIL.-22/10/12: con cargo para resolver excepciones de incompetencia. 16/11: devolvieron el expediente a la letra, presenté un escrito se resuelva.26/11/12: A fojas 56, previo a resolver, tráiganse a la vista los autos rol.3080-2012 del Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago. Rcd ESCRITO MODIFIQUE RESOLUCION DEL OFICIO. 6/12/12: COMO SE PIDE / 7-12-12: ENCARGADO. OFICIO DEL 16 EXTRAVIADO 1029. ( RESOLUCIÓN DE FECHA 7/1/12)24/1/13: se tiene por acompañado expediente del 16 civil, en custodia.25/1/14: en despacho, maria Graciela.

21 º CIVIL STGO.

C-18546-2012

BCO SANTANDER CON TRANS. PORTUARIOS

31/12: NO HA LUGAR. 3/1/12: ENTRÓ A DESPACHO CON ESCRITO.10/1/13: TENGASE POR RETIRADA LA DEMANDA INCIDENTAL DE TERCERIA DE PAGO.17/1/13: A fs. 27; Como se pide gírese cheque, con citación a nombre del Banco Santander Chile por la suma de $ 7.405.356 con cargo al comprobante N° 9418668 acompañado a fs. 23.-

21 º CIVI

2695-2009

Atria Reyes c/ Ibara

26/Ejecuti

12/1/12: Se recibe la objeción instrumental a prueba por el término legal y se fija como hecho substancial, pertinente y controvertido el siguiente:Efectividad de que el documento acompañado adolece de falta de integridad y/o es falso; vicios constitutivos de la objeción.-Para los efectos de la prueba testimonial que fuere procedente se fijan los dos últimos días del

Page 12: civiles 5 marzo 2013

L vo probatorio a las 09:00 hrs., y si el último día recayere en sábado, al día hábil siguiente a la misma hora.-Fgm.-31/1/12: A fs. 283; Para proveer, venga en forma la suma con el cuerpo del escrito.-Fgm.-

23 CIVIL STGO.

11329-2012

“Recursos Humanos y Transportes con Constructora Carrán”

DEMANDADOS.

11/7/12: NOTIFICADOS DE LA DEMANDA. 27/7: resolución solicite lo que corresponda. 13/8: cumple lo ordenado del demandante, por resolver. 16/8/12: CERTIFICO : que no hay constancia en autos que la demandada haya consignado fondos suficientes para responder por el monto de la(s) factura(s) como tampoco alegado falsedad de las mismas ni falta de la entrega de mercaderías, encontrándose vencido el plazo que tenía para hacerlo.24/8/12: A fojas 24: A lo principal: despáchese. Al primer y tercer otrosí, téngase presente. Al segundo otrosí; como se pide. Cuantía: $2.951.676.-28/8/12: MANDAMIENTO/MVMUn Ministro de Fé requerirá de pago a CONSTRUCTORA CARRAN S.A. representada por don JUAN CLAUDIO BARRAZA HERRERA, ignora profesión u oficio, domiciliado en Rosario Norte 615 piso 17, Las Condes, Santiago, para que en el acto de la intimación pague a RECURSOS HUMANOS Y TRANSPORTES ALEJANDRA ESTHER MANCILLA SANHEZA E.I.R.L. a quién sus derechos represente la suma de $2.951.676.- más intereses y costa.Si no efectuare el pago trábese embargo sobre bienes equivalentes al monto de la ejecución los que quedarán en poder del propio ejecutado como depositario provisional y bajo su responsabilidad legal.Así está ordenado por resolución de fecha veinticuatro de agosto de dos mil doce. 5/9/12: RETIRO DE RECEPTOR. Miriam Doralisa Manriquez De la Fuente - 05/09/2012 13/9/12: OPONE EXCEPCIONES.20/9/12: A fojas 32: A lo principal: traslado. Al primero y tercer otrosí; téngase presente. Al segundo otrosí; por acompañados, con citación.3/10/12: A fojas 39: como se pide, se tiene por evacuado el traslado en rebeldía de la demandante, declarándose admisibles las excepciones, las que se reciben a prueba por el término legal, fijándose como hechos substanciales, pertinentes y controvertidos los siguientes:1.- Efectividad de faltar al título alguno de los requisitos legales para que tenga fuerza ejecutiva.2.- Efectividad de ser inepto el libeloPara los efectos de recibir la testimonial que deseen rendir las partes se fijan las audiencias de los dos últimos días del probatorio, a las 09:00 horas, postergándose la última de ellas si recae en sábado, para el día hábil siguiente, en el mismo horario. Notifíquese por cédula.26/10/12: ESCRITO PARTE DEMANDANTE: SOLICITA NOTIFICACION EXPRESA, ACOMPAÑA DOC, ABSOLUCION DE POSICIONES, TENGASE PRESENTE. Por resolver.12/11: A fojas 54: A lo principal; téngase presente y por notificado con esta fecha. Al primer otrosí, por acompañado, con citación. Al segundo otrosí; como se pide, se cita a absolver posiciones a don Juan Claudio Barraza Herrera, al quinto día de notificado por cédula a las 09:00 horas o al día hábil siguiente si recayere en sábado a la misma hora. Custódiese el pliego de posiciones que acompaña. AL tercer otrosí; téngase presente sin perjuicio de lo que se resuelva en definitiva 3/11. RETIRO DE RECEPTORA 7/12/12: notificación solo de absolución de posiciones. 14/12: absolución de posiciones.

