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Sistematización “Caso Contaminación por Plomo Ocasionadopor la Empresa Baterías de El Salvador. S.A de C.V. y elProceso de Lucha Impulsado por la Población Afectada”.
Centro Sa lvadoreño de Tecno log ía Aprop iada CESTA.
Primera edición: Noviembre 2009.
Investigación:Licda. Edith Julieta CamposMSc. Silvia Quiroa YadaLicda. Ana María Vásquez
Colaboradores/as:Licda. Larissa Nataly Ventura PeñateLicda. Giannina Beatriz Valladares CabreraLic. Carlos Armando Tejada Santos,Movimiento Sin Plomo
Fotografías:José AcostaAna María Vásquez
Diseño e impresiónCabrera Publicidad
San Salvador, El Salvador, Centroamérica.
La autorización para la reproducción total o parcial de estapublicación puede hacerse siempre y cuando se cite la fuente(CESTA).
INDICE Pag.
Introducción ...................................................................................................
Acrónimos.......................................................................................................3
1. Marco Teórico .............................................................................................5
1.1 Los Desechos Sólidos......................................................................5
1.2 Clasificación de los Desechos Sólidos...............................................5
1.3 Los Metales Pesados (MP) ...............................................................8
El Plomo: Concepto y Usos ..................................................................8
Formas del plomo, sus usos y aplicaciones. ...........................................10
Proceso de Reciclaje de Baterías ...........................................................11
El Plomo y la Salud ..............................................................................11
El plomo en el medio ambiente .............................................................14
2. Caso de Contaminación por Plomo en la Comunidad Sitio del Niño ................16
2.1 Generalidades del Cantón Sitio del Niño: ........................................16
2.1.1 Ubicación geográfica. ...................................................................16
2.1.2 Población.....................................................................................16
2.1.3 Historia de la Comunidad ............................................................16
2.1.4 Educación ...................................................................................17
2.1.5 Economía. ...................................................................................17
2.1.6 Salud...........................................................................................18
2.2 Establecimiento y Funcionamiento de la Empresa Baterías de
El Salvador en la Comunidad Sitio del Niño......................................19
2.3 Impactos Ocasionados por la Contaminación con Plomo...................20
2.3.1 Situación de la población escolar en Sitio del Niño.........................20
2.3.2 Situación de Salud de los habitantes de la zona ...........................22
2.3.3 Condiciones Ambientales de la Zona ............................................24
Tipos de empresas que operan en la zona .............................................27
INDICE Pag.
3. Organización, movilización y gestiones de la comunidad afectada. ................28
3.1 Apoyo y coordinaciones con instituciones sociales y ecológicas .........31
3.2 Difusión del problema .....................................................................43
3.3 Otras actividades de gestión ...........................................................46
4. Política y legislación ambiental ....................................................................47
4.1 Políticas .........................................................................................47
4.2 Leyes .............................................................................................54
Recopilación de Leyes y regulaciones ....................................................55
4.3 Tratados Internacionales .................................................................61
5. Principales Resultados .................................................................................64
6. Propuestas de Reformas a la Ley de Medio Ambiente su Reglamento
General, al Código de Salud y al Código Municipal ............................................67
Propuesta de reformas ....................................................................................70
7. Glosario ......................................................................................................94
8. Bibliografía..................................................................................................99
Anexos ..........................................................................................................103
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Introducción.
El Salvador, es un país con altos índices de contaminación ambiental, las
actividades de las empresas, contribuyen grandemente a profundizar estos
problemas, debido a la falta de responsabilidad en el manejo eficientemente
de sus desechos.
La contaminación por plomo que ocasiono Baterías de El Salvador, mejor
conocida como Récord, en Sitio del Niño en San Juan Opico, La Libertad, ha
sido uno de los ejemplos más recientes en el país y en el que se pone
nuevamente a prueba a las instituciones del Estado para cumplir con su
papel de ser garantes de la salud y del ambiente de los salvadoreños y
salvadoreñas.
En tal sentido la presente investigación realizada, aborda este problema y
sus diferentes componentes, identificando varias dificultades en el caso,
siendo las principales, el mal ordenamiento del territorio, deficiencias en los
permisos y autorizaciones, fiscalización y vigilancia, infracciones y sanciones
insu f i c i en tes , que imp iden una co r rec ta ges t i ón amb ien ta l .
En el estudio hemos intentado en un primer momento describir brevemente
la situación de los desechos sólidos, definiciones y características, para luego
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explicar el grupo de los metales pesados y ampliar sobre el concepto, uso,
amenazas, peligros e impactos que ocasiona el plomo.
Posteriormente se expone una radiografía bastante amplia del caso de
contaminación de la comunidad Sitio del Niño en San Juan Opico, La Libertad;
desde cuando inicia y cómo se encuentra al momento. Se retoman los puntos
de vista de los diferentes actores involucrados en el problema producto de
entrevistas realizadas con funcionarios y habitantes de la comunidad.
Posteriormente en el documento se hace un punteo de la política y legislación
ambiental en El Salvador, así como también los convenios y tratados
internacionales a los que está suscrito el país, principalmente los relacionados
con el tema de desechos peligrosos.
La investigación finaliza con un apartado detallado de la Formulación de la
Propuesta de Reforma a la normativa ambiental sobre desechos sólidos
contenida en tres leyes secundarias: Ley de Medio Ambiente, Código de
Salud y Código Municipal.
Considerando la necesidad y urgencia de estas reformas, se espera que ésta
tenga una buena acogida y se logre incidir en las instituciones a las que
les compete su ratificación.
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ACRÓNIMOS
ANDA: Administración Nacional de Acueductos y Alcantarillado
BAES: Baterías de El Salvador
CCAD: Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo
CDC: Centro para el Control y Prevención de Enfermedades US
(sigla en inglés)
CESTA: Centro Salvadoreño de Tecnología Apropiada
CIAN-UES: Centro de Investigaciones y Aplicaciones Nucleares de
la Universidad de El Salvador
CONAMA: Concejo Nacional de Medio Ambiente
DIRAMA: Dirección de Atención al Medio Ambiente
DUI: Documento Único de Identidad
ENMA: Estrategia Nacional de Medio Ambiente
FISDL: Fondo de Inversión Social Para el Desarrollo Local
FOSALUD: Fondo Solidario para la Salud
FUSADES: Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social
IDHUCA: Instituto de Derechos Humanos de la UCA
IUPAC: Unión Internacional de Química Pura y Aplicada
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INTERPOL: Organización Internacional de Policía Criminal
(sigla en inglés: OIPC)
ISTA: Instituto de Transformación Agraria
MARN: Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales
MP: Metales Pesados
MINED: Ministerio de Educación
MSPAS: Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
NSCAP: No rmas Sa l vado reñas de Ca l i dad de Agua Po tab l e
NSO: Norma Salvadoreña Obligatoria
OMS: Organización Mundial de la Salud
ONG: Organización No Gubernamental
PBT: Persistente Bioacumulativo y Tóxico
SEMA: Secretaria Ejecutiva de Medio Ambiente
UNICEF: Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (sigla en inglés)
US EPA: Agencia de Protección Ambiental de la US (sigla en inglés)
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1. MARCO TEÓRICO
1.1. Los Desechos Sólidos
Las sociedades en la actualidad se ven estimuladas y se caracterizan entre otrascosas por modernizar sus formas y estilos de vida, mejorar vías y medios decomunicación. Búsqueda constante para contrarrestar epidemias y patologías,organizarse en complejas estructuras con fines lucrativos, diseñar e implementaralta tecnología, crear alianzas entre bloques de países que les permitan mejorary fortalecer sus economías, etc.
Sin embargo, estos estilos de vida traen consigo consumo excesivo de recursosy altas generaciones de desechos, provocando costos ambientales a la saludde la población y a la seguridad ciudadana y por consiguiente un deterioro ala calidad de vida de los y las ciudadanas.
La crisis generada por la acumulación de basura se inicia a nivel local con laocurrencia de enfermedades como las gastrointestinales o respiratorias, y estáalcanza dimensiones nacionales, regionales y políticas cuando debido a la faltade espacios para la disposición de los desechos, motiva su transferencia a otroslugares, a veces atravesando fronteras. La crisis de los desechos tambiéncompete a todas las naciones, ya que se está ocasionando disfunciones en losecosistemas a escala planetaria, como es el caso del cambio climático, que estácuestionando la continuidad del ser humano como parte de la vida en la tierra.
Frente al problema de los desechos sólidos prevalece una visión lineal, serecogen, se transportan y se disponen generalmente en botaderos a cieloabierto, en ciertos casos son incinerados y solo en muy pequeña escala serecicla o composta; sin embargo, hay que aclarar, que cualquier alternativapara disponer los desechos genera impactos negativos a la salud de las personas,a la economía de la sociedad y al medio ambiente.
1.2. Clasificación de los Desechos Sólidos.
Por su fuente de generación se clasifican en:
Desechos Domiciliares: Son los originados por la actividad en las casas,los que generan las familias con sus actividades de limpieza, cocción
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de los alimentos, pintar la casa, reparaciones eléctricas o mecánicas,
albañilería, etc. El manejo de los desechos residenciales por lo general está
asignado a las mujeres.
Desechos Comerciales: Son aquellos producidos por el comercio, estos
desechos son muy variados, van desde pequeños negocios hasta locales
comerciales como almacenes, mercados, supermercados, hoteles; se incluyen
en esta categoría los desechos producidos por las instituciones.
Desechos Públicos: Los que se obtienen de hacer la limpieza de calles,
parques y demás sitios públicos, generalmente bajo la responsabilidad de
las municipalidades, es de señalar que este tipo de desechos constituye el
volumen más grande.
Desechos Especiales: Son los que requieren de cuidados especiales en
la recolección, manipulación y tratamiento, ya que casi siempre son muy
contaminantes o peligrosos. Esta clasificación es muy amplia, se incluyen
los que se generan en los hogares hasta llegar a los desechos hospitalarios
peligrosos. En los hogares estos desechos pueden ser: baterías, desechos
de cosméticos, envases de pesticidas, envases de productos de limpieza,
medicamentos vencidos, etc.
Desechos Agropecuarios: Son los producidos por las actividades agrícolas
y pecuarias, algunos de estos también pueden clasificarse en la categoría
anterior, como por ejemplo envases de agroquímicos.
Desechos Industriales: Son todos aquellos generados por la industria
en el proceso de producción, aquí los desechos son muy diversos,
dependiendo de la actividad de su fuente generadora o bien del tipo de
industria o fábrica.
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Desde que comenzó el desarrollo de la industria, se calcula que se han
producido y diseminado en el medio ambiente aproximadamente 100.000
nuevas sustancias químicas. Además, cada año está cifra se va incrementando
en 1.000 nuevas sustancias. El conocimiento del impacto de estas sustancias
sobre el medio ambiente y la salud humana es escaso, en la mayoría de los
casos, no existe; muchas sustancias químicas peligrosas no son controlables
y terminan en los ríos, en los seres vivos acuáticos y así entran en la cadena
alimentaria.
Debido a la variedad en la producción del sector industrial y de sus residuos,
los vertidos son igualmente amplios en lo referente a su composición como
al medio donde se emiten. Los procesos industriales casi siempre emplean
agua (fabricación, refrigeración, limpieza...), por lo que es el medio hídrico
el que habitualmente sufre en mayor medida los efectos de esta actividad.
Los vertidos que se producen van directamente a cauces o pasan por Estaciones
de Depuración de Aguas Residuales Industriales, o se vierten a través del
alcantarillado, que no son diseñadas para eliminar compuestos tóxicos y
peligrosos.
La industria impacta significativamente en la calidad del aire, cada año, los
países industriales generan miles de millones de toneladas de contaminantes.
El nivel suele expresarse en términos de concentración atmosférica (microgramos
de contaminantes por metro cúbico de aire) o, en el caso de los gases en
partes por millón, es decir, el número de moléculas de contaminantes por
millón de moléculas de aire. Muchos contaminantes proceden de fuentes
fácilmente identificables: El dióxido de azufre, por ejemplo, proviene de las
centrales energéticas que queman carbón o petróleo, otros se forman por
la acción de la luz solar sobre materiales reactivos previamente emitidos a
la atmósfera (los llamados precursores).
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Los residuos tóxicos son materiales sólidos, líquidos o gaseosos que contienen
sustancias dañinas para el medio ambiente, para el ser humano y para los
recursos naturales. Los principales componentes que dan a los residuos un
carácter peligroso son: cianuros, dibenzo-p-dioxinas, biocidas y productos
fitosanitarios, éteres, amianto, hidrocarburos aromáticos policíclicos, fósforo
y sus derivados, y compuestos inorgánicos del flúor y metales pesados.
1.3. Los Metales Pesados (MP)
Metales pesados, es un concepto que se ha venido usando para referirse,
describir o definir de modo genérico a un conjunto de diversos elementos
químicos, a los que se atribuyen diferentes efectos de contaminación y
toxicidad. Hasta junio de 2004, no se dispone de una definición oficial
generalmente aceptada, ni de un listado de esos elementos, ni de una
referencia clara y exacta de las propiedades o caracteres de los Metales
Pesados, proveniente de alguna sociedad científica u organismo referente de
alto nivel, como podría ser la Unión Internacional de Química Pura y Aplicada
(IUPAC) o la Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos (EPA).
En muchos procesos, al mencionar un determinado "metal pesado", no se
aclara si se trata de ese elemento puro, o de algunos o la totalidad de sus
diversos compuestos, ya que no presentan las mismas propiedades físicas,
químicas, tóxicas ni ecotóxicas.
El Plomo: Concepto y Usos
El plomo es un metal pesado, cuya densidad relativa, o gravedad específica,
es de 11.4º a 16º C (61ºF), de color azuloso, que se empaña para
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adquirir un color gris mate. Es flexible, inelástico, se funde con facilidad a
327.4º C (621.3 º F) y hierve a 1725ºC (3164ºF); es relativamente resistente al
ataque de los ácidos sulfúrico y clorhídrico, pero se disuelve con lentitud en ácido
nítrico, y tiene propiedades tóxicas.
Además es anfótero (funciona como ácido ó como base), ya que forma sales de
plomo metálicas y compuestos organometálicos.
Industrialmente, sus compuestos más importantes son los óxidos de plomo y el
tetraetilo de plomo. Forma aleaciones con muchos metales: estaño, cobre,
arsénico, antimonio, bismuto, cadmio y sodio.
Otra característica es que es una sustancia persistente (es decir que tiene una
combinación de propiedades físico químicas que una vez liberadas permanecen
muchas décadas en el ambiente y en los organismos, aunque la liberación sea
en cantidades muy pequeñas) y es bioacumulable, es decir que son absorbidos
por la fauna silvestre y retenidos en sus cuerpos en concentraciones más altas
que en su alimento y agua, además de ser muy tóxico.
En el pasado el plomo fue ampliamente usado por los Romanos, para construir
tuberías para conducir agua, vasijas para vino y objetos similares. Hasta la
década de 1970 fue muy utilizado en pinturas, conductos para agua en las
viviendas y hasta no hace mucho tiempo en algunos combustibles para
automotores. El mayor peligro proviene de la inhalación de vapor ó de polvo.
Usos del Plomo
El uso más amplio del plomo se encuentra en la fabricación de acumuladores ó
baterías para automóviles. En compuestos organoplúmbicos para aplicaciones
como son la de catalizadores en la fabricación de espuma de poliuretano, tóxicos
para las pinturas navales, agentes biocida contra las bacterias grampositivas,
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
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protección de la madera contra el ataque de los barrenillos y hongosmarinos, preservadores para el algodón contra la descomposición y el moho,agentes molusquicidas, agentes antihelmínticos, agentes reductores deldesgaste en los lubricantes e inhibidores de la corrosión para el acero.
Por la excelente resistencia a la corrosión, el plomo encuentra un ampliouso, en particular en la industria química.
Baterías Acido-Plomo
Las baterías de ácido plomo están compuestas en su mayoría por plomo, enlas diversas aleaciones con otros metales y como conductor de electricidades utilizado el ácido sulfúrico. Dichos componentes están contempladosdentro de la categoría de sustancias peligrosas tanto en el Convenio deBasilea como en la Legislación Nacional.
Formas del plomo Aplicaciones y usos
Tetraetilplomo Fabricación de, forros para cables, elementos deconstrucción, pigmentos, soldadura suave ymuniciones.
Silicatos de plomo Fabricación de fibras de vidrio y de cerámica
El azuro de plomo Es el detonador estándar par los explosivos
Los arsenatos de plomo Se emplean en grandes cantidades comoinsecticidas para los cultivos.
El óxido de plomo (litargirio) Se emplea mucho para mejorar las propiedadesmagnéticas de los imanes de cerámica de ferritade bario.
Mezcla calcinada de:zirconato de plomo y de titanatode plomo, conocida como PZT
Estabilizadores contra el calor y la luz para losplásticos de cloruro de polivinilo.
Está ampliando su mercado como un materialpiezoeléctrico.
Silicatos, carbonatos y sales deácidos de plomo
Fuente: Elaboración propia, Abril de 2009, con datos varios de Internet.
Tabla # 1Formas del plomo usos y aplicaciones
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
1 Manejo ambiental adecuado de baterías ácido-plomo usadas en Centro América y el Caribe, Ing. Roxana Hernández Valladares
Proceso de Reciclaje de Baterías1
El proceso típico de "reciclaje" de los acumuladores de plomo consiste enromper la batería usada y separar sus componentes, para fundir y refinar elplomo. El procedimiento produce varios tipos de residuos peligrosos, incluidosóxidos de plomo, sulfitos de plomo y dióxido de plomo en forma de polvo,tierra, sedimentos y lodo.
Otros subproductos comunes del reciclaje de baterías son el ácido sulfúricoy metales pesados como el antimonio, el arsénico, el cadmio y el cobre, elplástico de la caja de baterías y el polietileno de los separadores. La importanciade la recuperación de las baterías usadas radica en la obtención del plomo.
Según el estudio de la Ing. Roxana Hernández Valladares, sobre ManejoAmbiental adecuado de baterías ácido-plomo usadas en Centro América y elCaribe, menciona que en el país se reciclan anualmente en promedio un 83%de las baterías ácido-plomo que son desechadas por la población. Los puntosde recolección de baterías usadas básicamente son las ventas de repuestosautomotrices, ventas y reparación de baterías y talleres mecánicos.
En promedio, identifica unos 155 talleres y microempresas que reparanbaterías y una sola empresa que ensambla; sin embargo, existen alrededorde 813 talleres de reparación automotriz y/o de carga de baterías y unpromedio de 113 comercios que se dedican a la comercialización de bateríaso repuestos automotrices en general.
El Plomo y la Salud
El plomo es uno de los cuatro metales que tienen un mayor efecto dañino
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sobre la salud humana.2 Este puede entrar en el cuerpo humano a través de:
La comida (65%)
El agua (20%)
El aire (15%)
Las comidas como frutas, vegetales, carnes, granos, mariscos, refrescos yv i no s pueden con t ene r c an t i dades s i gn i f i c an t e s de p l omo .
El humo de los cigarros también contiene pequeñas cantidades de plomo.También este puede entrar en el agua potable a través de la corrosión de lastuberías ó de una contaminación causada directamente con plomo. Es comúnque ocurra cuando el agua es ligeramente ácida. Por tanto ahora se encarganque los sistemas de tratamiento de aguas públicas efectúen un ajuste de pHen el agua que se sirve para consumo humano.
Según un documento de la Organización Panamericana de la Salud (OPS)3,el plomo puede entrar en el feto a través de la placenta de la madre y puedecausar serios daños al sistema nervioso y al cerebro de los/las niños/as pornacer. En niños/as se admiten valores de plomo en sangre hasta 10 mcg/dly en adultos hasta 25 mcg/dl4
Varios estudios revelan que niveles en sangre por encima de 10 mcg/dlpueden afectar lo cognitivo. En general cerca de un cuarto a la mitad delpuntaje del coeficiente intelectual se pierde por cada mcg/dl en que aumentala plumbemia5 durante los años preescolares.
2 www.lenntech.com/espanol/tabla-periodica/pb.htm-47k3 www.cepis.org.pe/eswww/fulltex/epidemio/plomo/seccion1OPS/html614 www.smu.org.uy/gremiales/resolusiones/informes/plomo5001.html-47k5 Envenenamiento de plomo en la niñez, definido por el Centro de Control y Prevención de Enfermedades, como el nivel de plomo en la sangre de 10 mcg/dl ó más.
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Efectos del plomo en niños/as:
Daño en el cerebro y sistema nervioso
Problemas de conducta y aprendizaje
Crecimiento lento
Bajo peso
Problemas auditivos
Dolor de cabeza
Anemia
Convulsiones
Efectos del plomo en adultos:
Problemas durante el embarazo
Problemas reproductivos en hombres y mujeres
Presión sanguínea alta
Trastornos digestivos
Problemas de concentración y memoria
Dolores musculares y de articulaciones
Niveles elevados de plomo causan: Convulsiones, coma y muerte. El controlmédico de las personas que se encuentren afectadas por el uso de plomo,comprende pruebas clínicas de los niveles de este elemento en la sangre, orinay rayos X en huesos.
La absorción de plomo en el cuerpo humano aumenta cuando el aporte deotros minerales en la dieta es inadecuado. Por consiguiente los que tienendeficiencia de hierro, calcio o zinc están en mayor riesgo de envenenamiento.El calcio de la dieta inhibe competitivamente el transporte activo de plomo
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intestinal. (El plomo parece absorberse por la misma vía de los mecanismosdesarrollados para la absorción de elementos esenciales, como Fe, Ca y Zn).
El plomo y sus compuestos están clasificados como sustancia químicapersistente, bioacumulativo y tóxico (PBT), y permanecen en el ambientepor largos per íodos de t iempo y no son fáci lmente el iminados.
· El plomo en el Medio Ambiente.
No sólo la gasolina con plomo causa concentración en el ambiente, otrasactividades humanas, como la combustión del petróleo, procesosindustriales, combustión de residuos sólidos, también contribuyen.
El plomo puede terminar en el agua y suelos por medio de la corrosión delas tuberías, ó por el contacto directo con el plomo, en los sistemas detransporte a través de la corrosión de pinturas. Además se acumula en loscuerpos de los organismos acuáticos y organismos del suelo; porconsiguiente estos perciben consecuencias en su salud por envenenamiento.
