Ciudadanía - Gestiones y Trámites · 2018. 2. 20. · Cargo: JEFE DE UNIDAD Fecha: 14-02-2018...

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Gerencia de la Ciudad Secretaría General Técnica MADRI D PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO RESERVADO A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO SEGÚN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE DETERMINADOS EDIFICIOS E INSTALACIONES GESTIONADOS POR LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA GERENCIA DE LA CIUDAD. CLÁUSULA PRIMERA 1.1.- OBJETO DEL CONTRATO El objeto del presente pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación de un mantenimiento técnico, conservación y reparación de determinados edificios, instalaciones, espacios y demás elementos gestionados por la Gerencia de la Ciudad, al objeto de garantizar su conservación, funcionamiento y óptimo rendimiento. Las características técnicas de este contrato permiten su prestación por centros especiales de empleo, por lo que el Ayuntamiento de Madrid ha acordado acogerse a la posibilidad establecida en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Contratos del Sector Público y en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de febrero de 2016, por el que se establecen directrices para la aplicación de la reserva del derecho a participar en la contratación municipal a los centros especiales de empleo y empresas de inserción, y se fija el porcentaje mínimo de participación y considerarlo como contrato reservado a las empresas que, además de cumplir los requisitos exigidos, hayan obtenido la calificación como centro especial de empleo (estar constituidos y registrados conforme al Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre). La relación de los edificios, instalaciones, espacios y elementos de uso municipal, objeto de este contrato de mantenimiento técnico, es la que consta en el Anexo A de estos pliegos. Es preciso tener en cuenta que el contrato comienza el 1 de octubre de 2018, pero el edificio de la calle Raimundo Fernández Villaverde, 32 no entrará en la ejecución del contrato hasta el día 1 de enero de 2019, ya que hasta entonces las labores de mantenimiento estarán cubiertas por un contrato de otra área de gobierno. 1.2.- DE LAS OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES El contratista aceptará los edificios con sus servicios, obras e instalaciones, en las condiciones de la fecha de licitación. Por ello, los licitadores podrán conocer el estado de los inmuebles, así como de sus instalaciones antes de redactar su oferta, para lo cual solicitarán de la Secretaría General Técnica autorización para poder acceder a las dependencias municipales objeto del contrato, siempre que no interfieran en su normal funcionamiento C/ Montalbán, 1 3ª Planta 1/48 28014 Madrid T: 915 882 880 Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTIN Cargo: JEFE DE UNIDAD Fecha: 14-02-2018 14:21:38 Página: 1 de 48 Código de verificación : PY61441707fe0c64 Para la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente direcciónhttp://www- 2.munimadrid.es/VerificacionCove/CotejoCOVE.jsp?codigoVerificacion=PY61441707fe0c64

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DPLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA EL CONTRATO RESERVADO A CENTROS ESPECIALES DE EMPLEO SEGÚN LA DISPOSICIÓN ADICIONAL QUINTA DEL REAL DECRETO LEGISLATIVO 3/2011, DE 14 DE NOVIEMBRE, POR EL QUE SE APRUEBA EL TEXTO REFUNDIDO DE LA LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO DE DETERMINADOS EDIFICIOS E INSTALACIONES GESTIONADOS POR LA SECRETARÍA GENERAL TÉCNICA DE LA GERENCIA DE LA CIUDAD.

CLÁUSULA PRIMERA

1.1.- OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente pliego es regular las condiciones técnicas que han de regir la contratación de un mantenimiento técnico, conservación y reparación de determinados edificios, instalaciones, espacios y demás elementos gestionados por la Gerencia de la Ciudad, al objeto de garantizar su conservación, funcionamiento y óptimo rendimiento.

Las características técnicas de este contrato permiten su prestación por centros especiales de empleo, por lo que el Ayuntamiento de Madrid ha acordado acogerse a la posibilidad establecida en la Disposición Adicional Quinta del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de Contratos del Sector Público y en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de febrero de 2016, por el que se establecen directrices para la aplicación de la reserva del derecho a participar en la contratación municipal a los centros especiales de empleo y empresas de inserción, y se fija el porcentaje mínimo de participación y considerarlo como contrato reservado a las empresas que, además de cumplir los requisitos exigidos, hayan obtenido la calificación como centro especial de empleo (estar constituidos y registrados conforme al Real Decreto 2273/1985, de 4 de diciembre).

La relación de los edificios, instalaciones, espacios y elementos de uso municipal, objeto de este contrato de mantenimiento técnico, es la que consta en el Anexo A de estos pliegos. Es preciso tener en cuenta que el contrato comienza el 1 de octubre de 2018, pero el edificio de la calle Raimundo Fernández Villaverde, 32 no entrará en la ejecución del contrato hasta el día 1 de enero de 2019, ya que hasta entonces las labores de mantenimiento estarán cubiertas por un contrato de otra área de gobierno.

1.2.- DE LAS OBRAS E INSTALACIONES ACTUALES

El contratista aceptará los edificios con sus servicios, obras e instalaciones, en las condiciones de la fecha de licitación. Por ello, los licitadores podrán conocer el estado de los inmuebles, así como de sus instalaciones antes de redactar su oferta, para lo cual solicitarán de la Secretaría General Técnica autorización para poder acceder a las dependencias municipales objeto del contrato, siempre que no interfieran en su normal funcionamiento

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D([email protected], Teléfono 91 588 10 48). La visita podrá solicitarse dentro de los 10 días siguientes a la fecha de publicación de la licitación.

La descripción de los edificios y demás elementos incluidos en el presente contrato, en la que se incluyen su ubicación, metros cuadrados, instalaciones, etc., no tiene un carácter exhaustivo. En el término edificio se entenderán comprendidos tanto los espacios construidos, sus instalaciones y equipos, como los espacios libres adscritos a los mismos con todos los elementos que contengan, incluidos los cerramientos.

CLÁUSULA SEGUNDA.- TIPO DE MANTENIMIENTO

2.1. TIPO DE MANTENIMIENTO

Se entiende por Mantenimiento el conjunto de trabajos, de conservación preventiva y conservación correctiva, necesarios para mantener los edificios, sus dependencias e instalaciones, en condiciones de uso durante su período de vida útil, optimizando el consumo energético, previniendo los posibles riesgos que puedan comprometer su seguridad y protegiendo su entorno de posibles agresiones. Todas estas tareas están dirigidas a conseguir una disminución en los gastos de reparación, reducción de la pérdida de valor del inmueble, y el consiguiente ahorro derivado de la correcta y adecuada utilización de las instalaciones.

Las operaciones generales de mantenimiento son aquellos trabajos de conservación objeto de este pliego que el contratista tiene que cumplir en todo momento, incluyendo mano de obra, materiales, puesta en marcha y medios auxiliares para la realización de los mismos, incluidos los casos en los que el material, o repuesto, sea suministrado por la Administración.

Las tareas de mantenimiento que se realicen por empresas autorizadas o especializadas, subcontratadas por el adjudicatario, no supondrán en ningún caso coste adicional para la Administración, debiendo el mismo asumirlas como propias.

En cualquier tipo de actuación, para la realización de estas tareas el adjudicatario, a su costa, deberá adoptar las medidas de seguridad y de protección necesarias (delimitación de espacios de trabajo con vallas, plásticos, lonas, etc.) para evitar daños a los personas y a los bienes y enseres municipales.

Será responsabilidad del adjudicatario cualquier tipo de informes, documentos, trámites y abonos que fueran necesarios realizar ante cualquier organismo público o privado en relación con los edificios e instalaciones en servicio y que son objeto de este contrato, incluidos los trámites completos de legalización de las distintas actuaciones que se realicen y de sus equipos, como consecuencia de su primera instalación, así como la legalización de aquellas modificaciones o reformas que realizase el adjudicatario en las instalaciones y equipos existentes, debiéndose remitir el documento original de dicha legalización al representante designado para este fin por la Administración.

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Asimismo, será responsabilidad del adjudicatario la retirada y destrucción de cualquier tipo de instalación, elemento, equipo o residuo que por su tipología, contenido o características pudiera ser objeto de un tratamiento específico según la legislación relativa a la gestión medioambiental de residuos, sin que por ello suponga un gasto adicional para la Administración.

Conservación preventiva es el conjunto de trabajos de entretenimiento y aquellos llevados a cabo de forma periódica y programada, consistentes en la reposición de elementos agotados o defectuosos, en las sustituciones de productos o piezas consumidos o desgastados en su normal funcionamiento, en la inspección de los elementos constructivos y de las instalaciones, también incluirá la elaboración de informes y documentos y su presentación ante el departamento y organismos públicos correspondientes, así como aquellas operaciones de limpieza necesarias para mantener operativas las canalizaciones y conductos expuestos a un ensuciamiento persistente o temporal.

Conservación correctiva es el conjunto de los trabajos de reparación y sustitución necesarios para devolver la funcionalidad perdida de algún elemento constructivo, equipo o instalación, como consecuencia de un proceso degenerativo o de una mala utilización, y que no se ha detenido a tiempo su deterioro.

El presente contrato comprende tanto la conservación preventiva y el entretenimiento de los edificios y sus instalaciones como las acciones de conservación correctiva que sean necesarias para asegurar el normal funcionamiento de los mismos. Este mantenimiento se contrata mediante la percepción de un precio mensual por la empresa adjudicataria.

2.2 INSTALACIONES

En los inmuebles objeto del presente contrato, la empresa adjudicataria deberá realizar el mantenimiento preventivo y correctivo en todos los elementos constructivos, instalaciones y equipos técnicos en general, incluidos todos y cada uno de sus elementos, componentes y piezas que fueran precisos para su correcto funcionamiento. Se entenderán incluidos tanto aquellos que actualmente se encuentren localizados en los edificios objeto del contrato como los que pudieran estarlo en un futuro, independientemente de si son de tipo puntual o individual como si lo son de tipo centralizado o colectivo. A continuación se relacionan, a modo enunciativo que no exhaustivo, los elementos constructivos e instalaciones más significativas que serán objeto de dicho mantenimiento:

INSTALACIONES GENERALES

1. Climatización.- Torres de refrigeración y humectadores.- Climatizadores.

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D- Equipos autónomos y fan-coils.- Grupos de presión y bombeo.- Extractores, ventiladores y difusores.- Aparatos recuperadores de calor.- Sistemas de control automático de la climatización

2. Calefacción y agua caliente sanitaria.- Calefacción- Calderas.- Quemadores.- Bombas de calor geotérmicas.- Termos eléctricos.- Secamanos.

3. Electricidad- Cuadros eléctricos.- Telerruptores, contactores, relés y fusibles.- Motores eléctricos.- Batería de condensadores.- Alumbrado.- Alumbrado de emergencia.- Pararrayos.

4. Grupos de continuidad- U.P.S. y S.A.I.- Grupos electrógenos.

5. Red General de Saneamiento y recogida de aguas en su totalidad.- Red de saneamiento.- Canalizaciones y desagües- Sumideros y canalones

6. Fontanería.- Redes generales de distribución e instalaciones de fontanería.

7. Protección contra incendios.

8. Instalación solar.

9. Sistemas de energías renovables.

10. Líneas de vida.

11. Sistemas de conteo de personas o control de aforo.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DINSTALACIONES NO GENERALES

1. Fontanería.

2. Albañilería.

3. Pinturas y acabados.

4. Carpintería.

5. Cristalería.

6. Cerrajería.

7. Electricidad.

8. Tomas de antena de televisión.

9. Revestimientos y solados

10. Varios (pequeños trabajos y movimientos de enseres).

CLÁUSULA TERCERA.- PLAZO DE EJECUCIÓN

La vigencia del presente contrato comenzará el 1 de Octubre de 2018 o desde la fecha de formalización, si fuera posterior. El edificio de la calle Raimundo Fernández Villaverde, 32 no entrará en la ejecución del contrato hasta el día 1 de enero de 2019, ya que hasta entonces las labores de mantenimiento estarán cubiertas por un contrato de otra área de gobierno.

