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Centros de enseñanza y estudiantes de Sevilla durante los siglos XIII al XV INTRODUccióN En un trabajo anterior nos ocupamos del Estudio de Gramática de San Miguel de Sevilla 1 Al disponer en la actualidad de un con- junto de noticias mucho más amplio, intentamos en el presente tra- bajo completar aquél con el estudio de diferentes aspectos de la actividad cultural en la ciudad de Sevilla desde mediados del siglo xnr a finales del xv. Reflexionaremos sobre los centros de enseñanza que se abrieron, las cátedras que el cabildo mantenía en la catedral, los arzobispos que pudieron influir en el desarrollo cultural del clero y los escolares sevillanos que en Sevilla o en otros centros castellanos o extranjeros realizaron sus estudios. Esperamos que todo ello sirva en primer lugar para ir completando la ignorancia que sobre estos temas tenemos hasta el presente y, principalmente, para comprender y admitir que al desarrollo demográfica; económico, institucional y clerical de Sevilla durante estos siglos correspondió también el cul- tural. Centros de enseñanza Es bien conocido que Alfonso X el Sabio por carta de 28 de di- ciembre de 1254, para ennoblecer a Sevilla «porque es de las mas hermosas e de las mayores ciudades de España», «porque yaze y enterrado el muy onrrado Rey don ferrando myo padre quela gano 1 fosé SÁNcHEZ HERRERO: Los centros de estudio y la enseiianza en Sevilla duranle el siglo XV, ponencia presentada en el «Coloquio sobre la ciudad his- pánica durante los siglos xiii al xvi», La Rábida-Sevilla, 14-19 de septiembre de 1981. En prensa.

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Centros de enseñanzay estudiantesde Sevilladurante los siglos XIII al XV

INTRODUccióN

En un trabajoanterior nos ocupamosdel Estudio de Gramáticade San Miguel de Sevilla 1 Al disponeren la actualidadde un con-junto de noticias mucho más amplio, intentamosen el presentetra-bajo completar aquél con el estudio de diferentes aspectosde laactividadcultural en la ciudad de Sevilla desdemediadosdel siglo xnra finales del xv. Reflexionaremossobrelos centrosde enseñanzaquese abrieron, las cátedrasque el cabildo manteníaen la catedral,losarzobisposque pudieron influir en el desarrollo cultural del cleroy los escolaressevillanosque en Sevilla o en otros centroscastellanoso extranjerosrealizaronsus estudios.Esperamosque todo ello sirvaen primer lugar para ir completando la ignorancia que sobre estostemas tenemoshastael presentey, principalmente, para comprendery admitir que al desarrollo demográfica;económico,institucional yclerical de Sevilla duranteestos siglos correspondió también el cul-tural.

Centros de enseñanza

Es bien conocido que Alfonso X el Sabio por carta de 28 de di-ciembre de 1254, para ennoblecera Sevilla «porquees de las mashermosase de las mayores ciudades de España», «porque yaze yenterradoel muy onrrado Rey don ferrando myo padre quela gano

1 fosé SÁNcHEZ HERRERO: Los centros de estudioy la enseiianzaen Sevilladuranle el siglo XV, ponenciapresentadaen el «Coloquio sobre la ciudadhis-pánica durante los siglos xiii al xvi», La Rábida-Sevilla, 14-19 de septiembrede 1981. En prensa.

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de moros e la poblo de Cristianos»,y «porqueyo fui con el en ga-narlae enpoblarla”, otorgó <‘que aya hy estudio e escuelasgeneralesde Latino e de Aravigo» 2 ¿Qué es lo que en verdad fundó el ReySabio?CándidoM. Ajo Gonzálezde Rapariegosopina queAlfonso Xfundó un EstudioGeneralno limitado al árabey latín, como se afir-ma en la carta fundacional, sino incluyendotambién, dentro de susplanes,la medicina: «puessabemos—escribeAjo— que en el mismoaño y a 25 de agosto gestionó cierto edificio próximo al Alcazar:«paramoradade los Fisicos que vinieron de allendee para tenerlosde mascerca,e queellos faganla su enseñanzaa los que les habemosmandado,que nos las enseñencon el su gran saber,ca para eso loshabemosendetraido»~. Es cierto que el papaAlejandroIV por buladel 30 de junio de 1260, dirigida a los doctoresy escolaresde dichocentro, les concedeque, mientras permanezcanocupadosen sus es-tudios, percibanlos frutos de sus prebendasy beneficiosno curados,como los percibenlos residentesen los demás estudios generalestCon ello el papaviene a reconoceral Estudiode Sevilla la categoríade general,como lo habíatenido en las intencionesde su fundador.Sin embargo,no puedeolvidarse queel Estudio Sevillano nació res-tringido a las disciplinas de latín y árabe,y, sobre todo, no constaque el rey le asignaradotaciónalguna. De ello fácilmente se puedeconcluir que no tuviese gran resultado.De hecho, en adelantenovuelve a mencionarseeste Estudio con caráctergeneral hastaprin-cipios del siglo xvi. Sin duda, debido a su inconsistencia,o por nohaber encontradoapoyo en Sancho IV, no logró mantenersu cate-goría, quedandopronto reducido a Estudio Particular. Todo ello hahecho pensaral padre Denifle que las intencionesde Alfonso X fue-ron las de establecerla enseñanzadel latín y árabecon finalidadmisional parafomentar el trato e intercambiodoctrinal y científicoentre moros y cristianos~, opinión rechazable,pues parececlaro queel Estudio sevillano no teníafinalidad religiosa, sino científica6

Pero apartede este fallido EstudioGeneralexistió en Sevilla des-de muy tempranoun Estudio Particular de gramáticay esporádica-mentese enseñaronen la catedralartes, teologíay derechocanónico.

Similar a los existentesen otras ciudades existió también enSevilla una Escuela de Gramática o Estudio Particular de San Mi-

2 A. BALLESTEROS BERETTA: Sevilla en el siglo XIII, Madrid, 1913, doc. núm. 67.C. M. Ajo GONZÁLEZ DE RAPARIEGOS: Historia de Zas universidadeshispanas,

Madrid, t. 1, 206.A. BALLESTEROS BERETTA: Sevilla en el siglo XIII, op. oit., doc. núm. 109.V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario de la Universidad de Salamanca,Univer-

sidad de Salamanca,1966, introducción, 197.6 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Cartulario de la Universidad de Salamanca,Uni-

versidadde Salamanca,1978, t. 1, 101.José SÁNcHEZ HERRERO: Las diócesisdel reino de León, siglos XIV y XV,

León, 1978, 115; V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario, op. oit., Introducción, 196-209.

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guel. Las Constitucionesdel cabildo de Sevilla, promulgadaspor suobispo, don Raimundode Losaña,en 1261, incluyen al maestrescuelay su actuaciónen la escuelacatedralicia.Es el maestrescuelala últi-ma dignidadcapitular,presentaday conferidapor el arzobispo,cuyooficio no es propiamenteel de impartir enseñanzasen la escuelacatedralsevillana,sino el de lograr un maestroidóneoque adoctrineen gramáticaa los clérigosdel coroy a otros de la ciudad o diócesis.Como los alumnosdebíanrecibir esta enseñanzade forma gratuita,el maestrodesignadopor el maestrescuelapercibiría de la mesa ca-pitular una dotación idéntica a la de cualquierporcionario por eltiempo invertido en la docencia8.

No son originales estasconstituciones,sino que deben situarsedentro del movimiento de promulgaciónde otrassimilaresquearran-ca de las dadaspor Honorio III el 25 de mayo de 1224 a León, enlas que se basaronlas de Burgos, Palencia,Astorga y Toledo~. Ellegado pontificio, cardenalJuan de Abbeville, durantelos años 1228y 1229 reformó las constitucionesexistenteso dio otras nuevasparalos cabildosde Burgos, Astorga, Oviedo, Guimaráes,Oporto, Toledo,Cuenca,Barcelona,Vich, Gerona,Urgel y Tarragona‘~. De la actua-ción del también legado, cardenal Gil Torres, salieron las de Sala-manca, 1245; Avila, 1250; Burgos, 1252; Calahorray Santo Domingode la Calzada,1254, las másparecidasa las de Sevilla, y también lasde Plasenciay Segovia“. Los estatutosde la catedralde Jaénde 1368,recopilación de 1478, títulos 14 y 15, tratan también lo referentealmaestrescuela,escuelade gramática,su maestro,enseñanza,alumnos,etcétera,con bastanteamplitud 12

Volviendo al cabildo de Sevilla, e] hecho de que las Constitucio-nesde 1261 hablen del maestroidóneoque enseñaragramáticaa losclérigos del coro y a otros de la ciudad y diócesis, confeccionadas,como hemosvisto, dentro de un movimiento constitucionalcapitular,¿suponela existenciadesdeaquellosañosde una Escuelade Gramá-tica en Sevilla y en concretola de SanMiguel? No tenemospruebadocumentalalguna con la que contestarafirmativa o negativamente,

8 EnriqueCOSTA Y BELDA: Las constitucionesde don Raimundo de Losañapara el Cabildo de Sevilla <1261), «Historia, Instituciones, Documentos»,Sevi-lía, 4 (1977), 169-233.

9 Demetrio MANsILLA: Iglesia castellano-leonesay Curia romana en los tiem-pos del rey San Fernando,Madrid, 1945, 194.

“ Peter LINEHAN: La Iglesia española y el Papado en el siglo XIII, Sala-manca, 1975, 17-24 y 35-36.