Los efectos sobre la salud de los crustáceos incluso pueden tener lugarcuando sólo hay pequeñas concentrac iones de plomo presente.
El fitoplancton es una fuente importante de producción de oxígeno en maresy su función puede ser perturbada cuando interf iere e l p lomo.
Las utilidades del suelo son alteradas por la intervención del plomo,especialmente cerca de las autopistas y tierras de cultivos, dondeconcentraciones extremas pueden estar presentes.
El plomo es un elemento químico particularmente peligroso, se puedeacumular en organismos individuales y también entrar en las cadenasalimenticias.
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El Dr. Steven M. Selbst, asegura que las plantas recicladoras de bateríasemiten plomo hacia la atmósfera, el cual al ser transportado por el aire seposa en la tierra y sigue contaminando el ambiente por años. Algunascosechas como verduras o frutas cultivadas en las casas, en “jardinesurbanos”, pueden contaminarse de este modo. El gráfico ilustra cómo elplomo se puede propagar.
Gráfico # 1
Propagación del plomo en el medio ambiente.
Fuente. Convenio Basilea, directrices técnicas para el manejo ambiental racional de acumuladoresde plomo de desecho.
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2.1. Generalidades del Cantón Sitio del Niño:
2.1.1 Ubicación geográfica.
El cantón Sitio del Niño se ubica en el Kilómetro 30 de la carretera queconduce de San Salvador a San Juan Opico, limita al Norte con Joya deCerén, al Sur con la Colonia Oscar Osorio, al Oeste con la Colonia Tecpan y al Este con Ciudad Versalles.
Sitio del Niño comprende varias colonias y caseríos: Colonia el Prado 1 y2, Residencial Santa Fé, Versalles, Colonia Nueva Candelaria, Pasaje Perla,Pasaje Jazmín, Colonia Sitio del Niño, Colonia Brisas de San Andrés, CaseríoNuevo Sitio, Caserío Hacienda Sitio del Niño, Caserío Agua Zarca, CaseríoEstación Bandera, y lotificación Los Ramírez.
2.1.2. Población
El cantón cuenta con 1,339 viviendas donde viven aproximadamente unas7,000 personas en un área semi-rural.
2.1.3. Historia de la Comunidad
La Comunidad Sitio del Niño, se origina aproximadamente en 1955, con losterrenos que la Reforma Agraria recuperó por medio del “Instituto deColonización Rural”, ahora ISTA, en la época del General Oscar Osorio,anteriormente el lugar era llamado, Sitio San Andrés.
María del Carmen Rivas, es de las primeras habitantes, vive desde hace 55años en está comunidad. Ella recuerda que para residir en la zona seseleccionó a aquellas personas que no tenían viviendas, les brindaron unacon un terreno en un área de una manzana por familia y les ofrecíanfacilidades de pago, por medio del Banco ABC hoy conocido como “Bancode Fomento Agropecuario”, a través de éste accedían a créditos para elpago de su parcela, casa y además para cultivar.
2. CASO DE CONTAMINACIÓN POR PLOMO EN LACOMUNIDAD SITIO DEL NIÑO
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Cuando se comenzó a colonizar la zona, consiguen los servicios de energíaeléctrica y por cada cuatro parcelas las familias tenían derecho a la utilizaciónde un pozo colectivo.
Rivas recuerda también que para obtener las parcelas, tenían que cumplircon ciertas normas: una era que durante 10 años consecutivos, los terrenosno fueran usados para el cultivo de la caña de azúcar. Las siembraspermitidas eran los cereales y hortalizas (ejotes, pepinos, tomates, maíz,frijoles), asimismo, era obligatorio comprar la producción a más bajo costoen la cooperativa de la comunidad.
Un aspecto bien importante de esa época dice Rivas, es que la comunidadse complacía de contar con una educadora social, ésta era la encargadade mantener a los pobladores informados, de proporcionar charlas educativasy semanalmente se hacían reuniones con todos los vecinos para mantenerreglas de convivencia.
Cuando los residentes obtuvieron las escrituras de las casas y parcelas,facilitó para que varias personas vendieran las propiedades y todas lasprácticas organizativas de la comunidad se fueron perdiendo, recuerdatodavía con mucho sentimiento Rivas. Esta situación inicia un proceso de nuevas lotificaciones y desarrollo urbanísticos en la zona, así como tambiénla instalación de empresas como Baterías de El Salvador S.A de C.V.
2.1.4. Educación
Las instituciones educativas de la localidad son: Hacienda Sitio del Niño,Alfonsina Chicas, Colegio Arco Iris y el Centro Escolar Comunidad RuralSitio del Niño, la población estudiantil de esta última asciende a 1045niños/as, con niveles de primero a noveno grado.
2.1.5. Economía.
E l mun i c i p i o de San Juan Op i co cuen t a con una pob l a c i ón de66,678 personas, de los cuales un 38.8% se encuentra por debajode la l ínea nacional de pobreza. El promedio de ingresos mensualespo r fam i l i a e s de US 321 .3 dó l a re s , de e s to s hogares solamente
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un 19.2% son receptores de remesas y su población económicamente activaasciende a 26,255 personas.
Industria y Comercio
Entre las industrias manufactureras están la fabricación de ladrillos y tejasde barro. También el municipio cuenta con industrias modernas y de tipomecanizado como lo son: Kimberly Clark, Metalúrgica Sarti, Planta Oxgasa,Quality Foods, Fábrica Textil “San Andrés”, Cartotécnica Centroamericana.
En el comercio local existen, almacenes, tiendas, y una serie de pequeñosnegocios, su comercialización la realizan en las cabeceras departamentalesy municipios vecinos.
Producción Agropecuaria
Los productos agrícolas que se cultivan mayoritariamente son granos básicoscomo caña de azúcar, café, plantas ornamentales y frutícolas, principalmentecítricos (naranja y limón). Existe crianza de ganado vacuno, porcino ycaballar, de igual manera la crianza de aves de corral y apicultura.
2.1.6 Salud.
San Juan Opico cuenta con dos establecimientos de salud: Unidad de Saludde Sitio del Niño y Unidad de Salud de San Juan Opico.
Según informe proporcionado por la unidad de Salud de San Juan Opicohasta el mes de septiembre de 2009, las enfermedades más frecuentesconsultadas han sido: Infecciones agudas de vías respiratorias como gripe,tos y neumonías, amibiasis, giardiasis, diarrea, candidiasis, vaginal,conjuntivitis bacteriana y ansiedad. También reportan dos casos de gripeporcina conocida como H1N1.
Por su parte CESTA realizo un taller el 11 de Enero de 2009, en la comunidadSitio del Niño, en la que las personas manifestaron que los síntomas de enfermedadesmás frecuentes que padecen son: gripe, dolor de cabeza, dolor de estómago,sangramiento de nariz, anemia, desnutrición, falta de apetito, problemas
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bronquiales, alergias, otitis, infecciones en los ojos, insuficiencia renal,entre otros. Además afirman que los/as niños/as y ancianos han sido losmás vulnerables a las enfermedades causadas por el envenenamiento conplomo.
2.2. Establecimiento y Funcionamiento de la Empresa Baterías deEl Salvador, en la Comunidad Sitio del Niño.
Las actividades de la Empresa Baterías de El Salvador, inician entre 1994-1995 como una distribuidora de baterías en el mercado nacional y regional,la empresa aún no se dedicaba al reciclaje. Es hasta el año 2000 quecomienza el ensamblaje de baterías.
Incluso inicia su funcionamiento antes de que se le otorgue el permisoambiental entregado en el 2003, sus operaciones consistieron en fabricarbaterías electrolíticas de ácido plomo para vehículos, y ya poseía unaplanta recicladora de plomo donde generaba su propia materia prima.
Debido a que en el resto de países de Centroamérica, no existe el procesode reciclaje de baterías, la empresa Baterías de El Salvador, importabagrandes cantidades de baterías usadas y chatarras de plomo para procesaren su planta.
La empresa Baterías de El Salvador, hasta antes de su cierre dominaba elmercado de recolección de baterías de vehículos usadas, a través de unared de contacto que tenían para realizar la recolección de las bateríasácido-plomo usadas a nivel nacional. La empresa Baterías de El Salvadorha sido una de las más importantes proveedoras de componentes de plomo,dentro de la industria de baterías, tales como: plomo puro, óxidos de plomo,agua para baterías (electrolito), plomo normalizado (cilindros y barras) yplacas para baterías.6
6 Manejo ambiental adecuado de baterías acido/plomo usadas en Centroamérica, MARN y centro regional para elconvenio de Basilea para Centroamérica y México, 2002-
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Por otro lado la empresa conocedora de los daños que el plomo genera enel medio ambiente y en la vida de las personas, entregaba regalías a lacomunidad: uniformes para el equipo de fútbol, pintura para la escuela, etc.,con el objeto de evitar protestas, afirma Maximiliano Escobar Rivas, habitantede Sitio del Niño.
Entre los años 2003 y 2004 se presentan los primeros problemas ambientalesy en la salud de los habitantes, “los niños y niñas se enfermaban con muchafrecuencia: con dolores de cuerpo, se les caía el cabello, y había muchospadecimientos de salud. Hasta ese momento no había plena conciencia delproblema. Nos fuimos acostumbrando a la contaminación, siempre habíahumo en invierno o verano, particularmente la fábrica habría las compuertaslos domingos todo el día y cuando el viento estaba fuerte, la situación eradesesperante”, recuerda Rivas.
2.3. Impactos Ocasionados por la Contaminación con Plomo
2.3.1. Situación de la población escolar en Sitio del Niño
Según María de los Ángeles Pacheco, Directora del Centro Escolar ComunidadRural Sitio del Niño,7 afirma que está escuela ha sido una de las más afectadaspor la contaminación por plomo, debido a la cercanía con la empresa.
Ella asegura que el primer caso grave de contaminación resultó de entre unade sus alumnas, la niña sufría de permanentes síntomas de náuseas, dolorde cabeza, sangrado de nariz y fue ingresada de emergencia en un centroasistencial.
Ante dicha emergencia la fábrica se responsabiliza de los tratamientosmédicos de la niña y financió económicamente el procedimiento de quelación,cuyo costo es muy alto. Posterior a ese caso varios niños y niñas de las
7 Este centro educativo es parte del programa de “Escuela saludable”.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
secciones de parvularia también presentaron síntomas similares, manifiestala educadora, por lo que solicitó apoyo a la Unidad de Salud, para que tomaranestudios a los menores identificados. De igual manera decide informar de laproblemática a la Directiva de Medio Ambiente de la comunidad e iniciadiferentes gestiones ante instituciones como el MARN, el MSPAS, el MINEDy la Asamblea Legislativa. Las diligencias de la Directora logra para que almenos se tomen 50 muestras de sangre en 50 niños/as de la escuela, losresultados fueron alarmantes, asegura.
Por su parte el Ministerio de Salud, realiza en abril del 2007 muestras deniños y niñas entre 10 meses y 10 años, los resultados reportados por dichaentidad es que 12 de ellos sobrepasan los valores admitidos, ya que estososcilaban entre 10. 15 mcg/dl hasta 26.78 mcg/dl.
La funcionaria de educación al referirse al apoyo brindado de parte delMinisterio de Educación, manifiesta que la intervención de éste fue prácticamenteescaso en está problemática.
Merece destacar que este centro escolar, desde su fundación gozaba de unbuen prestigio por el rendimiento académico de los alumnos/as. Sin embargo,con la llegada de la empresa Baterías de El Salvador y el reciclado de baterías,el rendimiento de los y las alumnas se vio disminuido significativamente.Los/as maestros afirman que los estudiantes presentan deficiencias en elaprendizaje, les cuesta concentrarse cuando reciben sus clases, son hiperactivosy algunos inclusive con algún nivel de agresividad.
Al ser consultada sobre la salud de los/as docentes, manifiesta que hastaahora no cuentan con ningún tratamiento especializado, porque BienestarMagisterial, no les asiste en esos casos.
Con la finalidad de disminuir la contaminación en el centro escolar, menciona queactualmente están ejecutando disposiciones como las siguientes: Incrementar
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
medidas de higiene como limpiar las paredes y pisos con vinagre, y gestionarla pavimentación de la escuela.
Al resumir el problema María de los Ángeles Pacheco, Directora del CentroEscolar Comunidad Rural Sitio del Niño, es enfática “demanda que se hagajusticia en éste caso de contaminación, ya que los derechos de los niños yniñas han sido violados para toda su vida”.
2.3.2 Situación de Salud de los habitantes de la zona
La situación de salud que viven los residentes de este lugar es difícil, MereniaGonzález, tiene 27 años y padece de convulsiones frecuentes, ella debecomprar los medicamentos para su tratamiento. De Gonzalez asegura que suenfermedad inicia con el funcionamiento de la recicladora Récord en la zona,sus convulsiones eran más frecuentes en horas nocturnas, coincidiendo conel tiempo que la Empresa Baterías de El Salvador descargaba sus emisiones.
La vivienda de Merenia González, se encuentra aledaña a la fábrica y fueronaproximadamente cuatro años que ella soportó junto a su esposo y tres hijosla contaminación. Sus hijos presentaron niveles altos de plomo en sangre(hasta 31 mcg/dl) y presentan síntomas como: dolor de cabeza frecuentes,dolor de huesos, sangrado de nariz, dolor de estómago, vómitos, dolor deoídos, picazones en la piel. Los menores a pesar de los altos niveles de plomoencontrados, hasta la fecha no han recibido tratamiento adecuado, en laUnidad de Salud, únicamente les han proveído de hierro, zinc y calcio.
Los problemas de salud de esta familia agudizaron su situación económica,además debido a la contaminación se vieron forzados a emigrar y en laactualidad habitan en una comunidad de la misma región, en la cual lascondiciones de la vivienda son precarias ya que no poseen acceso a serviciosbásicos (agua, energía eléctrica y saneamiento básico), sin embargo, Mereniaafirma “que es preferible vivir ahí, a que su familia continúe respirando elterrible plomo”.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Desempeño del Ministerio de Salud Pública yAsistencia Social (MSPAS).
El Dr. Silvio Portillo, funcionario del Ministerio de Salud es una de las personasque ha dado seguimiento a este proceso, él manifiesta que dicha instanciaconoció el problema en el 2005, a partir de las denuncias de los habitantesde la comunidad, posteriormente el Ministerio de Educación, también hizolas propias.
El Dr. Portillo, al opinar sobre las acciones ejecutadas por la institución degobierno, dice “todo lo realizado ha sido según el Código de Salud y segúnla guía de manejo del Ministerio”. Explica que a la mayoría de casos no seles ha suministrado tratamiento por estar debajo de la norma de 10microgramos por decilitro en sangre; y a los casos reportados arriba de lanorma sí han recibido atención.
Portillo, hace énfasis que el nivel permitido para suministrar tratamiento esde acuerdo a la guía clínica de pacientes con plomo, 10 mcg/dl en mujeresembarazadas y 40 mcg/dl en adultos. El asevera que el plomo es eliminadopor el organismo, y que al evaluar a 26 niños-as el plomo ha disminuido, ypor consiguiente apunta “no todo se le debe achacar al plomo”
Entre las medidas que el Ministerio de Salud ha puesto en práctica paraatender a la población afectada, están: La apertura del programa FOSALUD,en Sitio del Niño, dotación de 1000 raciones de alimentos otorgadas por elPrograma Mundial de Alimentos, disposición de ambulancias para facilitarel tratamiento a las personas como la quelacion, además la Unidad de Saludposee personal especializado, como por ejemplo 2 pediatras y una nutricionista.
Asimismo, mencionó que a partir de este problema se formó un ComitéInterinstitucional, representado por las carteras de Estado como ANDA,Ministerio de Salud, Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales,Ministerio de Trabajo, Ministerio de Agricultura, y el Instituto Salvadoreñodel Seguro Social. Este grupo continúa revisando las 18 recomendacioneselaboradas por el CDC de Atlanta de EEUU; y afirma que el MSPAS, ha tomadomuy en cuenta dichas disposiciones.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Al ser consultado por la escoria que aún permanece en la fábrica,menciona que el retiro es competencia del Ministerio de MedioAmbiente, y él tiene entendido que está se encuentra confinada.
No obstante, lo expresado por el Dr. Silvio Portillo, para los pobladoresde Sitio del Niño, el Ministerio de Salud, ha actuado con negligenciay pasividad ante la grave situación que están enfrentando. Puestoque testimonios como el de Merenia González, reflejan el otro ladode la historia, ya que ella junto a muchas madres han sido testigasde la poca atención médica brindada, tanto para ellas como para sushijos e hijas. Aparte de mantener el inminente peligro de vivir conlos restos de plomo que están en la fábrica, ya que el polvillo conplomo es fácilmente trasportado por el viento, por lo que exigen unapronta descontaminación en la zona.
2.3.3. Condiciones Ambientales de la Zona
El MARN brindó el permiso ambiental a la empresa Baterías de ElSalvador, mediante la resolución Nº. 628 2003 emitida el 3 deseptiembre del 2003, en la que se establecía condiciones ambientalesde obligatorio cumplimiento, sin embargo, en el monitoreo ambientalrealizado por dicha institución el 21 de marzo del 2007 estableció quehabía incumplimiento en al menos 7 de las 13 medidas ambientalesimpuestas por la misma entidad.
Los datos de La Auditoria Ambiental que el MARN realizó fuerontomados de las pruebas efectuadas por la empresa en diferentesfechas. En lo referente a las aguas residuales se encontró que superabael limite de 0.05 mg/l de plomo8 establecido en el permiso ambiental,ya que está presentaba un valor de 0.2 mg/l de plomo.9 Además lasaguas res idua les , e ran descargadas d i rec tamente en una
8 Esta medida es de conformidad al reglamento especial de aguas residuales en los capítulos II artículos 7,8,9,10 Capitulo III artículos 11,12,15y 16 y Capitulo IV artículos 17,19 y 219 Informe de la auditoria ambiental MARN-GAA-1573-134-2006
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
zona aledaña a la fábrica, por lo que muy probablemente eran infiltradasen el suelo; muy cerca de este lugar se encuentra uno de los principalespozos abastecedores de agua de la comunidad de Sitio del Niño.
Baterías de El Salvador, se encuentra en el límite del acuífero del ValleSan Andrés,10 en una zona de alto grado de vulnerabilidad del acuífero,por lo que cabe reflexionar que cualquier alteración, ya sea de estáfábrica ó de otra empresa afectará inevitablemente el recurso hídricode la zona.
Según el informe técnico de seguimiento a las actividades de Bateríasde El Salvador de fecha 2 de marzo de 2007, los valores de plomo enel agua subterránea encontrados en una de las muestras tomadas enun pozo de monitoreo de la fábrica sobrepasaba el valor de la normasalvadoreña de calidad de agua potable NSO13.7.01:99 (NSCAP) que esde 0.01 mg/l y el resultado fue 0.03mg/l11.
El 14 de Febrero de 2006, la empresa Baterías de El Salvador, realizóa través del laboratorio Test América, un estudio del suelo para localizartres metales pesados (plomo, arsénico y estaño), en tres puntos críticosdentro de la empresa. El plomo resultó ser el que sobrepasó el límitede referencia técnico de 0.06 metros en 338% dentro del área dealmacenamiento de la escoria y con tendencia a aumentar a 0.9 y 2.9metros. La conclusión sobre la infiltración del plomo en el suelo fuepositiva en todas las áreas en las que se efectuaron las pruebas y conel peligro de aumentar su concentración; por lo que se demuestra quepara esa época ya existía un manejo inadecuado de los desechos de lafábrica.
Estudio Desarrollo del plan de investigación hidrogeológica de los acuíferos identificados en tres zonas prioritarias:a)Zapotitán-Opico b)Sub-cuenca río Apanchacal Santa Ana c)Sub-Cuenca Río Grand de San Miguel , elaborado en elaño 2005 por MARN, SNET Y DA/BID.
Esta muestra fue tomada y analizada por el laboratorio de calidad integral de FUSADES..
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Claudia Evangelista, líder del Movimiento sin Plomo, manifiesta que unode los grandes riesgos de contaminación en el Cantón Sitio del Niño,es el agua, incluso afirma que esta no puede ser utilizada para lasactividades domesticas, “cuando se usa el agua para cocer frijoles,estos se endurecen más“, por tal razón tienen que comprarla ó recurrira l agua que la munic ipal idad de la local idad les proporc ionaeventualmente.
En lo referente a los cultivos que se producen en la zona, estos tienenun alto riesgo de estar contaminados con plomo, ya que son regadoscon el agua del mismo lugar.
“La mayoría de los habitantes somos agricultores de subsistencia y nohemos dejado de sembrar, aunque la producción sea poca”, dijo unolos participantes en un taller realizado por CESTA, el 24 de Enero de2009.
De igual manera los animales también están expuestos en forma directacon el plomo, mediante la ingestión de hierba o por inhalación. Esprobable que el plomo haya entrado a la cadena alimentaría y porconsiguiente los productos de origen animal ó vegetal estén contaminados,interpretan los habitantes.
Los diferentes valores de plomo en agua y suelo tomados en diversosmomentos, reflejan la gestión ambiental y social inadecuada de laempresa Baterías de El Salvador en el municipio de San Juan Opico.
Los impactos negativos muy probablemente serán permanentes en lapoblación y en el medio ambiente. Además la situación de contaminaciónse profundiza en la comunidad con la presencia de otras fábricas quemanejan materiales peligrosos en la zona, a continuación se presentaun listado.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Tabla No.2Tipos de empresas que operan en la zona
Empresa Ubicación Qué Producen
“Parque Industrial ElRinconcito”
Km. 28 y medioCarretera hacia SantaAna, Sitio del Niño.
Productos farmacéuticos ymedicinales
Sabesa Productos de belleza, bolsas,envases y tapones de plásticos
Alisal
LaboratorioFresón
Alimentos industriales
Parque industrialEl Rinconcito
Tuberías y ladrillos de cemento,colchones
Baterías de ElSalvador
Km. 31 carretera haciaSan Juan Opico
Baterías para autos marca: Récord
Agrinter S.A. deC.V.
Km.31, carretera haciaSan Juan Opico, frentea Récord
Productos químicos para laagricultura.