Dicho contrato podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

En el caso de que la prórroga del contrato se hiciera efectiva, es preciso tener en cuenta que el importe de licitación del periodo inicial es diferente del de dicha prórroga a causa de que el edificio de la calle Raimundo Fernández Villaverde, 32, entra tres meses tarde en el contrato. Para hallar el precio de la futura prórroga, conviene tener en cuenta que el coeficiente entre ambos precios, sin contar el importe de las horas para actos, es el siguiente:

381.293,96385.994,07

1,01232673604COEFICIENTE PARA APLICAR AL PRECIO DE LA PRÓRROGA:

COEFICIENTE ENTRE CONTRATO ORIGINAL Y PRÓRROGA PARA EL CÁLCULO DE LA POSIBLE PRÓRROGA

Precio de licitación 7+1 edificios antes de IVA del contrato original (sin contar horas actos):Precio de licitación prórroga 8 edificios antes de IVA del contrato original (sin contar horas actos):

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

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Por lo tanto, si se acuerda la prórroga, el importe de la misma se hallará multiplicando el precio ofertado para el mantenimiento general para el periodo inicial (sin incluir el importe de las horas para actos institucionales) por el coeficiente 1,01232673604, siempre que no haya habido ningún tipo de modificación y/o alteración en la relación inicial de las cantidades comparadas por aplicación de cualquier vicisitud en la vida del contrato.

CLÁUSULA CUARTA.- DESARROLLO DEL SERVICIO

4.1 . Mantenimiento preventivo de las instalaciones.

Se entenderá por Mantenimiento Preventivo el conjunto de operaciones necesarias para asegurar el funcionamiento de las instalaciones de manera constante, con el mejor rendimiento energético posible, vigilando permanentemente la seguridad de los edificios, de las personas y la defensa del medio ambiente.

El mantenimiento preventivo objeto del contrato, se realizará sobre la totalidad de los elementos constructivos e instalaciones de los edificios, de acuerdo con las frecuencias que las reglamentaciones en vigor obligan para el control y mantenimiento de los elementos e instalaciones, así como sobre el plan básico de actuaciones y frecuencias que se expongan en el desarrollo de este pliego.

La empresa adjudicataria elaborará un documento técnico (programa de actuaciones) en el que se contemplen todas las tareas/labores de prevención a llevar a cabo sobre todos los equipos e instalaciones objeto del contrato, así como la situación (o estado) de los mismos. Dicho documento deberá contener, como mínimo, los siguientes apartados, que serán aprobados por la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad:

Inventario de equipos e instalaciones. Protocolo de inspecciones del Mantenimiento Preventivo. Programa de inspecciones del Mantenimiento Preventivo. Estadillo-registro de las inspecciones.

Este documento será presentado ante el responsable designado por la Administración como máximo, al segundo mes de haber iniciado la prestación del servicio.

La no presentación en tiempo y forma será considerada falta grave y serán de aplicación las sanciones establecidas en grado máximo.

4.2. Mantenimiento correctivo de las instalaciones

Se incluyen en el objeto del contrato, todas las operaciones de Mantenimiento Correctivo que haya que realizar como consecuencia de avisos o incidencias surgidas por

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Davería de los equipos e instalaciones, comprendiendo todas las actuaciones precisas para su vuelta al idóneo funcionamiento previsto en el Mantenimiento Preventivo, consistiendo en la reparación por avería o rotura imprevista, de cualquier máquina, equipo o instalación del edificio para devolverla a su normal funcionamiento.

Las operaciones de Mantenimiento Correctivo llevadas a cabo, siempre que no queden reflejadas en la aplicación informática de gestión de mantenimiento (GMAO), se recogerán en un documento técnico que contendrá, como mínimo, los siguientes apartados, que la empresa conservadora presentará a la Gerencia de la Ciudad:

- Partes de averías.- Estadillo-registro de averías.- Archivo de partes de averías.

Cuando un componente o material suministrado para la reparación o sustitución de alguno de los bienes objeto del contrato, tenga un precio unitario superior a 400 €, sin IVA, el suministro no quedará incluido dentro de las obligaciones del adjudicatario. Queda excluida de esta obligación cualquier suministro y, en su caso, la instalación del mismo, cuya finalidad sea la mejora o modificación puntual de las instalaciones o equipos existentes.

Las labores de mantenimiento, tanto preventivo como correctivo, se realizarán en horario de 7:30 a 17:30 horas, procurando el mínimo entorpecimiento en las actividades propias del centro. Si fuera necesaria la realización de operaciones molestas, ruidosas o que precisen la aportación de medios muy aparatosos y que interfieran en el normal desarrollo de la actividad del inmueble, podrá programarse por la Secretaría General Técnica su realización fuera del horario laboral, o en sábados o festivos, sin suponer ningún coste adicional para la Administración.

La empresa adjudicataria garantizará en todo momento la aportación de medios técnicos y personales suficientes para atender las obligaciones derivadas del contrato así como cualquier aviso de avería o incidencia, que pudiera producirse en los distintos edificios objeto del contrato.

Para garantizar el cumplimiento de los tiempos máximos de respuesta y reparación, en casos de avisos urgentes, el adjudicatario dispondrá de un teléfono de guardia, que cubrirá la atención del servicio durante las 24 horas del día, todos los días del año.

El teléfono de guardia o emergencia, que podrá ser atendido por un Call-Center, será independiente del resto de teléfonos de las oficinas, y su utilización deberá reservarse exclusivamente para dichos fines.

Este servicio de guardia no podrá sustituirse en ningún caso por contestadores automáticos, entendiendo, en este caso, que se trata de abandono del servicio, calificando tal circunstancia como incumplimiento grave que acarreará las penalidades que se determinan en el presente contrato.

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En función del tipo de problema acaecido y transmitido por parte de los servicios técnicos municipales y/o de los responsables del edificio, se generarán tres tipos de actuaciones:

4.2.1. Aviso urgente

Para aquellas situaciones que puedan paralizar la normal utilización, parcial o total, del edificio o puedan representar graves riesgos para las personas o cosas. El tiempo de respuesta desde el momento del aviso hasta que se persone en el edificio un encargado o persona cualificada de la empresa adjudicataria será de no más de una hora. De forma inmediata se evaluará el daño y comenzará la actuación. El tiempo de reparación, es decir, el necesario para restituir el elemento de la instalación afectada (independientemente de que corresponda o no al horario laboral) a su estado inicial no excederá de 24 horas, salvo que la demora sea por causa de la administración.

Siempre será considerado como aviso urgente cualquier incidencia que suponga la inactividad de una instalación de seguridad contra incendios cuando la misma afecte a más de un sector de incendio.

4.2.2. Aviso no urgente

Para aquellas situaciones que aun no paralizando la utilización del edificio sí impiden el normal funcionamiento del mismo o pueden motivar posteriores daños en caso de demorar su reparación. El tiempo de respuesta desde el momento del aviso hasta que se persone en el edificio un encargado o persona cualificada de la empresa adjudicataria será de no más de 24 horas. De forma inmediata se evaluará el daño y comenzará la actuación de forma que el tiempo de reparación no exceda de 7 días, salvo que la demora sea por causa de la administración.

En ambos casos, cuando por la índole especial de la avería, su reparación o sustitución exija un plazo superior a los señalados en los párrafos anteriores, se informará a los responsables de la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad del tiempo que requiera su reparación o sustitución y se acordará, por escrito, el plazo máximo en que la misma será realizada. No obstante, y en tanto se lleve a cabo la actuación precisa, el contratista, a su cargo, tomará las medidas oportunas para paliar los inconvenientes o desperfectos que dicha falta de reparación y/o sustitución pueda acarrear, especialmente cuando se trate de situaciones que incidan directamente en el servicio, tales como falta de calefacción en invierno o de aire acondicionado en verano, etc.

4.2.3. Cualquier otra situación no contemplada en los dos supuestos anteriores no requerirá aviso alguno, quedando reflejada la incidencia en la hoja de control correspondiente. En cualquier caso el tiempo de reparación será evaluado por el adjudicatario junto con los técnicos municipales de forma que se especifiquen unos

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Dplazos máximos para llevarla a cabo. Este plazo acordado será definitivo y vinculará al contratista en su realización una vez comunicado.

El incumplimiento de los tiempos de respuesta y reparación, podrá ser objeto de las sanciones administrativas correspondientes.

Si el adjudicatario, por propia iniciativa, efectuase trabajos de mejora o que rebasen el alcance de las actuaciones incluidas en este pliego al objeto de ahorrarse reiteradas intervenciones sobre un elemento deteriorado, aquellos trabajos serán también considerados íntegramente incluidos en el precio del contrato, previo consentimiento del técnico responsable.

4.3. Operaciones de control de las instalaciones.

Comprenderán todas y cada una de las acciones encaminadas a velar por el buen funcionamiento, la seguridad y la correcta puesta en marcha de todos los equipos integrantes de las instalaciones técnicas del edificio objeto del contrato.

La empresa adjudicataria, por medio de su personal adscrito para el mantenimiento de los edificios, llevará a cabo el control de las variables de mantenimiento técnico de equipos e instalaciones, ejecutando las operaciones rutinarias con total garantía para las mismas y atendiendo en todo momento a los avisos de incidencias o averías.

4.4. Operaciones de Mantenimiento Técnico-Legal.

De acuerdo con las reglamentaciones oficiales vigentes, que les sean de aplicación a los elementos constructivos e instalaciones objeto de este contrato, la empresa adjudicataria vendrá obligada a llevar a cabo el mantenimiento técnico-legal de acuerdo con los preceptos legales en vigor, o los que pudieran promulgarse durante el tiempo de ejecución del contrato, tanto si aquellos son de carácter nacional, como si lo son de carácter autonómico o local.

Dichas actuaciones comprenderán las operaciones de tipo preventivo y las revisiones periódicas establecidas en los reglamentos aplicables, y serán realizadas por la empresa adjudicataria o empresa autorizada oficialmente, siempre por cuenta del adjudicatario, debiendo presentar a la Secretaría General Técnica, la documentación acreditativa con los certificados originales y/o visados oficiales obligatorios, debidamente cumplimentados.

4.5 Operaciones sobre elementos protegidos

Cualquier intervención que suponga sustituciones o modificaciones sobre elementos de los edificios deberá ser autorizada previamente por el servicio municipal correspondiente, teniendo en cuenta que parte de los edificios objeto del contrato tienen un nivel de Protección Singular GRADO 1.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DCLÁUSULA QUINTA.- OPERACIONES GENERALES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO

El adjudicatario será el responsable de mantener permanentemente actualizada la aplicación informática GMAO actualmente implantada para la gestión de mantenimiento de los edificios objeto del contrato, o la que pudiera implantarse, con independencia de cual sea la aplicación existente y del número de actualizaciones que de ella pudieran salir al mercado.

El adjudicatario deberá poner a disposición de la Administración una conexión a Internet individual, dotada de IPE fija, que se localizará en el cuarto de mantenimiento del edificio de plaza de la Villa, 5-6 o en cualquier espacio municipal que determinen los Servicios Técnicos de la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad. Así mismo, el adjudicatario, deberá hacerse cargo de suministrar y mantener actualizado el PC Servidor que albergue la aplicación informática GMAO existente. Todo ello a su costa sin que suponga un incremento en el valor del contrato.

El adjudicatario deberá adecuar su sistema informático para adaptarse a la aplicación informática de gestión de mantenimiento utilizada por la Administración, en el plazo máximo de treinta días desde la formalización del contrato. El incumplimiento de lo establecido en este párrafo puede ser causa de resolución del contrato.

En su caso, el adjudicatario podrá proponer a la Secretaría General Técnica, el cambio de la aplicación informática existente por otra de características similares, con el compromiso de que una vez aceptada por la Administración la implantación de la misma, esta aplicación estará operativa en el plazo máximo de 30 días, sin que esto suponga coste alguno para el Ayuntamiento y con la garantía de que la utilización de esa aplicación no esta supeditada ni al adjudicatario que la implante, ni a la vida útil del presente contrato, es decir, que una vez finalizado este contrato, la Administración tenga disponibilidad de uso de la licencia y libertad para su vinculación a futuros contratos y adjudicatarios.