26/12: SOLICITARON OIR SENTENCIA 16/1/13: A fojas 62. A lo principal: Atendido lo dispuesto en el artículo 64 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar. Al otrosí: Previo a resolver, constátese la existencia de escritos pendientes de resolver y revísese la foliación; de proceder, resuélvanse aquéllos y enmiéndese ésta4/3/13: Por cumplido lo ordenado. Proveyendo, derechamente, el otros í   de la solicitud de fojas 63 : Como se pide, cítese a las partes a oír sentencia.

24 CIVIL

25662-2012

Bco. santander // TRANSP. PORTUARIOS.

31/12/12: REQUERIMIENTO DE PAGO.2/1/13 RECEPTOR GLORIA SANDOVAL. 8/1/13: requerimiento de pago REVISAR.11/1/13: PRINCIPAL: NULIDAD DE NOTIFICACION QUE INDICA. I OTROSI: SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO. II OTROSI: ACOMPAÑA DOCUMENTO, CON CITACION. III OTROSI: PATROCINIO Y PODER.15/1/13: A todo, autorícese el poder dentro de tercero día, bajo el apercibimiento contemplado en el inciso 4° del artículo 2° de la ley 18.120. Sin perjuicio, fórmese Cuaderno Separado.17/1/13 AUTORIZADA . 22/1/13: Por cumplido lo decretado a fs. 16.Proveyendo fs. 10: A lo principal y primer otros í : Traslado. Al segundo otros í ; por acompa ñ ados, con   citaci ó n. Al tercer otros í ; t é ngase presente. f.c.o.29/1/13. EVACUAN TRASLADO.29/1/13: Por evacuado traslado. Autos para resolver lo principal y primer otrosí de fs. 10.30/1/13: SE RECIBE A PRUEBA LA NULIDAD.

24 CIVIL

28289-12

MARIA GARCIA con Alejandro ruiz y Empresa Const. Modelo SA.

SUMARIO.

13/12: INGRESO /COBRO RENTAS ARRENDAMIENTO Y OTROS. 21/12/12: AUTORIZADA , ACOMPAÑE DOC.3/1/12: PROVEIDO. // 9/1/13: CAJAS. 16 Y 17 DE ENERO: BUSQUEDAS POSITIVAS. 22/1/13: ESCRITO 44 CPC. 23/1/13: notifiquese. CAJAS.25/1/13: notifica. 31/1/13: COMPARENDO.

24º CIVIL

 16970- 2012

Servicios médicos con Cosmelli

25/7: INGRESO.13/8/12: autorice poder. Acompañe doc.PREVIO PROVEER ACOMPAÑAR ESCRITURA PUBLICA DE CONSTITUCION DE LA SOCIEDAD PROD UTOS MEDICOS SADA CUENTA DE PAGO. A lo principal: t é ngase por retirada la demanda para todos los efectos legales y arch í vese los autos en su oportunidad. Al otros í : como se pide, h á gase devoluci ó n de

Page 13: civiles 5 marzo 2013

STGO.

los documentos, dejando en autos las constancias respectivas.

