Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

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Lina María Roche Vides Caso Guatemala-Belice y la Teoría de Juegos Guatemala, febrero 2015

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Lina María Roche Vides

Caso Guatemala-Belice y la Teoría de Juegos

Guatemala, febrero 2015

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Caso Guatemala-Belice y La Teoría de Juegos

Conducente a la obtención del título de

Magister Artium en Política y Derecho Internacional

Escuela de Posgrado

Universidad Francisco Marroquín

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Solamente la autora es responsable de la originalidad y

los conceptos expresados en el trabajo de tesis,

la cual fue elaborada para obtener el grado de

Magister Artium en Política y Derecho Internacional,

su aprobación en manera alguna implica responsabilidad

para la Universidad Francisco Marroquín,

ya que reflejan el punto de vista de la autora.

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DEDICATORIA

A Dios y a la Virgen María por guiar siempre mi camino.

A mis padres Luis Enrique y Dina por creer en mí.

A mis hermanos Dina, Luis Fernando y Jesús por su apoyo incondicional.

A mis sobrinas Andrea, Sofí y Naty por ser una de las razones para ser un

ejemplo de vida.

A mi novio Martín por su constante amor y motivación.

A Licenciado Nicholas Virzi por su apoyo y por despertar en mí un interés en la

teoría de juegos.

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INDICE

Introducción …………………………………………………………..9

CapítuloI. Síntesis Histórica del Conflicto Guatemala-

Belice.……………………………………………………......................16

CapítuloII. Introducción a la Teoría de

Juegos…………………………………..……………………………….37

CapítuloIII. Intereses, Ventajas y Desventajas de los

Jugadores……………………………………………………………….57

CapítuloIV. Aplicación de la Teoría de Juegos al Caso Guatemala-

Belice…………………………………………………………………….65

CapítuloV.

Conclusiones…………………………………………………………...83

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CASO GUATEMALA-BELICE Y LA TEORIA DE JUEGOS

INTRODUCCIÓN

Durante más de 150 años Guatemala se ha visto inmersa en un conflicto

de carácter histórico, político y jurídico, siendo este el Diferendo Territorial entre

el Estado de Guatemala y el Estado de Belice, considerándolo como el más

grande que Guatemala ha tenido dentro del ámbito de las relaciones

internacionales.

A consecuencia del existente problema, Guatemala en ocasiones repetidas

ha realizado una serie de actos para recuperar el territorio que reivindica. Lo que

le ha causado una serie de perjuicios, tanto en el ámbito económico, político y

social a consecuencia de no tener una frontera delimitada. Ante los constantes

obstáculos que Guatemala ha tenido que afrontar, el 8 de diciembre de 2008,

Guatemala y Belice, a través de sus ministros de Relaciones Exteriores,

suscribieron un tratado denominado “Acuerdo Especial entre Guatemala y Belice

para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la Corte

Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7). Acuerdo en el que se les concede a

ambos estados la oportunidad de acudir ante la Corte Internacional de Justicia

para que ésta resuelva el conflicto existente entre los mismos siempre y cuando

los ciudadanos de ambos Estados previamente autoricen someterse a la

jurisdicción del Organismo de la Haya, por medio de una consulta popular, la cual

se deberá realizar simultáneamente en ambos Estados.

Pese a la voluntad de ambas partes para resolver la disputa territorial,

insular y marítima, el estado de Belice durante las negociaciones del “Acuerdo

Especial entre Guatemala y Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y

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Marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7)

modificó la ley de referéndum del país, la cual establece que para que sea válido

un referéndum en el estado de Belice, deben de acudir a votar el 60 por ciento de

los votantes empadronados y obtener el 51 por ciento de votos a favor. Situación

que fue considerada por el gobierno guatemalteco, como una circunstancia que

producía condiciones de desigualdad para el Estado guatemalteco. El 22 de abril

de 2013, el estado de Guatemala a través del Ministro de Relaciones Exteriores,

manifestó que el Organismo Ejecutivo suspendería la consulta popular, a

realizarse el 6 de octubre de 2013 por considerar que la población guatemalteca

no se encontraba lo suficientemente informada sobre la trascendencia de la misma

y la importancia de acudir a la Corte Internacional de Justicia. No se contaban con

los recursos económicos necesarios para celebrar la consulta popular, debido a la

poca recaudación tributaria que se generaba en el país; al Estado de Guatemala le

preocupaba, realizar un esfuerzo para obtener los recursos económicos y al final

no obtener una resultado positivo de la consulta popular, a consecuencia de la

modificación a la ley de referéndum realizada por Belice.

En virtud de lo anterior el 9 de mayo de 2013, los cancilleres de ambos

estados, ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos,

acordaron mantener vigente el “Acuerdo Especial entre Guatemala y Belice para

someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la Corte

Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7), firmándose el 24 de enero de 2014,

el acuerdo denominado “Mapa de Ruta y Plan de Acción” con el propósito de

fortalecer las relaciones bilaterales entre ambos estados, lograr así la realización

de la consulta popular y someter ante la Corte Internacional de Justicia el

diferendo territorial entre Guatemala y Belice.

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A partir de este momento, en el que se centrará el presente análisis pues

a pesar de ser considerado un gran logro dentro de la política exterior de

Guatemala, existe incertidumbre alrededor de la celebración de la consulta

popular, presentándose las siguientes interrogantes, las que se tratarán de

responder en esta tesis: ¿qué sucedería si Guatemala dice sí a someterse a la

jurisdicción de la Corte y Belice dice no se somete a la jurisdicción de la Corte?,

¿qué sucedería si Guatemala dice no a someterse a la jurisdicción de la Corte y

Belice dice sí a someterse a la jurisdicción de la Corte? En el caso de que ambos

Estados accedan a someterse a la jurisdicción de la Corte, ¿cuál sería la mejor

estrategia a tomar por esta? y, ¿cuál sería la mejor estrategia a tomar por

Guatemala y Belice? Por último, todas estas interrogantes llevan a cuestionarse lo

siguiente: ¿es la Corte Internacional de Justicia la vía idónea para solucionar el

reclamo territorial, insular y marítimo Guatemala-Belice, atendiendo los intereses

de Guatemala y los intereses de los demás actores involucrados? Para abordar la

problemática citada en éste trabajo se recurrirá a la teoría de juegos, pues a través

de la misma se pretende demostrar su aplicación en el caso Guatemala – Belice,

hacer un análisis y solución del mismo a partir de la aplicación de dicha teoría.

La teoría de juegos, es una teoría matemática, divulgada por los

matemáticos John Von Neumann y Oskar Morgenstern, en el año de 1944, con el

propósito de aplicarla en operaciones militares. La teoría de juegos parte de la

premisa que todos los actores involucrados en una relación de interdependencia

son seres racionales, que buscan satisfacer sus intereses y maximizar sus

ganancias, por lo que, el actuar de uno depende de lo que el otro haga y viceversa.

La teoría de juegos se enfoca en el estudio de la conducta estratégica de los

actores involucrados en una relación de tipo social.

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Como lo afirma el profesor emérito de economía en la Universidad de

Inglaterra, Ken Binmore en su libro “Introducción a la teoría de juegos” en toda

relación humana desde las más simples, hasta las relaciones más complejas puede

“considerarse presente el factor del juego, entendido como un escenario en el que

hay que hacer una constante evaluación anticipada de riesgos y beneficios de cuya

exactitud depende salir ganando, perdiendo o compensando.” (Binmore, 2007:1)

Actualmente la teoría ha sido utilizada ampliamente para dar respuesta a

muchas interrogantes, especialmente en el campo de las ciencias sociales, ciencias

políticas, las relaciones internacionales y el derecho internacional, marco en el

que se encuentra el conflicto Guatemala-Belice. Se está ante una herramienta muy

útil, que permite entender las decisiones que toman los seres humanos en una

relación de interdependencia, para así influenciar las decisiones de los demás

actores involucrados y en consecuencia lograr un mayor beneficio. Permite

obtener un resultado óptimo basado en la racionalidad del actor, pues por tratarse

de una teoría matemática, presenta respuestas puras, exactas y precisas. Lo que

facilita la convivencia social y la solución a problemas de cualquier naturaleza.

La importancia del presente trabajo de investigación tutelada “Guatemala-

Belice y la teoría de juegos”, radica en que desde los inicios del conflicto entre

Guatemala y Reino Unido y posteriormente con Belice, se han realizado distintos

estudios del mismo de carácter histórico, político, jurídico, así como análisis

críticos del mismo, que demuestran el impacto que ha causado el conflicto en el

ámbito de las relaciones internacionales de Guatemala, como así en la política

exterior del mismo.

Sin embargo, ninguno de los anteriores se ha enfocado en el estudio, el

análisis y solución del mismo a partir de la teoría de juegos, es decir tomando en

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cuenta los intereses de cada uno de los actores involucrados, la teoría de juegos

permite entender como las decisiones de los individuos están relacionadas unas

con las otras y como éstas determinan el resultado de una situación de cualquier

naturaleza. Ya sea en el ámbito económico, político y social, los actores

involucrados deben saber que sus acciones por si solas no resuelven determinada

situación.

Pese a que la teoría de juegos es una teoría matemática, debido a la

utilidad que ofrece, se emplea para resolver situaciones de tipo político,

económico y cualquier situación de carácter social, es por ello que en la

actualidad su aplicación va más allá de las matemáticas. En el caso de la política

es útil para analizar: la competencia entre dos partidos políticos o dos candidatos

presidenciales, la promulgación o el veto de una ley por parte del organismo

legislativo y a nivel internacional para analizar y realizar negociaciones de

cualquier índole, debido a la ausencia de una autoridad mundial que obligue al

cumplimiento de los pactos realizados.

Es así como la teoría de juegos puede ayudarnos a determinar la situación

en la que se encuentra Guatemala con respecto al diferendo territorial, insular y

marítimo con Belice, determinar cuáles son sus intereses y cuál debería ser su

actuar para obtener un resultado que beneficie al mismo. Y así poder:

Demostrar la aplicación de la teoría de juegos en el derecho internacional

y las ciencias sociales.

Determinar los intereses de los principales actores involucrados en el

caso, siendo estos Guatemala, Belice y la Corte Internacional de Justicia.

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Determinar cuáles son las ventajas y desventajas para los actores al tratar

de resolverse el caso Guatemala-Belice ante la Corte Internacional de

Justicia.

Una vez identificados los intereses, ventajas y desventajas de cada uno de los

actores, se determinará el posible actuar de Guatemala, a partir de la consulta

popular a realizarse, tomando en cuenta sus intereses y los intereses de los demás

actores en base a la Teoría de Juegos. Recalcando la importancia del uso de la

teoría de juegos, para resolver situaciones de tipo social, como lo es el presente

caso de estudio.

OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN

La presente investigación tutelada “Guatemala-Belice y la teoría de

juegos”, trata un tema reciente, el cual considero será muy útil y complementará

la bibliografía existente, pues luego de haber hecho una revisión bibliográfica, se

estableció que no se ha escrito nada del contencioso entre Guatemala y Belice

desde la teoría de juegos. No obstante lo anterior, se consultarán y se analizarán

los distintos textos que se han escrito sobre los temas relacionados con la presente

investigación, por considerarse que los libros contribuirán a fundamentar la

misma, siendo estos: a) Los textos del autor guatemalteco Alberto Herrarte

González son importantes para la investigación pues abordan la problemática

desde distintos puntos de vista. El libro de Gustavo Adolfo Orellana Portillo lleva

a cabo un trabajo muy descriptivo y muy cualitativo. Las aportaciones tanto de

Alberto Herrarte González como las de Gustavo Adolfo Orellana Portillo son

referentes académicos para tratar éste problema. b) En cuanto a la teoría de juegos

se consultara, el libro Game Theory and political theory del autor Peter C.

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Ordershack, el que tiene una utilidad para la presente tesis; pues relaciona la

política con la teoría de juegos y por último al autor Ken Binmore en su libro

Introducción a la teoría de juegos, presenta una introducción a la teoría de juegos

la cual será de utilidad para fundamentar y desarrollar la presente tesis.

La presente investigación tutelada se desarrolla en 5 capítulos. En el

Capítulo I, se hace una síntesis histórica del conflicto Guatemala-Belice. En el

Capítulo II, se hace una Introducción a la teoría de juegos, pues es la metodología

que se empleará en la presente tesis; indicándose qué es la teoría de juegos, su

utilidad y aplicabilidad en el diferendo Guatemala-Belice. Se hace referencia a los

tipos de juegos que se pueden desarrollar en la teoría de juegos, haciéndose

énfasis en el juego de información perfecta y completa, pues es en base a éste que

se desarrolla el presente trabajo de investigación tutelada. En el Capítulo III, se

mencionaran los intereses, ventajas y desventajas de los principales actores

involucrados en el presente caso, siendo estos Guatemala, Belice y la Corte

Internacional de Justicia. En el Capítulo IV, una vez determinados los intereses,

ventajas y desventajas de cada actor se procederá a aplicar la teoría de juegos al

caso en concreto. Y por último en el Capítulo V se presentan las Conclusiones.

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CAPITULO I

SÍNTESIS HISTÓRICA DEL CONFLICTO GUATEMALA-BELICE

El actual conflicto entre el estado de Guatemala y Belice es un conflicto

que se remonta desde hace varios siglos atrás. Desde que Guatemala era parte de

la colonia española surge este conflicto, convirtiéndose en un asunto de interés a

tratar dentro de la agenda de política exterior y de las relaciones internacionales

de Guatemala a partir de su independencia hasta la actualidad. Por lo anterior es

importante conocer el origen del conflicto y sus antecedentes de carácter

histórico, jurídico y político para así poder llegar a una posible solución del

mismo en base a la teoría de juegos. (Orellana, 2009:10)

Durante 1942 año en el que se descubren las Américas inician los

conflictos entre España y Portugal en relación a los límites y fronteras de los

territorios conquistados, reconociendo ambos la autoridad del Papa quien ejercía

las funciones semejantes a las de un Tribunal de Justicia Internacional, para que

resolviera los conflictos limítrofes entre ambos. El Papa Alejandro VI promulga

en el año de 1493 la Bula Papal Inter Caeteras que significaba “entre todos”, en

la que declaró que el oeste era para España y el Este para Portugal. Durante el

siglo XVI, cuando se da el protestantismo, algunos principados dejan de

reconocer la autoridad del Papa como Tribunal de Justicia, inclinándose por el

protestantismo, ocasionando que surgieran conflictos entre los países,

cuestionándose las posesiones que el Papa había otorgado a los distintos países

como Inglaterra, Francia, Holanda, España, entre otros, debiendo estos celebrar

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distintos convenios bilaterales entre sí para solucionar sus conflictos. Entre

España e Inglaterra no era la excepción, España reclamaba a Inglaterra su

constante ocupación en las Américas, pues por derecho de descubrimiento,

ocupación y conquista, el territorio alrededor del Golfo de Honduras le pertenecía

a España, dominio que se le reconoció a través del título de donación que le

concedió Alejandro VI.