5.1 OPERACIONES DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES GENERALES

A título enunciativo, que no exhaustivo, según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende las siguientes actuaciones, debiéndose completar con las instrucciones o recomendaciones de los fabricantes de los equipos:

5.1.1. Construcción y elementos constructivos.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DAdemás de las labores de mantenimiento que se establezcan en el CTE y el resto de

reglamentaciones que le fueran de aplicación, se deberán realizar entre otras las siguientes labores:

Desatrancos de la red de desagües de aparatos, bajantes, arquetas, canalones y sumideros, incluidos aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización, tales como andamios, camiones de desatrancos, grúas, plataformas elevadoras, etc., y las ayudas de albañilería necesarias para acceder a estos elementos y reponer las zonas afectadas a su estado original. Se realizarán en cuantas ocasiones sean necesarios e independientemente de la causa que los origine.

Limpieza y eliminación de hojas y suciedades en los tejados, bajantes, canalones, sumideros y desagües con la periodicidad que se requiera en cada caso, incluyendo aquellos elementos que se encuentren en zonas de patios o jardines que se encuentren dentro de los recintos de los edificios. Se incluyen todos los medios auxiliares necesarios para su cometido.

Reparación de goteras producidas por desperfectos puntuales en tejados, patios, azoteas y canalones. Asimismo se incluirá la sustitución, reposición o reparación puntual de tejas, pizarras, elementos de fachada o cubierta que pudiera moverse o desprenderse, independientemente de su estado o su ubicación en el edificio. La empresa adjudicataria se hará cargo del coste que pudiera suponer la adopción de aquellas medidas de seguridad que, con carácter puntual y/o de forma provisional, fuera necesario adoptar para la ejecución de dichos trabajos.

Reparación de redes de abastecimiento de agua sanitaria y de incendios, incluidos aquellos medios auxiliares, mecánicos o de transportes necesarios para su realización y las ayudas de albañilería necesarias para acceder a estos elementos y reponer las zonas afectadas a su estado original.

Reposición de aplacados, azulejos, pavimentos y, en general, cualquier tipo de revestimiento de suelos, paredes y elementos de falsos techos, cuando éstos se manifiesten como consecuencia de una avería o desprendimientos casuales y hasta una superficie máxima de 5 m2.

Apertura y cierre de techos o tabiques de escayola con objeto de atender averías de cualquier tipo de maquinaria o instalación.

Reposiciones de barras antipánico, muelles recuperadores, manillas, pomos, elementos de cierre y, en general, cualquier tipo de herraje y componentes de los elementos de carpintería y cerrajería, de elementos tanto interiores como exteriores, sea cual sea el origen de su deterioro.

Desatranco de la red general horizontal de saneamiento del edificio, incluso restitución de 4 m. lineales de red y una unidad de arqueta.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 11/4828014 MadridT: 915 882 880

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

Retirada de escombros y limpieza de la zona afectada por las obras y en general, el desmontaje, retirada a vertedero y eliminación de cualquier elemento constructivo, de saneamiento, de cerrajería y carpintería, de vidriería, de fontanería, de electricidad, etc., cuyo desmontaje sea motivado por el montaje de otro igual o similar que lo sustituye para la función a la que estaba destinado.

Los trabajos de aislamientos y protección contra pinturas, polvo, ruidos, etc., tendentes a mantener la actividad propia del edificio afectado por las obras.

Ayudas necesarias para otros oficios en trabajos de mantenimiento.

Sellado de grietas, huecos o agujeros para evitar la polución y la entrada de frío, viento o ruido.

Labores de preparación y pintado de paramentos interiores de los edificios objeto del contrato, deteriorados como consecuencia de la utilización ordinaria del centro, hasta un máximo acumulado de 2.500 metros cuadrados.

5.1.2. Instalaciones térmicas.

Además de las labores de mantenimiento que para este tipo de instalaciones establecen el RITE y el resto de reglamentaciones que regulan las mismas, y que deberán realizarse por mantenedor autorizado, se deberán realizar entre otros las siguientes labores:

Entretenimiento y arranque de grupos electrógenos, cada tres meses. Aporte de combustible necesario para mantener lleno el depósito, al menos, en los 2/3 de su capacidad, correspondiendo el suministro de gasóleo a la empresa adjudicataria, sin coste para la Administración. Comprobar nivel de agua del radiador y estado de las correas del ventilador. Comprobar la carga de batería y su nivel electrolítico y la sustitución de éstas en caso de agotamiento.

La emisión del certificado anual del rendimiento y consumo de caldera y su tramitación ante el órgano correspondiente de la Comunidad de Madrid.

La obtención del certificado de revisión periódica de instalaciones de gas canalizado o G.L.P., conforme a la legislación vigente y sin coste para el Ayuntamiento.

La obtención del acta de reconocimiento de las instalaciones de gas natural o G.L.P., e informe de revisión periódica, conforme a la legislación vigente y sin coste para el Ayuntamiento.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 12/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D Las actuaciones necesarias para eliminar o disminuir el ruido o las vibraciones que

pueda producir ante cualquier aparato de climatización, incluyendo la colocación de “silentblocks” y aislante, sin coste para la Administración.

Todas las actuaciones puntuales tendentes a la continuidad del servicio, aún en precario.

Transmitir instrucciones a los Encargados de edificios sobre las máquinas y cuadros de control de las instalaciones, incluido los encendidos y apagados.

Comprobación del funcionamiento de las instalaciones de geotermia.

Las revisiones reglamentarias en calderas, máquinas y elementos de las instalaciones, así como las tomas de muestras necesarias y pruebas hasta conseguir un perfecto funcionamiento de la instalación.

Revisión y/o reparación de elementos de la instalación de calefacción como valvulería, llaves, detentores, latiguillos, etc., incluida la reposición de tuberías hasta 4 m.

Anualmente, y previo a la puesta en funcionamiento de las torres de refrigeración, se efectuará el tratamiento de limpieza y prevención de la legionelosis conforme a lo establecido en el R.D. 865/2003 y la Orden 1187/1998 de la Comunidad de Madrid, así como cualquier otra regulación normativa que en su momento le pudiera ser de aplicación.

Las actuaciones reflejadas en el punto anterior deberán realizarse anualmente en los aljibes o depósitos de agua para consumo humano y en los destinados a la protección contra incendios y aparatos de humectación en relación a la prevención de la legionelosis. La justificación documental de estas actuaciones será entregada a la Secretaría General Técnica.

Comprobación y reparación de los grupos de presión propios de estas instalaciones térmicas.

Revisión y reparación del sistema de gestión automatizada de las instalaciones de climatización en los edificios que cuenten con el mismo.

Revisión y mantenimiento de la temperatura de la sala donde estén instalados los equipos UPS y SAI.

Revisión y/o reparación de elementos de la instalación de climatización como compresores, tarjetas de control y/o gestión, termostatos, sondas, rejillas, fijaciones, compuertas, llaves, etc., incluida la reposición de conductos hasta 2,5 m.

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Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

Pruebas de estanqueidad, presión y purgado, así como de funcionamiento general, de las instalaciones al comienzo de temporada y siempre que sea necesario.

Limpieza periódica de la sala de máquinas o calderas, que deberá, además, estar libre de cualquier elemento extraño y que pueda dar lugar a servidumbres de cualquier tipo.

La emisión de un certificado de limpieza periódica de las chimeneas correspondientes a calderas de calefacción y agua caliente sanitaria en función de su régimen de servicio. Una vez al año para las de uso alterno (hasta 6 meses) y dos veces al año para todas las demás (de uso continuado).

5.1.3. Instalaciones eléctricas en baja tensión

Además de las labores de mantenimiento que para este tipo de instalaciones establecen el REBT y sus ITC y deberán realizarse por mantenedor autorizado, se deberán realizar entre otros las siguientes labores:

Revisión trimestral de la instalación de alumbrado de emergencia, así como la reparación de los equipos y componentes. Se incluirá la reposición de un máximo de 20 equipos al año.

Revisión y reparación de los Sistemas de Alimentación Ininterrumpida (U.P.S y S.A.I.).

Medidas de toma de tierra, una vez al año, en época estival, con aporte de sales si fuera preciso.

Presentación de los boletines de revisión de las instalaciones eléctricas, conforme al REBT y en particular el boletín de reconocimiento anual, conforme a la legislación vigente, correspondiente a locales de pública concurrencia.

En pararrayos, revisión anual de que está fijado adecuadamente, de la continuidad de la línea a tierra y la resistencia del terreno preferiblemente en época seca. Revisión y reparación de toda la instalación después de cada descarga.

Transmitir instrucciones al Encargado de edificio, o a quien corresponda, sobre el manejo de las máquinas y cuadros eléctricos, incluido el paro o fuera de servicio de las instalaciones en caso de emergencia.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 14/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D Sustitución de todo tipo de automatismo y aparellaje eléctrico, con las

modificaciones que para su instalación sean precisas en el cuadro: puertas, cerraduras, carril DIN, etc.

Revisión y reparación de baterías de condensadores y sus componentes.

Reparación de antenas de TV y su mástil o fijaciones de banderas.

Revisiones generales programadas en baja tensión, conforme a las exigencias de la normativa de aplicación en cada caso.

Revisión termográfica de los distintos cuadros eléctricos existentes en los edificios objeto del contrato y emisión del certificado correspondiente.

5.1.4. Instalaciones de seguridad en caso de incendio.

Las instalaciones de seguridad contra incendios abarcarán al conjunto de instalaciones y equipos existentes, o que pudieran incorporarse a los inmuebles, cuya finalidad esta relacionada con la protección contra incendios de los edificios, con independencia de que, directa o indirectamente, puedan estar afectadas por la regulación que la Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid, el Código Técnico de la Edificación, el Reglamento de Instalaciones de PCI o cualquier otra normativa que le fuera de aplicación.

Las actas de revisión de las instalaciones deberán estar firmadas por el técnico de la empresa que ha procedido a la revisión.

Además de las labores de mantenimiento que para este tipo de instalaciones establecen el RIPC/93 y el resto de reglamentaciones que regulan las mismas, y que deberán realizarse por mantenedor autorizado, se deberán realizar entre otros las siguientes labores:

Revisión trimestral de la instalación de pulsadores de alarma y/o sistemas de detección automática de incendios, incluida su central de control, independientemente del sistema utilizado, incluida la sustitución de pilotos, sirenas, fusibles, pulsadores, filtros y cualquier otro elemento o componente de la misma que se encuentre defectuoso o deteriorado.

Revisión trimestral de la instalación de retenedores electromagnéticos de puertas y compuertas, incluida la sustitución de cualquier elemento o componente de la misma que se encuentre defectuoso o deteriorado.

Revisión trimestral de la dotación de extintores existentes en los edificios objeto del contrato, incluida el retimbrado de los mismos, la recarga en caso de descarga

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Docasional y su reposición hasta un máximo de 5 unidades en caso de sustracción, deterioro o caducidad.

Revisión trimestral de la red de bocas de incendio equipadas existente en los edificios objeto del contrato, incluido el retimbrado y la sustitución de aquellos equipos y componentes de la misma que se encuentren defectuosos o deteriorados.

Revisión trimestral de las instalaciones de extinción automática de incendios, incluida la sustitución de aquellos elementos o componentes de la misma que se encuentren defectuosos o deteriorados.

Revisión trimestral y puesta en funcionamiento de los sistemas de abastecimiento de agua contra incendios, incluida la sustitución de aquellos elementos, accesorios o componentes de la misma que se encuentren defectuosos o deteriorados.

Confección y suministro de instrucciones de manejo y actuación en caso de emergencia de las instalaciones de seguridad contra incendios, con reinstalación de carteles, planos y señalización, en su caso.

En caso de deterioro o cambio de normativa, reposición de señalética de incendios y evacuación si fuera necesario.

5.1.5. Mástil, mecanismos y componentes de la bandera de los Jardines del Descubrimiento en la plaza de Colón

Exclusivamente serán objeto de mantenimiento preventivo y correctivo en estos elementos las siguientes labores:

Revisión mensual del cuadro eléctrico, mecanismos y motor de izado y arriado, ubicados todos ellos a una cota máxima de 2 m.

Presencia de un oficial 1ª electricista durante el acto de izado y arriado de bandera.

Pintado y tratamiento antigrafitis, con carácter, anual de la base del mástil hasta una altura de 6 metros.

5.2 MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO DE LAS INSTALACIONES NO GENERALES

Según la especialidad de que se trate, este mantenimiento comprende:

5.2.1 Construcción y elementos constructivos.

Mecanismos de accionamiento de persianas, y todas sus partes, como cintas, ejes, motores, cierres, etc.