24º CIVIL STGO.

19646-2012

PRODUCTOS Y SERVICIOS MEDICOS S.A. / PUENTES COSMELLI

Notificación protesto de cheque

28/8/12: ingreso. 4/9/12: AUTORICE PODER.6/9/12: A lo principal, notifíquese. Al primer otrosí, téngase por acompañados los documentos. Custódiese cinco cheques. Al segundo otrosí, téngase presente.

CUANTIA: $ 498.550 28/9: CAJAS. 9/10/12: NOTIFICADA.22/10/12: se certifique que no se han consigando fondos. solicitamos copias autorizadas.24/10/12: A lo principal: certifíquese lo que corresponda. Al otrosí: dése, a costa de quien las pide.5/11/12: Encargue certificado. 6/11: CERTIFICO: que, no hay constancia en autos de que la requerida haya consignado fondos suficientes para el pago del capital, intereses y costas, ni que haya opuesto tacha de falsedad a su firma, dentro del plazo legal, el que se encuentra vencido.8/11/12: PAGUE COPIAS 5200 19/11: retire COPIAS. ( David)21/12: A fojas 44: Téngase presente. A fojas 45: Para resolver, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 254 del Código de Procedimiento Civil.24/12: comple lo ordenado. 26/12: : Cúmplase íntegramente con lo ordenado a fs. 47.s.r.n.3/1/13: MANDAMIENTO. 9/1/13: CAJAS.DA CUENTA DE PAGO

25º CIVI

28311-2011

LOPEZ CON BAEZA

14/6/12: se reciba la causa a prueba, notifíquese por cedula.

25º CIVIL STGO.

22237-2011

PIZARRO/BASCUR

14/3/12: APARECIO EXPEDIENTE, LO DEJE PARA QUE ADJUNTEN ESCRITO Y SE RESUELVA.19/3/12: Por ingresado a mi despacho con esta fecha.Certifíquese lo que corresponda.- lcm21/3: ENCARGADA PARA CERTIFICAR.28/3/12: Certifico: que la sentencia de autos se encuentra ejecutoriada.-30/3/12: presente escrito solicitando cumplimiento incidental.2/4/12: COMO SE PIDE, CON CITACIÓN, NOTIFIQUESE POR CÉDULA. ( ENCARGADA A CAJAS)5/4/12: NOTIFICACIÓN A BASCUR.16/4/12: escrito se certifique que no se opuso al cumplimiento incidental, y solicitamos lanzamiento, y auxilio de fuerza publica si es necesario.18/4/12: A lo principal, certifíquese lo que corresponda; al primer otrosí, se proveerá; al segundo otrosí, venga en forma.- lcm ENCARGADA.20/4/12: AUTORIZADO EL PODER Y ENCARGADA LA CERTIFICACIÓN.8/5/12: Certifico: Que de autos no consta que se hayan opuesto excepciones al cumplimiento incidental.- 11/5/12: se resuelva primer y segundo otrosí de fj 84.15/5/12: A fs. 83: Al primer y segundo otrosíes, como se pide, con citación, respecto de la parte demandada, sus enseres y personas que de ella dependan, en cuanto a la fuerza pública solicitada, se proveerá una vez constada la oposición.- Notifíquese por cédula.- lcm ( encargada a cajas)22/5: CAJAS RETIRÓ EL EXPEDIENTE.24/5: En Santiago, a veinticuatro de mayo de dos mil doce, siendo las 14:25 horas, en calle Huérfanos Nº2821 Pieza 3, de Santiago; notifiqué a don JOSE LUIS BASCUR MELLADO, la presentación de fojas 83 a fojas 84, la resolución de fojas 88, por cédula que conteniendo copia íntegra de lo expresado, le dejé fija en la puerta del señalado domicilio, por no acudir nadie a mis reiterados llamados, dándolo por OPUESTO al lanzamiento por dicha razón.- 6/6: Atendido el mérito de lo expresado en el estampado receptorial de fs. 89, se hace lugar a lo solicitado a fs. 83, en el segundo otrosí y ofíciese en los términos ordenados a fs. 88.- lcm 7/6: ENCARGUE EL OFICIO.18/7: oficio, dejar pasar 2 dias.25/7: RETIRE OFICIO SE LO PASE A CAJAS.2/10/12: Advirtiendo el Tribunal un error en la foliación de la presente causa de fs. 28 en adelante, procédase a rectificar la misma, dejando la anterior entre paréntesis.- lcm 30/11: CAJAS. 3/12: en donde previo descerrajamiento, con el objeto de practicar el lanzamiento de la pieza N°3, diligencia que no hice, por no saber cual es la pieza 3, ya que actualmente ninguna de las piezas tiene número, y la propiedad tiene nueve piezas, algunas se encuentran deshabitadas; consultado a un joven que ocupa la pieza que da a la calle de nombre Diego Alonso Muñoz San Martin, cedula de identidad 19.683.919-4, manifestó que en esa pieza vive el junto a su madre Dina Ester San