Kimberly Clark Km. 32 Carretera a SantaAna, Sitio del Niño, SanJuan Opico, La libertad
Productos de papel, servilletasy otros.
Alas Doradas Km. 27 1/2 Carretera aSanta Ana.
Productos de papel absorbentey plano.
IndustriasDuraflex
Km. 34 Carretera aSanta Ana
Fabrica de telas
Hilasal Km.32 Carretera a SantaAna
Toallas y otros
Z-gas Carretera aQuezaltepeque
28 Cilindros de 25 libras cada uno,de gas licuado de petróleo al día
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Tropigas Km 311/2, Sitio del NiñoCarretera a San JuanOpico
Planta de gas
Cilindros de Gas propano
Indisa Km.32 Carretara a SantaAna
Fábrica de juguetes plásticos yproductos navideños
Tostadora decafé “La Olla”
Km. 28 Carretera aSanta Ana
Café
El panda Km.32 Carretera a SantaAna
Fábrica de juguetes plásticos
Elaboración propia., Taller Grupo focal realizado el 11 de Enero 2009 en Sitio del Niño, CESTA.
Las empresas anteriormente mencionadas, al igual que la fabrica Baterías
de El Salvador, no han sido debidamente monitoreadas por las instituciones
competentes, por lo que muy probablemente vierten sus desechos al medio
ambiente. Debido a los graves r iesgos a las que están expuestas las
poblaciones y el medio ambiente, las empresas que manipulan sustancias
peligrosas deben ser cuidadosamente controladas por instituciones como el
Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales así como por el Ministerio de
Salud y Asistencia Social y las municipalidades.
3. ORGANIZACIÓN, MOVILIZACIÓN Y GESTIONES DE LA
COMUNIDAD AFECTADA.
Durante 10 largos años los habitantes del Cantón Sit io del Niño en el
municipio de San Juan Opico, La Libertad, soportaron lo más fuerte de
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
la contaminación por plomo ocasionada por la empresa Baterías de ElSalvador, mejor conocida por la marca comercial (Récord); fue hasta que lapoblación se organizó, movilizó y presionó a las instituciones, para queestas decretaran el cierre de la fabrica.
Desde que se instaló la fábrica, la población fue objeto de mentiras y engañospor parte de los dirigentes, afirma Maximiliano Escobar Rivas, un pobladorde la comunidad. En el lugar donde está la fábrica “nos dijeron que el terrenoera para un parque ecológico, sembraron varios árboles principalmente deteca, parecía un bosquecito, pero a los dos años se comenzó la construcciónde la fábrica, y la gente se alarmó porque sabían que Récord, era una empresaque trabajaba con plomo”.
Ante el incremento de complicaciones en la salud, principalmente en niñosy niñas, la población comienza a preocuparse y a buscar soluciones alproblema, de esta manera se organiza el Comité Ambiental de Sitio del Niño,los dirigentes realizan las primeras gestiones de denuncias de contaminaciónante las instituciones públicas y organizaciones sociales, a principios del 2005.
Sin embargo, los tramites realizados por la Directiva de este Comité, generaninconformidades de parte de un grupo de habitantes y surgen desacuerdosdebidos a los procedimientos y a las actitudes de las personas que los dirigen.Incluso la desconfianza se extiende hasta sospechar que estas personasmantenían comunicación y convenios con la Directiva de la empresa. Asimismotestifican que “pedían firmas, fotocopias de DUI, partidas de nacimiento yno decían para qué, no proporcionaban información, se aprovechaban de losrecursos para uso personal”. Lo anterior fue expresado por representantesde diferentes colonias de Sitio del Niño en un taller organizado por CESTAel 20 de diciembre de 2008,
En este contexto de desacuerdos e inconformidades en la comunidad Sitio delNiño, se crea el Movimiento Sin Plomo, a finales de 2006. Una nueva organización
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
liderada por personas con un alto grado de reconocimiento por parte dela comunidad, reactivando la motivación y el apoyo social en la luchapor el cierre de la fábrica.
C laud ia Evange l i s ta , una de l as l i de res de l Mov im iento s in P lomo,af i rma que l legó habi tar en la comunidad en e l 2000 y que no sabíanada de la fábr ica Récord, e l la junto a otros vec inos de la nac ienteColonia Prados II, comienzan a organizarse para sol ic i tar apoyo a laAlcaldía en la construcción de una cal le de acceso a las viviendas y lainstalación del alumbrado público. En estas diligencias se relaciona conD i r e c t i vo s de co l on i a s ve c i na s pa ra e j e r c e r mayo r f ue r z a en su spet i c iones . Es de es ta manera que conoce a Car los Mej ía , qu ien lamotiva para que juntos desarrollen un proceso de consultas, reunionesy jornadas de sens ib i l i zac ión en d i ferentes co lon ias y comunidadesafectadas por la fábrica; el resultado de este proceso fue la constitucióndel Movimiento sin Plomo.
A partir de ese momento, tanto Claudia Evangelista como Carlos Mejía,se convierten en los l íderes más act ivos del refer ido Movimiento, dehecho C laud ia , po r i n i c i a t i va p rop ia se in te resa en e l p rob lema, ycomienza un proceso de investigación y documentación sobre el plomo.En forma s imultánea junto a otros l íderes empieza a organizar a lascomunidades y a reproducir los conocimientos adquiridos sobre el temaantes desconocido.
Estas personas elaboran un plan de trabajo y priorizan en lassiguientes actividades:
Conocer a profundidad el problema. Se estudia el caso.
Solicitan información en diferentes lugares entre ellos laAsamblea Legislativa
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Se emp ieza a conc ien t i za r a l a s pe r sonas a t ravés de ta l l e res y
capacitaciones
También se inicia un proceso de fortalecimiento del movimiento a
t r a v é s d e l a m o t i v a c i ó n e i n c o r p o r a c i ó n d e m á s p e r s o n a s .
A l se r consu l t ados l o s l i de res de l Mov im ien to s i n P l omo, sob re l a
coordinación y relaciones de trabajo con el Comité Ambiental, expresan
que desde un inicio fueron transparentes y cuando se fundó la nueva
estructura organizat iva en la comunidad se les invi tó. También a las
r e u n i o n e s q u e s o s t e n í a n , p e r o e s t o s l l e g a b a n c o m o e s p í a s ,
distors ionaban la información y trataban de boicotear e l t rabajo del
Movimiento, por lo que deciden cerrar la comunicación con el Comité
Ambiental.
C l a u d i a E va n g e l i s t a , c o n s i d e r a q u e l a p r e s e n c i a d e d o s g r u p o s
organizat ivos en la comunidad, no ha debi l i tado e l proceso y por e l
contrario, ahora la lucha es más fuerte, “nos hemos dado a conocer y
capacitado, tenemos mucha información y la gente que dirige nuestro
movimiento es gente profesional, estamos comprometidos con la lucha,
con l a causa y queremos empu ja r l a ca r re ta todos /as jun tos /as ”.
3.1 Apoyo y coordinaciones con instituciones sociales y ecológicas
El Movimiento Sin Plomo, desde que surge comienza a tocar puertas y a
en t r ega r c a r t a s en l a s d i f e r en t e s i n s t i t u c i one s de l E s t ado , p a ra
denunc ia r l a contaminac ión que hace la empresa Récord . De igua l
manera desarrollan actividades en las comunidades para informarlas y
sens ib i l i z a r l a s . No obs tan te , a c r i t e r i o de C laud ia Evange l i s t a , e l
problema cobra relevancia nacional y sus voces son más escuchadas
cuando la Revista Dominical Enfoques de La Prensa Gráfica, del 15 de abril de
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
2007, publ ica el reportaje “Los Niños de Plomo”, donde se expone el
problema de contaminación por plomo y sus impactos en la salud de
niños y niñas.
P a r a e s t a l í d e r, u n a d e l a s a c t i v i d a d e s m á s s i g n i f i c a t i v a s d e l
Movimiento, ha s ido la pr imera marcha dir ig ida desde Si t io del Niño
hacia Casa Presidencial. Llevó 4 meses planificar dicha jornada, un mal
recuerdo para e l la fue “un par de pol ic ías me detuvieron porque iba
motivando a la gente, me dijeron que no nos iban a dejar cumplir con
nuestro propós i to. Efect ivamente eso pasó porque a menos de dos
k i lómet ro antes de l l egar a nues t ro des t ino, es taba un e je rc i to de
soldados y policías con barricadas de alambres de púa para detener la
marcha. Sin embargo, uno de nuestros objetivos se logró, el impacto a
través de los medios de comunicación fue valioso, se consiguió que el
problema se conociera a nivel internacional”.
Las diferentes gestiones y actividades realizadas por los habitantes de
la comun idad , h i c ie ron pos ib le e l apoyo de ins t i tuc iones como las
siguientes:
Procuraduría para La Defensa de los Derechos Humanos
Esta institución se mostró desde un inicio muy interesada y preocupada por
este problema, al grado que ha emitido dos resoluciones sobre el mismo.
E l 9 d e m a r z o d e 2 0 0 5 , l a P D D H r e c i b i ó a m i e m b r o s d e l C o m i t é
Ambienta l de S i t i o de l N iño, qu ienes expus ie ron la contaminac ión
g e n e r a d a p o r l a e m p r e s a B a t e r í a s d e E l S a l v a d o r, S . A . d e C . V.
Ante lo grave y ser io del problema e l 1 de junio de 2005, la ent idad
dec ide emi t i r una reso luc ión in i c ia l de med idas caute la res por los
h e c h o s y a r e l a c i o n a d o s c o n l a s s i g u i e n t e s r e c o m e n d a c i o n e s :
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
a l M in i s t e r i o de Sa l ud Púb l i c a y A s i s t enc i a Soc i a l , que i n fo rmara
r e spe c t o a l a adopc i ón de med i da s s an i t a r i a s pa ra ga ran t i z a r e l
bienestar en la salud de las personas que se han visto afectadas, así
como l a s a cc i ones pend i en tes de rea l i z a r ; a l M in i s t e r i o de Med io
ambiente y Recursos Naturales informara sobre e l otorgamiento del
p e rm i s o pa ra e l f un c i onam i en t o de l a f á b r i c a , s i s e c on t aba c on
diagnóstico ambiental correspondiente y el resultado de las auditorias
que exige la Ley ambiental, a la Alcaldía Municipal de San Juan Opico,
informara sobre las acciones administrativas efectuadas a la fecha, de
conformidad a sus atr ibuc iones lega les , para preveni r los impactos
ambientales y los riesgos en la salud de su población.
Posteriormente emprende un largo proceso de investigación, análisis y
actuación de las diferentes instituciones del Estado involucradas en el
caso, también toman muy en cuenta las declaraciones de las personas
afectadas. Basada en estos fundamentos la Procuradur ía emite una
resolución final y declara el 7 de junio de dos mil siete que los graves
problemas de salud que viven los habitantes del Cantón Sitio del Niño,
es producto de la contaminación por plomo generada por Baterías de
E l Sa l vado r, seña l ando como responsab l e s a l a fa l t a de l a deb ida
di l igencia para prevenir las y tratar las a l Min istro de Salud Públ ica y
Asistencia Social, al Ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales,
al Concejo Municipal de San Juan Opico, por no intervenir y velar por el
b ienestar de la pob lac ión en su munic ip io . Las med idas caute lares
contemplan también el cierre de la fábrica y que se declare emergencia
ambienta l en la zona, y que se repare la sa lud de las personas. De
igual manera hace una serie de recomendaciones a dichas instancias y
les manifiesta que la Procuraduría se mantendrá atenta y vigi lante de
la actuación de las instituciones del Estado.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
La L ic. Yanira Cortez, Procuradora Adjunta de Medio Ambiente de la
PDDH, asegura que “E l Estado ha s ido responsable, ya que se sabía
que existía contaminación y no quería asumir los daños, condenamos a
es tas ins t i tuc iones”. Además la func ionar ia l amenta que pese a l a
resolución de la PDHH no se acataron las recomendaciones emitiditas
p o r d i c h a e n t i d a d , a m p a r á n d o s e q u e e s t a s n o s o n v i n c u l a n t e s .
“La Ley del medio ambiente habla de las garantías. Si en una auditoria
se conc luye que se e s tá con tam inando se t i ene que suspende r e l
permiso inmediatamente, o se está omit iendo o no hay mecanismos
adecuados. Que la Ley sea c lara y no deje al arbi tr io propio”. Como
Procuradur ía va lo ramos que ha ex i s t ido mucho tecn i c i smo de t ipo
jurídico en este caso y esperamos que la empresa cumpla con lo que la
Ley determine”. Asevera la Lic. Cortez.
A l re fe r i r se a l c i e r re de l a fábr i ca l a func ionar ia , menc iona que e l
Estado ha dado un paso importante, pero que este ha sido producto de
l a c onqu i s t a de l a pob l a c i ón , ya que fue ron l o s que co l o ca ron e l
p r o b l e m a e n l a a g e n d a p ú b l i c a . P o r l o q u e r e c o m i e n d a q u e l a
c iudadan ía debe es tar a tenta a l p roceder de sus func ionar ios , por
e jemp lo con l a s au to r i dades l oca l es como los /as a l ca ldes cuando
cometan acciones no debidas, hay que reclamar y exigir su verdadero
proceder. Los funcionarios deben ser responsables y partir del interés
de la población, asegura.
Sobre las ú l t imas d i l igenc ias rea l i zadas por la Procuradur ía para la
D e f e n s a d e l o s D e r e c h o s H u m a n o s , a c e r c a d e l p r o b l e m a d e
contaminación que viven los habitantes de Sit io del Niño, manif iesta
que e l expediente se encuentra en la un idad jud ic ia l y están dando
seguimiento al proceso penal y actuando como observadores. También
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
están atend iendo a lgunos rec lamos de afectados que se presentan
p r eo cupado s p o r n o en con t r a r a t e n c i ó n en s a l u d en l o s c en t r o s
visitados y han sido apoyados por la Procuraduría Adjunta de la Niñez.
Universidad de El Salvador
E l invo luc ramiento de la Un ivers idad de E l Sa lvador en e l caso de
con taminac ión por p lomo en S i t i o de l N iño, i n i c i a a t ravés de una
pet ic ión hecha por la Procuradur ía para la Defensa de los Derechos
Humanos, quienes les solicitan colaboración para realizar estudios que
determinen la cal idad del agua y la existencia de sustancias dañinas
para la salud en los alrededores de la fábrica Récord.
De esta manera se asigna al Centro de Investigaciones y Aplicaciones
Nucleares (CIAN) de la Universidad de El Salvador, para que realice las
investigaciones. Los resultados realizados al ambiente y al suelo de la
zona se dan a conoce r púb l i camente e l 22 de nov iembre de 2007.
Esta entidad concluye que efectivamente existe presencia de plomo en
e l e co s i s t ema , mayo r a l o s va l o r e s pe rm i t i d o s s egún l a s no rmas
internac iona les . Además esta ins t i tuc ión determinó que la zona es
inhabitable y recomendó urgentemente a la población que abandone la
zona.
Posterior al cierre de la empresa, el Movimiento sin Plomo, se acerca
también al CIAN para solicitarles apoyo para que se tome un muestreo
nuevamente en la zona, ya que en estudios realizados por el Ministerio
de Salud, no aparece plomo en agua, al parecer por los implementos y
herramientas utilizadas.
35
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Es de esta manera que el CIAN con el objetivo de profundizar en estas
investigaciones gestionó el financiamiento con la Agencia Internacional
de Energía Atómica, para realizar un proceso de monitoreo con líquenes
en un tiempo aproximado de 6 meses, han ubicado botes acumuladores
de polvos, que luego los van a almacenar para observar la cantidad de
plomo acumulado y l levados a laborator ios de Argent ina y España.
También e l es tud io permi t i rá hacer un muest reo de agua y t ie r ra y
elaborar con mayor precisión un mapa de los lugares más contaminados y
s e d a r á n r e c o m e n d a c i o n e s d e d o n d e s e p u e d e v i v i r y d o n d e n o .
En un p r imer momento lo que se ha observado de es te p roceso de
estudio es que varios líquenes se están muriendo, por lo que se presume
que existen altos niveles de contaminación. La investigación finaliza en
diciembre de 2009.
Fiscalía General de la República
Esta institución del Estado, ha sido una de las últimas en intervenir en el
caso de contaminación en Sitio del Niño, y lo hace a partir de la presión
de los/as habitantes y a petición de instituciones como el Ministerio de
Salud y la Asamblea Legislativa que se lo demandan.
Carlos Mejía, l íder del Movimiento Sin Plomo, crit ica la pasividad de la
Fiscalía para investigar la responsabilidad de la empresa Baterías de El
Salvador en la contaminación de los niños y niñas de la zona.
El desinterés y efectividad en las labores de este organismo queda
evidenciado cuando el mismo Director del Instituto de Medicina Legal,
Mario Hernández, afirma que la Fiscalía trabaja a paso lento, ya que
de 400 expedientes que poseen de Sitio del Niño, solo habían enviado
36
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
80 de estos como pruebas en el juicio que se lleva contra los propietarios
de la empresa Baterías de El Salvador, en una primera etapa.
Para Maximi l iano Escobar, miembro de la comunidad, af i rma que “ la
Fiscalía no ha tenido un papel protagónico y ha costado que levante un
expediente. Hasta hace poco es que se le ha visto el interés, por tanto
esperamos que en el juicio las pruebas sean contundentes, ya que hay
niños y ancianos como mi mamá muy enfermos”.
Las peticiones de Claudia Evangelista, también habitante de la comunidad,
van un poco más allá ya que pide que el Estado determine si la zona es
hab i t ab l e o no y que s í s e l e s reub i ca sea d i gnamente , ya que l a s
v i v i endas que t i enen son p roduc to de l e s fue r zo de toda una v ida .
Además esta líder de la comunidad considera que en el proceso judicial
que se l leva a cabo contra directivos de la empresa, también deberían
estar en el banquillo de los acusados el Ex Ministro de Economía Miguel
Lacayo, por ser el propietario original de esta empresa, accionistas y
funcionarios como el Ministro de Medio Ambiente por haber encubierto y
haber permitido que continuara el funcionamiento de la empresa. Por lo
que espera que el juez se apegue a derecho y se de una sentencia de
acuerdo a la magnitud del problema.
En consecuencia a este proceso12 el juez del Municipio de San Juan Opico
resolvió 1) Que existen pruebas suficientes para abrir el caso de delito de
contaminación ambiental agravado, 2) La detención provisional de tres
técn i cos de l a empresa y 3 ) Re in i c i a r l a búsqueda por med io de l a
12 Resolución del juzgado de lo civil del municipio de San Juan Opico, 27 de julio 2009
37
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
INTERPOL de tres directivos de la empresa que ahora son prófugos dela ley.
Por tanto la larga y fuerte batal la que los padres y madres de famil ia
están enfrentando contra Baterías de El Salvador se sigue ventilando en
l o s j u zgado s y e spe ran que s e s i e n t e un p r e ceden t e c on t ra e s t a
empresa, además que la zona sea descontaminada, ya que en el interior
de está se encuentran aproximadamente 32 mil toneladas de ceniza y
escor ia de p lomo, conv i r t i éndose en una fuente de contaminac ión
permanente.
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social
Al valorar el trabajo real izado por dicha inst itución, a pesar de haber
sido la que decide ejecutar el cierre de la fábrica Récord. La comunidad
de S i t io de l N iño, mani f ies ta inconformidades pr inc ipa lmente en e l
mal t rato y la poca as is tenc ia medica br indada por las ent idades de
sa lud, inc luso en los centros de atenc ión nac iona l como e l Hospi ta l
Rosales y el de niños-as Benjamin Bloom.
Claud ia Evange l i s ta , a l re fer i rse a su s i tuac ión part icu lar de sa lud,
man i f i e s t a “Que r emos que s e r e pa r e l o s d año s a l a s a l u d d e l a s
personas, aunque el plomo es irreversible, tengo 8 años de vivir aquí y
no soy la misma, mis huesos y mi cabeza se me están estropeando”.
Sin embargo, las autor idades de este minister io, manif iestan todo lo
contrario, ya que declaran que han estado llevando un proceso clínico y
de atención a los afectados, desde los más graves a leves. Además La
Unidad de Salud de Sitio del Niño, afirma que cuentan con un registro
permanente de las d i fe rentes acc iones y ac t i v idades que rea l i zan .
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales
Carlos Mejía, del Movimiento sin Plomo, atestigua todavía con bastante
desagrado que el MARN, fue una de las instituciones en las que nunca
tuvieron acceso, las cartas y visitas hechas, no tuvieron eco en el máximo
representante de este min is ter io, Ing. Car los Guerrero, y cerro las
puertas a las peticiones de la comunidad. El recuerda que una vez un
grupo de la comunidad se presentó a la of ic ina centra l para que les
a tend ie ra e l señor M in i s t ro, y les d i je ron que no es taba, es tos con
tristeza salieron y permanecieron en la calle bastante tiempo, de pronto
vieron que el funcionario salía en forma muy amena con el señor Samuel
Martínez, representante oficial de la empresa Récord.
Al revisar y analizar el papel ejercido por el Ministerio del Ambiente, éste
ha sido de los más deficientes, ya que fueron los primeros en conocer las
f a l t a s c o m e t i d a s e n e l f u n c i o n a m i e n t o d e l a f á b r i c a , l e s d i e r o n
seguimiento, impusieron observaciones que la fábrica no cumplió, y por
ú l t i m o a p l i c a u n a s a n c i ó n d e l a s m á s l e v e s q u e n o e s t a b a n e n
correspondencia ante el grave daño ocasionado, por consiguiente se
evidencia y registra en este caso varias anomalías y fallas en la aplicación
de la ley ambiental.
Claudia Evangelista, del Movimiento sin Plomo, sin muchos rodeos afirma
que dicha instancia ha sido negligente, “no ha hecho exclusivamente
nada para paliar el problema. Incluso en la Asamblea no dijo nada, como
es posible que permitan que se destruya el medio ambiente y ahora hasta
nos quieren poner una planta generadora de energía eléctrica, nos quiere
echar otro problema”.
Es importante mencionar que durante la investigación contactamos con
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
las autoridades responsables del MARN para conocer su opinión sobre el
c a s o d e c o n t a m i n a c i ó n e n S i t i o d e l N i ñ o ; p e r o e s t o s l u e g o d e
mantenernos en espera varias semanas, nos manifestaron que no podían
proporcionar información ni declaraciones, para no entorpecer el proceso
judicial que se está ventilando.