II Demetrio MANSILLA: Iglesia castellano-leonesa,op. cit., apéndices56, 74,77, 80, Pp. 321-377.

12 JoséRODRÍGUEZ MOLINA: Estatutosde la catedral de Jaén en 1368 —Reco-pilación de 1478—, separatade los númerosLXXXV y LXXXVI del Boletín delinstituto de EstudiosGiennenses,Jaén, 1976, 99-105.

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pero poseemosalgunos datos que nos permiten hablar de su res-pectiva antiguedad.

En el Libro blanco de la catedralde Sevilla, que compusohacia1411 un clérigo racionerode ella llamadoDiego Martínez, se consignaen la capilla de San Martín el enterramiento del «maestre Guillende la Gramatica»‘~, pero ignoramos la fecha de su enterramientoysi se trata de un maestrode gramáticade la Escuelao Estudio deSevilla, lo más seguroal estaraquí enterrado,o de otra ciudad. Laprimera noticia documentadaque tenemos sobre el Estudio de Gra-mática de Sevilla y su catedrático se remonta al año 1365. En unrótulo de gracias beneficialespara académicosespañoles,dado enAviñón el 17 de septiembrede dicho año, figura Lorenzo Rodríguezde Villalpando, clérigo de la diócesis de León, porcionero hispalensey maestrode gramática en Sevilla14~ En el rótulo compuestopor elobispo Vaurense(de Lavaur?) de 1389 se incluye a Martín Fernándezde Mayorga, también clérigo leonés, canónigo de Jerez: «actu regensin artibus in civitate t{ispalensi» ‘~, sin que podamos determinar sise trata de un Estudio de Artes distinto de la Escuela de Gramáticaya citada en 1365, o de ésta bajo titulo más sonoro, quizá lo másseguro. En 1411 el concejo de la ciudad de Sevilla paga «a Juande Segorbe,maestro de la gramática,por el afán y trabajo que to-mabaen mostrarla a los naturalesde estaCiudad», mil maravedíes,cosa que hacía «como siempre acostumbróa hacerlo en años ante-riores’> 16 y que haría durante todo el siglo xv ~ En 1415, a la expre-sión «maestro de gramática» se añade: «en la escuelade esta ciu-dad»“. En 1419 el cabildo de la catedral de Sevilla paga«al maestrode gramaticade su salario, 1.000 mrs.» ~ manteniendola misma can-tidad hasta finales del siglo xv, pues en 1478 siguen pagando «almaestrode la gramatica de SantMiguel, 1.000 mrs.» ~. En 1424 sabe-mos que hay una Escuela situada en unas casas que están«puerta

12 Ejemplarsin anotacionesposterioresen la Real Academiade la Historia,Col. Salazar,R-30 ó 9/1130, fol. 39.

14 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario, op. cit., 1, doc. núm. 120 (2).‘~ V. BELTRÁN DE HEREUIP¿ Bulario, op. cit., 1, doc. núm. 194.16 Francisco COLLANTES DE TERÁN: Inventario de los Papeles del Mayordo-

mazgo del siglo XV, 1401-1416,Sevilla, 1972, 1414, 95..17 FranciscoCOLLANTES DE TERÁN: Inventario de los Papeles,op. cit., 1414, 95;

1415, 123; FranciscoCOLLANTES DE TERÁN: Inventario de los Papelesdel Mayor-domazgodel siglo XV, 1417-1431, Sevilla, 1980, 1417, 78; 1420, 61. Archivo Muni-cipal de Sevilla, Papelesdel Mayordomazgo,1433, 133.

W Francisco COLLANTES DE TERÁN: Inventario de tos Papeles..., 1401-1416,1415, 123.

19 Archivo de la Catedral de Sevilla, Libro de Costas del Comunal, 1419,fol. 20.

~ Archivo de la Catedral de Sevilla, Libro de Costas del Comunal, 1478,fol. 42.

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adentrode sant miguelí», con su maestroy bachiller2’ En 1433 secita al «maestrodel estudio de las escuelasde gramatica de estaciudad»~. Y en 1458 hemos hallado por primera vez la expresión«escuelasde San Miguel destacibdad»~. En resumen,podemosad-initir que desde 1261 y con toda seguridad desde muchos antesde 1365 existió en Sevilla un Estudio o Escuelade Gramática,quizáel mismo que en otrasocasionesse denominamás sonoramente« deArtes», y el quedesdemediadosdel siglo xv se llama de SanMiguel.

¿Quiénlo habíafundadoy de quién dependía?Con todaseguridadse trata de una fundación clerical, episcopaly capitular, conformea las Constitucionesde don Raimundode Lasañade 1261, al margende los deseos fundacionalesde Alfonso X. Y esto, porque estabadirigido por un maestrode gramática,clérigo o presbítero,quien,segúnlas Constitucionesde 1261 y la documentaciónposterior,espe-cialmentela referentea 1480~, era nombradopor el canónigomaes-trescuela,a quien estabaencomendadoel cuidado y vigilancia delEstudio o Escuela de Gramática, o por una comisión del mismocabildo; y percibía un salario anual de los bienes del cabildo. Ensegundolugar, porque la Escuela o Estudio se hallaba situado enedificios propiedaddel cabildo catedral. Pero no podemosolvidarqueel concejode la ciudad pagabatodos los añosuna cantidadparasostenimientoo como salario del tal maestro.

¿Qué se enseñabaen dicho Estudio? Se ha escrito: «El Estudiode San Miguel, pertenecienteal Cabildo Catedral, y con enseñanzasbasadasen las dictaminadaspor el Concilio de Letrán, era un legadode la época alfonsina y único centro docente,mantenidopor el ca-bildo eclesiástico.Allí se preparabaa los jóvenes que asistían alCoro, educándoles,esencialmente,en la lengua latina que fue ense-ñada siempre... Lentamentese fue ampliando el programa; al latínse añadieronfilosofía, artes liberales, música... Las enseñanzasdelEstudio se desarrollabanen su casao en las capillas exterioresdelPatio de los Naranjos, cuandoel Colegio hizo las veces de templocatedral,en tanto éste se terminaba.»>~ Nos parecenafirmacionesuntanto inexactas.En la documentacióncontempladase hallan expre-

2’ Archivo de la Catedralde Sevilla (ACS), Fábrica,Cargo y Data, Libro 1-B,Libro antiguo de posesionesde la fábrica, 1424, fois. 46-47v.

~ Archivo Municipal de Sevilla, Papelesdel Mayordomazgo,1433, 133.~ Archivo de Protocolos de Sevilla, oficio IX, signatura2. Notado, Pedro

Díaz de Valderas,fcils. lSr-17v. Testamentode FranciscoFernández,bachiller engramáticaen las Escuelasde SanMiguel, Sevilla, 23 de mayode 1458.

~‘ Enrique COSTA Y BELDAD: Las constituciones,art. cit. ACS. Actas Capitu-lares, 1480, fol. 60r, Sevilla, sábado4 de noviembrede 1480, y fol. 60v, Sevilla,lunes 6 de noviembrede 1480.

~ Francisco Mo,~&LEs PADRCN; Historia de Sevilla. fIL La ciudad del qui-nientos, Sevilla, 1977, 285-286.

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siones mucho más concretas: «maestro de gramatica» en 1365‘t«maestrode la gramatica»de 1414 a 143321 así como en las actascapitularesdel cabildo catedral~, que enseñaba«en la escuela deesta ciudad»en 1414 ~, «en la escuelay estudiode esta ciudad»en1417% «enel estudiode estaciudad»en 1420>’, «enel Estudiode lasescuelasde la gramaticade estaciudad»en 1433 ~, en 1458 se hablade las «escuelasde Sant Miguel destacibdad»~>, de 1460 a 1480 de«escuelasde la gramaticade SanMiguel» ‘, y en 1480 de «el maestrode las escuelasde San Miguel» >~. De todo ello deducimosque no setrataba más que de unas Escuelaso Estudio de Gramática,únicamateriaque en ellas se enseñaba.

La docencia,quizá también la dirección,aunquesiemprebajo laalta mirada del canónigo maestrescuelay del cabildo, la ejercía elmaestrode gramática.En 1365 lo era el clérigo leonés Lorenzo Ro-dríguezde Villalpando, porcionerodel cabildo de Sevilla ~. En 1389seguramentelo era Martín Fernándezde Mayorga, también clérigoleonés y canónigo de Jerez~. Durante 1414 y 1415 lo fue Juan de Se-gorbe36. De 1417 a 1433, Juan Sánchez>~.En 1458 lo era el clérigoAlfonso Sánchezde Aranda~. En noviembre de 1480 se levantaronciertas críticas contra el maestrode aquel año, quizá el doctor deCisneros,especialmentepor parte«de los cavallerose vesinos destacibdat que tienenfijos en las dichas escuelas»,y a causade carecerde idoneidady suficienciaen la enseñanzade la gramática.Conside-rando el cabildo catedral de Sevilla al maestrescuelanegligenteyremiso en su cargopor haber nombradoun maestroinepto, designéuna comisión formadapor el arcedianode Ecija, el canónigobachi-

~ V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario, op. cit., 1, doc. núm. 120 (2).27 Francisco COLLANTES DE TEstAN: Inventario,.., 1401-1416, op. nt., 1414, 95;

1415, 123; Inventario..., 14174431, op. cit., 1417, 78; 1420, 61. Archivo Municipalde Sevilla, Papelesdel Mayordomazgo, 1433, 133.