Page 14: civiles 5 marzo 2013

Martin Moncada y su hermano Daniel Jara; motivo por el cual este receptor se abstuvo de hacer la diligencia hasta que la parte demandante señale en forma precisa cual es la pieza 3 del inmueble de calle Huérfanos 2821, de Santiago. 13/12: cambio domicilio. 17/12/12: Téngase presente.- lcm

5680-2007

Pestil c/ Bauza

5/Ejecutivo

10/01/11: Archívese Legajo 17-2011

26º CIVIL STGO.

15930-2009

Banco Estado c/ Peralta – Hoffman

ARCHIVADA.219-2012

Ejecutivo

11/10/11: Acompaña documentos el demandante, (por resolver).17/11: DTE. PROPONE BASES DE REMATE, DIA HORA SUBASTA, NOTIFICACIÓN Y OFICIOS.25/11: A lo principal: Téngase por propuestas las bases de remate, y por aprobadas, con citación, con las siguientes modificaciones: 1.- Sustitúyase la base segunda, por la siguiente “El mínimo para comenzar la posturas del remate, será la tasación que figure en el certificado de avaluó fiscal vigente a la fecha de la subasta, que para el segundo semestre de 2011, asciende a la suma de $6.486.799.-” 2.- Elimínese íntegramente la base trigésima.Al primer otrosí: Se resolverá; Al segundo otrosí: Practíquese las publicaciones legales en el diario El Mercurio de Santiago; Al tercer otrosí: No habiéndose acreditado en autos la dificultad en la ubicación del acreedor hipotecario, no ha lugar; Al cuarto otrosí: Como se pide, ofíciese al 9° Juzgado Civil de Santiago, a fin de que preste su autorización a la subasta de autos.-16/4/12: OFICIO N°……….“SIN COSTO” En autos ejecutivos Rol Nº 15930-2009, caratulados“BANCO DEL ESTADO con HOFFMANN’ S HOUSE LIMITADA”, por resolución de fecha 25.11.2011, se ha dispuesto solicitar de US., tenga a bien AUTORIZAR la subasta de la propiedad ubicada en calle El Chagual N°10231, comuna de La Florida, inscrita a fojas 68521 N°55400 del año 1992 del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, cuyo embargo se encuentra inscrito a fojas 12604 N° 21254 del años 2010, decretada en los autos rol 39652-2009, seguidos ante vuestro Tribunal.27/6: RESOLUCION ARCHIVO DEL EXP. EN EL TRIBUNAL. REVISAR ¡!!!

27º CIVIL STGO.