Alcaldía Municipal de San Juan Opico
La Alcaldía cuenta con una Unidad Ambiental y son parte de una nueva
estructura que la integra 4 municipalidades para el ordenamiento del Valle
de San Andrés, y son las que dan seguimiento y vigi lancia para que se
cumpla con lo que manda el Ministerio del Ambiente.
Al opinar sobre las disposiciones de La Ley del Ambiente, Romeo Barillas,
Alcalde Municipal de San Juan Opico, afirma “No ha sido suficiente, la ley
es va l i o sa , pe ro hay vac í o s , e s una l ey que se com ienza a u t i l i z a r
correctamente, es una ley buena y los reglamentos entraron un poco
tarde. Por tanto hay dejadez en la aplicación”.
El funcionario, al referirse al problema de la fábrica Record, considera
que está inicia cuando el antiguo dueño vende y no comunica sobre las
dificultades que está ya presentaba. Cuando el nuevo propietario quiere
solucionarlos, éste solo lo hace de manera cosmética.
“Nues t ra t a rea como A l ca l d í a después de i ndaga r y comproba r l a
negligencia que se estaba cometiendo, teníamos preparada, un cierre de
la empresa de acuerdo a derecho y según los cánones munic ipa les;
tomamos e l acuerdo y unos d ías antes lo concret iza e l Min ister io de
S a l u d . To d o s e s t á b a m o s c l a r o s d e d i c h o p r o c e d i m i e n t o , t a n t o
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
el Ministerio de Trabajo, el Ministerio del Ambiente. Cuando se da el
c ierre como munic ipal idad nos mantuvimos en apoyo a la Unidad de
Salud. Nosotros como Alcaldía compartimos el clamor de los afectados
y pedimos que se indemnice y se de tratamiento medico a la comunidad
y q u e s e p r o c e d a a d e s c o n t a m i n a r l a z o n a ” e n f a t i z a e l A l c a l d e .
Como mun i c i pa l i dad hemos t ra tado de co l abo ra r, s í l o s en fe rmos
necesitan algún tipo de medicina podemos ayudar. Hemos mejorado las
cal les de acceso para que el polvo disminuya y enviamos bidones de
agua, pero no es suficiente, dice el Alcalde de San Juan Opico, ya que
no sabemos cuanto t iempo vamos a poder mantenerlo. “Quisiera que
fuera permanente, pero hay tantas necesidades en el munic ip io que
salen del contexto del problema del plomo”.
Explica que las lotificaciones que están en los alrededores de la fábrica
no son legales, “ las h ic ieron a la brava, venden los terrenos, medio
mi l lón de co lones por cada manzana, tenemos conoc imiento que la
empresa se instalo como una maquila y no como una recicladora. Nos
dicen que nosotros somos los que autorizamos, pero nos damos cuenta
hasta después. Ha habido anomalías. La Corte de Cuentas cuestiona e
invest iga el daño ambiental, y cuest iona lo actuado, al f inal dicen yo
investigue, pero no dicen que la información que muestran es la que la
hicimos nosotros”.
E l ed i l cons idera que este tema se ha po l i t i zado y por su par te han
apoyado a l a c omun idad y r e spa l da que l a l u cha t i ene que se r l a
atención médica y la descontaminación, pero no estamos de acuerdo en
los métodos rea l i zados , no los compar t imos , pero las respetamos,
puntualiza.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Sin embargo, la opin ión de la comunidad de Si t io del Niño, sobre las
acc i ones y apoyo que l a A l ca l d í a de San Op i co ha b r i ndado, no es
totalmente satisfactoria, porque consideran que los resultados han sido a
través de la presión ejercida, por ejemplo el mejoramiento de calles y que
en el envió de bidones con agua, conlleva un interés particular ya que
aseguran que está última lo hace a través de un familiar.
Coordinaciones con CESTA Amigos de la Tierra y el Instituto de
Derechos Humanos de la UCA-IDHUCA-
En la búsqueda de apoyo de instituciones que trabajan en la protección
ambiental , e l Movimiento s in Plomo se acerca a CESTA Amigos de la
Tierra, quienes desde un inicio mostraron preocupación e interés y les
invitaron a participar en el Primer Foro de Conflictos Ambientales, que
d i c h a i n s t i t u c i ó n r e a l i z a b a e n l a p l a z a c í v i c a d e S a n S a l v a d o r.
Posteriormente CESTA emprende un acompañamiento hacia el grupo a
través de la asesoría técnica, organizativa y de incidencia para difundir el
problema en los medios de comunicación, acciones y actividades que se
mantienen hasta la fecha.
E l apoyo de CESTA ha s ido va l ioso para ubicar e l tema en la opin ión
púb l i c a , l a s ge s t i one s con med i o s de comun i c a c i ón na c i ona l e s e
internacionales han sido parte de la labor desarrol lada, afirma Carlos
Mejía, por ejemplo a través de las Conferencias de Prensa hemos dado a
conocer amenazas , pe l ig ros , demandas en sa lud , e tc . También las
entrevistas de opinión en radio y televisión han sido un fuerte soporte
para que la población y sectores involucrados en el caso se pronunciaran
al respecto.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Las coordinaciones de trabajo con el IDHUCA, se inician en un primer
momento en forma indiv idual, ya que fueron las vict imas ser iamente
afectadas que se presentaron a dicha instancia para abrir un proceso de
demanda contra la Récord; posteriormente el IDHUCA recomienda que
las denuncias sean mayormente canalizadas y coordinadas y hacerlas en
forma más amplia. También el IDHUCA les ha apoyado en la difusión del
prob lema en act iv idades ins t i tuc iona les como en fes t iva les y o t ros
relacionados con los derechos humanos y eventos a nivel de Centroamérica.
No obstante, el apoyo más valioso del IDHUCA a criterio del Movimiento
sin Plomo es el aspecto jurídico ya que fueron ellos los que prepararon en
Agosto de 2007 el primer grupo de demandas por el Delito de Lesiones
ante la Fiscalía General de la República. “Como comunidad no teníamos la
capacidad legal, conocimientos técnicos y las herramientas de incidencia
y hub i e ra s i do d i f í c i l pode r hace r e se t raba j o ” d i c e Ca r l o s Me j í a .
En e l proceso jur íd ico que se l leva contra la empresa Bater ías de E l
Salvador, también se encuentra acompañando CESTA Amigos de la Tierra,
en representación legal de la comunidad.
3.2 DIFUSION DEL PROBLEMA
Cierre de la fábrica producto de la presión pública
Para los pobladores del Cantón Sitio del Niño el trabajo realizado por los
med ios de comun i cac ión ha s ido fundamenta l en l a l ucha que han
emprendido, pr incipalmente porque ha s ido a través de un reportaje
publicado en La Prensa Gráfica del 15 de abri l del 2007, t itulado “Los
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
niños de plomo”, en el que se denuncia la contaminación por plomo y se
inicia una discusión pública sobre este problema.
A part ir de este momento nace un mayor interés en varios medios de
comunicación por iniciar procesos de investigación con los/as afectados/as
y la empresa contaminadora, lo que permite canalizar y difundir en gran
medida la realidad que vive esta comunidad.
Esta oportunidad mostrada por los medios de comunicación, es aprovechada
por la comunidad, quienes emprenden un fuerte proceso organizativo
planificando diversas actividades como: concentraciones en la entrada de
la empresa, pronunciamientos y caminatas hacia Casa Presidencial, y
solicitudes a los diferentes órganos del Estado para que se resuelva su
problemática
“El papel de los medios de comunicación fue importante y las actividades
rea l i zadas, l lamaron la atenc ión. Con e l es fuerzo y sacr i f i c io de los
afectados se logró que se cubriera la noticia”, dice Claudia Evangelista,
en un tal ler de grupo focal realizado por CESTA el 20 de diciembre de
2008.
Es necesario destacar el trabajo de seguimiento oportuno y frecuente que
realizan los medios de comunicación, estableciendo fuertes criticas a las
diferentes instituciones del Estado en este problema. Por ejemplo en la
noticia publ icada el 17 de mayo del 2008 en el Diario de Hoy, se hace
referencia al artículo 116 del Código de Salud, que prohíbe la construcción
de casas en un radio de 100 metros de distancia de una fábrica que realiza
la “fundición de minerales”; además se menciona que Sitio del Niño fue
designada zona de expansión industrial en 1994, y por tanto el Ministerio
de Salud no tomó las medidas oportunas para evitar la creación de vecindario
junto a industrias altamente peligrosas.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
De igual manera se señala el desempeño del Ministerio del Ambiente y
Recursos Naturales, ya que según una noticia publicada el 8 de marzo de
2008, dicho minister io multo a Baterías de El Salvador por US$93 mil
dólares, pero no ordeno la reparación del daño causado al ambiente
como lo establece la Ley de Medio Ambiente en el artículo 96. El mismo
ar t í cu lo i nd i ca que , s i e l i n f rac to r no l o hace , se debe p roceder a
“dete rminar por per i tos nombrados por e l M in i s te r io e l va lo r de l a
inversión que debe ser destinada a tales objetivos”, pero esta institución
del Estado nunca lo hizo.
También la actuac ión de la F isca l ía Genera l de la Repúbl ica, se dejó
entrever, primeramente porque inicia tarde el proceso judicial, y a pesar
de que sus alegatos fueron inconsistentes y con varias limitaciones, se
logro que se pasara a la etapa de instrucción, incluso el mismo juez David
Amael Moran Ascencio, de San Juan Opico, señalo el abandono a las
victimas, ya que no se incorporo en el expediente las lesiones agravadas
de los afectados y afectadas.
De t a l mane ra que l o s med io s de comun i cac i ón , en pa r t i cu l a r l o s
i m p r e s o s m u e s t r a n c l a r am e n t e l a n e g l i g e n c i a , c o m p l i c i d a d y e l
desempeño de los funcionarios que no previeron, ni tomaron medidas
p r e c a u t o r i a s y n o a c t u a r o n a n t e l a s e v i d e n c i a s y h a l l a z g o s d e
contaminación en Sitio del Niño.
Sin embargo, algunos medios de comunicación como el Diario de Hoy, en
va r i a s ocas i ones t ra tó de man ipu l a r l a i n fo rmac ión a favo r de l o s
intereses de Baterías de El Salvador. Por ejemplo en noticia publicada el 9
d e f e b r e r o d e 2 0 0 8 , r e s a l t a “ H a s t a l a f e c h a n o s e h a d e t e c t a d o
contaminación ni en el aire, ni en los pozos aledaños a la fábrica. Nadie
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
ha muer to po r l eucem ia . No se comprobó n ingún desas t re med io
ambiental. No hay delito. Incluso titula en la misma página de ese día. ”El
récord: ment i ras, torpezas y atropel los” y para no dejar c laramente
identificado su simpatía con la empresa, ex funcionarios o accionistas de
la misma, puntea “que no están tratando de defender a Récord, sino de
garant i za r e l cump l im ien to de los p roced im ien tos ins t i tuc iona les ,
g a r a n t i z a d o s p o r l a c o n s t i t u c i ó n d e E l S a l v a d o r y l a s l e y e s ”.
Este tipo de información es desplegada en varias ocasiones, desvirtuando
l a con t am inac i ón a l amb i en t e y en l a s a l ud de l a s pe r sonas de l a
comunidad y ubicando a la empresa como una víctima en este proceso.
No obstante, el clamor, la persistencia y la incidencia que las personas
del Cantón Sitio del Niño mostraron en los últimos años, hizo posible que
se esté en un proceso de justicia para solicitar que se repare la salud de
los afectados y afectadas.
3.3. OTRAS ACTIVIDADES DE GESTION
Carlos Mej ía, del Movimiento s in Plomo, demandó la intervención de
organizaciones pro derecho de los niños y niñas como es la UNICEF, para
que se pronunciaran públicamente por una solución de atención médica
de los afectados y la remoción de escorias en el Cantón Sitio del Niño,
Municipio de San Juan Opico, La Libertad. Sin Embargo dicha entidad no
emitió pronunciamiento al respecto
Estas y otras actividades de incidencia hicieron posible el cierre de la
fábrica, no obstante el largo proceso de lucha de la comunidad también
ha ocas ionado en a lgunas personas cansanc io, apat ía , des in terés ,
atr ibuido en parte al miedo, ya que los/as pr incipales l ideres se han
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
visto perseguidos y con amenazas a muerte. Sin embargo la pr incipal
victoria de los sacrificios y esfuerzos que estas personas mantienen hasta la
fecha es tener abierto el proceso judicial y por consiguiente lograr que sus
peticiones y demandas sean cumplidas en su totalidad y se establezca una
verdadera justicia en este caso.
4. POLÍTICA Y LEGISLACIÓN AMBIENTAL
4.1. POLITICAS
La protección del medio ambiente en El Salvador, como parte del quehacer
de las ins t i tuc iones de l Estado in ic ia a par t i r de 1983, cuando en la
Const i tuc ión de la Repúb l i ca , se hace re fe renc ia concre ta a l tema.
Art 117. – Es deber del Estado proteger los recursos naturales, así como la
diversidad e integridad del medio ambiente, para garantizar el desarrollo
sostenible.
Se declara de interés social la protección y conservación, aprovechamiento
racional , restauración o sust i tuc ión de los recursos naturales, en los
términos que establezca la Ley.
Se prohíbe la introducción al territorio nacional de residuos nucleares y
desechos tóxicos.
Sin embargo, es hasta 1990 que se dan los cambios para hacer realidad el
mandato establecido en la Constitución con el decreto ejecutivo Nº 73, de
fecha 18 de diciembre de 1990, donde se establece la creación del CONAMA
que l e facu l t a pa ra p roponer po l í t i cas y es t ra teg ias a m b i e n t a l e s ,
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
y a la SEMA como la Unidad responsable de coordinar y velar por e l
cumpl imiento de las po l í t i cas y estrateg ias emanadas de l CONAMA;
es ta ins tanc ia depende de l M in i s te r io de Agr i cu l tu ra y Ganader ía .
La SEMA elabora la pr imera Estrategia Nacional de Medio Ambiente,
p u b l i c a d a a f i n a l e s d e 1 9 9 4 , e n e s t e d o c u m e n t o s e p l a n t e a n 7
problemas principales
1. Deforestación
2. Deterioro de los suelos
3. Deterioro de la zonas de recarga de cuencas hidrográficas
y de los recursos hídricos
4. Deterioro de los recursos costero marino
5. Pérdida de la biodiversidad
6. Contaminación
7. Efectos intersectoriales (se refiere al manejo de los recursos
físicos y la educación ambiental).
Para efectos del estudio que nos atañe, analizaremos el sexto problema
iden t i f i c ado : La con tam inac i ón . La P r imera Es t ra teg i a Nac i ona l ,
m a n i f e s t ó e n s u m o m e n t o q u e d e s c o n o c í a l a m a g n i t u d d e l a
contaminac ión industr ia l en e l pa ís . Según la Unidad de Regist ro y
Control de Vert idos Industr ia les de ANDA, sólo el 4% de la industr ia
u r b a n a r e g i s t r a d a d a b a t r a t a m i e n t o a s u s v e r t i d o s a n t e s d e
descargarlas. No se menciona sobre el procedimiento sobre el manejo
de los desechos peligrosos por la industria a nivel nacional.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
La Unidad identifica 5 grandes problemas con la contaminación:
1. Institucionales: Falta de políticas, programas y planes de control, falta de responsabilidad o competencia entre instituciones del Estado.
2. Sectoriales: El sector industrial no se ha incorporado formalmente a un plan de ecoeficiencia y reconversión.
3. Legales: Marco regulatorio insuficiente y falta de mecanismos para la aplicación y cumplimiento de la Ley.
4. Informativos: Falta de programas de vigilancia.
5. Económicos: Los agentes emisores no pagan las externalidades negativas que causan.
A pesar de identif icar estos 5 problemas, La SEMA no definió qué tipode industria contaminaba más y qué prioridad establecer para actuar.
Ent re 1994-1997 La SEMA fue t rans formada a Min is ter io de l Med io
Ambiente y Recursos Naturales (MARN), y se crea la primera Ley del
M e d i o A m b i e n t e . To d a s l a s f r a c c i o n e s p o l í t i c a s d e l a A s a m b l e a
Legislativa apoyaron esta Ley el 12 de marzo de 1998; en el artículo 3
de ésta, se mandaba que la Política de Medio Ambiente, sea elaborada
por el MARN y aprobada por el Consejo de Ministros, asimismo, que se
actualice por lo menos cada 5 años. La Polít ica deberá según el Art. 3
“guiar la acción de la administración pública, central y municipal en la
ejecución de planes y programas de desarrollo”.
En ese mismo contexto se e labora la Est rateg ia Nac iona l de Medio
Amb ien te I I (ENMA I I ) que concen t ra su acc iona r en dos g randes
temas:
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Agua (trata de vincular la protección, conservación y aprovechamientodel agua).
Aire (focaliza en la contaminación atmosférica causada por las emisionesvehicu lares e industr ias, en zonas urbanas y por la quema en zonasrurales).
Sin embargo, esta tiene su primer reajuste en 1999 con la entrada delPresidente Francisco Flores, quien denomina a su gestión de gobierno“La Nueva Alianza.”13 En la Política de Medio Ambiente, las estrategiaslas concentra en 6 puntos:
1. Dar prioridad financiera para mejorar en forma considerable el acceso al saneamiento básico.
2. Iniciar el rescate de los ríos contaminados.
3. Crear incentivos que apoyen un proceso de reconversión industrial.
4. Apoyar el desarrollo integral y sostenible de las cuencas hidrográficas principales.
5. Implantar la política de emisión de gases particularmente en zonas urbanas más densas.
6. Estructurar y volver competitivas las zonas industriales nacientes en la periferia del Gran San Salvador.
Se puede ev idenc iar que a l menos las est rateg ia 2 ,3 ,4 y 6 estabanreferidas al control y prevención de la contaminación por la industria y laagroindustria.
13 Programa de gobierno “ la Nueva Alianza” 1999-2004, pp. 27-29
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Los esfuerzos con e l moni toreo de la contaminac ión atmosfér ica se
i n i c i an ap rox imadamen te en 1995 po r l a ONG Su i za Sw i s s con tac ,
posteriormente es retomada por el MARN y desde ese año se cuenta con
5 estaciones de monitoreo en el área metropol i tana de San Salvador,
miden: Ozono, Dióxido de Nitrógeno, partículas PM10, partículas totales
suspendidas y plomo. Después de ese monitoreo no se han desarrollado
o t r o s e s f u e r z o s d e p r e v e n c i ó n ó d i s m i n u c i ó n d e l o s n i v e l e s d e
contaminación. Inclusive no se tenían datos nacionales certeros sobre
f u e n t e s f i j a s y f u e n t e s m ó v i l e s d e c o n t a m i n a c i ó n a t m o s f é r i c a .
E l M in i s te r i o de Sa lud y As i s tenc ia Soc ia l , desa r ro l l a po r su pa r te
algunas reformas relacionadas con la contaminación en el marco de la
Nueva A l i a n za , c r ea l a D i r e c c i ón de A t enc i ón a l Med i o Amb i en t e
(DIRAMA), dentro de sus funciones estuvo inspeccionar la disposición
adecuada de las basuras y otros desechos (peligrosos), vigilancia en la
desca rga de ve r t i dos indus t r i a l es , en l a desca rga de emis iones y
contaminantes al aire, supervisión y registro del manejo de sustancia
químicas y pel igrosas, igualmente establece s is temas de moni toreo
p e r m a n e n t e d e l o s f a c t o r e s a m b i e n t a l e s d e r i e s g o s a l a s a l u d .
H a s t a 1 9 9 9 1 4 s e c o m e n z ó c o n u n a i d e n t i f i c a c i ó n d e f u e n t e s
contaminantes y posteriormente con un monitoreo sistemático en las
c u e n c a s , a n a l i z a n d o p a r á m e t r o s q u í m i c o s , f í s i c o s , b i o l ó g i c o s ,
bac te r i o lóg i cos y meta les pesados , en 72 es tac iones de mues t reo
distribuidas en tres subcuencas. (Ríos Sucio, Suquiapa y Acelhuate). El
monitoreo permitió conocer los niveles de contaminación cuantificados a
través del Índice de Calidad.
14 Ministerio del ambiente y recursos naturales, patrimonio natural, año internacional del agua dulce 2003
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En la mesa especializada de Medio Ambiente y Desarrollo que formó el
ex presidente Armando Calderón Sol, “Temas Claves para un Plan de
Nac i ón 1 5 ”, ya s e p l an t ea que l a r e conve r s i ón de l a i ndus t r i a y l a
agroindustria, era aún un tema pendiente que no convenía esperar más,
además se cons idera que hab ía que atender en forma espec ia l a la
pequeña industria y la agroindustria.
Po r s u p a r t e FUSADES en 1998 p l a n t e a e n e l d o cumen t o Agua s
Sa l vado reñas Cap i t a l d e Traba j o pa ra l a Nac i ón , c on un en foque
economis ta la neces idad de preven i r y cont ro la r la contaminac ión
industrial, “Es más factible económicamente hablando que continuar con
las practicas de dilución”.
El Estado de la Nación en Desarrol lo Humano 199916, indicaba que los
afluentes industriales y agroindustriales t ienen un gran impacto en la
cal idad del agua, siendo un problema muy signif icativo que había que
tratar y plantea el uso masivo de tecnologías l impias en los procesos
productivos.
El documento Política Ambiental del FISDL (mayo 1999), plantea adoptar
l a s e s t ra t eg i a s de s e l l o ve rde pa ra l a pequeña y m i c r o emp re sa .
En consecuenc ia los d i ferentes p lanteamientos re lac ionados con la
contaminac ión por la agro indust r ia y la indust r ia conc luyen en una
propuesta: promover producción más l impia, sin embargo, hacen falta
instrumentos para hacer efectiva esa propuesta y una entidad rectora
que de seguimiento firme a ese proceso.
