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ISBN: 978-987-46508-6-3Adopcin en argentina. Gua informativa1ra. edicin - abril de 2017
Editado por Ediciones SAIJ de la Direccin Nacional del Sistema Argentino de Informacin Jurdica. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nacin, Sarmiento 329, C.P. 1041AFF, C.A.B.A.
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Distribucin gratuita. Prohibida su venta.
Annimo Adopcin en argentina : gua informativa / Annimo. - 1a ed . - Ciudad Autnoma de Buenos Aires : Ediciones SAIJ, 2017. 32 p. ; 20 x 20 cm.
ISBN 978-987-46508-6-3
1. Derecho de Familia . 2. Adopcin . I. Ttulo. CDD 346.015
Adopcin en argentina. Gua informativa | 3
Si la decisin de transitar el camino de la adopcin es tal vez la ms importante en la vida de una persona o pareja, cunto ms trascendente es para la vida de nias, nios y adolescentes.
La presente publicacin fue elaborada por profesiona-les del Equipo Tcnico de la Direccin Nacional del Re-gistro nico de Aspirantes a Guarda con Fines Adop-tivos (DNRUA), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nacin, y est dirigida a personas interesadas en adoptar en nuestro pas, con-forme a lo que establece la norma vigente.
Se trata de una gua que brinda criterios y elementos de reflexin con el fin de orientar en ese primer mo-mento en el que se toma la decisin de adoptar.
No existen familias ideales, las nicas familias
son las que se construyen cada da
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En la mayora de los casos, las nias, nios y adoles-centes crecen con su familia de origen, y es all donde encuentran respuesta a sus necesidades emocionales, educativas y de cuidado.
Cuando la familia no da respuesta a esas necesidades, el Estado interviene mediante ayuda profesional y a travs de la implementacin de diversos programas de acompaamiento familiar, o acogimiento temporal o permanente. Si bien la mayora de estas nias, nios y adolescentes encuentran soluciones satisfactorias a tra-vs de esta ayuda, cuando ninguna de estas posibilida-des da resultado, aquellas nias, nios y adolescentes pueden ser declarados en situacin de adoptabilidad mediante una decisin judicial.
La adopcin es el instrumento que permite que nias, nios y adolescentes puedan vivir y desarrollarse en una familia que les procure cuidados tendientes a sa-tisfacer sus necesidades, despus de que el Estado haya considerado que esa es la mejor manera de pro-tegerlos cuando su familia biolgica no puede hacerlo.
El objetivo central de la adopcin es dar una familia a los nias, nios y adolescentes que, por diversas ra-zones, no pueden ser cuidados definitivamente por su familia de origen. Por ello, la adopcin no es la solucin para todas las nias, nios y adolescentes cuyas fami-lias carecen de idoneidades para cuidarlos y educarlos adecuadamente, sino solo para aquellos cuyo inters superior exige una solucin permanente fuera de su ncleo familiar.
Resumiendo: la decisin judicial de la declaracin de adoptabilidad de una nia, nio y adolescente es el l-timo recurso de proteccin infantil.
Captulo 1
La adopcin
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Quines pueden ser adoptados?
Las nias, nios y adolescentes declarados en situacin de adoptabilidad, hasta cumplir los 18 aos de edad.
Cundo se declara la situacin de adoptabilidad?
Existen posibles motivos que derivan en que una nia, nio y adolescente no pueda continuar conviviendo con su familia de origen porque:
se evala que la permanencia en ella implica un riesgo para su integridad.
la familia manifest su deseo de no hacerse cargo de su cuidado y crianza.
fue abandonado y se desconoce su filiacin.
sus progenitores han fallecido y no se conoce su familia de origen o ampliada, o esta no puede o no desea ha-cerse cargo.
En estos casos la nia, nio y adolescente es institu-cionalizado e ingresa as a un hogar o a una familia de trnsito.
La institucionalizacin debe ser siempre transitoria: busca proteger a la nia, nio y adolescente e intenta reanudar el vnculo con su familia de origen. Es una medida que toma el Estado a travs del rgano de pro-teccin de derechos correspondiente y que es supervi-sada por el juez de cada causa.
Cuando esto no es posible, el juez puede declarar la situacin de adoptabilidad.
Captulo 2
Nias, nios y adolescentes en situacin de adoptabilidad
La familia de origen incluye a la madre, padre, abuelos, tos,
primos y otros parientes.