A través del Tratado de Godolphin, firmado el 18 de julio de 1670, se

legalizaron las posesiones de Inglaterra en América, sin mencionarse en éste a

Belice. Pues se asegura que Inglaterra no tenía conocimiento de ésta área que

había estado poblada por filibustero ingleses, quienes la ocuparon para establecer

sus bases de operación y de refugio. (Libro Blanco 1938:17).

Sin embargo, durante los años de 1699 a 1713, se presentaron constantes

violaciones a los acuerdos de paz celebrados entre España e Inglaterra, pues esta

insistía constantemente en obtener de España la autorización para cortar palos de

tinte. En 1716 España llevó a cabo una expedición para desalojar a los ingleses de

la Laguna de Términos, que logró culminarse con éxito. No es hasta 1751 que se

registran las primeras operaciones militares inglesas en territorio de Belice

(Méndez Pinelo 2011:18).

Con el tratado de París de 1763 cesa la guerra entre España e Inglaterra,

acordándose dejar con efecto todos los tratados celebrados previamente, con el

compromiso de los británicos de demoler los fuertes que habían edificado sus

súbditos en la bahía de Honduras y otros territorios españoles. A cambio, la

Corona Española se comprometió a no molestar a los súbditos ingleses en la tala,

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carga y transporte de palo de tinte o campeche, cediéndose a través de este

Tratado el derecho de explotación de estas áreas a Inglaterra. Sin delimitarse el

área de la tala, carga y transporte de palo de tinte, lo que permitió que los ingleses

se expandieran por todo el territorio español, originándose el actual conflicto

entre Guatemala y Belice.

En el año de 1779 Francia y España suscriben el Tratado de Alianza

Ofensiva y Defensiva contra Inglaterra con el propósito de expulsarla del

territorio mexicano, de la Bahía de Honduras y de la Costa de Campeche y hacer

cumplir lo pactado en el tratado de París en cuanto a la prohibición de edificar

fortalezas en territorio español así como revocarles el derecho de poder cortar

palo de tinte. Desalojo que fue realizado por el Gobernador de Yucatán, lo que

desató una guerra, que cesó con la firma del Tratado de Versalles de 1783, en el

que se reconoce la vigencia de los tratados previamente celebrados, y se concibe

de nuevo la facultad a los ingleses de cortar, cargar y transportar palo de tinte,

considerándose este tratado como el instrumento en el que jurídicamente se

reconoce y se plasma el derecho de Inglaterra a dicha explotación forestal en el

área donde se realizaría comprendida entre el ríos Valis y río Hondo. (Orellana

2009:34)

En el año de 1786, Inglaterra solicita a España la revisión del Tratado de

Versalles, pues no estaba conforme en cuanto a la salida de los súbditos ingleses

del área de corte de palo de tinte. Surgiendo así la Convención de Londres, en la

que se extendieron los límites de explotación a Inglaterra hasta el río Sibún,

permitiendo no solo el corte de palo de tinte sino que también de otro, tipo de

madera. Ambos tratados el de Versalles y el de Londres, constituyen los únicos

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títulos que justifican la presencia de los ingleses dentro del territorio de Belice,

pues España le otorgó la concesión de corte de palo de tinte en usufructo.

Concediéndole en usufructo un área de 6,600 kilómetros cuadrados, entre el área

del río Hondo y el río Sibún, usufructo que no constituía la cesión por parte de

España de su derecho de soberanía sobre dicho territorio.

En el año de 1798 se llevó a cabo la Batalla de San Jorge, la que tenía

como propósito lograr la expulsión de los ingleses de Belice, sin embargo el área

en la que se encontraban los ingleses, se encontraba tan fortificada que los

atacantes decidieron retirarse, luego de lanzar un par de bombas.

Considerando los ingleses esta acción de Retiro en los Cayos de San

Jorge como el derecho de conquista sobre Belice, derecho que no se reconoce

pues el área supuestamente conquistada, era el área concedida en usufructo.

Durante los años de 1802 y 1804 se firman acuerdos de paz entre España e

Inglaterra, reconociéndose nuevamente la vigencia de los tratados celebrados

previamente, quedando vigente nuevamente la Convención de Londres de 1786,

en donde se le concede el usufructo a Inglaterra para el corte de madera,

manteniéndose el área de Belice en la misma situación jurídica.

Al declararse la independencia del Reino de Guatemala de España, el 15

de septiembre de 1821 se formó la República Federal de Centroamérica, la que

extendió su jurisdicción sobre todo el territorio que pertenecía a la Corona

Española, en virtud del principio res inter alias actae en el que se heredan los

territorios pertenecientes a la Corona Española por haberse independizado de esta

quedando los tratados celebrados entre Inglaterra y España, pendientes de

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revalidación por la República Federal de Centroamérica, incluidos los tratados

que reconocían y concedían a Inglaterra el derecho al usufructo y al corte de palo

de tinte. Considerándose a los ingleses como simples usufructuarios del territorio

de Belice, por lo anterior en el año de 1835 Inglaterra solicita al Consejo de

Estado de España, para que esta le reconociera la soberanía sobre Belice, pues aún

no se había reconocido la independencia del Reino de Guatemala, no obteniendo

respuesta alguna, por lo que presentó su solicitud ante el Gobierno de la

República Federal de Centroamérica y posteriormente a la República de

Guatemala, situaciones que demuestran que Belice no pertenecía a Inglaterra.

Pese a los tratados y convenios celebrados previamente, los súbditos

ingleses continuaron extendiéndose a lo largo del sur del río Sibún, para

continuar con el corte de palo de tinte, violando así los límites establecidos en los

tratados celebrados entre Inglaterra y España. Los ingleses demostraron un interés

por apoderarse de Centroamérica, a través de la constante violación de los límites

que le fueron concedidos en el usufructo y la ocupación en la isla de la Bahía de

Honduras y las costas atlánticas de Nicaragua, situación que preocupo a Estados

Unidos, por el interés de construir un canal interoceánico por los lagos de

Nicaragua y el Río San Juan y el deseo de mantener el control y hegemonía en esa

área. Situación que fue solucionada con la firma del Tratado Clayton-Bulwer en el

año de 1850, por parte del Secretario de los Estados Unidos John M. Clayton y el

Ministro Británico Henry Lytton Bulwer, en representación de sus respectivos

gobiernos. En él se comprometían a mantener la neutralidad y libertad de un

canal entre ambos océanos, por la vía del río San Juan de Nicaragua.

Considerando Estados Unidos que con este tratado se garantizaba la

independencia de Centroamérica, pues en el tratado se acordó: que ni se

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“ocuparía, ni fortificarían, ni colonizarían, ni asumirían o ejercerían dominio

alguno sobre Nicaragua, Costa Rica, la Costa de los Mosquitos ni parte alguna de

Centroamérica” (Libro Blanco, 1938:46-96). Pese a haber logrado un acuerdo

entre ambos estados, las relaciones entre Inglaterra y los Estados Unidos se vieron

afectadas por la postura que los Estados Unidos mantuvo en cuanto a que Belice

era parte de la República Centroamericana en virtud de que la soberanía española

se había cedido a esta con la declaración de independencia.

En el año de 1850, se firmó en Londres el tratado de Dallas-Claredon

entre los Estados Unidos e Inglaterra, en el que se menciona que el

establecimiento de su Majestad Británica en Belice en los límites del Norte de

Yucatán y al sur del río Sarstún, no estaban comprendidos dentro de los

convenios de 1783 y1786, por lo que modifican los límites de Belice hasta el río

Sarstún. Sin embargo el tratado no fue ratificado por el Senado de Estados

Unidos. Con la firma de este tratado se demostró cómo dos grandes potencias

llegaron a disponer sobre la soberanía e intereses de un país pequeño. A

consecuencia de la no ratificación del tratado Dallas-Claredon por parte de los

Estados Unidos, Inglaterra empieza a demostrar interés en llegar a un acuerdo con

Guatemala. En el año de 1847 Guatemala se declara República independiente,

emitiendo por primera vez en 1848 un documento oficial por parte del Gobierno

de Guatemala, defendiendo los derechos sobre Belice. Pues la expansión de los

cortadores de palo de tinte era incontrolable y se temía que se extendieran a Petén

y la Verapaz, como así las constantes amenazas por parte de piratas y la

expansión de Estados Unidos aumentaban las preocupaciones y la necesidad de

fijar los límites para impedir el avance de los ingleses. (Méndez Pinelo 2011: 20)

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A pesar de la declaración de independencia de Guatemala como

República y su constante preocupación en cuanto a la expansión de los ingleses,

las negociaciones se realizaban en Londres con el representante de Guatemala,

Ministro Juan Francisco Martín, quien en el año de 1857, propuso en nombre de

su representada a Inglaterra, ceder el territorio comprendido en la Convención de

1786, concediéndole un título pleno no solo sobre el área comprendida dentro del

río Hondo al río Sibún, sino que se le reconocería la posesión ilegal sobre el río

Sarstún que ostentaba a cambio de una compensación que se destinaria para la

defensa de la invasión filibustera. Propuesta que no es aceptada por los ingleses

en el año de 1858, por considerar que la ocupación del territorio entre el río Sibún

al río Sarstún era legítima en virtud de que esta se dio antes de la independencia

centroamericana.

Por lo anterior en el año de 1859 se firma la Convención de Límites, en la

que se reconoce por parte del Gobierno de Guatemala, los límites de territorio

entre Guatemala e Inglaterra y el área ocupada por la misma, más allá de los

límites establecidos en las convenciones de 1783 y 1786, pues al reconocer el

territorio ocupado por Inglaterra reconocía la usurpación ilegal del territorio que

se extendía hasta el río Sarstún.

De manera que el área de seis mil kilómetros cuadrados concedidos en la

Convención de 1786, se convirtieron en una extensión de veintidós mil kilómetros

cuadrados violándose así el Tratado de Clayton-Bulwer, celebrado entre Inglaterra

y Estados Unidos, en el que ambos se comprometieron a no ocupar territorio

Centroamericano, a partir de la firma de dicho Convenio. No obstante, Inglaterra

logró ocultar el verdadero sentido de la Convención de Límites, según se

establece en el artículo 1º.

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“Artículo 1º.Queda convenido entre la República de Guatemala y su

Majestad Británica que los límites entre la República y el Establecimiento

de posesiones británicas en la Bahía de Honduras como existían antes del

1º. De enero de 1850 y en aquel día y han continuado existiendo en el

presente, fueron y son los siguientes: Comenzando en la boca del río

Sarstún en la Bahía de Honduras y remontando la madre del río hasta los

Raudales de Gracias a Dios; volviendo después a la derecha y

continuando por una línea recta tirada desde los Raudales de Gracias a

Dios hasta los de Garbutt en el río Belice; y desde los Raudales de

Garbutt, Norte derecho, hasta donde toca con la frontera mexicana. Queda

convenido y declarado entre las Altas Partes contratantes que todo el

territorio Norte y Este de la línea de límites arriba señalados, pertenece a

Su Majestad Británica; y que todo el territorio al Sur y Oeste pertenece a

la República de Guatemala” (Libro Blanco 1938:98).

Lográndose a través del Convenio la “Cesión de Belice”, ya que realmente se dio

fue una Cesión y no una Convención de Límites como se le nombro al Convenio

de 1850 evitando así, violar el Tratado de Clayton-Bulwer comprometiéndose

también en dicha convención a tomar las medidas necesarias para establecer una

comunicación más fácil, a través de una carretera o empleando los ríos o

utilizando ambos medios, una vez se obtuviera la opinión de los ingenieros

expertos, sobre el terreno. Esta Comunicación que se mantendría entre lugar más

conveniente en la costa del Atlántico cerca de Belice y la Capital de Guatemala,

con el propósito de aumentar el comercio en beneficio de Inglaterra y aumentara

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la prosperidad material de Guatemala, medida que quedó estipulada en el artículo

7º. De la Convención.

Posteriormente al firmarse la Convención de Límites, Inglaterra pone de

manifiesto su intención de no cumplir con lo pactado en la Convención de 1859,

luego de obtener el costo de la construcción de la carretera por parte de los

Ingenieros Reales, el cual ascendía a la cantidad de ciento cuarenta y cinco mil

cuatrocientos sesenta y cinco libras esterlinas. Esta suma se consideró excesiva

por parte del Foreing Office. Lo que generó una serie de discusiones entre

Inglaterra y Guatemala, solicitando Inglaterra que los gastos de construcción

fueran por cuenta de Guatemala y que Inglaterra únicamente contribuiría con los

ingenieros y directores de caminos, proponiendo también que la carretera no

terminará en la “Costa del Atlántico” tal como estaba acordado en el Tratado, a lo

que Guatemala accede. En 1862, el nuevo Ministro de Inglaterra rechaza la

propuesta, y propone una nueva Convención, en la que, de aceptarse, Gran

Bretaña cooperaría con la cantidad de veinticinco mil libras esterlinas para la

construcción de la carretera, como una compensatoria. (Méndez Pinelo 2001:45)

Las discusiones se mantuvieron por ambas partes hasta que en 1862,

inician las, conversaciones entre estas con el fin de modificar el artículo 7º.

Inglaterra ofreció la suma de cincuenta mil libras esterlinas, con la condición de

que su Gobierno no tendría compromiso alguno en cuanto a su uso. Este

ofrecimiento fue rechazado por Guatemala, por considerarla ofensiva; sin

embargo, Guatemala no estaba dispuesta a perder la suma por compensación de

ciento cuarenta y cinco mil cuatrocientos sesenta y cinco libras esterlinas,

reduciéndola a sesenta mil libras esterlinas, reduciéndose nuevamente a cincuenta

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mil libras esterlinas, que no fueron aceptadas por Inglaterra (Méndez Pinelo

2011:45)

Habiendo reconocido en el artículo 7. de la Convención de 1859, el

carácter compensatorio por parte del representante de Inglaterra en Guatemala y

las autoridades inglesas, según las distintas comunicaciones oficiales realizadas

entre ellos. Firmándose el 5 de agosto de 1863, una Convención para dar

cumplimiento al artículo 7º ya mencionado, habiéndose considerado por parte de

la autoridad de Gran Bretaña que la cantidad destinada para la construcción de la

carretera era excesiva. Por lo que su Majestad Británica se comprometía a

solicitar al Parlamento el pago de cincuenta mil libras esterlinas, para así cumplir

a la obligación contraída en la Convención de 1859. Con la condición de que se

cubriese en cinco pagos, se obligaba a Guatemala a terminar la obra en cuatro

años y a liberar de toda obligación a Gran Bretaña. Dicha Convención debía

ratificarse dentro del plazo de seis meses. Esta no fue enviada por Guatemala

dentro del plazo convenido, sino hasta el 24 de julio de 1865, debido a las

dificultades causada por las constantes guerras y conflictos entre los Estados que

conformaban la Federación Centroamericana. Se ratificó por parte del Gobierno

de Guatemala, de forma extemporánea el 11 de noviembre de 1865. Sin embargo

el Gobierno inglés se opuso a la ratificación, alegando que Guatemala no la había

ratificado dentro del tiempo establecido.