15 Mesas especializadas sobre temas claves que realizó la Comisión Nacional de Desarrollo, encargada de elaborar el Plan de Nación del ex presidente Calderón Sol. Mesa 12 Medio Ambiente y Desarrollo.16 PNUD
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Se han tenido numerosos estudios y buenas voluntades para atender lap rob l emá t i c a de c on t am ina c i ón i ndu s t r i a l y ag ro i ndu s t r i a l e n E lSa l vado r, l o que rea lmen te ha fa l t ado e s vo l un tad po l í t i c a de l o sGobiernos en turno para atenderla. Por ejemplo en la contaminación porplomo que ocasiono Baterías de El Salvador, fueron más de 10 años queintoxicaron a los habitantes de Si t io E l Niño, en San Juan Opico, LaL iber tad. Estud ios de l 2006 reve laban ya que la contaminac ión porplomo no sólo afectaba a zonas aledañas a la fábrica, sino que ésta set r a n spo r t a ba po r e l r í o S u c i o h a s t a l l e g a r a z ona s c omo e l L agoSuchitlan de Suchitoto.
Según estudios del Centro de Investigaciones y Aplicaciones Nuclearesde l a Un ive rs idad de E l Sa l vador (CIAN) , l a pob lac ión de peces seencontró con plomo y cromo sobrepasando los límites permisibles segúnel Codex Alimentarius de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Lainvestigación determina que el hallazgo de plomo y cromo en Suchitlán,t iene su or igen en la fabr icac ión industr ia l y artesanal de bater ías ypinturas, as í como de las tener ías (curt iembres) y otras act iv idadescuyos desechos van a parar al r ío Sucio, un af luente del Lempa en elque se sitúa el embalse del Cerrón Grande.17
Es preciso señalar que para que exista un verdadero control de lacontaminac ión, se deben tomar en cuenta aspectos como lossiguientes:
Información actualizada de la industria y agroindustria, tanto de susprocesos, tecno log ías , mater ia pr ima y manejo de sus desechos
Monitoreo y control permanente de las mismas para actuar de maneraoportuna y eficiente cuando se han identificado potenciales riesgos.
17 Revista digital, El Salvador.com, 9 de marzo, 2008.
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Instituciones del Estado fuertes y coordinadas para evitar conflictos
de competencias y procedimientos.
Sistema jurídico con capacidad investigativa y regulaciones claras.
Voluntad política para actuar frente a un caso de contaminación
ambiental y de salud pública.
Fortalecer las capacidades técnicas de los/as aplicadores/as de ley.
Recursos para contar con equipos científ icos para medir la
contaminación.
Acceso a la información
Contraloría y vigilancia de la población.
4.2. LEYES18
L a P r i m e r a L e y e n E l S a l v a d o r c u y o o b j e t o e x p r e s o e s e l M e d i o
Ambiente, fue aprobada en mayo de 1998, mediante e l decreto Nº
233. de La Asamblea Legislativa y tiene como base la Constitución de la
República en su artículo 117.
Antes de la promulgación de esta Ley ya existían varias referidas a la
prevención y contaminación tanto industrial, agroindustrial como por
la contaminación por desechos.
A c o n t i n u a c i ó n s e e n u m e r a n l e y e s n a c i o n a l e s y c o n v e n c i o n e s
relacionadas con la temática:
18 Este apartado será ampliamente desarrollado en el acápite de la propuesta.
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Tabla No. 3
Recopilación de Leyes y regulaciones
Ley Que regula
Ley del Medio Ambiente La Ley tiene por objeto desarrollar lasdisposiciones de La Constitución de la República,que se refieren a la protección, conservación yrecuperación del medio ambiente; el usosostenible de los recursos naturales que permitanmejorar la calidad de vida de las presentes yfuturas generaciones; así como también, normarla gestión ambiental, pública y privada y laprotección ambiental como obligación básica delEstado, los municipios y los habitantes en general;y asegurar la aplicación de los tratados o conveniosinternacionales celebrados por El Salvador enesta materia.
Decreto Ejecutivo No. 50 Reglamentosobre la calidad del agua control devertidos y las zonas de protección.
Descargar residuos sólidos líquidos y gaseosos alos diferentes medios acuáticos, alcantarilladossanitarios y obras de tratamiento.
Acuerdo regional sobre movimientostransfronterizos de desechos peligrosos.
Tiene por objeto la prohibición de ImportarDesechos Peligrosos: Los países centroamericanosfirmantes de este Acuerdo tomarán todas lasmedidas legales, administrativas u otras quefueren apropiadas dentro de las áreas bajo sujurisdicción, para prohibir la importación y tránsitode desechos considerados peligrosos, hacia CentroAmérica desde países que no sean partes de esteAcuerdo. Para el cumplimiento de los objetivosde este acuerdo.
Norma salvadoreña NSO 13.11.01:01Calidad del aire ambiental Inmisionesatmosféricas.
Esta norma establece los límites de inmisionesde los principales contaminantes del aire, quegarantizan una calidad del aire ambientalaceptable para la salud y la vida humana enparticular y para la vida silvestre en general.
Decreto Ejecutivo No. 39 Reglamentoespecial de calidad de aguas residuales.
Este Reglamento tiene por objeto velar porquelas aguas residuales no alteren la calidad de losmedios receptores, para contribuir a larecuperación, protección y aprovechamientosostenibles del recurso hídrico respecto de losefectos de la contaminación.
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A pesar de la existencia de una basta cantidad de regulaciones relacionadas a laprevención y contaminación a la salud pública y al medio ambiente, como lo exhibe
Fuente. Elaboración propia con base a información de normativas nacionales.
Decreto No. 40 Reglamento especialde normas técnicas de calidadambiental.
Este reglamento determina los lineamientos odirectrices para el establecimiento de las normastécnicas de calidad ambiental en los mediosreceptores, y los mecanismos de aplicación dedichas normas, relativo a la protección de laatmósfera, el agua, el suelo y la biodiversidad.
Decreto Ejecutivo No. 41 Reglamentoespecial en sustancias, residuos ydesechos peligrosos.
El objeto es reglamentar la Ley del MedioAmbiente, en lo que se refiere a las actividadesrelacionadas con sustancias, residuos y desechospeligrosos.
Decreto No. 42 Reglamento especial sobremanejo de los desechos sól idos.
El objetivo es regular el manejo de los desechossólidos. El alcance del mismo será el manejo dedesechos sólidos de origen domiciliar, comercial,de servicios o institucional; sean procedentes dela limpieza de áreas públicas, o industrialessimilares a domiciliarios, y de los sólidos sanitariosque no sean peligrosos.
Código de Salud Tiene por objeto desarrollar los principiosconstitucionales relacionados con la salud públicay asistencia social de los habitantes de laRepública y las normas para la organizaciónfuncionamiento y facultades del Consejo Superiorde Sa lud Públ ica y As is tenc ia Soc ia l .
Código municipal Tiene por objeto desarrollar los principiosconstitucionales referentes a la organización,funcionamiento y ejercicio de las facultadesautónomas de los municipios.
Código Penal Comercio Y Transporte de Sustancias Peligrosas.
Art.263 “B El que comercialice, transporte ointrodujere al país sustancias o materialescalificados como peligrosos en los tratadosinternacionales o la Ley del Medio Ambiente, coninfracción de las reglas de Seguridad establecidas,incurrirá en pena de prisión de seis a diez años.
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el cuadro anter ior; la legis lac ión salvadoreña refer ida a los recursos
natura les y a l medio ambiente, presenta a l menos t res prob lemas:
1. Dispersión y fraccionamiento de la legislación sobre los recursos naturales.
2. Falta de aplicación de las regulaciones existentes.
3. Falta de herramientas investigativas confiables para su aplicación oportuna.
El Estado no se provee de conocimientos técnicos para monitorear.
Estas deficiencias nuevamente se evidencian en la contaminación por
plomo que Baterías de El Salvador19 provocó en la comunidad Sitio del
Niño. La aplicación de la legislación ambiental vigente en este caso, ha
s ido l imi tada y parc ia l , la vo luntad pol í t ica expresada no ha s ido la
protección ambiental y el de las colectividades; ya que después de un
a ñ o d e c e r r a d a l a f á b r i c a , l a s p e r s o n a s i n t o x i c a d a s n o r e c i b e n
t ra tam ien to med i co espec ia l i zado y l a esco r i a y cen i zas de p lomo
continúan contaminando la zona.
Sólo para mencionar un reflejo de la mala diligencia legal en este caso,
está el incumplimiento de al menos 7 medidas ambientales de obligado
cumplimiento que Baterías de El Salvador debía realizar en el proceso de
monitoreo que el MARN desarrollo en marzo del 2007.
1. El agua residual no cumple el límite de descarga esperado, se reportaba el
valor de 0.2 mg de Pb/l.
2. No hay un equipo de medición de contaminantes a la atmósfera.
19 Baterías de El salvador, principal empresa recicladora de baterías de vehiculo, que producía su propia materia prima para producir baterías acido/plomo.
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3. No se instalaron purificadores electrónicos de aire para evitar la emisión
de materiales particulados en áreas de trabajo.
4. La escoria no se ha dispuesto en forma controlada para evitar daños a la
salud y el medio ambiente.
5. No se midieron en forma sistemática los contaminantes en el suelo y agua
a efecto de determinar potencial contaminación a los recursos naturales.
6. No cumple con el registro actualizado de emisiones de contaminantes al
atmosfera y de descargas de aguas residuales
7. No hay periodicidad en el monitoreo de las emisiones al aire (plomo,
material particulado y gases).
Di ferentes estudios y anál is is tomados a personas y a l ambiente de
Sitio del Niño, por instituciones como la Universidad de El Salvador, el
Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social, el Ministerio del Medio
Amb i en t e y Recu r so s Na tu ra l e s , c on f i rman que e sa zona ha s i do
c o n t a m i n a d a p o r p l o m o ; a n t e l o s o j o s p a s i v o s y p o s i b l e m e n t e
i n d i f e r e n t e s d e l a s i n s t i t u c i o n e s e n c a r g a d a s d e e j e c u t a r l a s
regu l a c i ones v i gen tes en nues t ro pa í s ; t a l como l o dec l a ra en su
resolución la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos,
“Los hechos antes descritos constituyen una violación a los derechos a
l a v i da , a l a sa lud y a l med io amb ien te , po r i n cump l im ien to de l a
obligación estatal de protección del entorno natural, contenidos en los
art ículos 117 de la Constitución de la República, 19 de la Convención
Amer icana sobre Derechos Humanos, 10 y 11 de l Protoco lo de San
Salvador, 12.1 y .2.b) del Pacto Internacional de Derechos Económicos,
Soc ia les y Cu l tu ra les , 24.1 y .2 .b) y c ) de la Convenc ión sobre los
Derechos del Niño”.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
El Centro de Invest igac iones y Ap l i cac iones Nuc leares (CIAN) de la
Universidad de El Salvador, remitió varios reportes de la contaminación
ambiental en la zona, entre ellas se encuentran muestras tomadas de la
parte posterior de la fábrica Record, efectuadas en agosto de 2006, en la
que se hace constar que la “Concentración de plomo =134 ± 1.3
ppm Pb 20 (partes por mi l lón de p lomo) y la “Concentrac ión máxima
permitida, expresada en partes por millón (ppm) en descargas diarias es
de “0.69”; ref le jando la fa l ta de apl icac ión de la ley ambienta l en lo
r e f e r e n t e a l c o n t r o l y p r e ven c i ó n d e l a c on t am i n a c i ó n a r t í c u l o s
42,43,44,46 ,47 (a y b), 49 (d) y 50 (a y b).
Por otra parte, en lo que respecta a la protección de la salud públ ica
quien la tutela es el Ministerio de Salud, no obstante, la población de
Sitio del Niño al referirse al desempeño de esta, les reclama ocultamiento
y man i pu l a c i ó n d e l a i n f o rmac i ó n . S egún Ca r l o s Me j í a , l í d e r d e l
Movimiento Sin Plomo, el MSPAS realizó en el primer trimestre del 2007,
85 pruebas de sangre a niños y niñas de la zona, fueron dos pruebas una
para dicha institución y otra para la empresa, pero no se les consultó a
l a s fam i l i a s a l r e spec to , pe rm i t i endo que l a empresa man ipu l a ra
resultados a su conveniencia. Al mismo t iempo Mejía, af irma que a la
fecha no se les brinda un tratamiento medico adecuado a las victimas, a
pesar de la magnitud de la afectación por plomo, en especial a los niños y
niñas.
20 Datos del 2006
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
E l m in i s te r i o t i ene como manda to l a p ro tecc ión de l a sa lud de l a s
colect iv idades, ta l como lo expresa el código de salud vigente en los
siguientes artículos.
Código de Salud
Ar t . 77: Los es tab lec imientos que produzcan desechos que por su
naturaleza o peligrosidad no deben entregarse al servicio público de aseo
deberá establecer un sistema de tratamiento autorizado por el Ministerio.
Ar t . 78: E l M in is ter io d i rec tamente o por med io de los organ ismos
competentes tomará las medidas que sean necesarias para proteger a la
poblac ión de contaminantes ta les como: humo, ru idos, v ibrac iones,
o lores desagradables , gases tóx icos , pó lvora u ot ros atmosfér icos .
Art.109 ch) Cancelar las autorizaciones correspondientes y ordenar la
clausura de los establecimientos industriales cuando su funcionamiento
constituya un grave peligro para la salud y no se hubiere cumplido en las
exigencias de las autoridades de salud, de acuerdo con el reglamento
respectivo;
d) Fi jar las condic iones necesar ias para la importación, exportación,
almacenamiento, transporte, distribución, uso, destrucción y en general
para operar cualquier materia o desecho que constituya o pueda llegar a
constituir un peligro para la salud.
Art.116: Se entenderá por establecimiento o instalación peligrosa la que
por la índole de los productos que elabora o de la mater ia pr ima que
utiliza puede poner en grave peligro la salud y la vida del vecindario tales
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
como las fábricas de explosivos, coheterías, fundiciones de minerales y
las que produzcan radiaciones.
Estos establecimientos deben ubicarse en zonas especiales autorizadas
por el Ministerio, que estarán siempre distantes del radio urbano, en todo
caso entre sus instalaciones de su terreno deberá existir una distancia
mínima de cien metros.
Por consiguiente el MSPAS no ha cumplido con su atribución primordial,
que es el de garantizar la salud de la población, además en el caso de
Sito del Niño no considero en forma oportuna el mandato del artículo
119 literal (ch), que le faculta la clausura de empresas industriales que
afecten la salud de la población. Es necesario destacar que el Ministerio
de Salud, el 24 de septiembre de 2007 cerró la fábrica Record, no por la
contaminación al medio ambiente ni a la salud de los pobladores de Sitio
del Niño, sino por la falta de permisos de funcionamiento desde el 2005.
4.3. TRATADOS INTERNACIONALES
En El Salvador existen más de 300 Convenios Internacionales firmados y
ratificados por el país. Desde finales de los 80 la cooperación entre los
países de la región se ha intensificado, lo que trajo una serie de acuerdos
reg iona les en e l t ema amb ien ta l y cuya en t i dad p r inc ipa l pa ra su
imp l emen t a c i ó n e s l a Com i s i ó n Cen t r o ame r i c ana d e Amb i en t e y
Desarrollo (CCAD).
Las Convenciones Internacionales dentro de la jerarquía de las Leyes
nac iona les , t i enen un pues to p r i v i l eg i ado, como se mues t ra en l a
siguiente figura.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
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21 Basilea Suiza, 22 de marzo 1989m decreto numero 752.
Grafico No. 2Jerarquía de las Leyes Nacionales
Tomado de la presentación acercamiento a la legislación ambiental en El Salvador, Carlos Cañas, 15 de febrero 2009.
Aum
enta
el
nive
l SubordinaciónLeyes
Ordenanzas
Reglamentos
Tratados yconvenios
Internacionales
Constitución
Actas administrativas
Jerarquía del sistema o ordenamientolegal salvadoreño
Pirámide de Kelsen
Para que un tratado sea suscr i to se real iza a través del Minister io deRelaciones Exteriores, bajo la figura de adhesión, y se emite un DecretoEjecutivo, que posteriormente se sol icita a la Asamblea Legislativa suaprobación y ratificación.
Entre los convenios aprobados y ratif icados se encuentra 1. Convenios o b r e e l c o n t r o l d e m o v i m i e n t o s t r a n s f r o n t e r i z o s d e d e s e c h o spel igrosos. 21 Su objet ivo es garantizar por medio de medidas que losdesechos pel igrosos se manejen de manera que se proteja e l medioambiente y la salud humana en el movimiento transfronterizo. En el casode la fabrica Baterías de El Salvador, importaba baterías de automóvilesusadas en la región; según datos del MARN se realizaba por vía terrestrey e l t i po de emba la je reg i s t rado es a g rane l , usando como pa í s detránsito a Nicaragua y Honduras y como país exportador a Costa Rica.
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
En este sentido el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales
de El Salvador, recibió las notificaciones para realizar este movimiento.
El 11 de dic iembre de 1992 se f i rmó 2. E l Acuerdo Regional sobre e l
Movimiento Transfronterizo de Desechos Peligrosos, ratificado el 21 de
e n e r o d e 1 9 9 3 . E l A c u e r d o l o c o n s t i t u y e n l o s G o b i e r n o s d e l a s
Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua
y Panamá. E l surg imiento de este acuerdo se cons ideró deb ido a la
e v i d e n c i a d e p e r s o n a s n a t u r a l e s o j u r í d i c a s i n t e r e s a d a s e n l a
importación de Desechos Peligrosos hacia la región Centroamericana.
Es primordial mencionar que en el proceso judicial que se ventila en los
Juzgados contra la empresa Baterías de El Salvador, los parámetros de
calidad ambiental que están siendo tomados en cuenta son los que se
establecen en el Convenio de Basilea.
También hay que plantear que a pesar que existen Leyes Nacionales o
Convenios Internacionales relacionados con los residuos peligrosos que
son introducidos o producidos en el país, no se encontró un registro o
inventar io of ic ia l de las t ransacc iones en mater ia de importac ión y
expo r t a c i ón pa ra conoce r l a magn i t ud y e l vo l umen de de sechos
peligrosos que se están manejando en el país.
Por consiguiente la fa l ta de apl icación de regulaciones nacionales e
internacionales para la prevención y control de la contaminación por
desechos, sigue generando victimas en nuestro país.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
5. Principales Resultados
5.1. El proceso de investigación permitió recolectar información y evidencias
científicas que comprueban la existencia de contaminación por plomo
en la comunidad Sitio del Niño y que está fue ocasionada por la empresa
Baterías de El Salvador. Uno de estos estudios fue realizado por el Centro
de Investigaciones y aplicaciones Nucleares de la Universidad de El
Salvador, efectuado en la parte posterior de la fábrica Record en agosto
de 2006, en él hace se hace constar que la “Concentración de plomo
fue de =134±1.3 ppm (partes por millón de plomo) y la “Concentración
máx ima pe rm i t i da , en desca rgas d i a r i a s e s de “0 .69”.
5.2 Con el caso de contaminación en Sitio del Niño, se demuestra la falta
de responsabilidad y capacidad de intervención de las instituciones
del Estado, particularmente en el Ministerio del Ambiente y Recursos
Naturales, la negligencia, tolerancia e incapacidad de controlar el
funcionamiento de una empresa que provoco graves impactos al
medio ambiente y a la salud de una comunidad. Por ejemplo en el
monitoreo y auditorias ambientales que el MARN efectuaba a la fábrica
desde el 2006 para verificar la calidad de agua y suelo a partir de
investigaciones que l a m isma Récord rea l i zaba daban como
resu l tado que las normas sobrepasaban los valores permitidos.
Por ejemplo en el agua subterránea en una de las muestras tomadas
en un pozo de monitoreo de la fábrica sobrepasaba el valor de la norma
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
salvadoreña de calidad de agua potable NSO13.7.01:99 (NSCAP) que
es de 0.01 mg/l y el resultado fue 0.03mg/l.
En el caso del suelo se localizaron tres metales pesados (plomo,
arsénico y estaño) en tres puntos críticos dentro de la empresa.
El plomo resultó ser el que sobrepasó el límite de referencia técnico
de 0.06 metros en 338% dentro del área de almacenamiento de
l a escor ia y con tendenc ia a aumentar a 0 .9 y 2 .9 met ros .
Ante dichas evidencias el MARN impuso a la empresa 13 medidas
ambientales de obligatorio cumplimiento, y que estas hasta marzo
de 2007, no habían sido efectuadas en su totalidad. Por lo que
decide extender hasta finales de año para su acatamiento y aplicar
una leve sanción económica. Por tanto se concluye que en las
actuaciones de está institución, hubo un claro interés de proteger
a la empresa, reflejando los vacíos y arbitrios en aplicar la ley
como correspondía y la falta de compromiso en el Ministro del
Ambiente, quien olvido un mandato primordial de sus funciones que
es el de ser garante de la salud y el ambiente de los salvadoreños
y salvadoreñas.
5.3 La contaminación en Sitio del Niño, viene a descubrir que también el
Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales, a pesar de los graves
impactos al ambiente y a la salud de las personas, no está dando
seguimiento a las empresas que manipulan sustancias peligrosas como
el plomo, incluso desde que se crea la Ley del Ambiente en 1998, esta
manda que las empresas ya existentes y las nuevas tienen obligación de
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
presentar sus diagnósticos ambientales y los programas de adecuación
y mitigación de impactos ambientales.
5.4. El trabajo del Ministerio del Ambiente y Recursos Naturales no ha
s ido v isto por los gobiernos como estratégico y v i ta l para la
sustentabilidad del país. Esto se refleja cada año en el presupuesto
de la nación, ya que es una de las instituciones a las que se les
asigna uno de los más bajos, para el año 2009 es de un 0.2%.
5.5. La empresa Baterías de El Salvador, S.A de C.V. transformo e impacto
en la vida de las y los habitantes de Sitio del Niño, de diversas
maneras: perdidas de trabajo, por frecuentes ausencia laborales,
mayor gasto en salud debido a costosos tratamientos médicos,
padecimientos de enfermedades crónicas como leucemia, canceres,
insuficiencia renal, anemias profundas y problemas cardíacos;
deficiencias en el aprendizaje de niños y niñas, migración, etc.
5.6. El Movimiento sin Plomo ha tenido un papel protagónico para dar
a conocer el problema a nivel nacional e internacional y lograr que
se s iga un proceso judic ia l . Por tanto la organizac ión de las
comunidades para exigir demandas justas a sus problemas queda
demostrado.
