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CDMX MX SECRETARÍA DE OBRASYSERVICIOS CONTRATO No. DGSU-2015—DLIU—PS—LP-665 Dirección General de Servicios Urbanos REQUISICIÓN: 1258 Dirección Ejecutiva de Administración nucvoe>eoco Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones Contrato de prestación de servicios que celebran por una parte la Dirección General de Servicios Urbanos, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, a quien en lo sucesivo se le denominará la "D.G.S.U.", representada en este acto por el Lic. José Jaime Slomianski Aguilar, en su carácter de Director General de Servicios Urbanos, por el área requirente, el C. Hugo Estrada Arroyo, en su carac ~ t r de Director de Limpia e Imagen Urbana, por la Dirección Ejecutiva de Administración, el Lic. Roberto Carlo Romero Toledo, en su carácter de Director Ejecutivo de Administración, el Lic. Alfonso García Sánchez, en su carácter de Subdirector de Recursos Mater lés y Servicios G fn"erales, el C. Percy Isaías Cancino Balcazar, U en su carácter de Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones y por la otra parte la C. Mónica Suárez Alvarado, en su carácter de Persona Física, representada en este acto por el C. Víctor Hugo Prado Meza, en su carácter de Apoderado, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Prestador del Servicio", de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas. ................................................................................. DECLARACIONES 1.- DECLARA LA "D.G.S.U.", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE: 1.1.- Que es una Unidad Administrativa de la Administración Pública del Distrito Federal, adscrita a la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en los artículos 1°, 3° fracción 1 y 7° fracción V, inciso A) numeral 2 y 58 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. J ~ 1.2.- Que su representante fue nombrado Director General de Servicios Urbanos, por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fecha 01 _ de . marzo del 2015-, nombramiento que no le ha sido revocado ni limitado en forma alguna a la fecha y con tal carácter cuenta cón las facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo previsto en los artículos 1° y 30 fracción 1 del Reglamento Interjpr'de la Administración Pública del. Distrito Federal, en concordancia con el oficio GDF/SOBSE/t75/2015de fecha 15 de junio de 2015, el cual es firmado y suscrito por el Ing. Edgar Oswaldo Tungüi Rodríguez, Secretario de Obras y Servicios del Distrito Federal, en el que se formaliza el Acuerdo Delegatorio de Funciones publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en fecha tres de diciembre del 2007, en el cual se delega en los Directores Generales u Homólogos de comparecencia, la facultad para revisar, autorizar y suscribir dictámenes, justificaciones, contratos, convenios, incluyendo la rescisión y terminación anticipada de estos últimos y demás actos jurídicos y documentos relacionados con los mismos, que celebren de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento. 1.3.- Que dentro de sus atribuciones se encuentran las de atender y dar seguimiento a las necesidades de conservación y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento vial y del alumbrado público, así como de aquellos elementos que determinan la imagen urbana de las vialidades; realizar los estudios, proyectos y la construcción, conservación y mantenimiento de obras de infraestructura para el manejo de los desechos sólidos, estaciones de transferencia, plantas de selección y aprovechamiento, así como sitios de disposición final; organizar y llevar a cabo el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos, así como la operación de las estaciones de transf rencia, entre otras de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Reglamento Interio de la Administración Pública del Distrito Federal. 1.4.- Que requiere de la prestación de servicios, objeto del presente instruí/lento jurídic Página 1 de 11 I ~ 9

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CDMXMX SECRETARÍA DE OBRASYSERVICIOS CONTRATO No. DGSU-2015—DLIU—PS—LP-665

Dirección General de Servicios Urbanos REQUISICIÓN: 1258 Dirección Ejecutiva de Administración

nucvoe>eoco Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

Contrato de prestación de servicios que celebran por una parte la Dirección General de Servicios Urbanos, dependiente de la Secretaria de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, a quien en lo sucesivo se le denominará la "D.G.S.U.", representada en este acto por el Lic. José Jaime Slomianski Aguilar, en su carácter de Director General de Servicios Urbanos, por el área requirente, el C. Hugo Estrada Arroyo, en su carac~t r de Director de Limpia e Imagen Urbana, por la Dirección Ejecutiva de Administración, el Lic. Roberto Carlo Romero Toledo, en su carácter de Director Ejecutivo de Administración, el Lic. Alfonso García Sánchez, en su carácter de Subdirector de Recursos Mater lés y Servicios Gfn"erales, el C. Percy Isaías Cancino Balcazar,