No obstante lo anterior, la verdadera razón era que Inglaterra se

consideraba con suficientes derechos sobre Belice, y ya no era de su interés

celebrar el Convenio. La no aceptación del presente Convenio daba derecho al

Estado de Guatemala a denunciar el tratado por la falta de cumplimiento por parte

de Inglaterra, al rechazarse por el Canciller Inglés, Lord Herchell, la cláusula,

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26

considerada como compensatoria, quedando únicamente la Convención de límites

como realmente se le designó (Herrarte 2009:97). Denuncia que duró desde 1884

a 1932.

A consecuencia de la negativa por parte de Inglaterra a cumplir con la

Convención de 1859, Guatemala protesta de manera enfática la ocupación que

mantenía Gran Bretaña en el territorio de Belice, su territorio. Por lo que

consideró que “habiéndose agotado todas las vías posibles para llegar a un

acuerdo con Gran Bretaña y mientras no existiera un acuerdo entre los países, la

ocupación no podría perjudicar los derechos de Guatemala” (Orellana 2009:25)

En el año de 1931 el Gobierno de Guatemala y Gran Bretaña,

intercambiaron correspondencia, la que fue registrada unilateralmente por el

Gobierno Británico ante la Sociedad de Naciones, pues pretendía darle el carácter

de Tratado a dichas conversaciones ya que en ellas se aceptaban y reconocían las

fronteras marcadas por Gran Bretaña. Sin embargo, Guatemala no reconoció ni

reconoce el carácter de tratado que se les pretendió dar a las notas.

En nota de 21 de febrero de 1934, el Gobierno de Inglaterra pregunta a

Guatemala si estaba dispuesta a la demarcación de la frontera para así nombrar a

los ingenieros. A lo que Guatemala respondió preguntándose Gran Bretaña si

estaría dispuesta a cumplir con el artículo 7º de la Convención de 1859, a lo que

no respondió Gran Bretaña. Sin embargo, Guatemala contestó que previo a la

demarcación Gran Bretaña debía de cumplir con el pago de la compensación. A

partir de este momento se envió un cruce de cartas que no llegó a ninguna

solución (Méndez Pinelo 2011:60).

En el año de 1936 Guatemala propone una serie de soluciones a Inglaterra

para resolver el Diferendo Territorial: a) Gran Bretaña debía devolver a

Page 27: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

27

Guatemala, como sucesora de la Corona Española, el territorio de Belice. Y a

cambio el gobierno de Guatemala, entregaría a Gran Bretaña en concepto

Compensación la cantidad de cuatrocientas mil libras esterlinas, renunciando a

cualquier reclamación por incumplimiento de tratado. B) En el caso de que Gran

Bretaña no aceptara la primera propuesta, Gran Bretaña debería de pagar a

Guatemala la cantidad de cuatrocientas mil libras esterlinas más una faja de tierra

al sur de Belice para dar al Petén una salida al mar. La que estaría ubicada a la

altura de Punta Gorda, incluyéndose los Callos de Zapotillo. C) La tercera opción

que proponía Guatemala era reconocer la delimitación de la frontera con Belice,

realizada unilateralmente por Gran Bretaña. Quien a cambio debería de pagar la

cantidad de cincuenta mil libras esterlinas más el 4% de interés contados a partir

del tratado de 1859. Además Gran Bretaña otorgaría una faja de tierra al sur de

Belice a la altura de a la altura de Punta Gorda, incluyéndose los Callos de

Zapotillo. Propuestas a las que Gran Bretaña no dio respuesta alguna (Orellana

2009:28).

Durante el año de 1937 el Gobierno de Guatemala, propone a través de su

Ministro en Londres que el conflicto se sometiera a un arbitraje, proponiendo

como árbitro al Presidente de los Estados Unidos Franklin Roosevelt, y que este

resolviera el conflicto en base a su criterio tomando en cuenta la historia del

conflicto únicamente sin tomar en cuenta los aspectos jurídicos (Libro Blanco

1937:418)

Gran Bretaña acepta llevar a cabo el arbitraje, con la condición de que

este sea un arbitraje de Derecho y no de Equidad ante el Tribunal de Justicia de la

Haya, y que fuera un arbitraje jurídico además histórico (Libro Blanco1937:418).

Sobre la propuesta se generaron varias comunicaciones, que no generaron ningún

Page 28: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

28

acuerdo con relación al arbitraje. De este modo la disputa se retrotrajo a la

situación del año de 1933, en la que Guatemala no reconoce la frontera de Belice

en tanto Gran Bretaña no cumpla con lo pactado en la Convención de 1859,

incumplimiento que llevó a Guatemala dar por cancelado el Convenio de 1859.

En el año de 1940, a consecuencia de la presión por parte de Estados

Unidos, Inglaterra continuó en la negociación sobre el caso de Belice, y aceptó

someter el conflicto a arbitraje, bajo una serie de condiciones a las que Guatemala

aceptó, mediante la constitución de un Tribunal Ad-hoc1 de jurisconsultos

internacionales, dos nombrados por las partes y el tercero nombrado por el

Presidente de los Estados Unidos. En este mismo año se suspendieron las

discusiones diplomáticas a consecuencia de la Segunda Guerra Mundial. Sin

embargo el gobierno de Guatemala dejó saber a nivel internacional sus derechos

sobre Belice.

En el año de 1945 en la Constitución Política de la República, en sus

disposiciones transitorias se incluye el tema de Belice, declarando que “Belice era

parte del territorio guatemalteco y de interés general las gestiones que se hicieran

para su reincorporación a la República”, a lo que Gran Bretaña protesto

declarando que Belice era su territorio en virtud de que sus fronteras habían sido

delimitadas por el Convenio de 1859.

Revalidando lo normado por la Constitución Política de la República, el

9 de Abril de 1946, el Congreso de la República emitió el Decreto 224, en el que

se reafirmó la caducidad de la convención de 1859, a consecuencia del

1 Tribunal Ad-hoc, figura ampliamente utilizada en el derecho internacional, en distintos tratados y normas jurídicas para constituir una Corte o tribunal competente para un en fin específico.

Page 29: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

29

incumplimiento de Gran Bretaña, lo que anulaba lo actuado de una manera

errónea por las autoridades del Gobierno Guatemalteco. Lo procedente era la

restitución del territorio de Belice a Guatemala, declaraciones que permitieron

fijar un precedente al Estado de Guatemala para fijar un procedimiento interno

para darle solución al Diferendo Territorial.

En 1948 se dio una crisis en el que tropas inglesas desembarcaron en

Belice, con el apoyo de la Marina Real inglesa, con la excusa de defender a Belice

de un ataque armado por parte de Guatemala. Posteriormente Guatemala mantuvo

su buena voluntad para resolver el conflicto y acudir ante la Corte Internacional

de Justicia, para que resolviera el conflicto conforme a la fórmula de equidad, sin

lograr consenso con Gran Bretaña.

El 14 de diciembre de 196o, se adopta una resolución conocida como la

“Resolución de 1514” por parte de la Asamblea General de las Naciones Unidas

en la que reconoce el derecho de todo pueblo a determinar libremente su destino.

2Por lo que a partir de dicha declaración Guatemala, para poder defender su

posición sobre Belice decidió acogerse al inciso sexto de dicha declaración la que

regula: “Todo intento de quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la

integridad nacional de un país es incompatible con los principios y de la Carta de

las Naciones Unidas”.

A raíz de la Declaración 1514, la Organización de las Naciones Unidas

reconoce la independencia de Belice en base a la resolución 3432, en el año de

1975. Por lo que el 11 de marzo de 1981, se firman las Bases de Entendimiento,

2 “Declaración sobre la concesión de la independencia a los países y pueblos coloniales: Aprobar en la resolución 1514 (XV) de la Asamblea General de las Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1960”Documentos históricos de la ONU. URL:www.un.org/es/decolonitation/declaration.html

Page 30: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

30

en la que se pactó la solución a la controversia territorial, con la cual el Gobierno

de Guatemala aceptó la independencia de Belice. De este modo Belice logró su

independencia el 21 de septiembre de 1981, en base a la nueve ideología de la

Organización de las Naciones Unidas, en cuanto al “reconocimiento de la

autodeterminación, anticolonialismo e integridad territorial”. (Orellana 2009:97).

A consecuencia de la independencia de Belice, las negociaciones en

relación al Diferendo Territorial se quedaron en un “impasse”, pues Guatemala

fue el único país Centroamericano que no reconoció a Belice como un Estado por

lo que se rompieron las relaciones diplomáticas entre ambos países, rompiéndose

también las relaciones diplomáticas entre Belice y el Reino Unido, perdiendo

Belice toda protección por parte del Reino Unido, pues se retiraron las tropas

militares que se encontraban en el territorio, al momento de la independencia.

Situación que preocupó a Belice y Reino Unido, por considerar un posible ataque

por parte de Guatemala, lo que generó un interés por ambos países para

restablecer las negociaciones con Guatemala. Sin embargo se presentaron dos

problemas: el primero era que al no reconocer Guatemala a Belice como un

Estado independiente, no tenía la obligación de negociar con él, y el segundo era

que Guatemala no mantenía una relación diplomática con Reino Unido por lo que

era imposible entablar una negociación. (Orellana 2009:97)

El 14 de agosto de 1991, el Gobierno de Guatemala, a través de la

secretaria de Relaciones Públicas de la Presidencia de Guatemala, emite un

comunicado por medio de la cual se declara que se reconocía el derecho de

Belice a la libre autodeterminación, que así mismo se continuarían con las

negociaciones necesarias para lograr resolver el diferendo territorial. A raíz de

este comunicado se iniciaron las relaciones diplomáticas entre ambos países

Page 31: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

31

creándose la Comisión Binacional Guatemala-Belice, integrada por Ministros de

Estados de ambos países, quienes emitieron una declaración conjunta el 31 de

julio de 1992, en la que ambos países reconocen que a pesar de no estar

delimitadas las fronteras terrestres y marítimas, acuerdan que cualquier mención

de sus respectivos territorios seria hecha en base a los monumentos existentes.

Declaración que genero el descontento de la población guatemalteca,

promoviéndose un recurso de inconstitucionalidad contra el Presidente de la

República, ante la Corte de Constitucionalidad, quien resolvió que los “actos

impugnados no violan la Constitución” (Méndez Pinelo 2011:71). Sin embargo

se, resolvió que para el control inter-orgánico el Presidente debería de presentar al

Congreso los actos realizados en relación a Belice. Por lo anterior se presentaron

las actuaciones al Congreso de la República, quien emitió un decreto en el que se

declara que lo actuado por el Presidente de la República no constituía un Tratado,

Convenio o Acuerdo Internacional, que implicara un acuerdo definitivo sobre la

situación de los derechos de Guatemala en relación a Belice, por lo que no era

necesario obtener la aprobación por parte del Congreso o someterlo a una

consulta popular. (Méndez Pinelo 2011:71)

El Presidente Jorge Serrano Elías, no concluye su gobierno al ser

expulsado de la República por intentar llevar a cabo un golpe de Estado, por lo

que la Corte de Constitucionalidad declaró la ilegalidad de todo lo actuado por el

Organismo Ejecutivo. En base a la Constitución Política de la República, se

nombró a un Presidente y Vicepresidente de la República, quienes tomaron en

cuenta de nuevo lo relacionado al Diferendo Territorial, no en el mismo sentido

que el anterior gobierno, enviándose una nota diplomática al Secretario de las

Naciones Unidas, fijando su posición en relación a la independencia y

Page 32: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

32

reconocimiento del territorio de Belice, manifestando que no reconocía las

fronteras entre Guatemala y Belice, en virtud de haberse dejado sin efecto todo lo

actuado por el anterior Gobierno, a consecuencia del intento de Golpe de Estado

por parte de éste último, que así mismo no aceptaba el contenido de la Ley de

Espacios Marítimos de Belice, en la que unilateralmente se fijaron las zonas

marítimas, que Guatemala reclama a raíz del Diferendo Territorial. La nueva

canciller reactivó el Consejo Nacional de Belice.

Por lo que la postura del Gobierno de Guatemala, en relación al

Diferendo Territorial durante los inicios del siglo XX, era resolver el Diferendo

Territorial y en tanto este no fuera resuelto no podrían fijarse los límites entre

Guatemala y Belice, pues no se reconocían, únicamente consistía en una línea de

referencia. Posteriormente a esta declaración, el Gobierno de Belice inicia una

serie de acciones en la zona fronteriza más conocida como adyacencia, con el fin

de presionar al Gobierno de Guatemala para que reconociera las fronteras.

El 18 de octubre de 1999, a consecuencia de los incidentes ocasionados

por Belice en la zona de adyacencia, el Gobierno de Guatemala, comunica la

decisión de poner fin a las negociaciones técnicas o solución pacífica de la

controversia. El gobierno manifestó que las reuniones se llevarían a cabo con los

buenos oficios y la mediación de la OEA, a través de una nota diplomática a la

que por su importancia se le denominó “clarinada”.

El 20 de julio de 2001 se firmaron tres declaraciones, en la primera se

acordó crear un Panel de Conciliadores, quienes presentarían: recomendaciones

específicas, mecanismos para dar por finalizado el conflicto, informes al final de

su mandato, sus conclusiones y recomendaciones a los dos Gobiernos las cuales

Page 33: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

33

podrían ser resueltas entre ambos Gobiernos o ante un Tribunal de Justicia

Internacional, es decir ante la Corte Internacional de Justicia o una Corte de

Arbitraje Internacional. Conformándose este Panel de Conciliadores el 31 de

agosto de 2001, en la sede de la Organización de los Estados Americanos. En el

segundo acuerdo se creaba una Comisión Mixta, para que elaborara Medidas de

Fomento a la Confianza en el Diferendo Territorial Guatemala-Belice, la que se

creó el 28 de agosto de 2001 y por último en el tercer acuerdo firmado se crearon

mecanismos de comunicación adecuados entre los ejércitos de ambos países. Por

último se acordó fijar una “zona de adyacencia” que se extiende un kilómetro al

lado de la línea fijada en el tratado de 1859, posteriormente se continuó con las

negociaciones encaminadas a resolver la controversia.