Todo lo referente a cercos, tapajuntas, molduras y junquillos. Mecanismos de fijación y orientación en celosías de lamas o paneles. Reposición de lamas verticales y horizontales en persianas y celosías, hasta un 25%

de su número.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D Reparación, ajuste y sujeción de las hojas de madera o metálicas en puertas y

ventanas, tanto interiores como exteriores. Reposiciones de barras antipánico, muelles recuperadores, manillas, pomos,

elementos de cierre y, en general, cualquier tipo de herraje y componentes de los elementos de carpintería y cerrajería, de elementos interiores, sea cual sea el origen de su deterioro.

Reposición de cerraduras o bombines de cerraduras de puertas y taquillas por deterioro o pérdida de llaves.

Remates y retoques en pinturas, por deterioro casual, hasta un máximo de 15 m.2 por despacho, sala o almacén.

Reposición de todo tipo de vidrios y espejos, con retirada de restos y limpieza del galce, colocación, sellado y estanqueidad. Se excluyen los actos vandálicos que afecten a más del 25% de la superficie acristalada exterior del edificio.

Reposición y arreglo de grifería y valvulería de todo tipo: llaves, grifos, latiguillos, fluxores, etc., incluso la reposición de tuberías hasta 4 m.

Reposición de los accesorios y mecanismos de cisternas. Reposiciones de desagües, sifones, sumideros, botes sifónicos, etc., incluido sus

correspondientes desatrancos, en su caso. Reposición de rejillas, sumideros o tapas de arquetas. Sujeción y ajustes de aparatos sanitarios y su sustitución si fuera preciso. Sustitución de tapas de inodoros. Retirada de escombros y limpieza de la zona afectada por las obras. Los trabajos de aislamientos y protección contra pinturas, polvo, ruidos, etc.,

tendentes a mantener la actividad propia del edificio afectado por las obras. (se ha incluido también en las instalaciones generales)

5.2.2 Instalaciones eléctricas en baja tensión.

Sustitución de todo tipo de lámparas y/o luminarias: halógenas de cualquier tipo, incandescentes de cualquier tipo, halógenas de doble envoltura y de vela; lámparas reflectoras de incandescencia, lámparas fluorescentes de cualquier tipo, lámparas fluorescentes compactos de cualquier tipo, lámparas Par, lámparas de vapor de mercurio, etc.

Reparación, sustitución, modificación o traslado del llamado pequeño material eléctrico: tomas de corriente, interruptores de encendido, pulsadores, pilotos de señalización, lámparas, timbre, tomas de antena de televisión, etc.

5.2.3 Otros trabajos.

Retirada y traslado a vertedero de maquinaria y equipos obsoletos y deteriorados, sin coste para la Administración.

Reparaciones menores de mobiliario, sin incluir el suministro de material, que será a cargo del Ayuntamiento de Madrid.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D Reparación de mástiles o fijaciones de banderas ubicadas en los edificios objeto del

contrato. Realización de mediciones sonoras, de temperatura, humedad, etc., para la cual

deberá disponerse de los aparatos de medición homologados correspondientes. Limpieza periódica de patinillos, cuartos eléctricos, cuartos técnicos, salas de

máquinas y cuartos de calderas, que deberán, además, estar libres de cualquier elemento extraño y que pueda dar lugar a servidumbres de cualquier tipo.

Otros trabajos menores.

CLÁUSULA SEXTA.- PLAN BÁSICO DE ACTUACIONES Y FRECUENCIA DEL MANTENIMIENTO PREVENTIVO

Las empresas licitadoras presentarán, en el plazo máximo de 30 días desde la firma del contrato, una memoria descriptiva de la propuesta de mantenimiento preventivo y su ejecución, adaptado a la aplicación informática actualmente implantada, o que pudiera implantarse, para la gestión de mantenimiento (GMAO).

En este sentido, cuando la empresa adjudicataria proponga el cambio a una nueva aplicación GMAO, se deberá justificar la mejora que este cambio proporciona, siempre conforme a lo establecido en el tercer párrafo de la Cláusula 5ª y con la condición de no suponer gasto alguno para la Administración.

Con independencia de las actuaciones imprevistas, por averías o incidencias que hicieran falta, el programa de actuaciones recogido en la cláusula cuarta, que ha de confeccionarse por el adjudicatario y aprobado por los servicios técnicos de la Gerencia de la Ciudad, deberá, como mínimo, basarse en las directrices de actuaciones y frecuencias que a continuación se exponen, pudiéndose cambiar los criterios en aquellas actuaciones que así se acuerden.

En todo caso, para cualquier equipo o instalación no especificada en los siguientes apartados, se seguirán las instrucciones y recomendaciones que establezca el fabricante, con la periodicidad correspondiente.

Según las distintas especialidades y de forma general, se seguirán los planes siguientes:

6.1. Climatización

6.1.1. Equipos de climatización

Trimestralmente

- Comprobación de carga de refrigerante y ausencia de fugas.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 18/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Comprobación de las presiones de refrigerante.- Comprobación del consumo de los compresores.- Comprobación del consumo de los motores/ventiladores.- Control de la temperatura de impulsión/retorno del aire.- Verificación de los saltos térmicos en intercambiadores- Comprobación del cuadro de control.- Verificación del estado y alineación de correas.- Verificación de ausencia de ruidos y vibraciones anómalas.- Comprobación del estado y reapriete de anclajes y sujeciones.- Comprobación del estado de desagües y rebosaderos.- Comprobación del estado de la toma de aire y exterior, y regulación si procede.- Verificación del estado de engrase de los rodamientos.- Verificación del estado de limpieza de las baterías.- Verificación del estado y funcionamiento de las sondas de temperatura y humedad.- Limpieza o sustitución de filtros, según proceda.- Verificación del estado de amortiguadores.- Comprobación de los caudales de aire o agua.- Comprobación de los accesorios de control.

6.1.2. Torres de refrigeración y humectadores

Previamente a la puesta en funcionamiento de las torres de refrigeración y humectadores y con la periodicidad establecida en la normativa vigente, se efectuará el tratamiento de limpieza y prevención de la legionellosis, realizando el análisis microbiológico de la legionella y el análisis físico-químico del agua durante los meses de uso de los mismo, así como todas aquellas actuaciones recogidas en el RD 865/2003 de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis y en la Orden 1187/1998, de 11 de junio, de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan los criterios higiénicos-sanitarios que deben reunir los aparatos de transferencia de masa de agua en corriente de aire y aparatos de humectación para la prevención de la legionelosis, en aquello que no se oponga a lo establecido en el citado Real Decreto.

Diariamente

- Comprobar el funcionamiento normal y la no existencia de ruidos anómalos,- Observar que el sistema de refrigeración de cojinetes, prensaestopas funciona

correctamente

Semanalmente

- Confección del parte de control anotando todas las condiciones de funcionamiento, presiones, temperaturas, niveles, etc., de todos los elementos.

- Limpieza de la sala de máquinas.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 19/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DMensualmente

- Verificación del nivel y estado del aceite de los compresores.- Verificación del nivel de refrigerante.- Comprobar la ausencia de humedad en el circuito refrigerante.- Verificación y ajuste de interruptores de flujo.- Engrase de mecanismos neumáticos o eléctricos de regulación.- Comprobación y ajuste de termostatos y programadores reóstato de mando,

seguridad y maniobra.- Limpieza del equipo de purga de incondensables.- Verificación del control de capacidad de los compresores.- Comprobar el funcionamiento de la resistencia del cárter eléctrico.- Limpieza del depósito humidificador.- Comprobación de la circulación de aire en las baterías.- Limpieza de filtros de aire y agua.

Semestralmente

- Limpieza de condensadores.- Engrase de rodamientos y cojinetes.- Comprobación de acoplamientos y alineaciones.- Limpieza de depósitos de purga.- Ajuste y contraste de manómetros y termómetros.- Contraste y regulación de válvulas automáticas y de seguridad.- Comprobación de aislamientos.- Cambio de filtros.- Limpieza de evaporadores.- Comprobación de las válvulas de expansión.- Control y recarga de refrigerante.- Comprobación de estanquidad en bandejas.- Comprobación de estanquidad en baterías y evaporadores.- Limpieza y verificación de pulverizadores.

6.1.3. Equipos Autónomos y Fan-coils en todas las dependencias donde existan.

Mensualmente

- Limpieza de filtros o reposición según estado.- Contrastar la no existencia de ruidos anormales.- Verificación de toberas.- Verificar ausencia de humedad en el circuito refrigerante.- Comprobación de termostatos.- Purga de la batería de agua si fuera necesario.- Comprobación de anclajes y vibraciones.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 20/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Comprobar obstrucciones en la bandeja del condensador.- Comprobar presiones y temperaturas en evaporador y condensador.- Comprobar presiones y temperaturas de entrada y salida en intercambiadores.- Comprobar el funcionamiento de los actuadores.

Semestralmente:

- Limpieza de bandejas de condensación y red de desagües.- Verificar el grupo moto-ventilador, incluso alineaciones.- Comprobación del inversor de invierno-verano.- Comprobar el estado de las correas de transmisión, si las hubiera.- Comprobación del interruptor de flujo de aire.- Comprobación de presostatos y termostatos de seguridad.- Limpieza de circuitos intercambiadores.- Revisión de juntas y aislamientos.- Revisión y corrección de fugas en el circuito frigorífico.- Limpieza de evaporadores y condensadores (exteriormente)

Anualmente:

- Comprobación del estado del aceite y su cambio si fuese preciso.- Repaso de pinturas.- Comprobar que los bornes de conexión eléctricos están correctamente apretados.- Contraste y ajuste de programadores.- Contraste y ajuste de termómetros y manómetros.

6.1.4. Grupos de presión y bombeo.

Diariamente:

- Comprobación de que no existen calentamientos anormales en cojinetes.- Comprobación del estado de prensaestopas y fugas.- Purga del compresor de aire, si lo hubiere.- Comprobar que los desagües de refrigeración no están obstruidos.- Verificar la no existencia de vibraciones.- Comprobar las presiones de aspiración y descarga.- Comprobar la presión de servicio del grupo.- Comprobar tensión de red.

Mensualmente:

- Verificación del estado de acoplamiento.- Comprobación y ajuste de alineaciones.- Limpieza de filtros de aspiración.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 21/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Comprobación por fases de consumos eléctricos.- Parar bombas en servicio y arrancar las de reserva.- Comprobar manualmente el giro libre de las bombas paradas.- Comprobar el estado de la membrana o regulación de la cámara de aire del grupo.- Arranque y comprobación del funcionamiento del grupo de presión y bombeo en su

conjunto.

Anualmente:

- Cambiar los rodamientos de bomba y motor.- Limpieza y engrase de las válvulas del conjunto bomba-grupo.- Apertura y cierre total de válvulas generales.

Todas estas actuaciones se aplicarán igualmente a los grupos de presión de los demás sistemas de los edificios (agua sanitaria y protección contra incendios)

6.1.5 Extractores, ventiladores y difusores.

Mensualmente:

- Comprobar la no existencia de calentamientos anormales.- Comprobar la tensión de las correas de transmisión.- Verificar la inexistencia de ruidos y vibraciones.- Comprobar que los equipos giran libremente con la mano.- Verificar el estado de los anclajes.- Comprobar los bornes de conexión y la toma de tierra.- Comprobar el funcionamiento de las compuertas cortafuegos.- Comprobar las holguras anormales del eje.

Semestralmente:

- Engrase de casquillos y rodamientos.- Limpieza de palas o álabes.- Comprobar el desgaste de ejes o cojinetes.- Comprobar el acoplamiento y alineaciones motor-ventilador.- Comprobación del aislamiento eléctrico.

6.1.6 Aparatos recuperadores de calor.

Semestralmente:

- Revisión y limpieza de aparatos de recuperación de calor.

6.1.7 Sistemas de control automático de la climatización

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 22/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DAnualmente:

- Revisión por empresa especializada, del sistema de gestión centralizada de climatización en los edificios que dispongan del mismo.