4780-2010

López c/ HerreraRelacionado:2255-2011ICA Santiago

63/Ejecutivo

26/1/12: A fojas 211 : Por interpuesto recurso de apelación y concédese en el sólo efecto devolutivo debiendo elevarse estos autos originales para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago para su conocimiento y resolución. Déjense ante este Tribunal compulsas de todo lo obrado en autos en sus dos cuadernos y para tal efecto, cúmpla el apelante con lo dispuesto por el artículo 197 del Código de Procedimiento Civil.- pam. 31/1/12 Certifico que con esta fecha la parte demandada consignó la suma de $ 26.500 para la confección de las compulsas ordenadas a fojas 220, suma que se estimó suficiente en conformidad a lo dispuesto en el artículo 197 inciso segundo del Código de Procedimiento Civil. Se hace presente al apelante que el cobro de $ 100 por foja en la compulsa obedece a su volúmen y a que las mismas serán sacadas fuera de las dependencias del Tribunal.CERTIFICADO DE REMISIÓN 12 DE MARZO A LA C.A. ROL 1409-2012. CUSTODIA N° 998/10, CORRESPONDIENTE A 12 CHEQUES.EL 13 DE MARZO FUE REMITIDA A LA C.A. ROL 1409-201225/9/12: SOLICITA LIQUIDACION.3/10/12: A fojas 243 : Como se pide, liquídese el crédito de autos y tásense las costas procesales por la Secretaria del Tribunal, hecho, autos para regular las personales.- pam.14/11: liquidación de crédito.15/11: notificación de la liquidación de crédito.16/11/12 A fojas 225;téngase presente y por efectuada la liquidación del crédito y por tasadas las costas procesales. Regúlanse las personales en la suma de cuatrocientos cincuenta mil pesos ($450.000.-).Póngase en conocimiento a las partes de la resolución que antecede y téngaselas por aprobadas si no fueren objetadas dentro de tercero día.-vho21/11: objeta liquidación. 23/11: A fojas 227; traslado.28/11/12. EVACUA TRASLADO ( MAÑANA REVISO SI DEJARON COPIAS).3/12/12: A fojas 230; téngase por evacuado el traslado,autos.Resolviendo derechamente a fojas 227; atendido el mérito de los antecedentes, el tenor de la objeción planteada por la parte ejecutada a la liquidación del fojas 225, y teniendo presente, el traslado evacuado por la parte ejecutante a fojas 230, y teniendo presente que la metodología utilizada al practicar la liquidación cuestionada es correcta, motivo por el que no es plausible la impugnación deducida por el ejecutado, y lo dispuesto en los artículos 82 y 89 del Código de Procedimiento Civil; no ha lugar a la objeción a la liquidación.7/12: APELACION; 10 /12: AUTORICE PODER-11/12: A fojas 233; A lo principal, téngase por interpuesto el recurso de apelación y concédese en el solo efecto devolutivo, debiendo compulsarse de fojas 224 a 243, sus resoluciones y notificaciones, y de los escritos en que conste la personería de las partes, hecho, elévense a la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, bajo el apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 197 inciso final del Código de Procedimiento Civil.Al otrosí, téngase presente.17/12: PAGUE COMPULSAS. 24/12: CERTIFICADO DE REMISIÓN. 24/12: solicitud que indica. 26/12: certifíquese previamente.28/12: CERTIFICO: que la parte demandada solo ha perdido un incidente CORTE. 7/1/13 ESCRITO, 11/1/13: téngase presente nuevo domicilio, no ha lugar ampliación de embargo, no ha lugar notificación, téngase presente los documentos.-17/1/13: REPOSICIÓN.30/1/13: TRASLADO. 4/3/13: evacuamos traslado.

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28º CIVIL STGO.

60-2009

Pérez c/ Constructora

11/Ejecutivo

05/07/11: Se devuelve expediente sin diligencia decretada por no ser encontrado el vehículo.1/12.ARCHIVADA LEGAJO 627/2011

28º CIVIL STGO.