U en su carácter de Jefe de la Unidad Departamental de Adquisiciones y por la otra parte la C. Mónica Suárez Alvarado, en su carácter de Persona Física, representada en este acto por el C. Víctor Hugo Prado Meza, en su carácter de Apoderado, a quien en lo sucesivo se le denominará el "Prestador del Servicio", de conformidad con las siguientes declaraciones y cláusulas.

................................................................................. DECLARACIONES

1.- DECLARA LA "D.G.S.U.", POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE:

1.1.- Que es una Unidad Administrativa de la Administración Pública del Distrito Federal, adscrita a la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, de conformidad con lo establecido en los artículos 1°, 3° fracción 1 y 7° fracción V, inciso A) numeral 2 y 58 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal. J~

1.2.- Que su representante fue nombrado Director General de Servicios Urbanos, por el Dr. Miguel Ángel Mancera Espinosa, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fecha 01 _ de. marzo del 2015-, nombramiento que no le ha sido revocado ni limitado en forma alguna a la fecha y con tal carácter cuenta cón las facultades para suscribir el presente contrato, de conformidad con lo previsto en los artículos 1° y 30 fracción 1 del Reglamento Interjpr'de la Administración Pública del. Distrito Federal, en concordancia con el oficio GDF/SOBSE/t75/2015de fecha 15 de junio de 2015, el cual es firmado y suscrito por el Ing. Edgar Oswaldo Tungüi Rodríguez, Secretario de Obras y Servicios del Distrito Federal, en el que se formaliza el Acuerdo Delegatorio de Funciones publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal, en fecha tres de diciembre del 2007, en el cual se delega en los Directores Generales u Homólogos de comparecencia, la facultad para revisar, autorizar y suscribir dictámenes, justificaciones, contratos, convenios, incluyendo la rescisión y terminación anticipada de estos últimos y demás actos jurídicos y documentos relacionados con los mismos, que celebren de conformidad con la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento.

1.3.- Que dentro de sus atribuciones se encuentran las de atender y dar seguimiento a las necesidades de conservación y mantenimiento de la infraestructura y equipamiento vial y del alumbrado público, así como de aquellos elementos que determinan la imagen urbana de las vialidades; realizar los estudios, proyectos y la construcción, conservación y mantenimiento de obras de infraestructura para el manejo de los desechos sólidos, estaciones de transferencia, plantas de selección y aprovechamiento, así como sitios de disposición final; organizar y llevar a cabo el tratamiento y disposición final de los desechos sólidos, así como la operación de las estaciones de transf rencia, entre otras de conformidad con lo previsto en el artículo 58 del Reglamento Interio de la Administración Pública del Distrito Federal.

1.4.- Que requiere de la prestación de servicios, objeto del presente instruí/lento jurídic

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Dirección Ejecutiva de Administración cuvs

Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

CONTRATO No. DGSU-2015--DLItJ-PS-LP-665 REQUISICIÓN: 1258

1.5.- Que la presente contratación se deriva de un procedimiento de Licitación Pública, la cual fue dictaminada favorablemente en uva. Sesión Ordinaria de fecha 25 de noviembre de 2015, por e! Subcomité Técnico de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios con el Listado de Casos No. DGS1-1/016/2015, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los artículos 27 Inciso A, 28 y 30 Fracción 1 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

1.6.- Que en términos del artículo 28 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, y conforme al oficio de otorgamiento de Autorización Presupuestal número GDF/SOBSE/DGA/DRFM/2627/2015, de fecha 11 de noviembre de 2015, emitido por la Dirección de Recursos Financieros y Materiales de la Dirección General de Administración en la Secretaría de Obras y Servicios del Gobierno del Distrito Federal, manifiesta que para la celebración de este contrato se cuenta con suficiencia

• presupuestal en la partida 3993 "Subrogaciones", con clave presupuestal número 07 CO 01 2 1 5 322 K005 111 3 3993 2 1 00, para cumplir con el monto señalado en la cláusula segunda de este instrumentojurídico•yen•térrninosde•IoestabIecidopor elquintop&çafo..del.artículo4&.de.Ia..Ley.do Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal.