6.2. Calefacción y agua caliente sanitaria

6.2.1. Calefacción

Diariamente:

- Comprobación de que no existen calentamientos anormales en cojinetes.- Comprobación del estado de prensaestopas y fugas.- Purga del compresor de aire si lo hubiera.- Comprobar que los desagües de refrigeración no están obstruidos.- Verificar la no existencia de vibraciones.- Comprobar las presiones de aspiración y descarga.- Comprobar la presión de servicio del grupo.

Mensualmente:

- Verificación del estado de acoplamiento. - Comprobación y ajuste de alineaciones.- Limpieza de filtros de aspiración.- Comprobación por fases de consumos eléctricos.- Parar las bombas en servicio y arrancar las de reserva.- Comprobar manualmente el giro libre de las bombas paradas.

Anualmente:

- Cambiar los rodamientos de bomba y motor.- Limpieza y engrase de las válvulas del conjunto bomba-grupo.- Apertura y cierre total de válvulas generales.

6.2.2 Calderas

Quincenalmente:

- Comprobación del consumo de combustible, energía eléctrica y agua.- Comprobación de la temperatura o presión del fluido portador en entrada y salida.- Comprobación de la temperatura ambiente en sala de máquinas.- Comprobación de la temperatura de los gases de combustión.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 23/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Comprobación del contenido de CO.- Comprobación del índice de opacidad de los humos.- Comprobación del tiro en la caja de humos de la caldera.

Mensualmente:

- Comprobación de la estanqueidad de cierre entre quemador y caldera- Comprobación de niveles de agua en circuitos.- Comprobación del tarado de elementos de seguridad.- Revisión del estado del aislamiento térmico.

Semestralmente

- Limpieza del circuito de humos de calderas.- Comprobación del material refractario- Revisión general de calderas individuales.- Comprobación estanquidad de válvulas de interceptación.- Revisión y limpieza de filtros de agua.- Revisión del sistema del control automático.

6.2.3. Quemadores

Mensualmente

- Limpieza de los equipos- Revisión de electricidad- Limpieza y verificación de electrodos.- Limpieza y verificación de mirilla.

Semestralmente

- Verificación del programador y transformador de encendido.- Verificación de seguridades y enclavamiento de quemadores.- Verificación de la regulación de presión del combustible.- Revisión de motores eléctricos.

6.2.4. Termos eléctricos

Semestralmente:

- Comprobación del funcionamiento del termostato.- Medidas de consumo eléctrico a plena carga.- Comprobación de la puesta a tierra.- Medida de la temperatura de salida del agua con el consumo del agua nominal.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 24/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Limpieza de los elementos de resistencia eléctrica en caso necesario.- Revisión y sustitución de los ánodos de sacrificio en caso necesario.- Accionamiento de las válvulas de seguridad.- Repaso general de pintura.- Medida de espesores de pared en los tubos de los principales ramales mediante una

galga electrónica.

6.2.5 Secamanos.

Trimestralmente

- Comprobación del funcionamiento.- Limpieza de los elementos de resistencia eléctrica en caso necesario.

6.3. Electricidad.

6.3.1. Cuadros eléctricos

Mensualmente:

- Comprobación de los mecanismos de disparo de disyuntores, seccionadores, etc.- Comprobación de fusibles, lámparas y equipos de medida (voltímetros y

amperímetros) de cada cuadro.- Verificación de la toma de tierra y aislamientos.- Revisión visual de los interruptores automáticos magnetotérmicos, interruptores

diferenciales y comprobación de sus accionamientos.- Revisar funcionamiento y maniobra correcta de los pulsadores revisando contactos

y procediendo a su sustitución si fuera necesario.- Comprobación del buen funcionamiento de los contactos manuales.

Trimestralmente:

- Reapriete de bornes y regletas.- Limpieza general de cuadros.- Revisión de tensiones en bobinas.- Revisión de contactos, comprobando presiones y holguras.- Engrase de accionamientos mecánicos y comprobar ajustes.- Revisar efectividad de los enclavamientos.

Semestralmente:

- Engrasar contactos con vaselina neutra.

6.3.2. Telerruptores, contactores, relés y fusibles.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 25/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

Mensualmente

- Comprobar su correcto funcionamiento.- Revisar el estado de aislamientos.- Revisar los accionamientos mecánicos y comprobar las escalas de tiempo, etc.- Comprobar el apriete de las conexiones y bornes.- Observar vibraciones y zumbidos.- Comprobar que no existe chispa excesiva en los contactos.

Trimestralmente:

- Comprobación y limpieza de las bobinas.- Revisar y engrasar mecanismos observando que se mueven libremente.- Comprobar tensiones de desconexión o caída.- Revisión y sustitución de contactos si fuera necesario.- Comprobar consumos reales y comparar con el calibrado de los fusibles.

Semestralmente:

- Engrasar contactos con vaselina neutra.

6.3.3. Motores Eléctricos

Mensualmente:

- Comprobar mediante el accionamiento a mano que el motor gira suavemente.- Revisar el estado de apriete de los pernos de conexión eléctrica y la puesta a tierra.- Observar el grado de calentamiento por si fuera anormal.- Comprobar el estado del ventilador.- Observar vibraciones anormales y revisar puntos de anclaje.

Semestralmente:

- Engrase de rodamientos y comprobar su desgaste.- Comprobación de holguras anormales.- Comprobación del aislamiento eléctrico.- Revisión del estado de pintura.

6.3.4 Batería de condensadores

Semestralmente:

- Limpieza general del equipo- Verificación estado de funcionamiento

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Limpieza interruptor general- Limpieza de contactores, fusibles y conexiones.- Reapriete de conexiones.

6.3.5. Alumbrado

Semanalmente:

- Inspección ocular comprobando si hay algún punto de luz fundido o en mal estado.

Mensualmente:

- Revisión y comprobación de los mecanismos de encendido y cajas de fusibles.

Trimestralmente:

- Revisión de cebadores, portacebadores y reactancias.- Revisión de rejillas antideslumbrantes y difusores.

6.3.6. Alumbrado de emergencia

Mensualmente

- Revisión de la instalación de alumbrado de emergencia.

6.3.7. Pararrayos

Mensualmente

- Medición de resistencias de tomas de tierra y anotación.- Regado de pozos y conservación.- Revisión de conexiones.- Limpieza de contactores, fusibles y conexiones.

6.4 Grupos de Continuidad.

6.4.1 Sistemas de alimentación ininterrumpida (U.P.S. y S.A.I)

Mensualmente:

- Control de la fuente de alimentación- Comprobación del buen funcionamiento de by-pass manual formado por dos

interruptores, para la alimentación directa de la carga desde la red.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 27/4828014 MadridT: 915 882 880

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D- Controlar calentamientos anormales.

Anualmente

- Engrasar contactos con vaselina neutra.

6.4.2. Grupos electrógenos

Mensualmente:

- Comprobación del estado del grupo electrógeno. Comprobación del nivel del agua del radiador y estado de las correas del ventilador. Comprobación de las cargas de la batería y su nivel electrolítico, etc.

- Comprobación del nivel de los depósitos de gasóleo.

Trimestralmente

- Entretenimiento y arranque de los grupos electrógenos. A estos efectos se programará un corte de luz en el edificio que podrá realizarse en sábado o festivos, sin coste para la Administración.

Anualmente

- Revisión completa, por empresa especializada, de los grupos electrógenos de los edificios. El informe del resultado de estas revisiones será remitido a la Secretaría General Técnica.

6.5. Red general de saneamiento.

Anualmente:

- Revisión del estado de pozos, arquetas, sifones, cámaras de descarga y aliviaderos.- Revisión del estado de los colectores con sus entronques en arquetas.

6.6. Fontanería.

Trimestralmente:

- Revisión de redes de distribución, comprobando estanqueidad, goteo y humedades en juntas y soldaduras.

- Revisión de grifos, válvulas y llaves de paso, comprobando hermeticidad y prensas.- Revisión y comprobación de válvulas de retención y fluxómetros.- Revisión del estado de soportes y aislamientos.- Revisión de todos los aparatos sanitarios, comprobando fijaciones y conexiones.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

Anualmente:

- Limpieza y engrase de válvulas generales al tiempo que se procede a su apertura y cierre.

- Reapriete de prensas o sustitución de empaquetaduras de dichas válvulas.- Limpieza de depósitos y/o aljibes.

6.7. Protección contra incendios.

Mantenimiento de las instalaciones de protección contra incendios, ajustándose a la normativa vigente aplicable a este tipo de servicios, en concreto:

- Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, aprobado por Real Decreto 1942/1993, de 5 de Noviembre y su modificación por la Orden de 16 de abril de 1998.

- Código Técnico de la Edificación (R. D. 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación).

- Ordenanza de Prevención de Incendios del Ayuntamiento de Madrid.

El mantenimiento consistirá en las revisiones periódicas de todos y cada uno de los sistemas de detección, extinción y alarma objeto del contrato, realizando las operaciones de recarga, retimbrado, verificaciones, ajustes, comprobaciones, etc., con el fin de asegurar la correcta operatividad de los sistemas. En general, se efectuarán todas las operaciones, de la forma y con la periodicidad establecida en la normativa anteriormente señalada y las establecidas por el fabricante en cada caso.

6.8. Líneas de vida

Anualmente

Mantenimiento y revisiones a las líneas de vida existentes en las cubiertas de los edificios municipales, así como la emisión del certificado anual correspondiente, en cumplimiento de la Directiva Europea 89/656/CE y las normativas europeas EN 795 y EN 365 o cualquier otra normativa que le fuera de aplicación a este tipo de instalaciones.

6.9. Sistemas de conteo de personas o control de aforo.

Anualmente

Mantenimiento y revisión de los sistemas de detección, cambio de baterías, actualización del software, en caso de existir versión superior a la instalada, así como la reinstalación del software en caso de cambio o avería del PC en el que está instalado o cambio en el sistema operativo del mismo PC, sin que ello suponga coste alguno para la administración.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 29/4828014 MadridT: 915 882 880

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

6. 10. Otras instalaciones.

Mensualmente

- Inspección de las puertas y ventanas de los edificios, con especial atención a las puertas de entrada a los mismos y a las de mayor uso, para comprobar su estado y funcionamiento. Se revisarán y repondrán, en caso de ser necesario, todos los elementos de las mismas (soportes, hojas móviles, ejes de giro, tiradores, etc.). Se revisarán, además, las estructuras de cristal, expositores, etc.

- Inspección y limpieza de hojas y suciedades en los tejados, bajantes, canalones, sumideros y desagües en todos aquellos edificios que requieran este tipo de actuación.

Semestralmente

Sistema de armarios móviles compactos (archivadores) instalados en los edificios objeto del contrato.

La revisión deberá incluir:- Revisión y ajuste del sistema de tracción.

- Volantes.- Desmultiplicaciones.- Rodaduras.

- Limpieza de los carriles guía.- Engrase del sistema de tracción.- Alineación de carros de desplazamiento.- Revisión y ajuste de bastidores, puertas, cerraduras, plataforma y zócalos.

El mantenimiento de estos elementos es sólo preventivo, por cuanto que no se incluye la realización de presupuesto, reparación de averías o cualesquiera otras operaciones que no sean estrictamente las señaladas en la anterior enumeración. Por lo tanto, tampoco opera para ellos la franquicia para la reposición de piezas, que habrán de ser adquiridas por el Ayuntamiento de Madrid directamente al fabricante de los armarios móviles compactos.Para la atención de las averías (mantenimiento correctivo) se contratarán los servicios de la empresa fabricante –OFITA INTERIORES, SA-, ya que es la única que fabrica y suministra los componentes de estos armarios.

CLÁUSULA SÉPTIMA.- CONTROL DEL SERVICIO

El control del servicio se realizará por la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad en base a los criterios de los técnicos municipales competentes en esta materia.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D7.1. Deberá diseñarse una HOJA DE CONTROL que se utilizará de la forma siguiente:

Hoja de Control – Parte de inspección referida a las inspecciones mensuales y revisiones en las que se examina el estado en que se encuentran las instalaciones y no precisan intervención de mano de obra. El incumplimiento de esta inspección mensual podrá considerarse falta grave.

Hoja de Control – Parte de trabajo- Referido a las labores de revisión preventiva o a ejecución de un trabajo de conservación correctiva tanto si se ha detectado y corregido en el momento de la inspección, como si ha sido producto de un aviso solicitando una intervención.