5.7. Es urgente que las autoridades de gobierno declaren Emergencia
Ambiental en la zona, como lo resuelve la Procuraduría para la
Defensa de los Derechos Humanos el 7 de junio de 2007, también
el Centro de aplicaciones Nucleares de la Universidad de El Salvador
CIAN plantea lo mismo, y que se contemple el resarcimiento de
daños a la población afectada.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
5.8. La empresa Baterías de El Salvador, ha incurrido en altos niveles decontaminación por plomo en las personas y al ambiente, por lo quees p r imord ia l que se es tab lezca un p lan de emergenc ia dedescontaminación en la zona, donde la empresa asuma todos loscostos sin afectar otras áreas del país.
5.9. La investigación permitió hacer un análisis a profundidad del marcolegal ambiental, y en el que se vislumbraron las debilidades, losvacíos legales, e incongruencias, que han dificultado la aplicaciónde instrumentos jurídicos en las actividades que dañan el medioambiente.
6. PROPUESTA
Justificación para las Propuestas de Reformas a la Ley de MedioAmb i en t e s u Reg l amen t o Gene r a l , a l C ód i g o d e S a l u d y a lCódigo Municipal, así como la propuesta de creación de una Leyde carácter especial que regule la concesión de Licencias parap e r m i t i r e l f u n c i o n a m i e n t o d e a c t i v i d a d e s c o n s i d e r a d a smolestas, insalubres, nocivas y peligrosas.
Las re formas en e l á rea ambienta l que se proponen en e l presenteestud io son mot ivadas a part i r de l prob lema de contaminac ión porplomo que viven los habitantes de Sit io del Niño, en San Juan Opico,La Libertad.
Es te con f l i c to ha s ido amp l i amente conoc ido po r g ran pa r te de l apoblación salvadoreña, y en él se han evidenciado diversos problemasen los principales cuerpos normativos que protegen al medio ambiente,la salud e integridad de las personas y la forma de operar y/o funcionarde empresas, proyectos o actividades que generan un impacto negativoen el ambiente y el entorno social.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Este acontec imiento permi t ió hacer un aná l i s i s a profund idad, y
determinar desde la forma de cómo se regulan las actividades que
dañan el medio ambiente, a la vez los vacíos legales, incongruencias,
an t inomias , que d i f i cu l tan l a ap l i cac ión de d i chos ins t rumentos
jurídicos; s ituación que se agrava aún más cuando existe falta de
voluntad política y de conciencia en los funcionarios competentes para
la aplicación de la ley.
La finalidad de la propuesta es señalar y corregir errores, vacíos,
incongruencias, así como también crear nuevas instituciones jurídicas y
mejorar las ya existentes con la intención de lograr una correcta
ges t i ón amb ien ta l que sa t i s faga l a s neces idades co l ec t i vas s i n
comprometer las futuras generaciones y evitar la sobre carga de los
recursos naturales.
Las bases fundamenta les que han s ido cons ide radas para
elaborar la propuesta han sido las siguientes:
a) Supremac ía de l Interés Púb l i co o Co lect ivo sobre e l Interés
Privado, debiendo este principio constitucional relacionarse de
forma íntima a que el aprovechamiento de los recursos naturales,
debe responder al criterio de la racionalidad, donde su uso sea de
forma sostenible, para satisfacer las necesidades de las personas,
procurando a la vez la protecc ión del medio ambiente en su
integridad; con el fin de que no se vulneren los derechos de la
colectividad y que las actividades conlleven un beneficio para las
futuras generaciones.
b) Derecho a la Salud, el cual es un bien público el cual el Estado y
la soc iedad es tán ob l igados a ve la r por su conservac ión y
restablecimiento, controlándose las condiciones ambientales que
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
puedan afectar la salud y el bienestar. Este derecho no se limita
al derecho a estar sano, sino a una compleja gama de intereses
individuales y colectivos que garanticen el goce de salud en las
condiciones idóneas. Por lo tanto el Estado t iene tres t ipo de
obligaciones: RESPETAR, PROTEGER Y CUMPLIR
c) Derecho a un Medio Ambiente Sano y Equilibrado, forma parte de
un de re cho humano y un de re cho de rango cons t i t u c i ona l
consistente en que las personas consideradas en forma individual
o c o l e c t i v a t i e n e n e l d e r e c h o d e v i v i r y d e s a r r o l l a r s e e n
condiciones que garanticen una correcta calidad de vida la cual
deviene de un medio ambiente sano y ecológicamente equilibrado,
siendo el Estado el obl igado de proteger a las personas en la
conservación y defensa del medio ambiente.
d) Derecho a la Vida, que implica Derecho a la salud, Bienestar bio-
psico –social, Dignidad humana, Calidad de vida, y Protección de
nuestro entorno, del lugar en donde desarrollamos nuestras vidas,
tomando en cuenta que la protección está contemplada en la
Constitución, protegiéndose la vida desde el mismo momento de
la concepción.
69
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
6.1 Propuesta de reformas
1. Ley del medio ambiente
Tema Articulo Redacción actual Propuesta de reforma /y o ampliación
1. Estudios de impacto ambiental
Formularioambiental
Art. 22 El titular de toda actividad, obra o proyecto querequiera de permiso ambiental para su realizacióno funcionamiento, ampliación, rehabilitación oreconversión deberá presentar al Ministerio elformulario ambiental que ésta requiera con lainformación que se solicite. El Ministerio categorizarála actividad, obra o proyecto, de acuerdo a suenvergadura y a la naturaleza del impacto potencial.(* NOTA DECRETO N° 566)
El titular de toda actividad, obra o proyecto que requierade permiso ambiental para su realización o funcionamiento,ampliación, rehabilitación o reconversión deberá presentaral Ministerio el formulario ambiental que ésta requiera conla información que se solicite. En cada formulario ambientalse requerirá y presentará la información pertinente,idónea y suficiente de acuerdo a la naturaleza de laactividad, obra o proyecto. El Ministerio categorizará laactividad, obra o proyecto, de acuerdo a su envergaduray a la naturaleza del impacto potencial. (* NOTA DECRETON° 566)
Elaboración
de estudios
ambientales
Art.23 El Estudio de Impacto Ambiental se realizará porcuenta del titular, por medio de un equipo técnicomultidisciplinario. Las empresas o personas, que sedediquen a preparar estudios de impacto ambiental,deberán estar registradas en el Ministerio, parafines estadísticos y de información, quien estableceráel procedimiento de certificación para prestadoresde servicios de Estudios de Impacto Ambiental, deDiagnósticos y Auditorías de evaluación ambiental.(* NOTA DECRETO N° 566).
Previo a la elaboración de los estudios de impactoambiental el Ministerio organizará un concurso entrelos prestadores de servicios de impacto ambiental deacuerdo a la naturaleza y tipo de la actividad, obra oproyecto que el titular piense llevar a cabo, con lafinalidad de elegir a los profesionales idóneos queconformarán el equipo multidisciplinario encargado deelaborar el estudio que corresponda. Designando elministerio personal propio para fiscalizar y participaren el desarrollo del estudio de impacto ambiental. Elconcurso se realizará de conformidad a lo dispuesto enel reglamento general de la presente ley.
ConsultaPúblicaPrevia alEstudio deImpactoAmbiental.
Art 23 -A En la Fase inicial del estudio de impacto ambiental se realizará por cuenta del titular una consultapública previa con los objetivos de:
a) informar a la población residente o aledaña al lugar en el cual se pretende llevar a cabo laactividad, obra o proyecto;
70
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
b) Solicitar a la población sus puntos de vista y opiniones respecto de realizar la actividad, obrao proyecto en la zona,
c) Cuya finalidad última será evitar problemas de viabilidad social y ambiental sobre la construccióno ejecución de la actividad o proyecto en la zona que se pretende realizar.
Una vez elaborado el Estudio de Impacto Ambiental, este se debe de someter a la consulta pública, deacuerdo al Art. 25 de la Ley.
La consulta pública de los Estudios de ImpactoAmbiental, se regirá por las siguientes normas:
a) Previo a su aprobación, los estudios se harándel conocimiento del público, a costa del titular,en un plazo de diez días hábiles para quecualquier persona que se considere afectadaexprese sus opiniones o haga sus observacionespor escrito, lo cual se anunciará con anticipaciónen medios de cobertura nacional y a través deotros medios en la forma que establezca elreglamento de la presente ley; (* NOTA DECRETON° 566).
b) Para aquellos estudios de impacto ambientalcuyos resultados reflejen la posibilidad de afectarla calidad de vida de la población o de amenazarriegos para la salud y bienestar humanos y elmedio ambiente, se organizará por El Ministeriouna consulta publica del estudio en el o losmunicipios donde se piense llevar a cabo laactividad obra o proyecto; y
Consulta
pública
Art 25 La consulta pública de los Estudios de Impacto Ambiental,se regirá por las siguientes normas:
a) Previo a su aprobación, los estudios se harán delconocimiento del público, a costa del titular, en un plazo deveinticinco días hábiles para que cualquier persona quese considere afectada exprese sus opiniones o haga susobservaciones por escrito, lo cual se anunciará conanticipación en medios de cobertura nacional y a través deotros medios en la forma que establezca el reglamento dela presente ley; (* NOTA DECRETO N° 566). En el caso depresentarse oposición por la población consultada, elMinisterio deberá brindar respuesta razonada alterminar el plazo de la evaluación del Estudios deImpacto Ambiental, debiéndose notificar en el tercerdía hábil de dictada la resolución final a los afectados.
b) Para todo estudio de Impacto Ambiental cuyosresultados reflejen la posibilidad de afectar la calidadde vida de la población o de amenazar y representarriesgos para la salud y bienestar humanos y el medioambiente, se organizará por el Ministerio una consultapública del estudio en el o los Municipios donde sepiense llevar a cabo la actividad, obra o proyecto, asícomo en los Municipios aledaños que puedan verseafectados sin que en su circunscripción territorial seaen la cual se desarrollará la actividad, obra oproyecto;
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Auditoriasambientales
Control yseguimientode laevaluaciónambiental
El control y seguimiento de la EvaluaciónAmbiental, es función del Ministerio, para locual contará con el apoyo de las unidadesambientales
c) En todos los casos de consultas sobre el Estudiode Impacto Ambiental, las opiniones emitidas porel público deberán ser ponderadas por elMinisterio,
c) En todos los casos de consultas sobre el Estudio deImpacto Ambiental, las opiniones emitidas por elpúblico deberán ser ponderadas por el Ministerio, siresultaré que la mayoría de la poblaciónconsultada se opone al estudio de impactoambiental, será vinculante para el Ministerio, elcual no podrá ir en contra de la opinión yparticipación de la población.
d) La resolución final que haga observaciones alestudio, lo deniegue o aprueba, será notificada alos consultados dentro del tercer día hábil al de laresolución, pudiendo interponerse los recursosestablecidos por esta ley.
2. Auditorias de evaluación ambiental
Para asegurar e l cumpl imiento de lascondiciones, fijadas en el permiso ambiental,por el titular* de obras o proyectos, elMinisterio, realizará auditorías de evaluaciónambiental, acuerdo a los siguientes requisitos:(* NOTA DECRETO N° 566)
a) Las auditorías se realizarán periódicamenteo aleatoria, y en la forma que establezca elreglamento de la presente ley;
Art 27 Para asegurar el cumplimiento de las condiciones, fijadasen el permiso ambiental, por el titular* de obras oproyectos, el Ministerio, real izará auditorías deevaluación ambiental, Las auditorias de EvaluaciónAmbiental se realizarán durante las fases deejecución (construcción) y funcionamiento de laactividad, obra o proyecto, de acuerdo a los siguientesrequisitos: (* NOTA DECRETO N° 566)
a) Las auditorías se realizarán periódicamente oaleatoria, sin previa notificación al titular de laactividad, obra o proyecto, y en la forma queestablezca e l reglamento de la presente ley;
Art 28 El control y seguimiento de la Evaluación Ambiental, esfunción del Ministerio, para lo cual contará con el apoyode las unidades ambientales, así mismo podrá ejecutarlas Inspecciones Ambientales de acuerdo a loregulado por el Reglamento de la Ley.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
3. Infracciones, sanciones y procedimiento administrativos3.1. medidas preventivas y sanciones accesorias
Infracciónsanciones yprocedimientosadministrativos
Art 83-A Para los fines expuestos en el artículo anterior, el Ministerio adoptará alguna de las siguientesmedidas:
1. Suspensión de la actividad, obra o proyecto;
2. Disminución de actividades;
3. Decomiso preventivo de individuos o especímenes de fauna o flora, o de productos, maquinaria e implementos utilizados para cometer la infracción;
4. Realización dentro del término perentorio de a cuerdo a la naturaleza de la actividad, obra oproyecto, los estudios, evaluaciones requeridas para establecer la naturaleza y característicasde los daños, efectos e impactos causados por la infracción, así como las medidas necesariaspara mitigarlas o compensarlas;
5. Vigilancia de las actividades por técnicos que designe el Ministerio;
6. Las demás que las leyes y sus reglamentos establezcan según la naturaleza de la actividad; y
7. Otras que considere necesarias y pertinentes.
Las medidas preventivas en ningún caso podrán sustituirse por fianza
3.2. Infracciones ambientales
Infraccionesambientales
Art 86 k) Omitir dar aviso oportuno a la autoridadcompetente, sobre derrame de sustancias,productos, residuos o desechos peligrosos,o contaminantes que pongan en peligro lavida e integridad humana; y
l) No cumplir con las demás obligacionesque impone esta ley
k) Omitir dar aviso oportuno al Ministerio y demásautoridades competentes, por parte del titular de laactividad, obra o proyecto, sobre derrame desustancias, productos, residuos o desechos peligrosos, ocontaminantes, que pongan en riesgo la vida eintegridad humana y los ecosistemas;
l) Negativa del titular o concesionario de darcumplimiento a las recomendaciones derivadas de laAuditoría Ambiental;
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
m) Que el titular de la actividad, obra o proyecto no
cumpla con las exigencias de los permisos,
autorizaciones y licencias concedidas por los demás
entes públicos, cuando el incumplimiento provoque
daño al medio ambiente y los recursos naturales;
n) Ofrecer beneficios económicos o de mejoras en la
calidad de vida a los habitantes de la circunscripción
territorial donde pretenda instalarse una actividad,
obra o proyecto, con el fin de obtener su aprobación en
el proceso de la concesión del permiso ambiental;
o) Incumplir las medidas preventivas impuestas por el
Ministerio; y
p) No cumplir con las demás obligaciones que impone
esta ley.
Clasificaciónde lasinfracciones
Art 87 Las infracciones ambientales se clasifican enmenos graves y graves, tomando en cuenta eldaño causado al medio ambiente, a losrecursos naturales o a la salud humana.
a) Son infracciones menos graves, lasprevistas en los literales d); g); j); k) y l) delArt. 86; y
b) Son infracciones graves, las demás descritasen el mismo Art. 86.
Las infracciones ambientales se clasifican en menos gravesy graves, tomando en cuenta el daño causado al medioambiente, a los recursos naturales o a la salud humana.
a) Son infracciones menos graves, las previstas en losliterales d) e i) del Art. 86; y
b) Son infracciones graves, las demás descritas en elmismo Art. 86.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Suspensión delpermisoambiental
89-A Procederá suspender de forma temporal el Permiso Ambiental correspondiente cuando el infractorincurra en reincidencia de infracciones menos graves; de igual forma por la comisión de lasinfracciones reguladas en los literales c), e), f) g), j) y l) del Art. 86 de la Ley.
La Suspensión del permiso ambiental será impuesta por el término mínimo de treinta días, para queen dicho plazo el infractor cumpla las condiciones impuestas. Transcurrido el término concedido yverificándose mediante Inspección ambiental el cumplimiento de las condiciones impuestas, serehabilitará el Permiso Ambiental correspondiente, quedando sujetos a Auditoria de EvaluaciónAmbiental. Su aplicación se hará de forma conjunta con las sanciones accesorias imponibles segúnla extensión del daño causado.
La Suspensión temporal del permiso ambiental, producirá el efecto del cierre temporal de laactividad, obra o proyecto.
Cancelacióndefinitiva delos permisosambientales
Art 89-B La Cancelación definitiva del Permiso Ambiental correspondiente, procederá cuando:
a) El infractor incurra en reincidencia de infracciones graves,
b) Al transcurrir el término concedido por el Ministerio en la aplicación de la Suspensión Temporaldel permiso ambiental como resolución final, sin que el infractor haya dado cumplimiento a lascondiciones exigidas;
c) Cuando el infractor no haya acatado las medidas accesorias de la resolución final, si esta noordenaba la cancelación definitiva del permiso ambiental;
d) Incumplimiento de las medidas preventivas impuestas durante el procedimiento; y La presentesanción será aplicada sin perjuicio de las multas y sanciones accesorias imponibles, y no exoneraráal infractor de la responsabilidad penal en que incurra.
La cancelación del permiso ambiental producirá como efecto el cierre o cese definitivo de laactividad, obra o proyecto, según corresponda.
Al haberse aplicado la cancelación definitiva del permiso ambiental, el infractor podrá solicitarun nuevo permiso siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la ley.
Destitución delcargo o empleopublico
Art 89-C En caso que la infracción a la presente ley y sus reglamentos haya sido cometida por un funcionario oempleado público en el ejercicio de sus funciones, procederá como sanción principal la destitución delcargo que ostenta, de conformidad a las leyes aplicables y respetando las garantías que las mismasles establezcan.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
El procedimiento administrativo sancionatoriose adjudicara de oficio, por denuncia o poraviso ante el ministerio. Cuando la PolicíaNacional Civil, Concejos Municipales, FiscalíaGeneral de la República, o Procuraduría para laDefensa de los Derechos Humanos, tuvierenconocimiento por cualquier medio de unainfracción ambiental, procederán de inmediatoa inspeccionar el lugar o lugares, donde sehubiese cometido la infracción.
El acta de inspección que al efecto se levante,constituirá prueba del cometimiento de lamisma.
Se presume la inocencia del supuesto infractordurante todo el procedimiento sancionatorio.
Inc. 3º:
Se presume la inocencia del supuesto infractor durantetodo el procedimiento sancionatorio. No obstante supresunción de inocencia deberá probar que no hainfringido el permiso ambiental o la normativaambiental aplicable.
3.3. Procedimiento administrativo sancionatorio
Procedimientoadministrativosancionatorio
Art 91
Valoracionesde la prueba
Art 94 Los informes de los funcionarios del medioambiente constituyen medios probatorios.
La prueba se evaluará de conformidad a lasreglas de la sana crítica.
Los informes de los funcionarios del medio ambienteconstituyen medios probatorios, así como los demásmedios de prueba del derecho. La prueba se evaluará deconformidad a las reglas de la sana crítica.
La carga probatoria, corresponderá tanto al Ministeriocomo al presunto Infractor, quien no obstante se lepresuma inocente, y se le garantice el debido proceso,ejercerá la garantía de defensa probando en lopertinente no haber incurrido en las infraccionesreguladas por la presente ley y sus reglamentos.
Motivación dela resolución
Art 95 La resolución que decida la procedencia oi m p r o c e d e n c i a d e l a s s a n c i o n e sadministrativas será debidamente motivada yresolverá todas las cuestiones planteadas porlas partes.
La resolución que decida la procedencia o improcedencia delas sanciones administrativas será debidamente motivada,de conformidad con la Constitución de la República, laley de Medio Ambiente, y sus reglamentos; resolviendotodas las cuest iones p lanteadas por las partes.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
De la resolución que imponga la sanción de multa,transcurrido el término que el Ministerio hayadeterminado para su pago, y sin que el infractor hayadado cumplimiento a la multa, de acuerdo a lagravedad de la infracción cometida, el MARN deconformidad con la presente ley decidirá laaplicación de otra sanción administrativa ocertificará lo pertinente para ejercer la acciónejecutiva contra el infractor ante los TribunalesCiviles, competentes, de conformidad al lugar en elcual se haya cometido la infracción.
Sanción minima Art 98 En cualquier estado del procedimiento elpresunto infractor podrá reconocer que hacometido la infracción que se le atribuye y sirestaurare o reparare el daño causado almedio ambiente e indemnizare a losparticulares que hubiesen sufrido perjuicios,se le impondrá la sanción mínima.
En cualquier estado del procedimiento el presuntoinfractor podrá reconocer que ha cometido la infracciónque se le atribuye y si restaurare o reparare el dañocausado al medio ambiente e indemnizare a losparticulares que hubiesen sufrido perjuicios, se leimpondrá la sanción mínima.
La aplicación de la sanción mínima, no exonera alinfractor de la responsabilidad penal en la quepueda incurrir.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
La estructura administrativa y el funcionamiento delMinisterio se establecerán en un ReglamentoInterno de Organización; contará con una OficinaCentral, cuya sede estará en el Área Metropolitanade San Salvador, pudiéndose establecerse OficinasRegiona les en los lugares que cons idereconveniente, los lugares contaran con el personal ylos medios necesarios para la efectiva aplicación dela normativa ambiental
La estructura administrativa y el funcionamiento delMinisterio se establecerán en un Reglamento Internode Organización; contará con una Oficina Central,cuya sede estará en el Área Metropolitana de SanSalvador, y se establecerán Oficinas Regionales enlas zonas occidental y oriental del país, las cualescontarán con el personal, dependencias, oficinasy los medios necesarios para la efectiva aplicación dela normativa ambiental.
2. Reglamento General de La Ley del Medio Ambiente.
Estructuraadministrativa
Art 4
Tema Articulo Redacción actual Propuesta de reforma /y o ampliación
1. Creación de la oficina regional del MARN
Miembros delas Unidadesambientales
9-A No podrán ser miembro de una unidad ambiental:
a) Quien haya sancionado o condenado por infracción o delito contra el medio ambiente,
b) Quien al momento de aspirar a ser miembro de una unidad ambiental ostente un cargo o empleopúblico,
c) Los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el titular ofuncionario al mando de la institución de la cual forme parte la Unidad Ambiental.
d) Los de conducta notoriamente viciada.
2. Consulta Pública y Estudios de Impactos Ambientales
Selección delos
prestadoresde servicios
Art.