El 30 de septiembre de 2002 los mediadores de ambos países aceptaron

las propuestas y recomendaciones de la OEA. Las propuestas hacían alusión a los

derechos terrestres y marítimos, determinaba las coordenadas de las fronteras

establecidas entre Guatemala y Belice, fijando una comisión técnica que

demarcara la línea divisoria en un futuro. El documento, denominaba la frontera

entre los mares como “línea de equidistancia”, también se creaba una comisión

tripartita entre Guatemala, Belice y Honduras, para que desarrollara la pesca en el

Golfo de Honduras. No obstante lo anterior Guatemala y Belice rechazaron las

recomendaciones por no convenir a sus intereses.

El 8 de diciembre de 2008, Guatemala y Belice, a través de sus ministros

de Relaciones Exteriores, reconociendo la importancia de resolver el centenario

conflicto, suscribieron un tratado denominado “Acuerdo Especial entre

Guatemala y Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de

Page 34: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

34

Guatemala a la Corte Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7). Con este

Acuerdo en el que se les concede a ambos estados la oportunidad de acudir ante la

Corte Internacional de Justicia para que ésta resuelva el conflicto existente entre

los mismos, siempre y cuando los ciudadanos de ambos Estados previamente

autoricen someterse a la jurisdicción del Organismo de la Haya, por medio de una

consulta popular, la cual se deberá realizar simultáneamente en ambos Estados.

Pese a la voluntad de ambas partes para resolver la disputa territorial,

insular y marítima, el estado de Belice durante las negociaciones del “Acuerdo

Especial entre Guatemala y Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y

Marítimo de Guatemala a la Corte Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7)

modificó la ley de referéndum del país, la cual establece que para que sea válido

un referéndum en el estado de Belice, deben de acudir a votar el 60 por ciento de

los votantes empadronados y obtener el 51 por ciento de votos a favor.

Esta situación fue considerada por el gobierno guatemalteco, como una

circunstancia que producía condiciones de desigualdad para el Estado

guatemalteco. El 22 de abril de 2013, el Esta6 dedo de Guatemala a través del

Ministro de Relaciones Exteriores, manifestó que el Organismo Ejecutivo

suspendería la consulta popular, prevista para el 6 de octubre de 2013 por

considerar que la población guatemalteca no se encontraba lo suficientemente

informada sobre la trascendencia de la misma y la importancia de acudir a la

Corte Internacional de Justicia. No se contaba con los recursos económicos

necesarios para celebrar la consulta popular, debido a la poca recaudación

tributaria que se generaba en el país; al Estado de Guatemala le preocupaba,

realizar un esfuerzo para obtener los recursos económicos y al final no obtener

Page 35: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

35

una resultado positivo de la consulta popular, a consecuencia de la modificación a

la ley de referéndum realizada por Belice.

En virtud de lo anterior el 9 de mayo de 2013, los cancilleres de ambos

estados, ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos,

acordaron mantener vigente el “Acuerdo Especial entre Guatemala y Belice para

someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la Corte

Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7), que desembocó en la firma, el 24 de

enero de 2014, de acuerdo denominado “Mapa de Ruta y Plan de Acción” con el

propósito de fortalecer las relaciones bilaterales entre ambos estados, lograr así la

realización de la consulta popular y someter ante la Corte Internacional de Justicia

el diferendo territorial entre Guatemala y Belice.

A partir de este momento, en el que se centrará el presente análisis pues a

pesar de ser considerado un gran logro dentro de la política exterior de

Guatemala, existe incertidumbre alrededor de la celebración de la consulta

popular, presentándose las siguientes interrogantes, las que se tratarán de

responder en esta tesis: ¿qué sucedería si Guatemala dice sí a someterse a la

jurisdicción de la Corte y Belice dice que no se somete a la jurisdicción de la

Corte?, ¿qué sucedería si Guatemala dice no a someterse a la jurisdicción de la

Corte y Belice dice sí a someterse a la jurisdicción de la Corte? En el caso de que

ambos Estados accedan a someterse a la jurisdicción de la Corte, ¿cuál sería la

solución del conflicto? Por último, todas estas interrogantes llevan a cuestionarse

lo siguiente, ¿Es la Corte Internacional de Justicia la vía idónea para solucionar el

reclamo territorial, insular y marítimo Guatemala-Belice, atendiendo los intereses

de Guatemala y los intereses de los demás actores involucrados?

Page 36: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

36

Para abordar la problemática citada en éste trabajo se presenta a

continuación una breve introducción de la Teoría de Juegos, marco metodológico

sobre el que se desarrollará la presente tesina, pues a través de la misma se

pretende demostrar su aplicación en el caso Guatemala – Belice, hacer un análisis

y solución del mismo a partir de la aplicación de la teoría de juegos.

Page 37: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

37

CAPITULO II

INTRODUCCIÓN A LA TEORÍA DE JUEGOS

ANTECEDENTES

La teoría de juegos surge a mediados del siglo XX, con la creación del

teorema de Minimax. Teorema que contribuyó a la solución de un escenario de

puro conflicto entre dos personas, permitiendo a los científicos sociales analizar

las causas de los conflictos y la cooperación, desde el enfoque de las matemáticas

(Morrow 1994:3). A través del libro de los matemáticos John Von Neumann y

Oskar Morgestern titulado The Theory of Games and Economic Behavior (La

Teoría de los Juegos y el Comportamiento Económico), las bases de la teoría de

juegos se dieron a conocer y se consideran la piedra angular de dicha teoría. A

raíz de la publicación del libro en 1944, se genera un repentino interés en la teoría

de juegos, pues se determinó que su aplicación era posible para dar solución a

problemas de carácter social.

Al terminar la Segunda Guerra Mundial, surgió la supremacía de la

ciencia y la aplicación de métodos científicos a las ciencias sociales, a

consecuencia del interés en éstas por parte del gobierno de los Estados Unidos.

Las ciencias sociales se convirtieron en una prioridad de estado y no solo

política, debido al repentino interés suscitado tanto en el mundo occidental como

en de los países comunistas (Morrow 1994:3). La rivalidad que surgió entre la

democracia capitalista de los Estados Unidos de Norte América y el socialismo

totalitario de la Unión Soviética llevó a que se realizaran estudios objetivos pero,

sobre todo, racionales dentro de la ciencia política.

Page 38: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

38

De este modo la teoría de juegos se convierte en una rama destacada

dentro de las ciencias sociales durante los años de 1945 a 1955 considerándose

este período, como la época dorada de la misma. Esto permitió su aplicación en el

ámbito de las matemáticas, lo social y especialmente en lo militar.

Su aplicación en el ámbito militar, evitó una guerra nuclear durante la

Crisis de los Misiles en Cuba en el año de 1962, “(La crisis de los misiles vista

desde Cuba y desde un barco soviético” El Nuevo Herald 2012: 10 de Octubre.), a

consecuencia de un análisis realizado por parte de matemáticos Estadounidense

de la Unión Soviética, en base a la teoría de juegos. Las pugnas entre ambas

potencias se analizaron desde el juego denominado “gallina”, juego que se utiliza

para modelar una situación en la que dos conductores se encuentran en una

posición directa de colisionar, gana el que se mantiene en su posición, haciendo

que el contrincante se desvié para no chocar.

La crisis de los misiles de Cuba tuvo lugar cuando la Unión Soviética

instaló misiles nucleares de corto y largo alcance en Cuba que podían accionarse

en contra de Estados Unidos y afectar una buena parte de su territorio. La

meta de los Estados Unidos era remover inmediatamente los misiles soviéticos,

por lo que los analistas estadounidenses consideraron dos estrategias para

lograrlo: 1. Un bloqueo naval o cuarentena, para evitar más embarcaciones de

misiles y así lograr que la Unión Soviética retirara los misiles ya instalados ó 2.

Un ataque aéreo para derribar los misiles ya instalados, seguidos de una invasión

a la isla. Por otra parte los analistas de la Unión Soviética establecieron dos

opciones: 1. Retirarse de la Isla ó 2. Mantenerse en la Isla. Los analistas de esta

situación concluyeron que ambas partes se encontraban en una posición de

colisión, lo que los llevo a analizar las distintas alternativas, resultados y pagos

Page 39: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

39

para cada uno de ellos. Logrando así los Estados Unidos que la Unión Soviética

retirará los misiles de la isla, evitándose una Segunda Guerra Nuclear, a

consecuencia del análisis realizado en base a la teoría de juegos.

Von Neumann y Morgestern promovieron los postulados básicos de la

teoría de juegos, siendo estos (García 2003:1): El planteamiento estratégico o no

cooperativo, a través del cual es necesario se determinen a los jugadores

involucrados dentro de un juego, lo que pueden y no pueden hacer durante éste,

para que así cada uno pueda determinar su estrategia óptima, prevaleciendo ésta

sobre la estrategia y preferencia de cada uno de los jugadores. Y el planteamiento

coalicional o cooperativo, a través del cual se puede determinar el abanico de

posibles acuerdos y preferencias, que prevalecen sobre las preferencias de cada

uno de los jugadores. Por ser un juego muy complejo de resolver, en su tesis

Bernal García (2003) indica que los matemáticos Von Neumann y Morgestern

desistieron en determinar las estrategias óptimas para cada jugador.

Durante los años 50, el matemático John Forbes Nash, máximo exponente

de la teoría de juegos, presenta la distinción entre juegos cooperativos y no

cooperativos partiendo de la posibilidad de llegar a acuerdos, desarrollando un

tipo de equilibrio para los juegos no cooperativos, más conocido como el

“equilibrio de Nash.

El “equilibrio de Nash,” es una situación en la que estando ante varias

estrategias, los jugadores no se benefician cambiando su estrategia, en tanto los

otros jugadores no cambien la suya, pues cualquier cambio que realicen

implicaría una reducción en sus pagos. John Nash, en su tesis doctoral de 1950,

lo definió como “el acuerdo que ninguna de las partes puede romper a discreción

sin perder” (1950: 3).

Page 40: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

40

Una última contribución que se hizo en el campo de la teoría de juegos,

fue la realizada por los economistas Robert J. Aumann y Thomas Schelling,

quienes le dieron una nueva dirección a la teoría de juegos. Desarrollaron los

juegos no cooperativos, para así responder preguntas en el ámbito de las ciencias

sociales, determinando el potencial de la teoría de juegos para el análisis de la

interacción humana. En el 2005, obtuvo el Premio Nobel de Economía, por

haber “contribuido a mejorar el entendimiento de la cooperación y los conflictos

a través de la teoría de juegos”.

Thomas Schelling, a través de la publicación de su libro The Strategy of

Conflict (La Estrategia del Conflicto) publicado en el año de 1960, logró

demostrar que las interacciones sociales a corto y mediano plazo, pueden ser

analizadas a través de los juegos no cooperativos. A través de su libro presenta su

visión de cómo la teoría de juegos es un parámetro de referencia para las ciencias

sociales. Ya que todos los problemas e interacciones sociales involucran

decisiones de carácter mixto al envolver conflictos e intereses en común, se

pueden presentar situaciones de negociación. Empleando un esquema que se

pueda aplicar a negociaciones políticas, jurídicas y económicas, logró una

aproximación entre la ciencia económica y las ciencias sociales, a través de un

balance entre todos los jugadores pues es mejor lograr “un pedazo de pastel, a

nada”.

DEFINICIÓN

La teoría de juegos es una rama de la matemática aplicada, que se basa en

el estudio de situaciones estratégicas, a partir del uso de modelos o juegos, que

permiten a cada uno de los jugadores, estructurar las distintas acciones a efecto de

lograr maximizar sus beneficios. El MSc. Guillermo Díaz Castellano, en su

Page 41: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

41

artículo “Teoría de Juegos y Política de Precios”, (Díaz Castellano 2009) indica

que:

La teoría de juegos es una clase de análisis matemático que permite

predecir cual será el resultado más probable en una disputa entre dos

individuos (Rufasto, 2003). También puede decir que es una manera

formal de analizar la interacción entre dos o más agentes racionales que

interactúan en forma estratégica (Bercoff y otros, 2003).

En otras palabras se trata de una rama de la matemática que ha permitido

desde su nacimiento, el análisis de las causas del conflicto y la cooperación desde

el rigor de ésta. Permite analizar las decisiones que se toman en las interacciones

sociales; se aplica en situaciones comúnmente conocidas como juegos, en donde

dos o más personas llamadas jugadores, eligen dos o más acciones denominadas

estrategias, las que determinan el posible resultado del juego. De este depende las

decisiones que todos los jugadores hagan y puedan ser ordenadas en base a sus

preferencias.

Es considerada una herramienta, que tienen como finalidad tomar en

cuenta todas aquellas acciones en las que, lo que un individuo hace depende de lo

que otros hagan, y viceversa. Las acciones de cada uno de los individuos

involucrados en determinada situación, tienen como propósito influenciar las de

los otros individuos para así obtener un resultado positivo, creando así una

relación de interdependencia entre los individuos, generando normalmente

resultados óptimos. Se basan en la teoría de la utilidad, teoría matemática que

permite representar las decisiones que toman los seres humanos y medir las

preferencias de cada uno en base a resultados, los que reflejan las posibilidades de

Page 42: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

42

tomar determinado riesgo, para obtener el resultado deseado. También presume la

racionalidad de los actores, entendiéndose ésta como la capacidad del actor en

satisfacer su propio interés y el aumento de sus utilidades, limitándose estos a

hacer un análisis, valoración y optimización de las opciones que tienen para el

cumplimiento de sus metas. El comportamiento racional, implica la maximización

de las utilidades de las metas trazadas, las cuales se pueden determinar a través de

la percepción, la afirmación o la experimentación. Una vez determinadas estas, se

proceden a fijar en orden de preferencia y asignarles un valor, el más conocido

dentro de la teoría de juegos como utilidad.

En el comportamiento racional los actores al trazarse las metas no toman

en consideración la moral, pese a que los actores se limitan a elegir las acciones

que los lleven a alcanzar sus metas, mantienen la opción de elegir las mismas.

Emplear el comportamiento racional, permite simplificar la realidad, dejando a un

lado lo complejo de la sociedad. El autor Ken Binmore en su libro Introducción a

la Teoría de Juegos, afirma que la teoría de juegos permite ver la vida como un

juego, pues:

En toda interacción humana desde las relaciones personales o las

partidas de naipes, hasta las grandes decisiones políticas o empresariales

que afectan a millones de personas, puede considerarse presente el

factor del juego, entendido como un escenario en el que hay que hacer

una constante evaluación anticipada de riesgos y beneficios de cuya

exactitud depende salir ganando, perdiendo o compensando. (Binmore,

2007:1).