~ ACS. Libro de Costasdel Comunal, 1419, fol. 20; 1478, fol. 42.~ FranciscoCOLLANTES DE TERÁN, Inventario...,1401-1416, op. cit., 1414, 95.~ FranciscoCOLLANTES DE TERÁN: Inventario..., 1417-1431, 1417, 78.3’ FranciscoCOLLANTES DE TERÁN: Inventario.,., 14174431, 1420, 61.32 Archivo Municipal de Sevilla, Papelesdel Mayordomazgo,1433, 133.33 Archivo de Protocolosde Sevilla, oficio IX, signatura2. Notario, Pedro

Díaz de Valderas,fols. 15r-llv. Testamentode FranciscoFernández,doc. cxl.~ ACS. Libro de las Capellanías,años 1460 a 1480.3’ ACS. Actas Capitulares, 1480, fol. 60r, Sevilla, sábado 4 de noviembre

de 1480, y fol. 60v, Sevilla, lunes 6 de noviembrede 1480.36 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario, op. cit., 1, doc. núm. 120 (2).37 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario, op. cit., 1, doc. núm. 194.>~ FranciscoCOLLANTES DE TERÁN: Inventario..., 1401-1416, 1414, 95; 1415, 123.~ Francisco COLLANTES DE TERÁN: Inventario..., 14174431, 1417, 78; 1418, 84;

1419, 49; 1420, 61; 1421, 44; 1422, 81; 1423, 65; 1424, 38; 1425, 16; 1426, 36; 1427, 33;1428, 25; 1429, 86; 1430, 39. Archivo Municipal de Sevilla, Papelesdel Mayor-domazgo, 1433, 133.

4~ Archivo de Protocolos de Sevilla, oficio IX. signatura2. Notario. PedroDíaz de Valderas, fols. lSr-17v. Testamentode FranciscoFernández, doc. cit.

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Iler de Logroño y el licenciado Antonio Imperial para que examina-ran la aptitud o ineptitud del maestroy eligieranentre el doctor deCisnerosy el maestroPedro de Valdés.La comisión«avida su infor-macion asy por los dichos estudiantescommo de otras personasfi-dedignas...fue determinadopor todosellos, neminediscrepante,quefuese maestrode Gramaticaen las dichas escuelas,el dicho maestroPedro de Valdes»~‘. Este maestrocobraba,duranteel siglo xv, dosmil maravedíesanuales,mil pagadospor el cabildo catedralC y otrosmil por el concejo de la ciudadt Todas estasnoticias, incluido elsalario,quedanconfirmadaspor un documentodel cabildo de Sevillade 1439, en quepide al papala concesiónde la primeraporción quequedaráen él vacanteparaun maestrode gramáticay cantoque en-señaraa los niños, cuya porción ascendieraa «sexaginta librarumTur.»~

Junto al maestrohabíatambiénun bachiller. Conocemossu exis-tencia: en 1424 «el bachiller del escuela»~‘, en 1458 y años anterio-res, FranciscoFernández% y de 1496 a 1499, quizá, el bachiller TresPuentes~‘. Estosbachilleres,de quienesno se afirma quefueranclé-rigos, ayudabanen la docencia oficial al maestroen el Estudio yademásimpartíanclasesparticulareso repetíangramáticaa los alum-nos que se lo pedían~.

Los alumnos eran de procedenciamuy variada. Estudiabanallílos clérigos de coro o veintenerosy los mozos de coro o alumnos dela catedralde Sevilla, pero entre los alumnosa los que en 1458, yanteriormente,el bachiller FranciscoFernándezrepitió gramática,secitan, junto con algún miembro del coro de la catedralde Sevilla,gentespertenecientesa las clasesmediasy a la burguesíade la ciu-dad: hijos de jurado, bachiller y cómitre, hijos de personasadine-radasquepuedanpagaruna iguala anual,parteen dinero y parteenespecie,estudiantesdel Estudio de San Miguel, y algunos criadossuyosqueasí veíanreducidala cantidadde la iguala anual que por

~‘ ACS. Actas Capitulares, 1480, fol. 60r, Sevilla, sábado 4 de noviembrede 1480, y fol. 60v, Sevilla, lunes, 6 de noviembrede 1480.

42 ACS. Libro de Costasdel Comunal, 1419, fol. 20; 1478, fol. 42.~ FranciscoCOLLANTES DE TeRÁN: Inventario..., 1401-1416, 1414, 95; 1415, 123;

Inventario..., 1401-1416, 1417, 78; 1418, 84; 1419, 49; 1427, 33; 1428, 25; 1429, 86;1430, 39. Archivo Municipal de Sevilla, Papelesdel Moyordomazgo,1433, 133.

44 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario, op. cit., II, doc. núm. 965.~ ACS. Fábrica, Cargo y Data. Libro 1-B. Libro antiguo de posesionesde la

fábrica, 1424, fol. 46.46 Archivo de Protocolos de Sevilla, oficio IX, signatura2. Notario, Pedro

flíaz de Valderas, fols. 15r-17v. Testamentode FranciscoFernández,doc. cit.“~ ACS. Fábrica, Cargo y Data. Libros 15, fol. 32; 16, fol. 39, y 18, fol. 35.

Mrs. resqebidosporquese arrendaronlas camarasde sant Migucíl. Años 1496,1497 y 1499.

~ Archivo de Protocolos de Sevilla, oficio IX, signatura 2. Notario, PedroDíaz de Valdera~, fois. lSr-17v. Testamentode Francisco Fernández,doc. cit.

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la repetición le tenían que pagar. En 1480 los caballerosy vecinosde Sevilla teníana sus hijos en las Escuelasde SanMiguel, y debidoa la mala enseñanzao dirección del maestrose estabanperdiendolos alumnos~.

Ademásde la quepodemosllamar enseñanzapública de gramáticaen el Estudio de San Miguel, se impartió otra de tipo privado. Losbachilleresde la ciudad, algunosal menosy quizá los queayudabanal maestroen la enseñanzaen el Estudio, impartín por su cuenta,y trasponersede acuerdoen lo que se le habíade pagaranualmen-te, clases o repetición de gramática. Conocemospara 1458 el casode FranciscoFernández.Este bachiller concertabageneralmenteunaiguala anual con aquel a quien iba a repetir gramática o con supadre o madre, iguala pagadaen dinero y en especie.En concreto,las realizadasen 1457 ó 1458 fueron de 1.200, 1.500 ó 2.000 marave-díes y un cahiz de trigo. Entre sus alumnos figuran dos estudiantesde la Escuela de Gramáticade San Miguel, el hijo de un juradode la ciudad,el hijo de un bachiller, un clérigo o mozo de coro, vein-tenero o alumnusde la catedralde Sevilla, cinco criados suyos cuyaiguala seríamenor aunquetambién pagabanalgo, el hijo de un có-mitre de Triana y otros cuatro alumnoscuyo oficio o el de sus pa-dres no se especifica.Llama la atenciónque cinco de sus alumnosse denominasencriados,o dicho con otras palabras,que el bachillertuviese en su casacinco criados,másbien debemossuponerque setratabade jóvenesquevivían en casadel bachiller y quizá realizabanen ella alguna tareadoméstica,queservia parareducir algo la igualaque ellos también debíanpagaranualmenteal bachiller, precisamen-te de dos de sus criados conocemosla iguala anual de 1.200 y 1.500

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maravedíesmás un cahiz de trigoEl Estudio o Escuelade Gramáticade Sevilla estuvosituadoen

un edificio propio, separadode la catedral,y exactamenteen el lugardondehoy se encuentranlas casasde los canónigos,es decir, al otrolado de la Avenida, frente a la puerta de la catedraldenominadadelNacimiento o de San Miguel. Muchos son los datos que sobre esteedificio poseemos.En el lugar indicadoexistíaun conjunto de casas,una torre, una iglesia y un cementerio.Las casasse componíandediferentescámaraso habitaciones,en las dos más grandeso genera-les se impartía la enseñanzade la gramática,y las restantesse arren-daban. De 1424 conocemoscinco conjuntos de cámarasque sumanen total 18 cámaras.Un primer conjunto formado por cuatro cáma-ras que estaríanen la misma muralla: una sobrela puerta de San

49 ACS. Actas Capitulares, 1480, fol. óOr, Sevilla, sábado 4 de noviembrede 1480, y fol. 60v, Sevilla, lunes 6 de noviembre de 1480.

~ Archivo de Protocolos de Sevilla, oficio IX, signatura2. Notario, PedroDiaz de Valderas, fois. lSr-flv. Testamentode FranciscoFernández,doc. cit.

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Miguel, otra sobre la puerta de la Consolacióny otras dos debajode la anterior; otros dos, compuestocada uno por una solacámara,una junto a la iglesia de San Miguel y otra sobre el almacénde lahiguera; y otros dos, los que más nos interesan,denominadosGe-neralMayor y GeneralMenor. El GeneralMayor se componíade unacámaragrandeo general,seiscámarasencima,dos de ellas sobradaso con un sobradoencima y una con azotea.El GeneralMenor, deuna cámaragrandeo general,pero más pequeñaque la del Mayor,por lo que se denominaríaMenor, y dos cámarasencima a derechae izquierda de la escalera.Creemos que la enseñanzase impartíaen los locales bajos y grandesdel GeneralMayor y Menor; una cá-mara sobre el GeneralMayor la tenía arrendadael maestro,y elsobrado sobre ella existente,el bachiller. Las 18 cámarasque apa-recen en las cuentasde fábrica de 1424 a 1499 se arrendarondelsiguiente modo: el General Mayor no se arrienda, se dedica a laenseñanza;el GeneralMenor lo tenía arrendadoen 1424 el maestrodel Estudio; de 1425 a 1480, la Obra de la Catedral,y en 1496, eJlicenciado del consistorio, pero, al menos hasta 1496, se debió usarcomo tal GeneralMenor para la enseñanza.El resto de las cámarasen 1424 se arrendaron: a particularessin especificarsu oficio, seis;compañerosde la catedral, dos; clérigos, dos; maestro del Estudio,una más el GeneralMenor; bachiller del Estudio,una; un beneficia-do, un racioneroy un cartujo, una a cada uno o conjuntamenteconotros dos~‘.