1.7.- Que para todo lo relacionado con el presente contrato, señala como domicilio el ubicado en Avenida Río Churubusco, número 1155, Colonia Licenciado Carlos Zapata Vela*, Delegación lztacalco, Código Postal 08040, México, Distrito Federal.

8.-Que en el presente contrato queda prohibido cualquier forma de discriminación, sea por acción u omisión, por razones de origen étnico o nacional, genero, edad, discapacidad, condición social, condiciones de salud, religión, opiniones, preferencia o identidad sexual o de genero, estado civil, apariencia exterior o cualquier otra análoga, de conformidad con lo publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal de fecha 18 de septiembre de 2015, Numero 17, Tomo 1, Circular Uno 2015, bajo el Rubro de Oficialía Mayor.

II.- DECLARA EL "PRESTADOR DEL SERVICIO":

11.1.-Ser de nacionalidad mexicana según consta en el acta de nacimiento No. 425991, libro 245, foja 92 pasada ante la fe del juez del Registro Civil, Licenciado José Rivera Linares, de la Ciudad d México, Distrito Federal.

11.2.-Que en su carácter de Apoderado, el O. Víctor Hugo Prado Meza, se identifica con credencial de elector expedida a su favor por el Instituto Federal Electoral número 4316049863915, y acredita su personalidad y facultad para suscribir el presente instrumento jurídico en términos de la copia certificada de la Escritura Pública número 29,720, de fecha 26 de Febrero de 1996, pasada ante la fe del Licenciado Mauricio Martínez Rivera, Notario Público número 96 del Distrito Federal.

11.3.-Que su representada, conforme a los estatutos que rigen su actuación, tiene por objeto entre otros el servicio de auto transporte foráneo de carga general.

11.4.-Que su Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda yCrédito Público es SUAM610219D26, cuya copia simple se incorpora y forma parte dLíresente instrumento jurídico como ANEXO A.

11.5.-Que el personal que labora a su servicio, así como los cónyuges de todos ellos no tienen laz de

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consanguinidad ni de afinidad hasta el cuarto grado, con persona alguna que labore n la ¡1

Administración Pública del Distrito Federal, y entre cuyas funciones se encuentre la de partici ar en actividades relativas a la prestación de servicios materia del presente contrato.

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SECRETARIA DE OBRAS Y SERVICIOS CDMX []

Dirección General de Servicios Urbanos Dirección Ejecutiva de Administración

CIU"5~Ebvlico Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

CONTRATO No. DGSU-201&-DLIU-PS-LP-665 REQUISICIÓN: 1258

Asimismo declara que las personas y funcionarios de su representada, antes mencionadas tampoco tienen relaciones de carácter comercial con el personal de la "D.G.S.U."

11.6.-Que para efectos del artículo 47 fracción )(XllI de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos y 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, manifiesta bajo protesta de decir verdad, que ninguno de los integrantes que lo constituyen, ni él mismo, se encuentran inhabilitados para desempeñar los servicios objeto del presente contrato.

11.7.-Que para efectos de lo señalado en el artículo 51 último párrafo de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, manifesta bajo protesta de decir verdad que ha cumplido en debida forma con las obligaciones fiscales a su cargo.

la 11.8.-Que señala como domicilio para todos los efectos legales el ubicado en Eje Central Lázaro .................Cárdenas, Número 774, Interior 6, Colonia Niños Héroes de Chapultepec, Delegación Benito....................................

Juárez, México, Distrito Federal, Código Postal 03440, Teléfonos 5579 2276 y 5579 2041.

11.9.-Que manifiesta bajo protesta de decir verdad que ninguna Dependencia, Órgano Desconcentrado o Entidad de la Administración Pública del Distrito Federal, en cualquiera de sus niveles le ha rescindido administrativamente algún contrato por causas imputables al mismo.

11.10.-Que conoce plenamente el lugar donde se van a prestar los servicios, así como las condiciones en las que se realizarán los mismos. . .