Page 43: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

43

UTILIDAD

Según Julian Barragas, ex - presidenta de la Asociación Latinoamericana

de Derecho y Economía, (Conferencia dictada en la Universidad Francisco

Marroquín, enero 2014) la teoría de juegos es útil, ya que lleva a pensar a los

jugadores en términos de utilidades y no de ganancias; pues las ganancias son

monótonos crecientes, es decir entre más se gana más se gana, en tanto la utilidad

no es un monótono creciente pues llega a ser completamente útil en determinado

momento, que a la larga se vuelve inútil y a su vez negativo. Lo que permite a los

jugadores negociar en base a las utilidades, pues lo que es útil para uno puede ser

inútil para el otro, presentándose un marco de posibles acuerdos. El lograr que dos

personas lleguen a un acuerdo en términos de utilidades, lleva a que las personas

obtengan un beneficio.

La teoría también permite hacer un análisis matemático y objetivo del

comportamiento humano, cuantificar el mismo y compararlo, para que cada

jugador determine cuál es su mejor actuar. El jugador visualiza el conflicto de una

forma más pura, pues la situación a analizar se modela en forma simple, tomando

en cuenta únicamente los intereses de los jugadores involucrados, por lo que

posibilita a los jugadores determinar en forma anticipada los posibles resultados,

ordenar sus preferencias en base a estos y determinar las consecuencias futuras.

La aplicación de la teoría de juegos resulta muy útil en el campo de las

ciencias sociales. En el caso del derecho y sus distintas ramas, como el derecho

laboral, procesal civil y mercantil, derecho mercantil entre otros, se desarrollan

situaciones que pueden resolverse a través de un comportamiento estratégico, el

cual lleva a las partes dentro del proceso a actuar racionalmente y comprender que

Page 44: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

44

si ambas cooperan entre sí, pueden salir ganando tomando en cuenta sus intereses,

lo que les genera un beneficio en términos de costas procesales y tiempo.

En el campo de las relaciones internacionales y en el derecho

internacional, se presentan situaciones que requieren de un comportamiento

estratégico, en donde lograr un acuerdo vinculante es aún más difícil, por la

ausencia de un gobierno mundial, que haga exigible el mismo. Por lo anterior la

teoría de juegos resulta útil en éste campo, pues lleva a los actores internacionales

a interactuar a través de un comportamiento puramente estratégico teniendo como

límite el comportamiento de los demás, en la búsqueda de la satisfacción de su

interés nacional.

El autor Fernando Tesón, en su publicación Derecho internacional, teoría

de juegos y moralidad, expone que al aplicar la teoría de juegos en las relaciones

internacionales, se convierte ésta, en un modelo para el análisis de la búsqueda del

interés nacional y la predicción de los resultados de las diversas combinaciones de

los intereses nacionales.

La teoría de juegos es considerada como el instrumento idóneo para el

estudio del comportamiento estratégico de los estados dentro del sistema

internacional.

Por lo que aplicar la teoría de juegos a la contienda Guatemala-Belice

resulta útil. Una vez los principios básicos de la teoría de juegos son

comprendidos, su aplicación permitirá tomar en cuenta los réditos de cada uno de

los actores, llegar a una posible solución del conflicto, partiendo de un análisis

estratégico del comportamiento de cada uno de los actores involucrados.

Page 45: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

45

ELEMENTOS

En todo modelo de la teoría de juegos se presentan los siguientes elementos, los

cuales son útiles para la materialización del juego.

1. Los jugadores: son las personas individuales o jurídicas, que toman una

decisión estratégica racional dentro de un juego, con el propósito de

maximizar sus utilidades.

2. Las estrategias son las acciones o el conjunto de acciones disponibles

para los jugadores, las que pueden tomar en determinada etapa del juego.

El determinarlas le permite a los jugadores evaluar la información

disponible, las acciones a seguir y los posibles resultados a obtener.

3. La Materialización del juego, a través de la determinación de las

estrategias a seguir y los pagos a obtener.

4. El resultado para cada uno de los jugadores que se deriva de las

diferentes combinaciones de estrategias a seguir por cada uno de ellos.

5. Recompensa son las utilidades que los jugadores obtendrán al seguir

determinada estrategia, es decir los pagos.

FORMAS DE MODELAR UN JUEGO

La teoría de juegos es útil, pues permite simplificar y estructura de una forma

más sencilla las situaciones complejas que se presentan dentro de la sociedad. A

través de la modelación, se plasma la problemática social mediante un análisis

objetivo, en donde se fija únicamente la esencia del problema, lo que representa

Page 46: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

46

una ventaja pues posibilita un análisis racional del mismo. Permite al jugador

determinar sus argumentos, sus conclusiones y utilidades.

La modelación se puede materializar a través de dos formas de juegos. La

primera, la forma extensiva o juego en forma de árbol, el que permite describir en

forma temporal la estructura de una situación. Se compone de nodos y ramas, los

nodos representan las posibles decisiones o estrategias a seguir por parte de cada

uno de los jugadores. Las ramas representan las acciones que conectan cada una

de las decisiones a seguir por los jugadores.

El primer movimiento del juego parte con un nodo raíz, el cual se puede

partir en ramas que pueden concluir en un nodo terminal si el juego finaliza; o se

conecta con otras ramas si el juego sigue. Es importante hacer notar que tanto los

nodos como la partición de los mismos, representan un conjunto de información

disponible para cada uno de los jugadores.

Para modelar en forma extensiva, cada uno de los jugadores necesita determinar

(Morrow 1994: 50)

a) ¿Quiénes son los jugadores?

b) ¿Cuál es el orden del juego, en que momento le corresponde

elegir a cada uno de los jugadores una de las opciones

disponibles?

c) ¿Cuáles son las opciones que tiene cada jugador? ¿Qué

alternativas están disponibles para cada jugador en determinado

momento del juego?

Page 47: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

47

d) ¿Cuáles son las prioridades y preferencias de cada jugador? ¿Qué

sabe el otro jugador de los intereses del otro jugador?

e) ¿Cuáles son las utilidades de cada uno de los jugadores?

Representación de un juego en forma extensiva:

Nodo Raíz

Nodo Raíz

= Nodo de Decisión

= Partición del Nodo

Page 48: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

48

= Nodo Terminal.

= Ramas o acciones

A

B

3

3 Modelos graficados, en base a los principios generales de la teoría de juegos.

1

2

2

Page 49: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

49

La segunda forma de modelar un juego dentro de la teoría de juegos es la

forma estratégica o normal (Morrow 1994: 50). En ella los jugadores eligen sus

estrategias de forma simultánea, teniendo como propósito elegir una estrategia

que maximice sus réditos y por ende sus pagos. En esta representación los

jugadores, juegan simultáneamente, por lo que ignoran las estrategias que los

otros jugadores seguirán. Se representa en forma de matriz, compuesta por

columnas y filas, un elemento que caracteriza a este tipo de juegos es que en el

mismo se encuentra un conjunto de jugadores N. A continuación se presenta un

ejemplo de juego matricial.

Jugador e

Estrategia 1 Estrategia2

Jugador d Estrategia 1 (d1,e1) (d1,e2)

Estrategia 2 (d2,e1) (d2,e2)

En el juego representado arriba en forma estratégica, los resultados se

representan de forma (d1, e1,) siendo éste el resultado que se presenta cuando el

jugador d juega su estrategia 1 y el jugador e juega su estrategia 1. El resultado

(d2, e1) indica que d ésta utilizando su segunda estrategia y e utiliza su primera

estrategia. El resultado (d1, e2) indica que d utiliza su primera estrategia y e su

segunda. Y por último el resultado (d2,e2) indica que ambos jugadores, juegan

con su segunda estrategia. Es importante recalcar, que el juego se desenvuelve en

forma simultánea, por lo que los jugadores ignoran la forma en que cada uno de

Page 50: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

50

ellos jugó, es decir ignoran la estrategia a seguir por parte de cada uno (Morrow

1994: 50).

CATEGORIZACIÓN

Determinada la forma en que un juego se puede llevar a cabo dentro de la

teoría de juegos, es importante conocer los distintos juegos que se pueden aplicar

a las situaciones de orden social, jurídico, político, entre otras a efecto de realizar

un análisis racional y estratégico de las mismas. Haciendo énfasis en la

clasificación de los juegos no cooperativos, especialmente en el juego de

información perfecta y completa, un juego no cooperativo, en base al cual se

desarrolla la presente tesis.

Juegos Cooperativos y No Cooperativos

La teoría de juegos clásica hace una división entre juegos cooperativos y no

cooperativos. Los juegos cooperativos se definen como el conjunto de coaliciones

de jugadores, en donde llevan a cabo comportamientos cooperativos, pues poseen

los mecanismos necesarios para llegar a un acuerdo vinculante. En donde los

jugadores actúan a través de modelos no determinados en forma explícita, lo que

les permite llegar a un acuerdo. En ellos los jugadores actúan en forma conjunta

con la única finalidad de aumentar sus réditos individuales, a través del logro de

metas comunes.

Los juegos no cooperativos se definen como aquellos en los que los jugadores

no poseen los mecanismos para llegar a un acuerdo vinculante. Buscan satisfacer

Page 51: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

51

únicamente su interés personal. Por lo anterior la distinción entre ambos juegos no

se limita solo a determinar que, en los juegos cooperativos los jugadores poseen la

disposición de cooperar y en los juegos no cooperativos estos no poseen la

disposición de cooperar. Los juegos no cooperativos se dividen, a su vez en los

siguientes juegos:

Juegos Estáticos y Dinámicos

Los juegos estáticos se caracterizan porque los jugadores definen sus

estrategias en forma simultánea, únicamente con la información que poseen al

inicio del juego, pues no cuentan con información adicional para tomar una

decisión a lo largo del juego, un ejemplo de ello son las votaciones secretas o el

dilema del prisionero el que se explicara a continuación. Los elementos

característicos de un juego estáticos son:

a. Un conjunto de jugadores N= (1, 2, 3, 4, 5, ……n)

b. Un conjunto de posibles estrategias para cada jugador

c. Una utilidad esperada sobre cada una de las posibles acciones

a seguir

El dilema del prisionero es el juego estático más conocido dentro de la teoría

de juegos. En el intervienen dos prisioneros, a quienes se les capturó por haber

cometido delitos menores y se les sancionaran con penas menores. Las

autoridades sospechan que han cometido crímenes graves, no obstante lo anterior

el fiscal no puede condenarlos por estos delitos, pues no posee la evidencia

necesaria para imputarles los mismos. Por lo que necesitan obtener la confesión

de uno ellos, para que ambos sean juzgados por un delito mayor. El fiscal puede

condenar a los dos, por un delito menor sin necesidad de la cooperación de estos.

Page 52: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

52

El fiscal decide lo siguiente, separar a cada preso y hacerles saber a cada uno

que si confiesan el delito mayor, el que confiese se ira libre en menos tiempo que

el que no confiesa. Si uno confiesa y el otro no, uno de ellos pasará más tiempo en

la cárcel. Cada preso sabe que si ambos no confiesan, saldrán en menos tiempo,

pero tendrán que confiar que tanto el uno como el otro cooperaran entre sí en

mantenerse en silencio. Si ambos confiesan, pasaran más tiempo en la cárcel del

que pasarían si ninguno confiesa. La situación se modela de la siguiente manera.

El juego del dilema del prisionero:

Prisionero 2

No confesar Confesar

Prisionero

1

No

confesar (-2,-2) (-10, -1)

Confesar (-1,-10) (-6,-6)

Si ambos jugadores no confiesan, ambos irán a prisión por 2 años. Situación

que se representa en la celda izquierda superior, donde el pago de cada jugador es

“-2”, es negativo pues representa la privación de dos años de libertad. Si ambos

jugadores confiesan, pasaran en la cárcel 6 años, por lo que el pago de cada uno

en ese caso es “-6”. Para cada jugador, el incentivo es que si confiesa mientras el

otro no, el confesor pasará un año (pago de “-1”) en la cárcel, mientras que el otro

pasará 10 (pago de “-10”) años en la cárcel (Binmore 2007:75).

Es importante recalcar que en este tipo de juegos, cada jugador no sabe la

estrategia que el otro seguirá, pero sabe cuáles son sus propios intereses, como los

del otro jugador. El mejor resultado común es que ambos no confiesen (-2,-2) en

Page 53: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

53

el sentido Paretiano, pues cada jugador obtiene un beneficio sin perjudicar al otro,

situación que no se logra por los intereses privados de cada jugador. El mejor

resultado final es que ambos confiesen (-6,-6) éste resultado, la traición entre

ambos jugadores es peor que la cooperación común. El resultado final (-6,-6) es

un equilibrio de Nash porque, ningún jugador puede unilateralmente mejorar su

condición ante tal situación si el otro jugador no cambia su estrategia. Si uno de

los prisioneros confiesa y el otro no lo hace, el prisionero que confiesa saldrá libre

en menos tiempo y el que no confiesa será condenado por más tiempo (-1, -10) y

(-10, -1), hechos que se representan en las dos celdas horizontales superior del

lado derecho y la celda horizontal inferior del lado izquierdo (Binmore 2007:75)

Cada prisionero tiene como único interés pasar el menor tiempo posible en la

cárcel, por lo que no les interesa cuanto tiempo pasarán en la misma, ignorando

cada uno la posibilidad de ser generosos, ser considerado un delator o sufrir

algún vejamen por confesar. Por lo que el resultado que se obtiene derivado de las

acciones racionales, de cada uno de los jugadores, motivados únicamente por la

satisfacción de su interés, lleva a ambos prisioneros a pasar más tiempo en la

cárcel, que lo que hubiesen pasado si hubiesen cooperado entre sí (Binmore

2007:75)

Cada uno de los jugadores tiene una estrategia dominante, en donde lo

mejor para cada uno es confesar, sin tomar en cuenta lo que el otro haga. Es

importante recordar que cada uno de los jugadores es racional, por ende

racionalmente egoísta. El resultado obtenido en el juego denota la falta de lograr

un compromiso creíble por parte de cada uno de los jugadores, a permanecer en

silencio. Ambos prisioneros pueden llegar a un acuerdo de cooperar en no

confesar, sin embargo dicho acuerdo no es creíble, pues el interés privado de cada

Page 54: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

54

uno de los jugadores prevalece sobre el interés colectivo. Evitando se llegue a un

resultado positivo a nivel individual y colectivo.

El dilema del prisionero demuestra, la incongruencia entre el beneficio

privado y el bien común, en virtud del pensamiento racional que motivó a cada

uno de los prisioneros. Por lo anterior el dilema del prisionero es utilizado para

justificar la intervención del Estado, en la toma de decisiones que corresponden al

ámbito privado, a través de la legislación.