El General Menor se hallaba cerca de una torre, que se describedesde 1424 como «de las campanasgordas»~. ¿Quétorre era ésta?Según Gestosoy Pérez,cercanaa la puerta de la catedral,llamadadel Nacimiento o de San Miguel, se alzaba la torre de San Miguel,uno de los torreonesde la antigua muralla «que, pasandopor estesitio, iba por la calle hoy del Almirante a unirse con la de la ciudaden el postigodel Aceite».En esta torre estuvoel primer campanariode la catedral, que terminaba en un chapitel con «el angel e lasmanzanas”,los que se mandaronbajar en 1440 «por cuanto se acos-tava e estavaen peligro de quebrar la barra e caer». En estemismoaño se estabahabilitando para campanariola Giralda~‘.

5’ ACS. Fábrica,Cargo y Data. Libro l-B, fol. 46. Libro antiguo de posesionesde la fábrica, 1424. Libro 8, fol. 4v. Libro de fábrica de SantaMaria. Año de 1458.Camas de San Miguel. Libro 9, fol. 17v. Año 1462. Camas de San Miguel. Li-bro 10, fol. lúr. Camasde San Miguel de anuo 64. Libro 12, fol. 14v. Año de 1465.Camasde San Miguel. Libro 13, fol. 9v. Camasde San Miguel. Año de 1467. Li-bros 15, fol. 32: 16, fol. 30, y 18, fol. 35. Cámarasde San Miguel. Años 1496,1497 y 1499.

~ Archivo de la Catedralde Sevilla, Libro de las Capellanías,años 1424, 1446,1448, 1449, 1452, 1460, 1463, 1470, 1475, 1476, 1475, 1476, 1477 y 1480.

‘~ fosé GEsroso y PÉstez: Sevilla monumentaly artística, Sevilla, 1890, t. 1,p. 80, nota al pie de página,núm. 1.

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Existió también allí una iglesia, pues una de las cámaras,de lasdescritasen 1424 junto al GeneralMayor y Menor, «estapegadaconla iglesiade santMiguelí»~ Es normal que junto a la iglesiahubieseun cementerio.El libro de fábrica de 1496 y siguientes,dentro delapartadode las cámarasde San Miguel, contiene un conjunto decámarasque se hallaban «en el corral del cementerio»,de las que«la primera camaradel escaleraque esta entre la casade la cerae sant miguelí»~.

Cótedrasde Artes, Teologíay Derecho

Ademásde este Estudio o Escuelade Gramáticaexistieron en lacatedral de Sevilla otras cátedrasy docencia. Desde mediados delsiglo xív sabemosque se leía o enseñabaen la catedralhispalenseDerechoCanónicoy Civil. A petición del rey Alfonso XI, como constapor la súplica del 28 de marzo de 1349, se confiere un canonicatovacanteen Córdobaa Juan López, estudiantede Derecho civil: «qulalias legit de jure canonicoin civitate Hispalensiac seholaris est injure civili» ~, sin que de ello se puedaconcluir quetambién se con-ferian gradosen dichas enseñanzas.En otra súplica del 10 de juliode 1385 se concedea Martín Miguélez, cantor (chantre) de Sevilla ycanónigo de Toledo y de Salamanca,licenciado en decretos(proba-blementepor Salamanca>,que siga gozandode todos los frutos desu chantría,canonicatosy prebendas,estandoausentede ellas, mien-tras permaneceen la actualidad leyendo en el estudiohispalense~>.

Finalmente,en súplica del 16 de enero y bula de mayo de 1420 seautoriza a Juan Sánchezde Morillo, vecino de Sevilla, bachiller enleyes por la Universidadde Salamanca,dondetambién había reali-zado y terminado los cursos previos a la licenciatura y recepciónde las insignias doctorales,para que reciba en Sevilla la licencia yel doctorado,previo examenencomendadoa los eximios doctoresLupo Núñez y FranciscoSánchez.Las razonesalegadaspor el inte-resado son la distancia y molestias del viaje, así como los gastosquesuponíarecibir el grado en Salamanca~. Claro es queesteúltimodato no añadenadanuevo sobrela enseñanzadel Derechocanónicoy civil en Sevilla, ni es otra cosaqueun permiso extraordinarioparala realizaciónen ella de un exameny concesióndel grado.

~4 ACS. Fábrica, Cargo y Data. Libro 1-B, fol. 6. Libro antiguo de la fá-brica, 1424.

~ ACS. Fábrica, Cargo y Data. Libros 15, fol. 32; 16, fol. 39, y 18, fol. 35.Cámarasde San Miguel. Años 1496, 1497 y 1499.

~ V. BELTRÁN BE HEREDIA: Bulario...,op. oit., Introducción, 197, 1, doc,núm. 69.~‘ V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario..., op oit., introducción,197, 1, doc. núm. 176.~ V. BELTRÁN BE HElirníA: Bulario..., op. oit., Introducción,197,1, doc. núm. 602.

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Más clarosson los datos,aunqueno tan antiguos,sobrela Cátedrade Teología. El 26 de junio de 1424, Juan, lector o profesor de lacátedra ordinaria de Teología o SagradaPágina de la catedral deSevilla, solicita se le concedala estabilidaden la misma para quelos escolaresa ella asistentespuedancontinuar sus cursos normal-mente, y el estipendio y emolumentosde 130 florines de la coronade Aragón~. El jueves 15 de octubre de 1478, estandoreunido elcabildo en la capilla de SanMiguel «dondese lee la catedrade theo-logia», s~ presentófray Alfonso de Zamora,franciscanoobservante,maestroen teología, portador de una provisión hecha en su favorpor el cardenalde España,arzobispode Sevilla, don PedroGonzálezde Mendoza, «de la catedra que se suele leer en Teologia en estaSanta Iglesia», la que anteriormentehabía tenido el maestro frayAndrés, franciscano observante.El cabildo aceptó la disposición delcardenaly dio posesiónal nuevo catedrático,previos los actos ritua-les: «Mandaron le subir luego en la catedray comenzasea leer enseñalde posesion.Le mandaronacudir con todos los frutos y rentasa ella pertenesgientes.Asi se hizo todo. Leyo en un libro con unascubiertasbermejasante el deany Cabildo.»

La asistencia de los clérigos sevillanos a otros Estudioso Universidadescastellanas y extranjeras

Pero la existenciade tales centrosy cátedrasde poco habríaser-vido si a ellos no hubiesenacudidolos clérigos sevillanos.No fueasi. Dos series de datos podemosestudiar: la asistenciaen concretode íos clérigos y canónigoshispalensesa los centros de enseñanzasevillanos,castellanosy extranjeros,cursandodiferentesmateriasydando lugar a un variado conjunto de situacionesy la reglamentaciónque en favor de tales ausenciashizo el cabildo catedral de Sevilla.La asistenciaestá documentadadesde 1349, mientrasque los prime-ros indicios de reglamentaciónson de 1313. Comenzamospor estaúltima, estudiando cada tema por separadoy completo.

Desde comienzosdel siglo xii los capitulares de los diferentescabildos catedraleshispanoscomenzarona salir a estudiara los es-tudios francesese italianos; con la fundación de nuestros estudiosgeneraleshispanos a lo largo del siglo xii, partieron también paraéstos.Estos desplazamientosnecesarios,impulsadospor obispos,con-cilios y sínodos celosos del desarrollo cultural de su clero, no sepodían realizar sin una baseeconómicaadecuada,de la que carecíanen la mayoría de los casos los capitulares estudiantes;y, por otra

59 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario..., op. cii., Introducción, 197, II, doc.nuin. 696.

~ ACS. Actas Capitulares, 1478, jueves 15 de octubre de 1478, fol. 34v.

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parte, daban lugar, consecuentemente,a unas ausenciasdel cumpli-miento del propio deber capitular, lo que normalmenteera sancio-nado con la pérdida de parte de sus ingresos. Para legalizar estasausenciasy permitir que, a pesar de ellas, el capitular estudianteausentesiguiera gozandode una suficiente situación económica,loscabildos comienzana legislar en estesentido, pudiéndonosremontar,como más antigua, a la Constitución de Santiago de Compostelade 1169~‘. No podemos detenemosen toda la legislación conciliar ysinodal sobre estepunto, serásuficiente recordarde manera generalque los concilios lateranenseIII (1179), c. 18, y IV (1215), o. 11, tra-taron este tema; legislación recogida por los hispanos: Valladolid,1228, constitucionesDe Magistris y De bene/iciatis illiteratis; Léri-da, 1229, constituciones quinta De magistris gramatice y sexta Deillis gui toqui nesciunt latinis verbis, y Valladolid, 1322, constitu-ción 21 De magistris. Este último, el más cercano a la legislaciónsevillana, dispone que en todas las ciudades,dos o tres por cadadiócesis,dondehaya grandesmonasteriosy colegiatas,se establezcanmaestrosde gramática y profesoresde lógica; permite que los clé-rigos que quieran ir a estudiar a Estudios lejanos puedanpercibirpor espaciode tres años todos los frutos de susbeneficios mientrasse encuentranausentes;pide que de cada catedral se elijan benefi-ciados aptos, uno al menos por cada diez, a los que se obligue a iral Estudio para graduarseen teología, derechocanónico, civil, arteso medicina; y mandaque los que siendo aptos no quieran estudiar,seanobligados a hacerlo, sustrayéndolessus beneficios.