11.11.-Que cuenta con la capacidad, equipo, herramientas e instalaciones, recursos financieros, humanos y materiales, así como con la organización para celebrar el presente contrato.

11.12.-Que es su déseo prestar los servicios que le son requeridos por la "D.G.S.U.", y que son maten del presente contrato en los términos y condiciones que en el se estipulan.

III.- DECLARAN AMBAS PARTES:

111.1.-Que el presente contrato se regula por la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y su Reglamento, por lo que ambas partes se someten a la legislación de mérito.

111.2.-Que en este acto se reconocen mutuamente la personalidad con que se ostentan y la capacidad legal para celebrar el presente contrato.

111.3.-Que manifiestan bajo protesta de decir verdad que en este contrato no existe dolo, lesión, ni-mala fe y que lo celebran de acuerdo con su libre voluntad.

111.4.-Que la "D.G.S.U." no otorgará al "Prestador del Servicio" ninguna cantidad por concepto de an cipo en el presente contrato y que los precios establecidos en el mismo serán fijos hasta s total cumplimiento.

Expresado lo anterior, las partes se obligan al tenor de las siguientes: Página 3dell

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css.s,s,js Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

CLÁUSULAS

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.

La "D.G.S.U." encomienda al "Prestador del Servicio" y éste se obliga a realizar la conservación y mantenimiento permanente de las áreas verdes, de la red vial primaria, consistente en camellones centrales, laterales, banquetas, distribuidores viales y líneas del metro, en 1p-"siguiente Vialidad: Abarrotes y Víveres,,,pzueIa; Tramo: Central de Abasto y Eje 6 9.ur, Eje 5 Oriente y Eje 5 Sur, conforme a lo establecido en ej,'Anexo B y las especificaciones y características contenidas en los Alcances y Términos de Referencia, contenidas en el Anexo 1, así como de sus respectivas Sanciones contenidas en el Anexo II, las cuales forman parte integral del presente instrumento jurídico.

En caso de que lo solicite la "D.G.S.U.", el "Prestador del Servicio" se obliga a otorgar incremento en la ..........................cañtidad del servicio solicitado, mediante modificaciones al contrato vigente, siempre y cuando el mento

total de las modificaciones no rebasen en su conjunto el 25% (veinticinco por ciento) del total del valor máximo del contrato, se encuentren en el mismo ejercicio presupuestal, que el precio y demás condiciones del servicio sea igual al inicialmente pactado, debiéndose ajustar la garantía de cumplimiento del contrato de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal.

SEGUNDA.-COSTO DEL SERVICIO.

La "D.9'S.LJ." por la prestación del servicio, objeto del presente contrato, pagará la cantidad de $459,%5.60 (Cuatrocientos cincuenta y nueve mil ciento treinta y cinco pesps 60/100 M.N.), más $73,46i.0 (Setenta y tres - mil cuatrocientd sesenta yun pesos 70/100 M.N.ue corresponde al 16%

I de .V.A', por lo que el monto total del prsente contrato asciende a la cantidacVde $53Z97.30 (Quinientos treinta y dos mil quinientos noventa y siete pesos 301100 M.N.).

Los precios son en Moneda Nacional y serán considerados fijos hasta que concluya la relación contractual, considerándose incluidos todos los precios y conceptos de la prestación del servicio que requiere la "D.G.S.U.", por lo que el "Prestador del Servicio", no podrá agregar ningún costo extra y serán inalterables, perdurables y permanecerán intactos durante la vigencia del presente contrato.

No obstante, de acuerdo a las necesidades de la "D.G.S.U.", la prestación del servicio podrá disminuir sin responsabilidad alguna para la "D.G.S.U."

La disminución de la prestación del servicio, no implicará sanción alguna para el "Prestador del Servicio", siempre y cuando no sea imputable a este, así como en los casos en que la "D.G.S.U.", a través del área requirente determine los alcances técnicos y humanos por jornada laboral de acuerdo a las necesidades de la prestación del servicio, en los que sea necesaria su disminución.

TERCERA.-FORMA DE PAGO.