Las Hojas de Control, tanto las de Partes de Inspección como las de Partes de Trabajo, deberán entregarse con periodicidad mensual a la Secretaría General Técnica, describiendo los trabajos realizados. Además las Hojas de Control contendrán los siguientes datos:

- Nº de identificación.

- Código del Edificio, nombre propio o de su actividad, así como su emplazamiento. Todo ello de acuerdo con la Relación de Edificaciones de Uso Municipal.

- Fecha de la inspección.

- Detalles de las deficiencias observadas por el adjudicatario, como resultado de las verificaciones realizadas. En caso de que la inspección dé como resultado la ausencia de anomalías de los elementos observados, se anotará en buen estado o funcionamiento correcto, según de lo que se trate.

- Identificación y firma del responsable del edificio que asistió a la inspección. No obstante, un sello que recoja el nombre de la dependencia municipal podrá ser válido en el lugar de la firma.

- Identificación y firma del técnico de la empresa adjudicataria, con indicación del número del carné que le permite el acceso a las instalaciones del edificio.

- Cualquier otro dato de interés se podrá incluir en el apartado de observaciones.

La inspección mensual a las instalaciones es una visita de trabajo y deberá justificarse con la observación del estado o funcionamiento de los elementos que componen el objeto de la inspección.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DLas deficiencias u omisiones en los Partes de Inspección de desperfectos o averías

detectados y no declarados, si se comprueba su existencia en las fechas de inspección, serán reparados por cuenta del adjudicatario, con independencia de las actuaciones que dicha negligencia diera lugar.

Es obligatorio que tanto en las inspecciones periódicas y en las revisiones preventivas, como en las intervenciones por aviso, una de las copias de los partes de inspección y/o de trabajo queden en poder del Encargado del Edificio.

7.2 Informes de seguimiento

7.2.1 Documentación del seguimiento.

Una vez finalizado el mes, junto con la factura de los servicios prestados, se acompañará resumen de las actividades de mantenimiento preventivo realizadas, así como el documento técnico establecido en la cláusula cuarta del presente pliego, que contiene el registro mensual de las actuaciones correctivas efectuadas en cada edificio objeto del contrato.De igual forma, trimestralmente se deberá incluir junto con la factura los informes referidos en el apartado 7.2.2

7.2.2 Informes de inspección.

Como complemento del seguimiento de las tareas de mantenimiento efectuado en cumplimiento del presente pliego, a solicitud de la Secretaría General Técnica, se realizarán inspecciones de los edificios que se determinen. En estas inspecciones, si se estima conveniente, estarán presentes técnicos municipales.

Deberá elaborarse por el adjudicatario un informe con el resultado de las citadas inspecciones, que deberá ser entregado a la Secretaría General Técnica en un plazo de siete días desde la fecha de la inspección.

Asimismo, se entregarán los siguientes informes con carácter trimestral:

- Revisión de filtros de climatizadores, equipos autónomos y fancoils.- Revisión de bajantes, canalones, sumideros y desagües.

El incumplimiento de estas inspecciones podrá considerarse falta grave, ya que su inobservancia supondría el deterioro del Patrimonio Municipal.

7.2.3 Informes de empresas autorizadas o especializadas.

Deberá entregarse a la Secretaría General Técnica, conforme a lo indicado en las cláusulas 5ª, 6ª y 7ª del presente Pliego, los siguientes informes realizados por las empresas

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Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Despecializadas o autorizadas por la Administración competente en cada materia, subcontratadas por el adjudicatario:

- Informe de revisión anual de los sistemas de alimentación ininterrumpida (UPS y SAI's) instalados en los edificios que dispongan de ello.

- Informe de revisión anual de los grupos electrógenos existentes en los edificios objeto del contrato.

- Informe de revisión anual del sistema de control automático de climatización en los edificios objeto del contrato.

- Informe de revisión anual de las instalaciones de protección contra incendios de los edificios.

- Auditoria externa, con carácter anual, conforme a la cláusula 7.3.- Informe de revisión anual de las líneas de vida de los edificios adscritos a la

Gerencia de la Ciudad, conforme a lo indicado en el apartado 6.8 del presente pliego.

- Informe de revisión anual de la Calidad Ambiental y de los Conductos de Climatización (según IT 3.3. del RITE) en los edificios objeto del contrato.

- Informe de revisión de los sistemas de calefacción, agua caliente sanitaria y aire acondicionado tras la inspección correspondiente, con la periodicidad indicada en el RITE, y que incluirá la calificación del estado de la instalación, así como recomendaciones para mejorar en términos de rentabilidad la eficiencia energética de la instalación inspeccionada.

- Informe de revisión y analítica del tratamiento de los aljibes y aparatos de humectación en relación a la prevención de la legionelosis, (según RD 865/2003 de 4 de julio y en la Orden 1187/1998, de 11 de junio, de la Comunidad de Madrid).

- Informe anual de la actualización y correcto funcionamiento de la aplicación informática GMAO implantada para la gestión de mantenimiento.

- Informe de revisión anual con indicación del estado de las baterías de los equipos, funcionamiento de los sistemas de detección en los accesos y vigencia del software de los equipos de conteo de personas de los edificios adscritos a la Gerencia de la Ciudad.

- Informe anual de revisión sobre el estado de los equipos de producción de frío y/o calor (calderas, enfriadoras y/o condensadoras), correspondientes a instalaciones cuya potencia sea superior a 75 Kw. Dicho informe será emitido por el fabricante de los equipos, debiendo hacer referencia a la viabilidad, eficiencia y estado de conservación de los mismos.

- Informe anual del resultado del análisis de termografía de los diferentes cuadros eléctricos existentes en los diferentes edificios objeto del contrato.

Junto al informe de las citadas empresas, se deberá acompañar documento de la empresa adjudicataria del mantenimiento con indicación de las medidas adoptadas en función de las deficiencias o recomendaciones señaladas en dichos informes, al que se

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 33/4828014 MadridT: 915 882 880

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Dadjuntará, en su caso, presupuesto de las actuaciones a realizar no contempladas como obligación del adjudicatario en el presente pliego.

Del mismo modo, deberá presentarse este documento en el caso de los informes que se elaboren por las empresas autorizadas encargadas del mantenimiento de aljibes y aparatos de humectación en relación a la prevención de la legionelosis.

7.2.4. Otros informes

La empresa adjudicataria tendrá la obligación de remitir a la mayor urgencia posible informe sobre cualquier incidente relevante que se haya producido en cualquiera de los edificios que figuran en el Anexo de este pliego relacionado con las tareas de mantenimiento contempladas en el mismo. Asimismo, deberá emitir, informe a solicitud de la Secretaría General Técnica, sobre cualquier aspecto derivado de la ejecución del contrato.

Además de los informes obligatorios establecidos en el presente pliego, podrá establecerse por la Secretaría General Técnica la obligación de emitir informes periódicos sobre el funcionamiento de cualquiera de las instalaciones o elementos constructivos de los edificios citados.

La empresa adjudicataria, con la extinción de la relación contractual y junto con la última factura, entregará a la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad un informe detallado del estado en que se encuentran los servicios, obras e instalaciones objeto del contrato. Dicho informe incluirá una relación de las actuaciones habidas a lo largo de la vigencia del contrato así como los resúmenes estadísticos de interés. La falsedad de lo reflejado en el citado informe con la realidad que pudiera constatarse en los edificios será considerado falta muy grave y supondrá la aplicación de las sanciones administrativas que en derecho correspondan.

Esta documentación constará de una copia escrita de dicho informe y del soporte informático correspondiente. La última factura no se certificará en tanto existan trabajos o suministros pendientes de realizar o inconclusos.

Asimismo, el adjudicatario deberá presentar, durante la ejecución del contrato, aquellos certificados que son de obligado cumplimiento según la reglamentación vigente, sobre las instalaciones que son objeto de su competencia.

7.3. Auditoria Externa.

Con objeto de llevar a cabo un mejor seguimiento en el cumplimiento del servicio y de las medidas de control de la calidad en que éste se presta, deberán concertarse, mediante auditoría externa, con cargo a la empresa adjudicataria, la verificación de todos los aspectos relacionados en los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares, a través de un informe anual emitido por una empresa auditora externa y que se entregarán a los representantes de la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

El adjudicatario deberá aportar una terna de empresas auditoras, independientes del contratista, para que la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad elija, de entre las tres, la que considere más conveniente. Esta terna se incluirá en la documentación a presentar previamente a la formalización del contrato. Una vez elegida la empresa auditora por la Administración, el adjudicatario deberá proceder a su contratación en los dos primeros meses de ejecución del mismo.

El incumplimiento de los plazos referidos, será considerado una falta grave, lo que podrá dar lugar a la imposición de las penalidades correspondientes.

CLÁUSULA OCTAVA. MEDIOS PERSONALES

En la realización de los trabajos previstos dentro del mantenimiento objeto del contrato, se contará con profesionales de cada uno de los sectores comprendidos en el mismo, que a su vez estarán apoyados técnica y profesionalmente por la estructura de la empresa adjudicataria a la cual pertenecen.

El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección en la ejecución de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a la que este pliego obliga.

La empresa adjudicataria está obligada al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales. El Ayuntamiento quedará eximido de toda relación laboral, económica o jurídica con el personal del adjudicatario, así como con las empresas que pudieran establecer subcontratas con aquél.

En el mantenimiento técnico de las instalaciones, el personal cualificado que preste sus servicios será polivalente en los sectores siguientes:

- Electricidad.- Construcción.- Climatización.- Sistemas de ventilación.- Fontanería y saneamiento.- Sistemas de control y gestión de instalaciones.- Protección Contra Incendios.- Prevención de Riesgos Laborales.- Otros.

8.1. Responsable del Servicio.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DLa empresa adjudicataria, durante el período de vigencia del contrato, designará un

responsable máximo de la empresa, que será el interlocutor oficial válido ante la Secretaría General Técnica, que podrá formar parte al mismo tiempo del personal técnico titulado adscrito al servicio. Dicho responsable ejercerá todas las funciones de control, supervisión y gestión técnica de los recursos propios y los que se establezcan como apoyo a los servicios generales de los edificios objeto del contrato (control de consumos energéticos, subcontratos de empresas externas, etc.).

Este Responsable del Servicio, encargado de coordinar los trabajos e interlocutor válido con la Gerencia de la Ciudad, tendrá como mínimo titulación de Técnico de Grado Medio, y contará con una experiencia mínima de tres años en seguimiento y control de trabajos de mantenimiento de edificios e instalaciones.

El Responsable del Servicio tendrá dedicación completa al seguimiento del contrato y se reunirá, como mínimo, semanalmente con los responsables técnicos de la Secretaría General Técnica para la supervisión del servicio. El responsable o persona que le sustituya, podrá ser contactado en cualquier momento las veinticuatro horas del día, los 365 días del año, por la administración contratante, pudiendo requerirse su presencia en el edificio en cualquier momento, incluso fuera de la jornada laboral, sin coste alguno para la Administración.

La Administración se reserva el derecho de exigir un cambio en el interlocutor (Responsable del Servicio) designado por la empresa, sin necesidad de justificación previa.

8.2. Personal mínimo.

La empresa adjudicataria deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado, para lo cual habrán de contar, como mínimo, con los medios personales en plantilla y otros medios propios que se señalan a continuación.

Dentro de la prestación del servicio de mantenimiento, la empresa adjudicataria contará, como mínimo, con los medios personales siguientes:

Un Técnico de Grado Medio, que será el interlocutor válido de la empresa adjudicataria (Responsable del Servicio) con los técnicos de la Gerencia de la Ciudad.

Un encargado general.

4 equipos de electricistas, formados por oficial electricista y ayudante electricista. 4 equipos de climatización y fontanería, formados por oficial frigorista y ayudante. Una cuadrilla de albañiles, compuesta por oficial, ayudante y peón. Un equipo de carpintería y cerrajería, compuesto de oficial y ayudante.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D Un equipo polivalente, formado por oficial y ayudante, que realice trabajos de

pintura, vidriería, cantería y limpieza.

Un equipo de mantenimiento especialista en trabajos relacionados con seguridad contra incendios, formado por oficial y ayudante.

