CASOS PRACTICOS forense

3
CASOS PRACTICOS AULA TALLER U.C.U. 2013. FORENSE II. FISCAL PIDE PRISION PREVENTIVA CASO 2: "BONESI".- JUAN, PEDRO y JOSE deciden apoderarse de mercaderías del local de electrodom ésticos donde PEDRO trabaja como vendedor.- De acuerdo al plan acordado, JUAN se queda en la esquina haciendo de campana, mientras PEDRO y JOSE ingresan por la puerta del dep ósito con llave que PEDRO había sustraído la tarde anterior al encargado del local.- Ya dentro del local, PEDRO y JOSE guardan entre sus ropas diversos objetos de propiedad de la casa de electrodomésticos y cuando comenzaban a cargar cajas con equipos m ás voluminosos, JUAN les avisa de que se escuchan sirenas policiales.- Ante ello, PEDRO y JOSE se descartan de algunos objetos que llevaban consigo. El primero, al salir corriendo es aprehendido por la policía, sin ejercer resistencia.- JUAN es aprehendido por los policías de otro patrullero sin ejercer resistencia y sin huir del lugar.- JOSE sale corriendo en dirección contraria a PEDRO y aprovechando que los policías estaban reduciendo a sus consortes, logra darse a la fuga por varias cuadras, perdiéndose de vista de los agentes del orden. Sin embargo, se suman más patrulleros a la búsqueda y logran darle alcance aproximadamente diez cuadras del local, impartiéndole la voz de alto, ante lo cual JOSE hace caso omiso, pero sin perjuicio de ello es atrapado. Además, en la requisa personal llevada a cabo en el lugar en presencia de dos testigos civiles, se le incautan entre sus prendas varios objetos pertenecientes al local en donde cometiera la sustracción.- Situación personal de los imputados: JUAN declara en Fiscalía, diciendo que se sentía arrepentido por lo realizado.- Acredita tener una familia a cargo (mujer y dos hijos menores de edad, en edad escolar), trabajo estable en la ciudad de Buenos Aires (acompaña recibo de haberes) indicando que se

description

x

Transcript of CASOS PRACTICOS forense

CASOS PRACTICOSAULA TALLER U.C.U. 2013. FORENSE II.FISCAL PIDE PRISION PREVENTIVA

CASO 2: "BONESI".- JUAN, PEDRO y JOSE deciden apoderarse de mercaderas del local de electrodomsticos donde PEDRO trabaja como vendedor.- De acuerdo al plan acordado, JUAN se queda en la esquina haciendo de campana, mientras PEDRO y JOSE ingresan por la puerta del depsito con llave que PEDRO haba sustrado la tarde anterior al encargado del local.- Ya dentro del local, PEDRO y JOSE guardan entre sus ropas diversos objetos de propiedad de la casa de electrodomsticos y cuando comenzaban a cargar cajas con equipos ms voluminosos, JUAN les avisa de que se escuchan sirenas policiales.- Ante ello, PEDRO y JOSE se descartan de algunos objetos que llevaban consigo. El primero, al salir corriendo es aprehendido por la polica, sin ejercer resistencia.- JUAN es aprehendido por los policas de otro patrullero sin ejercer resistencia y sin huir del lugar.- JOSE sale corriendo en direccin contraria a PEDRO y aprovechando que los policas estaban reduciendo a sus consortes, logra darse a la fuga por varias cuadras, perdindose de vista de los agentes del orden. Sin embargo, se suman ms patrulleros a la bsqueda y logran darle alcance aproximadamente diez cuadras del local, impartindole la voz de alto, ante lo cual JOSE hace caso omiso, pero sin perjuicio de ello es atrapado. Adems, en la requisa personal llevada a cabo en el lugar en presencia de dos testigos civiles, se le incautan entre sus prendas varios objetos pertenecientes al local en donde cometiera la sustraccin.-

Situacin personal de los imputados: JUAN declara en Fiscala, diciendo que se senta arrepentido por lo realizado.- Acredita tener una familia a cargo (mujer y dos hijos menores de edad, en edad escolar), trabajo estable en la ciudad de Buenos Aires (acompaa recibo de haberes) indicando que se encuentra en ciudad gozando de las vacaciones. No cuenta con antecedentes penales (segn informa el Registro Nacional de Reincidencia).-

PEDRO si bien se abstuvo de declarar, a travs de su Defensor aporta las partidas de nacimiento de sus cinco hijos (dos mayores y tres menores de edad), adjunta asimismo boletas de servicios del departamento que se encuentra alquilando en ciudad. Indica adems que le resultaba imposible pagar una caucin real porque se haba quedado sin trabajo y tena muchas deudas que afrontar, pero que se comprometa a cumplir con todas las obligaciones que le impusiera la Justicia mientras dure el proceso. No tiene antecedentes penales segn informa el RNR. Sin perjuicio de ello, en la Unidad Fiscal de ciudad, PEDRO registra una citacin a prestar declaracin por los delitos de Lesiones Leves y Amenazas, hechos denunciados hace un mes por uno de sus compaeros de trabajo (el encargado del local comercial), citacin a la cual no ha concurrido sin haber justificado el motivo de su incomparecencia.-

JOSE se abstuvo de declarar. Asimismo el Registro Nacional de Reincidencia informa que se encontraba gozando de la libertad condicional en la ejecucin de una condena por Robo Calificado por el empleo de arma de fuego. Se indica adems que se encontraba rebelde en el marco de otra causa iniciada hace tres meses por presunta comisin del delito de Amenazas en perjuicio de un vecino. Si bien manifiesta en su declaracin realizar changas, no especifica en que actividad, ni en que das y horarios las realizaba. Manifiesta estar en concubinato con la madre de sus dos hijos (estos menores de edad), pero debido a una exclusin del hogar impuesta por el Juzgado de Familia local hace dos meses que estaba parando en la casa de su madre (extremo este ltimo que fue verificado por la polica).-

CONSIGNA:El Ministerio Fiscal pide audiencia a la OGA a fin de solicitar al Juez de Garantas la imposicin de medidas de coercin de los arts. 349 y 350 del CPPER en cabeza de JUAN;en tanto adelante pedirPrisin Preventiva por 30 das para PEDRO y JOSE.-En el rol del MPF justifique el pedido. A su vez, en el rol del Defensor, conteste la pretensin fiscal.-