La "D.G.S.U." se obliga a pagar al "Prestador del Servicio", el importe estipulado en la cláusula ant ior, contra-entrega de las facturas debidamente requisitadas, revisadas y validadas por el área requir nte,

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que amparen el pago de prestación del servicio siempre y cuando se haya cumplido con el obje del presente contrato a plena satisfacción de la "D.G.S.U."

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SECRETARÍADEOBRASY SERVICIOS CDMX Dirección General de Servicios Urbanos Dirección Ejecutiva de Administración

cuszs,,xca Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

CONTRATO No. DGSU-2015-DLIU-PS-LP-665 REQUISICIÓN: 1258

Los pagos que se generen con motivo de la prestación del servicio objeto de este contrato, se facturarán por períodos semanales, quincenales yio mensuales, por el importe de los servicios realizados durante ese lapso, se efectuarán a más tardar a los 30 días naturales posteriores a la fecha de aceptación de las facturas debidamente requisitadas y por jornada efectivamente trabajada a entera satisfacción de la contratante.

La facturación deberá ser entregada semanalmente, quincenalmente y/o mensualmente en las oficinas que ocupa la Dirección de Limpia e Imagen Urbana, en el Campamento Aragón, ubicado en la Avenida 661, número 57, esquina Avenida 606, Colonia San Juan de Aragón 4ta y 5ta sección, Delegación Gustavo A. Madero. La facturación se presentara el día indicado telefónicamente por el área responsable de la ejecución de los trabajos en un horario de 09:00 a 15:00 horas y de 17:00 a 18:00 horas. Para su trámite deberá ser avalada por el área responsable de la ejecución de los trabajos y por la empresa supervisora.

Gobierno del Distrito Federal, 1 Distrito Federal, C.P. 06000,

realizados por el "Prestador del

CUARTA.-PAGOS EN EXCESO. Ambas partes convienen en que para el supuesto de que se realicen pagos en exceso al "Prestador del Servicio", éste deberá reintegrar los remanentes, más los intereses correspondientes conforme a una tasa que será igual a la establecida por la Ley de Ingresos para el Distrito Federal, para los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales.

QUINTA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.

La vigencia será a partir del 01 al 31 de diciembre del 2ó1 5.-

SEXTA.-LUGAR DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.

Las partes acuerdan que el "Prestador del Servicio", se obliga a realizar el servicio objeto del presen contrato en la Vialidad: Abarrotes y Vívers, Cazuela; Tramo: Central dp'Abasto y Eje 6 Sur, Eje Oriente y Eje 5 Sur, ¿e conformidad cofi lo dispuesto en el Anexo 1 (Alc9nces y Términos de Referencia).

SÉPTIMA.-VERIFICACIÓN DE LOS SERVICIOS. Ambas partes convienen en que durante la vigencia y una vez que haya sido realizada la prestación de servicio objeto del presente contrato, estos serán verificados por la Subdirección de Limpieza Urbana Mantenimiento de Áreas Verdes la ejecución de los trabajos y por la empresa supervisora para consta¡ que se realicen conforme a la cláusula primera del mismo, y que cumplan con lo requerido por la "D.G.S.U.", en caso que resultaré alguna diferencia o discrepancia con las características y especificaciones requeridas, no se tendrán por realizados a plena satisfacción de la "D.G.S.U.", y esto será motivo de rescisión administrativa del presente contrato.

OCTAVA.-PATENTES O DERECHOS DE AUTOR. Ambas partes convienen que el "Prestador del Servicio", será el único responsable de la utilización de las patentes, marcas, certificados de invención y todo lo relacionado con los derechos de pro iedad industrial o intelectual, objeto del presente contrato, deslindando de toda responsabilidad por su u o a la "D.G.S.U.".

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la Dichas facturas .e elaboraránde manea .desglosada a nombre del Plaza de la Constitución SIN, Centro de la Ciudad de México Área México D.F., R.F.C. GDF 971205 4NA, de acuerdo a los servicios Servicio".