El cabildo de Sevilla, en su reunión del 9 de septiembrede 1313,determinó «que les non diessenlicengia para estudiosi primeramentenon fiziesen residengiaen la eglesiapor un ano»~. Es decir, en 1313ya estudian en o fuera de Sevilla los capitulares hispalenses,y elcabildo determina que no se les conceda permiso para ello, a noser que hubieran residido como tales duranteun año en la catedral.

La reglamentaciónmás completa, hastaahora conocida, regulan-do tales ausenciases de 1395. El 19 de mayo de dicho año promulgóel cabildo un largo estatuto: «Que habla de los 3.000 mrs. e seiscafises de trigo que han de dar a los benefigiadosque fuesen alestudio.’>

1. Principio general.Todo canónigoo beneficiadode Sevilla pue-de ausentarsede su iglesia para ir a estudiarcualquierciencia apro-badapor la Iglesia de Dios a cualquierEstudio, así a Aviñón como

61 ~ BELTRÁN DE HEREDIA: La formación intelectual del clero en Españadurante los siglos XII, XIII y XIV, «MisceláneaBeltrán de Heredia»,Salamanca,1972, t. 1, 26.

62 ACS. Libro de Estatutosdel Cabildo, 118, n. 16. S.A. 394-14.

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a otro, generalo particular,en todo tiempo del año,mesy día; tantosi no es beneficiado de la iglesia del lugar donde va a estudiarcomo si lo es; gozando del pan y maravedíesque a continuaciónse dispone.

2. Condicionespara gozar del pany los maravedíes:

a) Si el estudiantereside en Sevilla> de donde parte para elEstudio, necesita:

— Haber hecho residencia corporal completa en la iglesia deSevilla.

— Tener licencia del cabildo.

— Jurar queva a estudiary no a otro negocioalguno, y quenoobtendrápensión («ganara»)del papa, sus legados o el arz-obispo de Sevilla.

— Enviar todos los años, el 9 de marzo, «fe sufigiente» de suaprovechamientopor cartadel doctor o del maestrode la cien-cia que estudia u oye.

b) Si el estudianteno resideen Sevilla y parteal Estudiodesde

otro lugar, necesita:

— Pedir previamentelicencia al cabildo.

— Jurar por medio de un procuradorsuficiente.

— Las otras dos condiciones,como en el casoanterior.

3. Lo quepuede gozar:

a) Casosnormales.Anualmente:

— Canónigo solo, 3.000 maravedíesy 6 cahicesde trigo.

— Personao dignidad sola, 3.000maravedíesy 6 cahicesde trigo.

— Dignidadmáscanónigo,6.000 maravedíesy 12 cahicesde trigo.

— Racionero solo, 2.000maravedíesy 4 cahícesde trigo -

— Dignidadmásracionero,5.000maravedíesy 10 cahicesde trigo.

— Medio racionerosolo, 1.000 maravedíesy 2 cahices de trigo.

— Medio racionero más dignidad, 4.000 maravedíesy 8 cahices

de trigo.

1’) Excepcionesy explicaciones:

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1. Si el estudianteparte comenzadoel año (siemprese contaráde enero a enero), que gane normalmente de pan y dineros todolo que le correspondahasta ese día, dándole por lo que resta delaño pro rata temporis sobre los maravedíesy cahicesque le corres-pondan en el Estudio.

2. Si el estudianteregresaante de finalizar el año, se haría demodo semejante.

3. Si el estudianteparte o regresadel Estudio comenzadoel año,puedeelegir entrecobrar como se ha expuestoen los números1 y 2,o durantetodo el año lo asignadocomo estudiante.

4. Si el estudiante,al partir, ya hubiere cobradoel pan de suración completamente,ese año no cobrarálos cahicesde trigo co-rrespondientes.

5. Que el estudiante reciba los seis cahices de trigo siemprequecorrespondana su prebendadocecahicesanuales.En caso con-trario, que le descuenten«sueldopor libra».

6. Si mientraspermaneceen el Estudioel estudianteasciendeodesciendea un beneficio mayor o menor, que desdeese momentocobreconformea su nuevobeneficio.

7. Que no le seancontadosen los 3.000 maravedíeslos que hu-biera ganadode los maitines, el servicio del altar y del coro, preste,diácono,subdiáconoo cantoranualmente.

8. Si el estudiantedurante su ausencialegal permanececiertotiempo en Sevilla y ganapor diferentesmotivos maravedíesde pan,que los cedaparalas distribucionescotidianasquese repartenentrelos presentes.

9. Las deudascontraídaspor los estudiantesno les impedirángozar de este estatuto.

10. Los estudiantesgozarán de lo sobre dicho libres de todopecho, servicio y carga de la iglesia de Sevilla, «salvo la capa e elmarco e el pertiguero»~.

El 12 de agostode 1398 el cabildo volvía sobre este tema, resol-viendo dos dudasque se habíanplanteado:

1. Cómo se debía entenderla monedacon que se pagabaa losestudiantes.Respondeafirmando que cuandoen 1395 habíanadop-

ACS. Libro de Estatutos del Cabildo. Estatutos 1354-1584. OrdenaciónXXXIX.

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tado la cantidad de 3.000 maravedíespara el estudiantecanónigo,estacantidadera igual a la mitad de los maravedíesqueun canónigoentoncesganabadurantetodo un año.Con ellos pensabanquepodíamantenersefuera de su iglesia. Determinan,por lo tanto,que en ade-lante el canónigoestudiantecobre«la mitad de todoslos inrs., doblase realesque, forros e quitos de toda carga,venian a la calongia deaquel» y por relación al canónigo todos los demás.

2. Cómo procedercuando el estudianteno enviaba la «fe sufi-giente» de su aprovechamiento.Determinanque aquel año pierdaelpan,pero cobre la mitad de todos los maravedíes,doblas y realest

El 28 de octubre de 1431 el cabildo volvió sobre el tema, y olvi-dando las ordenacionesanteriores, dio otra mucho más simple yreducida. El beneficiado que quiera ir a estudiarcánoneso teologíaa un Estudio General, pida licencia al cabildo. Este estudiará si elsolicitante es apto para ello, en cuyo caso le concederálicencia porcinco añoso menos,pudiendo gozar cadaaño de la mitad de la rentade su beneficio. El cabildo puederevocar la concesiónen los casosen que vea que el estudianteno cumple~.

Los datos obtenidossobre la asistenciade clérigos o capitularesde Sevilla como estudiantesa los centros sevillanos, castellanosoextranjeros,con ser muchos,pensamosque no son todos, lo que nonos permite realizar unas estadísticascompletas. Sin embargo, nospueden dar una idea bastante cierta de la inquietud cultural delclero sevillano.

Procedende dos fuentes diferentes: del conjunto de documentospublicados por V, Beltrán de Heredia en su Bulario y Cartulario dela Universidad de Salamanca% y de las actascapitulares del cabildode Sevilla«~. Los primeros se refierena cuarentay dos años,de 1349a 1488; mientras que los segundossólo a cinco años de finales delsiglo xv: 1478, 1479, 1480, 1498 y 1499. En total suman 108 estudian-tes, 47 para el siglo xiv y 61 para el xv, de los que:

Siglos Clérigos Canónigos Porcionarios Civiles Total

xiv

xv

Total

23

41

64

14

15

29

10

4

14

1

1

47

61

108

~4 ACS. Libro de Estatutosdel Cabildo.Estatutos 1354-1584.OrdenaciónXLII.«~ ACS. Libro de Estatutosdel Cabildo. Estatutos1354-1584.OrdenaciónLIII.<~ \I~ BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario..., op. cii.; Cartulario..., op. cii.67 ACS. Actas Capitulares, 1478-1499.

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890 JoséSánchezHerrero

Por años,y simplificandosufichaindividual, fueron los siguientes:

CLERIGOS, HENECIADOS, CANONICOS DE SEVILLA ESTUDIANTES

1349 JuanLÓPEZ, can, de Sevilla, est. y lector de derechocanónico en Sevilla.8. 69.

1363 Fernando ALVAREZ DE ALBORNOZ, can. de Sevilla, catedráticode decretosen Bolonia, arz, de Sevilla, 1371-78. 8. 1410. 1411.

1364 JuanFERNÁNDEZ CABEZA DE VAcA, can.de Sevilla, administradordel Estudiode Salamanca.8. 114. 150.

1367 Martín Lópnz BE MoNTn1,~ouNo, párroco de Santiago del Sarro, diócesisdeSevilla, canonistasalmantino.8. 127.

1368 Santiago GARÚA, can, de Sevilla, col, del Col. 5. Clemente de Bolonia.C. 1, 165.

1380 Alfonso, cíe, sevillano,est. Col. S. Clementede Bolonia. 8. 154 (18).Juan ALFONSO, can, de Sevilla, est. de leyes en Salamancay Aviñón.