Se requerirá, como mínimo, la permanencia en los edificios objeto del contrato de los equipos siguientes:

1. Un equipo formado como mínimo por un oficial 1ª eléctrico y un oficial 1ª frigorista, cada uno de ellos, durante 8 horas diarias todos los días laborables, que en horario adaptable a las necesidades del servicio, que estará asignado a los edificios del entorno de Plaza de la Villa.

2. Un equipo formado como mínimo por un oficial 1ª eléctrico y un oficial 1ª frigorista, cada uno de ellos, durante 8 horas diarias todos los días laborables, en horario adaptable a las necesidades del servicio, que estará asignado al resto de los edificios.

3. Dos retenes para asistencia a actos institucionales celebrados en los edificios objeto del contrato. Cada uno de estos retenes contarán al menos con un Oficial 1ª eléctrico y un Oficial 1ª frigorista, que estarán presentes en el lugar del acto una hora antes de su inicio y hasta su terminación. El horario de los mismos se adaptará en todo momento a las necesidades del servicio que haya que cubrir las 24 horas todos los días del año. El precio de la hora será único, para cualquier día laborable o festivo, horario diurno o nocturno. El importe de licitación para el precio de estas horas es de 15,50 euros/hora, IVA excluido, para cada uno de los componentes del retén. Sólo se facturarán las horas realmente realizadas, hasta un máximo de 900 horas.

Los trabajadores de permanencia física en los edificios, estarán asignados a los edificios objeto del contrato, sin que pueda producirse rotaciones con el resto del personal de plantilla de la empresa adjudicataria.

Los equipos con permanencia física en los edificios, referidos en los apartados 1 y 2 anteriores, cubrirán, en turnos fijados por los servicios técnicos de la SGT, el horario de 07:30 a 19:00 horas. Su sede habitual serán los edificios correspondientes al entorno de plaza de la Villa, sin perjuicio de que deben atender las labores previstas en el resto de los edificios objeto del contrato. La decisión en cuanto a turnos, horarios, determinación de las cargas de trabajo y asistencia a los distintos edificios, etc., de estos dos equipos de trabajo serán concretadas por los servicios técnicos de la SGT en función de las necesidades propias de cada uno de los edificios.

En este sentido, en el primer mes desde la entrada en vigor del contrato, el adjudicatario remitirá una propuesta para el desarrollo de los trabajos, que contendrá la

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 37/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Ddistribución de los trabajos y los horarios de atención a los diferentes edificios, de forma que todos los componentes de los equipos conozcan las instalaciones objeto del contrato. Esta propuesta operativa deberá ser aprobada por la SGT, con las modificaciones que se consideren oportunas.

Deberán disponer de un vehículo dotado con las herramientas y equipos necesarios para atender las tareas de mantenimiento preventivo y correctivo a realizar en los edificios incluidos en el objeto del contrato que no dispongan de personal de mantenimiento con presencia física permanente y estable en los mismos. El incumplimiento de esta condición podrá ser causa de resolución del contrato.

El adjudicatario estará obligado a sufragar, a su costa, el aparcamiento de los vehículos utilizados para atender las tareas de mantenimiento en aquellos edificios en los que no se dispone de espacio destinado a este fin.

Todo el personal necesario para la prestación de este servicio contará con telefonía móvil, por cuenta de la empresa adjudicataria, debiendo comunicarse a la Administración cualquier variación en el número de estos teléfonos que pueda producirse.

El contratista deberá proveer a su personal de los uniformes de trabajo necesarios para el desempeño de las tareas inherentes al servicio. Los uniformes deberán llevar en lugar visible el logotipo u otra identificación de la empresa a la que pertenecen.

El personal mínimo en plantilla deberá ser complementado con los oficios especializados que sean necesarios para la correcta ejecución de los trabajos. En cualquier caso, la empresa adjudicataria no podrá alegar como causa del retraso o imperfección de los trabajos la insuficiencia de la plantilla mínima a que este pliego obliga.

El personal adscrito al contrato, deberá disponer de la titulación académica adecuada a las labores a desempeñar y contará con una experiencia mínima de 5 años en mantenimientos similares. Tanto la formación como la experiencia profesional deberán acreditarse oficialmente mediante la presentación de la oportuna documentación (titulación académica oficial, currículo o cualquier documento que lo acredite).

Los operarios cualificados estarán en posesión de los carnés profesionales o certificados de profesionalidad, que se exigen para cada instalación específica. Tanto los documentos exigidos de calificación empresarial como de la cualificación profesional del personal deberán estar autorizados, registrados y en vigor en la Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Comunidad de Madrid. Esta documentación deberá presentarse ante la Secretaría General Técnica en los primeros 30 días desde la firma del contrato.

Así mismo, el contratista deberá presentar en el primer mes desde el inicio del contrato, un completo organigrama adaptado al servicio que pretende realizar, indicando los puestos y labores que serán desempeñados por su personal. El contratista estará obligado a

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 38/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Dinformar a la Secretaría General Técnica sobre la variación de la plantilla ofertada, altas y bajas, que experimente, a fin de que se retire o entregue la documentación personal que se indica en este pliego.

Todo el personal de la contrata adscrito al servicio deberá llevar una tarjeta de identificación facilitada por la Administración. Dicha identificación la llevará siempre visible en aquellos lugares en donde esté desarrollando su labor profesional, siempre que se trate de edificios de competencia municipal. En cualquier caso, deberá mostrar su identificación de personal adscrito a conservación de edificios municipales, cuando le sea requerida por la persona encargada o responsable del edificio de que se trate.

A solicitud de la Secretaría General Técnica de la Gerencia de la Ciudad, el adjudicatario procederá a la sustitución en el plazo máximo de tres días hábiles, de una persona por otra de igual categoría de la propia empresa, en caso de disconformidad con la actitud, comportamiento y/o forma de realización del servicio.

En caso de ausencias por enfermedad, permisos, vacaciones del personal, despido o renuncia del trabajador, el adjudicatario dispondrá de las oportunas sustituciones, con personal propio de plantilla, para poder desarrollar, con plenas garantías, las funciones que venía desempeñando el personal asignado, sin que en ningún momento el edificio pueda quedar desatendido. En este sentido, deberá presentarse en el mes de junio a la Secretaría General Técnica un programa de vacaciones de verano.

El contratista comunicará de forma previa las sustituciones de trabajadores que hayan de producirse para garantizar la ejecución del contrato, indicando en este supuesto, la identidad del sustituido y del sustituto; asimismo previamente justificará que se cumplen las condiciones de categoría, formación y experiencia de éste último, según las exigencias establecidas en el presente pliego.

Todo cambio de personal que pretenda hacer el adjudicatario deberá motivarse y ponerse inmediatamente en conocimiento del responsable del contrato para que dé su conformidad con dicho cambio, sin la cual no podrá realizarse.

Dentro del primer y el último mes de ejecución del contrato, el adjudicatario deberá aportar un informe en el que figuren los siguientes datos:

o El número de mujeres y el número de hombres empleados en su empresa.

o El número de mujeres y número de hombres empleados en puestos de coordinación y/o dirección.

o El salario medio de las mujeres y hombres empleados.

o Las medidas de flexibilidad horaria.

o Los permisos remunerados para el cuidado de menores y mayores dependientes.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 39/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Do Los protocolos de actuación en caso de acoso sexual y laboral.

o Los Planes de igualdad.

8.3. Obligaciones del Contratista.

El contratista dispondrá de una estructura administrativa funcional con una lógica y precisa asignación de responsabilidades y con autoridad para crear una organización segura y responsable, adecuada al objetivo deseado y capaz de redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información establecida en este pliego. Es por ello que el contratista deberá presentar un plan completo de cómo pretende administrar el servicio, siguiendo las instrucciones marcadas a lo largo de esta exposición.

El contratista vendrá obligado a indemnizar de los daños y perjuicios ocasionados a terceros como consecuencia de la ejecución del contrato, sin que pueda alegar que hayan sido consecuencia de las órdenes, directas o indirectas, del personal del Ayuntamiento de Madrid.

Las misiones fundamentales del contratista son:

- Recoger información de las inspecciones preventivas realizadas, de los trabajos efectuados, de los controles hechos y de las anomalías reparadas.

- Realizar las estadísticas por tipos de trabajos, reclamaciones recibidas, averías características de los espacios e instalaciones, y, en general, todas aquellas que permitan una adecuación del servicio a las exigencias de la conservación.

- Redactar un esquema informativo que, de forma abreviada y significativa, agrupe diaria y mensualmente, aquellos datos que permitan una orientación válida sobre las actuaciones del servicio.

- Preparar junto con los técnicos del Ayuntamiento, los proyectos-programas operativos de conservación preventiva con el detalle requerido, y sistematizando el orden de las operaciones.

- Vigilar que el personal a su cargo realice los trabajos, las inspecciones, etc., de forma adecuada y racional, con la máxima productividad.

- Preparar y redactar las órdenes de trabajo del personal a su cargo.- Preparar junto con los técnicos del Ayuntamiento un Manual de Uso y

Mantenimiento conforme a los criterios referidos en el RITE.

La documentación referida a lo largo de esta Cláusula Octava, será presentada ante la Secretaría General Técnica, antes de 30 días desde la firma del contrato. El incumplimiento del plazo será considerado una falta grave, lo que podrá dar lugar a la imposición de las penalidades correspondientes.

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Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DLos licitadores, con la presentación de su oferta, se comprometen a atender, si

resultan adjudicatarios, lo exigido en la cláusula 8.2 para cubrir los actos institucionales al precio de hora ofertado.

Como ya se ha mencionado en el apartado 1.1 de este pliego, es preciso tener en cuenta que el contrato comienza el 1 de octubre de 2018, pero el edificio de la calle Raimundo Fernández Villaverde, 32 no entrará en la ejecución del contrato hasta el día 1 de enero de 2019, ya que hasta entonces las labores de mantenimiento estarán cubiertas por un contrato de otra área de gobierno.

CLÁUSULA NOVENA.- MEDIOS MATERIALES

La empresa adjudicataria dispondrá de los medios técnicos, y medios auxiliares, necesarios tales como andamiajes, equipos especiales, furgonetas y vehículos equipados conforme a lo reflejado en la cláusula 8.2 “Personal mínimo” del presente pliego, sistemas de comunicación, equipos de medida, comprobación y verificación, etc., así como todos los útiles y herramientas precisos para el desarrollo de los trabajos objeto del contrato.

En los locales designados para el mantenimiento técnico de las instalaciones, la Gerencia de la Ciudad, suministrará los consumibles como energía eléctrica, agua, etc., a disposición de la empresa adjudicataria.

9.1. Materiales de Mantenimiento propiamente dicho.

Son aquellos materiales de uso continuado en las tareas propias de mantenimiento, así como el pequeño material de cualquier tipo, o instalación, considerado accesorio de vida media o corta y bajo coste. Estarán comprendidos en este apartado:

- Aceites, grasas, disolventes, artículos de limpieza, etc.- Empaquetaduras, guarnición de prensa-estopas, etc.- Paquetes de teflón, cartones para juntas, etc.- Tuercas, tornillos, arandelas, remaches, etc.- Fluorescentes, lámparas, cebadores, pulsadores, probadores, etc.- Recargas puntuales de refrigerantes, gas, etc., propias de las labores de

mantenimiento.

Los materiales de mantenimiento propiamente dicho serán suministrados y abonados por la empresa adjudicataria.

9.2. Materiales propios de equipos o instalaciones.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 41/4828014 MadridT: 915 882 880

Firmado por: VICENTE CUADRADO VALENTINCargo: JEFE DE UNIDADFecha: 14-02-2018 14:21:38

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DLos materiales propios de equipos o instalaciones incluidas en la Cláusula 5ª y que

sea necesario sustituir por rotura, desgaste o mal funcionamiento serán por cuenta de la empresa adjudicataria.

No obstante, cuando un componente o material suministrado para la reparación de los bienes objetos del contrato, dentro de las labores propias del mantenimiento correctivo, tenga un precio unitario superior a 400 €, sin IVA, el suministro será por cuenta de la Gerencia de la Ciudad, pudiendo ser suministrados, en función de los intereses municipales, por cualquier empresa con capacidad de obrar respecto al objeto del contrato, previa aprobación del presupuesto por la Administración, debiendo incoarse el correspondiente expediente de contratación conforme a lo establecido en Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Los componentes y/o materiales suministrados se valorarán conforme a los cuadros de precios para obra nueva del Ayuntamiento de Madrid, cuadro de precios centro de Guadalajara o, en su caso, precios de mercado.