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CONTRATO No. DGSU-2015-DLIU-PS-LP- 665 REQUISICIÓN: 1258 CDMX1 r SECRETARiA DE OBRAS Y SERVICIOS

Dirección General de Servicios Urbanos Dirección Ejecutiva de Administración

ae Subdirccción de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

NOVENA.-DEFECTOS O VICIOS OCULTOS Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL. La "D.G.S.U." encomienda al "Prestador del Servicio", y este se obliga a responder por los defectos o vicios ocultos, así como de los parámetros de calidad de la prestación del servicio objeto del presente contrato, y por cualquier responsabilidad en que incurra durante la vigencia del contrato y por un término de tres meses contados a partir de la conclusión total del servicio prestado.

El "Prestador del Servicio" deberá proporcionar una fotocopia simple a la Subdirección de Limpieza Urbana y Mantenimiento de Áreas Verdes, de la póliza de seguro vehicular que contenga como mínimo los siguientes conceptos, responsabilidad civil, daños a terceros y asesoramiento jurídico, la cual deberá ser entregada 5 días hábiles posteriores a la firma del contrato, misma que deberá estar vigente desde el inicio y hasta el termino del contrato.

DÉCIMA. -GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Con fundamento en los artículos 73 y 75 Bis de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, así como del artículo 360 fracciones 1 inciso a), II, III y IV, del Código Fiscal del Distrito Federal, el "Prestador del Servicio" deberá garantizar el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, mediante póliza de fianza, a favor de la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, con una vigencia desde su expedición y hasta tres meses después de la conclusión del servicio, por el 10% (diez por ciento) del monto total del contrato (Sin incluir el I.V.A.), a fin de garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.

Dicha póliza de fianza, deberá contener las siguientes declaraciones expresas: .

A) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones y términos del presente contrato.

B) Que en caso de que sea prorrogado el plazo estipulado para la terminación del objeto a que se refiere la fianza o exista espera, su vigencia quedará automáticamente prorrogada en concordancia con dicha prórroga o espera. \

C) Que la fianza garantiza el cumplimiento de todas las obligaciones contractuales.

D) Que para ser cancelada la fianza será requisito indispensable, la conformidad por escrito de la "D G.S.U.".

E) Que la institución afianzadora acepta someterse expresamente a lo preceptuado en los artículos 178 y 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas en vigor.

DÉCIMA PRIMERA.-NO CESIÓN DE DERECHOS.

El "Prestador del Servicio" se obliga a no ceder, traspasar o subcontratar los derechos y obligaciones derivados del presente contrato y en caso de hacerlo será considerado causa de rescisión.

DÉCIMA SEGUNDA.-CONFIDENCIALIDAD.

El "Prestador del Servicio" conviene guardar absoluta confidencialidad, la cual consistirá en que no podrá divulgar por ningún medio, ya sea publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra for/na, los datos y resultados obtenidos de los servicios objeto del presente contrato, sin aut9rización expretsa Y

1 por escrito de la "D.G.S.U". Página 6 de 11

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sss.so Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

CONTRATO No. DGSU-2015-1)LIU-PS-LP- 6&5 REQUISICIÓN: 1258

DÉCIMA TERCERA.-RELACIONES LABORALES. El "Prestador de! Servicio" se constituye como único patrón en los términos de la Ley Federal del Trabajo, siendo el único y total responsable del personal que contrate para la ejecución de los servicios materia del presente instrumento, así como de las dificultades o conflictos que pudieran surgir entre él y dicho personal o bien entre el mismo personal; así como del pago de gastos y costos devengados por cualquier controversia de carácter judicial, administrativo o de cualquier otra índole.

El "Prestador del Servicio" también será responsable de los accidentes que sufra su personal y que se originen por la prestación del servicio contratado.

A efecto de garantizar lo descrito en el párrafo anterior, los trabajadores a cargo del "Prestador del • Servicio" deberán estar afiliados al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de conformidad con lo

previsto por los artículos 6° fracción 1, 11 fracción 1 y 12 fracción 1 de la Ley del Seguro Social.

DÉCIMA CUARTA.-PENA CONVENCIONAL.

Las partes en caso de retraso o incumplimiento en la prestación del servicio, establecen como pena convencional el importe equivalente al 1.5% (uno punto cinco por ciento) por cada día natural de retraso, calculado sobre el importe total de los servicios no prestados en tiempo, de tal manera que el importe máximo de la pena no deberá rebasar el 10% (diez por ciento) del monto máximo del contrato.