Por otra parte están los juegos en forma extensiva, estos permiten la

representación explícita de una situación, pues permite estructurar cada una de las

estrategias de los jugadores, como sus pagos en cada una de las etapas del mismo.

Un elemento característico de este juego es que los jugadores, eligen las

estrategias en secuencias después de conocer las que eligió su rival, pues saben

cuáles son sus preferencias y sus intereses.

El autor Ignacio Sánchez- Cuenca, en su libro teoría de juegos, al respecto

menciona que en un juego en forma extensiva la idea de estrategia es algo más

rica que en un juego en forma normal. En un juego en forma normal una

estrategia es un plan completo de acción que se establece de una vez por todas.

No puede ser de otra manera dado que no se observa la estrategia del contrario.

En cambio en un juego en forma extensiva una estrategia es un plan de acción

contingente, que especifica qué hará el jugador ante cada movimiento posible del

rival (Sánchez-Cuenca, 2009:61).

El juego en forma extensiva, se modela a través de la forma de árbol, que

consiste en un conjunto de nodos los cuales se conectan entre sí, a través de ramas

que indican una relación de precedencia. No obstante lo anterior, la esencia de un

juego en forma extensiva no es el árbol, sino la especificación de:

Page 55: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

55

a) la secuencia de jugadas u orden de movimientos,

b) las estrategias posibles de los jugadores,

c) la información que tienen los jugadores en cada movimiento y

d) los pagos que reciben los jugadores para cada combinación posible de

estrategias, según lo afirma el autor Ignacio Sánchez- Cuenca, en su libro teoría

de juegos (Sánchez-Cuenca, 2009:62)

Si se logran determinar los elementos anteriores, el juego se puede realizar con la

modelación de un árbol o sin él.

Juegos Finitos y Juegos Infinitos

Los juegos finitos se diferencian de los juegos infinitos pues estos se

componen de un número determinado de fases, tiene un principio y un fin, en

donde las reglas son establecidas por los jugadores previamente con el propósito

de terminar el juego. Lo que permite la posible cooperación entre ambos

jugadores, lográndose un beneficio conjunto.

En tanto los juegos infinitos se caracterizan por no tener un principio y un fin,

el propósito es que este juego sea continuo, y se agreguen nuevos jugadores.

Juegos de Información Perfecta y Completa e Información Imperfecta e

Incompleta

En los juegos de información perfecta y completa los jugadores saben cuáles

han sido los movimientos previo de los jugadores y sus ganancias, pues se

modelan a través de la forma de árbol, lo que permite aplicar la inducción hacia

atrás. Se considera que la información en este tipo de juegos es de dominio

público. En los juegos de información imperfecta e incompleta, por el otro lado,

Page 56: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

56

son juegos en donde las estrategias, las probabilidades y las ganancias de los

jugadores no son conocidas por estos, previamente. Se basan en puras

probabilidades.

Page 57: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

57

CAPITULO III

INTERESES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LOS JUGADORES

En el capítulo anterior se estableció que la teoría de juegos es una teoría

basada en la teoría de la utilidad, teoría matemática que permite representar las

decisiones que toman los seres humanos y medir las preferencias de cada uno en

base a resultados, los que reflejan las posibilidades de tomar determinado riesgo,

para obtener el resultado deseado. Que las acciones de cada uno de los individuos

involucrados en determinada situación, tienen como propósito influenciar las de

los otros individuos para así obtener un resultado positivo, creando así una

relación de interdependencia entre los individuos, generando normalmente

resultados óptimos. Que la utilidad de la teoría de juegos radica, en la posibilidad

de poder analizar situaciones complejas a través de la simplificación de estas,

tomando como base los intereses de cada una de los jugadores interesados,

permitiendo asignarle a cada uno de estos una valoración, para así obtener un

resultado máximo. A través de la modelación, se plasma la problemática social

mediante un análisis objetivo, en donde se fija únicamente la esencia del

problema, lo que representa una ventaja pues posibilita un análisis racional del

mismo. Permite al jugador determinar sus argumentos, sus conclusiones y

utilidades.

En el presente capitulo se establecerán cuáles son las ventajas,

desventajas e intereses de cada uno de los actores involucrados en el Diferendo

Territorial Guatemala-Belice, siendo estos Guatemala, Belice y la Corte

Internacional de Justicia, pues a partir de estos intereses se podrá modelar el juego

Page 58: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

58

en el próximo capítulo y darle una posible solución al Diferendo Territorial

Guatemala-Belice, a partir de esta teoría.

INTERESES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS PARA GUATEMALA

Para Guatemala su interés principal es que se resuelva el Diferendo

Territorial a su favor, pues proveería de certeza jurídica al territorio que se

reclama, dotando de seguridad y certeza a especialmente a los habitantes de la

zona de adyacencia, pues al saber a qué país pertenecen, cesarían los constantes

ataques y violaciones a sus derechos y sus personas. Dotándoles de una

oportunidad para su desarrollo integral como personas, proveyéndoles de los

instrumentos necesarios para poder hacer valer sus derechos individuales y

sociales.

Como lo afirma el autor Gustavo Adolfo Orellana en su libro

antecedentes y análisis del acuerdo especial entre Guatemala y Belice para

someter el reclamo territorial, insular y marítimo de Guatemala a la Corte

Internacional de Justicia”:

Guatemala necesita resolver este Diferendo Territorial a través de los

medios pacíficos de Derecho Internacional, que ha sido su posición a lo

largo de este proceso histórico. Es imprescindible que se resuelva el

Diferendo Territorial en las áreas continental, insular y marítima, por la

máxima instancia jurídica existente, para que las futuras generaciones de

guatemaltecos puedan construir mejores relaciones bilaterales plenas y

generosas con el pueblo beliceño (Orellana 2009:17).

Page 59: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

59

Desde el punto de vista político Guatemala se vería beneficiada al

resolverse el Diferendo Territorial a su favor, pues Belice ha adoptado la calidad

tanto de nación centroamericana, como también de nación que pertenece al

Commonwealth, que Guatemala vería ventajas en su política exterior al mantener

una relación con Belice, pues mantendría relaciones con los países del

Commonwealth y los países del CARICOM. Lo que le generaría una posición

sólida ante la comunidad internacional, permitiéndole contar con los votos

necesarios para ganar un puesto en el Consejo Permanente de Seguridad de las

Naciones Unidas, por ejemplo.

Desde el punto de vista económico, al resolverse el Diferendo Territorial,

la zona de adyacencia pasaría a convertirse en una frontera territorial, lo que

permitirá que el Gobierno Guatemalteco se extienda al área e impulsar su

desarrollo, creando las condiciones necesarias para garantizar la inversión y la

competitividad de la región. Guatemala puede convertirse en el principal socio

económico de Belice, por su cercanía con este, creando así una oportunidad para

que el sector turístico, agrícola y de la construcción entre otros, puedan

desarrollarse tanto en el área de Petén e incluso en Belice, a consecuencia del

Acuerdo de Alcance Parcial, celebrado entre ambos países. Otro beneficio es que

Belice pasaría a formar parte del Sistema de Integración Centroamericana,

fortaleciéndose la integración en beneficio de la región. Presentándose la

posibilidad de celebrar convenios bilaterales entre ambos países, que permitan la

migración de trabajadores guatemaltecos a Belice, o que exista algún tipo de

condonación entre ambos países o se eliminen barreras arancelarias.

Page 60: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

60

Las desventajas para Guatemala en que no se resuelva el Diferendo

Territorial a su favor, se podrían ver reflejadas en el ámbito político, económico y

social, pues al no delimitarse la frontera entre ambos países, generaría una

constante presión en el área de adyacencia, presentándose una serie de violaciones

a los derechos humanos de los guatemaltecos. Cesaría toda posibilidad de

celebrarse convenios bilaterales entre ambos países y, por ende, lograr el

desarrollo económico de ambas regiones especialmente en la de la zona de

adyacencia, lo que afectaría las relaciones políticas entre ambas regiones.

INTERESES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS PARA BELICE

De acuerdo con la Licenciada Lejia Melanie Gideon, Directora de Belize

Trade and Investment Developmente Service (entrevista personal, 15 de

septiembre de 2013) para Belice, su interés principal al igual que para Guatemala,

es que se resuelva el Diferendo Territorial a su favor, pues se proveería de certeza

jurídica al territorio que se reclama, concediéndoles seguridad a los habitantes de

la zona de adyacencia, pues cesarían los constantes ataques que se realizan en su

contra en dicho territorio. Creándose las oportunidades necesarias para el

desarrollo económico de la región, pues se crearían oportunidades de inversión de

conformidad con la demanda de la región, generándose oportunidades laborales,

lo que generaría la posibilidad que se desarrollen pequeñas y medianas empresas,

que contribuirán a que la economía del país crezca.

Se mejorarían las relaciones políticas, económicas y sociales, entre ambos

países, pues cesarían las constantes acusaciones que realiza Belice a Guatemala,

en cuanto a que desde Guatemala se importan “elementos criminales” hacia

Belice tales como el crimen organizado, integrantes de las maras Salvatrucha y la

Page 61: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

61

zona 18, situación que se genera por no tener una frontera delimitada con

Guatemala, lo que impide que el conflicto se resuelva en base a la realidad.

(“Ataque en límite con Belice” Prensa Libre, 7 de octubre de 2012. Prensa Libre)

Al cesar la controversia, también podría generase un mayor acercamiento con los

Organismos Internacionales, que contribuyeron a la solución del conflicto, siendo

estas la Organización de las Naciones Unidas y la Organización de Estados

Americanos.

Las desventajas para Belice, por no llegar a resolverse el Diferendo

Territorial a su favor, podrían ser económicas, políticas y sociales. Desde el punto

de vista económico, cesaría toda oportunidad de fortalecer las relaciones

comerciales con Guatemala y, por ende, toda oportunidad para generar fuentes de

empleo y desarrollo para los habitantes de Belice y los habitantes de la zona de

adyacencia. Desde lo político, cesaría toda relación diplomática con Guatemala,

por lo que desaparecería la oportunidad para que Belice fuese un potencial aliado

de Guatemala en la toma de decisiones a nivel regional como internacional.

Desde lo social, se impediría el desarrollo integral no solo de los ciudadanos

beliceños que habitan en la zona de adyacencia, sino el de todos los ciudadanos,

pues al no estar delimitada la frontera entre ambos países, no se determina quién

está obligado a desarrollar la zona y, en consecuencia, garantizar los derechos

inherentes de los habitantes. (Conclusiones obtenidas de Licenciada Lejia

Melanie Gideon, Directora de Belize Trade and Investment Developmente

Service que en entrevista personal, 15 de septiembre de 2013).

Page 62: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

62

INTERESES, VENTAJAS Y DESVENTAJAS PARA LA CORTE

INTERNACIONAL DE JUSTICIA.

El principal interés para la Corte Internacional de Justicia, como “el

órgano judicial principal de la Organización de las Naciones Unidas, encargada de

resolver las controversias de carácter jurídico que surge entre los estados,

internacionales de conformidad con el derecho internacional, así como emitir

opiniones consultivas que son presentadas para su consideración”. Por tener el

actual conflicto carácter internacional debe ser la Corte Internacional de Justicia

el ente competente para tratar del asunto, y que se resuelva el conflicto conforme

a los intereses del derecho internacional. (Página de la Corte Internacional de

Justicia. www.icj-cij.org).

Con el propósito de conocer y poder determinar las posibles actuaciones

de este ente internacional de justicia, al momento de modelar el juego y resolverlo

en base a la teoría de juegos, para así obtener una posible solución del Diferendo,

se desarrollara sobre la constitución del tribunal, en virtud que en el capítulo I se

dio a conocer más sobre los otros dos actores – Guatemala y Belice- información

que será de utilidad al modelar el juego y resolverlo. La Corte Internacional de

Justicia como ente rector de la administración de justicia a nivel internacional,

inició sus funciones en el año de 1946, sucediendo a la Corte Permanente de

Justicia Internacional, se rige por un Estatuto que es parte integrante de la Carta

de las Naciones Unidas. La Corte se integra con 15 magistrados electos por la

Asamblea General y el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas por el plazo de

nueve años, la cual no puede estar integrada por más de un nacional de un estado

miembro de la Organización de las Naciones Unidas. Cada tres años se renueva la

Page 63: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

63

tercera parte de sus integrantes, pudiendo reelegirse. (Página de la Corte

Internacional de Justicia. www.icj-cij.org).

Los magistrados al conocer sobre el conflicto sometido a su jurisdicción,

no conocen en representación de sus estados, sino como magistrados

independientes. La Corte actualmente se integra por los siguientes Magistrados:

“Magistrado Peter Tomka (Eslovaquia), Presidente; Magistrado Bernardo

Sepúlveda Amor (México), Vicepresidente; Magistrados Hisashi Owada (Japón),

Ronny Abraham (Francia), Kenneth Keith (Nueva Zelanda), Mohamed Bennouna

(Marruecos), Leonid Skotnikov (Federación Rusa), Antonio A. Cançado Trindade

(Brasil), Abdulqawi A. Yusuf (Somalia), Christopher Greenwood (Reino Unido),

Xue Hanqin (China), Joan E. Donoghue (Estados Unidos de América), Giorgio

Gaja (Italia), Julia Sebutinde (Uganda) y Dalveer Bhandari (India). El Secretario

de la Corte es el Sr. Philippe Couvreur, de nacionalidad belga, y el Secretario

Adjunto es el Sr. Jean-Pelé Fometé, de nacionalidad camerunesa.” (Página de la

Corte Internacional de Justicia. www.icj-cij.org).

En relación a las controversias solo puede conocer de aquellos casos que

sean sometidos a su competencia, por expresa voluntad de las partes, de

conformidad con los siguientes supuestos:

1) Por mutuo acuerdo entre las partes.

2) Por una cláusula jurisdiccional, es decir que en un tratado se incluyó una

cláusula en la que se aceptaba la jurisdicción de la Corte, para resolver una futura

controversia.

3) Por declaraciones recíprocas, en la que cada estado acepta la jurisdicción de la

Corte, para determinados casos. La mayor desventaja para la Corte Internacional

de Justicia, es que no se resuelva el conflicto conforme a los principios generales

Page 64: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

64

del derecho internacional, por lo que su imagen como el ente internacional de

administración de justicia se podría ver afectada. (Página de la Corte Internacional

de Justicia. www.icj-cij.org).

Una vez expuestos y analizados los intereses, ventajas y desventajas de

cada una de las partes, en el próximo capítulo se procederá a aplicar este enfoque

interpretativo al Diferendo Territorial Guatemala-Belice, con el propósito de

demostrar su aplicación y utilidad en el campo de las ciencias sociales.