La instalación de dichos suministros corresponderá a la empresa adjudicataria, sin cargo para la Administración, salvo que por razones técnicas o de derechos exclusivos, así como por motivos de garantía, ésta sólo pueda realizarla la empresa suministradora, en cuyo caso la prestación incluirá la instalación y el suministro.

Las operaciones de reparación tendrán como fin restituir a sus condiciones originales el elemento sobre el que se actúa. Cuando el estado de un elemento no admita ya reparación, se procederá a su sustitución. El elemento nuevo deberá ser similar, en calidad y características, al sustituido, salvo que circunstancias obliguen a otra cosa, y siempre bajo la supervisión del servicio técnico municipal.

El Ayuntamiento se reserva el derecho de recuperar, para el Patrimonio Municipal, sin cargo para la Administración, aquellos materiales, elementos e instalaciones que vayan a ser sustituidos por otros nuevos, para lo cual indicará al contratista el lugar donde deberá depositarlo, con el menor deterioro posible.

Todos los materiales empleados en las tareas de conservación, tanto en reposición de elementos sueltos como en sustituciones por obsolescencia de las instalaciones, serán materiales homologados por el Ayuntamiento, a través de sus departamentos competentes y recogidos en los pliegos o relaciones de materiales homologados por especialidades. No obstante, dada la imposibilidad de fijar las calidades de los elementos en las actuaciones o labores de conservación, por la ausencia de proyectos específicos y la dispersión de los mismos, los servicios técnicos del Ayuntamiento, serán los que recomienden en todo momento y para cualquier tipo de actuación, los materiales que deben emplearse y sus calidades, con preferencia para las que estén contrastadas, en durabilidad y en funcionalidad con otras obras e instalaciones ya realizadas.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DEn la sustitución de elementos o componentes se respetará el siguiente orden de

prioridad y siempre bajo supervisión del técnico de la Administración:- Igual marca y modelo.- Igual marca, y modelo equivalente cuando el original se hubiera dejado de

fabricar.- Marca y modelo compatibles, cuando la original hubiera desaparecido del

mercado.

Por tanto, el adjudicatario no es libre de imponer ni de instalar ningún material o elemento que, previamente, no haya sido conformado por el técnico municipal responsable del contrato. Sólo si dicho material está homologado el contratista podrá disponer del que, en igualdad de prestaciones, le resulte más económica su adquisición, sin la consulta previa obligatoria. En cualquier caso, prevalecerá el criterio del técnico municipal en la elección del material, ya que es éste último el responsable de que la obra se ejecute en las mejores condiciones y, desde su punto de vista, con los mejores materiales.

La empresa responderá, durante un periodo de un año, de los daños ocultos causados por la manipulación incorrecta de la instalación así como de todos los trabajos y/o actuaciones realizadas durante la vigencia del contrato.

CLÁUSULA DÉCIMA.- MEDIDAS DE SEGURIDAD Y SALUD

El personal de la empresa adjudicataria deberá utilizar los medios preventivos de carácter general y de carácter individual, de acuerdo a las estipulaciones legales vigentes en cada uno de los trabajos, quedando eximido la Gerencia de la Ciudad de responsabilidad alguna en lo relativo a la adopción de éstas medidas.

En todo caso el adjudicatario deberá delimitar y señalizar, a su costa, el recinto de las obras cuando éstas comporten algún riesgo para las personas, con todos los medios y elementos de protección que sean necesarios. Los elementos de protección empleados se mantendrán en todo momento en perfecto estado de conservación y señalización.

Ya que la conservación y el mantenimiento que se realizan al amparo de este contrato no precisan de proyecto técnico de ejecución y, como consecuencia de ello, no precisan de dirección facultativa y coordinador de seguridad y salud, la organización preventiva de la empresa adjudicataria deberá ajustarse a lo reglamentado en la Ley 31/95 sobre Prevención de Riesgos Laborales y al Real Decreto 39/97, sobre los Servicios de Prevención.

Como consecuencia de ello y de acuerdo con informe evacuado por el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de la Comunidad de Madrid al respecto, la empresa contratista presentará a la autoridad laboral una evaluación de riesgos ajustada a las características del trabajo y firmada por su Servicio de Prevención.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

DEl adjudicatario establecerá con sus empresas subcontratistas, si las hubiera, la

coordinación de actividades que se establecen en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

El contratista se hace expresamente responsable de garantizar el cumplimiento de toda la normativa vigente aplicable a cada una de las instalaciones objeto del contrato, en cuanto a operaciones de mantenimiento o seguridad y salud, estén o no recogidas en este contrato. También será responsable de dar constancia por escrito, en su caso, de cuantos incumplimientos de dicha normativa observara en las instalaciones en cuestiones que no sean de mantenimiento o seguridad.

CLÁUSULA UNDÉCIMA.- SUPUESTOS DE SUBCONTRATACIÓN

La subcontratación solo procederá en algunos de los siguientes casos:

□ Para la prestación de servicios que deben ser realizados por empresas especializadas o bien que deban estar homologadas o autorizadas por algún organismo público para la prestación de los mismos.

□ Para aquellos trabajos que deban ser ejecutados, por razones técnicas, por las empresas fabricantes de los equipos o instaladoras de los mismos.

□ Para aquellos servicios en cuya ejecución sean necesarios medios materiales o humanos especializados, no exigidos en el pliego al adjudicatario.

□ Para cualquier otra tarea accesoria para la que se haya previsto la subcontratación en este pliego.

En el caso de empleo de subcontratas, se regirán por lo establecido en los artículos 227 y 228 Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público en la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción y cualquier otra normativa que regule esta materia.

Respecto del personal cuya permanencia es obligada y de las labores habituales de mantenimiento objeto del contrato, es preciso reiterar que han de realizarse con personal propio de la empresa adjudicataria, recurriéndose a la subcontratación únicamente en los casos anteriormente expuestos en los puntos anteriores de este apartado.

CLÁUSULA DUODÉCIMA.- PROGRAMA DE AHORRO ENERGÉTICO

La empresa adjudicataria presentará un programa de ahorro energético en la prestación del servicio que deberá contener, como mínimo, una cuantificación de los ahorros, las vías, medios e instrumentos dispuestos para conseguirlos, así como las herramientas informáticas de monitorización, control y seguimiento que permitan al órgano

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

Dgestor comprobar la implantación y ejecución de dicho programa. Este programa será objeto de valoración para la adjudicación del contrato en los términos establecidos en el PCAP.

En el programa que se presente, en todo caso, deberá considerarse:

Vías, medios e instrumentos para conseguir el ahorro, así como la cuantificación de los mismos.

Herramientas informáticas utilizadas de monitorización, control y seguimiento.

CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA.- CONSUMOS ENERGÉTICOS PRODUCIDOS POR EL ADJUDICATARIO

La empresa adjudicataria se encargará de que los servicios responsables del contrato tengan conocimiento periódico de los consumos energéticos generados en la prestación del servicio por parte del adjudicatario en los diferentes edificios. Para ello tendrá en cuenta el Acuerdo de 2 de junio de 2010 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las medidas para la optimización energética en el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, publicado en el BOAM nº 6.198, de 7 de junio de 2010.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA .- GESTIÓN DE RESIDUOS

El adjudicatario gestionará los residuos generados en el edificio como consecuencia del servicio prestado a causa del presente contrato y se hará cargo, sin coste para la Administración, de la retirada, transporte y destrucción de cualquier tipo de instalación, equipo o residuo, independientemente de que por su tipología, contenido o característica, pudiera ser objeto de un tratamiento específico, según lo establecido en la legislación medioambiental para la gestión de dichos residuos, ya sean peligrosos o no, y remitirá a la Secretaría General Técnica aquella documentación acreditativa que justifique el cumplimiento de las exigencias sobre los mismos.

En aras de una mejor gestión ambiental, las intervenciones realizadas por la empresa adjudicataria en el edificio como consecuencia de su mantenimiento, deberán observar las siguientes medidas:

□ Priorizar el criterio de eficiencia y ahorro energético.□ Procurar minimizar el impacto visual y acústico en el entorno en el que se

realicen sus labores.□ Minimizar los residuos generados, realizando un sistema selectivo en su recogida.□ Procurar la utilización de productos de bajo impacto ambiental.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D□ Priorizar la utilización de materiales con certificados de calidad ambiental y/o

reciclados.□ Potenciación del uso de materiales locales al objeto de reducir el consumo

energético, que conlleva su transporte.□ Procurar la utilización de materiales naturales.

CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: CLÁUSULAS SOCIALES.

15.1. Es obligación del adjudicatario cumplir la obligación de que los servicios objeto de este contrato se produzcan respetando las normas sociolaborales vigentes en España, la Unión Europea y la O.I.T.

15.2. Siguiendo lo estipulado en el Decreto de 19 de enero de 2016, del Delegado del Área de Economía y Hacienda, por el que se aprueba la Instrucción 1/2016, se hace constar que para la determinación del precio del contrato se han tenido en cuenta el salario base establecido en el Convenio Colectivo del Metal, incluyendo los costes de antigüedad y complementos.

15.3. En aplicación de la misma Instrucción, en toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.

15.4. La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. Asimismo deberá acreditar, mediante la documentación que corresponda, el cumplimiento de las obligaciones siguientes:

15.4.1. La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.

15.4.2. La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.

15.4.3. El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.

C/ Montalbán, 1 3ª Planta 46/4828014 MadridT: 915 882 880

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D15.5. En el plazo de quince días desde la formalización del contrato el adjudicatario

deberá presentar declaración responsable acreditando la afiliación y el alta en la Seguridad Social de los trabajadores que participarán en la ejecución del contrato, incluyendo a aquellos que intervengan en trabajos subcontratados por la empresa. Ello, sin perjuicio de que los servicios técnicos puedan en cualquier momento requerir la presentación de los documentos de pago a la seguridad social.

15.6. Es condición especial que la empresa adjudicataria deberá realizar la formación interna de la organización en horario laboral o, al menos, el 50% de éste, sin perjuicio de que se deberá prever la sustitución del personal que supla los tiempos de formación de los operarios habituales. El incumplimiento de esta condición dará lugar a las penalidades que se prevén en el Anexo I del PCAP para los incumplimientos graves.

15.7. Para colaborar en la prevención y erradicación del acoso laboral, es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria realice durante la ejecución al menos una acción formativa, de al menos cinco horas de duración, respecto de esta materia. La certificación de la acción formativa, que deberá describir el contenido de la misma y la relación de participantes, deberá entregarse al responsable del contrato al menos con 1 mes de antelación a la finalización del contrato. El incumplimiento de esta condición dará lugar a las penalidades que se prevén en el Anexo I del PCAP para los incumplimientos graves.

15.8. Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria designe una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación específica en la materia, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles, así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, sin perjuicio de las funciones encomendadas al coordinador de seguridad y salud. El incumplimiento de esta condición dará lugar a las penalidades que se prevén en el Anexo I del PCAP para los incumplimientos graves.

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Gerencia de la CiudadSecretaría General Técnica MADRI

D

ANEXO A

RELACIÓN DE EDIFICIOS INCLUIDOS EN EL OBJETO DEL CONTRATO

DIRECCIÓN SUPERFICIE (m2)

Plaza de la Villa nº 5 y 6 8.372,00

Pabellón de los Jardines de Cecilio Rodríguez – Pº Uruguay s/n 2.767,00

Camino de Hormigueras nº 133 1.986,00

Calle Mayor, 69 3.701,00

Calle Bustamante, 16 (1ª, 2ª y 3ª plantas) 7.443,80

Calle Bailén, 41 2.450,00

P.º de los Olmos, 20 1.327,00

Raimundo Fernández Villaverde (entra el 1 de enero de 2019) 2.516,80

TOTAL 30.563,60

RELACIÓN DE OTROS ELEMENTOS OBJETO DEL CONTRATO

DIRECCIÓN Elemento

Jardines del Descubrimiento, Plaza de Colón s/nMástil, mecanismos y componentes de

la bandera de Colón

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