8. 156. 161.Femandode ALcALÁ DE GUADAIRA, cíe, sevillano, est. Col. 5. Clemente de

Bolonia. B. 154 (19).Lázaro GARcÍA, esp. can. de 5. Salvadorde Sevilla, est. Col. 5. Clemente

de Bolonia. 8. 154 (25).Pedro HISPALENSE, esp. de porción de Sevilla, est. Col. 5. Clementede

Bolonia. E, 154 (17).Juan,cíe, sevillano,esí. Col. 5. Clementede Bolonia. B. 154 (27).PedroLÓPEZ, cíe, de Alcalá de Guadaira, canonista,est. Col. 5. Clemente

de Bolonia. 8. 154 (6).Diego MARTÍNEZ, cíe. y porcionario de Sevilla, canonista,est. Col. 5. Cle-

mente de Bolonia. E. 154 (9).Juan RODRÍGUEZ, presbíterocordobés,beneficiadode la iglesia de San Ro-

mán de Sevilla, est. Col. 5. Clementede Bolonia. 8. 154 (15).

1381 Juan ALFONSO, cíe, salmantino,esp. de beneficio en Sevilla, est. derechocanónicoen Salamanca.E. 162 (288).

PedroDIAZ, cíe, sevillano,est. lógica en Salamanca.8. 162 (254).Juan DIAZ, cié, de ..., esp. de beneficio en Sevilla, est. lógica en Salaman-

ca. E. 162 (204).Juan DIÁZ DE MELGAR, cIé, burgalés,esp. de beneficio en Sevilla, est. dere-

cho canónico en Salamanca.8. 162 (166).Alfonso FERNÁNDEZ DE SAHAGÚN, cíe, leonés, esp. de beneficio en Sevilla,

est. en Salamanca.13. 162 (316).Fernando GUTIÉRREZ, can, de Sevilla, «provecto in jure canonico». 8.

162 (43).Bartolomé LÓPEZ, cíe, sevillano,est. lógica en Salamanca.E. 162 (267).Juan MuÑoz DE CARMONA, cié, sevillano,est. en Salamanca.8. 162 (253).Antonio NÚÑEZ DE JEREz, cIé, sevillano, est. gramáticaen Salamanca.8.

162 (213).Alvaro PÉREZ, dé, sevillano, est. lógica en Salamanca.8. 162 (314).Nicolás RoDRíGuez, medio porcionario de Sevilla, est. en Salamanca.8.

162 (164).Alvaro RoDRíGUEZDE CAm.IONA, cié, sevillano,est. en Salamanca.8. 162 (283).Juan SÁNcHEZ DE HUETE, can, de Palencia, esp. de beneficio en Sevilla,

est. derechocanónicoen Salamanca.8. 162 <73).

1385 Martín MICUÉIEZ, chantre de Sevilla, lic. en decretospor Salamanca,lec-tor de decretosen Sevilla. 13. 176.

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1387 Bartolomé LÓPEZ, dé, sevillano, lic. en leyes, lector de leyes en Mont-pellier, doc. en leyes, catedrático de Leyes en Aviñón. 13. 183. 22 (25).

1390 Lope FERNÁNDEZ DE MENDOZA, can. de Sevilla, doc. en leyes, arz. de Com-postela.13. 200. 201.

1391 Tello GARCÍA, doc. en decretos,es;. del arcedianatomayor de Sevilla.8. 211 (35).

Femando MARTÍNEZ DE MANSILLA, lic. en decretos,arc. de Niebla. 13. 211(36). 301.

1393 Alvaro ALFONSO, cié, zamorano,bach.en decretospor Salamanca,esp. can.en Sevilla. 13. 220 (27).

Diego ALFONSO, cié, leonés, bach. en decretos por Salamanca, esp. pre-bendaen Sevilla. B. 220 (25).

Juan ALrosiso DE SAN LucAs, cié, sevillano, est. leyes en Salamanca.B.220 (76).

Bartolomé GONZÁLEZ, cié, sevillano, est. derecho canónico en Salamanca.8. 220 (61).

1394 Martín ALFONSO DE ECIJA, dé, sevillano,est. artes en Salamanca.13. 275.Diego de CARMONA, cié, sevillano, est. artes en Salamanca.8. 283.Diego FERNÁNDEZ, arc. de Jerez,bach. in utroque iure, est. en Aviñón.

C. 1,144 y 302.Aif ón GONZÁLEZ DE ILLEScAs, est. de leyes, est. en Aviñón, abad de Jerez,

obispode Zamora.C. 1, 187.Diego HISPALENSE, dé, sevillano,est. en Valladolid. B. 1424 (81).FernandoLAiPEZ DE GERENA, cIé, sevillano,est. en Aviñón. C. 1, 144.Juan MARTÍNEZ DE ALGEcIRAs, ben, en la iglesia de 5. Miguel de Jerez,

est. en Salamanca.13. 271.Diego MARTÍNEZ DE SEVILLA, est. derecho civil en Salamanca,esp. de be-

neficio en Sevilla. 2. 254 (4).Martin SÁNCHEZ, cié, sevillano, lic. en leyes, est. en Aviñón. C. 1, 143.Juan Seco, cIé, sevillano, bach. en decretos,est. en Aviñón. C. 1, 144.Alfonso DE SEGURA, can. y deán de Sevilla, doc. en decretos, obispo de

Mondoñedo. 13. 294 (3). 758. 872. 1136.

1403 Lope ALFONSO DE EcIJA, cié, sevillano, est. gramática en Salamanca. 8.341 (209).

Pedro FERNÁNDEZ DE ECIJA, cié, sevillano, est. gramática en Salamanca.B. 341 (293).

Bartolomé FnriÁiquEz nr JEREZ, cié, sevillano, est. cánonesen Salamanca.B. 333 (31).

GarcíaFERNÁNDEZ DE MELGAREJO, cié, sevillano, est. decretos en Salamanca.13. 341 <11).

Diego GARCÍA, cié, sevillano, lic. en leyes en Salamanca. 13. 341 (4).Juan GARCÍA DE UTRERA, cié, sevillano, est. gramática en Salamanca.13. 341

(210 y 240).FernandoGONZÁLEZ, cié, sevillano, est. de decretosen Salamanca.13. 341

(25).Rodrigo GONZÁLEZ BOLANTE, cié, sevillano, est. de decretos en Salamanca.

B. 341 (15).Pedro GONZÁLEZ DE EcIJA, cié, sevillano, est. de gramática en Salamanca.

8. 341 (176).

1403 FenandoGONZÁLEZ DE EcIJA, cié, sevillano, est. de derecho canónico y civilen Salamanca.8. 341 (66 y 135).

Juan Loneir, cIé, sevillano, est. de derecho canónico ea Salamanca. 8.341 (76).

Alfonso LÓPEZ, cié, sevillano, est. de decretosen Salamanca.8. 341 (16).Bartolomé MARTÍNEZ, cié, sevillano, est, de decretos en Salamanca.13.

341 (35).

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892 JoséSánchezHerrero

Bartolomé MARTÍNEZ DE JEREZ, cié, sevillano, presbítero, est. de derechocanónicoy gramáticaen Salamanca.8, 341 (113 y 302).

FernandoMATEOS, dé, sevillano, est. en Salamanca.8. 317.JuanRODRÍGUEZ, dé, sevillano,est. de derecho canónico y civil en Sala-

manca.8. 341 (36).Alfonso RODRÍGUEZ DE JEREZ, cié, sevillano, est. de gramáticaen Salaman-

ca. 8. 341 (233).Simón SÁNCHEZ, cié, sevillano, est. de derecho canónico en Salamanca.

8. 333 (11) y 341 (62).FernandoSÁNCHEZ DE USAGRE, cié, sevillano,est. de gramáticaen Salaman-

ca. 8. 341 (277).

1404 Gonzalo MARÍN DE RIBERA, cIé, sevillano, est. de cánonesen Salamanca.8. 534. 586.

1405 Diego MARTÍNEZ, cIé, sevillano,est. de cánonesen Salamanca.13. 371.

1407 Luis GONZÁLEZ, porcionerode Sevilla, bach.en leyespor Salamanca.8. 400.

1408 JuanGONZÁLEZ, cié, sevillano,can.de Sevilla, cat. de Salamanca,obispo deCádiz.8. 405. 561. 576. 590. 610. 663. 687. 691. 733. C. 1, 286-300.

1409 PedroDE BOCANEGRA, senior,dé, sevillano,bach. en leyes por Salamanca.8. 412. 477. 504. 813.

1411 Juan FERNÁNDEZ DE JEREZ, cIé, sevillano, beneficiado de la iglesia de 5. Bar-tolomé de Sevilla, est, cánonesen Salamanca.8. 437.

Antonio GARcÍA DE PERALTA, can. de Sevilla, bach. en decretos.8. 439. 505.510.

1412 Alonso FERNÁNDEZ, arc.de Niebla, lic. en leyes,obispode Salamanca.B. 469.

1415 Juan DE CERVANTES, cié, sevillano,bach.en leyes. arc. de Sevilla, dona subibliotecaal Cabildo de Sevilla. 8. 500. 504. 583. 825. 991. 1154.

FemandoDÍAZ DE TOLEDO, arc. de Niebla, médico, catedráticode Medicinaen Salamanca.B. 498. 895. C. 1, 529-540.

1417 Diego MARTÍNEZ, can. de Sevilla, est. de cánonesen Salamanca.8. 526.C. 1, 355.

1418 PedroSÁscuszDE SEVILLA, esp. de beneficio en Sevilla, est.Col. 5. ClementeBolonia. 8. 538.

1419 Francisco FERNÁNDEZ DE REILLO, cIé, sevillano, bach. en cánones,col, yrectorCol. 5. Clementede Bolonia. 8. 681.

Pedro DE RIBERA, cié, sevillano, arc. de Niebla, est. derecho canónico~enSalamanca.13. 582. 586. 627. 724. 895.