Page 65: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

65

CAPITULO IV

APLICACIÓN DE LA TEORIA DE JUEGOS AL CASO GUATEMALA-

BELICE

Conocidos los antecedentes históricos, políticos y jurídicos más

relevantes del Diferendo Territorial entre Guatemala y Belice, la exposición de los

lineamientos básicos de la Teoría de Juegos, desarrollarse los intereses, ventajas y

desventajas para cada uno de los actores involucrados –Guatemala, Belice y Corte

Internacional de Justicia - en el actual conflicto histórico, se aplicará la teoría de

juegos al caso de estudio, con el objeto de determinar el posible actuar de

Guatemala, a partir de la consulta popular a realizarse, tomando en cuenta sus

intereses y los intereses de los demás actores en base a dicha teoría.

Previo a modelar el juego en forma extensiva, es de utilidad recordar los

postulados básicos de la teoría de juegos, que se expusieron en el capítulo II del

presente trabajo de investigación tutelada.

Todas las personas individuales y jurídicas, como seres sociales por

naturaleza, se ven involucrados en constantes conflictos, analizando las

posibles estrategias a seguir para encontrarle solución a los mismos de

una manera positiva.

Los elementos básicos dentro de la teoría de juegos son acciones,

posibilidades y utilidades.

Las acciones de cada uno de los jugadores se fijan tomando en cuenta las

acciones repetidas de estos, por la experimentación o por la afirmación.

Page 66: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

66

Las utilidades dentro del juego, las determinan los jugadores en base a las

métricas establecidas y las observaciones en el comportamiento de estos.

El modelaje del juego en forma sencilla tiene como fin fijar los puntos

importantes del conflicto.

Al momento de modelar un juego se necesita contar con cierta

información básica para poder resolver un conflicto en base a la teoría de juegos.

Según se explicó en el capítulo II, siendo esta:

a) ¿Quiénes son los jugadores?

b) ¿Cuál es el orden del juego, en que momento le corresponde

elegir a cada uno de los jugadores una de las opciones

disponibles?

c) ¿Cuáles son las opciones que tiene cada jugador? ¿Qué

alternativas están disponibles para cada jugador en determinado

momento del juego?

d) ¿Cuáles son las prioridades y preferencias de cada jugador? ¿Qué

sabe el otro jugador de los intereses del otro jugador?

e) ¿Cuáles son las utilidades de cada uno de los jugadores?

Siguiendo la estructura anterior en el presente caso los jugadores

involucrados son Guatemala, Belice y la Corte Internacional de Justicia.

Guatemala y Belice, por ser los actores involucrados en el Diferendo Territorial y

la Corte Internacional de Justicia, porque será el órgano competente en resolver el

Page 67: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

67

conflicto una vez ambas partes por mutuo acuerdo decidan someter el conflicto a

su consideración.

Los supuestos del caso son los siguientes, tras una serie de convenios

celebrados entre ambas partes a lo largo de 150 años, originándose el conflicto en

uno de ellos y las distintas interpretaciones que se realizaron a los tratados, no se

logró una solución al Diferendo Territorial. En el año 2008 ambos estados a

través de sus representantes firmaron el “Acuerdo Especial entre Guatemala y

Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la

Corte Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7), por medio del cual se

pretende solucionar el Diferendo Territorial ante la Corte Internacional de

Justicia, una vez los ciudadanos de ambos estados decidan someterse a la misma,

a través de una consulta popular celebrada simultáneamente en ambos países.

No obstante lo anterior, Belice modificó la ley de referéndum del

país, la cual establece que para que sea válido un referéndum en el estado de

Belice, deben de acudir a votar el 60 por ciento de los votantes empadronados y

obtener el 51 por ciento de votos a favor.

Esta situación fue considerada por el gobierno guatemalteco, como una

circunstancia que producía condiciones de desigualdad para el Estado

guatemalteco. El 22 de abril de 2013, el estado de Guatemala a través del

Ministro de Relaciones Exteriores, manifestó que el Organismo Ejecutivo

suspendería la consulta popular, a realizarse el 6 de octubre de 2013 por

considerar que la población guatemalteca no se encontraba lo suficientemente

informada sobre la trascendencia de la misma y la importancia de acudir a la

Page 68: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

68

Corte Internacional de Justicia. No se contaban con los recursos económicos

necesarios para celebrar la consulta popular, debido a la poca recaudación

tributaria que se generaba en el país; al Estado de Guatemala le preocupaba,

realizar un esfuerzo para obtener los recursos económicos y al final no obtener

una resultado positivo de la consulta popular, a consecuencia de la modificación a

la ley de referéndum realizada por Belice.

En virtud de lo anterior el 9 de mayo de 2013, los cancilleres de ambos

estados, ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos,

acordaron mantener vigente el “Acuerdo Especial entre Guatemala y Belice para

someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la Corte

Internacional de Justicia.” (Lavalle, 2012: 7), y firmaron el 24 de enero de 2014,

el acuerdo denominado “Mapa de Ruta y Plan de Acción” con el propósito de

fortalecer las relaciones bilaterales entre ambos estados, lograr así la realización

de la consulta popular y someter ante la Corte Internacional de Justicia el

diferendo territorial entre Guatemala y Belice.

Es a partir de este momento, en el que se modelara el juego y se realizara

el análisis pues existe incertidumbre alrededor de la celebración de la consulta

popular, presentándose las siguientes interrogantes y supuestos, que se tratarán de

responder a continuación ¿qué sucedería si Guatemala dice sí a someterse a la

jurisdicción de la Corte y Belice dice no se somete a la jurisdicción de la Corte?,

¿qué sucedería si Guatemala dice no a someterse a la jurisdicción de la Corte y

Belice dice sí a someterse a la jurisdicción de la Corte? En el caso de que ambos

Estados accedan a someterse a la jurisdicción de la Corte, ¿cuál sería la mejor

estrategia a tomar por esta? y ¿cuál sería la mejor estrategia a tomar por

Page 69: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

69

Guatemala y Belice? Por último, todas estas interrogantes llevan a cuestionarse lo

siguiente, ¿es la Corte Internacional de Justicia la vía idónea para solucionar el

reclamo territorial, insular y marítimo Guatemala-Belice, atendiendo los intereses

de Guatemala y los intereses de los demás actores involucrados?

¿QUÉ SABE GUATEMALA DE BELICE?

A continuación el juego se modelará, partiendo del supuesto que

Guatemala está analizando con qué probabilidad jugará y cuál será su pago por

elegir dicha probabilidad. Atendiendo los intereses, ventajas y desventajas de

cada uno de los jugadores, las cuales se mencionaron en el capítulo anterior,

Guatemala determina que las acciones de cada uno de los jugadores en el presente

juego, en base a las métricas establecidas y el comportamiento de cada uno de los

jugadores, en relación a la consulta popular es el siguiente:

- Guatemala tiene dos estrategias: decir Sí o No, a someter el Diferendo

territorial a consideración de la Corte Internacional de Justicia; si esta

dice Sí su pago o su utilidad se representaría con el signo (-), pues la

realización de la Consulta popular le implicaría gastos en publicidad para

informar a la población, gastos para organizar la consulta popular y el

riesgo de perder la porción territorial que reclama, la salida al mar y toda

posibilidad de negociar y resolver el conflicto, pues una vez la Corte

Internacional de Justicia emita su fallo, adquiere la condición de cosa

juzgada, una vez se ha agotado el periodo de impugnación del fallo. En el

caso de que diga No, su pago se representara con el signo (+) pues a

pesar de realizarse la consulta popular y por ende incurrir en gastos de

Page 70: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

70

publicidad y organización, no existe el riesgo de perder el territorio que se

reclama y toda posibilidad de negociar posibles soluciones al conflicto.

- En el caso de Belice, este tiene dos estrategias: decir Sí a someterse a la

jurisdicción de la Corte Internacional de Justicia para que resuelva el

diferendo territorial, marítimo e insular, cuyo pago o utilidad se

representará con un signo (+) pues el decir Sí le representa la posibilidad

de ganar el diferendo territorial, políticamente e internacionalmente dará

a conocer que tiene la voluntad de resolver el conflicto por la vía idónea y

ponerle fin al conflicto, logrando con esta actitud un mayor apoyo a nivel

internacional, lo que generara mejores relaciones bilaterales obteniendo

mayores beneficios. En virtud de la resolución 1514 de la Asamblea

General de las Naciones Unidas, en la cual se reconoce “el derecho de

libre determinación de los pueblos, quienes pueden determinar libremente

su condición política, para su desarrollo, económico y social” considera

que la Corte fallará a su favor. En el caso que Belice diga No acudir a la

Corte Internacional de Justicia su pago se representará con el signo (-)

pues porque internacionalmente dará a conocer que no tiene la voluntad

de resolver el conflicto, eliminando toda posibilidad de fortalecer las

relaciones bilaterales con Guatemala y generar beneficios económicos,

políticos y sociales para sus ciudadanos como para la población que

habita la zona de adyacencia.

- En el caso de la Corte Internacional de Justicia, su estrategia sería

resolver el conflicto a favor de Belice (Sí), en atención a los principios

generales y las normas de derecho internacional y a la resolución 1514 de

las Naciones Unidas, en la que se reconoce el derecho a la libre

Page 71: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

71

determinación de los pueblos. Esta estrategia se determina en base a los

fallos que ha emitido anteriormente en este sentido, como por ejemplo el

fallo que emitió, en relación al reconocimiento de la Independencia de

Kosovo el 17 de febrero de 2008, en base al derecho de la libre

determinación de los pueblos, la que no solo está reconocida en la

resolución 1514 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, sino que

también en la Declaración Internacional de Derechos Humanos y en la

Carta de las Naciones Unidas y en la opinión consultiva que emitió el 16

de octubre de 1975, sobre la cuestión del Sahara español, en relación a si

¿El Sahara Occidental (Río de Oro y Saquiat alhamra) era en el momento

de la colonización por parte de España un territorio sin propietario? La

Corte al emitir su fallo consideró que al momento de la colonización

española, existía un vínculo jurídico de sumisión entre el Sahara

Occidental y el sultán de Marruecos, por lo que no podría considerársele

un territorio sin propietario, reconociendo el derecho del Sahara

Occidental a la libre determinación de los pueblos, considerando la Corte

que no logro constatar vínculos jurídicos de naturaleza tal que

modificasen la aplicación de la Resolución 1514 de la Asamblea General

de la ONU. (Sentencia de la Corte Internacional de Justicia, de la Haya.

1975). Al resolver Sí, internacionalmente se vería muy bien pues

reiteraría su condición de ente encargado de resolver las disputas

internacionales, además podría obtener beneficios económicos y políticos,

por haber apoyado a un país integrante de la Mancomunidad de Naciones

(Commonwealth of Nations), ya que la mayor parte de los jueces que

Page 72: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

72

integran la corte son integrantes de la misma o son aliados del Reino

Unido, situación que puede influir al momento de emitirse el fallo.

Con el propósito de determinar los posibles intereses que pueda tener la

Corte Internacional de Justicia, a continuación se presenta un cuadro, con

los países aliados a Inglaterra, que integran la terna de magistrados de la

Corte que de alguna manera puedan influir en el fallo de la Corte

internacional de Justicia al resolver el Diferendo, basados en sus propios

intereses.

PAISES ALIADOS PAISES NO ALIADOS

Nueva Zelanda México

Reino Unido Japón

Uganda Federación Rusa

Camerún Brasil

Eslovaquia China

Francia Estados Unidos

Marruecos

Italia

4

Otra estrategia que tiene la Corte Internacional de Justicia es decir No, en

el sentido de que no reconocerá los derechos que Belice reclama que le asisten, en

4 Las gráficas presentadas en el presente capítulo, son creaciones propias de la autora, basadas en los principios de la teoría de juegos y las teorías matemáticas mencionadas dentro del mismo.

Page 73: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

73

seguida de haber realizado un análisis profundo, de conformidad con las Normas

de Derecho Internacional.

Expuestas las estrategias de cada uno de los jugadores, se pueden graficar

de la siguiente manera, esto con el fin de tener un panorama más claro de las

estrategias a seguir al momento de modelar el juego:

JUGADORES ESTRATEGIAS PAGOS

Guatemala Sí a la consulta

No a la consulta

-

+

Belice Sí a la Consulta

No a la Consulta

+

-

Corte Internacional de

Justicia

Sí al referendo Territorial

No al referendo Territorial

+

-

El cuadro graficado previamente se puede interpretar de la siguiente

manera, si Guatemala elige como estrategia decir que Sí a la consulta obtendrá un

pago negativo por las razones previamente expuestas, si juega con la estrategia

No a la consulta tendrá un pago positivo. Si Belice juega con la estrategia Sí a la

consulta tendrá un pago positivo, si Belice juega con la estrategia No a la consulta

tendrá un pago negativo. En el caso que la Corte Internacional de Justicia elija

jugar con la estrategia de Sí al referendo Territorial, obtendrá un pago positivo y

Page 74: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

74

si decide jugar con la estrategia No al referendo Territorial, tendrá un pago

negativo.

MODELACION DEL JUEGO GUATEMALA-BELICE

( -3, 4, 4)

CIJ Sí

No ( -2, -3, -2 )

BELICE Sí Sí ( -1, -1, 0 )

No No ( -1, -1,0 )

Sí CIJ

Estrategiass

Dominadas

GUA CIJ Sí (-1, 0, 0)

BELICE No (-1, 0, 0)

No Sí

(1, 1, 0)

CIJ NO (1, 1, 0)

Page 75: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

75

Como se mencionó en el capítulo II, el juego que se modela es un juego

en forma extensiva de forma secuencial, pues Guatemala analiza cada una de las

posibles estrategias disponibles de cada uno de los jugadores partiendo de lo que

esta decida. Previo a resolver el juego por el método de inducción hacia atrás, se

explicará la modelación realizada, Guatemala parte del supuesto que vote Sí en la

consulta popular y que Belice vota Sí en la consulta popular, ambos estados

someterán el Diferendo territorial, marítimo e insular ante la Corte Internacional

de Justicia y esta resuelva Sí a favor de Belice, se le asignan los siguientes pagos

-3 para Guatemala porque el votar Sí le implicaría el riesgo de perder el territorio

y la salida al mar, 4 para Belice pues el decir Sí a acudir a la Corte Internacional

de Justicia, se estaría generando la posibilidad que el conflicto se resuelva a su

favor obteniendo el pago máximo. Y si la Corte Internacional de Justicia resuelve

a favor de Belice, reconociendo el principio de identidad de los pueblos, ganando

a nivel internacional un reconocimiento por resolverlo conforme el Derecho

Internacional, obtendría un pago de 4. Quedando los pagos representados en el

juego de la siguiente manera (-3, 4, 4).