Las penas convencionales se aplicarán a partir del día siguiente de aquel en que la "D.G.S.U.", tenga conocimiento de que el "Prestador del Servicio", incurrió en deficiencias o incumplimiento de los servicios contratados y concluirá cuando el monto de la pena convencional a aplicar sea igual al monto de la garantía de cumplimiento establecida en la Cláusula Décima del presente contrato, en cuyo caso procederá la rescisión del mismo.

La "D.G.S.U." procederá a la rescisión administrativa del contrato y hacer efectiva la garantía de cumplimiento del mismo, una vez terminado el plazo para la aplicación de las penas convencionales o que exista cualquiera de las causas previstas en el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, sin necesidad de agotar el plazo para la aplicación de las penas convencionales.

DÉCIMA QUINTA.-RESCISIÓN DEL CONTRATO.

La falta de observancia y cumplimiento del contenido del presente contrato por parte del "Prestador del Servicio", faculta expresamente a la "D.G.S.U." para darlo por rescindido y aplicar las penas que por incumplimiento se haga acreedor el "Prestador del Servicio". Si el "Prestador del Servicio" ha incurrid en alguna de las causas de rescisión del mismo que opera de pleno derecho y sin responsabilidad par a "D.G.S.U.", con fundamento en el artículo 42 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal, as como el 63 y 64 de su Reglamento, dicho procedimiento se llevará a cabo conforme a lo siguiente:

El "Prestador del Servicio" será notificado personalmente del incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 3 días hábiles siguientes contados a partir de la notificación, expon a-. por escrito lo que a su derecho convenga y ofrezca en su caso, las pruebas que estime pertiners

II. Una vez concluido el plazo, a que se refiere la fracción anterior, dentro de los 2 días hábil s siguientes se emitirá un acuerdo en el que se fije la hora, fecha y lugar para la celebración d la audiencia de desahogo de pruebas y alegatos, la cual deberá celebrarse dentro de los 5 ías siguientes en que se dicte el acuerdo 1 Página 7dell

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CONTRATO No. DGSU-2015—DLIU—PS—LP- 665 REQUISICIÓN: 1258

En caso de que el "Prestador del Servicio" no presente escrito dentro del plazo señalado en la fracción 1, o presentando el mismo, no ofrezca pruebas, se emitirá el acuerdo respectivo en donde se declare la preclusión del derecho para hacerlo. Dicho acuerdo deberá notificarse al "Prestador del Servicio".

III. La audiencia de desahogo de pruebas se levantará acta circunstanciada, señalando las pruebas ofrecidas por el "Prestador del Servicio", así como las que hayan sido desechadas; se oirán y asentarán los alegatos que formule el "Prestador del Servicio" de manera verbal o se mandará agregar el documento respectivo, en caso de que se presenten por escrito. Dicha acta será firmada por las personas que en ella hubieren intervenido; y

IV. Al término de la audiencia o en un plazo no mayor de 5 días hábiles se resolverá lo que en derecho • proceda, considerando los argumentos vertidos y las pruebas admitidas y desahogadas. La

resolución de dar o no por rescindido el contrato, deberá estar debidamente fundada y motivada y se notificará personalmente al "Prestador del Servicio".

La "D.G.S.U." rescindirá el contrato por cualquiera de las causas que a continuación se señalan:

Si el "Prestador del Servicio" no cumple con la prestación del servicio objeto del presente contrato, en los términos establecidos en el Anexo 1 "Alcances y Términos de Referencia".

2. Si el "Prestador del Servicio" no realiza los servicios con la calidad, características y especificaciones consignadas en el Anexo 1 "Alcances y Términos de Referencia".

3. Si el "Prestador del Servicio" es declarado en concurso mercantil.

4. Si el "Prestador del Servicio" subcontrata, cede o traspasa en forma total o parcial los derechos derivados del presente contrato.