Juan SÁNCHEZ DE CUCALLÓN, porcionario de Sevilla, est. de teología Col.5. Clementede Bolonia. 13. 584.

1420 Juan SÁNCHEZ DE MORILLO, cié, sevillano,bach. en leyes por Salamanca.13. 602.

1427 Alfonso RODRÍGUEZ, can, de Sevilla, bach.en leyes.8. 749.

1435 Alfonso GONZÁLEZ, can,de Sevilla, bach.en decretospor Salamanca.13. 898.

1436 PedroFERNÁNDEZ DE MENDOZA, can, de Sevilla, est. de leyes en Salamanca.13. 361.

1439 PedroVASCO DE BAHAMONDE, arc. de Reina, bach.en decretos.13. 951.

1440 Juan SÁNCHEZ, cié, sevillano, est. de cánonesCol. 5. Clementede Bolonia.8. 982.

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Centrosde enseñanzay estudiantesde Sevilla... 893

1447 Enrique EDUARDO, cié, salmantino, can, de Sevilla, maestro en artes yteologíapor Salamanca.B. 1084.

1450 PedroDE CERvANTES, cIé, sevillano, arc. de Ecija, deán de Sevilla, bach. endecretos,rector del estudio florentino. 13. 888. 1116. 11171. C. 1, 396-99.

Diego RAMÍREZ, are. de Reina,bach.en decretos.8. 1124. 1190. 1194. C. Y, 537.

1455 FranciscoFERNÁNDEZ DE TOLEDO, arc. de Ecija, lic. y maestroen teologíay artes.8. 1149. 1160.

1456 Gonzalo SÁNcHEz DE CÓRDOBA, can. de Sevilla, maestroen teología.8. 1163.

1465 Enrique Anua-rE, can. de Sevilla, maestro en teología.8. 1210.

1472 Rodrigo Cao, dé, sevillano, col. canonistaCol. 5. Clementede Bolonia,rectordel mismo. 8. 1233.

1474 Juan DE LEBRIJA, dé, sevillano, llamado «el filósofo», maestroen teología,catedráticoen filosofía y teologíaen el Estudio Romano.13. 1237.

1478 FLORES, bach., dé, sevillano> permiso para vaya a licenciarse a Salamanca.Act- Cap.5 enero1478, fol. 3v.

PedroDE MOLINA, cié, sevillano?,escolarde Córdoba,se le provee del pri-mer lugar de cánonesque vacare en el Col. 5. Clemente de Bolonia.Aa. Cap. 14 enero1478.

1479 FernandoDE VILLALOBOS, cié, sevillano, proveido del primer lugar de cá-nonesque vacareen el Col. 5. Clementede Bolonia. Act. Cap.20 julio1479, fol. lSr., fol. 4r.

1480 TORREs, maestro,can. de Sevilla, le concedenla cátedrade medicina deBolonia. Aa. Cap. 8 mayo 1480, fol. 42v.

Rodrigo FERNÁNDEZ DE SANTAELLA, dé, sevillano, maestro en teología, est.Col. 5. Clementede Bolonia. 13. 1249. 1275. 1261. 1281.

FernánPÉREz, cié, sevillano,beneficiadode Sevilla, permiso para ir a es-tudiar a Salamanca,Paríso Bolonia. Act. Cap. 11 diciembre1480,fol. Mr.

1487 Pedro DÍAZ DE TOLEDO, can, de Sevilla, humanista.13. 1268. C. 1, 538-540.1488 PedroFERNÁNDEZ DE NADAL, dé, sevillano, bach. en leyes.8. 905.

1498 Diego DE FIERRO, cIé, sevillano, se le concedeun titulo de teología paraBolonia. Act. Cap. 16 febrero 1498, fol. 8v.

Rodrigo INFANTE, cié, sevillano,se le concedeun título de derechocanónicopara Bolonia. Act. Cap. 20 junio 1498, fol. 35r.

JuanMORENO, racionero de Sevilla, estudiante en Salamanca.AcÉ. Cap. 30marzo 1498, fol. 19r.

Pedro DE VELASCO, sevillano, titulo de medicina para Bolonia. Act. Cap.junio 1498, fol. 32v.

Diego DE SANTILLÁN, cIé, sevillano, titulo de teología para Bolonia. Act.Cap. 5 octubre 1498, fol. 46v.

ALGUNAS ABREVIATURAS:

est. = estudiante;can.= canónigo; arz.= arzobispo;col. = colegial;Col. = Colegio; esp.= espectante;cié. clérigo; lic. = licenciado;doc. doctor; arc. = arcediano;bach. bachiller; ben. = beneficiado.8. = V. BELTRÁN DE HEREDIA, Bulario de la Universidad de Salamanca(1219-1349). Universidad de Salamanca,1967. Intr. y tres volúmenes.Secitan los númerosde los documentoscorrespondientes.Los númerosentreparéntesiscorrespondea los diferentes apartadosdentro del documento.C. = V. BELTRÁN DE HEREDIA, Cartulario de la Universidad de Salamanca(1218-1600>. Universidad de Salamanca, 1970-73. 6 vols. Se ha utilizadosolamenteel primer tomo del que se indican las páginas.

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894 JoséSánchezHerrero

La documentaciónno es, pues, exhaustivay casi toda indirecta,ya que bastantesde los documentospublicadospor V. Beltrán deHerediase refieren no a clérigos sevillanos,sino a clérigos de otrasdiócesis que solicitan de la Santa Sedeun canonicatoo beneficioen la catedral de Sevilla. Igualmente todos los clérigos sevillanos,incluidos en la documentaciónpublicadapor este investigador,soli-citan y esperanun beneficio en la catedralde Sevilla o en las otrasdiócesis. Pero es la única fuente que nos permite conocer hasta elmomentoun mayor número de clérigos sevillanos, estudiandoy gra-duándosefuera de Sevilla de 1349 a 1488, y de clérigos de otras dió-cesis que solicitaron y, sin duda, formaron parte del cabildo sevi-llano, también estudiantesy graduadospor las Universidadescaste-llanas y extranjeras.

Algunas conclusionesobjetivas podemossacar de todos estos da-tos. Los clérigos sevillanosestudiaronen Salamanca:artes, en 1394;gramática, en 1381 y 1403; lógica, en 1381; leyes o derecho civil,en 1393, 1403, 1408 y 1409; decretos o derecho canónico, en 1367,1381, 1393, 1403, 1404, 1405, 1408 y 1411; de algunos sólo sabemosque estudiaronen Salamanca,en 1381, 1403, 1478, 1480 y 1498; uno

fue catedrático de decretos,en 1418. En Valladolid, sin determinarmateria, en 1394. En Sevilla, derechocanónico, en 1349 y 1385; teo-logía, en 1424 y antesy despuésde 1478, en las cátedrasde la cate-dral. En Bolonia, Colegio Español de San Clemente,sin indicar ma-teria, en 1380 y 1480; medicina, en 1480 y 1489; cánoneso decretos,en 1380, 1419, 1440, 1472, 1478, 1479 y 1498; teología,en 1480 y 1498;rector del Colegio, en 1419. En Aviñón, leyes en 1394; decretos,en1393. En Florencia, rector del Estudio Florentino, en 1435. En Roma,catedrático de filosofía y teología en el Estudio Romano, en 1474.En París, en 1498 se concedepermiso para ir allí a estudiar.

¿Adónde fueron en mayor númeroa estudiar?Es muy difícil con-

testar. En númerosabsolutos,nos atrevemosa proponer esteorden:Salamanca,Bolonia, Aviñón, etc. En números relativos, daríamoseste otro: Bolonia, Salamanca,Aviñón, etc.

Los clérigos que fueron canónigosde Sevilla, estudiaronen Sa-lamanca: leyes, en 1380 y 1436; decretos,en 1381 y 1435; maestroycatedráticode medicina,en 1415; administradordel Estudio,en 1364.En Bolonia: sin determinarmateria, en 1368; catedráticode decre-tos, en 1361. En Aviñón, in utroque inre, en 1394; leyes, en 1381;catedrático de leyes, antes de 1391. En Montpellier, lector de leyes,antesde 1391. De otros se indica solamentesu situación académica:bachiller en leyes, decretos;licenciado en leyes, decretos;doctor enleyes, decretos; maestroen artes, teología.

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Centrosde enseñanzay estudiantesde Sevilla... 895

Algunos arzobisposde Sevilla> impulsores de esta actividadcultural

No podemosterminar estaspáginassin tener poco más que unrecuerdopara aquellos arzobisposde Sevilla, cultos y preocupadospor las actividadesculturales, cuya actuaciónse debió dejar sentiren Sevilla y entre el clero sevillano en este sentido.Destacamosenprimer lugar adon Pedro GómezBarroso. Sabemosqueel arzobispoy cardenalde Sevilla fue a su vez sobrino del otro cardenaldel mis-mo nombre y apellidos, nacido antes de 1316, obispo de Cartage-na, 1326-27,y fallecido el 14 de Julio de 1348. El arzobispode Sevilla,hijo de García de Sotomayory Gómez,nació hacia 1321-22. En 1335se le confiere un canonicatoen Palencia,en 1337 otro en Toledo>en 1345 un arcedianatoen la misma catedral,reservándoseledespuésel decanato.Mientras tanto estudiabaleyes y se doctorabaen Bolo-nia. Un mesdespuésde la muertede su tío, el cardenal,fue promo-vicIo a la diócesisde Sigilenza con dispensa de edad,por no haberaúncumplido veintiséisaños.En 1358 pasóal obispadode Coimbra,en 1364 al de Lisboa y en 1369, tras la muerte de Pedro 1, el papaUrbano V lo nombró arzobispode Sevilla. En 1371 fue promovidopor Gregorio XI al cardenalatocon el titulo de Santa Práxedes.Falleció en 1374~. Morgado, siguiendoa Eubel, vuelve a incluirlocomo administradordel arzobispadode Sevilla en 1380, fijando sufallecimiento en Umbrete, a los sesentay ocho años,el 1 de juliode 1390w.