En el caso que Guatemala diga Sí acudir a la Corte Internacional de

Justicia, se le asigna un pago de -2 porque ya incurrió en gastos de publicidad y

organización de la Consulta popular, sin embargo aún no pierde la posibilidad de

resolver el conflicto y perder el territorio que reclama. En el caso que Belice dice

Sí a someterse a la Corte y la Corte Internacional de Justicia al presentarse el

conflicto para su solución resuelva No en perjuicio de Belice, se le asignará un

pago de -3 y -2 respectivamente, -3 porque Belice pierde el territorio que

ostenta y -2 para la corte porque ante la comunidad no dejará una buena imagen

Page 76: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

76

en cuanto a que no reconoce el derecho de identidad de los pueblos, y porque no

quedarían bien con sus posibles aliados. Pagos que se representaron de la

siguiente forma (-2, -3, -4)

En el caso que Guatemala diga Sí acudir a la Corte Internacional de

Justicia, se le asigna un pago de -1 porque ya incurrió en gastos de publicidad y

organización de la Consulta popular, sin embargo aún no pierde la posibilidad de

resolver el conflicto y perder el territorio que reclama. En el caso que Belice dice

No a someterse a la Corte se le asigna un pago de -1, porque al igual que

Guatemala incurrió en gastos de publicidad y organización de la Consulta

Popular. Al decidir ambas partes que No acudirán a la Corte Internacional de

Justicia. El juego termina y la Corte no resuelve nada pues no es de su

competencia el conflicto, por lo que se le asigna un pago de 0. Quedando los

pagos representados en el juego así (-1, -1, 0), pagos que se representan de la

misma manera en la cuarta línea de pagos de arriba hacia abajo, ya que si una de

las partes dice No a someterse a la Corte el juego se termina.

En el caso que Guatemala diga No acudir a la Corte Internacional de

Justicia, se le asigna un pago de -1 porque cierra toda posibilidad de resolver el

conflicto, dado que demuestra que no tiene la voluntad de resolverlo, por lo que

decir que No es menos peor que decir que Sí, es por eso que se le asigna una

cantidad menor, que al decir que Sí. En el caso que Belice dice Sí a someterse a la

Corte, internacionalmente demuestra que tiene la voluntad de resolver el conflicto

y mejorar las relaciones políticas y comerciales con Guatemala, asignándosele un

pago de 0, pues solo incurre en gastos de organización pero internacionalmente

no queda mal, por demostrar que tiene la voluntad de resolver el conflicto, en este

escenario la Corte Internacional de Justicia no conoce el conflicto pues las partes

Page 77: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

77

no están de acuerdo en someter el mismo ante su jurisdicción, por lo que las dos

estrategias de decir Sí o No, no aplican pues el juego termina, es por eso que se

les asigna un pago de 0. Pagos que se representaron de la siguiente forma (-1, -0, -

0), tanto en la línea quinta y sexta de pagos, por presentarse el mismo escenario.

En el caso que Guatemala diga No acudir a la Corte Internacional de

Justicia, se le asigna un pago de 1 porque solo incurrió en gastos de publicidad y

organización de la Consulta popular, sin embargo aún no pierde la posibilidad de

resolver el conflicto y perder el territorio que reclama. En el caso que Belice dice

No a someterse a la Corte se le asigna un pago de 1, porque al igual que

Guatemala, solo gasta en la organización de la Consulta pero no pierde la

oportunidad de resolver el conflicto y perder el territorio, lo que es mejor que

decir que No y que Guatemala diga que Sí, razón por la cual se le asigna un pago

de 1. La Corte Internacional de Justicia en este caso, no conoce el conflicto pues

las partes no están de acuerdo en someter el misma ante su jurisdicción, por lo

que las dos estrategias de decir Sí o No, no aplican pues el juego termina en el

momento que una de las partes no está de acuerdo en acudir ante la Corte, es por

eso que se les asigna un pago de 0. Pagos que se representaron de la siguiente

forma (1, -0, -0), tanto en la línea séptima y octava de pagos, por presentarse el

mismo escenario.

RESOLUCION DEL JUEGO

Utilizando la inducción hacia atrás para resolver el juego, quedan únicamente las

estrategias siguientes Guatemala dice Si y Belice dice Sí a acudir ante la Corte

Internacional de Justicia, y esta resuelve Sí a favor de Belice, según los pagos

que se le asignaron queda de la siguiente manera (-3, 4, 4). Guatemala dice No y

Page 78: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

78

Belice dice No a presentar el conflicto ante la Corte Internacional de Justicia,

asignándosele los pagos siguientes (1, 1, 0).

Utilizando la inducción hacia atrás, el análisis es el siguiente:

( -3, 4, 4)

CIJ SÍ

BELICE SÍ

GUA

BELICE NO

CIJ

(1, 1, 0)

Para la Corte Internacional de Justicia resolver a favor de Belice, le

implica un pago de 4, que es mejor que 0 si ambas partes deciden no acudir ante

la Corte para que resuelva el Diferendo Territorial. Si Belice decide Sí acudir ante

la Corte Internacional de Justicia, se le asigna un pago de 4 por que existe la

probabilidad que la Corte resuelva a su favor, en virtud del análisis realizado

previamente, a que decida No acudir ante la corte, pues le representa un pago de

1, por lo que decir Sí es mejor que No. Para Guatemala Sí la Corte resuelve a

favor de Belice, y Belice decide llevar el conflicto ante la Corte y Guatemala

decide acudir también ante la corte su pago será de -3, por lo que si Belice decide

Page 79: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

79

no acudir ante la Corte al igual que Guatemala, el pago para Guatemala será de 1.

1 es mejor que -3, ya que al decir que no Guatemala aún mantiene la posibilidad

de resolver el conflicto y la oportunidad de recuperar lo reclamado, el decir que

Sí, le implica un pago de –3. Para Guatemala jugar con la estrategia de decir No,

su pago es mayor que decir Sí. Por lo que el valor esperado de decir No es mayor

que decir Sí.

A continuación se resolverá el juego, eliminando a la Corte Internacional

de Justicia, únicamente con el propósito de demostrar la consistencia de la

estrategia a seguir por Guatemala.

BELICE

SI NO

GUA

NO

Si Belice decide Sí acudir ante la Corte Internacional de Justicia, se le asigna un

pago de 4 por que existe la probabilidad que la Corte resuelva a su favor, en

virtud del análisis realizado previamente, a que decida No acudir ante la Corte,

pues le representa un pago de 1, por lo que decir Sí es mejor que No. Para

Guatemala si la Corte resuelve a favor de Belice, y Belice decide llevar el

conflicto ante la Corte y Guatemala decide acudir también ante la Corte su pago

-3, 4

-1, -1

-1, 0

1, 1

Page 80: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

80

será de -3, por lo que si Belice decide no acudir ante la Corte al igual que

Guatemala, el pago para Guatemala será de 1. 1 es mejor que -3, ya que al decir

que No Guatemala aún mantiene la posibilidad de resolver el conflicto y la

oportunidad de recuperar lo reclamado, el decir que Sí le implica un pago de –3.

Lo que demuestra la consistencia de la estrategia a seguir por Guatemala, según lo

establecido en la celda inferior derecha.

Gracias a la probabilidad se puede demostrar o reforzar la consistencia de

las estrategias descritas mediante la teoría de juegos:

GUATEMALA

BELICE

Siendo la fórmula del valor esperado la siguiente:

Eg = Valor esperado para Guatemala.

( Egs )= 0.40 (-3) + 0.7(4) + .0.3(-1) = A

(Egn )= 0.60 (-1) + 0.7(4) + .0.3(-1) = B

De lo que se deduce que B es mayor que A. B es igual a 2.1, mayor que

A, siendo A igual 1.3. Lo que demuestra que si Guatemala juega con la

SI

70% de Probabilidad

NO

30% de Probabilidad

Page 81: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

81

probabilidad de decir No, esta será mayor que la probabilidad A, lo que

demuestra de nuevo la consistencia de la estrategia a seguir por parte de

Guatemala.

En cuanto a las estrategias identificadas como estrategias dominadas, en

el juego modelado previamente, no representan las mejores estrategias a jugar

para ambos Estados por lo que estos nunca las van a jugar. Es decir, que por

completitud la estrategia existen, pero no se aplican ni se desarrollan en la

realidad.

A través del desarrollo del presente capítulo se pudo dar respuesta

a las interrogantes planteadas al inicio, no obstante lo anterior aún falta por dar

respuesta a la última interrogante planteada en este trabajo ¿Es la Corte

Internacional de Justicia la vía idónea para solucionar el reclamo territorial,

insular y marítimo Guatemala-Belice, atendiendo los intereses de Guatemala y los

intereses de los demás actores involucrados?

La Corte Internacional de Justicia como ente rector de la administración de

justicia a nivel internacional, encargada de “resolver las controversias de carácter

jurídico que surgen entre los estados internacionales de conformidad con el

derecho internacional, así como emitir opiniones consultivas que son presentadas

para su consideración” es el ente idóneo para aclarar el conflicto, si se tiene en

cuenta que es el máximo órgano judicial del Sistema de Naciones Unidas. Sin

embargo atendiendo principalmente a los intereses de Guatemala en este

conflicto, en base a la teoría de juegos aplicada al caso, lo mejor es que no se

acuda ante esta vía, se dé por terminado el “Acuerdo Especial entre Guatemala y

Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de Guatemala a la

Page 82: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

82

Corte Internacional de Justicia” (Lavalle, 2012: 7). En virtud del artículo 6 de

dicho acuerdo se establece: “Este Acuerdo Especial entrará en vigor cuando se

realice el intercambio de instrumentos de ratificación; y permanecerá en vigor a

menos y hasta que las partes convengan en darlo por terminado” y lo prescrito en

el artículo 45 de la Convención de Viena del Derecho de Tratados el que indica

que un tratado puede darse por terminado en cualquier momento por muto

acuerdo entre las partes. Permitiendo así a las partes busquen un medio alterno a

la solución del conflicto, como aplicar el principio de equidad, reconocido dentro

del derecho internacional, el cual puede constituirse como un medio autónomo

para resolver las controversias que las partes interesadas desean voluntariamente

resolver. Llegando esté también a servir como un elemento de utilidad para

aplicar las normas a determinado proceso.

A consecuencia del análisis realizado en el presente capitulo se puede

determinar que la aplicación de la teoría de juegos resulta muy útil en el campo

del derecho, del derecho internacional y las ciencias sociales, pues permitió hacer

un análisis matemático y objetivo del Diferendo Territorial, marítimo e insular,

permitiendo llegar a una solución lógica del mismo, atendiendo los interés de los

actores involucrados, las métricas del conflicto y los posibles pagos para cada uno

de los jugadores, convirtiéndose en una herramienta muy útil para la solución de

conflictos de carácter social.

Page 83: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

83

CAPITULO V

CONCLUSIONES

1.La teoría de juegos permite analizar las decisiones que se toman en las

interacciones sociales; desde un enfoque matemático, atendiendo los intereses de

cada uno de los actores involucrados. Permitiendo asignarle a cada una de las

estrategias, una utilidad o pago, lo que permite obtener una solución más exacta.

2. La teoría de juegos resulta muy útil en el campo del derecho, del derecho

internacional y las ciencias sociales, lo que permite hacer un análisis matemático

y objetivo del caso a analizar. Siendo esta una herramienta muy útil para

solucionar conflictos, pudiendo ser un método alterno a la solución de conflictos.

3. El Diferendo Territorial existente entre el estado de Guatemala y Gran

Bretaña anteriormente y ahora con el Estado de Belice, es un conflicto de carácter

histórico, político y jurídico, que ha durado por más de 150 años.

4.Que Guatemala desde el origen del conflicto, ha realizado una serie de actos,

para reivindicar el territorio usurpado, pero ha sufrido una serie de perjuicios en el

ámbito político, económico y social, a causa de que no tiene una frontera

delimitada.

5. Con la firma el 8 de diciembre de 2008, del “Acuerdo Especial entre

Guatemala y Belice para someter el Reclamo Territorial, Insular y Marítimo de

Page 84: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

84

Guatemala a la Corte Internacional de Justicia” (Lavalle, 2012: 7), entre ambos

Estados se encontró una vía para la posible solución del Diferendo Territorial.

6. La acción unilateral por parte de Belice, al modificar su ley de referéndum,

violando el principio internacional de la Buena Fe, que debe imperar en todo

tratado de conformidad con el derecho de los tratados y el derecho internacional,

cumple con los postulados de la teoría de juegos en el sentido que cada uno de los

actores involucrados en un conflicto actúan de conformidad con sus propios

intereses, buscando influenciar con sus acciones a la otra parte.

8. En virtud que la teoría de juegos es una rama de la matemática aplicada que

ha permitido desde su nacimiento el análisis de las causas de conflictos y de

escenarios de cooperación. Se aplicó a esta tesina tras la experiencia histórica del

conflicto del Diferendo territorial Guatemala – Belice.

9. Una vez expuestos los elementos del conflicto y la teoría de juegos, se

determinaron los intereses, ventajas y desventajas de cada uno de los actores

involucrados en el Diferendo territorial, en base a las actuaciones de cada uno a lo

largo del conflicto, sus intereses manifestados durante la celebración de los

tratados y negociaciones del mismo y el comportamiento de cada uno de los

actores en situaciones análogas a la presente. Lo que permitió simplificar y

concretar el conflicto, para su análisis correspondiente.

10. Delimitado el conflicto, los actores, estrategias y posibles resultados, se

desarrolló la implementación y modelación de un juego secuencial como primera

etapa, posteriormente se identificaron estrategias dominadas, eliminando estas

con el método de inducción hacia atrás para encontrar el equilibrio. Se concluye

Page 85: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

85

tras el análisis que la acción óptima para Guatemala, dadas las posibles acciones

de Belice, es dar una respuesta negativa al momento de celebrarse la Consulta

Popular, dado que el valor esperado de decir No a la consulta es mayor que el

valor esperado que decir Sí, a someterse a la Jurisdicción de la Corte

Internacional de Justicia. Permitiendo dar respuesta a las interrogantes planteadas

al inicio de la presente investigación tutelada, obteniendo un marco lógico para

derivar la mejor respuesta, al conflicto planteado.

11. A través de la presente investigación tutelada, se dio a conocer una

herramienta muy útil, como es la teoría de juegos, demostrando su aplicación en

un conflicto de carácter social vigente en la sociedad guatemalteca. Presentándose

una solución factible y alterna al conflicto, la cual permitirá guiar las acciones de

Guatemala, para solventar el conflicto entre ambas partes, permitiendo generar un

marco político, económico y social entre los dos actores, que generen un mayor

bienestar a los ciudadanos de ambos Estados, a nivel nacional e internacional.

Page 86: Caso Guatemala-Belice y la teoría de juegos.

86

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