22 -A
Determinada la procedencia del Estudio de Impacto Ambiental, a costa del titular el Ministerio realizaráun Concurso mediante el cual se seleccionará entre los prestadores de servicios de estudios de impactoambiental debidamente inscritos, a los profesionales idóneos para conformar el equipo multidisciplinarioque realizará el estudio de impacto ambiental. Para su desarrollo se observarán las siguientes reglas:
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
A r t .
22-B
para estudios
de impacto
ambiental
a) El Ministerio examinará en el Registro de prestadores de servicios a todos los profesionales quede acuerdo a la naturaleza de la actividad, obra o proyecto a desarrollar reúnan el perfil idóneopara realizar el estudio,
b) Se efectuará la convocatoria mediante invitación por escrito a los profesionales preseleccionados,en la cual se hará mención, del lugar, fecha y hora para que los preseleccionados retiren ladocumentación requerida para elaborar sus proyectos de estudio de impacto ambiental, los cualesdeberán ser entregados en el términos de 10 días hábiles,
c) Vencido el término mencionado, se recibirán por parte del Ministerio los proyectos y se someterána evaluación, durante el término de 5 días hábiles, y previo a la selección se realizará el concursodonde los prestadores de servicios serán evaluados de conformidad al estudio presentado,
d) Para verificar el respectivo concurso, se señalará fecha y hora y se convocará a los participantes,
e) Los resultados de la evaluación, se notificarán en tres días hábiles al Titular y a los prestadoresde servicios que hayan sido seleccionados para elaborar el estudio que corresponda.
f) La resolución que se pronuncie sobre la selección de los prestadores admitirá los recursos queestablecidos en la Ley.
De la Consulta
Pública Previa
al Estudio de
Impacto
Ambiental.
Para los efectos del artículo 23-A de la Ley, la consulta pública en la fase inicial del estudio de impactoambiental, es decir anterior a su elaboración, deberá ceñirse a lo siguiente:
a) Se convocará a los pobladores que residan o sean aledaños al lugar donde se pretenda llevar a caboel proyecto a través de programas radiales, carteles colocados en áreas visibles y públicas, invitacionespersonales, convocatorias a través de asociaciones comunales y vecinales, o por cualquier otro mediopertinente,
b) Para llevar a cabo la consulta pública deberán realizarse presentaciones ante las comunidades pormedio de ilustraciones de mapas y planos, entrevistas con líderes de la comunidad, organizandotal leres, foros o grupos de discusión precedidos por un t itu lar del Minister io;
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
b) En el caso de los Estudios de Impacto Ambientalque requieran de realizar la Consulta Públicareferida en el Art. 25 literal (b) de la Ley, seentregará, además de lo mencionado en el literalanter ior, la gu ía de procedimientos paradesarrollarla. Esta Consulta será organizada por elMinisterio y los costos necesarios referentes a lanecesidad de local, asistencia audiovisual, materialimpreso y difusión local, serán todos sufragados porel titular,
c) Estarán representados en la consulta la o lascomunidades involucradas, el o los gobiernosmunicipales, en cuya jurisdicción territorial seubique el área de impacto del proyecto; el titulardeberá exponerlo. El Ministerio estará a cargo deorganizar el proceso de la Consulta en su calidad deautoridad ambiental.
e) Las opiniones recibidas durante el proceso deConsulta Pública de los Estudios deberán serponderadas bajo criterios estrictamente técnicos, enel período de Evaluación del Estudio de ImpactoAmbiental, establecido en la Ley
b) En el caso de los Estudios de Impacto Ambiental querequieran de realizar la Consulta Pública referida en elArt. 25 literal (b) de la Ley, se entregará, además de lomencionado en el l i teral anter ior, la guía deprocedimientos para desarrollarla. Esta Consulta seráorganizada por el Ministerio y los costos necesariosreferentes a la necesidad de local, asistenciaaudiovisual, material impreso y difusión local, serántodos sufragados por el titular, para el ejercicio deesta consulta pública el Ministerio solicitará lacolaboración del Tribunal Supremo Electoral y delos municipios involucrados para determinar a losciudadanos que ejercieron sufragio en laselecciones próximas pasadas;
c) Estarán representados en la consulta la o lascomunidades involucradas, el o los gobiernosmunicipales, en cuya jurisdicción territorial se ubique elárea de impacto del proyecto; así como la poblaciónque puedan verse afectados por la actividad, obrao proyecto, el titular deberá exponerlo. El Ministerioestará a cargo de organizar el proceso de la Consulta ensu calidad de autoridad ambiental, velando por elcumplimiento de la ley y sus reglamentos y encalidad de garante de los derechos de losconsultados;
De la consulta
Pública de los
Estudios de
Impacto
Ambiental
Art 32
c) Concluida la consulta pública, el Ministerio recopilará los resultados y serán valorados y tomadosen cuenta para determinar la viabilidad de realizar el estudio de impacto ambiental juntamente conel titular de la actividad, obra o proyecto; cuya resolución final será debidamente notificada a lospobladores consultados.
En caso de determinarse que no es viable realizar el estudio de impacto ambiental en la zona, debidoa la negativa de los pobladores, puede el titular de la obra optar por continuar llevar a cabo el estudiopara ser sometido posteriormente a la consulta pública regulada en el Art. 25 de la Ley y Art. 32 desu Reglamento.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Art. 36. En atención a lo establecido en el Art. 27 de la Ley, larealización de Auditorías de Evaluación Ambiental constituyeuna responsabilidad del Ministerio de Medio Ambiente yRecursos Naturales; en consecuencia, se trata delcumplimiento de una función pública que podrá ser realizadapor personal de dicha Secretaría de Estado o por Prestadoresde Servic ios en Auditor ía de Evaluación Ambientaldebidamente certificados y registrados, de conformidad a losArts. 42 y siguientes del presente Reglamento y cuandodesempeñen dicha función, actuarán como delegados delMinisterio, aún cuando su remuneración sea cubierta por lostitulares de las actividades, obras o proyectos. (2)
Los Prestadores de Servicios en Auditoría de Evaluación
e) Las opiniones recibidas durante el proceso deConsulta Públ ica de los Estudios deberán serponderadas bajo criterios estrictamente técnicos, en elperíodo de Evaluación del Estudio de ImpactoAmbiental, establecido en la Ley; si de la consultapública resultare que la mayoría de la poblaciónconsultada se opone al estudio de impactoambiental, su opinión será vinculante para elMinisterio el cual no podrá resolver en contra;debiendo notificarse a los consultados dentro deltercer día hábil al día en que se haya tomado por elMinisterio la resolución final que corresponda.
3. Auditorias de evaluación ambiental
Tema Articulo Propuesta
De lasAuditorías deEvaluación
Ambiental. (2)
Art. 36. En atención a lo establecido en el Art. 27 dela Ley, la realización de Auditorías de EvaluaciónAmbiental constituye una responsabil idad delMinisterio de Medio Ambiente y Recursos Naturales;en consecuencia, se trata del cumplimiento de unafunción pública que podrá ser realizada por personalde dicha Secretaría de Estado, mediante la Oficinade Auditorias de la Evaluación Ambiental deconformidad a lo establecido en el Art. 36-B delpresente Reglamento, o por Prestadores deServicios en Auditoría de Evaluación Ambientaldeb idamente cer t i f i cados y reg is t rados, deconformidad a los Arts. 42 y siguientes del presenteReglamento y cuando desempeñen dicha función,actuarán como delegados del Ministerio, aún cuando
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
Ambiental actuarán en el desempeño de sus funcionescumpliendo con las disposiciones emitidas para tal efecto por elMinisterio, estando sometidos, en lo que corresponda, a lodispuesto en la Ley de Ética Gubernamental. Los Auditores nodeberán emitir opinión alguna, recomendaciones ni sugerenciasen el desempeño de su función. (2)
Los Informes de Auditoría de Evaluación Ambiental elaboradospor los Prestadores de Servicios antes mencionados, lo mismoque los documentos de trabajo, son propiedad exclusiva delMinisterio de Medio Ambiente y Recursos Naturales y enconsecuencia no podrán ser divulgados. (2)
su remuneración sea cubierta por los titulares de lasactividades, obras o proyectos. (2)
Los Prestadores de Servicios en Auditoría de EvaluaciónAmbiental actuarán en el desempeño de sus funcionescumpliendo con las disposiciones emitidas para talefecto por el Ministerio, estando sometidos, en lo quecorresponda, a lo dispuesto en la Ley de ÉticaGubernamental. Los Auditores no deberán emitiropinión alguna, recomendaciones ni sugerencias en eldesempeño de su función. (2)
Los Informes de Auditoría de Evaluación Ambientalelaborados por los Prestadores de Servicios antesmencionados, lo mismo que los documentos de trabajo,son propiedad exclusiva del Ministerio de MedioAmbiente y Recursos Naturales y en consecuencia nopodrán ser divulgados. (2)
De lasAuditorías deEvaluación
Ambiental enlas etapas deConstrucción,Ubicación y
Funcionamiento. (2)
Art. 36-A.- El Ministerio, para garantizar durante la ejecución dela actividad, obra o proyecto, el cumplimiento de las condicionesdefinidas en el Permiso Ambiental, realizará Auditorías deEvaluación Ambiental, conforme lo establecen el Art. 27 de laLey y el presente Reglamento. (2)
Las Auditorías de Evaluación Ambiental periódicas se realizaráncon base a una programación, comunicándole por escrito altitular la fecho de su realización y el alcance de la misma, conal menos diez días hábiles de anticipación. (2)
Art. 36-A.- El Ministerio, para garantizar durante laejecución de la actividad, obra o proyecto, elcumplimiento de las condiciones definidas en el PermisoAmbiental, realizará Auditorías de Evaluación Ambiental,conforme lo establecen el Art. 27 de la Ley y el presenteReglamento. (2)
Las Auditorías de Evaluación Ambiental aleatorias operiódicas se realizarán con base a una programación,comunicándole por escrito al titular en el mismo día
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
de su realización, informándose el alcance de lamisma. (2)
Para la realización de las Auditorias de EvaluaciónAmbiental, el Ministerio se auxiliará de la Oficinade Aud i tor ias de Eva luac ión Ambienta l ,planificando y ejecutando las auditorias deconformidad a lo establecido en el Art. 46-B delpresente Reglamento, contando con el personalmultidisciplinario y especializado de conformidad ala naturaleza de la actividad, obra o proyecto.
Si el Ministerio decidiere la realización de la Auditoría deEvaluación Ambiental por medio de prestadores deservicios, procederá a hacer la designación del auditoro equipo auditor, según el tipo de actividad, obra oproyecto, con base a la nómina establecida en elRegistro establecido en el Art. 42 del presenteReglamento. (2)
Para efectuar la selección a que se refiere el incisoanterior, el Ministerio velará porque no exista conflictode intereses entre el Prestador de Servicios y el titularde la actividad, obra o proyecto. (2)
De la Oficinade
Auditoriasde la
EvaluaciónAmbiental.
Si el Ministerio decidiere la realización de la Auditoría deEvaluación Ambiental por medio de prestadores de servicios,procederá a hacer la designación del auditor o equipo auditor,según el tipo de actividad, obra o proyecto, con base a lanómina establecida en el Registro establecido en el Art. 42 delpresente Reglamento. (2)
Para efectuar la selección a que se refiere el inciso anterior, elMinisterio velará porque no exista conflicto de intereses entreel Prestador de Servicios y el titular de la actividad, obra oproyecto. (2)
Art. 36-B Oficina encargada de la verificación y seguimientode las condiciones y obligaciones fijadas en elPermiso Ambiental. La Oficina de Auditoría deEvaluación Ambiental contará con personal propio, multidisciplinario, certificado, asignado por elMinisterio de conformidad con el Art. 45 A delReglamento Interno del Órgano Ejecutivo; y tendrálas siguientes funciones:
a) Selección del equipo auditor y designación de
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
funciones, o aprobación del equipo auditor en elcaso que esté conformado por prestadores deServicios de Auditorias de Evolución Ambientaldebidamente inscritos en el Registro de ServidoresPúblicos que regula el Art. 23 de la Ley, y Art. 42 delpresente Reglamento;
b) Determinación del alcance de las auditorías,
c) Revisión y Aprobación del Plan de Auditoría;
d) constatar que las actividades y obrasestablecidas en el permiso ambiental se cumplande acuerdo al Estudio de Impacto Ambientarespectivo;
e) Verificar el mejoramiento de la calidadambiental, a través del cumplimiento de loestablecido en el permiso ambientalcorrespondiente,
f) Revisión y aprobación del Informe de Auditoría,
g) Elaboración del Dictamen Técnico de Auditoria,
Notificación de resultados de la auditoríaambiental mediante resolución, otorgando un plazoestimado para que se cumplan las observaciones, oconcediendo plazo perentorio para recibirrespuesta del auditado al descubrirseincumplimientos.
DelProcedimientode la auditoría
ambiental
Art. 37. El procedimiento para realizar la Auditoria de EvaluaciónAmbiental, debe comprender las siguientes etapas: (2)
a) Elaboración del Plan de Auditoría, (2)
b) Reunión inicial, con participación del titular o surepresentante, (2)
La Auditoría de Evaluación Ambiental, sea realizadaperiódica o aleatoriamente, deberá observar lassiguientes etapas:
I. Planificación de la Auditoria de EvaluaciónAmbiental:
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la Oficina de Auditoría Ambiental programará lasAuditorías, o las elaborará de oficio aconsecuencia de Denuncia recibida; esta etapacomprenderá:
a) Programación de la Auditoría de evaluaciónAmbiental;
b) Determinación de los alcances y objetivos dela Auditoría;
c) Selección o aprobación del Equipo Auditor,conformado por lo menos con tres Auditorescertificados y especialistas, designando rolesy funciones;
d) Elaboración, Revisión y Aprobación del Plan deAuditoría de la Evaluación Ambiental,seleccionando los instrumentos y métodos queguiarán al equipo auditor;
II. Etapa de la Ejecución de la Auditoria de laEvaluación Ambiental; etapa de la ejecucióndirecta de la Auditoria en el lugar de la actividad,obra o proyecto; esta comprenderá:
a) Reunión in ic ia l con e l t i tu lar o susrepresentantes para: Informar sobre el objetode la auditoría y solicitar se ponga adisposic ión de los auditores toda lainformación que contenga los procedimientosinternos de la actividad, obra o proyecto;
b) Recolección y registro de evidencias,ana l i zando documentos y reg i s t ros ;realizándose inspección de las instalaciones ysus alrededores en radio radio mínimo de 500metros y un máximo de un kilómetro;entrevistas al personal clave; y recolección demuestras; debiendo ser analizadas las muestras
c) Análisis de documentación, inspección del sit io,entrevistas, (2)
d) Reunión final, con participación del titular o surepresentante, (2)
e) Levantamiento de Acta Preliminar de la AuditoríadeEvaluación Ambiental, (2)
f) E l a bo ra c i ón de l I n f o rme de Aud i t o r í a d eEvaluaciónAmbiental, (2)
g) Aprobación del Informe de Auditoría de EvaluaciónAmbiental, (2)
h) Emisión de la Resolución respectiva, la cual, contendrácomo mínimo, lo siguiente: Identificación de la actividad,obra o proyecto auditado, fecha de la auditoría, listado conlos hallazgos de la auditoría y las obligaciones que debecumplir con base al literal b) del Art. 27 de la Ley,principalmente, la de implementar un Programa de Manejoo de Adecuación Ambiental, según sea el caso, debidamenteajustado, para superar los hallazgos identificados, el cualdeberá presentarlo dentro de un plazo máximo de 30 días apartir del día siguiente de la notificación, para efectos de suevaluación, aprobación y seguimiento, por parte delMinisterio, (2)
i) Notificación de la Resolución, (2)
j) Presentación de los Programas de Manejo o Adecuación Ambiental ajustados, (2)
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k) Evaluación de lo presentado, (2)
l) Resolución de los Programas de Manejo o AdecuaciónAmbiental, y, (2)
m) Seguimiento del cumplimiento de los Programas deManejo o Adecuación Ambiental, aprobados por el Ministerioy ajustados mediante Auditorías de Evaluación Ambiental. (2)
en laboratorios nacionales certificados o enlaboratorios internacionales, previo conveniosde cooperación;
c) Generación y Evaluación de Hallazgos, que secontrastarán contra las condiciones ocompromisos de l Permiso Ambiental .
Como resultado puede obtenerse, hallazgospositivos o negativos, que pueden o noconst i tu ir incumpl imiento ambiental ;
d) Reunión de Clausura con el titular y/o surepresentante, para presentar los resultadospreliminares de la Auditoria.
e) Levantamiento de acta para constancia de loactuado, y de los resultados preliminares;
f) Elaboración del Informe de la Auditoría , acargo del equipo auditor,
g) Revisión y Aprobación del Informe Final, laOficina de Auditoria Ambiental, revisará yobservará el informe, pudiendo solicitaraclaraciones o ampliaciones al Equipo Auditor;y subsanada cualquier deficiencia, si lahubiere, se procederá la Aprobación delInforme;
h) Emisión del Dictamen Técnico de AuditoríaAmbiental, en un plazo de diez días hábilesposteriores a la recepción de los resultados; y de acuerdo con los hallazgos el dictamenpuede ser favorable o desfavorable.
i) Notificación de los resultados al titular de laobra o proyecto.
II I. Etapa de Seguimiento de la AuditoríaAmbiental, inicio al notificar al auditado elDictamen Técnico de, estableciéndose un plazop r u d e n c i a l p a r a q u e s e c u m p l a n l a s
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Art. 38 La Auditoría de Evaluación Ambiental serárealizada por personas debidamente certificadas yacreditadas por el Ministerio. El Equipo Auditorestará constituido tres o más auditoresambientales, que podrían ser personal delMinisterio o prestadores de servicios ambientalesdebidamente inscritos en el Registro Ambiental;as í m ismo se podrá se lecc ionar aud i to resindependientes certificados, mediante convenios decooperación y colaboración con Instituciones TécnicasNacionales, Institutos de Investigación Científicos delas Universidades, así como de profesionales eInst i tuc iones Internac ionales Espec ia l izados.
El equipo auditor será multidisciplinario, enfunción de la naturaleza diversa de lasactividades, obras o proyectos sujetos a auditoriade la evaluación ambiental.
recomendaciones y condiciones que permitanresolver los incumplimientos.
El auditado estará obligado a elaborar unPrograma de cumplimiento ambiental, sujeto deaprobación ante el Ministerio, debiendonotificarse al auditado dentro de cinco díashábiles la resolución que apruebe o rechace elp rog rama de cump l im ien to amb ien ta l .
Independientemente de la aprobación o rechazodel programa mencionado, el Ministerio informaráal titular, caso que proceda, el inicio delprocedimiento administrativo sancionatorio, sinperjuicio de la responsabilidad penal en la quepudiera incurrir.
Del equipoauditor
Art. 38.- La Auditoría de Evaluación Ambiental será realizada porpersonas debidamente acreditadas por el Ministerio.
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El Ministerio en cumplimiento al Art. 28 de la Ley,ejecutará Inspecciones Ambientales, con lafinalidad de recopilar evidencias para determinar elcumplimiento o no de la normativa ambientalvigente, estas se realizarán de la siguiente forma:
a) Se procederá a ejecutar una inspección ambiental,de forma oficiosa o por denuncia recibida en elMinisterio;
b) Las inspecciones ambientales se realizarán encualquier día y hora, con o sin previo aviso alpropietario de la obra o proyecto, y no requerirá lacooperación del titular o encargado,
c) Podrá inspeccionarse las actividades obras oproyectos que cuenten con el respectivo PermisoAmbiental, así como cualquier actividad osituaciones especiales que atenten contra el medioambiente, la salud pública y los recursos naturales;
d) Las inspecciones estarán a cargo de personaldebidamente acreditado por el Ministerio,observando en la medida de lo posible elprocedimiento de ejecución de la AuditoríaAmbiental, con excepción de las formalidadespropias de la auditoría;
e) Constituidos los inspectores en el lugar de lainspección, se identificarán ante el titular o
El equipo auditor estará constituido por unAuditor Líder o Auditor Coordinador, quien será el responsable de los resultados de la Auditoría ante el Ministerio, y de Auditores Ambientalesresponsables de la recopilación de evidencias y de sueva luac ión para e s tab le ce r l o s ha l l azgoscorrespondientes.
Inspecciónambiental
Art. 39-A
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responsable como personal del Ministerio,procediendo a la recolección de evidencias ymuestras,
f) Terminada la inspección los inspectores loinformarán al titular o responsable, se levantaráacta de lo actuado, la cual deberá ser firmada porlos inspectores y por el titular o responsable,haciendo constar su negativa caso de no quererfirma el acta;
g) El acta que se elabore junto con las evidenciasrecolectadas será remitida al Ministerio para suevaluación, debiendo emitirse en el término decinco días hábiles un informe, del cual senotificará al titular o responsable el cumplimientode la normativa ambiental, o si procede lain s t rucc ión de l p roceso admin i s t rat ivosancionatorio; sin perjuicio de la responsabilidadpenal en que pudiera incurrir.
No será permitido a los inspectores ambientales:
1) Emitir opiniones sin fundamento legal o técnicodurante la realización de la Inspección ambiental,
2) Recopi lar ev idencias impert inentes, s inobjetividad y carentes de idoneidad, y
Efectuar recomendaciones verbales, antes, durante ydespués de la Inspección
Limites a laactuaciónde losinspectoresy auditoresambientales
Art. 39-B
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Competenciadel Ministerio
c) Autorizar la instalación y funcionamiento de lasfábricas y demás establecimientos industriales, ental forma que no constituya un peligro para lasalud de los trabajadores y de la población generaly se ajusten al reglamento correspondiente;
ch) Cancelar las autorizaciones correspondientes yordenar la clausura de los establecimientosindustriales, cuando su funcionamiento constituyagrave peligro para la salud y no se hubierencumplido con las exigencias de las autoridades desalud, de acuerdo con el reglamento respectivo;
d) Fijar las condiciones necesarias para laimportación, exportación, almacenamiento,transporte, distribución, uso, destrucción y engeneral para operar cualquier materia o desechoque constituya o pueda llegar a construir unpeligro para la salud,
c) Autorizar la instalación y funcionamiento de las fábricasy demás establecimientos industriales, en tal forma que noconstituya un peligro para la salud de los trabajadores y dela población general y se ajusten al reglamentocorrespondiente; verificándose el cumplimiento de lascondiciones y obligaciones pertinentes, el Ministerioemitirá la correspondiente Autorización Sanitariapara la instalación o funcionamiento;
ch) Cancelar las autorizaciones correspondientes y ordenarla clausura de los establecimientos industriales, fábricaso instalaciones cuando su funcionamiento constituyagrave peligro para la salud y no se hubieren cumplido conlas exigencias de las autoridades de salud, de acuerdo conel reglamento respectivo;
d) Fijar las condiciones necesarias para la importación,exportación, almacenamiento, transporte, distribución,uso, destrucción y en general para operar cualquiermateria o desecho que constituya o pueda llegar aconstruir un peligro para la salud, en coordinación con elMinisterio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, yde los demás entes públicos con competencia en lamateria.