S. Si se comprueba que el "Prestador del Servicio" se encuentra en alguno de los supuestos establecidos en el artículo 39 de la Ley de Adquisiciones para el Distrito Federal y/o el artículo 47 fracción XXIII de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos, la "D.G.S.U."

la podrá darlo por rescindido de manera unilateral, qué operará de pleno derecho y sin responsabilidad para la "D.G.S.U."

DÉCIMA SEXTA.-TERMINACIÓN ANTICIPADA.

Ambas partes convienen que la terminación anticipada del presente contrato, la suspensión temporal definitiva del mismo, ya sea de común acuerdo o por caso fortuito, fuerza mayor o interés general se sin responsabilidad de la "D.G.S.U."

Será causa de suspensión o terminación anticipada del presente contrato, si las autoridades fiscale detectan el incumplimiento del "Prestador del Servicio", en el pago de sus impuestos, derechos, aprovechamientos y productos referidos en el Código Fiscal de la Federación.

Ambas partes convienen en que la "D.G.S.U.", podrá sin responsabilidad alguna dar por terminado con anticipación el presente contrato.

Cuando desaparezcan las circunstancias de caso fortuito, fuerza mayor o interés general que ieron origen a dicha suspensión, el presente contrato podrá seguir surtiendo sus efectos, previa celeb ación de los instrumentos jurídicos correspondientes.

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í 1 SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

CDMX Dirección General de Servicios Urbanos Dirección Ejecutiva de Administración

sussss,osco Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

CONTRATO No. DGSU-2015-DLIU-PS-LP-665 REQUISICIÓN: 1258

DÉCIMA SÉPTIMA.-SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

Para la interpretación, cumplimiento y ejecución de las obligaciones derivadas del presente contrato, así como de aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, ambas partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales competentes del Distrito Federal, renunciando a cualquier fuero que por razón de sus domicjj&w ra circunstancia pudiera corresponderles en el futue(\

Las partes ma iestan que e radas del contenido, efectos y fuerza le del prese'pte contrato, lo firman de con f ad en el Federal a los treinta días del mes de 7viembre de d s mil quince.,

LA "D.( .S.U' POR EL "PRSTADOR EL ERVICIO"

Lic. Jo J ne SI s i Aguilar C. Víctor Hugo Prilda Meza tctor Ge 1 e os Urbanos \ Apoderad

Mónic Suárez ]va ado \\

1•

O. Hugo Estraa"Arroyo Director de Limpia imagen Urbana

POR

o Carlo Romero Toledo ¿5::~~- irector Ejecutivo de Ad inistración

Lic. Alfonso García-Sánchez Subdirector de Recu sos Materiales y

Servicios ener es

O. Percy Isaías cmb Balcazar Jefe de la Unidad partamental de

Ada(iis clones

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CC55555.CK3 Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales Unidad Departamental de Adquisiciones

ANEXO A

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í SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS

1 Dirección General de Servicios Urbanos

1 J Dirección Ejecutiva de Administración cesss,,ssz Subdirección de Recursos Materiales y Servicios Generales

IJniclad Departamental de Adquisiciones

CONTRATO No. DGSU-2015-DLIU-PS-LP-665 REQUISICIÓN: 1258

Prestación de servicios para la conservación y mantenimiento permanente de las áreas verdes, de la red vial primaria, consistente en camellones centrales, laterales, banquetas, distribuidores viales y líneas del metro,

Vialidad: Abarrotes y Víveres, Cazuela; Jornada 21,,,- $21,863.60 [ $459,1 32O

S Tramo: Central de Abasto y Eje 6 Sur, Eje 5 Oriente y Eje 5 Sur.

Para la prestación del servicio se requiere de: 02 vehículos tipo volteo de 7 a 8 m3 de c9j2xacidad, motor a diesel de 141.74 k.w., mínimo, modelo 2011 original (sin conversiones) o recie,jíé y 01 vehículo tipo estacas capacidad de 3.5 toneladas, motor a gasolina de 135.77 k.w., modelo 2011 original (sin conversiones) o reciente.

Estos servicios incluyen el uso de los vehículos; así como el suministro de combustible, lubricantes, llantas, mantenimiento, seguros y gastos del personal operario como mínimo.

A SUBTOTAL $459,135.60

I.V.A. $73,461.7O-

¡1 TOTAL ¶32597.3O

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