4940-2010

Banco Itau c/ Hoffmmans

Ejecutivo

12/4/11: certifico. Demandado Ricardo peralta, por si y en representación de Hoffman`s ltda. No ha opuesto excepciones, plazo vencido.4/5/11: OFICIO AUXILIO FZA. PUBLICA. CALLE CELERINO PEREIRA 1879, ÑUÑOA.LA CAUSA ESTUVO ARCHIVADA HASTA MARZO DE ESTE AÑO.16/3/12: Téngase por recibidos con esta fecha, del Archivo Judicial, los autos de este Tribunal, cuaderno principal a fs. 27 y apremio a fs. 5, vuelvan a su letra. Notifíquese por cédula, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 52 del Código de Procedimiento Civil. Ejr9/4/12: Por recibido oficio del 16° Juzgado Civil de Santiago y, conforme lo solicitado, remítase la causa de este Tribunal por el lapso de 10 día hábiles, ofíciese al efecto. Ejr25/4/12: OFICIO Nº.........-2012.- Adjunto y remito a US., por el lapso de 10 días hábiles, los autos citados en el preámbulo, juicio ejecutivo, cuaderno Principal a fs. 31 y apremio a fs. 5, para ser tenidos a la vista en a la causa de ese Juzgado, Rol N° C-1.080-2010, caratulada “Banco Itaú Chile con Peralta Henríquez Ricardo Alberto”.Así está ordenado por resolución de fecha 09 de Abril de 2012 Saluda atentamente a US.

18302-2006

Inmobiliaria c/ Garcíaarchivada.

Resolución contrato

27/07/11: Solicita desarchivo. Legajo Nº 573-2011

29 º CIVIL STGO.

29360-2012

MARIA GARCIA con ALEJANDRO RUIZ EMP CONSTRUCTORA

Desig arbitro

28/12/12: INGRESO. 4/1/12: AUTORICÉ PODER. 8/1/12: CUMPLE LO ORDENADO. 16/1/13. A fojas 17, A lo principal, por cumplido lo ordenado, ténganse por acompañada la pagina faltante de la demanda, incorpórese a ésta y corrígase su foliación. Al Otrosi, téngase por rectificada la demanda en los términos señalados. Notifíquese conjuntamente. Proveyendo derechamente a fojas 13, A lo principal, vengan las partes a la audiencia de designación de árbitro del quinto día hábil después de notificadas en forma legal a las 09:00 horas y si el quinto día recayere en sábado, al día siguiente hábil a la misma hora. Al Primer Otrosi, por acompañado documento, bajo apercibimiento legal con arreglo a lo dispuesto por el artículo 255 del Código de Procedimiento Civil. Al Segundo Otrosi, téngase presente. CAJAS.28/1/13: BUSQUEDAS POSITIVAS. 31/1/13: 44 CPC. 4/3/13: NOTIFIQUESE. 5/3/13: esperar.

30º CIVIL STGO.

4414-2009

Banco Santander c/ PeraltaLEGAJO 484-2011

Ejecutivo

06/01/11: Requerimiento de pago20/01/11: Certificado sin excepciones06/06/11: Notificado CBR alzamiento embargo30/08711; archivada.Embargo inscrito a Fs. 40.369 Nº 64.590 de 2007, revisar en CBR.

30º CIVIL STGO.

3105-2010

Banco Itaú c/ Peralta

Ejecutivo

06/01/11: Requerimiento de pago20/01/11: Certificado sin excepciones29/08711; archivada25/4/12: Por desarchivados los presentes autos. Remítanse al Décimo Sexto Juzgado Civil de Santiago para ser tenidos a la vista en los autos Rol N° 3080-2010, caratulados “Banco Itaú con Peralta Henríquez, Ricardo Alberto”.Ofíciese por Secretaría del Tribunal. Icp.-3/5/12: OFICIO N° 77-2012-C En los autos precedentemente individualizados y por resolución de fecha 25 de Abril de 2012, se ha dispuesto oficiar a Usía. A fin de remitir los autos Rol Nº 3105-2010, caratulados "Banco Itau Chile con Peralta Hemriquez”, los que se envía para ser tenidos a la vista al resolver, en los autos Rol 3080-2010 “ Banco Itau con Peralta”.

AL SR(A). JUEZ DEL 16º JUZGADO CIVIL 4/5/12: OFICIO N° 76-2012-C En los autos precedentemente individualizados y por resolución de fecha 28 de Marzo de 2012, se ha dispuesto oficiar a Usía. A fin de hacer devolución de los autos Rol Nº 1360-2011, caratulados "Banco Ripley con García Quijada", los que se tuvo a la vista al resolver, haciendo presente que los documentos fundantes se encuentran agregados a los mismos autos. AL SR(A). JUEZ DEL 19º JUZGADO CIVIL

3º V-170- FISCO / 23/5/12: Se certifique, se gire cheque, acompaña documentos, reserva de derecho, patrocinio y poder.