Dejó, entre otras, las siguientesobras:

— Libro del consejo e de los consejeroso Del consejo y conse-jeros de los príncipes. Especiede catecismopolítico, sobre el quese discute su autoría,atribuyéndolaal tío y al sobrino~.

— Confesionario,presentadopor Zarco como Declaración de losMandamientosde la Ley de Dios, Artículos de la Fe, Obras de Mise-ricordia, Sacramentosde la Iglesia y los Siete Pecadoscapitales,pordon Pedro Gómez de Albornoz, arzobispode Sevilla, tomo 1 del Ca-tálogo, Madrid, 1924. De esta obra ha escrito un largo estudio Fer-nando Rubio Alvarez, Don Pedro Gomez Barroso, arzobispo de Se-villa y su «catecismo»en Romance Castellano, Archivo Hispalen-

~ V. BELTRÁN DE HEREDIA: Cartulario.., op. cit., 1, 147-149; A. GARÚA Y GAR-cli: La canonisticaibárica medievalposterior al decretode Graciano, Repertoriode historia de las ciencias eclesiásticasen España. 2. Siglos IV-XVI, Salaman-ca, 1971, 206.

~ JoséALoNso MORcADO: Prelados sevillanos...,Sevilla, 1906, 245.~ IsaíasRODRÍGUEZ: Autoresespirituales españolesen la EdadMedia. Reper-

torio de historia de las ciencias eclesiásticasen España. 1. Siglos II ¡-XVI, Sala-manca,1967, 245.

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896 JoséSánchezHerrero

se, 81-82 (1957) Pp 129-146. Zarco, Paz y Meliá, Amador de los Ríosy Nicolás Antonio afirman que su autor es don Pedro Alvarez deAlbornoz (1379-1390),mientras que Fernando Rubio supone que ese] también arzobispo de Sevilla, don Pedro Gómez Barroso (1369-1371). La obra no es un catecismoparala divulgaciónde la doctrinacristiana entre el pueblo, sino un largo tratado de unos 150 foliosdonde se estudiaextensamentela parte másimportante del conteni-do de los catecismos:Mandamientosde la Ley de Dios, muy amplia-mente; Artículos de la fe, siete y siete,prácticamentesólo enurnera-dos; Sacramentos,algo comentados;Obras de Misericordia espiri-tualesy corporales,másestudiadas,y PecadosCapitales,ampliamen-te estudiados.Añade: Remediosgeneralescontra cualquier pecado,que no aparecenen ningún catecismo.El original, en la Bibliotecadel Escorial, mss. a-IV-1 1 ~‘.

— Tabula iuris, conservadaen el ms. 13018, ff. 66-74, de la Bi-blioteca Nacional de Madrid ~.

Fernando Alvarez de Albornoz, arzobispo de Sevilla de 1371 a1378, era sobrino del cardenal Gil de Albornoz y quizá primo dePedro Gómez Barroso, su antecesoren el arzobispadohispalense,aunque es un parentesco muy discutido. Había nacido hacia 1336-37,siendohijo de FernandoGómez de Albornoz. En 1358, con sólo vein-tiún años,es nombradoabadde Valladolid, quedejabaen 1366 parapasara la prepositurade Valencia.En septiembrede 1367 se le con-feria ademásel arcedianatode Toledo.

El 25 de septiembrede 1353 llega a Bolonia para estudiardecre-tales.El 28 de julio de 1361 sufre el examen de doctor in utroqueíure, recibiendolas insigniasdoctoralesel 17 de octubreen la iglesiade San Pedro de Bolonia. En 1356 se ordenade acólito; en 1362,de subdiáconoy diácono. El 10 de octubre de 1363 comienzaa leerdecretosen la Universidad de Bolonia. El 4 de junio de 1369 eranombradoobispo de Lisboa. El 7 de septiembredejaba la enseñan-za, siendoordenadode presbíteroel 22, y el último domingo de estemes consagradoobispo. El 9 de junio de 1371 era promovido alarzobispadode Sevilla, aunqueen 1375 continuaba residiendo enItalia, según consta por el preámbulo de los Estatutosdel Colegiode SanClemente,elaboradospor él y PedroAlfonso de Toledo,obispode Osma,despuésde la muertedel cardenalGil de Albornoz, su fun-dador, y reformadosen 1375 por ambos~. Falleció en 1378.

~‘ José SXNarnz HERRERO: La religiosidad popular en la Baja Edad Medíaandaluza,«Homenajea Alfonso Trujillo», Aula de Cultura de Tenerife, 1982, 281.

72 V. BELTRÁN DE HEREDIA: Cartulario..., op. ciÉ., 1, 155-157.73 A. GARcíA Y GARCÍA: La canonistica ibérica medieval posterior al decreto

de Graciano. Repertorio...1. Siglos III-XVI, op. cit., 423-424.

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Centrosde enseñanzay estudiantesde Sevilla... 897

En la actualidadse comienzaa insistir en la faceta canonísticade FernandoAlvarez de Albornoz, de quien poseemosdos manuscri-tos quehablan de esta su actividad, que se encuentranen e] ms. 4-2,folios 1ra-vb, de la Biblioteca del cabildo de Toledo, y en el ms. 281,folio 296vb, del Colegio di Spagnade Bolonia. Ambos contieneneldecretode Gracianoy fueron utilizados por Alvarez de Albornoz parasus explicacionescomo profesor de Bolonia. El de Toledo fue traídopor él y contienesu autobiografía,que hemosresumido más arriba,juntamentecon otras informacionessobre la docencia del derechocanónico en la Universidadde Bolonia durantelos años de su per-manenciaallí ~.

Tenemos,pues,quede 1369 a 1378 la archidiócesisde Sevilla fueregida por dos arzobisposformados en Bolonia, uno de ellos profe-

sor de aquellaUniversidad.Esto nos explica el augeque los estudiosen Bolonia tomaron entre los clérigos sevillanos a partir de 1368 yespecialmenteen 1380. En el rótulo de este año se consignan27 es-tudiantes, de ellos siete eran sevillanos, siguiendo con tres Cuencay Palencia.

Aún hay que investigarmássobrela personalidadcultural de donAlonso de Egea, arzobispode Sevilla de 1403 a 1417. Su sucesorfuedon Diego de Anaya, 1418-1431 y 1435-1437. Nadapodemosañadir alo ya escrito sobre esteculto obispo, emprendedorde grandesobrasculturales.Sólo queremosrecordarsu íntima relacióncon Salamancay su Universidad.En este sentido,en 1401, siendoobispo de aquellaciudad, fundó el Colegio Viejo de su Universidad,el de San Barto-lomé, confirmadopor BenedictoXIII, de quien Anaya fue gran par-tidario, en 1414, y cuyas constitucionesse inspiraron en el de Bo-lonia, visitado por nuestro arzobispo a su regreso del Concilio deConstanza~. En segundo lugar, entre 1381 y 1416 se funda la Facul-tad de teología de la Universidadde Salamanca;don Diego de Anayadebió también mediar en ello ~. En Salamancaestudió decretoselarzobispode Sevilla don Juan de Cervantes, 1449-1453. Y en Sala-manca desplegótoda su actividad cultural y pastoral, pues de ellafue obispo, fray Diego de Deza, arzobispode Sevilla de 1504 a 1523.Es decir, la Universidadde Salamancacontó con medios para hacersefácilmente presenteentre los sevillanos como polo de atracción cul-tural, y así desde1381 vemos un grupo de clérigos hispalensesallíestudiando.Claro es que en este caso, sin que se puedansacarmu-chas conclusiones,de los 342 alumnosincluidos en el rótulo de 1381

~ L. SALA Hsrusr: Constituciones,estatutos y ceremoniasde los antiguoscolegios seculares de la Universidad de Salamanca, Y, Salamanca,1962, 18,nota 38,

75 y. BELTRÁN DE HEREDIA: Cartulario..., op. cii., Y, 210-249.~ V. BELTRÁN DE HEREDIA: Bulario..., op. ciÉ., 1, doc. núm. 162.

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898 JoséSánchezHerrero

sólo seis eran clérigos sevillanos,más otros siete entre canónigos,

racionerosy espectantesdebeneficioen Sevilla.Conclusión

Estamoshoy en disposición de afirmar que al gran desarrolloiemográficoy económicode la ciudad de Sevilla a partir del últimotercio del siglo xiv correspondióun desarrollocultural. Su clero fue

<un clero culto que contó en la misma ciudad con institucionespara<su formación en gramática, teología y derecho, y con los medios2conómicos suficientes para salir a estudiara otros centros caste-llanos y extranjeros,haciéndosepresentedesdela segundamitad delsiglo xiv en los Estudiosy Universidadesde Salamanca,Valladolid,Bolonia, Aviñón, Florencia, Roma y París.

José SÁNCHEZ HERRERO

(Universidad de Sevilla)