3. CODIGO DE SALUD
Tema Articulo Redacción actual Propuesta de reforma /y o ampliación
1. Seguridad e Higiene de trabajo
Art 109
Art 116 Se entenderá por establecimiento o instalaciónpeligrosa la que por la índole de los productos queelabora o de la materia prima que utiliza puede
Se entenderá por establecimiento o instalación peligrosa laque por la índole de los productos que elabora o de lamateria prima que utiliza puede poner en grave peligro la
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poner en grave peligro la salud y la vida delvecindario, tales como las fábricas de explosivos,fundiciones de minerales y las que produzcanradiaciones. (9)
Estos establecimientos deben ubicarse en zonasespeciales autorizadas por el Ministerio, queestarán siempre distantes del radio urbano, entodo caso entre sus insta lac iones y lascolindancias de su terreno deberá existir unadistancia mínima de cien metros. Tratándose deproductos pirotécnicos se estará a los dispuesto enla Ley de Control y Regulación de Armas,Municiones, Explosivos y Artículos Similares. (9)
salud y la vida del vecindario, tales como las fábricas deexplosivos, fundiciones de minerales y las que produzcanradiaciones. (9)
Estos establecimientos deben ubicarse en zonasespeciales autorizadas por el Ministerio, de conformidadcon la zonificación del suelo y planes de ordenamientoterritorial, en coordinación con el Ministerio de MedioAmbiente y Recursos Naturales, las Municipalidades yel Viceministerio de Vivienda y Desarrollo urbano;debiendo estar dichos establecimientos a una distanciamínima de dos kilómetros al radio urbano oasentamiento poblacional rural más cercano.Tratándose de productos pirotécnicos se estará a lodispuesto en la Ley de Control y Regulación de Armas,Municiones, Explosivos y Artículos Similares. (9)
Art 117 El Ministerio fijará las condiciones para manejar yalmacenar las materias nocivas y peligrosas, paraprotección del vecindario.
El Ministerio fijará las condiciones para manejar yalmacenar las materias nocivas y peligrosas, paraprotección del vecindario. Cuando el interesado reúnalas condiciones reglamentarias y técnicas, exigidas porla normativa vigente, solicitará al Ministerio laAutorización Sanitaria para el manejo yalmacenamiento de dichas materias, previo acuerdodel Consejo Superior de Salud Pública.
Fiscalizaciónde lasautorizacionessanitarias ypermisos
Art.
117-A
El Ministerio con la finalidad de verificar el cumplimiento de la Autorización Sanitaria y demásPermisos que conceda de conformidad con el Código, sus Reglamentos y Normas Técnicas, le corresponderála Facultad Fiscalizadora de los establecimientos industriales, fábricas, instalaciones y edificaciones,sujetos a su control y reglamentación en atención a las actividades, procesos, o proyectos que sedesarrollen que puedan o que pongan en peligro la integridad física de las persona, y la salud pública.
Para el ejercicio del control y vigilancia el Ministerio realizará Inspecciones en aquellosestablecimientos, fábricas e instalaciones que por sus actividades estén comprendidas en el Art. 109 literalc) y 116 del Código.
Cuando se haya realizado inspección por parte del Ministerio y resultaré que la acción u omisiónpor parte del propietario o encargado de la actividad o instalación es constitutiva de infracción contra lasalud, se dará inicio al procedimiento sancionatorio que regula el Código.
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De lasinfraccionesy sanciones.
Los propietarios y profesionales responsables delos establecimientos relacionados con la salud, quecometan las infracciones establecidas en el Art.284 de este Código y faltas graves establecidas enlos reglamentos respectivos, serán sancionadoscon la clausura o cierre del establecimiento
Los propietarios, de los establecimientos industriales,fábricas e instalaciones sujetas a supervisión delMinisterio, que cometan las infracciones determinadasen los números: 6), 8), 9), 12), 21-A), 21-B), y 21-C) delArt. 284 de este Código, serán sancionados con lac lausura temporal o c ierre def in it ivo delestablecimiento.
En caso de Suspensión Temporal de la AutorizaciónSanitaria, se podrá rehabilitar la misma cuando elinfractor haya cumplido con las exigencias establecidaspor el Ministerio y haya restablecido en la medida de loposible la salud de los afectados.
Al decretarse el Cierre definitivo del establecimiento, secancelará la autorización sanitaria, y solo se renovarála misma, si el infractor demuestra haber reparado losdaños a la salud y que no volverá a cometer lasinfracciones por las cuales fue sancionado.
2. Infracciones, sanciones, competencia y procedimientos
Art. 283
Art 284 Constituyen Infracciones Graves contra la Salud: 21-A) No obtener el permiso y la autorización sanitariadel Ministerio para la Instalación o Funcionamiento delos establecimientos industriales, fábricas einstalaciones reguladas en el literal c) del Art. 109.
21-B) Instalarse e iniciar funcionamiento sin obtener laautorización sanitaria para la ubicación en los términosdel Art. 116 Inc. 2º del Código.
21-C) Iniciar actividades sin haber obtenido laautorización sanitaria en contravención a lo dispuestoen el Art. 109 Letra d) en relación con el Art. 117 delCódigo.
Infraccionesgravescontra lasalud
Infraccionesmenosgraves
Art 285 Constituyen Infracciones Menos Graves contrala Salud:
24) No obtener previamente la autorización delMinisterio para la instalación y funcionamiento de losestablecimientos a que se refiere el artículo ciento uno
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24) No obtener previamente la autorización delMinisterio para la instalación y funcionamientode los establecimientos a que se refiere elart ículo ciento uno del presente Código
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del presente Código. Se excluyen las industrias,fábricas e instalaciones cuyas actividades impliquenriesgos a la salud, por estar contemplada entre lasInfracciones graves contra la salud
Competenciasyprocedimientos
Art 295 El profesional a quien se instruyere informativoestá obligado a concurrir personalmente a rendirsu declaración.
Su inasistencia se tendrá como presunción deculpabilidad; siempre que no compruebe unjusto motivo de impedimento.
El profesional y toda persona natural a quien seinstruyere informativo está obligado a concurrirpersonalmente a rendir su declaración.
Tratándose de una persona jurídica, acudirá elrepresentante legal de la misma.
Finalizaciónde la instanciaadministrativa
Art.303 - A
La resolución pronunciada en el recurso de Apelación o en el recurso de Hecho cuando proceda, pone fin ala Instancia Administrativa, dejando expedito el derecho del agraviado de acudir al Proceso ContenciosoAdministrativo.
4. CODIGO MUNICIPAL
Tema Articulo Redacción actual Propuesta de reforma /y o ampliación
1. Competencia municipal y asociatividad de los municipios
De lacompetenciamunicipal
Art 5-A En concordancia con las demás competencias en materia ambientalque este código le atribuye a los municipios, estos deberán velarpor brindar un ambiente sano, que conserve su diversidad, riquezay equilibrio natural y permita alcanzar una mejor calidad de vidapara todos sus habitantes.
Art 5-B Corresponde a las autoridades municipales dentro de sucorrespondiente circunscripción territorial desarrollar las accionesnecesarias para el control de efectos contaminantes y factorescausales de deterioro ambiental y menoscabo de la calidad de vidade los habitantes que se susciten en el municipio.
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7. Glosario
Actividades Nocivas: Son las que pueden causar daños u originar alteracionesnegativas en las condiciones del medio vivo y no vivo.
Actividades Peligrosas: Son las actividades que tienen por objeto fabricar, manipular,expender o almacenar productos suscept ib les de or ig inar r iesgos graves porexplosiones, combustiones, radiaciones u otros de análoga importancia para laspersonas, el entorno natural o los bienes.
Actividades Molestas: Son las actividades que constituyen una incomodidad por losruidos, vibraciones que producen o por los humos, gases, olores, nieblas, polvos ensuspensión o sustancias que eliminen.
Actividades Insalubres: Son las actividades que den lugar a desprendimiento oevacuación de productos que puedan resultar directa o indirectamente perjudiciales parala salud humana.
Amenaza: Es la probabilidad de que un acontecimiento con características de ser capazde producir un daño.
Anfótero: Es la molécula que contiene un radical base y otro ácido.
Antihelmínticos: Se denomina a cada uno de los fármacos utilizados en el tratamientode las helmintiasis, es decir las infecciones por vermis, helmintos ó lombrices.
Auditoria de evaluación ambiental: Es el método de revisión exhaustiva, que permiteverificar el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el permiso ambiental. Delos resultados se pueden definir programas con plazos determinados, las obras,reparaciones, correcciones y acciones necesarias, con arreglo a las condicionesestablecidas en el permiso ambiental.
Autorización sanitaria: Es la que designa los permisos y autorizaciones emitidas por elMinisterio de Salud Pública y Asistencia Social, para permitir la construcción yfuncionamiento de instalaciones industriales, fábricas y establecimientos, que por susactividades constituyan un peligro a la Salud Pública.
Bacterias Gram positivas: Se denominan a aquellas bacterias que se tiñen de azuloscuro ó violeta por la tinción de Gram: ésta característica está ligada a la estructura dela envoltura celular.
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Bioacumulable: Es una característica que presentan algunas sustancias que no sedisuelvan ni se degradan.
Cancelación del permiso ambiental: Es una sanción impuesta a través del procedimientoadministrativo sancionador de la Ley del Medio Ambiente por cometer las infracciones queella establece, por reincidencia o por falta de acatamiento de otras medidas. Esta sanciónconlleva al cierre definitivo de la actividad, obra o proyecto.
Calidad de Vida: Capacidad que posee el grupo social de satisfacer sus necesidades con losrecursos disponibles en un espacio natural dado. Elementos necesarios para alcanzar unavida humana decente.
Consulta Pública: Proceso de información y de participación de la población, y gruposafectados con las políticas, planes, programas, actividades, obras o proyectos, para obtenersu opinión y ponderarlas, con el fin de resolver los Estudios Ambientales.
Concurso de Selección: Es el procedimiento administrativo mediante el cual el Ministerio deMedio Ambiente y Recursos Naturales, promueve la competencia, invitando a todos losprestadores servicios ambientales, sean estos personas naturales o jurídicas debidamenteinscritos en el Registro de Prestadores de Servicios de Estudios de Impacto Ambiental, deDiagnósticos y Auditorias de la Evaluación Ambiental, para que de acuerdo a su perfil eidoneidad participen en la selección de aquellos prestadores de servicios para la elaboraciónde los Estudios de Impacto Ambiental.
Curtiembres: Curtido de pieles.
Decilitro: Es la unidad de volumen equivalente a la décima parte de un litro representado porel símbolo: dl.
Densidad relativa: También se denomina gravedad específica, es una comparación de ladensidad de una sustancia con la densidad del agua.
Desarrollo sostenible: La Ley de Medio Ambiente lo define como el mejoramiento de lacalidad de vida de las presentes generaciones, con desarrollo económico, democraciapolít ica, equidad y equil ibrio ecológico, sin menoscabo de la calidad de vida de lasgeneraciones venideras.
Disfunciones: Función anormal de un sistema u órgano dentro del cuerpo.
Equipo auditor: Es el grupo de profesionales idóneos constituido por tres o más auditoresambientales, que podrían ser personal propio del Ministerio o prestadores de serviciosambienta les debidamente cer t i f icados e inscr i tos en e l reg is t ro del MARN. Serámultidisciplinario en función de los objetivos y alcance de la auditoria, así como de lanaturaleza de la actividad, obra o proyecto a auditar.
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Estudio de Impacto Ambiental: Instrumento de diagnóstico, evaluación, planificación ycontrol, constituido por un conjunto de actividades técnicas y científicas realizadas por unequipo multidisciplinario, destinadas a la identificación, predicción y control de los impactosambienta les , pos i t i vos y negat ivos , de una ac t iv idad, obra o proyec to , durante
todo su ciclo vital, y sus alternativas, presentado en un informe técnico; y realizado según loscriterios establecidos legalmente.
Fitoplancton: En biología marina ó limnología se le llama al conjunto de los organismosacuáticos autótrofos del plancton que tienen capacidad fotosintética y que viven dispersos enel agua.
Formulario Ambiental: Documento con carácter de declaración jurada que se presenta a laautoridad ambiental competente, de acuerdo a un formato pre-establecido, que describe lascaracterísticas básicas de la actividad o proyecto a realizar, que por ley requiera de unaevaluación de impacto ambiental como condición previa a la obtención de un permisoambiental.
Gestión Ambiental Municipal: Manejo participativo de los elementos y problemasambientales de una región determinada, por parte de los diversos actores sociales, medianteel uso selectivo y combinado de herramientas jurídicas, de planeación, técnicas, económicas,financieras y administrativas.
Hallazgos: Los hallazgos de auditoria resultan de la comparación de las evidenciasrecabadas, contra las condiciones o compromisos establecidos en el Permiso Ambiental.Como resultado puede obtenerse: Cumplimiento ambiental ó Incumplimiento ambiental, y seobtiene los hallazgos positivos o hallazgos negativos
Inspección Ambiental: Consiste en la actividad esencialmente preventiva, de control,fiscalización y supervisión del cumplimiento de las disposiciones y normas jurídicas vigentesen materia de protección del medio ambiente y del uso sostenible de los recursos naturalescon el objetivo de evaluar y determinar la adopción de las medidas pertinentes paragarantizar el cumplimiento de las leyes y normas ambientales. La inspección ambiental serealiza a todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, que desarrollanac t i v i dades v incu ladas a l med io amb ien te y a l uso de l os recu rsos na tu ra les .
Licencia Municipal de Funcionamiento: Es la autorización que otorga la Municipalidad atoda persona natural o jurídica para desarrollar las actividades reguladas en esta ley ysometidas a la fiscalización de la Municipalidad, previo cumplimiento del procedimientoadministrativo municipal.
Medida de Prevención: Estrategia, acción o medida destinada a evitar los impactosambientales negativos de una polít ica, plan, programa, actividad, obra o proyecto.
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Metro cúbico: unidad de volumen, que corresponde con el volumen de un cubo de un metrode lado, es la unidad de medición para volumen de gas.
Microgramos: Unidad de masa, milmillonésima parte de un kilogramo ó la millonésima partede un gramo.
Molusquicidas: Son pesticidas ú otros venenos utilizados para controlar ó matar moluscos
Normas Técnicas de Calidad Ambiental: Aquellas que establecen los valores límite deconcentración y períodos, máximos o mínimos permisibles de elementos, compuestos,derivados químicos o biológicos, radiaciones, vibraciones, ruidos, olores o combinaciones deellos, cuya presencia o carencia en el ambiente pueden constituir un riesgo para la salud o elbienestar humano, la vida y conservación de la naturaleza.
Ordenamiento Territorial: Se define como un instrumento que forma parte de la política deEstado sobre el Desarrollo Sostenible. Es un proceso político, en la medida que involucra latoma de decisiones concertadas de los actores sociales, económicos, políticos y técnicos,para la ocupación ordenada y uso sostenible del terr i tor io. Es un proceso técnicoadministrativo porque orienta la regulación y promoción de la localización y desarrollo de losasentamientos humanos, de las actividades económicas, sociales y el desarrollo físicoespacial, que tiene en consideración criterios ambientales, económicos, socioculturales,institucionales y geopolíticos, a fin de hacer posible el desarrollo integral de la persona comogarantía para una adecuada calidad de vida.
Partes por Millón: Es la unidad empleada usualmente para valorar la presencia dee l e m e n t o s e n p e q u e ñ a s c a n t i d a d e s ( t r a z a ) e n u n a m e z c l a , s e a b r e v i a : p p m .
Permiso Ambiental: Acto administrativo por medio del cual el Ministerio de acuerdo a estaley y su reglamento, a solicitud del titular de una actividad, obra o proyecto, autoriza a queéstas se realicen, sujetas al cumplimiento de las condiciones que este acto establezca.
Programa de Cumplimiento Ambiental: Es el instrumento presentado a la aprobación delMinisterio, por parte del titular de una actividad, obra o proyecto que fue sometida a Auditoriade Evaluación Ambiental, cuyos hallazgos encontrados fueron negativos; y mediante el cualel titular se compromete a dar cumplimiento a nuevos compromisos, obligaciones y a lasobservaciones y condiciones establecidas en el Permiso Ambiental, y los demás que elMinisterio haya establecido.
Patologías: Es la parte de la medicina encargada del estudio de las enfermedades en suamplio sentido, es decir como proceso ó estados anormales de causas conocidas ódesconocidas
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Participación pública: Es el derecho individual del ciudadano de poder incidir en políticassobre las cuales es el beneficiario directo, así como de tener instrumentos para enfrentar alEstado cuando sus intereses son agredidos o violados por éste. Tal derecho implica también,el deber de la administración pública de emitir una respuesta a las preocupaciones dequienes han ejercido su derecho a participar.
Rehabilitación del Permiso Ambiental: Este se da a consecuencia del cumplimiento a laresolución que dictó la suspensión del permiso ambiental, ya que transcurrido el plazoimpuesto al titular de la actividad, obra o proyecto, para que dirigiera sus actuacionesconforme a la resolución y a la Ley, y de haberse acatado las recomendaciones y lasobligaciones impuestas en la resolución, procede a rehabilitar el permiso que había sidosuspendido; llevando aparejada la rehabilitación de las actividades, terminando así el cese delas mismas.
Recolección y Registro de Evidencia: Dentro de la etapa de ejecución de la Auditoria deEvaluación Ambiental, consiste en la revisión de documentos, inspección de instalaciones, yde los alrededores de la actividad, en un radio mínimo de 500 metros, realización deentrevistas al personal clave de la actividad, así como entrevistas con los pobladores queresidan cerca de las instalaciones de la actividad, obra o proyecto.
Riesgo: Eventualidad que se presenta cuando aparecen determinados factores que,asociados con un fenómeno físico (natural o antrópico), tienen aptitud suficiente para producirefectos adversos sobre los elementos que se encuentren expuestos a tal fenómeno. Dentrode los elementos expuestos están incluidos todos los seres vivos, las construcciones,recursos y los servicios.
Suspensión del Permiso Ambiental: Es la medida administrativa que puede ser utilizada demanera precautoria en el proceso administrativo sancionatorio, por cometer infraccionesestipuladas en la Ley del Medio ambiente; y además puede ser la sanción que se imponga enla resolución final de dicho proceso. Esta pretende eliminar o disminuir los daños o riesgoscausados al medio ambiente, a los recursos naturales y a los bienes de las personas. Estasanción tiene como consecuencia el cese temporal de las actividades que están generandolos daños o los riesgos antes mencionados. Se le señala un plazo al infractor para queacomode sus actuaciones al contenido de la Ley del Medio Ambiente, según lo emitido en laresolución, para que al término de ese plazo pueda llevar a cabo sus actividades siempre ycuando obedezcan al mandato de la autoridad administrativa de haber corregido su conductainfractora como titular de la actividad, obra o proyecto.
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Reglamento Especial de Aguas Residuales, Decreto No. 39, República de ElSalvador 31 de mayo de 2000
Reglamento Oficial de Normas Técnicas de Calidad Ambiental, Decreto No.40,República de El Salvador, 31 de mayo de 2000
Reglamento Especial en Materia de Sustancias, Residuos y DesechosPeligrosos, Decreto No. 41, República de El Salvador, 31 de mayo de 2000
Reglamento Especial Sobre Manejo Integral de los Desechos Sólidos, DecretoNo.42, República de El Salvador, 31 de mayo de 2000
Reglamento Sobre Calidad del Agua el Control de Vertidos y las Zonas deProtección, Decreto No.50, República de El Salvador, 16 de Octubre de 1987
Norma Salvadoreña Obligatoria 13.11.01:01 Calidad del aire ambientalinmisiones Atmosféricas, Comité Técnico de Normalización, Editada porCONACYT Acuerdo Ejecutivo del Ministerio de Economía
Lic. Yanira Cortéz, Procuradora Adjunta de Medio Ambiente, entrevistada el 3de febrero de 2009.
Lic. Lourdes Palacios, Diputada de la Asamblea Legislativa, Fracción FMLN,entrevistada el 6 de febrero de 2009.
Sr. Romeo Barillas, Alcalde del municipio de San Juan Opico, entrevistado el 6de febrero
Dra. Ana Elda de Reina, Diputada Suplente de la Asamblea Legislativa,Fracción CD, entrevista realizada el 12 de febrero de 2009.
María del Carmen Rivas, Habitante de Sitio del Niño, entrevista realizada 11 demarzo de 2009.
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
María de los Ángeles Pacheco, Directora del Centro Escolar Comunidad RuralSitio del Niño, entrevista realizada 11 de marzo de 2009.
Dr. Silvio Portillo, Ministerio de Salud, entrevista realizada
Sra. Merenia González, habitante de Sitio del Niño, entrevista realizada
Sra. Claudia Evangelista, habitante de Sitio del Niño, entrevista realizada
Maximiliano Escobar Rivas, habitante de Sitio del Niño, entrevista realizada
Carlos Mejía, habitante de Sitio del Niño, entrevista realizada
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Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
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TALLERES DE CONSULTA CONLIDERES DE LAS
COMUNIDADES DE SITIO DELNIÑO.
ANEXOS
ANEXOS
Estudio del caso contaminación por plomo ocasionada por Baterías de El Salvador en habitantes de Sitio del Niño
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ACTIVIDADES REALIZADASPOR EL MOVIMIENTO SIN
PLOMO
ENTREVISTAS CON FUNCIONARIAS DEL ESTADO