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SAN MIGUEL

2011 VARAS 12/7: A lo principal: certifíquese lo que corresponda; a los otrosíes: se resolverá.-27/7: CERTIFICO: QUE REVISADAS EXHAUSTIVAMENTE LAS DEPENDENCIAS DEL TRIBUNAL, HASTA LA FECHA NO HA SIDO POSIBLE UBICAR EL ESCRITO DE FECHA 23 DE MAYO DE 2012.-27/8/12. Habiéndose agregado y proveído por error el escrito de fecha 23 de mayo de 2012 en la causa voluntaria rol Nro. 170-2010, desglósese el escrito y agréguese a estos antecedentes, rigiendo para todos los efectos legales lo resuelto con fecha 31 de mayo de 2012, corríjase la foliación, manteniéndose la original entre paréntesis.- Déjese copia autorizada de la referida resolución en estos antecedentes y quedando sin efecto en los autos rol Nro.170-2010.- Proveyendo a los otrosíes de fojas 56:Al primer y segundo otrosí: estese a lo resuelto.29/8/12: SE RESUELVA DERECHAMENTE.10/9/12: CERTIFICO: Que no hay constancia en autos de que haya presentado algún interesado a hacer valer sus derechos o créditos dentro del término legal establecido en el artículo 23 del D.L. 2.186, el que se encuentra vencido.11/9/12: OFICIO PARA UNIDAD EXPROPIACIONES DEL MINISTERIO OBRAS PUBLICAS.UNIDAD EXPROPIACIONES DEL MINISTERIO OBRAS PUBLICAS.16/10/12: el expediente con cargo al despacho con oficio del mop.18/10/12: A SUS ANTECEDENTES CON CITACIÓN-7/1/12: A lo principal: por acompañados con citación; al otrosí: estese a lo resuelto a fojas 69.-LP20/12: SE GIRE CHEQUE. 7/1/13: estese a lo resuelto fojas 79: Para los efectos de girar cheque en la oportunidad que corresponda, ratifíquese por los integrantes de la sucesión ante la sra. secretaria del tribunal, en relación a lo expuesto en el primer otrosí de fojas 66.-

1 ° laboral

 T-519-2012,

Torres con Comunidad

30/11/12: Téngase presente la aceptación del cargo. Y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 411 del Código del Procedimiento Civil, se ordena que la parte solicitante del peritaje proceda a consignar el 50% del monto de los honorarios provisorios fijados bajo el apercibimiento del inciso final de la norma antes citada.26/12: constancia ingresa escrito. 4/1/12: Como se pide, gírese cheque a nombre del perito ALEXIS BASTIAS MORALES, por la suma de $859.238. 7/1/13: SENTENCIA.17/1/13: se gira cheque. Que en esta causa, un escrito fue presentado con fecha dieciocho de enero de dos mil trece, a las 17.37 horas DAVID.29/1/13: emitió Corte de Apelaciones recurso de nulidad. 14/2/13: Con el mérito del certificado del Ministro de Fe del Tribunal incorporado en la causa con esta fecha y, habiéndose dado cumplimiento con lo ordenado por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago, reelévense los antecedentes al Tribunal de Alzada.

1 ° laboral

O-35-13

1/3/13: AUDIENCIA PREPARATORIA.

2º Laboral.