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Direccin Nacional del Registro nico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos
De las nias, nios y adolescentes en situacin de adoptabilidad
Las nias, nios y adolescentes que se encuentran en situacin de adoptabilidad poseen ciertas particulari-dades y necesidades propias que se originan en la vi-vencia de situaciones complejas a las que los adultos no han podido dar respuesta. Aqu, tienen relevancia la edad, el tiempo de vida transcurrido en un hogar, si son adoptados solos o junto a sus hermanos, entre otras variables.
Por ello es de suma importancia que el adoptante los acompae y los comprenda en la elaboracin de su historia de vida. Aceptar y respetarla, conocer sus ca-ractersticas y su cultura de origen, permite vivenciar el proceso adoptivo desde una integracin personal, familiar y social positiva.
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Son muchos y diversos los motivos por los cuales se comienza a pensar en la adopcin. No obstante, es fundamental reflexionar acerca de ciertas cuestiones:
Adoptar consiste en encontrar una familia para un nio y no un nio para una familia.
La adopcin es una solucin a la situacin de algunas nias, nios y adolescentes privados de cuidados paren-tales. Se trata de asegurar el derecho de la nia, nio y adolescente a vivir en una familia que le provea los cui-dados necesarios para crecer y desarrollarse.
Con respecto al adulto, el Estado reconoce su deseo de querer adoptar, dndole la posibilidad de inscribirse como postulante a guarda con fines adoptivos.
Adoptar es cuidar a la nia, nio y adolescente durante toda la vida.
La adopcin implica una construccin gradual del vncu-lo. Es un compromiso que se asume de una vez y para siempre, y que supone una decisin firme de cuidado, independientemente de las circunstancias.
La paternidad o maternidad no es transitoria, sino per-manente.
El desistimiento o rechazo de los adoptantes tiene con-secuencias emocionales de gran impacto para la nia, nio y adolescente.
Adoptar implica responsabilidades.
En la maternidad/paternidad adoptiva se debe atravesar un proceso evaluativo por parte del Estado y entender que toda nia, nio y adolescente tiene una historia de vida y una identidad que hay que reconocer y respetar.
Captulo 3
La decisin de adoptar
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Direccin Nacional del Registro nico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos
Es importante acompaar en la construccin de la historia de origen de la nia, nio y adolescente.
Comprender porqu no pudo vivir con su familia de ori-gen es un interrogante que acompaar durante muchos aos a la nia, nio y adolescente. Es necesario construir junto a ellos una idea reparadora que no implique repro-bar ni negar a la familia de origen y acompaarlos en la elaboracin de su historia.
La adopcin incluye tambin a la familia ampliada del adoptante.
La adopcin da lugar al comienzo de nuevos roles: abue-los, tos, hermanos o primos, quienes resultan importan-tes para la integracin y sostenimiento familiar. Por ello es de suma importancia hacerlos partcipes de este pro-yecto, atendiendo a los mltiples sentimientos que se les susciten.
La llegada de una nia, nio y adolescente implica cambios en los vnculos familiares y en la vida cotidiana.
El proyecto de ser padre y madre de un nio o una nia anteriormente desconocidos, y de serlo en los momen-tos fciles y en los difciles, debe estar en el centro de la motivacin de adoptar.
Son los adultos los que van a tener que adaptarse a las necesidades de los nios. Deben disponer y ofrecer tiempo suficiente para una adecuada atencin, lo que implica modificar su vida cotidiana.
Quines pueden adoptar?
Las personas que se encuentren inscriptas en el Regis-tro nico de Aspirantes a Guarda con Fines Adoptivos.
El texto del Cdigo Civil y Comercial de la Nacin prohbe expresamente la entrega
directa de nias, nios y adolescentes por parte de cualquiera de los progenitores
u otros familiares. Si esta situacin se configurara, el juez podra separar al nio
de su guardador (art. 611).
El derecho a la identidad
Las nias, nios y adolescentes tienen derecho a co-nocer los datos relativos a su origen. Por ello, pueden acceder al expediente en el que se tramit su adopcin y a toda otra informacin que conste en registros judi-ciales o administrativos siempre que lo requieran.
Los adoptantes deben comprometerse expresamente ante el juez a hacer conocer los orgenes al adoptado, lo que debe constar en el expediente. Cumplir con di-cho compromiso es respetar el derecho a la identidad y a la continuidad de su construccin.
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Requisitos de inscripcin
Se pueden inscribir los matrimonios, los integr