O-3536-2012

Andrade con Com. Edi Parque IV Centenario

11/12: Téngase presente. 28/12/12: AUDIENCIA.2/1/12: OFICIO PARA JUZGADO POLICIA LOCAL LAS CONDES PARA QUE DEVUELVA EXPEDIENTE. 3380-10-201217/1/13: SE ACOGE LA DEMANDA. ESCRITO PARTE DEMANDANTE.24/1/13: A lo principal: téngase presente revocación de patrocinio y poder.Al otrosí: téngase presente patrocinio y poder.30/1/13: A lo principal: téngase por interpuesto recurso de nulidad presentado con fecha 29 de enero de 2013 por la parte demandante, contra la sentencia dictada con fecha 17 de enero de 2013, cumpliendo los requisitos del inciso 1° del artículo 479 del Código del Trabajo, se le declara admisible y se concede para ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Santiago. Remítanse dentro de tercero día los antecedentes que ordena el artículo 480 del Código del Trabajo

2° laboral

O-3541-12

PEREZ CON EZPACIO 3

21/1/13: sentencia.30/1/13: se concede medida precautoria.22/2/13: Téngase presente certificaciones emitidas por funcionario habilitado del Tribunal, informando que las medidas precautorias decretadas el día 30 de enero de 2013, no se pudieron llevar a efecto por las razones allí contenidas; póngase en conocimiento de las partes, a través de la presente resolución.

COBLAB

C-33-13

MAULEN con SERVICIOS

28/1/13: EXCEPCIONES NUESTRAS.30/1/13: TRASLADO.

COBLAB

J-2990-10

RODRIGUEZ CN COST. CARRAN.

18/2/13: Certifico: Que según consta de autos la parte ejecutada no ha opuesto excepciones ni objetó la liquidación del crédito, encontrándose a la fecha, vencido el plazo legal que tenía para hacerlo.

JUZ. LAB.

M-11-

CHACON CON

12/2/13: A lo Principal: Téngase presente da cuenta de pago. Por acompañado el cheque serie B11 N°0058476 por la suma de $84.0024 a nombre de Manuel Chacón Martínez. Custódiense hasta su entrega efectiva bajo constanciaAl primer otrosí: Por acompañados el documento y por acreditada la personería.Al segundo otrosí: Como se pide, se autoriza la tramitación y

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SN BDO

13 CARRÁN notificaciones por correo electrónico.Al tercer otrosí: Téngase presente el patrocinio y por conferido el poder. Sin perjuicio del pago realizado, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 462 del Código del Trabajo a fin de calcular lo dispuesto en el punto número II de lo resolutivo de la sentencia.27/2/13: CERTIFICO: Que la sentencia se encuentra firme y ejecutoriada.

FAMVIÑA

C-13-13

Blanco con Andrade

3/1/2013: ingreso. 14/1/13: solicita notificar mediante receptor particular.15/1/13: Como se pide, practíquese la notificación por receptor judicial, a costa del solicitante.17/1/13: SE REPROGRAMA AUDIENCIA PARA 28 FEBRERO 9:3024/1/13: para 8 de marzo a las 9. 28/2/13: Proveyendo escrito de la parte demandada, de fecha 26 de Febrero:

A lo principal: Traslado, bajo apercibimiento de resolver de oficio conforme lo previsto en el artículo 13 de la Ley 19.968.-Al primer otrosí: Estese a lo resuelto precedentemente.-Al segundo otrosí: Téngase por presentados, sin perjuicio de su incorporación en la oportunidad procesal correspondiente.- Al tercer otrosí: Téngase presente el patrocinio y poder conferido.-Al cuarto otrosí: Como se pide a la forma especial de notificación, con excepción de las resoluciones que han de notificarse por el estado diario según el artículo 23 de la Ley 19.968.-

1° JUZ. FAMILIA

C-3287-12

MOREL CN ALCALDE

13/2/13: escrito JIU.14/2/13: A lo principal: Téngase presente patrocinio y poder conferido, ingrésense los datos al sistema informático Sifta; Al primer otrosí: Téngase por acompañado; Al segundo otrosí: Como se pide, forma de notificación, salvo aquellas resoluciones que deban ser notificadas por estado diario de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 inciso 5° de la Ley N° 19.968; Al tercer otrosí: Como se pide.

1º Familia.

z- 848-2010

PERALTA / DONAIRE

27/6: SOLICITAMOS SE AUTORICE LIQUIDACIOBN DE AUTOS Y SEA NOTIFICADO POR RECEPTOR.28/6: notifíquese por receptor particular. Mande correo a cajas.19/7/12: NOTIFICADO.

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